TA CUN - 8576-(05-06-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8576-(05-06-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
SANTAFE DE BOGOTA, D.C., cinco (5) de Junio de mil novecientos noventa y siete (1997).
REFERENCIA : EXP. N°. 8576.- NULIDAD Y REST. DEL DERECHO.
DEMANDANTE: COLOMBIANA DE CARROCERIAS LTDA. COLCAR
LTDA. Por auto del 11 de Marzo de 1997 se concedió a la parte demandante el término de quince (15) días para que prestara caución por valor de $1.421.250.00, de conformidad con el Artículo 140 del C.C.A. Informa Secretaría que el término venció sin que fuera presentado escrito alguno y en consecuencia es procedente dar aplicación al Artículo 143 Ibídem, modificado por el Art. 26 del Decreto 2304 de 1989, e inadmitir la demanda por no reunir los requisitos previstos en los artículos anteriores.
POR LO EXPUESTO, EL DESPACHO, EN CONSEDERACION A QUE
A LA DEMANDA LE CORRESPONDERlA EL TRAMITE EN UNICA
INSTANCIA,
RESUELVE:
PRIMERO.- INADMITIR LA DEMANDA DE LA REFERENCIA.
SEGUNDO.- ORDENAR LA DEVOLUCION DE LOS ANEXOS SIN
NECESIDAD DE DESGLOSE.
Se reconoce a la Dra. TERESITA DE FATIMA SALAZAR RAMIREZ, abogada en ejercicio, como apoderada de la parte demandante conforme al poder que le fue conferido.