🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 8605-(21-01-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 8605-(21-01-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

T13 AIhII TxAPIVQ Di,, OUX.W 7-AgARcA 3ogOt, inro vintiuno (21) de mi novociento -etettta y trado Fonente: Zde LVARl.i LUNA.— .ef. Juuie UI. 60 5.— £U'N tIONÁLS .)einanrtante: ÍVJBRT T. OJTU 1 abogado titulado que reoibi6 poder e.potal que le otortra el oiuúatlano americano 40JUT. 'r. PuPi, doiaioil2.a&ko 3n — 14ilaukee, tado de wiquongin # iintadon UniduR de Ari4rioa, debidamente autentioido, para stuar en La va gubernativa y ante la Jiwiediooión — Gontenoioio Adaini,r%iva "en caO de ,ue fuere neoesrio recurrir a — ella, ha «úiot>j.la duna a fui ue que ge revine la operaoi6n que it qu.tzIó el impuemto de rens y oornplemonarioa de dicul'to extranjero con — biene q en Uoloribta, oorreondiento al ao de 1969, e invooa para ello— el teJi6meno de que habla el art. 99. de la ley 8. de 1970 en ooncardan cia con lae dipoioiono de la ley 63 de 19ó7, art. 36. Cenorataiente, la operci6n iraiugnada •.t& aontnia en la liquidación oficial Nl.0013 14 9 un 1 rv.oluotón N. 004444 de 18 de octubre de 1972 de la Admini,,—

la operci6n iraiugnada •.t& aontnia en la liquidación oficial Nl.0013 14 9 un 1 rv.oluotón N. 004444 de 18 de octubre de 1972 de la Admini,,— traoión Nacinal de Imwu.toq de Bogotá y en 1a. reolcin 002932 de -6 de agonto de 3973 y —05876—ø de V3 da topítiembre de 1974 de la Ji'eo -)jón O neral do Inpue.to, Nsoinale,. !o erortrn;o,e oauea1 que nea i,uqcutib1e do luye- .idar lo aetw012 Juicio Nº. 8605 .- PAiA 1OLVR, CONIDJ2A: La vi-ta emitida en forma oportuna por el SeKor Pi,- os]. 49. de la Corporaoi6n e, tan clara y tan concorde con la, prueba, que obran en 4 expediente gubernativo, que el 1,trado no encuentra necesario razonar de otro modo, y por ello ,e imita, en e,tap motivacione,, en reproducir el mencionado concepto en lo utancial, af: "Con fecha 19 de Abril de 1.972 9 el demandante reoiam6 contra la Liquidación Oficial KV. 001314 de 2 de Mareo de19729 roour,o que en definitiva le fue re,uelto por la DirecciónGeneral de Irpueto, Nacionales, el 18 de 'eptiembre de 1.974, por medio de la Reroluci6n NI. i-U5$76-fl. "Conformo al irtfcu10 36 de la Ley 63 de 1.967 9 1medio de la Reroluci6n NI. i-U5$76-fl. "Conformo al irtfcu10 36 de la Ley 63 de 1.967 9 1roteia por la Liquidación, debía de"ntar"e 'en el término de cuatro aioq cntado a partir de la fecha de ,u presentación', - cano orntra lo .e oon,idera fallado a favor del contribuyente. "Pero como i trno anter,or do cuatro año, edalado por la citada Ley 63 do 1.967, en ,4 artou10 99. de laLey 8. de 197Q, lo redujo a dOe aic, quiere decir que la reol&- mación do que ,e habla para lo., efector de preolui6n habrá detenerre en cuenta lo oontamlado en la norma iltima, que eq delig..ionte tenor: "Redc1o3ne a de aJor, 1o, trraino, sefialadop en e], artíctulo 36 de la Ley 63 de 1967 para decidir definitivamente la reo1aacioneq triutariaq intar ata, a par -Lir d la vigencia -. de la prerente Ley ii al venoera dicho término la reclamación pLndionte no huiepe "ido decidida en forma defir±t4ts, ,e entendeM rallada en iavor del contribuyente. 191 término a que ,e refiare este artículo e0 oontar& a partir de la fecha de preentación de la renpeotiva reclamación.' "La Llu.et&x Hg. —0876-.11 de 18 de ieptiembrede 1.974, de la Jirecoión 0enral de Xinpueeto, Naoioza1eg, ,eción de la renpeotiva reclamación.' "La Llu.et&x Hg. —0876-.11 de 18 de ieptiembrede 1.974, de la Jirecoión 0enral de Xinpueeto, Naoioza1eg, ,enotificó por edioto el 3 de Octubre de 1.974, desfijado el 9 de3 - Juicio $i. 860.— Octubre de igual me q y afio, quedando ejecutoriada diez dfaq den — puén del ç,iguiente hábil al de la depqfijaoi6n del edicto, o sea— el 22 de Octubre de 1.974, "De ello no infiere que le decíni6n conque finalizó la reclamaoi6n, me emitió fuera del té rmino indicado en el artiou lo 9Q. de la Ley 84. de 1970 9 y repeoto a ello, el H. Conr.ejo de i~mtado # en diverqae oportunidadeq, ha expre.ado: "No basta entonoeq, que el fallo deciqorio aparez— ca calúndado dentro del término que indica la dipoqioi6n....para que tenga fuerza legal, pue, de ente modo m e quebrantaría otro hable principio que encierra la notifioaai8n: el conocimientoque de La providencia debe tener el interesado. "'A4 laq oo,aq, puedó afirmarm e que lo falloaludidos requieren qU notifioaoi6n para que una vez ejecutoriauoq qO declaren •,Øloq. "n 199 condiciones viqtar,, me Pupone qin lugat adudan, que el contribuyente e,i amparado por la preunoi6n prouoq qO declaren •,Øloq. "n 199 condiciones viqtar,, me Pupone qin lugat adudan, que el contribuyente e,i amparado por la preunoi6n proViqt& en el mencionado articulo 99. de la Ley 89. de 19709 y de— ahí a e.,timare que el recurqo intsrpueqto debe declararme reue1 te a qU favor." Concorde, puaq, con ello qO procede a hacer la it quidaoi5n de acuerdo con lo iipetrado, qgutdamehte: UNTA I4UL'Os La gravada en la 1tquidsoi5n oficial Nl. 001314 de asso 2 de 1.972. No varia ....139.512.00 138.784.00 PAIKONl O 51 gravado en la hiquidaoi8n oficial te 001344 de marzo 2 de 1.972. Noarfa

$767.904.90 $ 6.883.00

Sub—Total 345.667.00

anci8n por libree. No qe determina 1 - OTOTAL A CARGO DL C0NTR1TT4t1 $45. ú67. co-4 Juicio xº. 8605 .- giiz ootarbane ue obran en 1o. art 4íni', trtiv o, foli o 61 a ), (e azolqe el vlor 4.1recabo O9409ú por oorne,.poGdu' a la vigencia gravabla de 198) el contribuyente por la vigencia gravable de 199 efe tu ~,oe por

539-9-5/7-00

recabo O9409ú por oorne,.poGdu' a la vigencia gravabla de 198) el contribuyente por la vigencia gravable de 199 efe tu ~,oe por

539-9-5/7-00

A CMCt) I1.14 CONTdIJYh( 5.710.00 n mérito de 1i ezj ,to, el 1'ribu.nal Ádnini.trattvo de CLindinamarca, impartiin4o juçvticia en nombre de la Reptblica 4. COs. 1øbia y pi dad de la ley, ?UtiusRoví ,qana la operaoi6n admlnlvTtratíva liquiUadora del iap4Leto nacional ,obra la renta y complommtiarlo m a pajar a por el eiior itujllítl 1'. FQ3r2 (T 5 ,.3.45U) por el aflo de 199, y, 'or ende, decUran,,a, nuM.e la liquídacién oficial Ne. 001314 de 2 de a marso de 1972, la noqolaoi6n Ns. A-004444-P de 18 di octubre de 1972,- la re,!oluoi6n NS. 4a0U9232.-F de 6 de aoto 4. 1973 y la rec1uci6nH-05876-«de 1 de optiembr. de 1974,, de la Adnini,traci6n de Zapue, - tooq Naoionale,, 4. Bogotá aqu4lla, y de la Dir.00i6n General 4. Iui»'- to Naoionahe,, 4.1 ini.,terio de Haolísada y Cr&iho Pilblioo. 1 ltiaa.

tooq Naoionale,, 4. Bogotá aqu4lla, y de la Dir.00i6n General 4. Iui»'- to Naoionahe,, 4.1 ini.,terio de Haolísada y Cr&iho Pilblioo. 1 ltiaa. IX,' 't1ino,e 000 liquidaoi8n definitiva la que apareoe en la parte motiva de ."te provede. TC10, D.ola,s que el monto total de 1o, imp eto 4e renta a cargo del. oontribuyonte })BRT T. ''))T.. oorre,poncUente 1 -- 5 - Juicio Nº. 8605 .- o gravable de 1.969 e, de CAtENT! Y CINCO NIL ICIiNTOs jESFXTA Y ITi PO (45.667.00) ¡/c. CUARTOS Una vea doontado, 10 impne,,to, pagadoq por el contribuyente, (139.957.90), qucLa un vqaldo que deberá pagar a la Admini.traoi8n de Impueto, Nacionalow por la cantidad de CINCO MII, iETUVILXTOs DIEZ PE50S ($5.710.00) H/c, c OFIEs1,, NOTIPI(JIESIg, C OMUNI QUESE. - Aprobado en Acta MR 7) de n ov i e mb re de 1.975

ALBERTO r.OREO GOMEZ ALVAR LiCOMPE LUNA

MIGUEL ANONIO CARDINA CLARA FORERO DE CASTRO

UiA11A M. 1)., 15CI!EVERRI JAIME MO03 GUARNIZO

AQUILINO RODRIUEZ PEDRIZA ZAMIR SILVA AMIN

TANICIO CACERE TORO eootai O,-

Consultar sobre este documento ...