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TA CUN - 8647-(19-06-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8647-(19-06-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

AUTONOMIA .ADMINISTRATIVA /ENTES DESCEÑTRALIZADOS -Detorminact6n su estructura interna TLErJHAi ArMIMI 1 TIMO DK LHAMAA. - SEOCION PRI$ER& - Swita Fe de d cinwve ¡191 de jun o de mil nQvecientoe noventa y.eiete (1997k..

Kaistrado Portante: ODA1UO QUIIIONhS PINIIJ1A Epdiente: io 8647

Demaydant, 308EWtDOfA DE CUNDINAMRCA 0beevacinee La -Señora Gbe adora del Dpartauonto de Cundinemarca, en ejercicio de la, facultad gne le confiere el articulo305, ner.l 1ú0., de la crtetituct6n Nacional. -en concordancia cor loe articuloe 118 y líguíantee del tcreti 1333 de 1 remití éste Tribunal el Acuerdo número :076 del 31 de diciembre de 1$6 del Concejo Muiticipal de tiadrid. para que se dacida sobre..eutralidez. La Settora Gobernadora oneidera ue el Muerdo número 076 de 16 P.r medie del cual Oe tija el eietema de nornenolatuza ylaelficación de loe niveles opcionales Je la estructura de empleos de la Empresa de Acueducto y Alcantaxtlladc de Madrid "EA»1" E creada mediante cuerdo Itjtj ie 1994 y e dictan orae disposiciones contraria :lo dispuesto en loe artículos 6o. del decreto 100 de 1968 24 dei dscetQ 3130 de 196. Como fundamentos de hecho se exonsn los siguientes:

cuerdo Itjtj ie 1994 y e dictan orae disposiciones contraria :lo dispuesto en loe artículos 6o. del decreto 100 de 1968 24 dei dscetQ 3130 de 196. Como fundamentos de hecho se exonsn los siguientes: El Ronorablp Concejo Municipal de tladrid expidió el. Aouedb tk.O76 del 31de diciembre de 1996.Exp. No. 13647) El Acto referido obra en el mismo. El citado Aouedo se analizarán má fue earacíonadD. y publicado. como infringe normas superiores, como adelante." El concepto de vio1ac1,n e del siguiente contenido: El acto administrativo objeto de análiele juridico

-POR HEDIO DEL CUAL SE FIJA EL SISTEMA DE

tEt4CLATURA Y CLASIFICACION DE LOS NIVELES

oct3pcIo[jALEs DE LA ESTRUCTURA DE EMPLEOS DE LA

EMPRESA DE ACUEDUCTOY ALCANTARILLADO DE MADRID "EitAw R.G.P. CREADA MEDIANTE ACUÉRDO 100 DE 1994 Y SE tiICTAI crRA6 L'ISPOSICIOHES. tranegrede en forma expresa loe Decretos 313,0 de. 1968 articuló 24 el 1ú&O de 1958articulo 6o. loe cuales consagran: Artí.uio 24: Articulo 60: De las rcrrnae transcritas es concluye la flagrante violacjan del acto &dminietrativo demandado, ya gue la corpi.n Edilicia es arrcta facultad t16 por ley esté ásignada a lá propia Junta Directiva de la

De las rcrrnae transcritas es concluye la flagrante violacjan del acto &dminietrativo demandado, ya gue la corpi.n Edilicia es arrcta facultad t16 por ley esté ásignada a lá propia Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado, Como es la determinar su propia estructura y nomenclatura. deaae se infringe la autonomía administrativa característica de los entes deeentralizadoe para el caaoemprsea industrial y comercial del orden municipal.. A la solicitud se le io el trámite legal correspondiente, y en corLsacuenci. procede la Sale e resolverla, previas las sigu1steeCO N 1 DE ItA C ION E 3, 1..- Le corresponde a la Sala definir la validez del AcuerdoiEnpI No. 8647. numero 076 del 31 de dic1enre de 1396 del Concejo Municipal de t'tadrid, tonforne a la solicitud fornailada por la Seiora. Gobernadora del Departamento el 17 de febrer de 1997. 2.- La Señora Gcba'nadora del Departamento presentó la solicitud en ejercicio de la atilbuclón gue le confiere el articulo 305, cumeral Lv de la Constitución Nacional de 1. 991. en concordancia con los articulos 118 y LL del Decreto 1383 de 1.988Por ooneiuiente el fallo se adopta I.deEpuée de adelantar el tr&fluite señalado en el articulo 121 del citado Decreto, y <aue ocrre5ponde. en realidad, a un proceso breve. gua se inicia con la presentación de un escrito del t3óbernador

señalado en el articulo 121 del citado Decreto, y <aue ocrre5ponde. en realidad, a un proceso breve. gua se inicia con la presentación de un escrito del t3óbernador con algunos reuieitoe de la demanda señalados en el tizuio 137 del Código Contenctóeo Administrativo, continúa con le 'fijación en lista para gua cualquier persona pueda impugnar o defender el acto o solicitar pruebas prosigue OOYI la practica de pruebas y culmine con el fallo & 3.- La c1in, por tanto, está liinit&da por e1mbito de la 4emanda es decir en cuanto a ias pretensiones, loe 1-te.,hos LI.k de las normas violadas y su concepto de jolaci6n. así como a lo gua se haya probado en el ptocaeo n ooraecuencia la confrontación del :Acuerdo acusado sic, se puede hacer con respecto a, las normas suestamente infringidas y únicamente en cúaiito al corepto de violación aducido, pues no existe Ui, ctro1 ¿aera1 de la lealiJad por parte del juez administrativo. 4.-. & el caso de estúdio la Señora Gobernadora del Departamento formila observación al Acuerdo ruiero 078 de 1 4 6 del Concejo Hunicipal' de Madrid, en cuanto4 t Exp. No. 6647' considera que eae acto vulnere loe articuloe24 del Decreto 313.' de 1968 y 6o. del decreto 1050 del mismo aÍo, pues se arroja una facultad que por ley está ae ¿nada a la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcentárilledo. ccuo ea la determinar su

aÍo, pues se arroja una facultad que por ley está ae ¿nada a la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcentárilledo. ccuo ea la determinar su propia estructura y nomenclatura. lante& adema. le infracción de la autonomía adiniatrativa de QUS gozan loe entes descentralizados. E'.- Mediante el acuerdo acusado el Concejo Municipal de Hdrld fijó el sistema de nomenclatura y clasificación de loe niveles ocupacionales de la estructura de empleos de la Empresa de Acueducto y ¿Ueantsrillado de ese Municipio, creadapor. -Acuerdo 100 de 1994. Pero ocurre que el articulo 24 dei Decretó 3130 de 1968 establece que la estructura interna da loe establimientos publicos y de las empresas industriales y comerciales del Estada será determinada por su respective junta o consejo directivo. be manera ue siendo evidente Que los ConoaJos Municipales no pueden determinar la estructura interna de las empresas industriales y camero iaJee del respectivo Municipio -en este caso de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado del t1uniciio de Uedrid-. la Sala llega a la conclusión de que, el Concejo Municipal de Madrid infringió el citado precepto superior, puse en el Acuerdo impugnado fijó la estructure interne da la mencionada empresa, función reservada a la junte a consejo directivo de la misma. Caba agregar que el mismo Concejo Municipal de Madrid en el Acuerdo nimro 100 de 1994. por el cual se creó la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de ese Llunicipto. en el Capitulo IV, Organización Interna.

misma. Caba agregar que el mismo Concejo Municipal de Madrid en el Acuerdo nimro 100 de 1994. por el cual se creó la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de ese Llunicipto. en el Capitulo IV, Organización Interna. rticulc L(. expresamente señaló que is estructuratIbp. No. 8647 orgánica de la Erapresa "... ecra determinada por la Junta E'irettiv .. . .- De neiglUente la Sala. deoiarar 1& nulidad del Acuerdo tmpundo. Por 10 xueeto EL .TRIJKAL ADMItUSR&TIVO MARcA, SECCIÓN PRIMERA azinietrancfr jeti.cia la República de toloubia y por autoridad de la DE CJt1DINAen nombre de Ley, lo. Deciar5L8e la nu1ida del Acuerdo número )76 dei 31' de diciembre de 1896 del Concedo Municipal de Madrid Por nedio del cual ea fl5a el eletema de' nomenclatura y claelficaciói :de loe niveles ocupacionales de la estructura de emplee de la Empresalde Acueduoto y A1cntax'illad de Hdrid 'AAW" creada mediante ncuerdo W` de 14 ' ea dictan otras diepoeicionee"1 .c. Zc«iurxíqueae esta decialón e la Senora Gobernadora del Departamento y a loe S&oree Presidente del Concejo, Álz.alde yPereonerc, del Municipio de Madrid. OP 1 E3 IICT 1 t IQÇJESE, COL1Ut IQIIESE CJWIS.. tbiecutido 3T aprobado en eeejón reeliade en la fecha Acta

Álz.alde yPereonerc, del Municipio de Madrid. OP 1 E3 IICT 1 t IQÇJESE, COL1Ut IQIIESE CJWIS.. tbiecutido 3T aprobado en eeejón reeliade en la fecha Acta numero lJ741,

DARlO QUIMONES PIP41LM BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

MAaIs'rRArio HAGISTRADANo. 8647

OLGA INES NAVABRETK BARRMM K14KSTO REY CAR1R

MAGIRADO

HERIBERTO REYES VARGAS

NAGISTRAD

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