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TA CUN - 87-D-3903-(28-04-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 87-D-3903-(28-04-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

CAPACIDAD DE (X)NTRATACION / CAPACIDAD FINANCIERA / CAPACIDAD

RESIDUAL (E)

ACTO DE ADJUDICACION - Nulidad / (DNTRATACION PUBLICA

INTERNACIONAL / (X)NTRA'IO DE OBRA TEIBUNAL ADNINISTEAT IVa DE .JNDI NAJUb:P 2 8 ABR. 9k SLCCION TERCERA

Harto 'e de Buot, D.C., abril siete (7) de mIl o e c-, Je o te o o noveno y cuatro (1.994) V:.0 1:::; ada Pone rite e: DCCTUA MI RIP,M GUERRERO LE ERC( )E3AP.

REF: No.

HOCIEtJL 1 NGEN 1 lIRIA

CONSTRUCCIONES Y ASESOR LIMITADA' Ade. Lontadc el. trnú be pc1cEleo.L co er'esperdiente sin (:luc) oc oboe rve causal de nul ±dacl :u(-,- invalide le oc tuado y La audiencia de 000oiljación ludic ial sin que las u teca hubI cren 1 LeLadc, a acuerdo aluno cc p acucie a cica idir sabro la •e(err;ou:la que en ejercicio do la aoci. do do ru 1 .tdcd y roo hobLoc iceí.ercto del consagrada en '. 1. articulo 8 del .1. . itauri en su propio nombre, la Oeciccie.i lngen.tcnic (:;or truco lencoy Aoeeorí Limitada INCONA LTDA , cori la fi real idaci d 1 obtener la declaratoria rio nu Lidacl del Are ta No de LI. JC marzo de 1.987., de la Junta Directiva del IDU y,

(:;or truco lencoy Aoeeorí Limitada INCONA LTDA , cori la fi real idaci d 1 obtener la declaratoria rio nu Lidacl del Are ta No de LI. JC marzo de 1.987., de la Junta Directiva del IDU y, en crinoecuenojo, el restablecimiento del derecho que se afirma 0000IJ ](.rTifl en su defecto la iridernneLzac ido de loo perjuicios que se of irman irrogados. T T..E CI.D EN Tili A i }:JEMj\ N rofl, 1 ., iiL'JiIlFI, TA CNEj Y ASE. SI E e Li .1 cd 5 rpj Ir .00 ' ¿ 1' a So '7 );B: 751 _:,í1 fi IDEO a do e ccc HOLlce:c' lo ecedieloci ud .cto (lo.. 505. -- 1 lic Hr Ho 1. .I.eSE - He la uera ..Ire.cr.-' di t,I:-LflT'U(To LE Ji7HieFIFICeI 110 RdNO IDI), en su aartc II 1 . co ,rerr' cd, ccci ial ] aLicitación Pública Internacional CB-IDtJ-SSB--Ll-OUi-86, para la construcción de los Centros de Salud 'CASA DE TEJA y 'BETANIA, a la firma 'INGAR LTDA.. Que se prcceda a restablecer el derecho Lesionado, adjudicando la Licitación Pública Internacional número OB-IDUSSB-LI--001-861 la la firma INGENIERIA

'BETANIA, a la firma 'INGAR LTDA.. Que se prcceda a restablecer el derecho Lesionado, adjudicando la Licitación Pública Internacional número OB-IDUSSB-LI--001-861 la la firma INGENIERIA CCJNSTRNCcJdNES y ASESORIA LIMITADA INCCNA uI Dt. , por haber, presetadc: la Propuesta más favorable y c:e?iida a las Normas cjel PLiego de 1e clones (sic). '3a. PETICION 5JIJ3STDIARIA: Pomo subsidiaria a la Petición y Pretensión 2a. precedente, y al no ser posible el Restablecimiento del Derecho en los términos de dicha petición, muy comedidamente solicito se reconozcan y paguen Los perjuicios causados a la firma INC NIERIA CONSTRUCCIONES Y ASESORIA LIMITADA INCONA LTDA. , los cuales son posibles de valorar con base en el factor AIU, ue dicha Firma sometió a consideración del IDO, en su Prrpueotri (Folio 015) , $4 '365. 906. ¿o, por cuanto allí están incluidos los ingresos para ci Contratista, es decir, per OCr1(0 to de »ciministración, Uti ] 1,da.des e Imprevistos. Para la fijacicrL de tales perjuicios SOlicltc) se tenga en cuenta la dosva lot i o oc ion monetaria. es dcc ir -. que se descarte ci factor InI iac .i dn - paro Jo cual podrán ut 1 1 izarse como sistema de so tus 1 í sa: cn los Un idEides de Poder Adqu 1 s.j tjVO

InI iac .i dn - paro Jo cual podrán ut 1 1 izarse como sistema de so tus 1 í sa: cn los Un idEides de Poder Adqu 1 s.j tjVO Para lo onter lcr. doLerá darse api icac 1 ori al- '7 l '7 y 177 Oel Código Pon teen 1 ncc:: í\dotn lar can ivc' 2.- Como hechos de la c:iernanJa oc aduç:eci en síntesis. loo :0 i.guientcos a.- 171 11.17 ohrio la Lottao.Lln 11h11: 7.Lor:cicai.1899 1, 3 Proceso No. 37 --D39O3 No. OBIDO--SSE-LI -001-36, según Pl lego ci e Concucioneselaborado al efecto. b. - El objeto de la Licitación era la contratación de los Centros de Salud para los barrios Casa de Teja y Betania. en Santa de Bogoté. D.C., por el sistema de precios unitarion y de acuerdo con las cantidades de obra est ipuLadus en loo adendos uno y dos del Pliego de Condiciones. -. La Li.citción se abrió el 29 de diciembre de 1.986 y se cerró el 18 de febrero de 1.987 y se 'procedió a la apertura de las Propuestas y según se supo, la clasificación para los cuatro (4) primeros Li c itantee, teniendo en cuenta el

precio, :rue la siguiente: CLASIFICACIQ. PRPNENTES WL()..R DE i OFERTA 1 GONZALO JIMENEZ CUBIDES $28'49'11. 034, 37

precio, :rue la siguiente: CLASIFICACIQ. PRPNENTES WL()..R DE i OFERTA 1 GONZALO JIMENEZ CUBIDES $28'49'11. 034, 37 2 INCONA LTDA. $33471.94,00 GUSTAVO AGUIRRE VALENCIA $33'923.924,00 4 INOAR LTDA. $34882.424,00 ch -- Segcm lo. evaluación de as ofertas, la pre sentoda por Lonzalo Jiménez Cubides no llenaba las condic lo ces exigidas , luego, porpr oc lo INCONA LTDA. ocupaba el primer lugar. e..- El IDO comunicó el 22 de abril de 1.987, a INCONA LTDA. que la Licitación había sido adjudicada al propunent,e cuya oferta, habia quedado en cuarto lugar en la fecha del cierre de la LicitaciónDe aouc'rdo con los cu.tículc's 1736 de]. (75digo Fiscal. de Bogotó y 33 del Decreto--Ley 11 c; 722 de 1.. 083 y la 27 dci Piteo de Condicionas cia a Licid:.ac.in el. fcict':o e ::upn e ..........iue. lugos - ar'e. lo4 Prore -) No. E7 adjudiL;ac j. 1,1 de 1.rld -- En la evaluación hecha por eL 1 DU con respecto a

La propuesta del IN CONA LTDA. se formularon les observaciones ojue se rel.atar a corLtirluac ion y que se pueden

-- En la evaluación hecha por eL 1 DU con respecto a

La propuesta del IN CONA LTDA. se formularon les observaciones ojue se rel.atar a corLtirluac ion y que se pueden cn t eo t.ri r rnp1 i:e.nt.e. 1 . jrjoje .oriedad ca.._di. ta.aziir vjjr al exiidn. Esto significa una mayor' garantía para el Ilfi. II - I.p_describe laforma de aooaer lo. trabajo. En la Propuesta se incluyeron, no solamente estos detalles, incluyendo las actividades más importantes y su fecha de ejecucion. sino e]. programa de trabajo. en forma de un cuadro de GANTrI -111.- 3olamerite se adiuntó el sistema de obtención .................................................. Uar..e.00Lo... El A.IU, como se ie conoce en la práctica. ea un solotecrcr. se estipuló en un uince. por ciento (15%) de los costos irec;tos, como se puede corroborar en el cuanro de evai.uac:i::n del ILU (página lb

IV. - Los Estados Eirjeçic.ipros fueron prosentados en toVaQi .n.sin_....aut.sntioar. Los Estados financ ier'os se presentaron en originales debidamente firmados. Además, es del casoroso .Lt,r-' que. los Estados Financieros y los documentos que determinan le capacidad de Dont rateo ión de los Proporientes de las Entdad Distritales. deben ser c:oneidorados para e].

casoroso .Lt,r-' que. los Estados Financieros y los documentos que determinan le capacidad de Dont rateo ión de los Proporientes de las Entdad Distritales. deben ser c:oneidorados para e]. FECJPT% UN i: LE EF-o 1 rJTfL.; fo otrri_:r . pci dio ...calo óri del ato. culo LJLE 11 Clig: sttH

¡rE. fao o r:Proceso No. H7-D-3903 capacidad de contratación. h . - El proponente Gonzalo Jiménez Cubides-no estaba clasificado en el grupo de la. Propuesta, luego, de hecho no podía participary sus costos directos estaban marcadamente por debajo de los demás proponentes, lo Que significa que no podría, finalmente, dar cumplimiento al contrato. ELa firma INGAl LTDA , quedó en cuarto lugar son el precio propuesto y, contrariando lo dispuesto en el Articulo 27. 1, la Junta Directiva del 11)0 adjudicó la Licitación sin motivación alguna, como se Lee a folio 17 del Acta cunero 005 de 1.997. Al contrario se produjo una amolirica discusión (Véase folios 13 a 16) e inclusive el .ontralcr se refirió a la posibilidad de lar Demandas, por problemas jurídicos3.- Como normas violadas y concepto de la violación se expresa: Se desconocieron los articulas 26. 27, 30, 33, 34 44 45, 76. 251 y 29 del Decreto No. 222 de 1.983.

3.- Como normas violadas y concepto de la violación se expresa: Se desconocieron los articulas 26. 27, 30, 33, 34 44 45, 76. 251 y 29 del Decreto No. 222 de 1.983. La Licitación es un procedimiento obligatorio para seleccionar entre varios proponentes al que mejores condiciones ofrezca. Lar disposiciones (UC guían el sistema de Lic i t:.ec tóri y la apUcación Jo loe criterios fueron violados y de hecho sobrar la abrir una. Licitación si -como el parecer-, esta tiene nombre propio desde el principio-. No re dictó la Roso Lic tón nr t i vade. de adJ ud 1 ccc t ón Oc produjo un divorcio corre el rt-ri.ctrc 3cJcc Jo(90 E; Proceso No 87-D-3903 poponents ' los or iterios para él ccTignados y la val creo íó u impugne." de los participantes en la Licitación que abora se La contravención de normas de derecho público genera la nulidad absoluta del contrato. Prov 10 e la adj uclica:: ido de be haber un cono eptc) favorable y de él no se tiene conocimiento, por cuanto lano a no se motivó Loe funcionarios públicos son responsables por los incumplimientos en que, incurran de las normas previstas en el Estatuto ó Contra.taoiór. b.- Se violaron los artículos 213, 233, 236, 254, 255, 267 y 276 del Código Fiscal Distrita1' (Acuerdo No. 6 de 1..985). Te] e: :ornar ::te.Han e]. ir'c':d imLT,u lici teLorio

255, 267 y 276 del Código Fiscal Distrita1' (Acuerdo No. 6 de 1..985). Te] e: :ornar ::te.Han e]. ir'c':d imLT,u lici teLorio procedimiento que se desconoció, pues no te tuvieron en cuenta loe C;t'lLerios de adjudicación, no se hizo evaluación técnica dr lar: oPUeSt3c. decisión. ni ce mci í cE t VO 1"O t C0i' r la "El artículo que para el presente caso entra en plena couc:crdancia con el articulo 276, fija el sistema de registro óni.c:c de propcnentes . qi.e rige. pare el Distrito Especial de Bogct y en el cual, debe haber i.Jna c:alifioacióri que i.mpiica asignar' un puntaje y determinar oc qué- grupo debe quedar cada participante y este criterio nc5 ce cumpi 16 como puede Lee ceo . en la evaluación hrcha a ver los prEporientea otra parte, el JDLI, publicó un Fo].letc, en el. en 1 u::: LVJ lar. CCóJDi IICLIEP dEN E.h77 PAPA ó:1q 7 Proceso No. 87--D-3903 LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES. Dicho Folleto tiene fecha de Diciembre de 1.986 y contiene la totalidad de los detalles relacionados con una Licitación, con los documentos por apor lar, con los requisitos que se deben llenar y con los criterios para la evaluación de las propuestas. Todos escs aspectos. fue'on violados en la Adjudicación, a que ahora nos

detalles relacionados con una Licitación, con los documentos por apor lar, con los requisitos que se deben llenar y con los criterios para la evaluación de las propuestas. Todos escs aspectos. fue'on violados en la Adjudicación, a que ahora nos referimoO y que estarnos impugnando (fis. 3 a 15 C. Principal) d.- Se infringieron los artículos 10, 20, 30, 45 y 51 de la Constitución Nacional de 1.886 pues no se protegieron :los derechos de los ciudadanos, hubo extralimitación de funciones y responsabilidadpor incumplimiento en el ejercicio de las mismas. e.- Se vulneraron los artículos lo. 2o. 3o., 76 y 77 do 1 0 0 . A Las normas citadas recalcan el espíritu orientador de las disposiciones legales de las actuac iones aci.miriistrativas y de la responsabilidad aribuihle a los tuno ionarios públicos. F-5. LA it1]?t.)NAC ION La parte demandada, por conducto de apoderada debidamente constituida y reconocida corno tal en el proceso (fis. 156 y 157 (-J. Principal), procedió a contestar la demanda sceptand COIrIO ciertos algunos de los hechos de la misma, rieganór y oc' 1 arando ci: res y aten i éncJose a le que resulte, prç:ad sobro leo :'eot:ariteo: ..iic:it.cido el

re t, y prct!ca do prueOaa y pidiendo se n 3 eguen ls pro l:,enai.cnes de la fis. 4: e 1-7 U, Poiripol19 2re t, y prct!ca do prueOaa y pidiendo se n 3 eguen ls pro l:,enai.cnes de la fis. 4: e 1-7 U, Poiripol19 28 Proceso No. 87-D--3903

C. LOE ALEGATOS DE CONCLSION a.- La parte actora reitera los planteamientos de la demanda, solicitando se acceda a sus pretensiones (fis. 178 a 182 C . Principal).

ID.— La parte demandada reitera los planteamientos de le c:nteitec: ¿,n de la demencia r mci cte en que a le i:ropuecte presentada i'or el demandante se le hicieron cinco observaciones, entre ellas la de no haber presentado balance A declaración de renta, omisión que de conformidad con los numerales 18 y 25 del Pliego de Condiciones era causal de rohazo de la propuesta. Además eran ,'documentos indispensables para determinar la capacidad financiera del proponente, criterio éste de adjiidicacióñ'de• la Licitación. Solicita negar las pretensiones de la demanda y hace para ello relación al material probatorio allegado al proceso '(fis. 183 a 187 C. Principal) EL CONCEPTO DEL MINISTERIO PtJBLI(Q El se?ior Procurador Judicial no hizo uso del respectivo término. ÇONSUEA.IJ:)N ES 1 . - Para acreditar' tanto al legitimación en la causa como 103 supuestos fácticos, de la demanda y de la defensa se allegarcci en debida forma, los siguientes medios de pruebe a. - Certificado de existencia y representación de 1N( O LPI la llt 1 1fl i l

allegarcci en debida forma, los siguientes medios de pruebe a. - Certificado de existencia y representación de 1N( O LPI la llt 1 1fl i l ID. Documento contentivo del Concepto sobre evaluación de las propuestas. en que se formu i rn cuatroProceso No. 87-D--'3903 o}:servac iones a la propuesta. presentada por la firma INCONA LTDA. cuales son, haber constituido garantía de seriedad por mayorvalor al exigido, no describir la forma en que se acometerían los trabajos, no discriminar el porcentaje para imprevistos y utilidades çjue afectan los costos directos de la propuo.s ta y haber presentado estados financieros a 31 de dic ia:bre de 1. 985 y 30 de junio cie 1, . 986 en fotocopia sin autenticar, omitiendo requisitos contemplados en el numeral 18.11. 18.17 y 18 dei Pi'ieo de Condiciones (fis. 20 a 32 C. Pi':Lrioi,,.i - Acta de Apertura de las propuestas -Cierre de Liciteci.ón- (fis. 37 a 42 C. Principal). Acta No . 005 de 11 de marzo de 1. 987 de la 3unto Directiva del instituto de Desarrollo Urbano -IDUen ':.o.i crcic;ro naber'c presoatEi:io 5 icicraci.ón dE la Junta t. iva las rec:ornendacicnes del Comité Técrii cci para la Li ci. :,c iDo CDILLT-S'3B-LT--00i-86. Construcción,, de los Centros do S:iud Casa de Teja y }3etanía y haberse insistido en la

Li ci. : ,c iDo CDILLT-S'3B-LT--00i-86. Construcción,, de los Centros do S:iud Casa de Teja y }3etanía y haberse insistido en la lmport'.ancia de la capacidad financiera del oferente, así como haberse decidido adjudicar la Licitación a la firma INGAR LTDA. (fis. 45 a 71 (-". Principal).

P. - Acuerdo No. 19 rIn 1.97? por el cuci se reg'i.amenta el funcionamiento del 1 D (fis. 72 a 75 C.

Pr 1 n 1 pa 1 - Df ic io No .1834 d 92 do abo i 1d. e . 987 en que se c:cscunica a la actora que la Lic :i.tacaon fue adjudicada a INL4I'.D LTDA. r''L. 76 0, Pririci pal - Curdr'r: do oval oac i os 0 0 Ii 5'flC iE:,O5 ilE' los proponentes. sri le que se ariota que lo actora no posee el rol de t,r'ocaj:, .0 L jri requerido fi. 151 C. Principal10 Proceso No. 87-D---903 h.- Código Fiscal del Distrito Especial da Bogot, Acuerdo No. 6 de 1.985 (f1s 1 a 88 C. No. 2). PPliego de Condiciones de la Licitación No. 383LI-d)1-06 del cual se destacan: Item 18.9 sobre certificado de capacidad residual de contratación en armoo e con el TTEN 8 de las :-dicices particulares de la Licitación; obtención del

LI-d)1-06 del cual se destacan: Item 18.9 sobre certificado de capacidad residual de contratación en armoo e con el TTEN 8 de las :-dicices particulares de la Licitación; obtención del Porcentaje de Administración imprevistos y Utilidades Item 18.8; información sobre el plan del trabajo Item 18.11 y previ sido de que la orn tiirón de cualquiera de los documentos será causal de rechazo de La propuesta itam 18. ; evaluación financiera de las ofertas teniendo en cuenta la capacidad financiera y residual del proponente previendo que las que no tengan el capital de trabajo requerido serán rechazadas Item' 24.3; rechazo de las propuestas que hayan omitido o diligenciado mal la documentación exigidas en el Ttern 18 -Item 25.1-- y no contar con el capital de ti-abajo mínimo requerido -25.11-; criterios de adjudicación entre los cuales figure la solvencia económica del oferente Item 27.2 (fis. 87 a :352 U. No. 2). -- Documentos atinentes a la propuesta presentada Ic 1NGAR fJIA (tIc. 112 a 213 C. No. 3 k . - Cuadro de análisis sobre capacidad residual de cre c.iór do los Çr'JoHefl'tes, eiendn la pedida ia acreditada por iNOCUA LTDA. $:33 SCC . OSo . oc (fla. 225 e 227 C. No. :). 1.- Documentos que r:nofr:rrruro le prepuesta presentada por INC.NA LIlIA. da les eral os se ciest.eceo Certificación sobre 1. nno r tpo do en el Registro Un toc de Pripc'nent en de la

1.- Documentos que r:nofr:rrruro le prepuesta presentada por INC.NA LIlIA. da les eral os se ciest.eceo Certificación sobre 1. nno r tpo do en el Registro Un toc de Pripc'nent en de la fir:rcr OCONA LTDA. Grupo Constructores, capacidad de

C. No. - eterrninac ile duo factar gstoE; de administración 21. 308115 11 Proceso No. 87-D-3903

No. 3). No aparece determinación ni análisis de los costos imprevistos y utilidades, ni descripción de la forma en que se acometerían los trabajos. m. Acuerdo No. 6 de 1.985, Código Fiscal del Distrito Especial de Bogot.. (C. No. 4). 11.- Artalizar. 3a Sala los distintos cargos de violaciór aducidos en el orden en que aparecen relacionados y según síntesis efectuada en el acápite destinado a recoger el concepto de la violación de los antecedentes de la demanda, así: a.,- En cuanto concierne a los artículos 25, 27; 30, 33 44 y 45 dl Dtcretri No 222 de 1.983, ellos son inaplicables en materia de contratación de organismos del nivel local, en la medida en que conciernen a los procedimientos de contratación y los dos últimos al Registro de Proponentes. materias en las que por disposición de los articu.l.c5o. de la Ley 19 de 1.982 y lo. dei Decreto-Ley No. 222 de 1. - 983 están reguladas por normas del mismo nivel y, por tanto, no sujetas a, las previsiones del Estatuto de )r Nj ç;n;;l

222 de 1. - 983 están reguladas por normas del mismo nivel y, por tanto, no sujetas a, las previsiones del Estatuto de )r Nj ç;n;;l Nc a iendo Las normas citadas aplicables en el. evento sub-lite, mal puede haberse incurrido en violación d las mismas. En cuanto a los artículos 78. 251 y 290 del mismo Decreto invocado -222 de 1.983-, el primero de ellos consagre las cauceles de; nulidad absoluta de los contratos de la Administración Púbí ice. En el caso sub-- i. ud inc no se pretende la nulidad de un contrato sino del acto de adjudicación, de ahí que no haya congruencia entre el cargo aducido y las retensicnes formuladas; el segundo de ellos, en su primera146 12 Prcesu No. 87•D--3903 parte onc±erne a la competencia para la celebración de los contratos y no se ve en qué pueda habr sido vulnerada tal norma con la expedición del acto de adjudicación, en su segunda parte ata?ie al concepto favorable a la adjudicación proveniente de la respectiva Junta o Consejo Directivo cuando el reiamento así lo determine, requisito éste que se cumplió a caba idad,tal como consta en el Acta No. 005 de 11 de marzo 87 pues en la repetiva sesión fue materia de an.lis.s, por parte de la Junta Directiva . del. IDU,'latto adjud i:ación de. Licitación. No. SSE-LI-001-86 y se impartió el orp1 o favorable; el ,tercero de ellos ata?e a la responsabilidad en que incurren los servidoies públicos'.'o los daíos que causen a las entidades, a los contratisas o

orp1 o favorable; el ,tercero de ellos ata?e a la responsabilidad en que incurren los servidoies públicos'.'o los daíos que causen a las entidades, a los contratisas o los ter-ceros: con,ocasión de la celebración de los contratd7 la Administración Pública, pretensión que no se formula en la demanda. Es preciso reiterar que lo que se pretende en est proceso ea la declaratoria de nulidad del acto deadjudicación. y los consecuericialea restaleoimientó del derecho o la indemnización de los perjuicios derivados de la primer declaración y con independencia de la, .respsabilidad,.onue -. .t71 pudieron haber incurrido los funcionarios públicos, de manera que el cargo formulado no guarda,: tampoco',correspondencia con 105 fer15iOfle5 aducidas. b . - En cuanto toca con la infracción de los articulos 213. 233, 236, 254. 255, 267 y 276 del Código Fiscal Distr iral vigente para la época -Acuerdo No. 6 de 1.985-: No se halla acreditado en el proceso que no se hubiera efectuado análisis técnico de las ofertas, ni13 Proceso No. ap Lin::adc i oc cr.i:cerioo de adjudicacion. Por eL contruix ro, tel como se desprende del documento contentivo del concepto cobre suar 1dn de las ofertas la propuesta presentada por la f -•- rt nro TNCONA

LTDA.- no se ajuste a tales requ1 cites rn cuaní:.' oc describe la forma de acome ter leo trabcj oc no. re en el factor AIU el porcentaje eriE cci'recponde a

LTDA.- no se ajuste a tales requ1 cites rn cuaní:.' oc describe la forma de acome ter leo trabcj oc no. re en el factor AIU el porcentaje eriE cci'recponde a admitri.ctración, imprevistos y utilidades, pues se limita a 1.0 1 El ;rcot.or cto 1 del l7 sobre ci valor de la o ferta En 1:: lcc oQrLdic iones y, en aplicación del Item o numeral 18 de loo Plierre: de Condiciones de la Licitación, snca:ezanientc y nuuo nr.: 1 y Li de tal .L tem la U te 1 tao ide no poN la ocr edjudic:ade a la actora por no presentación de información que detcr:nbi,.ba el rechazo de la cierta. ho decir, no solamente la Licrlta.a.rrl no podía serle adjudicada a la actora sino que, por el contrario . su cierta debía ser descartada rara tales efector-. Te. ry000 ce ci usta a la real idod de la prueba alio--gaNa el pi-creso, la afirmación atínente a la carencia de V,9 C, nn Jo derisón, plus en el Acta Nc. 005 de 11 de rnaizo du 1. 87 consta haberse analIzado el concepto sobre evaluación de las ofertas, haberse considerado que la presenteda por la firma actora, de una parte, no reunía reculo 1 ros técnicos y - de otra, no existía la suficiente 031:001 dei financiera para ser 'beneficiada con la adjudicación. Lo anterior i odica en su última parte , que loc feo toree de cJ uNí ca o ido fuerce tenidos en cuenta para í mes

031:001 dei financiera para ser 'beneficiada con la adjudicación. Lo anterior i odica en su última parte , que loc feo toree de cJ uNí ca o ido fuerce tenidos en cuenta para í mes J.c. dcc te ido ta.noo así, que en el tao ure :0 cric IraN fi nanc le case h lo 1 e-ncc: :cbservaci o n e se 1 a prcçoe o a 're sentada porILe: roe Jedad ::iemanci.ante 1! J 1,1 c: . ceLo eno:at' c:.:e 15 art'. cee creí udc la o :o: arr o ''K NR .:r:.nt'.ret.e,:e re :Jtent.e ccl proron.:ií: El:C:'»CLEíl0ia0tL1ro.Tc:' 0.LrraO'i.Or:14 Pr'.c:o: L'Io o Jo P:oncnt.o con i :cpcnii..H Lj:.::ra. y :n.e exactamente para el Caso en estudio. con. al'ar' 3.d/Jd «1 pncmp.L..uit;L . ho , La. capacidad de ocntratecin ro(:;uitrnr,e d lo :1 'O Pn :11 n.L } iSLrd de Poponcntes, resulta de la evaluación de una serie da factores do d -tínta naturaleza, no solarnen te eccçiómicos como son la ex.oni»tic ia, la organizacián, la capacidad. técnica y adniniotrativ, etc. miéntrss que la capacidad financiera

do d -tínta naturaleza, no solarnen te eccçiómicos como son la ex.oni»tic ia, la organizacián, la capacidad. técnica y adniniotrativ, etc. miéntrss que la capacidad financiera ccnau]a. aspectos de índole económica y se mide sobre la hace de las datos consignados en. la declaración de renta y en los,' balanicms, tal como lo dispone el articulo 276 dei Código Fiscal anotando que dicha capacidad iL...anoi.era as uno de los ftctcrcsda evaluación para la determinación de la capacidad .. contratación. Pero es que, además, la capacidad residuai. de ::oct,raLación concierne a la operación de deducción de la capacidad de contratación respecto de loe contratos celebrados y en o: acuc i.óc para la fecha ea que tal. operación se hace.. Lien, con relac.Lón a la oferto el proponente a pac i.Jad. de con 1;ratación, no tenía capacidad financ ¡era suficiente rara acometer las obras mt aria del Ccni:.nato. do cObL....... ai. ad.inác que, según se expresa en el COflCOJ)t.0 de evaluce ión los balances o estados financieros finaron creseatados por la. firma demandante ca fotocopia sin a'utent.i.a:, lo qi.na nc permitía nl Lo credibilidad necesa r a y te les documer tos , en caro de co sor presentados, de t.eamir aLan el rechazo da la propuesta según el ITEN o mwera 1 18 Le los Pliegos de Condicionen de le Lic itac ido .

necesa r a y te les documer tos , en caro de co sor presentados, de t.eamir aLan el rechazo da la propuesta según el ITEN o mwera 1 18 Le los Pliegos de Condicionen de le Lic itac ido . c . - Sc. afirma que existo un FOLLETO....pub i. J. cad per el lL)U 1Oe Iii 5 condiciones genere J.c. perm 1 o o ito.: iones irte ncc Local en qu. las (OrO H. lo da. roo 010: 1 das. 1 re s:ec t o cabe ni lic o, que o 1 LElO no se, eieó a]. prc::oa.:. .ci :, qrna. a 3.in1 ríO, 'i',a dm 'narn'oí o P ::•':í'' )'i 0.0: i_m'J'OO¡lila, cuálesninn de! m1jc fueron descunocidae \" pee puf

fl sU sentido ní: se formulapropiamente } nc guie la actuación de 1tu entidades PU.i Li:L;;tu' un sus i:iUtCierLes L1t (1C)Lf:. 1Ei puede euhro IU3 nCLifl e JTY'Tp ieu y pmrLicuinres de una Licituribu en concreto. Mn encuentra la $C].!2 infracción He los sumelades lomo .0 'nernd:e' :'1; OC fue ci?u :iei actur u la uniudPeecjinrfr Ip un naran le la dad

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