TA CUN - 89-24367-(04-02-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 89-24367-(04-02-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
febrero de
CARRERA ADMINISTRATIVA (E)
CONCURSO DE MERITOS -Irregularidddes (E) CL
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION SEGUNDA - SUBSECC ION "A"
Santafé de Bogotá, D.C., cuatro (04) de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Magistrada Ponente: Dra. MARTHA BETANCUR RUIZ
REFERENCIAS:
Expediente: Nro.. 89-24367
Actor: JAIME RODRIGUEZ PORRAS
Demandado: Nación Ministerio de
Desarrollo Económico.
Controversia: Nulidad Resoluciones
Naturaleza: Resoluciones Ministeriales.
JAIME RODRIGUEZ PORRAS obrando por intermedio de apoderado Judicial formuló demanda de nulidad y restablecimiento del derecho mediante apoderado Judicial contra la Nación Ministerio de Desarrollo Económico el pasado 23 de octubre de 1989, dando lugar al presente proceso que define mediante usta p ro y i den c :i a
ANTECEDENTES
lo. P R E T E N 5 1 0 N E 5ExpeLiien Le No0 87 ---- 24Sb7 Se ormuiaron en la demanda las siguientes peticiones (folio 46 den.-.,¡ expediente) 11 1. Declarar que es Nula la Resolución No 571 de 1989 (Jun., 28) expedida por el sear Ministro de Desarrollo Económic::oypor la cual Declaró insubs:Lstente el Nombramien tu de JAIME RODR 1 OUEZ PORRAS • y cori s e c u e n c. ial m e n te
Económic: :oypor la cual Declaró insubs:Lstente el Nombramien tu de JAIME RODR 1 OUEZ PORRAS • y cori s e c u e n c. ial m e n te
2. A titu:I.o de Restablcc::imionto en el Derec::ho Vio lado ordenar a LA NAC ION (MINISTERIO DE DESARROLLO Ec:0N0M 1 C(J) REINTEGRAR a JAl ME PORRAS RDDR 1 GUE z en el cargo de pro•ç .esiot.l Universitario Código 3()20 grado 06 de la Dá.visión de Proqraraac:ión Sector ia.l del Ministerio de Desarrollo Económico, o a otro cargo de igual categoría y remuneración y PAGARLE todos las suc :ldos • con los aumen tos 1 e a les anual es y Soc:i.a les dcj ados de percibir por , causa del Acto Acusado s entre el retiro y el Reinteqro
Dcc
c) —s la no solución de continuidad en la Relación Laboral para todos los efectos Legales
2o H E C H O 8
San fundamentos de HECHO los que a continuación se transcriben ( folios 46 a 49 del expediente)
1. E1 3 de febrero de 1983 JAIME: RODRIGUEZ FORRAS ció previo el cumplimiento de los reciuisitos :L€qa.ies. la prestación de sus servicios laborales al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO. en esta ciudad eje
Bcotá
2. Mediante Resolución No. 4134 del 22 de diciembre de
:L€qa.ies. la prestación de sus servicios laborales al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO. en esta ciudad eje Bcotá
2. Mediante Resolución No. 4134 del 22 de diciembre de 1986 originaria del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL se Inscribió en el Escalafón de la
Carrera Administrativa a JAIME RODRIGUEZ PORRAS.
3. Existiendo la Vacancia definitiva en el carcio Profesional Universitario, código 3020, grado 06, de laExpediente No. 89-24367 3
División de Programación Sectorial que era de Carrera, la Autoridad Administrativa del Ministerio de Desarrollo Económico, estaba en la obligación Legal y Reglamentaria de promover el Proceso de Selección., mediante Concursos a fin de proveer dicha Vacante., lo que fue violado e incumplido por la Administración.
4. Mec:iiant.a Fsolución No 0259 de 18 de abril de 1988, la Adrninistra::ión sin el cumplimiento del Concurso, y a pesar de ser el cargo de b.rc.....esional Universitario, código :o;o grado 06, de la División de
F:rocjr..ac;i,ón Sec:torial un cargo de Carrera, la Administración produjo un Nombramiento Ordinario cuando ha debido ser en Período de Prueba, que recayó sobre JAIME RODRIGUEZ PORRAS, quien fue posesionado por la Ad ¡Ti inistrac:ión, reuniendo los requisitos legales y cuyo Nombramiento comportaba un asc.ensc:.
5. Seis (6) meses después la Jefatura de Personal el 7 de octubre de 1988 mediante Oficio SP-bol le remi tió
la Ad ¡Ti inistrac:ión, reuniendo los requisitos legales y cuyo Nombramiento comportaba un asc.ensc:.
5. Seis (6) meses después la Jefatura de Personal el 7 de octubre de 1988 mediante Oficio SP-bol le remi tió al Secretario General del Ministerio de Desarrollo, para su trámite de refrendación por el seFor Ministro, los Proyec:tos de 'AVISO DE CONVOCATORIA a CONCURSO ABIERTO" dis..inquidos bajo los números " 109-006 y 109-- 008" • de octubre 20 y 26 de 1988, respeutivamente , para ci cargo de "Profesional Universitario, código 3020, grado 06 División de Programación SectorialSecretaria General (cargo que venia desempeando JAIME PORRAS RODRIGUEZ) y para el cargo de "Profesional Especializado, código 3010, grado 08, de la Secretaria General", respectivamente, 6.. Nuevamente la Jefatura de Personal mediante oficio s 10::8 CJ€ octubre 13 de 1988 dirigido al Asesor de la Secretaría General del Ministerio de Desarrol le remitió nuevamente los Avisos de Convocatorias a Concursos del carQo anteriormente descrito, para que se le diera por esa Secretaría General "el trámite oportuno".
7. El 28 de noviembre de 1988 efectivamente se produjo el "Aviso de Convocator:i.a" a "C:ncurso Abierto" número 109-006" debidamente refrendado, tanto por el Ministerio de Desarrollo como por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, para el cargo de 'Profesional Universitario, código :3020. grado 06" que
109-006" debidamente refrendado, tanto por el Ministerio de Desarrollo como por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, para el cargo de 'Profesional Universitario, código :3020. grado 06" que venía desempeando JAIME RODRIGUEZ PORRAS desde el 18 de abril de 1988, reuniendo los requisitos, y quien participó en este Concurso realizado el 16 de diciembre de 1988, quedando dentro de los cinco (5) primeros puestos, por puntaje, y como tal legalmente incluible en la Lista de Elegibles.Expediente No. 89-24367 4
8. El it..' de dc:embre de .1.988 efec::tivemento se produj e el 'v.i.so ee Convocatoria' a "Concurso Ábierto • número ' :LC-O08 debidamente refrercieJc:' tariLo por el Ministerio de Deserrol lo como por e .1
Departamento Fdminist rat..vc: :) elServicc:i Civil para ci. cargo de 'F'rocsional Especializado, código 3010 grado 08" habiendo participado JAIME RODRIGUEZ PORRAS en el Concurso realizado el 21 de diciembre de 1988 y quedando dentro de los cinco (5) primeros puestos, por puntaie y como tal legalmente incluible en la Lista de Elegibles. 9. :ic::tu:oos :to, Cc:ricursosy hablendt:D oft'tenldo 3iNE PrIORi SUEZ. PORRAS un pun taj e que en ambos Con cursos o ub.t cabe dentro dr? la Lista de Elegibles por haber qi.edado den tro de las cinco O) primeros puestos
PrIORi SUEZ. PORRAS un pun taj e que en ambos Con cursos o ub.t cabe dentro dr? la Lista de Elegibles por haber qi.edado den tro de las cinco O) primeros puestos seguía para la Administración la Obligación y Beber de tramitar ante el Servicio Civil, y suscribir conjuntamente con este Departamento Administrativo, las respectivas Resoluciones sobre Listas de Elegibles. lo. E::1 Jf do Ftrsoriai mec:Iiente Oficio CE 21:8 de diciembre 28 de 1988 dirigido al Secretario General la remitió los Proyectos do Resoi.uc.:iones mediante los c:ualee se os'Labi.ece une Lista de Eleqiles las (ic:Las cor res pond ;i. en les a los inen c. 1 onadcs Con cursos le agradecerla devolver a este Despacho los documen tos er men ción a fi de ros n p eguir su trámite ante el Dope r'ta,nent.o Çdmin istrativo del Servicio Civil
11. Mediante üfi:::io SP 059 do enero :i3 de 1989 suscrito por el Jefe de Personal y dirigido a La J' ...e de ].a Of ic:lna Jurídica del Ministerio de Desarrollo,, se hace referenc:ia en el numere i 2o . que '' los doctores JAIME RODRIGUEZ PORRAS", Profesional Universitario... presentaron pruebas de conocimiento mediante Concurso Abierto... Para su trámite respectivo, se envió por parte de este Despacho al seor Secretario General, las Listas de Elegibles y las Actas de los Concursos, según Oficio No. SP. 2138 del 28 de diciembre de 1988.
Abierto... Para su trámite respectivo, se envió por parte de este Despacho al seor Secretario General, las Listas de Elegibles y las Actas de los Concursos, según Oficio No. SP. 2138 del 28 de diciembre de 1988.
12. La r?ft:' cJe la Oficj.r Jur±clic:a mediante Oficio ü o73 do enero 30 de 1989 dirinido al Secretario cienOrd:I. riel Ministerio de Desarrollo, le menifeste con respec:to a las Actas de los Concursos efectuados y las Resoluciones por las cuales se establecen las Listas de Elegibles, le informamos que las mismas pueden ser suscritas por encontrarse ajustadas a Derecho". 13. pesar de lo en terior , la (dministración vio lndo la Ley por omisión d:ió el trámi te debido ni con c:: luyó 1. u re 1 ac:ionado con los Con cursos y las Listas de Elecj.ib les como era su Deber' y Obi igac:iónExpediente No. 89-24367 5
14. Ha de relevarse, como aspecto central, al hecho de que JAIME RODR IGUEZ PORRAS venía desempeSando al cargo de Fr»ofesicjal. Universitario, código 3020 prado Ob da la División cia Programación Sectorial cepón Nombramiento efectuado mcc:!jante la Resolución No 0259 de abril :1.8 de 1988 que participó y aprobó el c:ciiic:i,.trso No oot efectuado al ib de diciembre de 198E3 precisamente para ese cargo que se insiste venía desempeRando desde
:1.8 de 1988 que participó y aprobó el c:ciiic:i,.trso No oot efectuado al ib de diciembre de 198E3 precisamente para ese cargo que se insiste venía desempeRando desde maceE) atrás, :1 para el que además reun ía los requisitos legales. Hasta ahí JAIME RODR i SUP L PORRAS cumplió con 'Lc.io lo qL.ue de él dependía. Por el c,c:ntr"ar'i.o • la Adrnin:i.str"ac:iún a sumid Liria actitud omisiva y violatciria da la ley, cuyas efectos y consecuencias negativas, no pueden ser invocados por" la propia Administración-Responsable para rc'Lendcr tres iac:iarseic:;'a. al Empleado-Cumplidor.
15. La Administración violando su Deber y Obligación Constitucional, Legal y Reglamentario, se abstuvo de culminar" y perfeccionar ci Proceso da Concursos y Listas de Elegibles, para negarla C5i a JAIME RODRI SUEZ PORRAS, quien venia desempaPando el empl eo objeto de Concurso, y quien reunía los requisitos para el cargo ci Derecho preferencia! que le asistía y quien por" l levar más de un ( 1) aSo en al ejercicio del cargo había más que cumplido los seis (6) meses de Período de Prueba, con pleno Derecho así para actualizar su situación corno Empleado Adminis t rativa.
Inscrito en la Cerrare
16. Baj o esos antecedentes de Responsabilidad Admin istrativa derivados de la reiterada vio lación del Orden Jurídico, pretendió la Administración trasladar
situación corno Empleado Adminis t rativa. Inscrito en la Cerrare
16. Baj o esos antecedentes de Responsabilidad Admin istrativa derivados de la reiterada vio lación del Orden Jurídico, pretendió la Administración trasladar sus efectos negativos al Empleado JAIME RUDR150EL PORRAS, y al efecto lo tomó como si fuese da Libra Nombramiento y Remoción y lo Declaró Insubsistente med:can'l',ci la Resolución No.. 571 del 28 de junio de 19139
17. Dada la omisión en el cumplimiento c:!e la Ley sobre Concursos y Lista de Elegibles, por parte da la Administración, el Departamento Administrativo del Servicio Civil mediante Oficie 000.. 622 de septiembre 20 de 1989 requirió el envio de Los documentos relacionados con Las Convocatorias a Concursos Nos.. 006 ., 008 • en los que Concursó JAIME RODR 1 SUEZ PORRAS.
18. El Jefe de personal dei Ministerio de Desarrollo, mediante Oficio SP 1018 de octubre 12 da 1989 respondió el Departamento Administrativo del Servicio Civil, reconociendo que en la Secretaria General del Ministerio de Desarrollo "reposan los Proyectos deExpediente No 89-2437 h Las de Concurso y Resoluciones de las Listas ce Elegibles, según Convocatorias Nos 109-006 ,L ú9 008 de 1988 ( A pesar de que habían sido enviadas por la Jefatura ds•: Personal al Secretario General median Le Oficio SE:: 2138 de diciembre 28 de 1988 y de nos la Oficina Jurídica mediante Oficio O J 0/3 de enero .30
la Jefatura ds•: Personal al Secretario General median Le Oficio SE:: 2138 de diciembre 28 de 1988 y de nos la Oficina Jurídica mediante Oficio O J 0/3 de enero .30 de 1989 había conceptuado de que debían ser suscritas r::'or encontrarse ajustadas a Derecho) 19 El empleado jAIME 50051 GuE: z FORRAS representaba y expresaba el BUEN SERVICIO ADMINISTRATIVO, como es evidencia, así Desde su ingreso al Ministerio de Desarrollo, y nada su eficacia, progresivamente fue objeto de promociones en reconocimiento a su labor-, Jamas fue sancionado disciplinariamente; Sus servicios fueron Calificados y obtuvo si. alto pontaje de 420 puntos; Diasdcss septiembre 28 de 1988 cuando fue nombrado en sl cargo cuyo Nombramiento se Declaró Insubsistente, te prestó sus servicios con la tradicional eficiencia cumplimiento de Deberes y Obligaciones, como lo hizo siempre durante los 10 aos de servicios al Ministerio.
20. Dada sus condiciones de Buen Empleado, su eficiencia en el Servicio, su responsabilidad en si cumplimiento de Deberes y Obligaciones, JAIME RODR l€3UEZ PORRAS fue exaltado por los compaReros como REPRESENTANTE PRINCIPAL de los Empleados ante la I3OMIS!ON DE PERSONAL según elecciones efectuadas el 31 c:ls agosto de 1988 y reconocido como tal por La Administración Precisamente por el cumplimiento de sus Funciones como REPRESENTANTE DE LOS EMPLEADOS ante la COMISION DE PERSONAL. • y la defensa del Orden Jurídico y de los Derechos de sus Representados, la Administración le
Administración Precisamente por el cumplimiento de sus Funciones como REPRESENTANTE DE LOS EMPLEADOS ante la COMISION DE PERSONAL. • y la defensa del Orden Jurídico y de los Derechos de sus Representados, la Administración le impidió terminar su Mandato y procedió a disponer so Retiro.''
30. NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACION:Expediente No 89-24367 7 flfl'fÇjyj.j i adas y su concepto de vici 1 .acic5n se encuentra reeeados a -folios 49 a 52 del ex ped isr te aue en r-asumen son Artículos 16, 17, 20, 30 y 62 de la Constitución Nacional de 1886 y articulo 5. del Plebiscito de 1957; Artículos 3, 5, 7, 26, 40, 42, 44. 46 y 61 del Decreto Ley 2400 de 1968; Artículos 18, 27, 53, 180, 181, 184, 206, 212. 213, 214, 217. 222 y 227 del Decreto Reglamentario 1950 de 1973; Artículos 2 y 3 del Decreto 01 de 1984; Artículos 1, 2 numeral 2, 5, 24, 34 y 36 de la Resolución No. 350 de julio 9 de 1982 del Departamento Administrativo del Servicio Civil; Artículo 19 del Código Sustantivo del Trabajo; Articulo 8 de la Ley 153 de 1887 y Código Sustantivo del Trabajo en relación con el CONVENIO No. 135 de 1971 (Artículos 1 y 3 literal b) y RECOMENDACION No. 143 de 1971
Sustantivo del Trabajo en relación con el CONVENIO No. 135 de 1971 (Artículos 1 y 3 literal b) y RECOMENDACION No. 143 de 1971 (Artículos 11-2-8, 111-5, 111-6-2-A, E, E) originarios de la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO, 0. 1. T. 4o. P R O C E 5 0 ódmí tida 1. a emanda ( fol :t.o 57 • n t.if lc::ó a. •1. a Nación - Ministerio de Desarrollo Económico or" intermedio de La. Jefe de la Of .1. cina Jurid ica ci 31 de enero de 1990 ( te ho 5) anverso qn i en ac: red 1. té 1 as f acu :t tades otorq ad as para 1 a represen tac:i.ón de d :i. cha Entidad ( folios 58 a 1 ) y otorgó poder para estar. dii:'. qenca.as (folio 2
El ai: iodel'ado ..i udic:ia]. de la demandada contestó la demanda opon :indose a las pretensiones de la demanda por carecer ce fundamentos legales>' formulé Lase>cepc::ions de "pérdida de
los derechos de carrera y libertad de vinculación laboral" 65),Expediente No. 89-24367 8 Se decretaron en su oportunidad las pruebas pedidas por 1 as partos fo .1. .i. C.) ;'i d p L ex p ) • dc:Ltmon ta :i. ou so fueron aqr"euanao a travfs del periodo probatorio
1 as partos fo .1. .i. C.) ;'i d p L ex p ) • dc:Ltmon ta :i. ou so fueron aqr"euanao a travfs del periodo probatorio Surtido el traslado ç:Io Ley ( fol l o 1:.:..,j E: 1 a:oder do de la en tidad demandan te a 1. oeó de con c: 1 us LÓn tel ies 1:32 ai ..8 y el de la parte actora hizo lo mismo reiteranoes us razonamien tos ini Cia :ies del :i. ihe lo demandatorio fol ios 144 a 1.46) La Procuraduría Octava en lo Judicial ante esta Corporación, emitió su respectivo concepto solicitando acceder a las sÓpli. cas de la demanda por haberse desvirtuado la oresuncián de legal :idad que ampara el acto administrativo acusado de ru,,U..idad (folios 162 a 1:72) c:urnpi ido el trámite de rigor sin pue se observo causal a lcuna de nulidad procesal la Sala procede a 1. estudio de la ccntroversia, mediante las siou.ientes CONSIDERACIONES: lo. El acto administrativo acusado de nulidad lo constituye la Resolución No. 571 de junio 28 de 1989 expedida por el seor Ministro de Desarrollo Económico mediante la cual deci acá .tnsubs.i.stente el nombramiento del demandante del cargo de Profesional Universitario 3020, grado 06 de la División deperi 1 en te No 89-24.367 F'roqr.amac:ión Sectorial de 1 M.in,ist en Í. o de Desar'rol lo Ec:onómi co
Profesional Universitario 3020, grado 06 de la División deperi 1 en te No 89-24.367 F'roqr.amac:ión Sectorial de 1 M.in,ist en Í. o de Desar'rol lo Ec:onómi co par'¿..1 que una vez anulado dicho acto se le restablezca, su derec::ho ordenando el r"e.inteor"o del actor" en el carga que oc:upaba y el i)SÇJ c> de Los sueldos, prestciones y demr; emolumentos de] actos de per'ci bir' por" causa del retiro del ,rvi:io con 'forme l o s c 1. ir: .1. t. en el 1 i bel o demandat.orio 2o. La parte actora para fundamentar sus pedimentos razonó lo siguiente: "El Principio Constitucional (Art. 20) es el de que la ct,uaciónAdministrativa, es reglada y no discrecional estando por lo tanto la (:dm,in .istr"ac:ión !' en materia de dmin:i.str"ación de Personal somet:ida al cump 1 :Lmlentc dr:: la Ley ( L.N,. (-)nt. 62 y Piebi,scito/57 Art. 50) En nuestra caso s la dministración 'v'ioi,ó el Principio Const,i. tuciona). referido ya que omitió dar cumpl. imiento a La ley r'eni,t :Ladora cte los nombramientos del Concurso de la Li.. sta de Elegibles del periodo de Prueba y del Derecho riel Empleado a 1scender y actual :i,z,ar" su
Inscninc: ión o Escal afonamiento en :15 Carrera
(dm :i,n :i.s t r"at. iva
Derecho riel Empleado a 1scender y actual :i,z,ar" su
Inscninc: ión o Escal afonamiento en :15 Carrera
(dm :i,n :i.s t r"at. iva En efecto el Empleado se encontraba Inscrito en la Carrera Administrativa y la A dministr"ac:i,Ón para proveer un Empleo de carrera, estaba legalmente ob]. iqada a c:u :iminar el Proceso de Se:l. ecc::ión mediante Concurso y proceder a un Nombram:i,en to en Fef"i3OdC) de Prueba lo que no hizo en su opon `C un 1 dad y que posteriormente, a pesar de :los rei t.radus requerimientos de la Jefatura de Personal y de la Of icina Juridica , omitió real izar para de esta manera pretender" rieri.var en su 'favor y en contra del Ep 1, eado La facul t a d de Libre Nombr"arni,ento y Reroc.i.ón nue 11 e (::t A 1 íTi e,, n tr.: ej rzrc::tó mediante el A cto Acusadc: (O 24OC)/8, A rts :3 42, 44 D.R.1950/73, rts 18. ii-Ji, 184 y 222 ',' Resol r,u::::Lón No 350 de 1982 art 2o numeral 2o y 5c: El proceso de selección por Concurso, no es un arbitrio, ni un capricho, ni una facultad discrecional de la Administración, sino por el contrario, un Derecho del Empleado y cuanto más, si como en nuestro caso, se encuentra Escalafonado en la Carrera Administrativa, y
arbitrio, ni un capricho, ni una facultad discrecional de la Administración, sino por el contrario, un Derecho del Empleado y cuanto más, si como en nuestro caso, se encuentra Escalafonado en la Carrera Administrativa, y desempeando durante más de un aPio el cargo para el que< .eo len te No 7 .1. labia Conc:ursado obten ierido nunt:. e aprobatorio y reun.iendc:) ]os. requisitos legales ira reuu.L ariar su s.ituacin mediante la ac:tual :i.zac:.i.án de su Esc:a II atór en la c::arrsra como Empleado que era.
Irsc: rit:o en La carrera (DL_ 240()/68 Ñrt. 7t: r).R, 19 u7 .1 B 1 1E31 / 22 )
El E: ffpleado, por estar Inscrito en la Carrera dministrat..iva tenía el Derecho no solo al CcDnc:urso sino el Derecho Preferencial a ser asignado en la Vac:ante existente aún sin Período de Prueba ya que .1. C) venía desempeando a pesar de la irregular actitud de la Administración consistente en no haber convocado al Concurso previamente a su Nomb ram ion to ( D R 1950/73 222 y ç:.4
1 empleado Inscrito en la Carrera rdmin istrativa tenja el Dercc:ho da Estabilidad derivado do). status de Esc:a lafonamiento y a obtener su ac::tual j. ..ación en e! nuevo cargoq aun por trámite de oficio que ha debido adelantar la Administración. 2400/é,81 frt 4(:'
Esc: a lafonamiento y a obtener su ac::tual j. ..ación en e! nuevo cargoq aun por trámite de oficio que ha debido adelantar la Administración. 2400/é,81 frt 4(:' Dk. 1s::,......s. rt:Lc:ulo 18t) y 2i7. :t 5 3é y 40
La Responsabilidad, en sus efectos negativos, es de la Administración por haber violado y omitido el cumplimiento de una obligación Reglada en la Ley; y de ninguna manera, puede la Administración invocar su propia culpa u omisión, para trasladarsela al Empleado, mediante la pretensión de tratarlo como si fuere de Libre Nombramiento y Remoción, y Declararlo simplemente Insubsistente, como lo hizo mediante el Acto Acusado. La Responsabilidad por omisión, es de la Administración. (C.N. Art. 20)
El E: rnp Jeado • por estar Insc::ri t.o en la Carrera dmin :Lstrativa tenía el Derecho adquirido da Estabi 1 idad y la tdrninistrac:ión es....aba EcIristitucional y L.eqa 1 man o 1 i_gada a raspe ta ....:a :t Derecho 7
Eatab: i, 1 idad dando al Ciudadano y al írabaj o la debida protección ( U..; N (irts lD i 1.7 y io Toda la culpa y responsabilidad omisiva es de la Administración, y en ningún caso y circunstancia, derivable o imputable en sus efectos o consecuencias negativas en contra del Empleado, ya que éste en ningún
Toda la culpa y responsabilidad omisiva es de la Administración, y en ningún caso y circunstancia, derivable o imputable en sus efectos o consecuencias negativas en contra del Empleado, ya que éste en ningún momento violó ni la Constitución ni la ley. (EN. (irt. Tenqasa en cuenta ada (TI ís que con forma al L;ód ion Con ten ciu o Çdm;Lnistratjva la función cImin i.strat.;i. va t Ja, na por o b e tc: el cump 1 im :L en tu de los come U.J.. el SS estatales como lo seíaian las Layes y la etect.iviaaci de :1 os dorar: hos e intereses de 1 os ddm in :i. s- -t-. vadosExpediente No.. 89-24367 11 reconocidos par la Ley (Art. 2c.) y la actuación Administrativa debe estar guiada por los Principios de Celeridad y Eficacia. (Art. W.^ ' - 3o. Antes de entrar al estudio de 'fondo de la controversia esta Sala de Decisión hace la observación de que n':: se refiere a las excepciones planteadas por la parte demandar:ia de Las cuales se refirió como nPerdida de los derechos de carrera y la libertad de vinculación laboral", circunstancias éstas que no están contempladas dentro del Estatuto Procesal vigente como excepciones que hagan imposible la prosperidad do las pretensiones o que impidan e]. estudio de fondo del presente litigio.
40. Para resolver el caso sub examine se tendrá que estudiar los cargos do violación con las pruebas allegadas expediente y a la luz de las normas que se traen como
las pretensiones o que impidan e]. estudio de fondo del presente litigio.
40. Para resolver el caso sub examine se tendrá que estudiar los cargos do violación con las pruebas allegadas expediente y a la luz de las normas que se traen como quebrantadas para determinar sobre la prosperidad o no de la súplicas de la demanda, Del acervo probatorio allegado al expediente se tiene que el actor ingresó el 3 de febrero de 1983 al Ministerio de Desarrolla Económico por nombramiento provisional en cl cargo rio Auxiliar de Servicios Generales, grado 01 Código ¿v...'.b de la Sección de Servicios Generales, según la Resolución No o...; de de enero de 1983
Par Resolución No. 870 de 10 de noviembre de 1983 fue ascendido al cargo de Auxiliar de Servicios Generales grado 05 código 65 dr? la Sección do Servicios Generales, cardo del cualExpediente No. 89-24367 12 tomó posesión el 1 de diciembre de 1933 Mediante? Resolución No. 077 de 13 de febrero de 1901984 fue fue incorporado a la Planta de Personal del Ministerio de Desarrolla Económico en el cargo de Auxiliar Administrativo grado 11 código 5120 careo del cual tomó posesión el 17 de febrero de 1984. Según La Resolución 479 de 26 de junio de 1985 Le fueron asignadas funciones de Jefe de Transportes del Ministerio de Desarrollo Económico de la Sección de Servicios Generales Mediante la Resolución No. 422 de 29 de mayo de 1986 fue nombrado provisionalmente en el cargo de Técnico Administrativo grado 07 código 4065 de la Sección de Personal
de Desarrollo Económico de la Sección de Servicios Generales Mediante la Resolución No. 422 de 29 de mayo de 1986 fue nombrado provisionalmente en el cargo de Técnico Administrativo grado 07 código 4065 de la Sección de Personal cargo del cual tomó posesión el 12 de Junio de 1986 y en el cual fue inscrito en el Escalafón de Carrera Administrativa mediante la Resolución No. 41:34 de fecha 22 de diciembre de1986 expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Por Resolución No 424 de 12 de mayo do 1987 fue encargado de las funciones de Jefe de la Sección de Servicios Generales de La Sección de Personal cargo del cual tomó posesión el 12 de mayo de 1987 y fue también encargado de las funciones de Almacenista grado 13 código 5080 por Resolución No. 1031 de 12 de noviembre de 1987, cargo del cual tomó posesión ci 18 de noviembre de 1987. Según Resolución 0259 de 18 do abril de 1988 fue nombrado en el cargo de Profesional Universitario Código 3020 grado 06 de la División de Programación Sectorial, cargo del cualExpediente No. 89-24367 13 tomó posesión ci 18 de abril de 1988. Quedó demostrado que fue elegido Representante Principal ante la Comisión de Personal en las elecciones efectuadas ci 31 de agosto de 1988 (folio 287 Cuaderno u antecedentes) De acuerdo a la certificación que obra a folio 283 del Cuaderno III de antecedentes administrativos la vacancia definitiva del cargo de Profesional Universitario para el Cual fue nombrado el demandante se produjo el día 9 de Julio de 1987 y
De acuerdo a la certificación que obra a folio 283 del Cuaderno III de antecedentes administrativos la vacancia definitiva del cargo de Profesional Universitario para el Cual fue nombrado el demandante se produjo el día 9 de Julio de 1987 y fue certificado en el expediente a folio 2.68 cuaderno III que dicha vacancia fue reportada al Departamento Administrativo del Servicio Civil mediante Oficio SP 786 de julio 10 1987. Obra al expediente que el Jefe de Personal del Ministerio de Desarrollo Económica el 7 de octubre de 1988 solicitó al Secretario General la refrendación de tos Avisos de Convocatoria de unos Concursos Abiertos entre ellos los distinguidas con los Números 109-006 y 109-008 para los cargos de Profesional Universitario Código 3020 grado 06 ocupado por el actor y el de Profesional Especializado Código 3010, grado 08 folio 259 Cuaderno iii) y :i.a respuesta del Secretario General comunicándole que por delegación le correspondía al Asesor da la Secretaría General dar el trámite correspondiente (folio 260 Cdo i i i El Ministerio de Desarrollo Económico el d e noviembre de 1988 convocó a Concurso Abierto No. 109-006 para proveer el empleo de un (1) cargo de Profesional Universitario Código 302t) • grado 06 de la División da Programación Sectorial de la Secretaría General., con el visto bueno del DepartamentoExpediente No. 89-24367 14 Administrativo del Servicio Civil folio 2e7 Cuaderno : :. Ii y el I. de diciembre de 1988 citó a Concurso Abierto No 109-008 para
Administrativo del Servicio Civil folio 2e7 Cuaderno : :. Ii y el I. de diciembre de 1988 citó a Concurso Abierto No 109-008 para proveer un ( 1 ) carpo de Profesional Especializado Código grado 08 de la Secretaría General (folio 275 Cuaderno 1111. Quedó demostrado que el demandante concurso para i os dos cargos antes mencionados; en el No 109-006 fue se .1 ccc 3. OP ac:lc• para la lista de aspirantes ( folio 264 Cdo lii) presentó las pruebas y entrevistas obteniendo un pun a de 68.75 y ocupando el cuarto (4a.) lugar, as¡ corno también fue admitido en la lista de aspirantes ci .si. Concurso No 17--008 (folio 1:72 Cdo 1). .1 presentando pruebas y obteniendo un pun taj a de 62.00, lo cual le ii::: :?l listo de ç:ua.rtcj (40según folio 270 Cdo. LII I,c3çflç: resultado c:le :Lc. concursos rercr:i.d':.3s al Jefe de Personal el 25 de diciembre de 1988 le' remitió al Secretario General para su refrendación :105 proyectos da resolución mediante las cuales so establecía 1.5 lista da elegibles con los resultados de los Concursos Ab..sr....os para los cargas de Profesional Especializado 3010, prado 008 (folios 268 y 269 Cdo III y 27 y 28 del Cdo Principal) y Profesional Universitario 3020 grado 06 (folios 251; y 264 OciO III y 2:3 y 24 Cdo Principal) en los cuales
28 del Cdo Principal) y Profesional Universitario 3020 grado 06 (folios 251; y 264 OciO III y 2:3 y 24 Cdo Principal) en los cuales el demandante ocupó el cuarto (4c.) puesto en dicha 1ista Aparece el informe rendido por el Jefe da Personal a le Jefe do la Oficina Jur.id:Lce de fecha ,t:i de enero de 1989 sobre lar; Sít.U5c3_Ç)flOS administrativas de distintos empleados entre ellos la situación del actor (folias 277 a 279 Cdo 1 1 1) y ií mismo el concepto pedido el 24 de enero de 1989 por el Secretario General a la Jefe de :la Oficina de Planeación (folio 280 Cdo .1 .1 1 y e la Ja...e de la Oficina $Lkri:lica. (folio 281 Cdo ii:) sobra los concursos mencionados.Expediente No. 89-24367 13 Quedó probado que de acuerdo con el oficio 151 de enero de 1989 la Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio le rindió el concepto pedido a la Secretaria General en el sentido de considerar que los proyectos de resolución por los cuales se establecen las listas de elegibles en :Lct Concursos Nos 109-006 y 109 008 podían ser suscritas 'por encontrarse ajustadas a derecho" (folio 282 Cdo ir. :i , folio 35 Edo Principal). No se acreditó que la administración hubiera ex