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TA CUN - 87D4012-(21-10-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 87D4012-(21-10-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

Íj iAiLiEL SERVICtO DE VIGILANCIA /FALLA DEL POR OMISION pÁÁ':Íd JUSTICIA

J.

TFIECUNAL. ÍDP1Ir4IS1 -RTIUO DE

CUND 1 NAMARCA —SE:CCION TERCERA— Santa• de Focict.1. Ii O veintiuna (.21) de oc:.ui:ir e: de: ml :" VC.3.fl tO 'c'ver'rL y :r (1.993). Magistrado Ponente i Dr HECTOR ALVAREZ MELO E:;<p€d:LYnl.€? i 27 J 4012 Demandante a C4MEN EL. i. SA GNECEO

MENI.: ;02.A Y 01 ROS ESPECIAL INDEMNIZACIONES Sur+...,.de el trámite legal sin nue se observe causal de nulidad nue invalide lo actuado, se pasa a dictar sentencia en el pro:eeo nue iniciaron CARMEN ELISA SNELCO MENDOZA quien obra en su propio nombra y en r'epreçr La c. Ón de la menca LYDIA AL.E:XANDRA (3NE000

MENDO.A -- ANA MAR i: A • MAR&:AR iT A ROSA, 5LJ5TÇO JOSE , ELSA

LEONOR LAURA BEATRIZ y CL.Aur) :t A F FRNANDA GNE000

MErDDZA contra . c: : :i Y el FONDO ROTATORIO DEL MINISTEU11 DE jUSTICIM, con el ob.3 etc de obtener la responsabilidad y cundena al pagn de indemnización de perjuicios mur la muerse de se padre ..i OSE .)UARDO

MINISTEU11 DE jUSTICIM, con el ob.3 etc de obtener la responsabilidad y cundena al pagn de indemnización de perjuicios mur la muerse de se padre ..i OSE .)UARDO NE COD DL'F:RE.A ocurrida en los hechos nue cc el Palacio de 3ueticia succ.I :i,eror las .ias & y 7 du •r:vi.emr.re de 1.98D. 1.0

NT EC,' E: D 4 T E 8

En ce;r:L te presentado -,ente es= :eeov - cI.óE las actornor ?::or litormeciz de Z;.rCI; .,Lj': q inu mui a ro n-37 siguientes pretensiones procesales o L. (::je Ministerio de 3...tst:ic:ie Ministerio c:Ic-:' Defensa, poli=je NI :::re .i. Fuerzas.

Armadas. Departamento Adm : L o i st 'at. ivo de s€c..kri.i:i-i DAS) Y el FDNDO ROTATORIO DEL MINISTERIO LEE: JUSE CI A - n solidariamente., respc:'nserie.. r:eletotalidad de tos daos y perjuicios causados e CARMEN ELISA LYDIA

-LE: X ANDRA ., ANA MARIA . MARGARITA ROSA, GUSTAVO JOSE. , E:LSA LE. \jj'. LAURA BEATRIZ Y CLAUDIA ERleA GNEE:.co MEUuZ.A • sor la muerte de si.' padre el Magistrado Ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia, or. JOSE aou1vi:o &Ec:;ou

ERleA GNEE: .co MEUuZ.A • sor la muerte de si.' padre el Magistrado Ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia, or. JOSE aou1vi:o &Ec:;ou CORREA, sucedida los días ty 7 de noviembre de 1.985, durante o]. -ioI.._L:;c:.dJsTo de]. Palacio de Justicia, en esta ci. ud en cts Bocjot.e LOC.Ofl ese a la NACIONI,

(Ministerio de Gobierno, Ministerio de Justicia. Mi.nist.ein de Defensa, Pcl±c::i:, Nacional, Puerzas Armadas, Departamento Administrativo de Seguridad, Das), y mI Fo1'iD:i F,:C:}T,:,ORIO DEI_. N1].N1EFUU DE: JUSTICIA? a indemnizar y pagar solidariamente e

CARMEN ELISA, LYDIA ALEXANDRA ANA 1R 1 A

MARSARITA ROSA, GUSTAVO JOSE , E:LSA LE:ONtJR

LAURA BEATRIZ 'y CLAUDIA r.E:j::jd(I. DA Gt'E:Cco MLNDC:::zA, perjuicios merqent.e muerte del la cuantia dc.r. los ci 1c:s material es • incluidos da.) lucro cesante, causados por la Dii OSE EDUARDO (5NECc:0 =ORREA, sr cu..ie resulte do las ha-'s que se 10nues1::ren en Proceso, debidamente reajustada cti la fsc::ha de ejecutoria c:ls la providencia ¡..laimponga.

cu..ie resulte do las ha-'s que se 10nues1::ren en Proceso, debidamente reajustada cti la fsc::ha de ejecutoria c:ls la providencia ¡..laimponga. 8 rIPr..t,..fl de loe daFos y r:er.3iticmos :aLtr :La.Lee , es :nc:iL.Lire EJ. valor de ¡a frustra ción c pr 1 leSión de la ayuda econm:. ce c t• "sri iefl r o:. .i I::::LSnc.Iu requirian recibiendo ce si. padre, do u . habersucedido aber susenido eu muerte. El .,C].D - .: tc :c:s las demás irgrusolib íntegros qiuperciban 9. Ductir(&7 r 4012) CORFEP. • y que sec..ir ia percibiendo o..tr-nte su =perrivencia Probable los cualos LL5O sr 'ida y seguiría haci=nolo cs haber va.vic'o sil el mejor estab] cim: nnt.c: do sfamilia. 1 Dentro c:ielJ.uc::rc, cesante a. rc:1U.r?.n los intereses componsatorius del capital representativo de la :.ndrTin a. !compensación por Taita de uso del principal), que, ssCar o]. sticulc: 1.915 os.i Cád:Lqo Civil, so les es.á debiendo desde el :7

e noviembre do 1 y se pagarán •j un lo on anual en pesco de valor constante.

Ter cora: ..-- Condénese a la NC ION

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e noviembre do 1 y se pagarán •j un lo on anual en pesco de valor constante.

Ter cora: ..-- Condénese a la NC ION

(Ministerio de Gobierno. Ministerio do Justicia, Ministerio de Defensa Fol icis Nacional, Fuerzas (msds I)epsr:ecnen1:o Administrativo de Sc::i.,r.....dad DAS), y al FONDO ROTATORIO DEL. MINISTERIO oo JUSTICIA, a indemnizar y p par solidariamente a cada uno de los demandantes., loo daos: y porj ul c:ioo morales c::c'r el equivalente sr posos de valorconstante a1nr constante establecido en la Ley al tiempo do la sentencia. Mas , sri subsidio con el equivalente sr pesos de la fecha do ejecutoria do 1 sentencia, os lo que valgan, ur, mil gramos caro pura c:; fino para cada demandante, c: do l,_:, suma mayor que se establezca y resulte do las bases del pr:iceso c:c.rcneso la N.':IoN (Ministerio de Gobierno, Ministerio de Justicia!, Ministerio de Defensa, Policía Nacirra]. Fuerzas Armadas, Departamento Administrativo c:o Seguridad, DAS) y el FONDO RO T Çú DR]. O DEL. MINISTERIO iDE JUSTICIA, a sol :Ldar.is ente e cada uno de los demandantes, :i valor de iras daos y perjuicios causados e. su .. ...-.... esv.it.ence. sri la cuan ti. a que :,s• a t.s do ¡as bases demostradas er .:ar::ceso

:i valor de iras daos y perjuicios causados e. su .. ...-.... esv.it.ence. sri la cuan ti. a que :,s• a t.s do ¡as bases demostradas er .:ar::ceso debidamente rasi tota.....4 en la fecha de ejecutoria de le. ¡.::''cav . Jsr'c..cii,e i cuvc:i r_açica 5k:.:.. hará en a€asc;s os valor constante. Pero. on subsid..,.ca do la cuan t...fi. co c:icn matemática en proceso da! valor de estosbf O 10.1.2 1 aa.cios, soi i .i. t.o por razones oc ec.t'.a.dad c.p de aD.iic:Ci5f1 5 los arta..:. los 3o. de la ley 153 de 1.881 y .1.0 del C•:iiuo Pcnal • y se indemnicen con el equ:! va 1 ei te en pesos de la fecha de ejecutorio de la sen tan c::.La de lo que valgan c:.etrc' mi..l gramos c.:uro fino para. ceda demandante, cuyo pecjc: se hará en pesos de valor COn E1:ente Condcneea a la NPC10N (Ministerio de. Gobi..Crrfc:I Ministerio de Jusc:L cia Miniatario c:1a 1:)(fsfr;t. Policía Nacíonal s Fuerzas Armadas, Departamento Administrativo de Seguridad DAS) y el FONDO ROT T0R10 DEL.. MINISTERIO DE 3UST 1 n (' .. pagar. solidariamente a los demandantes el valor de

Fuerzas Armadas, Departamento Administrativo de Seguridad DAS) y el FONDO ROT T0R10 DEL.. MINISTERIO DE 3UST 1 n (' .. pagar. solidariamente a los demandantes el valor de la que cueste el pleito, incluyendo i c:' que deben pagar a los abogados por hacer valer proc:esa]. íman te sus derechos, fijándose su rnontc', dradc:'.Lo' aç:ii..i.c:ac:Lc5n a le tarife de Le Corporación Nacional de Abogados Cna 1 bcast:arcc. es. La clase do pL . t tc:s cuot . Ji.tis, lles ersubsidica ci, pago se hará a l tenor de los arts.. 8o de 1., le".' 153 de 1.387 y 14 del Código de Prcac:eda.iç:i..o Lo Civil. con bese c:'n los cueles r3c:r equidad so fijará su valor. a ., ' Ecndúnase b la =10N de Gobierno, Ministerio cts justi cia :. LI .. a. st.er a. o de Defensa, Policía Nacional, 'cer;as Armada:. • I:or'tr,or,tca Admmnistrativi:a cts Seguridad , DAS) y R I F3NDO ROTATORIO f.)EL..

MINISTERIO DE: JUSTICIA, a1 resarcimiento y asno solidario a cada L.nc:' do Los demandantes, de las dmc: dados y perjuicios que se lee causaron, incluyendo los rol eti'•'ns s los himnos .......Jis aE de conformidad con lo que se pruebe y resuita ca las beses del.

de las dmc: dados y perjuicios que se lee causaron, incluyendo los rol eti'•'ns s los himnos .......Jis aE de conformidad con lo que se pruebe y resuita ca las beses del. .art:accsc ' en la suar; tia que se screca.te scab:idamentc reajustada en le fecha de ejecutoria ce la providencia que la a.rnpc:'ncia

Séotima a ., - Reconózcanse intereses aumentados oor, 1 sr .i. eca. ÓÍ! promedio mensual. de] indico de Precios al C.oneum:i.dor ., dcaec:Ie ja ejecutoria de J.a sentar.c.ie hasta u cumplimientc Par W ;:)acLc) tetal. •1e:' D 401 2) Todo paqu SE imputará primero ai octava:.- La Nf[:ioN (Ministerio de Gobierno. Ministerio d• Just cia . Ministerio de Defensa, Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Departamento Administrativo de , 3sR..r iciad ) y FC)NDC.. ROTATORIO DEL_ vT.N.:GTER:Ec) DE JLJSTTCI•. cumplirán la sentencia sr: los t:rtincs de los artículos 176, 177 y 178 dei. Código Contencioso Administrativa.

Novena: .« U:pt,n_ 1 ra y J 1 del C.P.) Corno hechos y omisiones, fuso te de las pretensiones, narra la demanda ±:rLi p. El ¿ os noviembre de 1.985,

1 ra y J 1 del C.P.) Corno hechos y omisiones, fuso te de las pretensiones, narra la demanda ±:rLi p. El ¿ os noviembre de 1.985, N1-19, ejecutó la denominada ada ojiic it5r NTflN i O NARIRO FOR LOS DERECHOS DEL HOMBRE-, trazada con mas de seis meses de antelación y conocida de antes por las autnridados da la República, a1tando y tomando con las ar ma el sagrado recinto del PALACIO DE Jusr i o : Sede de la Corte Suprema ce Justicia y del Cr-se.j o de 1stecIc: sin recistencia ninguna da los organismos nr seguridad (:151 F•:.st:.cIc,,

Ssciunz: Io . -•• El i. :is maym da 1.984

Bel iEr.o Betan.....ur Cuartas y auH Ministros, por decreto I08. declaró turbado el orden

Lb1 :Lcc y en etado de sitio todo si territorio risci. na 1 La Eitración cha orden p.ihiico sr ruen:. trc' Fais. e'/idenCLca compleja problemática y peligro para todos los ciudadanos Desde i. i cic.s de 1 9 Magistrados de la Corte Suprema de Just:. cia uris tas eminentes .' hombres de bien veníanamenazados pública y notor imrnt.e presumiblemente oo r virtud d E contra! de t:.cjrt.L tt.tr.:ional :.cied reoccto de E ley

uris tas eminentes .' hombres de bien veníanamenazados pública y notor imrnt.e presumiblemente oo r virtud d E contra! de t:.cjrt.L tt.tr.:ional :.cied reoccto de E ley a(:"oetcr:A.a de! Tratado de Extredi cióri c.c 1 brecJo con cfi Gobierno de los Estados Unidos de Amn:Lc:e siendo conocidas las realizadase todos, y eji especie! e los doctores ALFONSO FAT 1 FIO ROSSELI, MçI4uE:i. 90i CPUZ, RICARDO MEDINA:rCi y C.(FiE)E: MEDELLIN FOFERiJ, quienes, bajo oeiiqro a su vide e integridad y e le de sus ferni lisres cumr. 1 tercio ejemplarmente sus deberes peligro generado por le turbación del orden Pública y acrecentando con las públicas amenazas e los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Fue de todos conocido, y de las autoridades de 1,a s.i.crinci difundido por le orense nacional y ex c.reFa Conocido de las autoridades, se adoptó, inicialmente! secundad personal de algunos çrçi.st.r As¡, Er\iI:: 1 flIIF PARE"' O GON:. AL..EZ • Ministro de Justicia de entonces por oficio 1992 del 30 de Septiembre de 1 .985,, dirigido al Presidente de le Cctte Suprema de Justicie Dr. ,ii::oNr: REYES Ec:HAND .E A • x preó

Justicia de entonces por oficio 1992 del 30 de Septiembre de 1 .985,, dirigido al Presidente de le Cctte Suprema de Justicie Dr. ,ii::oNr: REYES Ec:HAND .E A • x preó

tales err,er,ezes atención res po c:: e e 1 de verte de:i as autoridades, pues por ev nc Sólo constituye desafío a ley smc:) c::coroçcLen seriamente tel funcionamiento regular de nuestras ir;st.i t.uri " E:. Consejo Nacional de Seguridad, reo del mismo día (acta número 26). st.end.ec: estos aspectos, e insólitamente, no volv:ió e hacerlo (Oficio r,'Jrnero 0588 des 21 de abril de 1.986 de..:, Secretario General del Ministerio de Gobierno Eccreterai del Consejo Nacional de Seguridad). El General (r) iIGUEL. VEGA URIBE, Ministro de le temba.en rc::Í:fnte•:'.e las grave,l. BMerlazEs> su prevlc: c:orc)c::.ernisr)t.c) cfi' i oil etci • LAS FUERZAS ARMADAS !E: CFL 0MB lA

DEFENSA DE LAS INSTITUCIONES IdCCr.AT 1 2A5

940. Latentes las graves •'ofl•• zas.7 (87 D 4012) contra los Magistrados, el 16 de octubre de 1.9S59 e]. Comando Militar de las Fuerzas Militares recibe, lo denominado por el general (r) MIGUEL VEGA URIBE, UANONIMOI, cuyo tenor es

contra los Magistrados, el 16 de octubre de 1.9S59 e]. Comando Militar de las Fuerzas Militares recibe, lo denominado por el general (r) MIGUEL VEGA URIBE, UANONIMOI, cuyo tenor es El M-19 planea tomarse el edificio de la Corte Suprema de Justicia, el jueves 17 de octubre cuando los magistrados estén reunidos tomándolos como rehenes al estilo embajada de Santo Domingo.; harán fuertes exigencias al Gobierna, sobre diferentes aspectos, entra ellos el Tratado de Extradición (Cfr. folleto LAS

FUERZAS ARMADAS DE COLOMBIA Y LA

DEFENSA DE LAS INSTITUCIONES DEMC:CRATICAS", p. 55).

Sexto La prensa nacional difundió ampliamente, la ¿auriciación (sic) de la toma y asalto de PALACIO DE JUSTICIA, con anterioridad a los nefastos sucesos, únicos por su dimensión en las naciones civilizadas e incomprendidos en su prístina significación en la nuestra (El Siglo, Viernes 18 y 28 de octubre de 1.985; El Tiempo, 20 de octubre de 1.985, El Bogotano, DIARIO HP.M.i 20 de octubre de 1.985). Sépt±mo:.- El 23 de octubre de 1.985, el Nl19, reitera su designio de tomar PALACIO DE IUST]:CIA, y previo atentado contra la vida del General, RAFAEL SAMUDIO MOLINA, envía comunicado a emisora expresando "que llevarían a cabo algo de tanta trascendencia

IUST]:CIA, y previo atentado contra la vida del General, RAFAEL SAMUDIO MOLINA, envía comunicado a emisora expresando "que llevarían a cabo algo de tanta trascendencia que el mundo quedaría sorprendido" (cfr,

folleto LAS FUERZAS ARMADAS DE COLOMBIA Y LA

DEFENSA DE LAS INSTITUCIONES DEMOCRATICAS. pág. 58).

Octavo.- Públicas las amenazas a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia el Gobierno Nacional, adopta inermes medidas de seguridad individual dej. algunos, y acentuado el peligro por las del M-19, estudia internamente PALACIO DE JUSTICIA. aconseja estrategias y ordena su seguridad interior, servicio éste que concluiría el 21 de octubre de 1.985, más luego de la toma se8 (87 D 4012) dijo "verbalmente" se dispuso continuarla "HASTA DE.SPUES DEL. 051195 (palabras de VEGA URIBE, Folleto cit. pág. 61 y 62).. U nç:- No obstento el peligro a la vida e integridad de los ciudadanos colombianos y a la de los Magistrados de le Corte Suprema de Justicia y demás funcionarios con despacho en Palacio de Justicia gestado por la gravísima situación de orden público y aumentado por las amenazas en su contra, del anuncio previo de la torna a PALACIO DE JUSTICIA y de su conocimiento por las autoridades de la República, cuanto del intenso deber de su custodie y protección de éstas, el 5 de noviembre de 1985, amenece (sic) sin protección ninguna, hallándose, el

JUSTICIA y de su conocimiento por las autoridades de la República, cuanto del intenso deber de su custodie y protección de éstas, el 5 de noviembre de 1985, amenece (sic) sin protección ninguna, hallándose, el 6 de noviembre de 1.985 'bajo custodie / protección de celadores particulares inadecuadamente armados y, por lo mismo, en incapacidad material de prestar el servicio", pues., inexplicablemente había sido retirada la fuerza pública que durante varias semanas tuvo a su cargo la seguridad de PALACIO cuando por la preexisencie de las amenazas proferidas simultáneamente por grupos subversivos y mafias de nercot.raficantEs, el Gobierno tenla el deber de mantener., o mejor, aumentes (sic) las medidas de protección y seguridad de los organismos amenazados, con su anuencia o sin elle" (CONCLUSIOt UINTA DE LA INVESTIGACION ADELANTADA POR EL rRIBUNAL ESPECIAL CONSTITUIDO SEGUN DECRETO 3300 DE 1.985, documento público el tenor del decreto 1917 del 17 de junio de 1.986, DIARIO OFICIAL.. No. 35709, pág. 58).. Desde tempranas horas de la maana del 6 de noviembre de 1985., elementos del 1-19, ingresaron e PALACIO DE JUSTICIA, y a eso de las 11:40 AM, 35 personas Armadas irrumpieron violentamente con plomo y fuego, tomándolo, frente ele única resistencia de miembro de. le Policía Nacional, y de los escasos, escasísimos guardas inadecuadamente armados y escoltas personales Décimo Primero: Sin vigilancia y tutela,

tomándolo, frente ele única resistencia de miembro de. le Policía Nacional, y de los escasos, escasísimos guardas inadecuadamente armados y escoltas personales Décimo Primero: Sin vigilancia y tutela, el v!._19, tomó fácilmente PALACIO DE JUSTICIA, ejecutando un pian trazado a ciencia y paciencia de los organisnos de seguridad con más de 6 meses de anticipación, pian éste.,(87 D 4012) por dicho del general r) VEGA URIBE, el 7 de noviembre de 1..985 en allanamiento del inmueble 8-42 de la calle 6a. Sur de Bogotá, encontraron las autoriddes, pero que había sido anunciado desde el 16 de octubre y reiterada el 23 de octubre de 1..983.. y

POSIBLEMENTE era 'EL MISMO QUE SIN MAYOR

INVESTIGACION • se DECLARO INEXISTENTE''

(CONCLUSION CUARTA INFORME DEL TRIBUNAL ESPECIAL, pág.. 58 y folleto de VEGA URIBE. págs.. SE'.. 56, 66 a 69).. cimaSurq: ..- El PALACIO DE JUSTICIA, casi siempre careció de vigilancia institucional del Estado.. Es verdad que en sus Inicos accesos, si de la puerta principal y hasta entonces única por la Plaza de Bolívar, y el de la entrada al garaje por la carrera octava, aveces (sic) existían unos cuantos, vigilantes .privados contratados por el Fonda Rotatorio del Ministerio de Justicia, pero es cierto que estaban allí para franquear el paso a Magistrados.. Auxiliares, Asistentes, personal de la Corte

cuantos, vigilantes .privados contratados por el Fonda Rotatorio del Ministerio de Justicia, pero es cierto que estaban allí para franquear el paso a Magistrados.. Auxiliares, Asistentes, personal de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estada y de sostenimiento del edificio, a los abogados litigantes, y usuarios del servicio público de Administración de Justicia. Esos pocos vigilantes no ten3 n por misión la protección del Edificio y de los Magístrdos y Consejeros de una toma guerrillera, ni astehan preparados si equipados para afrontarla. Funcionarios y Agentes de la Policía Nacional, de las Fuerzas Armadas y del Departamento Administrativo de Segur-idadj tan sólo se vieron en las cercanías del Palacio de Justiciar cuando se presentaban manifestaciones de estudiantes y trabajadores en la Pieza de Bolívar. Hasta el viernes anterior a la Toma de -ALAC:O DE JUSTICIA, se vieron pero para proteger al ilustre visitante Francois Mitterand, Presidente de ].a República Francesa y nunca jamás, si edificio de le Corte Suprema y del Consejo de estado, ni a sus funcionarios lf Dácimo Tercero: .. - No existe justificación jurídica ni éticamente atendible para ci retiro de la escasa fuerza pública, que luego os subidas las graves amenazas contra10 (07 0 4012) Magistrados de la Corts Suprema y el plan terrorista había en Palacio.. Así lo reconoció expresamente ?l Gobierno y las autoridades de la República, afirmándose falaz y futilmente obedeció a instrucciones

Magistrados de la Corts Suprema y el plan terrorista había en Palacio.. Así lo reconoció expresamente ?l Gobierno y las autoridades de la República, afirmándose falaz y futilmente obedeció a instrucciones de nuestro maestro ALFONSO REYES ECHANDIA Presidente de la Corte Suprema de Justicia, en deshonra de su memoria.. Por fortuna,, conoce la opinión pública la maledicencia de tan falsa patr&a: El entonces flamante Ministro de Defensa General (r) MIGUEL VEGA URIBE, después' de los horripilantes sucesos del 6 y 7 de noviembre de 1..985. procuró por cuanto medio a su imaginación fueran excusan la qravísirna falta de viqilancia del Palacio de Justicia y el inexplicable retiro de la escasa que había aún, bajo sostén de la independencia de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estados ilusoria de antes y de hoy. Así lo manifestó ante la Cámara de Representantes: 1LA CORTE PUEDE HACER LO QUE QUIERA ALLA ELLA CON SU SEGURIDAD", olvidando, deliberadamente, la carencia de autonomía presupuestal de la rama Jurisdiccional, y reconociendo, aún más en su despectiva frase, la omisión de la seguridad debida.. (Cfr. LAO FUERZAS ARMADAS Y LA DEFENSA DE LAS INSTITUCIONES DEMOCRATICAS.. pág. 57). " Décimo Cuarto:.~ Tomac:'- el Palacio de Justicia., se moviliza la fuerza pública: las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, El Departamento Administrativo de Seguridad, el COPES. Los organismos de seguridad empero

" Décimo Cuarto:.~ Tomac:'- el Palacio de Justicia., se moviliza la fuerza pública: las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, El Departamento Administrativo de Seguridad, el COPES. Los organismos de seguridad empero no trazaron plan de rescate sanos y salvos de los rehenes, pudiendo hacer o demoraron su tprí_Jn aj ' por e sar rin t amen te E al io d Justicia. Conocían, no obstante la exacta distribución del Palacio de Justicia, pues habían realizado estudio :interior de susinstalaciones us instalaciones (cfr. las Fuerzas Armadas de Colombia y la Defensa de las instituciones democráticas, pág. 3E3).:1.1.. (aY D 401:2) La orden era a.iit 1aLa El jj ército actuó improvisadamente., sin concierto ni estudio, ni discernimiento de la situación se lanzaron a tomarse el Palacio de Justicia como si tratase de un enemigo exterior, de una acción de campo abierto, disparando do llevándose en rastra todo lo que tenían por delante, OLVIDANDO QUE

LO MAS IMPORTANTE ERA LA VIDA DE

(Subrayas ajenas al texto, Capitán (r) Elías Escobar Salamanca, Las dos Tomas, 2a.. Edición, pág. (101). Disparos a todo cuanto se moviera, uso de tanques, cohet.es, bombas y ç3ranadas de alto poder calorífico y destructivo, de uso prohibida por el Reglamento de Servicio de tropas en Misiones de orden pública

Disparos a todo cuanto se moviera, uso de tanques, cohet.es, bombas y ç3ranadas de alto poder calorífico y destructivo, de uso prohibida por el Reglamento de Servicio de tropas en Misiones de orden pública (resolución 4042 del 12 de septiembre de en donde, habían materiales combustibles, expedianLes, Libros, muebles.. Esta fue la brillante actuación de las Fuerzas Armadas de Colombia en defensa de las instituciones democráticas. 19 Décimo Quinto El dr.. ALFONSO REYES ECHANDIA, por la radio, teléfono, por todo medio a su alcance, trató de conversar con el Presidente de la República, Belisario Betancur Cuartas, requiriendo cese al fuego, único medio de salvaguardiar la vida e int.eqridad • de sus compaíeros y la suya.. Estas llamadas de socorro, de un funcionario público, el supremo rector de la Rama Jurisdicc:íonai del poder Público, fueran desatendidos sin justificación, por qué? Mientras avanzaban Los tanques por un lado, y por otro • los debates en el Congreso y una reunión de Ministros de la Casa de Nario,, se' produjo. según El Espectador, una llamada de la Magistrada Pydéc Anzola linares a1 2, 12 (87 t) 4012) uno de los medios de comunicación la Cadena Caracol-, para pedir al Gobierno, a las Fuerzas Armadas y a las Cámaras leqisltivas que dialogaran con el M-19 y evitaran un bao de sangre con los rehenesf

uno de los medios de comunicación la Cadena Caracol-, para pedir al Gobierno, a las Fuerzas Armadas y a las Cámaras leqisltivas que dialogaran con el M-19 y evitaran un bao de sangre con los rehenesf entre los ct..taiss ella se entraba Refugiados en el Cuarto piso., los comandantes del grupo guerrillero dialogaban con el Presidente de la Ek

Corte Suprema de Justicia., doctor Nw

Alfonso reyes Echandía., y ron un número indeterminado d9 magistrados y secretarios. El Presidente de la Corte se comunicó telefónicamente con varias personas entre ellas el Doctor Alvaro Villecias Moreno, Presidente del Senado él se le transmitió las condiciones de los guerrilleros para la liberación de los rehenes y se le informó que había tratado inútilmente de comunicarse con el Presidente £etancur.. Algunos periodistas también se comunicaron con Reyes Echandia, y cada una de estas comunicaciones fue un diálogo tenso y dramático La cadena Toc:lel ar de Colombia que logró que el funcionario contestara el teléfono., trasmitió al airee a eso de las tres do la t.rda • una solicitud angustiosa: SOMOS REHENES DEL M-19 -clamaba el doctor Reyes Echandia'-' POR FAVOR

DIGANLE AL PRESIDENTE QUE CESE Al..

FUEGO PORQUE SI NO HABRA UNA HECATOMBE: ti

(Cfr., La justicia en Llamas.., Germán Hernández 8.., Lit. Camargo,

DIGANLE AL PRESIDENTE QUE CESE Al..

FUEGO PORQUE SI NO HABRA UNA HECATOMBE: ti

(Cfr., La justicia en Llamas.., Germán Hernández 8.., Lit. Camargo, Bogotá, 1.986, pág.. 61).. Décimo Se>to...- A la medianoche del 6 do noviembre de 1.995, ardiendo en llamas el edificio, aparecen los bomberos con escaleras para rescatar no a los Magistrados ni13 (07 .) 4012) Consejeros, sino a oficiales, suboficiales y agentes de la Policía qua se encontraban en la terraza de la edificación. Y, el día 7 de noviembre de 1.985, visto ci despliegue de la Fuerza Pública y su obj:,ivo d todo, se envía al Magistrado del Consejo de Esto, Dr. REYNALDO ARCINIEGAS, quien dijo: U Hay aproximadamente 70 rehenes entre magistrados de la Corte, Consejeros de Estado, Auxiliares y Empleados de las Corporaciones. E.gr. favor respeten sus vidas,son personas inocentes. Los guerrilleros desean que se envíe un periodista y a un miembro de la Cruz Roja y expresen su voluntad de dialogar. Qué les digo?. Los guerrilleros me permitieron salir con el compromiso de que regresara para traerles la promesa de un periodista y un representante de la Cruz Roja. Eso se lo pedí al Ejército, pero no me dejaron regresar" (cfr. Las dos tomas, cit, pág. 74 y Cese al Fuego de Salgada Germán,

de un periodista y un representante de la Cruz Roja. Eso se lo pedí al Ejército, pero no me dejaron regresar" (cfr. Las dos tomas, cit, pág. 74 y Cese al Fuego de Salgada Germán, pág.. 33). " La respuesta no esró

ENTIENDO QUE NO HAN LLEGADO LOS

DE LA CRUZ ROJA. POR =SIGUIENTE

ESTAMOS CON TODA LIE4ERTAL DE ACCION

Y JUGANDO CONTRA EL TIEMPO. POR

FAVOR, APURAR, APURAR, A CONSOLIDAR

Y ACABAR CON TODO -

(Cfr., Las dos tomas. 2a. edición, pág. 11 y El Espectador di 24 de junio de 1.986, pág. hA). Fuego y plomo tendido un disparo de rocket, y se ACABO CON TODO.

Décimo Séptimo: .-- Las autoridades de la República no observaron en su acción la precaución mínima para rescatar sanos y salvos a los rehenes, propósito ausente en/ 1 14 (87 D 4012) toda su actuación, violando los elementos reglas del Derecho de Gentes, en particular, el articulo 121 de la Constitución Política y la denominada Cláusula "M1-\RTENS, incorporada al ordenamiento interno por ley Sa de 1.960m por cuya inteligencia, "las poblaciones y los bel:icerantes quedan bajo salvaguardia 'y el imperio de los principios del Derecho de Gentes, tales como resultan de los usos establecidos entre las naciones civilizadas, de las de leyes de la humanidad y de las

bel:icerantes quedan bajo salvaguardia 'y el imperio de los principios del Derecho de Gentes, tales como resultan de los usos establecidos entre las naciones civilizadas, de las de leyes de la humanidad y de las exigncias de la conciencia pttblica". (cfr. EL PALACIO DE JUSTICIA Y EL DERECHO DE GENTES, Procuraduría General de la nción;

2. Edición, 1986, págs. 23 y 26).

Tampoco, observaron los pasos a seguir en supuestos de toma terrorista, pues no era su designio, diferente al de demostrar el poderío de la fuerza bruta (cfr. Las Dos tomas 2a. edición, Bogotá, pág. 107 y 108). "Décimo Octavo.- El 7 de noviembre de 1.985, cesó el fuego. Este fatídico día perdurable en la conciencia patria, por inercia y acción de las autoridades de la República causó el derrumbamiento de nuestra preciada y cara institución La Rama Jurisdicciona). del Poder Público. Se conoció el tenebroso resultadt delas e las fuerzas del orden "EN SALVAGUARDIA DE LAS INSTITUCIONES flEMOCRAT ItAS": cuántos muertos cuántos desaparecidos, cuántos heridos: él No menos de 95 muertos, entre ellos once de los mejores Magistrados de la Corte Suprema de Justicias los doctores ALFONSO REYES ECHANDIA, su Presidente,

CARLOS JOSE MEDELLIN T)F:ERO, JOSE

EDUARDO GNECCO CORREP,. RICARDO

Magistrados de la Corte Suprema de Justicias los doctores ALFONSO REYES ECHANDIA, su Presidente,

CARLOS JOSE MEDELLIN T)F:ERO, JOSE

EDUARDO GNECCO CORREP,. RICARDO

MEDINA MOYANO MANUEL GAONA CRUZ

FABIO CALDERON BOTERO, DARlO

VELASQUEZ GAVIR lA. HORACIO MONTOYA

GIL ALFONSO FATIFiO ROSELL.I FANNY

GONZALEZ FRANCO, PEDRO ELIAS

SERRANO ABAD lA EN 1RO SANDOVAL

HUERTAS, JULIO CESAR AN)RADE

ANDRADE, JORGE A. CORREA ECHEVERRI

del Consejo de Estados LISANDRO ROMERO BARRIOS y CARL 26 HORACIO URAN funcionarios de ambas corporaciones muchos abonados,1 15 (87 D 4012) ciudadanos, persora]. de las Fuerzas Armada, de la Policía Nacional, del Das todos los guerrilleros muertos muchas numerosas personas desaparecidas; los expedientes quemados; la biblioteca y archivos destruidos la dotación del Palacio quemada el edificio e instalaciones en la ruina., pérdidas materiales por más de seis mil millones de pesas.. En síntesis de lo denominado por la prensa propia y extraa "tJpjQLsQ. Décimo Noveno.- LA NACION y el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA (-que apenas tuvo tiempo de iniciar las trámites de contratación de personal privado, según PAREJO GONZAL.EZ) son responsables del

Décimo Noveno.- LA NACION y el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA (-que apenas tuvo tiempo de iniciar las trámites de contratación de personal privado, según PAREJO GONZAL.EZ) son responsables del "HOLOCAUSTO SANGRIENTO-, por omisión del deber-poder de seguridad y protección de la vida, y por acción irresponsable y brutal de las Fuerzas del orden a. Todas las autoridades de la República y particularmente Ministerio de Gobiernoencargado de Ja política interior y de la seguridad dornst.ica -Ministerio de Justiciamiembro del denominado Consejo Nacional de Seguridad -Ministerio de defensa y sus dependientes Fuerzas Armadas.. Policía Nacional, ci. Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se instituyen para proteger a las personas en Colombia en su vide honre y bienes. El FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, al instante la los sucesos, tenía a(87 1) 4012) u cargo la seguridad privada de Paiacio, ineficiente junto con la ausente de l

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