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TA CUN - 88-D-4546-(16-09-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 88-D-4546-(16-09-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

CONCILIACION JUDICIAL - Apróbaci6n 'fR i BuNpt. gUMINISTkOTIVO DE CUNDINAMARCA

SECU ION TERCER(i

Santa Fé de Bogotáp D.C. , Septic?brc: diec.iei' (10, novecientol noventa y tres ( MAGISTRADA poNgti": DRA NAR r . ELENA e i RLDO GOME: z REF E>iente Nc:

DEMANDANTE: ISABEL MEND 1 VELSO BU 1 TRAGO Y

OTROS,

I. ANTECEDENTES..

A r'aiz de .1s heridas sufridas ,por el menor ERNESTO AMORES SILVA MEN IVELSOI el día 23 de JLknln ct€' 1986. - E't'i la Calle 388 4 4-E3 Este-», a—consecuencia de lós diaros rec.iidos de, arma de fuego do dotación nf i cia 1 presentaron demanda para ante esta' Ccrporcióri el día .18 ce Junio de , 1988 -folio 14 del c:uaderrt. '.1 la seí nra ISABEL MENO 1 VEL SO BU 1' 'rr'co en nombro propio.' €m. el de. su menor hiio ANDRES SILVA y el seÇc,r LUIS ENRIQUE 3OME2 áANCHEZ. quienetadu eron la calidad dé madres y padre de lerianzn, respect.ivamer'te, pidiendo, declaraciones y 4cDndEriaS en contra de la r-i. :t nw COLOMBIANA (MINISTERIO r:

DEFEN3PvF'OL 'fC 1 A NACIONAL).

C:ofnc mnd€emn 1 ::aci5n se roc: 1. im6

DEFEN3PvF'OL 'fC 1 A NACIONAL).

C:ofnc mnd€emn 1 ::aci5n se roc: 1. im6

A. A favor de ls seorr:'s IFABEL. ME:Nr)IvE:L.o Y i.uis FNR ICUE CiOMEZ SANCI4EZ el pago de I:::'er..I1(.1 c:s morales y materiales. 1 Como per j ui e io moral se solicitó para cada uno de ellos el valor de 1000 Oraifios oro.2. El perjuicio malarial SE hizo consistir en los gastos rrcd..os en aue tuvieron que i.rç:L'rr.ir aquellos dirigidos a conjurar la le siói' del menor, 1 cs cuales estimaron en la suma de 5500.000 y el valor del proceso incluyendo los honorarios del aboado El A favor del menor ERNESTO ANT)RES SILVA MENDIVELSO, se solicitaron también par U.iCLOS morales y materiales.

1. El moral: se cuantificó e'ri 1000 oramos oro a la facha de ejecutoria do la sentencia.

2. El perjuicio material se hizo consistir en la. oLrdida da la integridad personal del menor a. consecuencia de la lesión lesiún recibida ar la columna vertebral nos' le causó la invalidez definitiva, "..en la cuantía que resulte de las bases:. demostradas en 5:1 proceso". (Véanse folios . y 4 dei cuaderno

1 Como fuente de la responsabilidad eX tracontrac:t.ua 1 se indicó hecho administrativo, consistente en OLla el día 23 da Junio de 1986, aproximadamente en la Carrera .3b No. 38-04 Sur

1 Como fuente de la responsabilidad eX tracontrac:t.ua 1 se indicó hecho administrativo, consistente en OLla el día 23 da Junio de 1986, aproximadamente en la Carrera .3b No. 38-04 Sur da Santa Fé d, Bogotá, agentes dé la rPolicía Nacional que estaban en oersacuc:ión imprudente resultando t1ErIri 1 VEL.So . herida que de unos1elincuentes, dispararon en herido, ci menor ERNESTO. ANDRES le causó la invalidez absoluta. lo r Ir a SILVA

II. LA CITACIÓN A AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN Da acuerdo con ].c estipulado en el Decreto 171 de 193 mediante auto de le: de Jul .Lo de 1993 -folio 193 del cuader'nb se citó a tas sartas a la audiencia de composición del. litigio. L.Leoada la hora y fecha se hicieron presentes Las apoderadas de las partes actora y demandada con expreso poder para conciliar. motivo por el cual al dspacIi le.s r'econc:'ió personería adjetiva; pc:ster,ir-menta manifestaran tener ¿rimo conciliatorio, pero conj untameri te solicitaron un aplazamiento de la diligencia! el despacho saiaió como hora y fecha el día 9 de Septiembre del aÇo en curso e las ocho da la maana

III. LA AUDIENCIA DE. CONCILIACIÓN.E3-D4t4, Esta SC? llevó c:abó en el ciiüac:ho de la Mao it.rada c:orUuc:thra del proceso el diii 9 de Septiembre de 1993.

Esta SC? llevó c:abó en el ciiüac:ho de la Mao it.rada c:orUuc:thra del proceso el diii 9 de Septiembre de 1993.

En Audiencia de c: nc1 1 i.tc i.C::n las partes acordaron conciliar: en forma absoluta todas Las pret.eni.ones. procesales de la siguiente manera: Los perjuicios mnrales en el 's'ai. or de DOS ti i L. eF(MI:is c:tpn EN EL. VALOR DE PESOS COLOMBIANOS DIJE DERT 1 E cuE: El. BANCO DE: i...; REPUBLICA PARA EL. Di A DE: Hcry' •SEPT 1 ENDPE 9 DE1993. distribuidos asi Para el menorERNESTO ANDRES SILVAMENDIVELSO, i 1 (W00) i'Fit'IIi3' oI:;ç) 1 'PARA ISABEL Ml ND 1 VELSO F::i .ITPAGO L.• SUMA DE QUINIENTOS GRAMOS c::Ro'' "PARA LUI9 ENE i OUE EDME z SANEHEZ QUINIENTOS sRcr4c:)s c:Ro El valer patrimonial loarado en este concepto de hace en las condiciones respectivamente de la víctima de la actividad administrativa demandada.. de ma:ire de éste y de padre de crianza de la víctima. En cuanto a 101 peri ni ,materiales se reconoce a favor del menor Ernesto Andrés SílVA Mendive .1. so lo suma de DIEZ MILLONES DE FEsoS atinentes a 1. claPio luturo cierto ocasionado por al ejercicio de una acti\'iciad peligrosa. que dejó con pérdida de la

SílVA Mendive .1. so lo suma de DIEZ MILLONES DE FEsoS atinentes a 1. claPio luturo cierto ocasionado por al ejercicio de una acti\'iciad peligrosa. que dejó con pérdida de la capacidad laboral a aquel Las partes convinieron que las 5UífiçS líquidas del anterior acuerdo Patrimonial, ganaran intereses comerciales corri.nntes dentro do tos seis 6) ireses. siguientes al auto de aprobación al acuerdo conciliatoria. e 1 nteress moratorias desde el ',en:irnierito de éste t.érmi.rio hasta su cancel. ;ción" Véanse folios 201 y 202 de] expediente). Faro resolver se..

III.. CONSIDERACIONES: Corresponde a la Sala de la Sección Tercera del Tribunal.

Administrativo de CunrJinamarca. pronunciarse sobre la CONO IL.. tAO I6N JUDICIAL iDi AL. logrado ar t.re las partes de este4546 oroce Es o

A. La conciliación, judicial, es a t.ririno de la lev solución )bi'e conf 1 ictos de crac::ter particua a y c:onterixdo

Qatriic: r:.1

que., se veriti lan ante la. Jur :isdicc.:ión Adrnir,.ietrativa miante las acciones fJrEvista €n los articules 6 y 87 dei C.C. A.. . es cíe cir dOnçi E4 se c:ontrovi€. a la r€sponsah1. 11 dad at'ac:cntractual o. •cnt.ractual del astado. (Decreto 265.t de 1991

C.C. A.. . es cíe cir dOnçi E4 se c:ontrovi€. a la r€sponsah1. 11 dad at'ac:cntractual o. •cnt.ractual del astado. (Decreto 265.t de 1991 en arfonía cori el . rt iculo j.c:: del Decretb Fci:t. amer.t.ario 1.71 de 199%) Lá . o 1 uc:i n c:: c::ompc:si. ci.ón cJe 1 cc::n 1 1 c:to es rnariif ;tac..ón de ve .1 un L de las partes procesa les. ante el respectivo Nacii.trado ( Artíc 11 lo 3o. i:ncio 3o . de.l Dec:ret.o f1 tar.i o 17.1. de 1923

B. C Ti mc:.,i arcb:ión c:: i.niprc::ibarión dei acuerdo con liator.3.o total o parcial a comc: la declaración do terminaciÓn del proceso cuando haya luear a el 1. e. p r ac:uordo serán .jrofrjdas por la correspondiente socc..i.ór de].

Trina1 :Ad 1mnitrt1'0 pro c::ede la Sala al an1Ll isis do la capaç.:idad para ser parte > la capac:idad para comparecer a conc:i 1. ia# y • la ip.iti.mac.içn en La

1. Capacidad para ser :paté:,.

En el suLi ii: o ., fiquran cio su.etos procesal es por activa uriae personas ñatura1 es y por a parte pasiva.

1. Capacidad para ser :paté:,.

En el suLi ii: o ., fiquran cio su.etos procesal es por activa uriae personas ñatura1 es y por a parte pasiva.

ur1:.,érsr-na j uy d i c a dc d rr ho pubi c ro NAÍ 1 N 1 MINi S 1 RIO PI Fúnue pUes lo ex .ic ido por el articulQ 44

2. La capacidad para. comparecer:

a. La parte actora está: conformada por un litiscorsorcio facultativo, integrado por tres personas, dos de ellas mayores de edad. Estas tienen, capacidad para conparecer directamente al proceso —los seores ISABEL MENDIVELSO. BUITRAGO Y LUIS ENRIQUE GOMEZ SAt4CHEZ—., en tanto que el menor ERNESTO ANDRÉS SILVA MEÑDIVELSO.P carece de tal capacidad, pero se denota que vino debidamente representado por su madre la seora ISABEL MENDIVELBO BUITRAGO. Además la partedemandante, corrir'arc:ió ali:.D4346 proceso debid't.e representada :r mandatario judicial úrii.co con poder e preac: para c:..: i 1 .ar .. (Yase folio .1.95 del c:uçciernc:

A. E:] cir\nctado Nación Colombiana, tiene. inaiscutiblemánte, capacidad para comparecer¡ su reesent.ante legal, c:on f .L ró por e:. preso para la composición -por' COnci 1 .ación-- da la 1 it is ( Vase folio 196 dei uaderno 1

3. La legitimación en la causa: los sujetos conci .1 lan tes .. son perEonas a las cuales la

COnci 1 .ación-- da la 1 it is ( Vase folio 196 dei uaderno 1

3. La legitimación en la causa: los sujetos conci .1 lan tes .. son perEonas a las cuales la Ley, da voc::aciór jurídica por activa y por pasiva, para formular la pretensión procesal y c:uoc:snrsE a ella respectivamente. a Por activ La parte actora está integrada .tc:: r 1 itisconsorcio facultativo, forma= pór el menor SILVA MEND:l. VEL.90 ......SLI.3 et.o pasivo de los hechos cXL:.' :i etc:: de demandaTi madre y su padre de criania. Para demandar fueron alegadas dichas calidades y observa esta Corporación que éstas fueron demostradas en cl proceso.

b. Por pasiva: La ¡JÇ.:r: 1 fN C;€L_f1E 1 Ni; , esta legitimada en la causa por pasiva, en razón de nue de ella se predican las conductas enti. j ur..d:Lc:as

C. Exámen de si la conciliación loqrada puede hallarse viciada de nulidad absoluta, o si resulta lesiva para los intereses patrimoniales de la administración.

1. La conciliación de lo sujetos procesales,, en este caso, no está afectada de NULIDAD ABSOLUTA, nues su objeto. causa, y requisitos que la ley prescribe para su valor, se adecuan a. ella; acie'riiás quienes c:on c .l i an no son incapaces absolutos (Articula .174.1 de]. C.C. - En .c::uantc:, e].o.bjetoL conciliación de

adecuan a. ella; acie'riiás quienes c:on c .l i an no son incapaces absolutos (Articula .174.1 de]. C.C. - En .c::uantc:, e].o.bjetoL conciliación de conflicto de carácter particular vcontenidoSU-D-454¿ patéisonial está prevista en la Le' Ao i.fr..ím:) licita. ~usa s la conciliación es F'ara la val idea: de 1 a conci 1 i.ación 1 a ¡ev ha exigido ta.bior como indispensable. ella se haya 1 oracio ante el magistrado Ponentep ello asimismo, So ha cumplido. L_ir e ..Ji_ ad domandade no SE ].es.ionE•n La conciliación versó sobre :ics por j u : dos materialel y morales, qu€- tienen como fuente e 1 hecho administrativo objeto de la presente demanda. 'i observa esia Corporación t.t..e los valores conciliados son muy inferiores a las so 11. ci todos en el libelo de demanda. En electo. se solicitó L.OIt,0 indemnización do:L perjuicio ir;c-a:L ocasionado • El valor de 3.000 Qrair,CDS oro y -En la conciliación e-fectuada Se reconocieron únicamente 2.000 gramos oro por aquel concepto, 1000 gamos oro para el menor SILVA MENDIVELSO.. y 300 oramos oro pata cada uno Jo los padres madre y padre de crianza, respectivamente-. As:Lffi;mc por concepto do indemnización de perjuicios materiales. Se 11 eoó a acuerdo, en una uma interior a la que t.endri.a el ineror,

madre y padre de crianza, respectivamente-. As:Lffi;mc por concepto do indemnización de perjuicios materiales. Se 11 eoó a acuerdo, en una uma interior a la que t.endri.a el ineror, teniendo en cuenta el sal ario iiriimc: legal viponte paro la c.c:nç:i 1 .iación a la-edad probable ciovida. Entonces. de conformidad lo anteriormente ex puesto se colige ihelud :iL:i omente quo la administración no sufre lesión patrimoniWi Fr.r lo elpuesto se

R E 5, u E L y E

PRIMERO.- Ar.: :.rubase la conciliación TOTALlograda, OTAL. loorada• que tiene el carácter de cosa juzgada, entre LA PARTE DEMANDANTE: SEÇORES LUIS ENR 1 QUE c-uME Z SANCHE Z e ISABEL8 ic; 1311.3 1 TR(C) en r. çr r —, k.:j i ii hre pr o Di O '/ 'fl E:..!1 re z? r, hj i o FNETO ­W YA VA ME:ND i)FL.SO ) y la NACION

COLOMBIANA (Ministerio de Defensa Naciona1Po1icia Nacional). SEGUNDO.- Por 1 ecretar í&. d 3, Z71 Sec:r..ón se e• Dec . r c:oi .a c. e est.a n r ví d n c J. a ron dest...no 1 ¿s h.prçdo trea. i ór sobrz..........1 E t idónea aira ac€r Efec:t.i vO 10S

h.prçdo trea. i ór sobrz..........1 E t idónea aira ac€r Efec:t.i vO 10S TERCERO.- Como ccn€:enc::. de 1 o nurnera i. es anteriores se dcc 1rL. TERMINADO EL PROCESO ( ArroE:,ci en e' Ón de 1 . f•j• Acta No, 42) MAR JA ELENA t 1 RAL.DO ECME Z 11a g ist rada .lE:c:ToF AL..V(EEZf,J:1: AM ( ERO DE E.Sc.OEAR Mic.istrado . Fre .identc Ai 1 N kIEPFFA ARF:i3Si FAF. :r oi c:)poz C:O DE l'laniEt.rado M.çiistrada

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