TA CUN - 88-19462-(14-09-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 88-19462-(14-09-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
9~ . ICH DEL CAWX) (DiviSi6n de cafeteros) / tJFSVIACION PPT. PODER — prueba
TRIBUNAL ADMINISTATIV0 DE CUNDIN
-SEÇC ION SEGUNDASIJB-SECCItJN D Sah+-im-fé de Botá,b.C., novecientos 24v&rtay cncc. - - r tTC-7 1 A E ji torce da mil Jlag. Ponente, Dr.. NEUARDC) A. VES RODRI6LJEZ Juicio No. i8-i9462... Detnandart 0UXLLER ESPINEL ROC I?ECRETOS EI 008 IERPO $iÇutff4e cWndy Crédgto 'iibiçO. -. ,.
El GUILLERMO ESPINEL ROtHA, çcr4 C.0
No.ioc.817 d Pereira, por rrigicjic cie apoderado. en eierc; ció d 1a acción de nul-ldad. y restablec..imienta del der?c ho, prertó demnd crt Corporc.ión, el 8 de mrti de 1 9 para que pr.tt I forma1icides legle, e hagr lmi unts dcl ircI.on% y Londer). la 'Que son flUIQ Oecrto 2042 de 27 de Octubre de 1987, e..pedido por et. gobi.rro rc.inal, mediante el çul e estableiá néricauete la plat de pçcl . de i Super1ntend9nit anria CQWC tb.én l' Oficio
rc.inal, mediante el çul e estableiá néricauete la plat de pçcl . de i Super1ntend9nit anria CQWC tb.én l' Oficio Nc. 50917 JF' 1853 de feLhØ 9 de de 19B7. uçrito por, el jefe, cø a de Recursos de la p.riritencJría incar1a, ro4un&1e aL actór que el cargo qué1 vena dempndo bba xJc sprmdo por lo 4t 519 produça retrv dlrvio, í3ue a Eiu1c, d& retabIe ffint di der sé condene a NAcI 'MINITIt3 :E I44CIEND C4EDITO .PcRLICá- •UPGRINTENNGlA • ÑRIA.. rtbleçtr •i1 ior GhLLEtFÇ ESPINEL UCH( al crgo dei c: fue i ]nt .rmovido u stparado o a uno de iqul sperior aegori, f '27unLione y rmunerac.i.ári y i esiec.i1 que si le reintegre un esn,leo, ct0 ip&.. . • per.ir t. Leor fncl.anes remunerción •de cu;.ón . de 'Yii ts para In tu"one!a Financir .prista Ón el Decreto 042 de 27 dé.. or.tubre. ': iS'E37 y ncrtaente alJuicio No. 19.462 de COORDINHDOR 5005---21 equivalente Por y remurr'ac:ión y Jeus a payar 1 . todos 1 o
de COORDINHDOR 5005---21 equivalente Por y remurr'ac:ión y Jeus a payar 1 . todos 1 o salarios d ejados de percibir incluyendo sueldos, primas de todo orden, subsidios bQnif icaciors aumer.tps de sueldos que se presenten,, vacaciones, quinquenios, subsidio fami1ir, etc desde la fecha en que se hi;o e'ectiva su desvinculación del cargo hasta aquella en que sedéct.mpl.tmiento efectivo al fallo de le jurisdicción que así lo disponga. "3a.--- Que igualmente se declaro que durante e lapso e que se contrae la petcián anterior, no ha e.isLido solución de continuidad para todos tos efectos legale y prc tacior les. -- cue se disponga también que la condena de que treta le pretensión segunda wW ajuste en su valor - tomandp como base el in .dic» de precios el consumidor o al ppr mayor como lo ' indica expresamnto el, art. iia dl Decrete 01 1984, ordenndc,so de igual manera el 1 pego de loe intereses comerciales, bancarios o ieba 1 s y moratorias, durante el término. en que permanezca cesante M .I.mandante cómo consecuencia de la e(pedicón d## aPtos tuyapultdad impetro. - Que a la sentcncia quil , , ponga fin a proceso se 19 ,1 cumpliffiienta dentro del termina pi-evísto en los arts.176 y 177 del C.C.A. Como hechos fundamentales de 1.a acción propuus ta: , so enlistaron en el 1libelo riemandator.to los siguientes
pi-evísto en los arts.176 y 177 del C.C.A. Como hechos fundamentales de 1.a acción propuus ta: , so enlistaron en el 1libelo riemandator.to los siguientes '1o.- Mi mandnte ingresó al servicio de la uperirstentJenci Bnc.e el t de marzo da en ,elcan-no,. de Visitedor r ontable 1, del cual tomó la debiçia posesión. - ACofl posterioridad a 1 f-ecb xndida en el hho arterir y comocon ecuenc de Fo excelentea serva.iios que desarr11aba ini mandante, la Super intenden. i lo aecendió en vat ae oportunidades hasta que f í.'~íaimen'tí# fu4 noidbrado y :pOseÍando como Pro'fesiona 1 Univ,ttario 02O-Q4 de la DiVión Cafetros 0I0. Dentro de Le fuuca.ones i.t hernte'. al empleo indicado or el hecho anterior, mi poderdante desemp&Çabt las queactua1ment arrespondn a un OORbtNiDQR -21 adscrito a 1t Sección de Vísitalo pare > Tnstituc -ione rinaririer., empleo este que çe açuerdo a 1 plrrIa d€- personal anterior dependia de ' la' Diviión ' de Inspección. .113 1oi,ci) f4o..i9,4c2 Esta df iritción u probar n el c.ur!0 d - l pro c:eso '4o.- Con íec:ha 27 de oc:tuhre de 1987 el Gobierno Nacional expidió, el Decreto 2042, por el cual
Esta df iritción u probar n el c.ur!0 d - l pro c:eso '4o.- Con íec:ha 27 de oc:tuhre de 1987 el Gobierno Nacional expidió, el Decreto 2042, por el cual estableció la planta de personal de - la Superintendencia Bancaria subistiendo al 1£ la División ch In-pcción a la que et.aba,adcrito el seor Espinel Roch de acuerdo la planl:a de personal anterior, pero ahora con la deromirac.ón de 'Direct::ió General de 1npecciór y Supervisión Especial para Instituciones F:inancieras' A dicha Dirección lé quedó adscrita a su -vez la 'Sección de Visitas para Tnst.i tucione Financieras' la cual debe desarrollar sustaricialmenle las funciones que antes
cumplía la 'División de Inspección' Con fecha 9 de nuvimbrc de 1987 ci Jefe de División Recs Humanos cocrunicó a. l seor. Gui11rmoEspineL PRoc -ha u--mediante el oficio Na.5017P. que 'mediante )reto 2042 de 27 de junio de 1987 su cargo de Profesional niveri tar io 3020()4 de la Div tión de teros, ha sido suprimidos lo cual trae corno conecuencia u ret.ro del servicio' , ir reparar la Superin tendencia Bancaria qu la S -c'.ón de Visitas paraInstituciones -Fjnanciers habiaquedado -incorporado en el carga que venía d€empeandn mi mandarte, es docir que los do
Superin tendencia Bancaria qu la S -c'.ón de Visitas paraInstituciones -Fjnanciers habiaquedado -incorporado en el carga que venía d€empeandn mi mandarte, es docir que los do actas acusados adolecen de falsa motivación en la edida en que el empleo no ha desaparecido sino timp1emen+t. que h cambiado de denominaciÓn Es lan cíerto ici anterior que toi:Jos los furcionarios o empleados que venían laborando en la Div.tión de Cafeteros açtualmente estan adscritos a la referida Sección, cumpliendo por tanto las mimas tareas o actividades que antes hacían con el c)t.ro nombre o denominaci.6n arimin istrativa Es F:rtinente -destacar en estos hechos de la demanda que el demandan te permnció al servicio de la Superintendencia Bancaria - por espacío proximado a los diecinueve (19) aFos, sirt interrupcón y que al proerirse 1 os act.ós acusados lo han lesionado gravemente en sus intereses sonales, famii jaros y prestacii.:nales E111 la m (i.r! en que ';r pudo cumpi .r con el tiempo requerido para poder - disfrutar de su pensión de jubilación. - "7o. -- F-»>r do lo :krb ter ior vo lici. Lo cor todo espeto al IL. rrihi acc;iu a las :ilicas de la demanda pr -- re::i.:1 ec:era.1 demandant. er sus derechos obj etiva y sub e Livamente considerados
espeto al IL. rrihi acc;iu a las :ilicas de la demanda pr -- re::i.:1 ec:era.1 demandant. er sus derechos obj etiva y sub e Livamente considerados Se citaron como normas transqredidas con la4 - Juicio No. t9..46$ expedición de los actos admin trtivos demandados, las siguientes: G.N.arta. 17 y 62; C.C .A. arts.F34 y 85 Tramitado Ql proceo'cqnforme a la ritalidad de ley, en su oportunidad el seor Procurador Séptimo judicial ante esta Corporación emitió su concepto de fondo que más adelante u, e transcribe como parte integrante de esta providencia en el que solicita, por las razones expuestas, se desestimen las p1icai de la demnda. No hallándoserazones qi invaliden la actuación, se procedea resolver la presente controversia, háciendu previamente las siguientes; CON StDERACiOt4ES: Se pide la nulidad del Decreto 2042 de 27 de Octubre de 1987 emanado del Presidente de la República por el cual se estableció la Planta de Personal de la Superiritenciencia Bancar.i y se suprimió el cargo del actor, y, del Oficio No.30917 JP133 de noviembre 9 del mismo ao, suscrito por e1 Jefe dcá la División de Recursos Humanos de la misma entidad, mdíaiite ci cual s€ le co tilur-t.i.có al demandante SeFor 8UILLFRMO ESPNEEL ROCHA, que por la supreción de su crgo de Profesional Utiversi.tario 3020-04
la misma entidad, mdíaiite ci cual s€ le co tilur-t.i.có al demandante SeFor 8UILLFRMO ESPNEEL ROCHA, que por la supreción de su crgo de Profesional Utiversi.tario 3020-04 de la División de Cafeteros quedaba retirado del servicio como consecuencia ic :i dcc lar :iones anteriore a titulo de restablecimiento del. Derecho, condenar a la Nación (Ministerio do Hacienda y Crédito Púhi ico --3uperintendencia Lancar-ia - ) a reirtegr arlo al mismo cargo que ocupaba o a otro "equivalente" de igul o superiorcategoria con todas las consecuencias ecbr,ómicas y d continuidad en la prestación del servicio que leçja imente ello implica5 Juiçic Np.19462 £3osti-n la demand quó con la expedición del acto acusado nu wlameni- %e infringen la s DC)r ,Alas Contitucionaleylega-les citadas er, el 1 ibelo, sino que incurrió en desviación de poder - y falsa WQtivación. Que ula devat.ión de poder alada ha dicho reiteradamente Ig Jurisprudencia y la doctrina, se tipifica cuando a pesar d ser expedido, el ato administrativo pnr un órgano competente., LOO contenido o manifeatacn de voluntad admiri istratíva , cumpliendo con Io aparent.05 requisitos ext:erno de forma, sin embargo, 4 contenido, los motivos y las finalidades que lleva impi icitos son totalmente jenc al orden juridi::u, a la realidad • a las cirrustaru::ia' de
ext:erno de forma, sin embargo, 4 contenido, los motivos y las finalidades que lleva impi icitos son totalmente jenc al orden juridi::u, a la realidad • a las cirrustaru::ia' de hecho 5y de der cha que .Lu determinan / en sí apartLtndue de las razoneá d derecho público que son us inspir ión a mejor que debn ser su inspiración pra peru.r u obtener fries torcidas, persoule o mezquinos de 10% cuales debe estar deprovito el ejercicio de la función pública y. para casos como el presente lacu1kad de ratirbdl setvicio de un erelente empleado Público .10 (f.2) Que, 1 comunicación que se le h,zo al actor et falsamente motivgd porque nc, ha, desaparecido, el cargo que él desempeaba como se afirma s sino que cambió su denominación por la de Cøord3.nador, 5005-21 adscrito a l Sección de Viit:aspar4 Institucines Ftnancieras (fs2.3 y 25) La entidad ac:.ionada constituyó apoderada para el proc o, perono dió contetación a la demanda ni alegó de conclusión. e.. Analizada la demanda y los dás el erwm tors proL.torios obrantes en el proceso se encuentra que med.inte el Dec:reto 2042 de octubre 27 de 1937, ci Presidente de la República estableció la nueva Planta de Personal de l.
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Super.tntendenc: :i.a l3ancaria' Que - en &øl;LLten;, c4u9d4 prirnida J-9. 46 2. dnto de dicha planta de erBonl 5pr€ró la totalidad de lo crgu de la Divi iwi ón da CM e 'ter-c.>s en donde se npeab el denandnt coíno jrotswnal Uvrtrjo i-'1 2` Cs - 0 4 y crgo que es taba n on t emp 1 adója en ~-la fjlat-j.t,-de perurl que 41ab ía
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e rsáÜa, y diriontL por cJereto 812 y 1.656 de 4poiicn Ieg al. Da , totidd de 'li4 dprtdéncii d : Çu 1. hacía parte el caro qwowpba l deøndant. lc y por lq isrn quedó el ictor del gprytcio coc;' lo fue. ttore de ser entidad rtjrado La crtuntnr.c de' t'abers -uprirniçi e] cargo del -tor así como, de 10 -cue cçnfrmabn 14 Eiivxión de cafeteros quedó demctida no pinte cc' t t<to d1 Decreto 20421$7 tn el que ya no apre tal fliv{tn compar wn CO l de lo pret y 16Y/76 sino la documenhlev i4tés a ful íos; 5 57y 44d I que e di co k..qtxtt: ca uprLrni.do5 par el Decreto refe.i.do lo cal i
la documenhlev i4tés a ful íos; 5 57y 44d I que e di co k..qtxtt: ca uprLrni.do5 par el Decreto refe.i.do lo cal i proç-r de sde apect.o ' d falsa ¡ti c› 'lbe1 4pque el detd3nte patent eftrincta, leo hidad telqprofiona1 y oporturlidd par m cupltr LOfl 1 plenario en rgos, ,ivaron tid3.c 1 w que no en e distinuió por t' up€rc 1 abovW% de l g, por 4 LtI a1 serr et i M4o d 1 nsltmoe incurrió n devttion de podar, pr curito tas razon dc,reç9 qJt., dternjnron no fuertin de ericíó públjf.25) rpeçto,rei terdaunt Ccrbrat ión si ntan laø a ah, m lo en la degnnda para ticer l dycn di poder , que e prect .demotrr!. de rnane fhcA.en contundenticua1e furr Ja5 rá.on€s cuit, torcicla3 et1e que. Pn d aua' íeLto, uio W3 nofftnado y que7 JUj..L10 No. 19.462 produjeron el retiro cii servicio del demandante con el fin de lograr desvirtuar la presunción c:ie legalidad que ampara el acto en que así se dispuso. En el presente caso no se acreditaron en el
produjeron el retiro cii servicio del demandante con el fin de lograr desvirtuar la presunción c:ie legalidad que ampara el acto en que así se dispuso. En el presente caso no se acreditaron en el proceso cueles fueron esas razones o causas ocultas que con tal relación de causa a efecto produjeron la expedición de los actos que se acusen y que desvirtúan la presunción cis ser expedidos dentro del marco legal y por razones de servicio público. La única razón demostrada para que quedara retirado del servicio el demandante fue, como quedó establecido, la supresión de la dependencia donde are tiesempeabe, ordenada ocr. el Decreto 2042/87, esto es por ón de la prnp a Circunstancia que se le hizo saber se le comunicó al actor, mediante al oficio No,50917 M1853 dei 9 de noviembrede 1.937 0.17) 17) pro sin que en el mismo en esta oportunidad la administrac:.ión: hubiera adoptado en forma definitiva determinación algUna relacionada con áu situación laboral Este Oficio, en este casos no tuvo finalidad distinta de la de darle enteramiento de lo decidido en el Decreto mencionado. Este Oficio No, 90917 de noviembre 9 de 1.987 aunque expresa la causa que originó la separación del servicio del: ac::tor, por supresión de su cargo y de la División donde lo ejercíal en moda alguno puede entenderse como aquella que decidió en forma definitiva la situación laboral del demandante La determinación que produjo le separación del servicio del demandante quedó plasmada en el Decreto 2042/87
División donde lo ejercíal en moda alguno puede entenderse como aquella que decidió en forma definitiva la situación laboral del demandante La determinación que produjo le separación del servicio del demandante quedó plasmada en el Decreto 2042/87 que suprsc4i'riió la División de Cafeteros y por ende el cargo que desemreaba dejándolo en situación de retiro8 Jua.c:io No.19.462 El Oficio No..5091.7 del 9 de noviembre/87 emanado del Jefe de la Di, islán de Recursos Humanos de :i Superintendencia Bncria np tUVO finalidad distinta en ,éste casa, cjnO y. se di j o a la do, Partirle conocer t:jeandantey, lo ocurrido como cCDflSeuefl.Cia del anterior ordenamiento. E n és en ningún modo quedó pl mad.a r& etru t urar.on dl Mirl 1 sterio " la nominación çjr dr las Dependenci...cargos que • continuaron esistiendo en la ,Planti¿dí IUSuperintendencia Bar1crk stiio que cumplió con l obj Pt] vn de entçrctr al ac tcr di la tiericiári de -.upr al respecto qadoptada en el D'ecro 2042 de]. 27 de octubie c] e..-! 1987 • k Ial Oficio se rontituyá simpilemente en el acto de comunicación o oc irfcjrmción de lo decidido en e] Decreto mul ti refr y dr, así.. rorn 1I u'.ectcje Sindo per lo milmuk Ial Oficio se rontituyá simpilemente en el acto de comunicación o oc irfcjrmción de lo decidido en e] Decreto mul ti refr y dr, así.. rorn 1I u'.ectcje Sindo per lo milmu- "o pi,. 1 c. i.abl . trayendo l!o10 cert en rl a su 1 mnu'jnarinr quep -n este peCtaq lEt dffindt açlolp'ca de "ineptitud sucttnt.sque condue a derecíar la resppct.vs súqVicab abn ten Másenllaraisma í nalmente 1at?q advierte q1 no es lo reç.to1 porque n& ce dernostrL irunstana d qu'é,, en los cargos que sublístiergl en la Planta d - rsonai de —,ja S'.nr ini rdr ra.- Bancaria 'i existen equ.i JalncLs rç del cargo dl 'cual •fup retirado e] actor, s6famAte que le cambiaron cambiaronu de dennmiraton puro conservando en esencia s& identificación con el c..artío de Profcxonl Universitario f) )411 y por trto e l5te f1a moL1.v4L1n Pór. él, cntrtrioeI± demotr que el Secretario Geural de. DE-par1amentc AdmLnistrt1vo del bervicir, Civil e t fcónqu obrf 4i10 7el .nform tivo .d rep cto dL' u •i-, •.. • existe• •nC)rn' e liendo. , •1 OLIe9 Juicio No 19.462 equivalencias. para efectos de incorporar a los
rep cto dL' u •i-, •.. • existe• •nC)rn' e liendo. , •1 OLIe9 Juicio No 19.462 equivalencias. para efectos de incorporar a los empleados de Ja Superintendonela Bancaria a la nueva planta de personal fijada por Decreto 2042 de 1.987, "3. Que no se encontró empleo equivalente en la actual planta de personal de la Superintendencia Bancaria fijada por el Decreto 20424e 1987 con el empleo do Profesional. Universitario có di go 3020 grado 04 de la División do Caf oteros de la anterior planta de personal 'Lo cual indica que tampoco tiene prooeridad este cargo pues no hó cierto que haya carnb.iadc de dnbm.inac.iór par el. de Coordinador 5005-21 adscrito a la Sección de Visitas para instituciones F.inanieras como se sostiene en el libelo. No prosperar, entonces. los cargos endilgados a los actos acusados. de estar in cursos, en su expedición, en infracción a la normatividad citada en E.i libelo ni en desviación de pqder s ni en falsa iit.ivaci; irrponirdcse, como consecuencia, le denieguen las pretensiones contenidas en la demanda.. ... ..Conclusión a la que igualmente llegó el sefor Procurador Spt.imo Judicial de la Corporación cuando al omitir su concepto do fondo dijo "Pinte todo, de las normas citadas corno . violadas., y Concepto de Violación _~se ve por juá tenla que sor anulado el: Dcretó 2042 de 1.997 i nue
omitir su concepto do fondo dijo "Pinte todo, de las normas citadas corno . violadas., y Concepto de Violación _~se ve por juá tenla que sor anulado el: Dcretó 2042 de 1.997 i nue ostabieci5 la planta de personal --qenricamentede la Superintendencia Bancalial Por ,Lo tanto esta primera petisión debe ser rechazada "Queda por analizar 5i >es posible anular el oficio No, 50917, JP 1853 de 9 de noviembre deL 987.. "Para analizar tal cuestión, os importante transcribir su parte fundamental que dice "Me permito comunicarle, que mediante decreto No..2042 de octubre. 27 de 1087, - cargo deProfesional e Profesional Universitario 302g-...g4. de la División de Cafeteros, ha si,çio suprimido lo ctal trae como±0 Juicio 0.19.462 ccDrsecuenc:ia mu, ritiró del servicio a partir de la fecha el '2 rtud d Lo dsues en el numeral lo çj» sc Subraya). Que dice dicho rkmerai , lo siguiente `Art.ic..do 244 - Los efectos de la Sunresián de un eff,Dl ea de carrera son .1. Creación (léase cesac::iórs) def:i.nit.jva de funciones de persona que lo desempea con carácter- "De lo trancritp se concluye que, comó el acto era un empleado ra inscrita en carrera., el hecho de habérsele suprimido el empleo, conlleva la cosa ci ánade iiitiva desus¿ servicios. Que se ir
"De lo trancritp se concluye que, comó el acto era un empleado ra inscrita en carrera., el hecho de habérsele suprimido el empleo, conlleva la cosa ci ánade iiitiva desus¿ servicios. Que se ir Suprimió él empledi,no queda la rnnc.r duda, pues desempePando eL cara de Profesional Un¡ versi t.ario de le Di0si6n't de Cafeteros (011 de la División de Inspecc.jón coma parc darlo a entender la demcino al suprimirse Ten la nueva planta de. persÓrr1, rstr uctu rada en el DF c r to jp42,, l Diviicn de Cafeteros, ohviamnt se sprim, el cargo que iesemléAaba , en División Por el lo. estuvo b'±én la irvocaciç5n que en el ofció 00917.,, se hace"de! 7 articulo 244, numeral lo ,,del ,)eretc 1950 de 1.973, sin que se pueda habiar, pd lo tanto, de falsa motivación como lo plantea la demanda (ver, edemas, folio 57). - -"Por lo demás no debe olvidarse que el actor no estabr e cal,tfpnado en icálrbka, / par ello P9 tiene derhci 'e tue s€ le nQmL'rar in otro nplrclo que 1 'e >jrCIVÍ yolo paras está lafur dov on el articulo 2441 numeral 4 del Dei'eto' 2400 de 1.973 5 y 48 dei Dcreto 2400 de - En mérito dé 10 euesto. Tribunal AdrninistrativQ de Cundinmarca Spcci,ón'Sequndq Sub—Sccción
y 48 dei Dcreto 2400 de - En mérito dé 10 euesto. Tribunal AdrninistrativQ de Cundinmarca Spcci,ón'Sequndq Sub—Sccción D, adminístragddp,juptlFia Any 9omDre Je la República oc Colombia y por aútoiídad de le Ley; Denióoarse las ptic1ohes formuladas en derienda. - c:c5piese. notifíquese, Comun iquose, cmplese y en firme esta providencia, archívese el expediente.'3