TA CUN - 86D3193-(18-11-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 86D3193-(18-11-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
1 ADJUDICPLCION - Impugnación / DEMANDA DE`RECU~CION - Ptocedéncia / Nito ILEX3AL - No ata a1 jüez N(YPIFICAC]0N POR a)NLVCTA QJNCLOYETE / kLO Att4INISTRApI\,) - Notificación / INDEBIDA RrcIo / LICITACI(jDeclaración de desierta ItUNAL AbMINISI.vr Iva 1E CUNDAMARt;h LCCI6t4 TEt Fe dt Eoott, I).C. Noviombre djcic bu CIa', de mfl. rw,,iecientos ncvnta y tr 1 .99. MAGISTRADA PisNEt'$TE(i Dr tiaríaEIer,a 3íraido Górz 1 .ft Epedinte No. O6D 3.121 Oandnt. Empreiia N.or1 de Íelrow4P1c Ciiflk-' HTELECOPI fliM tr F:rnpra Nacibnai de "TE F.COt1. intrmediu de ;oierdu demandó atite ierst Corpor-ación lud it 1 - da 2u de ñc,itn de 1.93/ 1 arto dmintttivo Sui,02.p: quv ¡o hagan 1 1gu1EntI dc1aracoto':
1. PRETENSIONES "PRLIERA. Que e nu1i la roiucón Nci OX') kO5 epedid e1 de Mayo d_o 1. 986 por .edío d la cual l £mpr eBi P4c orl de Tecornuncarione íLtC)M rj uçJi 1
epedid e1 de Mayo d_o 1. 986 por .edío d la cual l £mpr eBi P4c orl de Tecornuncarione íLtC)M rj uçJi 1 Liritct(n pnbIia Intel raciona1 No. O6O'I d Con'oi X9ELEM 1. 1D+ $IEPOtIUÇLUO CARTAttiN1 HIJOS, por uii -VwlOrFOB equípossUS $355..e20 y válor equipola Col. i.Ol6.7JI.. c-uvu obJ.etc),et, la aduión 4 banc.j tic c,rI.it & acuínuladoresí dea énergía,tipo tc.ionrio. "SEGUNDA •Uue ccaino coneecunc)a dv 1t cIecIara:í ói, çli: nulidad anterior, e declare por Cc,rpura.'ión qee I Empresa Nacional de Te1€'ccirnunJ cr iofict TLLÇCfJ'1 no A obi i.'ada a cumplir lo trmtno pi evtgto. en l..1% tnl ' -eicbrar el torrcsrnid.ente cnritrt qwdahdo en 13.be4:ad la N'acionat Tol ec.opuri i cat rie de cuntt íAtar ic rnatt.:ri,. do1 iç tcióri cç:ri cualquier prona cumpliendo io req.i .i t.o legalen para la conráitación. TERCERA; Con fdflento en ——lasíantoriore pçicitw, e dec1.re que TELECOM no tiene da o vnt.:u10 económico alguno con el Conorcio ISELEM LTDA NEPOMUCENO CARTAGENA G,
TERCERA; Con fdflento en ——lasíantoriore pçicitw, e dec1.re que TELECOM no tiene da o vnt.:u10 económico alguno con el Conorcio ISELEM LTDA NEPOMUCENO CARTAGENA G, E HIJOS como onecuncí d1 procedimi.ntb de licitación 060-85." (Véare ftlioe .t y 2 del cuaderr,o 1). 1 .
II. ANTECEDENTES: 1. "1 La Fmorea Nacional de Telecuínur ,I.I #n dntr resolución OO1X)O1321 del' 30 de SeptirnLr de ordenó li apertura de l& licitación pública 4.nternacionai No. 60435, a partir del dj'8 de Noviernbr de 1.95 ¿ lais 11 a.., con 'fecha do cierre de iiitaccn el dí 19 de Diciembre de 1.98. El objeto de la licitación ora l adqui.ic.ión de 92 bancos de biteIr.í,as d qw
acü:mu .1 dcre de ene,gia, tipa estacionario, uso industrIal para Gert?ncias Regionales., - "Para dar cUmplimirnto al nuera1 n. del art. Decreto 222 do 1.983 se psÁblicaron los 4 ivíuc)s. cor -reapond.1,oritc-f.i con los intervala prea críto% en la ley. Aimirno se cumplieron rada uno de lo requLsitos y pre\tos en érl Decreto 222/83 par;a un procedimiento de licitación pública. .- '2. Dtirante el plaza de L licitación presentarcn
Aimirno se cumplieron rada uno de lo requLsitos y pre\tos en érl Decreto 222/83 par;a un procedimiento de licitación pública. .- '2. Dtirante el plaza de L licitación presentarcn oferta las 5i9uiente firmas: t') INGENIERÍA SERVICIOS Y
CONSTRUCCIONES I.S.0 Y TELEC -TRONICA LTDA. 2) INGENIERIA DE
SERVICIOS ELECTRÓNICO ELÇTRICOS Y MECN'ICOS IELEM LTDA.
Y NEPOMLJCENOCARTA8ENA E HIJOS. 3) -ERICSSON DE COLOMOIA .A. 4) AEG COLOMBIA LTDA. "TELECOM por medio :d ' Reolucióri OO100')-'3270 de Abril 7 de 1.906 prorro la fecha de la adiudicacit5ri haíta el día 17 de Junio de'
3. Hechos tos estudios; coy por por part.e de las áream técnicá. fjnaqc:iera y jurídica rrpect:o f4e condiciones ofrecidas por los prcn~eiiten y su cumpl .Lmteht.o al pliego de condiciones, TELECOM elaboró el y ntrm consolidado para 5 C--& r, presentado al Comité Nainrr 1 de,.
Licitaciones 'i a la Junta Directiva con el fin do tomar una detorminaç:jon relacionada con el procedimiento de licitación. Este informe fue rali,ado en Abril de 1.986 por 'la Vicepresidenc:ia Técnica,v Div.són de Ir riier ja Obras Civiles y costa do' 72 hojas. En esta se
licitación. Este informe fue rali,ado en Abril de 1.986 por 'la Vicepresidenc:ia Técnica,v Div.són de Ir riier ja Obras Civiles y costa do' 72 hojas. En esta se anexaron los conceptos iniciales emitidos por la" 0i:1na Juriciira )icepresidncia 1Financiera y por Vicepresdenca Técnica de TELECOM. "Posteriormente se elaboró' el £r4fbrme conolidado que tntera la irrformat:ión ren.itida -por lar tres áreas Etein forme consolidada consta-de '4 folios y e, prc'sontdo' Por el Vicepresidente Técnico doctor Uid:rico Psada santos, por nl V-icepreiderite Finani::i,ero, doctor 0a'tu Jaramillo 3ira1do, y por el - doctor JaroVelsque. Mejia, do la Oficin. JurLdLca.3 36H-3.i9 "El estudio final conwliddo, los funcionrio competentes de TELECOM preentarn las siuit.rite roncluisionese "Las ofertas preent.adas por las firms ERICÜN DL COLOPffiIA S.A..y AEGCOLQMt3LAN no cumplen con el piien do condiciones en c:unto a los ape:to tc:nicos y financieros. En cuanto a tu oferta preentad porla a firmas I.S.C. LTD\ y TELECTFONTCA LTDA. y -por írmAs ISELEN LÍDA y NEPOMUCENO CARTAGENA E HIJO so informa q' cumplen con los requeriniertos del pi.teo de lakiÁcitcrt. '4.. Con base en esta infÓrm-ación el Comit? Nicionai
ISELEN LÍDA y NEPOMUCENO CARTAGENA E HIJO so informa q' cumplen con los requeriniertos del pi.teo de lakiÁcitcrt. '4.. Con base en esta infÓrm-ación el Comit? Nicionai deLiitacionesdio TELECOM en ón celebrada el da 7 de Mayo de 1.986, según consta en el acta 1025 analizó lo: estudios y ofertas presentadas par1 (-- -uta Lcit.ciór y recomendó a la Jura irrti' a adjudica la J nnsoi LlO
INGENIERÍA 'DE 5ER.'I1OE4 ELECTRÓN COS ELCTRICOS Y
- MEC4NIC06 IELEM LTDA. Y NEPOFIUCENO CARTAGENA E I41ci.
Como consecunia de o antertor, y guierdo 1n parmet'ros del articulo 21, del Decreto 222 de I.983, la Junta Directiv de la Empresa en sesión celobr -ada el Mavó de 1 .Bó, según consta en Acta 1.452, recoend adjudtar esta licitcíón a Consorcio citado coriderndø ron his en la in'tørmación remitida, que tal propUest1-a m e r4Srnia y cumplía con las condiciones del plgo. ". Por 1a razones el Pres-idente do la EmprE Nacional de Telecoibunic Iones medianl -e ReoJ.ución )O1.'iOT5.605-- del. -15 de •Myp -de 1966., s re.iera b-asídc en la información rmidda por lat diforentes •reas de la Empresa. adjudicó Ls Licitación publ.ic& internacional Nn. OfO,f3 il
información rmidda por lat diforentes •reas de la Empresa. adjudicó Ls Licitación publ.ic& internacional Nn. OfO,f3 il Consorcio ISELM LTDA.. NEPOHUCENO CARTAGENA E HIJOS con lcjizs siguíeñtes..tér ,minoto, generales de sr,trdtc,.t'nI "al 'VALOR - - 1 r FO ciuici 1J9 355.820 , - 1,l1Q9i.eo Col. $1 O16.71.oe Gato tciçn.1s; Col iO.7O.617..00. rvcxsr COL. $ 5.37. 500 .00 -VA(0R TOTAL i 133 $ 335.820. + COL IL,31.1')1 '890. co -" b) FORW, pes n jyisi el i00. medIante carta de crédito contra presentación de los documentos de embarque.. - E4nes en pp çopo 20, - en calidd d ant.i c,ipu y l 007 pagadero cçntra presentación del acta de i ocibu a tisfacción Asimtamo prescribe a rPsoluLnn que 1 c3 gastos de fletes, seg.zro y nacional 1 zactón e pagar.n cr pesos colombianos a tMs tarifas vigentes en el momento d su Lausación, previa prpsent.ar .Ón de la cuenta de cobrk. respectivo --E) JD DE gNTREG--- - - - - -66--D-3.i93. "La contrtacin se hará entrega CrF, Gerenrá Feqionales, dentro de lcs 4' meeu siguierstesa la fer$ia de
respectivo --E) JD DE gNTREG--- - - - - -66--D-3.i93. "La contrtacin se hará entrega CrF, Gerenrá Feqionales, dentro de lcs 4' meeu siguierstesa la fer$ia de aprobación, de la. lícenc.a de importaci-n y confirrnción dela e la carta de crédito. "6gz ,necesarió resaltar que el pliego de condtc'iones de la licttación pbl'ic4nternaciona No. 0-'8 o1icitaba ofertas para la entrega en la modaUdad CW sito de destino, pena además solicitaba en su numeral 3.05 qu las ofertas inci-uveran 1 ic>t,aw.de precios FOE{ de todos loti, componentes de 3. os equipos material e, elementos accesorio y además un resumen general de prerins dela oferta básica.., y d løs alternativas, por cuanto que para la rqmparación económica de l ofertas no se tomaba el alor GIF, sino el vaLor.resdltante de aplicar las artículos .2713 / 79 del Decreto 22?/9 sobre proteçciir; a l irdustrta na..ional.. Por estas ra.ons era Ñ,tdamental conocer el valor FOF de cada uno cft lo lemento pedi.dow co si pliego en orden a evluar la% propuéstas de conformidad ron ordenado en el estatuto de contratación. Eu de anotar además. que FELgCOM llegó a la conc1sión que la oferta presentada por el Consorio favorecido con la adjudción era la me eccmómica,;teniendo en cuenta la liberación de
ordenado en el estatuto de contratación. Eu de anotar además. que FELgCOM llegó a la conc1sión que la oferta presentada por el Consorio favorecido con la adjudción era la me eccmómica,;teniendo en cuenta la liberación de gravámenes del A ,cuardo oje C.4rt4qvna q que los btcreofrecidos era de procádencia venezolana. I17 Procediendo con el trmite correspondiente, la asistencia de la Secretara General de 1ELrCOf1 el 20 de Mayo-.) de 1 9$é envío url telegrama a s repr enttaites del Consorcio citado, solicitaodo se prcseçtaran a las Ofi ina de la Secretari 3eneraJ de TELECOM con el fin d notificarse de la t'esolui6n por > medio del cual se les adludicaha la Licitación pública internaciona.l 06/8. Inicialiøente e h?o presente l representante de una sola de las firma integrantes del. Consortao, razón por - -la cual se solicitó la preencia d ambos represntant.en. "Cuando los representantes 149alcs del Cor,sorc te favorecido con la 1adiudicaçió, sé pr'eentaron a la Secretar .a General de TELFLCO4, leyeron y se enteraron del contenido de la resolución 5.605 da layo l' de 1 9, pot la cual se adjudicaba la 4 nformrori a la Asistente de lá 9ócretara General doctora taren Lecilia Anqarita Rorige y .. la ecretaria General doctora Amparo Cqronadd Hunter, que , . el valor de la
a la Asistente de lá 9ócretara General doctora taren Lecilia Anqarita Rorige y .. la ecretaria General doctora Amparo Cqronadd Hunter, que , . el valor de la adjudicación . no 1corresporii. al vai,pr.de su propuesta. Por estas razonesy por cuardq entre. lo . funcionarios citados y los rspresentahtes iegale del . C&sorcio de decidió, que tanto la Empresa como el oferente riwara.rn los antecedentes para determriai dónda se había presentado lçi errores que concluyeron en - una renittctón de adjudícción por un valor Inferior , al de la. cferta presentada po. las firmas ISELEN LTDA. Y NEPC1UCENO CARTAGENA -E -HIJOS. .. . . ..- ,. "9. La Secretaria Gensra de TELECOI'l doctora Amparo Coronado Hunter, comunicó a>`la Dvisi& de inqenierí de obras Civiles, re.pansabla--de la elaboración del estudio de La 1 icitacón y la Divjión de investigacions Einaricíeralo sucedido n el moaento de la rittifiacir y le solicitO revisaran tales ettici con el fin de deternstnar que error e habLaonetid ten la adud.cac P o ión en coshrIt Los funcionarios queelaboraron st etudip de la. licitación86-D--3.-193 entre otros los'-,doctores Rubén Eduardo Rueda, Mario Ledesma, øustavo Manrique, hecha la revisión correspóndiente,' concluyeron q&le estiro en f§ L a nlisi
entre otros los'-,doctores Rubén Eduardo Rueda, Mario Ledesma, øustavo Manrique, hecha la revisión correspóndiente,' concluyeron q&le estiro en f§ L a nlisi de las ofertas de ISELEPI - NEFOMUCENO CARTAGENA U HIJOS ' de I.S.C. --TELECTRÓN'ICA LTDA.,motivados pór, omisiones en que incurrieron los oferentes al dar , respuesta -al pliego de la Iicit4c1n y el área financiera por esta razón, produjo la comunica' - ón 02 .0.000-001. 3576 dl 17 de Junio de 1.986 dirigida a la Secretaria General, eplicautdo lo sucedido en donde lé informaque en el análisis de la oferta presentada por el Consorcio favorecido con l adjudicación, no se Incluyó el valor total de los elementos cfrocidos pcSr este proponente. "Dicha error se debió a que el oferente citado no incluyó dentro de sus precios FO?, solicitados en el numeral 3.O del pliego de la licitación, el valor de lo repuestos, desmineralizador y manualecs5 eolt-itados. lo cual motivó que TELECÓPI erróneamente considerara que el valor w tncluidp como precio FtJB,, comprnda el valor total de lo bienes solicitados. Finalmente en este Oficio se hace l ueva evaluación con los precios totales, demostrando que ya la ofertaprsntada porel Consorcio !SLEM-NEPOMUCENO CARTAGENA. HIJOS no ,resulta la más económica. "Además y respecto -, del 'mismo estudio, el jefe de la División de In tgacione Einancieras doctor Ernesto
CARTAGENA. HIJOS no ,resulta la más económica. "Además y respecto -, del 'mismo estudio, el jefe de la División de In tgacione Einancieras doctor Ernesto Rodríguez Ülivero, mediante oficio 022000509 del 1 de Julio de 1.986 di.rigid-ai flirecterde la Oficina Jurídica, presenta -al infoP-meadicional respecto de-- las oferta presentadas por l firma fw#orecida con la adiudlcdción / por las f&rmae 1.5 C. -TLtCTRt5N1C'A, y roncluye', que los oferentes 00, curnpI.eron con los numerales 1. X9 y' 3.05 del pliego de la licitación, los cuales solicitaban la lista d precios FOÇ3 de todos los componentes de 10% equtp6s materiales elementos y accesorios y el resumen Qenaral de precios de la-' oferta básica, que -. con base. en estos incumplimientos al -plego la falta de claridad de las ofertas, ocasionó que mi el análisis de TELECOM no so incluyeran tos - elementos que no tenían cotizadas iris precios FO?. - - ',Simultáneamente los representantes iellas del Consorcio se hicjeron -presentes én : la' secrtría General donde fueron rec$.das - por la doctora Amparo Coronado Hunter, manifestando su intención de notiftcrse del acto de adjudicnción, ante lo cual:. la Secretaria Gnerl - le solició expliactnes sobra la conversación sostenida el primer da que se hicieron presentes, advirt rdnles aue podian tener la certeza deque TELECOM flt aceptaría
de adjudicnción, ante lo cual:. la Secretaria Gnerl - le solició expliactnes sobra la conversación sostenida el primer da que se hicieron presentes, advirt rdnles aue podian tener la certeza deque TELECOM flt aceptaría posteriormente adiciones di valor dela adjudicación, puesto que dicha valor había sido el considerado para comparación - de ias - propuestas. Ante estaprecisión los representantes laglew dI consorcio benefctar'io lecomunicaron pe efectivamente en el valor tomado para adjudicar TELECOM no habia incorporado el valor de losrepuestos y nUevamente anotaron que requerían tieip para es-tudiar - la situación y comunLcare con la firma fabricante- - "11. "11. Los - representantes legales del Consorcio se presentaron nuevaentu a notificarse, : acompaPadoa de un representante de la firma fabricante y manifestaron que no6 en,.an inconveniente en aceptar los térmi I1Oi (i addicación eeFSalandci que consultada la fAbrica, ella haba conent.icJo en reducir •procio de tal manera que se comprometía a entregar todo los bienes, Incluidos )o repuaeto, por el precio conider&do po;- TELECOfI para evaluar las proput, en razón d1 alto intere que existía por vincularse con C1omb..a ' la intenci.óride Qrbetitui una empresa andU.a qu'. produci a c . biene'; "Como reepuei3ta ete podido la Secretaría general le informó que no podía aceptar la prueta ar,tad
Qrbetitui una empresa andU.a qu'. produci a c . biene'; "Como reepuei3ta ete podido la Secretaría general le informó que no podía aceptar la prueta ar,tad puerto > que no se trataba de un proc pdim,nto df contratación dirócta, 5inó de, una iictación pblLc sometida a los requisito dci Elarreto 222183. "12. Teniendo en cuenta la situación presentada y La solicitud de lo» represen tntos -'legalea ile) cortcrcfo,.: ç negocio fue sometido a la Junta Directiva, la cual. en sesión de Junio 10 de 1.996, eegn acta 1.46 nli:'o la situación en loe iguiuntee trininoz Prntdn el problema por parte del Presidente de 1EtC011 rcapertn del error en la evaluación de precio 'pr-eisef)tAdos p •l Coorcic favorecido con la adjudicación, inforffido quo eetc, no eolo 5inificaba la violación al principio de la igualdad de cond-xonee, eno que adionalmentc t etc rt incumplia cori el plie'o > que ladectión éetaria mal motivada por esta raón, Y pOrqUe3 ha cone.i.derado que era la propuesta nA económica cuando ello no er l cierto, la Junta Drettiva determinó eolicita poner en conocimiento de la Prcur'aduría General de la:NactÓrs log hechoe ado y "qu la' Administración proceda a vocr la resolución de xdjudi.cación previo concøptn de la oficina
conocimiento de la Prcur'aduría General de la:NactÓrs log hechoe ado y "qu la' Administración proceda a vocr la resolución de xdjudi.cación previo concøptn de la oficina Juridíca de TELECOM acibre la proednia de la misma o a tomar la acionee legales que eela uficina 'er,ale" HJ3 Loe reprejer.tantee del Cunorcio fc&vorecidó con la ad$udición docloree Ramiro Cartaqena Roberto Torie Caetaeda, de las.firmas NEPOMLJC!NO CART3ENA E HIJO F ISELEM LTDA reepectivamente, ee dirigieron al Preei,dente de TELECOM mediante oficio -89-86 do Junio 4 de 1.9F36 ol.tcitando la notficaión d6lacto de adjuditacióno en su defecto una corietancia esraqueexplicara las c:aua que tmpeda la notificación. Al final de itu cumnni'a' ión hacen constar que están- íepuetos a cumplir con la notificación que lee fue:. qolicitada y a cuwpLir estrictamente loe términos' de 10 reo1ución de .a referencia, la cual como se ha dicho, reultaba r9cida por ellos. Para ciar reepU.et. aeu petición, la Aeiatente de la Secretaria General WLCOM expide la constn ia presentación de 3 de iunib de 1.36 informando que lo citados ~orwN se han hecho preeentee en 4 porunidadt i en 'la eçjunda y tercera oportunidad mariifetar un dudas eobu-e loe términos de la dJudción. IgualmenFe los
citados ~orwN se han hecho preeentee en 4 porunidadt i en 'la eçjunda y tercera oportunidad mariifetar un dudas eobu-e loe términos de la dJudción. IgualmenFe los representantes del Consorcio en el w' çecrito tado dejan lt siguiente corietancia en letra ma ""Mar,ifeetdmos que en la fecha tampoco 5? no%w, ha permitido notificarnos, aunque nos en con tramo de acuerdo con l' tr'minoe en que nos fue adjudicada 1 1 ic:itación"" t14. Por mandato de la Junta Directiva de TELECOM, zj oficina uridi.ta emite Ialu concepto mediante ti nf3riu No 001.O0 -0.1684 del lo de Juli.o de 1.906,, t-ecomndancic7 193 olic:itar la nulidad de la resolución de adudiccióh ' no la revocatoria de la misma, teni.undo en cuenta 1 irrevocabilidad del arto de dudtrarion que e predc desde su jewutcr,.a. e dctr. sde su notifi:acín, y que aunque. no se vurtó la diligencia de notificación con sujeción estricta al frmuliçsno de la ley. al haberManifestado ahr manifestada el interesado el' conociw.iento del a&tc administrativo,, operó la notificación por, concluyente prevista tanto en el Código de rroceimiontu Civil como en el Código Con tencioco Administrativo (Drcto Sometido ej: rego.to nuevamentea, la Jimíta Directiva, ésta en sesión dø Julio 7 de 1.9t3. egún act
Civil como en el Código Con tencioco Administrativo (Drcto Sometido ej: rego.to nuevamentea, la Jimíta Directiva, ésta en sesión dø Julio 7 de 1.9t3. egún act 1.450 recomendó proceder de conformidad cçn el concepto de la Oficina Jurídica. Como corclusiÓn ja oferta favorec.id con a adjudicación presentada por l Lono o l3EI EM LTDA. NEPÜML)CENO CAPT8ENA E HLIOL no cumplía' con el pl i.e de condiciones d la licitación 06005, en lo re ferontt a numrale 'y 1.19 y adem4u iaadjucin rai.;ada por TELECOM, con øaiiióri de las miione en que incurrió el oferente, se hizo por un valor inferior, al de lo g. tzotizdoe en it propuesta, preiertdose una clara y ostensible ilegalidad, en l.i resolución deadiudi .ór, no solamente en cuanto a su lores sino a que no era poibie legalmente favorecer con adlktdicacíózt a una ofert que no en ajustaba al p3.ego de l llcitación' (Vano tolio a 9 (1?1 cuaderno fl. III • NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLAC16N 'A QYfl 5 çjtj eQ,qr4?dJ Dnl Decreto Ley 72 de 1.9E, lr 'rtículo 27, 1.35. y 41 numeral 3u. cçepts de çlc,çiçn s a. VioIción al articulo 27 del Decreto Ley 222
Dnl Decreto Ley 72 de 1.9E, lr 'rtículo 27, 1.35. y 41 numeral 3u. cçepts de çlc,çiçn s a. VioIción al articulo 27 del Decreto Ley 222 1., 1.903. Se dice que eea norma prevé, -1 definir c.1 concepto de 1 icitaión., el principio fundamental de tguaidad do oportunidades que deben tener todas las peronós ferent.es que se presenten en un ' procedimiento de 1 icitaciOn, Y que la adsiinietración debe seleccionar la propuesta con., mejores con i cione. En la licitac4ón0-3 de TELECOM r el acto de adjudicación de esta, demandado, viola .nantfiestament.e la norma anterior, porque TLec.om, al' seleccionar la oferta dt-1 Consor'c»o6-D 3.191 leim - Nnomuceno Cartneria e 1 hiib%1' me.j oró, el precio de prpueta al ditnintt irla, cu icancio, en deigualdd condícioneu a los demás oferentes en detrimento de %u¡j derechos, y determtnndo con lies modi.f1.cacionei . r'oalizad¿As, la propuesta del Consorcio citado quedara en me,Jores condicionetí para l e#luación F bido que el proc€dimitnto d€ l,citaoión, ci car4ctr reglado y por tanto debe cit«tplír en rma estricta la normas previsatas en el Ettuto de Contratación, c pudndo I minist-ción a mo4u propio, adicionar, modtt.ci o mejorar UP4
car4ctr reglado y por tanto debe cit«tplír en rma estricta la normas previsatas en el Ettuto de Contratación, c pudndo I minist-ción a mo4u propio, adicionar, modtt.ci o mejorar UP4 oferta durante la etapa en estudio dtY 14a Et i.mpl tcarLa desvirtuar l nturalw iutr rieca d. la 1 1ttaLlrI1 de permitir içualdad de nJiciones para que los pruponentm presiOnten of úrtataen orden a " ot,tone' l éx arí1udtcaço a la propest.A que zo más fav-abJo t)e ea manera Prc..-Eenta taffibifl Una viol ación al principio general de dere hç, nual.dad nte la Ley', con su føcetia de ígualdad de óortunf.dade o :cindicione par los on un procedimiento dv, licitctón. b. Transgresión, al aruio 33 del Decreto Ley 222 de 1.983 UI que 1, oferta preentad por el Consur io ISELfM NFPOMIJCENÜ 'CARTAGENA - HIJOS, no aut l Pliego de condiciones, y tampoc.dicha propuesta resultó ser la más favor abie aclarado el error en que incurió l al administración-. TamLiin TELECOM, no tuvo en ruont en rigurosa les cr.iteros de adjudiaciórI,: y anev p l ontraro, el precio inclujde en el acto de adjitd, carión reuita sutanc.ilmente diferente al previsLo en la oferta favcre::ida" c. Quebranto del numeral 3o del art4cula.42
ontraro, el precio inclujde en el acto de adjitd, carión reuita sutanc.ilmente diferente al previsLo en la oferta favcre::ida" c. Quebranto del numeral 3o del art4cula.42 del Decreto Ley 222 de 1.983 Como ninguna de las pro estas se aiuwt5 ..l pliego de condiciones. debió TELECOM, haber dtaradt desierta la lici.t.ac:ión y rto, adjudicar a una oferta quo no cumpl a con los requisito .9 1,915
IV. ADtIIBIÓN E IMPUGPffiCI6Ns Por auto de Octubre 3,0 de 1.96, se admitió la demanda ' so negó la medida de suspeniór provisional folios 21. a 24 del cuaderno 1.
En ea dpcj1ón e ordenó 1; int.earattón del iiti consorcio necesario. con el adudicatar1.o..de la licitación Ot) 5 de Telecom Conorcio ISELEM NEPOMUCENC3 CÁíTAGEÑA E HIJOS. -folios 211 Y,37 dei cuade?rr,o 1; roticacior Los representante-u legales de £SELEM y de NEPOMUCENO CARTAGENA E HIJO$ confirieron poder a abogada, quieu deriirc, del término de ley, contestó la demanda, y contrademndó a TELECOM, folios 39 a 4, y 55 a bi, del cuaderno t-. En cI4pt çontest,c3ñ! 1.- Frente a los hechos Acepte y niega unos heos, y uy, 4tiene-a lo que se pruebe respecto de otros. En la contestación de Abs hechos noveno décimo y
1.- Frente a los hechos Acepte y niega unos heos, y uy, 4tiene-a lo que se pruebe respecto de otros. En la contestación de Abs hechos noveno décimo y décimo cuarta, afirma que el Cc nsorio sae din por notificado por conducta concluyentedel acto cien] nddu, pues "a.. en forma 1 ocrita á~td>1 licitación en lois términos en que le fue adjudicia 1 pues estaba conf nrmc a u propuesta 2.- Los medios .icceptivos. . 1rdebiÓrer.rentaz4ónj te rgumenta qu como quien apodera al actor no acroditó su cc'nd.i cióri de estar vinculada laboralmente a TL.ECOM, la demanda no debió admitirs. €$ue i hen la resolución en li cual conta que se le otorgó poder dice' que. su apoderado esta vtncuialo Tlc, no se comprobó ese hecha. b1, vjkl z, da resgl'icitn demndadUV) - 86-»4) -3..l3 considera que en el actoadministratíva. Telecom no .incurrió en ninn error que dtbió Telecom celebrar - el contrato, y al no hacerlo le causó per,juícios al coror -cio que como el contrato n fue celebrado, Telecom, debo cancelar lon perjuicios otastonádcis o ISELtM - NEPUCFNO CARTAGENA E HIJOS. , i)tøijçnp del jiego SIAçndje La propuesta del Conorco si. se a decuó en todo al pltgo de condiciones,. La u»&
CARTAGENA E HIJOS. , i)tøijçnp del jiego SIAçndje La propuesta del Conorco si. se a decuó en todo al pltgo de condiciones,. La u»& esta conclusión llegaron los cosnts d nicoc y fi.nancietr de Telecom, y facilmerte puede llegar la persona que. estudio nuevamente la propuesta. d put oeiÇ1An; 1.- Las pret.nsioness 'Que e legal corformea loss.alauintois dei Decreto 222 de 1.993, ley 4 d 1.964, 36 de 1.966 y demás normas concordantes y reglamenta la Resolucón No 001OO-60$. del 15 de Mayo de i.9$6, por medio de la. cual la Empresa Nacional de Telecomun aciones, 'TELECOM, adjudicó a mis repreEcnttiac la adquisición de b.nro9 (10 baterías de acuOtAládoren d energia de tipo est tnar10 en - las siguientes términos: Por un valor , FOE equipos $J $355.8201 valor equipos colombianos: i r,act1yaleq COL, 10 708.617 servicior, Col $ . 376.500; valor tbtalUS55.82O + Col $31 .1O1..89E3. "Que como conseruenia, o independientemente, de la validez de la Resución que adiudiLa la tritacián a mandante' se con4ve a la Empresa Nacional do Telecomufljcacjone3, TELECO1,. a pagar al consorcio favorecido con la Itcita.c'jón los p istictos do orden económico y -ecral que surgen como cí-.intipc-Ltenc, jPni del
favorecido con la Itcita.c'jón los p istictos do orden económico y -ecral que surgen como cí-.intipc-Ltenc, jPni del ncumplÁ4nirItQ por la, parte manctntde la Resolución No. 001000--605 del 15 'de Mayo de 1.$6, en razón de que como lo ameri.i-a la Resolución citada., la propuesta seun la característicos roePlaládas -'n el Decretp 222 de 1 93, y •tu la mejor y ms coneníente dentro de la licitación pública .interracionalP4ø. c)60 - 15I". (Véaw folio 55 del cuaderno
2. LOS antec.ed.nt.e.ze forma -im,lr, 105 hp.no a alude la demanda intLl, conerniente. éstosa la% apertur& de i4t1tción 1 lan presentadas p o puo t Ins estudias tae or, li áreíastcrw.. f innciera jurtd.tc:a y la sujetactán Al piieo condiciones; el iniorrnéelaboracio par lavi, Ora Juridi ç: llicep Técnica la I)3,v1iiór, de In jera Olras qte. 8e Presentó al comité Nacional d L:&c t.ç::iont a la Junta Directiva par Laf ectosde detaiirar l onc luión en çrocec$ImiePto 1 i4ttor los la, dacjó• qÍte hi'o el Codi t d';
a la Junta Directiva par Laf ectosde detaiirar l onc luión en çrocec$ImiePto 1 i4ttor los la, dacjó• qÍte hi'o el Codi t d'; icitacione de ílecom ir -ent' a lcrcrco, 11 i9c..,n .1 r La de Servio Eléctróniros y 1eAnioy "Ileii I1opoms_ C.431 11.1 Cartagena e h.iio. - Frente ata rcconendaeión la Junta Dirct i a indicó qie el con eor4o "1e1 Nepomno Croen h%o" er,t la nio, prapta y reuui Jo' qtt d 1 plieaode ndiconei. El: preidentc de Telecum profirió la ro dur ,fl 001000-5605 del j de Mayo de 1.984 al norciu elow Nopomuceno wuk er,ur,can el va1cr 1 la rorma de pago ' 'l plazo de entreya.
8. agregaron •tós otros antacedrte:
(a reo1ución de ad idicac,ón o ie:utoic' "n debida forma y fue nntifl cada por' conducta concluycwste el día 3 do Junio de 1. .93é cuaido los l conorcio ante la ne9ativa de Teloctrn para prør&tLr su no1ifc-arión, çor ( rflr1 se dej.ra or,itar,rIa do t-iect,o". "Al ctiar dejdan,or+ee Jet.tii.or'xda 1J
no1ifc-arión, çor ( rflr1 se dej.ra or,itar,rIa do t-iect,o". "Al ctiar dejdan,or+ee Jet.tii.or'xda 1J reoiución de adjudicac tun qudaror obi Lgad 1 a partot. s, decir tELE.C 1M como d ¡Lid 4qILnt? el ioç,Cji C(.i orno adjudirtai to. Ito surgo cOno eqoiiuen'a de 1 irrt.vcahilidiJ de 1a ljudfcacióñ. No o;infc 1:declarado drta la lricit'có 1.a afirmación hacha 1. menores al avalúo catastralno valor -de las ofertas eran ustaban fl o .eqo » en él, -que el y Now scir itrac:i-ón .1avarD ctp pe inc:i.neraron no indicó pomo lo -tbiae artí;uIo nueral9re del Dec;retr. Ley 222 de 13, sue, lis propuestas fL'ern. dn'Ç'ue tas a riz dW haberse LC)5 indicios, fl E?St. CkSC), tienen ls talidadesi unos de ser .interiores y otroá,,ide ser ps€e' -i,ores el hchc: indicadason nositivc Pues lo prüebn aemás los indicios - e este
caso sor conducentes para. pPtbr é l h e cha indicado , cs
tienen conexión :on éspuj lis reglas de la Riparieripia. en
este
caso sor conducentes para. pPtbr é l h e cha indicado , cs
tienen conexión :on éspuj lis reglas de la Riparieripia. en
wnistradican con 1:indic•io; éstns, q n su.c oni unto. son miren todvi a io mismo; por iltipos las indicios no s :i. r taran con o rs p.ri..te:bas. ::.nt.ro del prinçipiode legalidad,. aña ia. Sa1a, que habrá. :e prosprar 1,a prtersin pr..rnsra.. e mira a l a, declaratoria de nul idad aei acto aominist.ratiiç.i contenido en la resolución 1758 b -may o 2 de 1985. ex.eidporel selor
Ministro de Delansa Nioral En ofec .tayestá sonsaguaua en la legislación colombiana. 'la. caUsal de nulidad, naciente de la falsa motivación q en aL,artículo E4 de LC Con lau expedición del acto asado, so violó el :rt ::u.Io 42 nural o di Decreto Ley 222 de 198.3 °r cuarto condicione no tiene verdad jurídica.