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TA CUN - 8819505-(06-05-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 8819505-(06-05-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

i.CTO PRESUNTO DE PETICION -Impugnacj6n ¡CADUCIDAD DE LA ACCION ¡SUBSI-DIO FAMILIAR DOCENTE

TFIBUIsl ADPIXNIBTKATItJO DE CUNDIM'IAFC SECCION SEGUNDA — 8UBSECCION NAN ,~saF-ltaf4 de l3ocsot. D..C.. M'o Seis (061 de mil novecientos noventa y cuatro t 1994). Magistrado Ponente i Dr. Taricio Cáceres Toro 1!' R E F E R E Pi C 1 A $ E;ped 1, er )€ 1,4 c) )ernarsdadcs Lonti'ovprsia:

88F<ENTERI RA$I1REZ RUF3ERTO

Naciónr1irE.ducaciór. Nacional. SUBSIDIO FAMILIAR DOCENTE Reso1uc.ones Miriister.iale ROE/EF-dO RENTEk1-i RAMIREZ. identIficado con la C .C. No. . - ¿O . por.- ir,tornsedio de ooderado. en ejercicio de l a ac c::Lór do rethieciiiient.o del derecho. en Febrero 05 de 1988 ores en ó ..irsnd ccr t.r a la í'hf. FON ( M torio do Educ.tcion Fc:iona 1 con ç:cas . Ón de la c,t,isiór, de la cetíción alaria1'- ores Laci on de O ciembre 11. de 1984 dando lugar a la actual con t.ro versia ciue se decide en esta providencia.

ANTECEDENTES

A. LA DEMANDA Y SU CQ?TNIQ.

Laci on de O ciembre 11. de 1984 dando lugar a la actual con t.ro versia ciue se decide en esta providencia.

ANTECEDENTES

A. LA DEMANDA Y SU CQ?TNIQ.

LAS PRETENSIONES on las iouientesTRIBUNAL ADII DE CUNDiNAMARCA - SEC. 2a - SUBSECCION flAN

EXP. No. 88--1905 HOJA No. 2

Primera. Declarar que en el Cau subiudice se ha operado el ?rsomeno del SILENCIO ADMINISTRATIVO, por cuanto el Sr Ministro de Educación Nacional NO DIO CON1ESTACION A LA PE FICION oue en nombre de mi mar;dátr. te radiaué el día 11 de Oiciem ante las Oficinas del Hinister io de Educación t'laci.o fla 1 eo.nda. Declarar ciue es NULO EL ACTO ADMINISTRATIVO PRE SUNTO contenido en el SILENCIO ADMINISTRATIVO aiud.ido-.; proveniente del sr Ministro de Educación Nacional al no dar contestación a la solicitud formulada dentro del término de .Le Tercera. Condenar a LA NACIOt$- MINISTERIO DE EDUCACION NA NACIONAL al pago del SUBSIDIO FAMILIAR aue corres nonda a ml ooderdante, por cada una de las pesonas a carao. con l CA de lev o sean tres anos hacia atrás desde la fecha en que se h.i:o la sol.icttud para aootar la vía gubernativa y hasta que su poo se haga nor conducto de una CAJA DE COMPENSA ClON FAMILIAR. c:uart a. Condenar a la derdada al pauo del subsidio fami liar, objeto de la oresente, al tenor de la Ley 21

y hasta que su poo se haga nor conducto de una CAJA DE COMPENSA ClON FAMILIAR. c:uart a. Condenar a la derdada al pauo del subsidio fami liar, objeto de la oresente, al tenor de la Ley 21 del 5 de febrero de 182 f articulo 86) Uuinta La Nación' Ministerio de Educación Nacional dará cu'ip 1 imiento ilq1 fal lo dentro de los términos de LOS HECHOS se pj an tearori así

1. Lii poderdante es docente al servicio dci Ministerio de Educación Nacional en el Distrito Especial y su rela c:ión laboral se ha mantenido sin solución de continuidad durante tos aros • yo ubs id.ic. fam ti iar se demanda nte las Oficinas del Ministerio de Educación Nacional Fondo Educativo Realortal del Departamento de Cundiria marca se RADICO LA SOLJCILUU øor la cual se pidió afiliación de a Entidad a una Ca jw de Coaipensación Familiar y el reconocimien -t c, pago del 519351010 FA'1lLIAR insoiuto. se interrumpió la pres cripciór, se aootó la vía aubernati'a. ' han pasado más de cua tro fflin recibir, resauest.a neoando o aceptando la reclama

1. H la el mo,&ento mí ooderdan te r,o esta afiliado a ninauTRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA - SEC. 2a - SJBSECCION A" EXP. No. 88--1905 HOJA No. 3 na Caja de Compensación Familiar para que p or su conducto se le reconozco el derecho el subaidio' familiar por las personas a cargo acreditada.

EXP. No. 88--1905 HOJA No. 3 na Caja de Compensación Familiar para que p or su conducto se le reconozco el derecho el subaidio' familiar por las personas a cargo acreditada.

4. For ¡¡-la aAoa que se rec 1 aman • mi poderdante ha llenado satisfactoriamente todos y cada uno de los requisitos exigidos or las normas legales. en particular La Ley 21 de 1982citadapara tener derecho al pago del Subsidio Familiar. • En ti irtoar, momento la úeandada ha actualizado la Hoja de Vida de mi mandante con miras a cancelarle lo corres nond Lente al Subsidio Familiar. " 01. 5 exo • EL ACTO ACUSADO. En ej.sub-Iite se trata de un acto presunto negativo. consecuencia do la omisión de la Adminis tracior Distrital do resolver la petición prestacional que la Par te tctora dice lo formuló en Dic. 11, 84. Al oroceso y para dar fundamento al A&&O PRESUNTO se arrimó"copia" de la petición pre sentada en la mencionada fecha (fIs. 2 a 4 e4o..

NORMAS VIOLADAS Y EL CONCEPTO DE LA VIGLACION. - Las normas violadas que se consideran quebrantadas con la actuación administrativa acusada son los articules de las disposi 'cneasiguientes: De la Lonst. Na 1 ( 1 a dei D. L. 249,57 2o) del D. JW57 i 7o. z de la ley 5,71 llov IM el D.L. 2277179z la Ley =182 ti. 5 El concepto de la violación aparece esbozado a continuación

del D. JW57 i 7o. z de la ley 5,71 llov IM el D.L. 2277179z la Ley =182 ti. 5 El concepto de la violación aparece esbozado a continuación es v.iib1e del tollo 6 a 7 del libelo.TRIBUNAL ADPI DE CUNDINAMARCA - SEC. 2a - SUBSECCION TMA"

EXP.. No. 88--I905 HOJA No. 4

LA CUANTIA Y LA COMPETENCIA. Se menciona cue el it iburial Administrativo es coapeter.tu par. conocer de la actual controversia sin mencionar la INSTANCIA y dice que [a cuanta es de $4( Oi.00 con la siouiente fundamentación Par,¡-'t establecer la cuantía se cuentan tres aos hacia atrás a partir de la techa en que se agotó la vía gubernativa Ni de ahí en adelante el lapso transcurrido hasta la fecha de presentación de la demanda. Scmultiplica por dos la cuota más alta mensual por persona a caroo tuC se aa pagado se esté papando en el Der.artamento. En total es $:,4O.8OO' ti o .

B. QL PQCESO LA DEMANDADA en el. caso sub-lite es la NACIONMI NiTERIO DE EDUCACION NACIONAL que tue vinculada al procesos de signe) su Mpoderdo. quien CONTESTO LA DEMANDA donde = fuera de la defensa do sus intereses = formuló EXCEPCIONES (fls.14 a 16 exp).

LOS TRASLADOS de lev se surtieron. En .1 primero" LA DEMANDADA insit.o en las e4cepciones pro adem advierte uue se da la CADUCIDAD DE LA ACCIO de

LOS TRASLADOS de lev se surtieron. En .1 primero" LA DEMANDADA insit.o en las e4cepciones pro adem advierte uue se da la CADUCIDAD DE LA ACCIO de otra Darte. analiza la normati'.idad de la prestación reclamada t15, 85 a 67 e>p.. LA PARTE ACTORA guardó silencio. En el "segundo" el MINISTERIO PUBLICO par intermedio de la Procur-aduria Quinta (Sa. en lo Judicial se acoge a la jurispru dricia del Tribunal sobre la materia v cita. a manera de ejemploTRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA - SEC. 2a - SUBSECCION flAN

EXP. No.. 88--19505 HOJA No.. 5

Li Sentencia de Marzo O5/93 de la Coroorac:ión en el Ex. 1931 :onc5oner -ocia del. Dr. Arcincis A. fi. 72 Ahciri. cumplido ci tramite de 1e' in que se obser .e cu 1 . tun de nul dd oroces E.. la Salaprocede al estudio do 1 ¿ cur troves - si medinte 1 siou.i entes CONSIDERACIONES 1 Droblema iurdico central en ci sub--lite se timit& inici1inta det.ermirsr si el acto acusado (DENEGAC1ON DEI.. PEi::or:jc 1 fi E E14 TO1 F'A;o DEL SUSS.1010 FAN EL LAR DOCENTE de Jiii ;4C.t"C)r.aiaJusta o no . derec.hc) teniendo en cuentt los rocs u cu.'s les de nu1ciór oue en su contra se proponen

de Jiii ;4C.t"C)r.aiaJusta o no . derec.hc) teniendo en cuentt los rocs u cu.'s les de nu1ciór oue en su contra se proponen en ia desnandío t 1.s oruebs vl 1dv 000rtunmentc arrimadas al é4tiora. en caso de crc ,sç,erar i.. nu 1 idad del acto acusado corrsoonde entrar a conocer de lai demás pretensiones formula das. jXGRUCiongs y Sítufficiones øceotiva. En la Con testcirs de la deinrda se propusieron las de INEPTA DEMANDA POP FAL.F DF FEQ$UE1OS FORMALES (Con.:epto deviolación) í LA DE CAD(J C1DAD DE LA ACCION; despus. en el Aleoato de Conclusiones insis lió en la de Caducdd fIs. 15 1 cp.TRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA - SEC. 2 - SUBSECCION "A"

EXP. No. 88-19505 HOJA No. 6

La Caducidad da la Acción. demostrado que Im Fr te Ñe:tor. re:cini u presunto derecho en Dic • 11/84. k •fl .2 4 1 der t i rnue laxAdøiLnitrción vio au acilicítud -i ncio dí,inist.rativo de petición EJERCITO LA ACCION CON TENCIO SO Mí.F1UIIS1EML [VM Lert.inente isedir,te preentción de la demanda en Febrero 81 • correncndiendoahora estudiar i se o no t €:iduc.jdd prconsddt.

SO Mí.F1UIIS1EML [VM Lert.inente isedir,te preentción de la demanda en Febrero 81 • correncndiendoahora estudiar i se o no t €:iduc.jdd prconsddt.

Fue bin. n.rt.ir de M.r: o 01/84 entró a reair el c ror i el HUEVO Í-E 01 MEH 1)E ACCIONES CAD4JC 1 • •. e tia en ok:.r prov . derciii , la IMPUG NACION DE ACTOS PRESUNTOS DE PETICION no estaba exceptuada en cuanto término de cducidd, por lo que., una vez habilitado el nteredo er .i.muunr 1 comen zba, correr dicho término.

Lcnc h nt eLi.do en inu1t.p1e rovidencia el D.L. No., 8 -Lt DE 1 EPN 1 NO s [MIs L. i DM1) it c:uMLuuIE. TIEMPO DE IMPUGNAR EL ACTO PRESUNTO DE RECURSO mero nid dipuo respecto del ACTO PRE SUNTO DE PETICION nor Lo oue, la excepción no podía extender su efectos al último acto mencionado, el cul quedó sometido. en C C, 1, cuon c i 1 VE 01 IIEli DE C;ADUC 1 DMD DE. LA ACC ION PE R1 1 tIEN! E oue. cr el co cJe uio. es de cutro i) meses. Entorsce, el t.rmiro ínenc1or)do corr Ía desde laopersnci, del fenómeno del i,

oue. cr el co cJe uio. es de cutro i) meses. Entorsce, el t.rmiro ínenc1or)do corr Ía desde laopersnci, del fenómeno del i, ent, o ádm.n .s tr Li c c:orresnoncl ien te ; en cuanto dicho acto no p.ibie de recurso obi 1 ct.orio en 1 \éia ciutiernativa esta biecLdo en 1 Mhor.. frente- .a bite feromeno. es d€cir • de Im CADUCIDAD DE LATRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA - SEC. 2a - SUSECCION HAH EXP. No. 88----1950 HOJA No.. 7 iufJ el Jt'e: eta hbi 1 itado oara dec.1 ararla orobada. a a rr ue to e e 1 or C)CC EE O .. e S puede hacer (o. de C1Ctai al tenor de; art.. 1 ,i>A del L.L A. o 1 f a í 1 i I. • zie a rí ci t a • que ea t.u.a: ior, fue c r i. f Lcad un i ti cada en €1 art. 23 del Dcto L. 23o4/. oue utituvó el art t3del L.L.A... donde para 10005 LOS ACTOS PRESUNTOS (de peti ción e re.ro c deterrni.nÓ la Elaulente reala atinente a la LADIIL 1 PAf) DE LA ALL ION 'Si ac demanda t.in acto pre.nto • el tér íuno de caducidad sera de cuatro t4) mesems. contados a partir del di a ioui.ente a aouei en ciue EC corvfLoure el SILENCIO NEGATIVO.II

íuno de caducidad sera de cuatro t4) mesems. contados a partir del di a ioui.ente a aouei en ciue EC corvfLoure el SILENCIO NEGATIVO.II En el blite.. si la ¶,olicritud fue formulada en Dic 1,LJd4 eL ijenc:,w adm ....iistrativo de le otición se dió en Mar-o 11 5 a oart ir de ese momento comer:ó a correr el termino de caduc.'Ldad de la ccin de cuatro 4 meses que prec luyó en Julio Il/8.siri que para esa fecha se hubiera presentado la demanda. (o cual ocurrio tard.amente en Febrero 05/88 cuando la ACCION HM}i 1 A CADUCADo Ahora. teriendo en cuenta la PROSPERIDAD DE LA EXCEPCION DE CíD1J CIDi) DE LA ACLJON. la Sala no entra a pronunciarse sobre las de irias eccocione oropuesta por la Par te Demandada 4 Nación-Ministe riel de Educaciori Nacicw,al Ecu irato de lo eouesio. el Tribunal Administrati.TRIBUNAL AL1 DE CUND 1 NAPIARCA SEC. 2a - 8UBBECC ION "A

EXP. No. 88--1950 HOJA No. 8

Yo de Cundin,r c. por intermedio de la Subsección "A" de la Sec ción Segunda dnnitrndo justicia er, nombre de la República de Colombia i por autoridad de la ley.

F A L L A t.'ECLAPSE PROBADA iM EXCEF'CLON DE. CADUCIDAD DE LA

AC(LIÜW PROPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA Y APOYADA POR

EL. MINISIERIO PUBLICO EN EL. PROCESO No. 19505 DE ESTA

t.'ECLAPSE PROBADA iM EXCEF'CLON DE. CADUCIDAD DE LA

AC(LIÜW PROPUESTA POR LA PARTE DEMANDADA Y APOYADA POR EL. MINISIERIO PUBLICO EN EL. PROCESO No. 19505 DE ESTA c:ORP(JRAL ION LOE' IESE - NCJT EFIOUESE • CÜMUNIOUESE y en firme esta orovidenc1. ARCHIVESE ci eoedientc. Aprobado en Sesión de lía fecha seaun Acta No.. 94-20 t RS 1€. 10 U(C.E RES 1 ORO ANTONIO J ARC 1NIEGAS A.

ALV-RO £'AHAfIÚN LAS r ILLA MARTA BErANcuR RU! Z ............. p

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