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TA CUN - 8891-(24-07-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8891-(24-07-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

CONSEJOS DE DISCIPLINA EN ESTABLEICMIENTOS CARACLARIOS

t(8L M14iNIEAyIVQ: D qMnHARcÁ AM - 3EtIU PR1HEIAit Fe de &,otá LC -'einticutro 24 de julio de mil vec1entc nvent& tete t4ietrd Çient: DR. DARlO QUIFIONES PINILLA Expedieite No. 8891 Demnd'ztrte; t9BRt1At)RA DE CtmDIHAHARCA Oervecioflef. irtadr del rtuen e Curidinmra. en ejerci.ic' de le. f.u1t.d .ue :le corifiawb •1 rtiulo 305 ctumer1 ije la cntitucLóc He:in1 en concorJncit ccn 1c aticl 118 zíiaulevitcp,del :;ret 1333 de 156. retaiti t ¿ate Trftun!tl el, erdo nürner: 001 del 26 de febre de 1297 del CCDraáo Huiiipl de El Co1eg.o p_aril se 1e:tta abre u va1ides. L& Sena ertiackre eider ue 1 ¡c:uexd. rmero 001 de 12' del t&jo de El 1eio. For aedíc del cel Be ree el Ccnejcie t1eiltn y Lerechc Hin&nc;e de 1 ecí c:ovitraría ic dtuetc' en el artículo 41 rinel . de la —ley 13€ de, 194 Cc fun1rne•rt de e exçren le iguierite:

ecí c:ovitraría ic dtuetc' en el artículo 41 rinel . de la —ley 13€ de, 194 Cc fun1rne•rt de e exçren le iguierite:

  1. E1 6le '::.;ijc M'untciel idi, el Á:iirctc núner: O01

197. El cita& teterI& fue obra en e1 3 El Acuerdo infrie normas enliarn nváe ede1snte. de El 1eic de febrerQ 2.6 de ypublicad¿. cimo eueriore que BeExp. No. 8691 ,) El cepto de v1o1ain8a del siguieríte ontenidc: El on.e.io Uunioipal de El Colejci al expedir el Acuerdo Ho.001 de febrero 26 de 1991, por el cual zit crea el Concejo de Disciplinaria y Derechos Humanos de las personas en reclusión, lo hizo en forma ilegal al carecer de competencia par ello pues la ley al reglamentar las funciones del oncejo no contempla la facultad para dictar acuerdos sc.bre la meterla objeto del acto aquí impugnado por lo que viola lo dispuesto en el artículo 41 numeral 3 de la ley 136 de 1994. que era su tenor literal. expresa: la solicitud es le dio el t.rÑnite legal correspondiente :'. en neecuencia. procede La ¿ala a resolverla, previas las siguientes CONSIDERACIONES 1.- Le corresponde a la ¿ala definir la validez del Acuerdo núrüerc, jçj del 2 febrero de 1997 del Conce.Io Municipal de El Colegio, conforme a la solicitud formulada por la

las siguientes CONSIDERACIONES 1.- Le corresponde a la ¿ala definir la validez del Acuerdo núrüerc, jçj del 2 febrero de 1997 del Conce.Io Municipal de El Colegio, conforme a la solicitud formulada por la ¿ezora obernadora del Departamento el 3 de abril de 1997. La ¿eora bernadora del Departamento presentó la solicitud en ejercicio de la atribución QUS le corLtlere si articulo 3. numeral 10. de la Constitución Uacional de 1.991. en concordancia cora loe articulas 118 y 119 dei Decreto .1.333 de 1.9%. Por consiguiente el fallo se adopta después de adelantar el trámiteExp. N0,3691) en el articulo 121 del citado Lecretc y que :rrepcvie. ere -al idad -a un proceso breve, que se inicia con la preesntclón dun escrito del Gobernador con aluno reu1eitoe de la demanda esnalados en el articulo ' del Cdigc uontencioeo dinistratxvo, continúa la tiiactórL en lista para que cualquier persona pueda Impugnaro defender el acto o solicitar prue3as, rcsiue.:oor4 la ractica de pruebas y culmina OOfl el fallo - La -1 iiLr.. por tant n,"tá limitada por el mbito de la demande es deoi'r en cuanto a La pretereioree loe hebe.. la indioa5n e las rorinae .ritaladaa su concept Je io11cr asi zorric, a lc ua se haya çrcbadc en el proceso. En nseouerzcia la confrontación del Acuerdoecusedo solo es puede hacer con respecto a

concept Je io11cr asi zorric, a lc ua se haya çrcbadc en el proceso. En nseouerzcia la confrontación del Acuerdoecusedo solo es puede hacer con respecto a las normas supuestajAente injrinidaa y. únióamente en duantcj al cioept de vlc laciu 4rl aducidopues no existe un .ont1 4eneral de la galidal por parte del juez adninietret1vú. - 4. n el c:ao de &tudio la . Señora Gobernadora del £etrtement-o formula obeevción al Acuerdo número 001 Je 1997 dci Concejo Municipal de El Colegio. Considera ue dicho e.ctc se eçi1i en forma , ilegal. puee el ;te c-aide .competenoia para dictar acuerdos soisre la materia cbeto del mie»cr plantea la violación í¡F,1 arti.cul o 41 numeral 3 de ka ley 133 de 194 &curre que diente e]. Acuerdo impugnado el Concejo Itiunicial dé EL Colegio ci el Consejo Disciplinario y de Derechos Humanos pare el establecimiento carcelario de ese Llunjcjpic. .stableci su coniormaoión y fijó sus fUC1uflC Y para la Sala es evidente que esa Corpciaotón caieoe de competencia para ese efecto, pues se4 E.-r. tic trata de una materia 2ue e^ encil,5ntra reu1ada en la Ley. En ecto. la Ley 165 de 1393. "Ç'or medio de la cual ea expide el Códlc Penitenciario C celario. a la cual se alude en le parte coneiderativa del citado

Ley. En ecto. la Ley 165 de 1393. "Ç'or medio de la cual ea expide el Códlc Penitenciario C celario. a la cual se alude en le parte coneiderativa del citado Acuerdo. etab1ece el rélmen di ::iplirario aplicable a loe internoe de loe ectat, lec imientoe de reclueión y. entre .:trae di cejctonee, en tu articul 11. consagra lo 'e1ativo a la compoeición y tunciorlamientcy de loe neeioe de L'1ec iplina de dichoe eetablec imientcaLe manera aue, cf :tivamenta. el -oo Municipal de El olcg1c al expedir el IcUcrdO acucadc actu. cm npetencia y. en : eniia. incurrió en infracción del articulo 41. numeral 3o.. de la Ley 136 de 1994. De coneiuientc, ae declarax la nulidad de ese acto. ior lo expueetc. KL TRIBUNAL ADIIIN1RATIVO DE JHDIKAPIPtRCA, SECCION PRIMERA. adminiet n&. ucticia en nombre de la República de Colombiay por autoridad de la Ley. FALLA lo. Se de-clara la nulidad del Acuerdo núnerc O(.l del 26 de feL,rerc de 1997 del. Alcalde Uunicipal de El Colegio. 'or medio del cual ce crea el Ccnceio de t'iccipltna y Derechos HunwLoe de las pereonas en reclusión'. 2o. Cúmuniuece ceta decisln a la Sabor& Gobernadora del Departamento y a loe torce Alcalde y Pareortero del

Derechos HunwLoe de las pereonas en reclusión'. 2o. Cúmuniuece ceta decisln a la Sabor& Gobernadora del Departamento y a loe torce Alcalde y Pareortero del tunicipic. de E. CcleicCP 1 ESE. t•kT 1 F I.'í'ESE. UIGUESE CU'tIPLASE.E-.-.p. No. t'iecut ido y a probado en eirt realízada lb :ha. Acta número

D&RIO QUIMONES fiNILLA BEATRIZ KARTIMM QUINTERO

MAGiSTRAI MAGISTRADA

OLGA INES NAVARRTE BARRERO E1WE8TO REY CANTOR }IAGIS'TRADA MAGISTRADO

UERIBERTO REES VRt3AS

MAGISTRATO

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