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TA CUN - 8776-(05-06-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8776-(05-06-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE

CUNDINAMARCA

SECCION PRIMERA

Santafé de Bogotá D.C., junio cinco (5) de mil novecientos noventa y siete (199k

Expediente No: 8776

Demandante: ALFONSO GONZÁLEZ RODRIGUEZ

NULIDAD.

Magistrado Ponente: Dr. ERNESTO REY CANTOR El señor ALFONSO GONZÁLEZ RODRIGUEZ, actuando en nombre propio, presenta demanda en este Tribunal, a fin de que se obtenga la nulidad de la resolución No. 007 de diciembre 4 de 1996, proferida por la mesa directiva del H. Concejo Municipal de

FOMEQUE.

Por auto de abril 8 de 1997 el Despacho ordenó al actor corregir la demanda visible a folio 11 de expediente , no obstante lo anterior, el 23 de mayo del presente año (folio 12) la Secretaría informa "vencido el término ordenado por auto anterior, sin que haya sido presentado escrito alguno", desde la fecha en que se profirió el mencionado auto. Previo a resolver la Sala hace las siguientes,2 Exp. No. 8776

Actor: ALFONSO

GONZÁLEZ RODRIGUEZ CONSIDERACIONES La Sala encuentra que la demanda de nulidad instaurada por el señor ALFONSO GONZALEZ RODRIGUEZ, quien actúa en nombre propio, debe ser rechazada por cuanto el actor no corrigió la demanda en el término fijado por el Despacho para tal efecto y, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 143 inciso 2° del C.C.A. modificado

cuanto el actor no corrigió la demanda en el término fijado por el Despacho para tal efecto y, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 143 inciso 2° del C.C.A. modificado por el artículo 26 del Decreto 2304 de 1989, la demanda debe ser rechazada. En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia u por autoridad de la ley,

RESUELVE

1. Se rechaza la demanda presentada por el señor ALFONSO GONZALEZ RODRIGUEZ, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

2. En firme esta providencia, devuélvanse los anexos al interesado sin necesidad de desglose.

Discutido y aprobado en sesión realizada en la fecha. Acta No.3 Exp. No. 8776

Actor: ALFONSO

GONZÁLEZ RODRIGUEZ

COPIESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

DARlO QUÑONES PINILLA BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

Magistrado. Magistrada.

OLGA INES NAVARRETE BARRERO ERNESTO REY CANTOR

Magistrada. Magistrado.

HERIBERTO REYES VARGAS

Magistrado.

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