TA CUN - 8685-(16-06-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 8685-(16-06-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
LOMBIA
CIONAL
TRI}flflTÁL CtTCO$O
. CtL-I: MPCJ
floqot D.c.,
Miz r do Ponente: OFIA k3T • kU1 LINO 'U: PEDRJkZ Refs Proceso No, F3685.-. Rso1ucicnea Mi-. riles.- Dennunte ilii G, -,,rcJr,1g... y kot intrrped5o eo -er-do y en -j• cicio de la ecci4n ae plena jurisdicción 1r'.-orit AUCía lloralos, pie al Tribunal, se ecrrtos "PLIM C$ Ys nula is rec1urón Mo. 5P37 de 1.974, oriqinrie del jnit, rio de )erna ciona1• El MinI r"ri de Dna 14-c!o'i3. re-onocr y f -or de mi proeurads, entro del trmjno tb1ec1do en e! ' t.. 123. del C..a. I rima ce AliT , !it:CiÓfl por la ley 68 de 19N 'd.J • Fundementa sus oetieí. ner en 10 5"nte i ..C.Hc-s Mi -te prta rvic.o t.l Ministerio de Le.ensa WaCIC - a1, COffo orPra terna t3'tsjo en los Pll-s de Interidenci del Cornio l jrcito, dre h,ce vr.tos &os.
Cor fecha 10 ce julio de 1.968, obrndo en u nn1-e y r tresentaci6n, se:ndo aflte l Minirte lo de eh,ce vr.tos &os. Cor fecha 10 ce julio de 1.968, obrndo en u nn1-e y r tresentaci6n, se:ndo aflte l Minirte lo de efensa tcicnl 1 rcconociento y pgo de3 larm de Al¡ . mont;:ción --tuide en lc ley 68 de 1.963, p'ro rta ptici6n VITO T) TTC1-OLOMBIA JCIONAL fud r,rue1ta ne tivppnte por la resclucidn gnaM.N Como dis.oicionos viol;edaw cite los arte 2 y 16 da le iey 66 8e 1.963 y art. 30 de le' cortitución Nacion,-ll e Se ei oncepto de I vjclejón de Optan normas por los actos CUeedoe. La Flercalía Segurii dø la Corporacion en su viste de fondo coceptua fvorabiercñia a lee pticicnes de la demanda 1imitd sin embrgo. a lí vi..encia 'dél Liec,rto 339 de 1.971. £jecutórido •l auto de ctci5n prz ente.. cía sin rue wobxve causal denulidad que irtvi1ice Lo ectue. do el Triuna1 d ecide &l proeso provia 1a rigu4entjs Mego de un euiddoio s'studie de la datnarid # eticione, hechos# cites en der ctio s pnebee, concepto fii.. cal y ro ucion iur:uqnzda , observa el Tribunl y rolucion impugnaoé obs'rve el Tribunal que lo prirr-ro que debe d.-..
eticione, hechos# cites en der ctio s pnebee, concepto fii.. cal y ro ucion iur:uqnzda , observa el Tribunl y rolucion impugnaoé obs'rve el Tribunal que lo prirr-ro que debe d.-.. termi.narre es 1n calidad de re1ci6n lt'bóral cue tiene la actora. co "obrera intrna a dcitajo da lom Talree de vicio do Intendencia del Comando d1 Ereito y ésta la TCiL Y KC .?rIA por 1e siguiants rezOnees le.- No se observa que dicha reiecidn laboral, pare la fecha de su ingreso ertó regida por ninguna vincule-. cidn bi1tera1 o crntractuel# porque de autos no operec. ni 1p p.rte denandada la presentó # el si contrario le configure con la sola clsificC6n apriorfatice de que-por la "naturalasa y dlee" no e hall corp rendida dentro del vlan de cia.. sificcidn edoptdo por la Ley 68y su Decreto Reglamentario 351 de 1964v y ésta relacidn contr'ctua1, cuando ore de. en 1 TT'rTOTjOLOMBIA CIONAL ú$685 0 3 en trabaj'doree oficiales nece ri&rent h de ser escrita., o . rnstar en f orme alguna. 4'tas ri s oenen nl. se pden cnstitufr por el simple conmenso bi].terl en forne oral o edn presumiéndolo como si lo .ueo en recbo 1 -borl o privdo, á zde Les c nide.'-cidn y. orqaúiiecion de las tidadós
o edn presumiéndolo como si lo .ueo en recbo 1 -borl o privdo, á zde Les c nide.'-cidn y. orqaúiiecion de las tidadós statalee y para-ettelea o adritistrTttivr's óa irnpoible su. configurci6n en forme as prsunci6n tCjte o verbal. . n aunencie. de todo vinculé. cortrctual, neceriimente ha de cnfigurzee le rel€Ci6n legal o reglamentaria la cual encuentra wi poyo en la mismo resolución impugnada en la cual se ata la reici6n objetiva Je hecho y pr€cie,amente no se desconoce este vinculo laboral, lo dnico en que Jifire es en la cLsific ción que ',le asiine. ye qUS le n<turale'a irme de le lt,or, y eltrt'ientoqw, í'a le d tos et irtiicndo todo lo cirtio. que trta ce una relación li'orel "legal y rgiarnentars 0. ¡ m delicz.Ja y reaponsb1e 2.bor e la confección dø artículos y pertenencias propias y exclusiva :iel £jrcito desarrolladas en 3.oe Talleres Técnicos IntrdeciUea iUO con;ttuy5n un conjunto ec noinico. constitutivo y ependient-e de ls tuer28Aruu&s. y en al~ na formé contribuyendo eficazmente e le eguridatl del n1smo j4tcito y por ende a la .quidad miena.ie 14 N..ción. Si los trbaj dores adscritos a ente conjuntoleboral de3.oa Tallena formé contribuyendo eficazmente e le eguridatl del n1smo j4tcito y por ende a la .quidad miena.ie 14 N..ción. Si los trbaj dores adscritos a ente conjuntoleboral de3.oa Talleres de intandencia# tienen reeponsbiUdedeo y deber.e pro— pios de une sitUeCiófl nec55ar5meflt;e legly reglamefltaria tmbiefl deben t.fler las prevroctivas y ventajas propías del cargo que desepiano en forma permanente ifltcrna o dependiente y rglamntria ei e tr,:te de artífice u obrros a destejo. 3a.... Tanpoco aparece ue rtOs eepcificoe tr.ba dc res estén .entro de ,lguna excecion lgal. r.glamen..
TT9'1ÇT.OLOMBIA
)CIONAL 8685 tri, o etatuterja, c'ue los prive de sus deberes, oh1igcio... nesy prárrogstiv.s • 40.. Le cltfieíción de:'rina Ofl 308 puntos en rio'e, 'der/s tienen rerpeldo en senteriçis pronunciadas en c enoz similtren por el $. Conjo de £tcjo, tales como la de fecha 6 de juni' Je 1973 en le acción promovida por kelis Ialacio Sncheg yde que Cg ponente el 14. Conejero Dr. Alvro 'rejuela Gómez, de lo cu1 se glosan 10 apireess "La dernannte tr.1ajo como etrrl,de civil del Mini trio deCu:r?: ( hoy de L)efense Naci;ne1) hta el lt e diciembre de 1963. Su cr•roo el de
apireess "La dernannte tr.1ajo como etrrl,de civil del Mini trio deCu:r?: ( hoy de L)efense Naci;ne1) hta el lt e diciembre de 1963. Su cr•roo el de obrera a crctajo co los TFJI re e Tntendncia o en la Sección d e s€tgtrrríe. De eta rnero. tiene le Sala, crue el vínculo que le unía con la dmAn1p ración no ere c ntratue1, sino que# trtn o e ae un empleado o funcnrio pdhlico, su situci6n reg1da. Sobre esta cuestión debe ecordr e que, segdn el art. 3 ,1 de la Ley 68 de 1.963, ls funciones de loe enple•cioe civiles del remo da 'uerra se determinan "por medio do regle!entoe" lo que rigni fia. que l siturcido en que se hall'be la demand'nte era, r la divede de un oóntrto. sirio 1a l'gei y tq1oentria. Por ello ertima la Sale cjueelcceó e le i0mandante se ericudra, precianente, dentro ue 1i'e iu tuci-'fláacontemp1dea eni articulo 32, literal ) numeral 2a del Decreto 528 de 1964 según lo cual los Triinlos Admínípt -r.tivos conocen, en primera de 3.s aceicrtesde penejurirc1icción de czráctor liborar que no provenqen de un crntrto t.rbaJo en los cuales ne controvierten actos del orden nc.tona1y cuyo cutie ves inferior a cincuenczráctor liborar que no provenqen de un crntrto t.rbaJo en los cuales ne controvierten actos del orden nc.tona1y cuyo cutie ves inferior a cincuento mil ($50.000.00). De e iii rnra, tonto #mr la ntura1eze dela acción como por su cu'ntía el Tribunal adrnjnitr tivo de un9inimrca era la ntidd cOn;eteflte para conocer de ete juicio ea prirr'ra me- - tencia, ¿sí como lo es e]. Conejo n le squnda. NoDLOMBIA CIONAL • 8685 es pues» e] cneo de ceCretr la riJtd -id sugerida, por el sefr £ic a1 Tercero', Determinde la relcidn legal y rglamentaria de la a etora en ipmes tir1 que ésta si puede ¿corgse e las disposiciónes contenidsen le Ley 6d. 1.963 y Decr'to Rgle-. rrentario 351 de 1964 y rz'general 1s normas pertinentes que rec noce el auxUio o prima alimentar¡& que 10 fue derconoci— da por la Resolución acuda, cuya nulidad uebe declara rse pa re en su lug r reco'iocerl n 1s condici nos, y trynjnoa de la re1ci6n lbOra1 1gal y rg1aentris de la actora aere4ta» de en el expediente y a. pa tir de tres os etraa de la fecha en que fue hecha la sG1icitu en la vía gubernativa y hasta el día en que fue finculda por contrato de trbaJo y por tan tc dejó de ser empleada pibica.
en que fue hecha la sG1icitu en la vía gubernativa y hasta el día en que fue finculda por contrato de trbaJo y por tan tc dejó de ser empleada pibica. Lo entet0Xpeflte expueftto, üficierte para ue el Trjunaj 'ontencioao Arinirtivo de Cundinmtca. de acu rda can su co1borar fiscal, dminstrpndo jut1.cia en nombre e la RepubUce. d Clobia y,-,-por eutoridd de la Ley. l3..9" óoJ.r o la flU11dr4 de ta Resolución: No. 5837 de 1.974. dictadpre1 ministerio de Defensa Na.. cianel: 229—.31 $ietiiteric de Defensa 4cirne1, re. conocerá y p-gara a la ØØflørita Alicia GarCia t'krsles. la Pri~ me ce A1irnentci6n de qile bratl e Ley 68 de 1.963 y el Deete. to Lglarsentrio 361 de 1964. e pa tir <de tres aftoa atrae de le, fecha eh que fue hecha la eoliitud en la vta gubernativa y h'sta le fecha en que haya iido inøl\uide por cc 'trato d trabajo o hste la £ech te su retiro.\ 3e •.. gj Mjnjettrio de Dfena bíaoí<>nal dará
)ISTERIO DE JUSTICIALOMBIA
CIONAL 6685 cup1frinto al ;r vflt fallobntre de1 trniflo etrblecido por el art. 11 del Cóiqo tontenoos !ñiniatretivo. c6pi'e, notifique, couuriicuee y ccilte..
cup1frinto al ;r vflt fallobntre de1 trniflo etrblecido por el art. 11 del Cóiqo tontenoos !ñiniatretivo. c6pi'e, notifique, couuriicuee y ccilte.. c con ci E. 'on'ejo de øto. 7ptobO en la sesí6n o. LVRO COlT U.)fl tLVO O)TGU: UL i.t4PNIC y. CL '-,A xOflSR() Jf C. LRO MUSMIh tT:z E ECHV;i TO 14 ".'1C ISINILM ms!iOG ZIMIR c LW AIt $ILiC LIF3 13. $ecretriO..