TA CUN - 85D2183-(21-10-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 85D2183-(21-10-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
p TRANSPOWE PUBLICO URBANO - Tarifas TRIBUNAL AD MIN ISTRAT IVO l 1• •.L fl T fl 1 .I .r L. LLJI 4L1 1 hp'i k t rrA tcc-r r rrr'rr A -Bantafé ce r;c:h:.A cct.bre veintiunc '2!j de Mil 3vent.a / ...r s (1.910 istrada E . DR i A L T
LL1 L L L L
Expediente No..85-D-2183 O nits JUSTO ALFEREZ Y OTROS J, El se d ar ,LjSTO PtL..fF.:.F:EZ y Otros actuando Tarresantanke •.l formularan demanda en a jo acción de re a.;io iszLa contra la j\Ia..,.jfl :LnisLa•:..... obras Poblicas y Trinspnrte,,con e¡ fin d? ODt.ñCi 2. resarcimiento de unos porjuicios s por ro haber sido ajustadas ias tarifas de transporte-urbano entre el mes de d . cfTb(C de .1. .Ej el de .1 .i r de t98i. Para ello formularan la ;-1jj.p$pc pre.ersi "I.- a Nación Colombiana -MINISTERIO ijE OBRAS PUBLICAS CAS • y T RAF r ."rE... Administrativam ente relpn nsallé por ál hacho a(in1srativo (C)M.ISION) • corisiteit en no hacer kpedido 1 Ci 1tin sLe.c • de Obras bi ..t.:as y frKrme. .a i:oiución de
a(in1srativo (C)M.ISION) • corisiteit en no hacer kpedido 1 Ci 1tin sLe.c • de Obras bi ..t.:as y frKrme. .a i:oiución de tarifas para. el ~vicio Público Colecti o L;rt:no, romo era su c.b:iia:::íón segál, teniendo en cuenta las variaciones en Sa estrichura ce Combos. de dichc 'servicio:, uperd as. en t:re el mes de diciembre ..re 1.921 1 y el mes de Min de 1.992-, "2. ~ Ccmo consecuencia de la dea 1 ar ac:ón anterior, .. ................___. c ... '... ......... Colombiana t..Er .iOr . . '. :r SER.I O DE OEIRA3 FUBL i cs RANsporr. a pagar a rrj 5 mandan tes les perjuicios de drd en mate-¡al ILUCRO CEGANTE)j qU€:. les fueron az•s por • r!f'a.oa oi.sión los cuales se actuaijzartn en su valor de. aç ....prdc con lea índice! de rios 11 ~sumidar OC UiiO1 isrsi cin eL rL h. '5 -i r 12.1. - El zasa de que dichos peri u.. ::i no ce :• estaU•iec.er en el pr:icaso , sol i i:.IUC regulen por el p.r..:r::ed im int del - 1 -- Artícu lo ....d.ç.j'a .1. e• , • ¡f,iJ:) hecho iquitrites 2 FIx.i ro. 233
- 1 -- Artícu lo ....d.ç.j'a .1. e• , • ¡f,iJ:) hecho iquitrites 2 FIx.i ro. 233 ].a demanda propusieron ri síntesis io 3!.JSTI) ALFEqEZ y diez y siete cJemeSru.iLes más, son prcpietarios de. 44 buzos,, ¿fj 1 iadzs todi•. a =DAUTO S.A.:' :.t.i.r.;jdos a la.. prest:ici del -servicio pi&bi ico galectivo t. -t.o de UngrtA.
Ay De conformidad con lo establecido en e.1 üe::r: o 49 lb 1976 el t'in.tsterir:. de ühras Públicas y Transporte emitir las cesol"cuánespara la fijación de laIL. tarifas 1:i transmortu colectivo urbano, esta activii..:l Picuerira l.ii.i iC)' 1 DErti 588 de 1978. Oa tarifa que debe recibir el transportt-rco.0 . , LO IP. serviciu aum presta., tiene dos ornpor:iLs el alor electivo que pagA el usuario y e. valor del subsidio que reci de la C1rpnraci.n Fin.:knctera del Tansporte. En diciecnMre de 1.981 mediante Fs:ttc i'1ü jj5: i. niza ';n--ajuste de tarifas, para ello solo se tuvo en .;tenLa l precio dol galon de gasolina sin tener en cuenta rinçur;o curo de los Ç.-:.rtc res qAe inriden'en la estructura del cnstm.
- niza ';n--ajuste de tarifas, para ello solo se tuvo en .;tenLa l precio dol galon de gasolina sin tener en cuenta rinçur;o curo de los Ç.-:.rtc res qAe inriden'en la estructura del cnstm. -- ri I1jri:tevic de]. •o estaba obligado a p'odu..v el e.c= aoín:i nistra'ivo que indIcara la tarifa que re::cq.r:. las variaciones de por 1c; manos p:ero de 1982, cnc' nç lo hizo en'sta ocaiáh có perjuicio los trai:portadures .demandantes hasta por a suma de 7' '91. • :.? .
T -- .: r ditima, afirma el demandante que o¡ DecrRta 513 de 1976 seRala cada qno de los rubros que deben sel tpnidas e cuenta pardefinir el monto de la tarif9 y CL.0 c::rresporde al.
INTRA hacer el estudio respec.tivd t on el fin de . asesorar al Mistç.i . de Íbri. Públicas y tr -ar pert? en fijación de ella. Corno fun -amento de derecha seP . ron los siguientes 9, :30, 51.¡62 62 de la Cc'sti tuci%fnJNaciuruti 'ricucs(Exp, 2103) rzic:ü•lo 68 del antiquo Códiçjc' Con.:encosc Admi•.trati'o '. Ley Admitid la c: ,tnda y Lina . Tez notificada 1a antidad ,demandada procedió a contestarla oponiéndose a la totalidad du las pretensiones, negando unos. hechos y. aceptando parcialmente
Admitid la c: ,tnda y Lina . Tez notificada 1a antidad ,demandada procedió a contestarla oponiéndose a la totalidad du las pretensiones, negando unos. hechos y. aceptando parcialmente Como %defEn•sas prcpuso lasj siguientes Qc:epcDnvs !Existenc•ia de tarifesp, "Carençia de obligatoredad, entreas pretniones y los hachas d c1emrda" "r'debid iiteçrcn del 11tasornrr-icj" ¿icretaion las prbs Pedidas, .,mediante au mayo 30 ce.i .906..
Den cro d: 1. traslado para alegar ei apoderadó de parte demandada en su. escri.tc manifiesta que el punto fmdnen a1 del debate ésta centrdoer .... PS O OC) :pb1 igión LiP la demandada reajustr de 1nfIed1ato la tarifa le trnporte siempre qu :presfltP una variación ri los .c:?stos de TO ervicio.. Afioa, u€ no existe norma jurídica que establezca, obli.qatoriedad para que fijación de las, . c.arifas se haga en •¡forma periódi:a n.L oblatoriedad de aumntrias en Caso de variación en los costas..
Que e' -, Ja Resolución No X1.42 de 1901 ce tomar in cur'ta ao-.ás dwlrfactar combustible, los dms fa-chores y no como se dijb çn la demanda; yque la tanísi indicada en=ciembre de 1E1 tendría vigencia para todo el ac 192 En cuanta a las excepciones ga reafirma en lac. ra:cxe,
la demanda; yque la tanísi indicada en=ciembre de 1E1 tendría vigencia para todo el ac 192 En cuanta a las excepciones ga reafirma en lac. ra:cxe, expuestas al proponerls, para çonciuir, que no habiendo obligación legal para..r.e.ustar la tarifa del transporte urbano cada q';a se pre€nf e variación en los costos no tibYi.rt entonces ronabilí'déd de l.á demandada af :tto. haber expedido t.aiifas en julio de i982 Por .su parte .l Seor Prcurador. Noveno en Judicial, solicita désestir las p'..tas a-. la" .dmanda, por cuanto i: revi:ión de .las tarifas es' de ..Cr4cter di%cregionill no imperativa, hacierdo ¿(iLión un fal.lo proferido' porDE R PI so. de n virhre de 139 ..Este prurasa rec:.bi.) tu trrnite iecl espond.ntt o oLervindc';e causal alguna de nulidad qi.e p.eda :Lnvalidr actuado prrcpde la Sala a rolver pr,evias iai suient 1 ) C PretOPOTT Ticr eW dsmarid aé Ii.1AION MINI'TFRIq DC COOMOS PUSLIQAS k iwar declara . da rsons ble po nc prui rio segun 10 actores ls turcn causadc pon 3.. amialin da l ad ritraión al.:icD pedir portmarnenk 11 roiucic; "trifas par el ervic3..o . blico cbl6cEivc, LrhanC , .i. ...
pon 3.. amialin da l ad ritraión al.:icD pedir portmarnenk 11 roiucic; "trifas par el ervic3..o . blico cbl6cEivc, LrhanC , .i. ... 2) f-ar reditr t cuis' e portrdf s.iceEteS Rr1.eba: ';' .' Y Cc pi.i a"tntic dt 1a e lutQfl nos,1f4 de encyo de 1977, 2'/ de c1icembrp i de 1977P i895 de utubre 11 de 97I3. I 1930 cI cLubre 2de £97? 461 d aar.w 16 uc 1979
... . 1.143 d juib 9. t7 de 197 ,,o . d@ 19301 C710. de Ay1 3 90. 2777 Je dirirnbre _9 de 190 3cR cjr' novienitre 2 tic 1984 que han fijado el .jr cio dél çrn.tibie. - (cuerdo de Junta Diretiva dl IÑSTIT.Líro N-\C1ONL DE rRNF-irrE -TNrAurnercs O de 1978 109 dc7L / 042 ÜL 1973. - Etu'1io 11 cv.tcs r 1rv1ercD de base pr e>pedc.i'ón de lo y R1U1C)nCS li42 de 1981 y 1:1557 de •192;.qte fijaron el Pimunilacianos n i91 / 32 que •Deqr€t; 2558' 3403 1. do
y R1U1C)nCS li42 de 1981 y 1:1557 de •192;.qte fijaron el Pimunilacianos n i91 / 32 que •Deqr€t; 2558' 3403 1. do Subsidio. las-Tarifa, al TranspóVte Fblico GoLleçti-vo Urbano!, - dpígicras port el Q'resLdenL de Lw l r)tre-for eiier4 d1 INTRA y respueta 1 stc r ~has flIV ç" flct/O '1/ r%ovebre 18 ' t'nto P d 1901 j4 R%.ion 841& de 231 221 7-13,que el p...cceso termigirl :on lantentia. d.1 30 64 39 y 11542 de 1961; 1201; ea 193 9298 cie 1984.. i)e.r t.os 341 y 25CO di. 193i, que fijaron las taritza y el subsidio dei taripnrte colectivo urbano. T. - .) Se procederk ensjuida al estúdibde Jas medios: >r: eptivoi propuestos, que fueron anunciados y fundamentados así: Místencia de. tari-fas. Mediante la . Resolución Mc3.1154 -de diciembre de 1931. s• fijaron las tarifas para el transporte chiect..vo urbano para el ao di 1E32.. • 'Carencia de ohlicr.edad" No existe norma uridic que Fstabi.e:"ca que la -Naw3ón debe, reajustar la tar0a de transporte cad. - vez qua se presente una variación en los precios
- 'Carencia de ohlicr.edad" No existe norma uridic que Fstabi.e:"ca que la -Naw3ón debe, reajustar la tar0a de transporte cad. - vez qua se presente una variación en los precios de los factores que estructurah los costos. ":or%triLcciÓr" Por cuanto o@ pide condena. para la r4acióh por omsi.ór' al no haber expddo. acto admiñistrativo qué. •f.ije i-ri4as y más tai'de se afirma. que la R.soiucióri No. 11M2 de diciembre de W81 sealó tarifáb con vigencia a dicieb:e Je rdebida integración del cou,.traditori Ha debid citarse al pcso como, parte el InstitutoNaci&a]. e T ttc y raneporte .fl RA.. • L..ns tres primeras hechos relacionados como excepciones de fondo, ro Trevolan tal ...arácter pues no llevan implícita l :.facultad enervar, modificara atacar' la. prt.ensi5n sino que, tira simplemente constituyen oecj ón a loshechos,del actor. cunto tace, a intOhéchol en. qu. se basa las defenss. Sa Sala deberá rechaarla toda vez •que no se--- e encuentra er.:uentra dn-tro c.el libelo relacIón alguna. entre ir; pretendido y Lns,tuto Nacional de Tránsito INTRA, que lleciar a. impe~2183, (Exp.. ;c.:r, apnra én cuanto al litigio Ffl si, Lererncu. 1\ .:hTi 1 trar ón o' intermedin de su Ministro dE. Obras P..u]. i. y
apnra én cuanto al litigio Ffl si, Lererncu. 1\ .:hTi 1 trar ón o' intermedin de su Ministro dE. Obras P..u]. i. y Traroporte pi.:rii..ó el 4 de diciemb-s de1.701 la ResoLuciori i c4. :........ la r:..ai se rijar us tarifas para servi -.... K. público oc transporte ..La10 de pasajeros", il-ibLtc:án rumpi iá en uso do las fac..i 1 tds qua le confirió eN E:r•t F >trord1 r:ani o W.149 de enero 26 de 1971esta Resolución rigió pri-tir de! 5 dr diciembre CP 191 Pa -a determinar el valor de la tarifa 'se tuvo en cuenta la elaboración e1. est.u:o de costos, producida por el lstitutc Nacinnal dp Tri.nn.to y Transporte iNTRA, así .to certifica SI mismo instituto en documente que obra al. folio 205 del cuaoernc:- principal. Este • documentc deja constancia dé La e't.ru.tura de COSE25 QUE et.ocnó para producir la Resolución No,. 1 i542 la que un h:zri si..q:icr;do las indicaciones Jet artículo 2o dl Decreto 589 de iib.. '. fe como S9 añalizaron los concepto: de cnstas variables, enspasfijo y costos de capital. Aún mps, tambián s tuvo e' cuenta dentro da estot últ'.mos cos el de .per •n'•- en ek subsidio' Quedá entonces desvirtuada la manifestaciún del demandante resp.çto a este asunto..
tuvo e' cuenta dentro da estot últ'.mos cos el de .per •n'•- en ek subsidio' Quedá entonces desvirtuada la manifestaciún del demandante resp.çto a este asunto.. Así mismo ci Ministerio cil ramr . uamerte y en '.iciemhr: demediante Resolución 0. 11552 ¡¡ir las tarifas para el servicio 1e transporte, eniéri.iose en 'uerita, iq.a.mentc tudui lo:: factor€s cue hacen parte os lavnriación ha =matas d€] con vigencia a partir de dicinobre 25 de 19E Lomn cç.ro].aric., de ir anterior, resulta la Ein razón d la manifpslacdon de jOS demandantes cuando áfirman,que,ia entidad demandada, ap ha ebstenldn de cumplir con le n ....Liqación de determinar la tarifa pari el servicio, de transporte ec1yo pbl.r:o Correspondo enseguida el análisis cl puntp básico ci debate cual - el d& verificar si existia para la adeinistracián obligatoriedad ieda'J orociucir reajustas re t.ariiasU:»p ad <-.-x ''-' que 5E pr et4ta vi o:¡,
rs en,. os attr qu ccntituan i costo par que, e1 iitump1a.mien' de Gáta cnIigación L1dL-.ra una drlratoria SII responsabilidad --r faIien ).a prestacJÓrdei sevtcio ues bien,.. aparece.. demostrado. .en el proceso que la demidada c.tmpli.á con las funciones. propias en cuanto
faIien ).a prestacJÓrdei sevtcio ues bien,.. aparece.. demostrado. .en el proceso que la demidada c.tmpli.á con las funciones. propias en cuanto ircii cae iÓn de t.arifs se rfiv! Pero es que adei. -tiás.q ninguna norma jurid.ia le dna. qLte.. tal.. itídp'L(7ad'3,ów Ó r ga j•tstesk., ic-iera rlEi o d uí prido dernada t n >stir dt 1o s:jc.ióp legal ,-a1 r peto .l.. orrepóndia 'al•6bin cumplIr ç:-r, su fnci.ó en forma di'screcina1 comb 'é\icte,Tefte lc hizo al dperar las Resoluciones n..tes mer,ci.or,ac; - Er. otras opoturade La Sai & s. ha. pronunciado r términos seMejantes respecto a d& idntic rbcedr.cia Para a rnej,.,r cornprensn sc perna tE trncrib;r un e.arte Píe -entencie dictada dentro del e> ed.i.ente No.85-9--2189. 1 Man .istracio ríte4 Dr. I;iéctcr .lvarc•z Melo. • . . ' ':. . •. "Pcr ..btra. pat-1 la,comparte 'prciaciée-de lt .ternandaday. del -,Fiscal de la CorpQrac.'n Lh,.. e4 snti510 çI çUe ii1ntna norrna establc qu ka tarifas dci. transporte dbnriustare
'prciaciée-de lt .ternandaday. del -,Fiscal de la CorpQrac.'n Lh,.. e4 snti510 çI çUe ii1ntna norrna establc qu ka tarifas dci. transporte dbnriustare rid:.merte rc3nforj1 a 1Varicianes ue e..vayar psentardo en. YI.os castt3s deEl'. tan mencionado decreto 5 SS de j973 establecka q i Instituto Ñaciha.l d rn porte deba .a Ceféctuar L etun.. mental -c costos dl trnsp.or.e plblico =olectivc trb4rn p"kra que ts estudi itie - Para fij r 1 a. respectivas tarfas.pero per . part
19una aafiiar pericdos çknt.ro de los se - hacr, los auméntc d 1ar' - que i.a ón d ias misnt
c fi ci e na función asignada' .qbieno.der't-q de 1?. irgErvpnci.án .. qt.M, de t11 activr1ç1 •.prvé la. - Constitución Naciona] , solaménto' las"" autoridad€.•cornpeten'tes pueder deterih.inar en qué nomen te) es c.on'er,inte dentrc. .del con t& JO1.JI1EO y ctir%mico raJLLste, dada ia alta incienci•a social que cap Ueva tal ser vic.p. púbiico hasta ....e punto . qLte su rguiación es determi-nante d aspectos tan
dada ia alta incienci•a social que cap Ueva tal ser vic.p. púbiico hasta ....e punto . qLte su rguiación es determi-nante d aspectos tan 3rnpc)rtartes ramo el procesof nlacxoraro y, nrsr trto.,
también' de la -.- LOJ1dUCC.ófl delá cli.a eco r,ómic-a ue at'1laqtr un çob1erno. Inecas conu I.cidnescliner,t Estado eti :'.- .. . . • ,.•• ., .•. .•- . .•'N 2133) aplicac:ión de las. normas ons.itucicnales y d lo 'pio fines que lo. orientan según.. r;uestr: ordenarr,.entc juidi.D puede sealar1 dentro la in rvencin. en el manejo de la ec.,flomía como.. uprem oriertdor de la misma, l. condi iones y e] mjtQ tempral en que se' pueden fijar ias:tar'i-fas del transporte ccnrme a cri..r.ios que su política .econ(ix . de.t.ermi.ne y sin que por el lq se conf:L..;re responsahiiidad frente a ot prt. i.çilre que .:irestan el srv..c:io quienes, por otra. parte, ,-:;ando d e ---- a Yr o a urja .ctivid.ad .somt.ida al ....cditrol estal en razón dl beneficio .de La comunidad deben ser r.onscicnt•s que sus posibilidades de qanncia,'estániiritad.s y sometidas..a
.ctivid.ad .somt.ida al ....cditrol estal en razón dl beneficio .de La comunidad deben ser r.onscicnt•s que sus posibilidades de qanncia,'estániiritad.s y sometidas..a disposiciones qubenafne1ls que Al respectó produzcan, pues'. cuaFido inician. ,tal acti'i.dad i en' :;.1a. inviertr capital tienen'. pino conocimiento'.. . de .. 1 L1rLntanas dntrr de la c:ues se desarro11 é . En morito de lo puesto4 el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA - SECCION TERCERA -. adiiini.trandc ju'tici en nombre (J IF. ] e-ub1ca drótomhi y oor autoFIda de l ]e, - u.. -, - FALLA lo_ Dec1rase no probada la ex.cepc,i.ór prbpueta per , 'la pare dendau ' 2o. Deriéganse Las prens.ion cf. l-cLeiñand' s 4 •.•'• ,.. totalidad o. Sir. cQstas porque no proCiL'erOfl.. COPIÉSE Y NOTIFI.QUESEI.' rÇJdD en saíáC, Acta No. 119
MYFIAh GUERRERO DEESCOBAR' IIECTOF LV4REZ MELO
11ciBt.rco
MARIA ELENA GIRALDU GOMEZ BENJANIN HERRERA BARBOSA
Magistrada Magistrado
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MYFIAh GUERRERO DEESCOBAR' IIECTOF LV4REZ MELO
11ciBt.rco MARIA ELENA GIRALDU GOMEZ BENJANIN HERRERA BARBOSA Magistrada Magistrado E- # ti 1 rl fl e, 1 r' rl fl r t •-'rl rPIDLLIL,p1 tJrdJLL.LJ U. LL Magistrada