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TA CUN - 89-D-5143-(09-06-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 89-D-5143-(09-06-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

a)NTRA'ID DE OBRA PUBLICA POR AEVIINISTRACION DELEGADA / SUB(DNTRMOSEfectos / LEGITIMACION LA CAUA POR ACTIVA / LEGITIMACION EN LA

CAUSA POR PASIVA (E)

TRIBUNAL AEIINISTRATI

CUNDI NAMARCA —SECCION TERCERA7. ~ o

. 9911 San t.a fé do }3ocjott 1) ..0 junio nuevo

(9) do mil novecientos noventa y cuatro (1. 994 ).

  • Magistrado-Pone nte Dr HECTOR ALVAREZ MELO Ref.- Exp ediente u 89-D-5143

Demandante u Sol. R.R.G. y Cia. Inqerz?ra.a E1ctrica. CONTRATOS Surtido e]. 1 rmi. Le cnrrpondien 1 sin c::..i do rx..tl:jdad c:It.,to íiivai:i.de lo act8 'o procle . díctar sontonc í a tn o] proc esa ILtO ti, 4 Ló la sciedaçt I k Y Ç UMI AF4] A LIMITADA INOENIL RIA 1 LEL lE lOA contra la CA JA DE SUEL DOS nr RETIRO DE LA rol. 1 LIA t IAC IONAL, fin de que: se pronuncian las declara ndEina5 quo se refiero la demanda .

ANTECEDENTES: ¡:in escri ta presentado ante esta Corporación la sociedad '( CIA. LTDA. INGENIERIA ELEC1R:l:CA, por intermedia do apoderada , formuló las :i.cju.ient.ot p retens iones procesa les

ANTECEDENTES: ¡:in escri ta presentado ante esta Corporación la sociedad '( CIA. LTDA. INGENIERIA ELEC1R:l:CA, por intermedia do apoderada , formuló las :i.cju.ient.ot p retens iones procesa les "PR IMERA. - So condeno a la CAJA DE SUELDOS DE RETI RO DE LA FOL 1 CI A NACI ONAL .....CAE3UR.....a pagarle o R .R 6 y Cia. Ltda. :CNGEN IER lA1. o

1.

2 (L.).514:3) ELECTRICA o a quien represente sus derechos el mérito de los perjuicios materiales que le fueron ocasionados con la MORAN en el pago de La obligación contenida en el contrajo No :108.. "SE6t..iNDA.. Se condene a pagar a la CAJA DE SUELDOS DE: RETIRO DE LA PoL.Ici:A NACIONAL1 monto de los peri uicios ocasionados a la parte que represento ].os cuales si no se pudieren deteminar en ci transcurso del proc:eso se establecerán mediante el inciso dente (sic:) provista en el artíc:ulo308 del Código de Fr"oc:ediiento' Civil MERCERA.- Se condene a pagar"a la CAJA SUELDOS DE RETIRO DE LA FOL. 1 C 1 A NACIONAL l.AtJklas sumas que ri momento de proftrir la sentencia resultan de las condenas formuladas siguiendo para ella los sistemas, mctocJos y proc edimientos adoL ados por' Sección Tercera del Consejo de Estado para casos similares, o en fin, por.cua]qL Lcr otro

la sentencia resultan de las condenas formuladas siguiendo para ella los sistemas, mctocJos y proc edimientos adoL ados por' Sección Tercera del Consejo de Estado para casos similares, o en fin, por.cua]qL Lcr otro sistema que conduzca a idénti cd propósito. "CUARTA»- Así mismo, se conden a SUELDOS DF RETIRO DF' LA POLICIA NACIONAL — CASIJRa pagarle a mi poderdante o áusquién represente sus derechos el lucro cesante sobre la cantidad ya actualizada consistente en ].cs intereses comerciales corrientes desde la fecha del dao hasta cuando tse produzca el resarcimiento. "QUINTA.- Que a' 1a sentencia le (sic cumplimiento dentro del término previsto e] artículo 176 del Código Cantan cioo Administrativo.

..... .., .. .. ,r', "SEXiA.- Que las d" .. •condenas' d ,i.iLe,'r:ei; c:&nei"ciaies del'tr»ç;) de les MESES siguientes -a la ejecutoria de la sentencia y moratorias vencida este período. "SEFT IMA .. - Que las condenas establecidas en las litorales anteriores durante e 1 lapso de tiempo en que se en con traba obligado a cancelar desde el momento en que SC cumplió en todas sus partes: el contrato No . 108 y desde el día .17 de abril da 1.987 cuando le fue declarado l a caducidad del contrato a la sociedad RAIJL VAL..DERRAMA Y ASOCIADOS W. en C. se debe la obligación completa a íabr de

desde el día .17 de abril da 1.987 cuando le fue declarado l a caducidad del contrato a la sociedad RAIJL VAL..DERRAMA Y ASOCIADOS W. en C. se debe la obligación completa a íabr de la sociedad R.R.G. y Cta.. Ltda.. -INciENIERIA E:L..E:C:T R .1. C.A....451 :3 (Ex p. 5143) -. "OCTAVA Se condone a pagar a la CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLI CIA NACIONALCASURa pagar (sic) Las ir3c:1ernni2.a.c:.i.ones a que hace (sic) referencia en los literales anteriores sobre la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS CON 30/100 04.599.450.30) Mi C íL Suma eta que arrojó ¡a liquidación oii i1 y por 1 entidad el día 9 de septiembre de 1.988. (ic:>'J.:i.jr:i .:r!; ¿ 4 c:::c:rnc hechos, fuente de las narra La demanda los siguientes prctr:)nsic)r-es procesales "l.- La soc:iedac:l 'que represento •R R .(3 y Cia. Ltda. -INGENIERIA ELECTRICA-- sociedad con domicilio en esta ciudad debidamente registrada n laCámara! d Comer-cio de Bogotá, y a través de su representante légal suscribió c:cDrm la firma RAUL. VALDERRAMA Y

con domicilio en esta ciudad debidamente registrada n laCámara! d Comer-cio de Bogotá, y a través de su representante légal suscribió c:cDrm la firma RAUL. VALDERRAMA Y ASOCIADOS S. n O,, e] contrmtoNo, 40B,c1 .............................. día 15 (sic) de marzo de 1. .987 ......contratccy.:

(JhJPto es "PARI LA MANO DE -OBRA AlTODO COSTO

FCmRñ EL ALUMDRADJ Y COLOCACIUN DÉ LA3 TOMAS E

INTERRUPTORES PARA LAS INSTA! AE. IONES

ELECTR lOAS DE LA TORRE COMPRENDIDAS (tic)-

ENTRE 1.08 PISCá 6. ALT 37 DE LA bF3RA SEGÚNDA TORHEb (sic) HOTEL INTERNACIONAL. I-3000TA '.c firma kAUL VALDE:FsAt1ñ Y ASOCIADOS (3 en O. y la entidad demandada CAJA DE SUELDOS DE RETIRO ri RO DL LA F DLI E lA NACIONAL, ONAL habi.a suscrírto ol contratei 011 det. 983 d . ';.. ñDMlNI FRCi( ION DELEGADAS ás decir obra en represer tar..ón ,de la entidad ta0 como se desprendo del contenido mismo del contrato iC)P suscrita porla sociedad que represento. Para lzt firma del conLrat.ó 108ie 13 de mar z o de 1.987, n virtud del a cuantía del rnLsTo • LA CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL, es parte integrante del contrata y contra la entidad caben las. acciones indemnizator-ios por el no

rnLsTo • LA CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL, es parte integrante del contrata y contra la entidad caben las. acciones indemnizator-ios por el no cumplimiento del contrato, concretamente los intereses, el lucro cesante el dao emergente, sas estas adeudadas mor la entidad a la c::ornj::maP ia que represento, porç8 1.1 4 ( E::: .5.1.4:3) cuanto al momento de formalizarse el c:orratci se llenó por la empresa R.R.G. y Cia. I._tda. ts.odc:s 1.05 requisitos exigidos en este tipo de contratos. -4. La cláusula segunda • del contrato No 108 del 13 de marzo de 1.987 se (sic) estableció el valor del contrata, el cual ascendió a la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS 1hE:I1flA Y CUATRO MII SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($5.634.668.00) M'/cté., comprometiéndose el cC)ntratant? astinistrar 1,05 materiales. "5. En la cláusula tercera., del' citado contrato 108 , 0 suscrito por el administrador delegado y la firma que represento 'se estableció la forma mde pago, sin que' hasta haya (sic) cancelado dicha obligación háta el día 4 de enero de 1.989, y después de que la entidad CAJA DE SUELDOS DE RETIRO' DE LA ):::J 1 CIA NACIONAL -CASURen tr -eqa'ra el cheque

haya (sic) cancelado dicha obligación háta el día 4 de enero de 1.989, y después de que la entidad CAJA DE SUELDOS DE RETIRO' DE LA ):::J 1 CIA NACIONAL -CASURen tr -eqa'ra el cheque No. (sic) CUATRO Ç MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL. SE:CE:C 1..' ít1OS(sic) SETENTA Y SIETE PESOS CON 80/100 ($4:509.777.80) M/cte. 'sin incluir en es - valor - iai :indemnizac:iones 1 desde el mes de abril, de 1.987. Existe y pr teho demás coi ] '- copias del acta final del trabajo ' recibirJb porpia in1-.erventoria, e].'"admin.istrador delegado y el incje'niero representante de la sociedad R y Cia. Ltda.. INE3ENIERIA ELECTRIC. "6. Quedaron inconclusos (sic) elgura'i obras. cont ra tadas, por .i. n cümp l.Lrn .ién to ig LIC 1 rien te de], contrato con 'el sumir istro de los materiales para la terminación de la obra en forma definitiva. '7,"" EJ. c::on'Lr»at:,ri :1.08 ¶imcI":i,tr e]. cija' 13 de mriar;'c:i de 1.987, no sCf rió modi f icación 1øal guna CD eci:i c:,'Lón, es decir que en la actualidad se cumplió (sic) a cabalidad las obligaciones (,::cDflt,rac::tLta], es per parte de ' ]. e empresa que represento:

CD eci: i c:,'Lón, es decir que en la actualidad se cumplió (sic) a cabalidad las obligaciones (,::cDflt,rac::tLta], es per parte de ' ]. e empresa que represento: "S. En el contrato 108 c:Ie 'feche rner'c 13 de 1.989 (sic), se concretó su oI::Jm•:'Lc e la MANO DE OBRA. 1.0 qL.te impl 1. có pera mis pcJercI,:,i'i tes una vez se L::rnó por parte de la entidad CA,J A DE SUEI...50E3 DE RETIRO DE LA FOL. 1 c:: 1 A NACIONAL, el pago de todas las prestaciones del. personal contratado especialmente para el cump 1Dm .i en lo c'l e este contrato. retoçc7 5 Exp 5143) solidariamente responsable con le

(sic) contrato 11 entidad que se drnanda toda \'e. que su administrador delegado, ¿así i':: manifiesta en el contenido de la cláusula (sic) parágrafo de4 la clusi.ti...a tcE1ra, cuando dice que c•z 1 desembolsa para' el pago provienen (sic) de la CAJA, establecimiento público de carácter nacic:)nal y porconsiguiente or coríiiqi.t:ente está sujeto a la retención de la Ley 4 de 1966 modificada por la Le>' 3:3 de 1.985 en su artículo So iO'•- Dentro do i• suma recibida, e]. 4 de enero de .1 .9019 en el ti tu10 va).or• anteriormente descrito no se incluyeron, las

1.985 en su artículo So iO'•- Dentro do i• suma recibida, e]. 4 de enero de .1 .9019 en el ti tu10 va).or• anteriormente descrito no se incluyeron, las .1 ndorrin i .tca anos que sal pe,Imiguani4don el presente proceso "l laDe ac:uerdc) a lo anterior la obl icL&, es clara, expresa y será exigible, con Ja providencia de fondo que dicte el Tribunl a las p reten si.onps tncoadas a favor de la'parte que represento "12Siendo el contrato base de esta acción ç it 1 5] ' de lar regida por ] -n flor as del Código Civil Colombiano, nace paraT el deudor

CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POL]:CIA

NÍ-C .E ON(l

H a ,a con sujacrEudor k íç L,. Cia Ltda. -INGENIERIA ELECTRICP la ohliaç'idn de cancelar los intereses e indemniza ciones'por el :Lncump 1. :i.miento y que se con creta en la mora situación que se sigue presentando por cuanto aún no se 'han can ce]. ada ¡dichas indomnizaciones ohj eto de es La demanda y que la e........Ldad no se pueda negar a cancelr sea una entidad de derecho pública del orden nuc .. una (sic) y =scrita a un Flin LS ya que tanto la Corte Suprea (si) de Jutici', c:omo el mismo Consejo de Estado.: se han pronunciado ido en repetidas oportunidades a pagarlas, no exonerando de tal. ob]. igación a las men c: ionaclas entidades.

que tanto la Corte Suprea (si) de Jutici', c:omo el mismo Consejo de Estado.: se han pronunciado ido en repetidas oportunidades a pagarlas, no exonerando de tal. ob]. igación a las men c: ionaclas entidades. .01:3 Es igualmente obligatorio, cancelar lar por pa'te de la CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE [..J FOL.. lo i: ( NACIONAL, ci lucra cesante-sobre las sumas dejadas de cancelar a mis porird antes tal cc::rno Lo establece e']. artículo .1.614 de]. C.C.C. (sic.) así se haya contratado ion una entidad de carácter nacional, adscrita al

Ministerio c: le Defensa.

En concordancia con e]. artículo 10 de]. C.C.A. SE establece que (sic) i a tasación de los(E:xp 5:1.43) perjui c ios pueden examinar las declaraciones do renta de la sociedad que represento y así establecer la existencia do los mis mos., El artículo 87m»le dá igualmente mi. representados el derecho paro iniciar las acciones indemni.zotorias por los perjuicios ocasionados con el incumplimiento del contrato. ( fol .i.oe 5 a 8 fr • Comofundamentos de / derecho cita la demanda: los' artículos :1.0 del z 1494. 1.498 > 1505 dl CC. 90 del Decreto 22:2. de 198:3,. E1 auto admisorjo de la demanda fue 1 ega'l mente not if icado J Subsecretario 1r1Crc1 de - l Caj a de

CC. 90 del Decreto 22:2. de 198:3,. E1 auto admisorjo de la demanda fue 1 ega'l mente not if icado J Subsecretario 1r1Crc1 de - l Caj a de Sueldos rica Retira de la Policía Nacional -CrS(JRfac.:cri.todca para tal efecto y con fundamento Ten dispuesta por - si 'artículo 83 del C d P notificó t:orril:aiclrn el Gerente de la firma Raúl Va]. derram I4 Asociados h n C., los cuales pr -ocedierona contestar a demanda por intermedio de sus apoderad os ) F:(LJL. VAL DERRAMA ' ASOCIADOS Si crri C., cia c::otnca Ciertas algunos hechos, c:Itr:::ca no r::c:,ii:i'":I.ca otras pida la pr.rcaIh de l as r::1r?Tror En c:uenl..:o e las pretensiones considera c:jus La primera y segunda deben prc:"spsrar que la tercera debe denegarse en cuanto solicita la declaratoria de su incumplimiento CD( E>p .. 5j.4:3 y la cuarta, así como las demás, deben ser denegadas en cuanto a tal sociedad refieren Sostiene, aciernís que los actos acusados son viol atoric:)s de las normas que indica la demanda por las razones allí expresadas pero que no asiste razón al actor cuando pretende endilgar responsabilidad por hechos en que obró simp 1 emente como mandatario de C(SLJR Propone la excepción de inexistencia de la obligación a su carço y falta de persrería dado que quien,-

endilgar responsabilidad por hechos en que obró simp 1 emente como mandatario de C(SLJR Propone la excepción de inexistencia de la obligación a su carço y falta de persrería dado que quien,- responder j::cr las hechos el Casur También solicita ja práctica c:le prueba (falias E31 a c y no la Sociedad algunos medios de Es de anotar que la contestación de la demanda rew confusa ya que no se sabe a la nulidad do que actos acusados se refiere puesto que la demanda no contiene tal clase de pretensión. 1n escrita que obra a sol ¡os 110 a 16la Socied formuló denuncia del, pleito a C(4SIJRq la cual rechazada por improcedente mediante auto de 28 d j4nio de 1.991 (folios 171 a 1750 b) La Caja de Sueldos de Retiro de la Policía \:tçic)r,.. j CSUI-- SO G=por a lumulas, pretensiones, acepta como ciertos aiçiunc:is hechos nieça otras, psi.cie la prueba I o las demás y solicita 1¿..k prácticade (ci(T.s pr'c.j::oe las siguientes excepciones .1.-- Ir'i:.::nnpeterc::i.a de jurisdicción porque el subcontrato No 108 celebrado entre Raúl Val. derrarna y la sociedad demandante, te as un ccn 1. rato de derecha privado que nc:i idPI6Z. E:>p. 5143) contiene las c:1 usLti as exorbitantes propias c:I&:i contrato administrativo, ni se encuentra regulado por

idPI6Z. E:>p. 5143) contiene las c:1 usLti as exorbitantes propias c:I&:i contrato administrativo, ni se encuentra regulado por normas de derecho pública, en tales condiciones, no puede serjuzgado ante la jurisdicción contencioso administrativa. 2.- E:xc::rsr:L:ión legal de responsabilidad porque según la preceptiva de los artículos 90 y 96 de]. Decreto 222 de 19E33q ci contratista cscl unicó responsable de los su bcon t. ra tos que celebra y debe asumir los perjuicios que ocasione por su incumplimiento, In que excluye d responsabilidad a CSUR :3-••• Imposibilidad, de obligar Caja, (.t (P no t)L(ud(ésta—resultar obligada en vi. rtud 4 de un contrato que no suscribió Ausencia de solidaridad entre Rat.tl. Valderrama C3UF, para responder ante terceros por'. las razones y indicadas. :trexic.ibiiidad de suma alguna e inexistencia mora porque las pretensiones de ex .tçib:i. 1 :Ldad y mora: carecen de fundamento 6.- Incumplimiento del admi.nistrador de1egado porque rral puede exigírselo a C(-SUR el cun1 imientra de obligaciones cuando el contrato No Oit fue incumplida ¡:)c::)r Raúl Valdorrama. 7 - L..racja 1 iclad c::te la pretendida fuente cie la obi icjaci.ón a iciur hecho de la administración hubiere .inf .1çk.) en u] craritrato No,, .iOS ir.L sicio la

7 - L..racja 1 iclad c::te la pretendida fuente cie la obi icjaci.ón a iciur hecho de la administración hubiere .inf .1çk.) en u] craritrato No,, .iOS ir.L sicio la caducid ac:l dec:r!..ada a 1 con trato No C) •t i CiLtra nL) c::uzti.c:inac:tc) Eti cst:.s F:rc)r;:esc) y se enc:L)ei, Lra :(ripaIac:$a por ].a p'-eí:rr.. c:Ica legal ;i.dad que ro pc:cle ser fuerin de :i.ndc:mn 1?. ac: :i. ór par c 1 sub con trati. ta 1•'3 I:J(.) asumida por el subcon tr-atista que a 1 tener conocimiento de la calidad c:cr c.re obraba Raúl Val derr'ama al ser contratista de un ente pública, al pactar con rs]. ast..trnió el riesgo de terminación anticipada c:iel contrato de administrac:i.ón delegada y no puede ¿:(ecjar ahora su propio er-ror-. 9.- Inaplicabiridad, indiscriminada de normas civiles pues en ausencia de recj 1 amen tación c:oii;rac'ta 1 pr'oc:ede ii aplicación de normas de derecha privado sólo en el aspecto convencional, no frente al, régimen pública del contrato > mucno menos en lo r€f r n 1. e al róg i mn exorbitante > de ninguna nqunmaner a cuando contradice est as i.i]t...maí; 'ic:tr'mas (folios 1152 a 156) 'ft

exorbitante > de ninguna nqunmaner a cuando contradice est as i.i]t...maí; 'ic:tr'mas (folios 1152 a 156) 'ft LOS ALEGATOS DE CONCLUS'ION Surtida cJ la etapa probatoria se Ja trasi do a partes y al soPÇor Aqen t'e dci Mm :i'terib Fúb]. i cd para que presentaran sus alegatos de con1 usiÓn.• ç ' De tal facultad solarnci e hizo uso el apoderado de 1 4 Caja de Sueldos de Retira de la Policía Nciona1', qúiéSll insiste en la prosperidad de las excepciones propuestas (folias 211 y 2:1.2) LAS PRUEBAS APORTADAS: ti Al proceso se allegaran los siguientes medios de:1.0 (E.:>p. ::'J/':!' prueba 1.- Certificado c:Ie existencia y representación de la firma R.R.G. y CompaRía Limitada 1ngi.ier.'.a Eléctrica, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá ( fol ms 3.1. a •.....). ., i 2.-» Certificado de Existencia y representación de la Sociedad Raúl Va]. derrama y Asociados S en C expedido par la Cámara 4.'I d C.omcrc.ocic B fol 3.- Fotocopia del contrato entra la Caja de Sueldos de Retiro do 11 ,,Policía Nacional y Raúl V ltinr rcmi y Asociados S. en C. par la construcción por el sistema de administración delegada de los acaI:ado'arquitectónicas, montajes e

Nacional y Raúl V ltinr rcmi y Asociados S. en C. par la construcción por el sistema de administración delegada de los acaI:ado'arquitectónicas, montajes e instalaciones de la segunda. Torre., Hot.el .:,Hi 1 tan Internanional Bogotá (fo] ios tOC) a 11) Fotocopia de los contratos adicion1es'I.'nterior números 1 2 3, 4 y 5 (fafías 113 a 117) • .« Fotocopia del contrato No. 108 celelracJo entre Raúl Valdei"rarna y Asociados S. en O. y la, firma R=G.r y Cornpaía Limitada Ingeniería 'Eléctrica pata la',.ano ,', ,., oI:Dra del alumbrado y c:oi ctc:ac.ion de tomas e interruptores para las instalaciones eléct:.ricas' de la torre comprendida entro i.c:yr; pisos 6 ¿a 37 de la obra 8equi"c1a 'íor""-e I'--Io't:,e.i. -«lil,t.or-' :Lr»i'Lr-r:t't:.icr'.l Bogotá (folios 11 a 21). 6.-» Fc:tic::c::c:::.ia do la :i.iqL:ic:iacíón del contrato No. 108 celebrado por cl administradordelegado con la demandante (folios 22. a 26) 7..- Fotocopia dei acta de liquidación final modificada del contrato No. 011 de i. :983 celebrado entre la Caja ""'5 ti (Exp5143) do Sueldos de Retiro de la Policía N a cional y Ra ú l

7..- Fotocopia dei acta de liquidación final modificada del contrato No. 011 de i. :983 celebrado entre la Caja ""'5 ti (Exp5143) do Sueldos de Retiro de la Policía N a cional y Ra ú l Val :lerrama y Asociados S. en O ( fol :Los .1.29 a 1:34 cdno 9 Informe escrito bajo juramento Director General do la Caj a do Sueldos do Retiro do la Pol ic ía Nacional en el cual afirma en lo pertinente que no existió vm c:ul o contractual en tra CSUR y la Semandante y CJU2 1& CCEr1C a dar-los correspondía a Ftó]. Valderrama y Asociados S. en C . " ~«(fal •- (fo:i. i 22 a 25 ¿dnQ . ...... ... - Certificación e pcd.id por el 8 tbdiroctor General de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional en relación con la e .j.otenc:i.a do • reservas, disponibi lidades y apropiaciones para el pago de obras derivadas de l con trato 011 de 1.983 > sLtbcon tratos así coflC) de los pagos efectuados (f a lios 62 ' é :3). .... Con los anteriores medios de pruebá se dmostr& en pertinente que admini s tración del egada , por e] cual e l contratista se obli gaba a la realización de los acabados 4...t, mont.aj es e .....rstalac:i.onos de la Seçjunda T orre lintel Lii. 1. ten I nternaciona l de Bogot á,

obli gaba a la realización de los acabados 4...t, mont.aj es e .....rstalac:i.onos de la Seçjunda T orre lintel Lii. 1. ten I nternaciona l de Bogot á, adm.i nietrador deloqado y la soc::.i.edac:i R R .G y LcrirpaPía 1 ri :. lada .1 ocien iería E II. rc: t e .1. ca c:e 1 ebró e]. subc:or tI'aLc) No. 109 para 1 a mano de obra del :i Luribr-ado y o locación de e jo Lerrui: toros para las t a 1 aciones el dc:tr i. cas de la torre comprend ida entre loe pisos y .37 de Ja Se3unda Torre ci ]. Hotel Hi. 1 rendido por el12 :Fter-r'at:i.ora 1 de Eocjrh\ .l. CONSIDERACIONES DE LA SALA' 1 i La demanda se dirige aobt.enr . dec:laratcDria de incumplimiento por parte de' 1a' Caja de SLteldos, d& Retiro de la Policías Nacional del subcontrato MI 108' de SL 987 celebrado entre Raúl Valderrama y Asociados S romo administra8br dlegaiJo Sociedad R.R.O. CctmpaPiía Limitada Inqer'ría E1cric'a Jediante au t u de fi rI ta 1 9 Un muvcj de 1.989 se ordnnó la vinculación o] proceso como listisconsarte neiláadibil' firmaJa Raúl Valderrama '/ Amociadus S. rr't (, , pero

Jediante au t u de fi rI ta 1 9 Un muvcj de 1.989 se ordnnó la vinculación o] proceso como listisconsarte neiláadibil' firmaJa Raúl Valderrama '/ Amociadus S. rr't (, , pero resulta cloe frent esa sociedad no-' se formu l'T pi etrns.'.i. ón alguna. Además, rr?spe(:tc:) del. •,,su .rei ación.. contractual un la demandan 10 esta . 0v poración carece de jurisdicción por cuanto se tratadeuna controversi' entre dos personas de derecho privadU privado r'gul ada por nc.i mi del mismorden razón para. que isea la l., jur-i.;çlirioit ordinaria cLvl iqtrP dobe de'ca.d.r1a .i Sobre este extremo e.l Tribunal ni h.j pr onunciamiento alguno por cuanto como se dijo, no se formu1arori' pretensiones en contra c:Ie dicha soc:.icdad . En relación ron las preiens iones formuladas contra la, Caja de Sueldos de I:ctjro dr:: la Fol :i. cia NacionalS2 presenta ausencia de legitimación en la causa por activa y pc:n" pasiva. En tales condiciones, al. es tud.io c:Ie e aspe rt. o se limitará la Sala. La legitimación att ¡a causa es un presupuesto de lapersonas c:r que devenga cuya cabeza se puede radicar la obligación de la sentencia. L/ '3 1• pretensión procesal que consiste en la identidad de 1 as J:)(3rsc:)rias cLU•Z? figuran como sujetos, por activa o por

de la sentencia. L/ '3 1• pretensión procesal que consiste en la identidad de 1 as J:)(3rsc:)rias cLU•Z? figuran como sujetos, por activa o por en la r'eiac:.i.ón jurídico procesal con aquellos a quienes la l ey otorga la voca ción jurídica para Fi c: s '1. u .1. a c:ha prLensión en forma determinada de quienes deben ser los demandados es decir, de las ieçitin - c::ión en l la causa por activa o por pasiva se traduce en determinar qL(iEnes para ser demandantes o derandadc frente al 1 conflicto que se presenta con respecto a determinada relación jurídica.- ¿Pri.endo de loe ariteios Supuesto al estudio de tal fenómeno jurídico caso eub 1 i te. - -

115 LEGI TIMACION POR ACTIVA

1 1

En el c: :c::'n -Lv--ato de obra pública por el sistema de / Limii---¡si ración delegada ),a obra os efectuada administración misma a diferencia 11 •:: tal , tipo c:I-: contratación, r)c:-)r ._(:D clesprer1di,cIcin)se da la dirección técnica - a y de la gestión dnu ni LraLa.va qt SE delegan sri un representante suyo (administrador, 1 delegado) respecto de todas las personas.con quienesse produzcan re i aciones o vinculos : Ltr;.d i cos, -'- - desarrollo del contrato respondiendo ese representante" por la dirección y administración y rer1bjendo - cqmci. / •. • -• p•

Pero,

produzcan re i aciones o vinculos : Ltr;.d i cos, -'- - desarrollo del contrato respondiendo ese representante" por la dirección y administración y rer1bjendo - cqmci. / •. • -• p• Pero, - c::nntr -í.:n--et:ac::ár - 1. os ionc:,raric)s que se rac::t:.rri c:unc:i en las c:iomáC; formas de contratación de l a obra publica,r)L.(cCIr presentarse la c:e.l eL:rac i. ón de si. bcc:ri trat.c:s (:aso en el cual:i relación jurídica L;aL:ia c:--rtre ccr -tr-at.icLa y sc.ii:ic:c:irit.raLista., siendo la administración contratante ajena a esa relación, C?.i administrador i::Ic:iei: -dc;i deja en manos de un t.orc::er--c de 1s otras por la forma1.1. (E>cp 5143) (::J;:i, do la ¿dm .x,n ;i. t,r'' a :i ón o d :i, '"o c'' Lón i:,óc:r' :1. :a do '1. a ejecución de la obra tras pnd o 1 e , así mismo, parte de las obligaciones-que a él corresponden, de tal suerte que la relación J i. r'fd i. (:a como ya so dijo, es ox traPa a la administración y sol erte 'P'i:ia contratista y subc:on t.r"at.i.st a - -e,

que la relación J i. r'fd i. (:a como ya so dijo, es ox traPa a la administración y sol erte 'P'i:ia contratista y subc:on t.r"at.i.st a - -e, ¡ :.'«tc:i i:tl t..'imo 'fue I::)r"oc'.isamento 1 quesuc:odió en 1 ,. , .., presente caso Raúl VarJerrama y Aírc :"ia St n subcontrató con la Sociedad R.R.G. y CompaPía Limit Ingeniería Elóctr:i.ca parte do 1.a ejecución do la —a en lo relacionado con la colocación Ido instalaciones e]éc t-r'iç as do la torre comprendi da e )s pisos £ y 3' .de la Segunda Torre del Hotel Hi ]. lii t r nuc innal Bogotá, quedando por cuanta 1 e'.tbc::oni:r"ati.s'L.a la administración y direcc::ión técnica la misma la cual indica que se presenta el típ subcontrato donde la relación se' produce - entreadministrador c:d1c-zçacio y el subcontratista, razón p que éste no tenga vínculo alguno ¡ni( : 1 a .1 ( , CO e 1 '- c::or' La j::ic,mancian'Le deriva SL.I 1 cg i. t:Lmc::ión ci i a c:i'--..' tal subcontrato, pero tal roiac::i.ánpo. vincul c:orncl ya se enun cic5 además que - pora mandato del artículo 90 del decreto No 222 do 1_93 en los contratos de administración delegada

c:i'--..' tal subcontrato, pero tal roiac::i.ánpo. vincul c:orncl ya se enun cic5 además que - pora mandato del artículo 90 del decreto No 222 do 1_93 en los contratos de administración delegada c:.:ntr-at.ista es el úni CLI responsable de los suhcontra que celebra cuando Raúl,Valdarlama y fsoL1a S or'j C. - su L:o" 'Lrat.ó con la demandan te 1,9 hizo e -rn , asípi"op.'i,ci nomi:::r'e y no en el de CÇSUR y siendo ella creó ningún vínculo , Jurídico entro el subcontratista T. la (:su'i',:Lçl,',,\d / 1 L)u, ti. o et" te r" :c 01" se desprendo que hay ausencia de 1 cs'q :1. t'. i mac: .i. ón en la causa por activa d o 1 demandante en ri::' la c,ión con su pro ten s . ¿5n de dc lara tor :i,a de 81J5 (Ex p514..) .incumplimiento del súbch t.r -a to por parte de C(SUR ya que s habiéndose traL:c:IcD la rc]..:::i.óii jurídica exclusivamente con Rai]. »Valdarrama y Asociados 8. en C ., so Jamen te frente a ta Sociedad lo autoriza la ley para formular tal [:)ret.or'Isic5n con las consecuencias que do ella so derivan ,JI L:) L..E1:[1Ii»lic:Jc3r' r..:ç)R rsIvç:, '4para formular tal [:)ret.or'Isic5n con las consecuencias que do ella so derivan ,JI L:) L..E1:[1Ii»lic:Jc3r' r..:ç)R rsIvç:, '4No existe tampoco legitimación en la cLt:t'poP!'pasi va do ií Caja do Sueldos do' Retiro do la Policía Nacional 1 ur cuanto a 1-s pr rtunsioncs pque u frente a ella so formulan. ti En erecto no habiendo sido par -te . en el subconti' -atd;-. cuyade claratoria' I TncLmp1 rn nt.c ,,, pr T =a 100,191 walá lwgilimedal.)I,;\ rmupondor :iii' IiI_.AL; ufectua l(i la legitimación pa vt n u . ' untra exclusivamente en cabeza . de Raíl Valderrama y Asaciadaz S. en 9., con quien la actora ceibró la re1ción negocia l, por idcin ti cas axonos a las 0i puestas 00 ci ec:j:::uite ant.er"icr. 1. No existiendo legitimación en la causa ni por - activa ni Flor pasiva, se denegarán las súplicas do la demanda, en cuanto a la Caja c:Ie Sueldos 'de Retiro dei P1 i :ít so re1 .er e en esas condiciones, la Sala considera innecesario entrar a estudiar las excepciones propuestas :ic,:r la c::Iemai'daç1a

II. - c:)nn:j la administración (:.i:)I'u:) ¿ct tur'.'I?s Cií: apoderado

innecesario entrar a estudiar las excepciones propuestas :ic,:r la c::Iemai'daç1a

II. - c:)nn:j la administración (:.i:)I'u:) ¿ct tur'.'I?s Cií: apoderado sin nc:.klc:) i:i::;c:r'al c:çiiu ella, so c:cricJeruutrJt ii actor al.

F:)ac:) de las i::ot,..as procesales.o 16 (E:>p.514:3) En mérito de lo expuestcY el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA — SECCION TERCERA —, administrando justicia en nombre de la República de Colobia.y por autoridad de la Ley, F A L L A PRIMERO.- Declárase probada la aLtsec:i.a deFeitimaci.ón .... en La causa por activa y por pasiva de la Caja de Sueldos c:Ie Retiro de la Policía Nacional -CASLJR--, y en consecuencia, dcninganse las súplicas de la demanda •U SEGUNDO.— Condr.nase a la ademandante al pago de las castas procesales. L:Lc.1LL3ense por 11 .Secretaría una vez en firme esta providencia.

COF 1 E:SE • NOT 1 F 1 QUESE Y CUMPL..ASE

(Aprobado en Sesión de la Fecha Acta No 22 o .41

MYRIAM" GUERRERO DE ESCOBAR

Presidente HECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ 'loqistra'.'io Maqístrada''.

BENJAMIN HERRERA BARBOSA FABIOLA OROZCO DENIfO

Magistrado Magistrada 4.

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