TA CUN - 8767-(30-07-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8767-(30-07-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
ATIVO DE CX1A:CA TR 114 UÁL 3o fl1 A3.A
/ Y. (3 ) (Ñ i: (LÇk PI istrado Ponentcz Dr, ATJ3k:'IO .;C»O GOW2 Ret.i Expdtnte 8767 Actos Loionzlv Actorj KATPT 1 IO'A. 1OPU1,- Por interr.edio de aroderado ' en ejercicio de la ec ctr5n con uctoa de pleno jurivdtcot6n, la se orja UTTT TPIXOA TC solicite al Tribunal que se hagan las siguientes DFC LA N A IONES $ 'fllLÁ.- Que es nula la rt1uci6n n1zro 00624 de 26 de julio de 1974 9 por medio de la cual es tra.1eda a la e.!orjta L&?!T ESM.INOZA TO 11.8 del cargo de Jefe de Secatón III, grupo 21, categoría C, en la Vicepre31cnota de Re1cionss Iduatr1ea, Divístn de Bienestar rocial @ Sección Relaciones Humanas coa Cajera III, Grupo 12 9 Pago Personal, a la Gerencia Regional de Boot, fltvii6 innciora Regional, eeor.rfa 1oiana1, Grupo r.aaudos, Edificio Internacional en la plaza creada por la misma Resolución. "9uÁ... Que es tíua1nente nula la Rao1oi6n nda ro 00711 de 26 de aoto de 1974, ezpsdta por el Presidante da la Bpreeb Nacional d• ?t1eoointoac ¡once , por sodio de la cual se declara inaubL tstenta el noabraatnto de la
ro 00711 de 26 de aoto de 1974, ezpsdta por el Presidante da la Bpreeb Nacional d• ?t1eoointoac ¡once , por sodio de la cual se declara inaubL tstenta el noabraatnto de la sefior Ita LArT PIJOA TO R'3, del cargo de Cajera III, Grupo 12 en la Gerencia Regional de )oot, División ?tnanciez'a Regional, eoot6n Tesorería, GruiD Recaudos, difioto intrnac tonal.
Que cono conaccuencie de lo anterior se declare que la nsiortta UTPY Pfl0A TOR!S deberd ser reintegrada al cargo de Jefe de Seccida III, Grupo 21, Categoría OCO en la Vicepresidencia de Relctonea Industria-(8767) '-2-. lea, itvtsi6n da flenestal' so c ial o Lecoida Relciones Ru5$flLI O b uno de tua1 o superior categoría. uti taslLente ie dcire que la Empresa lacionil de TcltoomL4ntcaciones "TeicCoS" o quien haga aun veces, d cbrd a cL otrant loe uelo, pr1ris, Y3Cç; iflEa y deu da pvetacox.es 13001nles dejzadas de percibir desde le ftolia en que fue rezovtda de su targo hasta Cuando sea reintegrada l eg almente. QIJI.- ue sefaismo se di.uonga que para los ef.otos legales de pretcionce sociales no ).a existido soluci6n de coattnuiad en le pretcci6n Ce )os servicios de
Cuando sea reintegrada l eg almente. QIJI.- ue sefaismo se di.uonga que para los ef.otos legales de pretcionce sociales no ).a existido soluci6n de coattnuiad en le pretcci6n Ce )os servicios de la eekiorjts KATTT 181-I1O&Á, desde le fcta en que fue a. parado del cargo, hieta cuando se vrifiue su reintegro. "'lZ?Á.- Que e iras anteriores deo1aracIrea se lee de ouapltaiento dSntro del tdrino previsto e el artículo 121 del C.C.Á.'. Ruchos.- Los roiste &eS el libelo de dnde (11.8): '1o.) La so.orita LATTTTOt'S w ~~read apretar sus !trvicio5 a le Viapriena Jsotonal di ?elicouni octonea en el cargo de Jefe de Socci6n III, n la Vicep'eetericte da Be1ct3nua Indu1tri1E$ Div.a6n de 131..-. noet5r Social, ecct6n Eel.cLons h1unun, del cLal tc6 poet6ri el día lE de febrero de 1971. "2o.) Por zdio de 1 pueoluci6n :dmcro 00624 de 2 de julio de 1974 el Pr icene de la Empresa Ici&zm1 de 'e1countoacona traalad6 a mi orante del e urgo deJefe de eccin UI, Grupo 21, ctteogíe "C"@ en la Ví c-epresíjencia de Relaciones Induetrtilea, Dtvtei6u 4 3i•nes tar Social, recci6n Rlcones Huznants, al careo da Cajepresíjencia de Relaciones Induetrtilea, Dtvtei6u 4 3i•nes tar Social, recci6n Rlcones Huznants, al careo da Cajera Ifl Grupo 12, a la Gcrenia Regtua1 de Po otd, nivi-. eián Financiera RegI D na l @ recci6n Tesorerla # Gru!o Recaudos, Edificio Internacional, 3o.) Corno quiera que co n dicho tras1do ea desmejoraban lau conic iones de trabajo de ui pucrdaire en forme notoria, solic ito a la Empresa Racional de Ta1€counicaotonts uo rccon:terara dicha situación. '4o.) )lo obiran'e lo anterior el aer3r Prertdente di la mpeea ecjona1 de T úloecmuníuacíonea Te1eo" pormedio de la rcooluoidn ndrnro 00711. de 26 de agosto de1974 deo3.srd ineubctteW;• el noabraiento de mi poderdante.(8767) "So.) Lo uctos aouados fwri expedidos en forma 1.-' rreulr y con abuo de ita sribctouee ¡roiaa del aiente". poiaiofl:u violadas ¡ conoepto de la iolci6u,- Se señalan en la enda ccso noruus infr .ae por Iba actos sujuictdoa ]os artou1oe 2, 17 y 30 de la Coaptil..ucl:Sn Iactcna1, 50. de la Peforr Plebiactiarta de 1957, 2 9 30 y 32 del Dcrctc 1950 de 1973 9 nor-me sobre las cuales se explica el cuncapto de
50. de la Peforr Plebiactiarta de 1957, 2 9 30 y 32 del Dcrctc 1950 de 1973 9 nor-me sobre las cuales se explica el cuncapto de y ilaci6n.
Conueto fiscal.- i,1 mil; ido por la Tra. )Ichelta Triana de vi'ia Ulazar g ?jacal lo. de la Cororactdn, es deefvorable a Lis prtenfilones de la actora, ya que no está probado en autos que ésta ¿orara de ubtna clase de furron parar tizare su tnaraov11ad. çciizris IEL ]YR&L.- agotado como se en— euntra el trúidte proeaal porttnan1e al j.ici, es la oportuniad de proferir la vntta que crrreeonda, lo cual prooe Os la Sale previas Ls couisrc1onee de rigr. Ciertamente, coso lo sostiene el Wtnttorio 4blioo, no hay contanci auna en el expe Lerte tt que la aoora gozare de inaoviltad en .1 epl.eo que deet'eflaba, bien por;ue perteneciera a la C arrúra Admluirtrattva, o Jue el empleo o cara go fuese da perLodo fijo, o por cua1ira ctrp, trcuus ancle. En las anteriores condic4one., la Administro n bies podía, cono lo )iso, no aolrente aupristr e] ;XQ que <,ntaba daespeando la ncante, tno también deniuu en el a bien tuviera, y eparrla del servicio declarundo inetb:i te , t•
podía, cono lo )iso, no aolrente aupristr e] ;XQ que <,ntaba daespeando la ncante, tno también deniuu en el a bien tuviera, y eparrla del servicio declarundo inetb:i te , t• su noramiento, sin que ra ello at ruriera procediniento praWio alguno, ya se trataba de una em leada de libre nombraatnto y resooión, Pero es que, adesis, la acoin de plera jurticcin tntntada contra lo cotdido en le peso] oidu 00624 del 26 de julio dS 1974 1, fue trjueetv cuando ya el t$rnino selado al fcto bba transcu.rtdo, pues ose acto tuvo ejecuct6n a partir tflclu4ve del 26 de ese s y la denda es,-,lo no preont6(8767) - 4 tata el 17 de diotebre de e• ao, ea decir, a cuatromes y 21 días ae haber tenido ouap)iminto tiinto la Uccisián sobre rpreai6n del e1eo que ven ejarcíndo le deartt ante, coso vu d..eLracj5n en un nuevo car&o. En oonc tiene ia, en lo ue a cete acto atabe, se declarara probada la exce;ci3n de caduciénd oorreontnte. Y en cuanto a la Eeeo1cn 00711 6.1 26 de agotto de 1974 9 que icclar6 in.&ba.istente el noab aiiento de la actora, ya se dijo oSao la Adniniatracicri podh ado"er cua medida m
de 1974 9 que icclar6 in.&ba.istente el noab aiiento de la actora, ya se dijo oSao la Adniniatracicri podh ado"er cua medida m pues no ea eathbn en prencia de una empleada .ue te Lncontrade fuero alguno de inamovilidad. La Empresa ¡ucional de ?e1ecaunicuctones no Motivó tal acto, pues no neceitba hacerlo g luego orzoeo ea concluir que no hizo otra cota que ejercer la aribuct6n dicoional de que eea investida y remover a una e;iaada uc oo la demandante, era de libre nombramiento y retocit3n, linguna prueba obra en el expediente de ue la dccisi5n tomada ;.or la Eripra Naci]. Ge Teleco ntcnes hubi.- e. obedecido a rzdn djtínta a la 4.ntes expresada » como para - ;ue pueda ab1arne C.e sbso de poer o de deviact.n de lea a— tribucioneaPro.,.-Las del f nciznrto que prof ir6 el icto. ien— do ello así & 4ste debe p:eeuiatre ajut.do u derechos En mérito de lo ezueato, e]. pribna1 Ádrnivatrcativo de Cundinaaroa, cri;artendo el oonce. to fiscal y ad.mLnitrando justicia en nombre de la Repdblica de Colonbta y or autoridad de la ley,
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F J L L A :
JrGANE 1A5 P}TIClO!E' E TA JrTA.
(El proyecto di , este f a1. o fue t iscu. ido y aprobado en eeen de sala •eotuada en c 6—(8767) p1e8p notfuve y ooaunfues.. AL;ÁRO J'4X'WTE TUNA ZA?ÍIR SILVA AMITi MICITIF, TI 4UT IO C IV i EN &S CLA PC FO E CTBO ANA 'NS IT !CHFVT1P1 AT.3 'RTO1i'MO GZ JÁP1E OS1CS 'JiT:F.IZ() U1TflTO OTP xtrz PFT.PAZA wJcC E, E, 10 CL• 13 13 eeretrio