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TA CUN - 8645-(14-05-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8645-(14-05-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

r 9,1A $ T1iLL ADMíIT' ,"T1T(i:E C'1DIN.r . ;IJ A Boot, D.E., wivo t00 (14) e mil te y (1976).-. Kattrdo Ponente' Dr. A. 1 TO Ref.: xpcdiente 8645 Roiio1uconüa Miniarilea Actort CÁl.PO ELIAS ' O IGtP Z LO Z Y OTI (13 as__sn----- Ive - Loe oeforea CAMO ELIAS :OPRI: tflz I•OP1, rioI3AYO SMTOS, J;tJ ÁIA LTh ALmR0N, 101,1JV, Al. tNG0, ANEL TIZ POYÁ y JO..E ATÇNjO Er.A EON, a truv4:, de apoderado juitc.al y en jercic1.o de la Liccidn cciitenc tose cia p1eia jurisdicctdr previtu en el ¿rtfcu10 £7 del C.C.A., solicitan al Tribunal que haa la ei:uefltoa D e o 1 a r a o t o u e 8: "Primera.- ;on nulas 14.5 re>luctonee Nos. £894 ce captiorbre 13 de 1974. 6897 de ;:tiobre 13 de 1974 9 6929 de neptienbre 1 do 974, &87 de sept1ebre 13 de 1974, 6937 de septjebre 1) de 1974, 6892 de oeptiexibre 13 de 1974, del Ministerio de J)er-nsa Yacional e y sun actos de trdite 1a r€oo1acio.-

tjebre 1) de 1974, 6892 de oeptiexibre 13 de 1974, del Ministerio de J)er-nsa Yacional e y sun actos de trdite 1a r€oo1acio.- fl08 Nos. 2805 es septiembre 10 de 1973 9 2719 de eptisbre 10 de 1973 9 1271 de junio 11 dO 1973 9 1251 do junio 11 de 1973, 2927 de eptiobre 20 de 1973 y 2697 ríe vepttebre 10 de 1973 9 de la Caja de Ri;iro de las Puerzae Uilttbree, -.,or 10 cu1ea ue ne¡.-d pura loa actores CA.M0 ELIAS roi itZ, JoU I0iACI0 ROIAYO SANTO, JTtJ •A1IA MONJE EL{1f: LJ1A ÁNCFL CZYIZ MOTYA y JO -'£ ANT1() T:IE-,A ON el recjucte desus asiwotoneo de retiro. "Esgunda.- En oonecuencia la Caja de fl&tiro de las Fuerzas Miitturce y el 1 1,inisterio de Defensa Nucional, reajut4.rdn lus aeirzici:nea de retiro de loa rntaroa, a partir del día lo. de enero de 1972 9 en el sentido de inererentr con rn:e-re la Inclusión de las purticaa eu1adua en el articulo 116 del D creto Loiela.ivo No. 2337 de 3 de diie;bre de 1971, y que ao, cede en su cuantía y ro orci6n determinada puC cuda uno de loo actoaB, egdn e.a dtapoici6.

creto Loiela.ivo No. 2337 de 3 de diie;bre de 1971, y que ao, cede en su cuantía y ro orci6n determinada puC cuda uno de loo actoaB, egdn e.a dtapoici6. "Tercera,- El Minitrio de Dena Nacion1 y la Caja de Retiro de 1a ruerzc Militares duran cu;1iminto a le aenten oLa pro 'trida dentro de loo 30 díac 1uener, cu -,;rme alarticulo 121 del C.C.A.".

Corno hecLoa reriee la : earda, en síntesis, que 3.00 doman(8645) ~ 2dntts en su calidad de penal twdoe por la caja de ttro de las -

?urzas Mi1itar y el Miniat río de Defensa Nucional, cn anterioridad a la expedlci6n del nuevo estatuto rsornico de la carrera de Oftcicle; y Subofi:idlea de las Puerzas Militares# tIn se ex-. presa en e]. hecho 3o., solicitaron el reajusto de su enii6n para :ue se acomodara a las disposiciones del nuevo osttutog pero eaa petición los fue denegada mediante los actos enjuiciados. Coso diaponÁclones violadas se clan lon artoulos 17, 30 y 169 de la Conati. i6n Nacional, el del C.S. del T., 50. dela Ley 57 de 1887, numeral lo., 116, literal b), 119 y 174 del creto 2337 de 19719 normas sobre las ualea se ex;.lica el concepto de violación. Al emitir su cozerto de fondo, el ae.ox' pioa1 Cuarto de

creto 2337 de 19719 normas sobre las ualea se ex;.lica el concepto de violación. Al emitir su cozerto de fondo, el ae.ox' pioa1 Cuarto de la Cortoración se pronnciu en fcr dfavorable a las peticionen de la der.inda, ya que que loe accionan en no tiIntkfl de— rcbo a lo ue peenun ¡or haberse :rettr.do con an4l.-erioric1 a la vi encia del Dtcreto que presnden les sea alicado, ,use encuntra ug.otado el trámite procddimeutal pertinente al juicio y, ader4a, no se oberva causal ue uVeote la validez de la aotuacidn. Es, pr tanto, la oortunidad proeea1 fe praerirentencta, a lo cual procede al Trtuna1 previas las niuiitea CO!SIDE ACIONES i Como los míamon denndantes lo rectnocen, su retiro delservicioe produjo con an';erioridad a la fecha en ue en.. r6 a re— gir el Decreto 2337 de 19719 ea decir, antes del 31 de enero de1972, en Ilue apareció publicado en el Diario Oficial No. 33506. En t4oa condiciones, no tienen dreoO a ,,,ue se lea reco... nozca increrento en su eolnuolonos de retiro» ya u,ue ror dieoai— •ción expresa anto del art. 116 coro del 119 de dicho ceta tuto, esa

nor.s son ap ica les to1aente para el pe'r4l de Oficiales o Sub- .oficiales de las Puerzas ML1ir-s "que ae retire o sea rettado bajo la vi—,—encía del miato".(8645) Y e tta en en.e caso w corno pareoen eirder10 loe aotoiea, de un reaju9te en las aøinciones de retiro del peiso— nal rnilLt&r, sino de una nueva ra de 1i&4tdci6n de ba mtamae, ue ea cutin 11en dierento. La la no contera nc€ar o h..4cer o;ra conrIoracio.-. flOB a e}t rp4oto pura Oorc1ir :UC 103 pedintento ce la deranda eben earae. En ora o -tunides a]. raclvr casoa jddntj— co al preente se la prnunoido en el mincio ( ,,en ido y ese tam en, or otra rte,, el cvit:rio .ue ha o8enido el E. Cona jo de Ltao sobre el aicular, En mrito de lo exuto, el Tribunal Ad1niatrttvo de Cn4inrroa, acorde con el concerto riscal y a ini;t.ando juati cta en nombre de la república ce Colombia y or uuorioad de laley,

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I:1 ANSE LAS 1'?T P. -IRES DE T.A TEMA,

(El ryttcto de ente fallo Cue dL3cutdo y a -rQbado en

sea.idn de .ala ercu&da en ). C6 tena, not if luene y oornuníuee.

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