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TA CUN - 89-D-5412-(14-09-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 89-D-5412-(14-09-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

.14

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CUNDINAMARC

SECCION TERCERA

RESPONSABILIDAD POR TRABMOS PUBLIODS / PERJUICIOS - Indemnizaci6n

Santafé de Bogotá, D.C. s.ptiembracatorce' (14) de mil novecientos noventa y cinco (1995)

PIAGISTRADO PONENTE: DR.BENJPIIN HERRERA BARBOSA

Referencia: Reparación directa

Expediente: No. 89-D-5412

Demandante: Alicia Cifuentes de Pardo

Pfmpda 7 Alicia Cifuentes de Pardo demadóa la Nación —Ministerio de Obras Públicas y al ..Fondo Via1 Nacional representadas por el Ministro del ramo. pidiendo 11 1 Que mediante providenciade su despacho declare, que la Nacidn, representad por el se 15 or Ministro de Obras Públicas y representante del Fondo: Viál Nacional es adi nzstrat.z vaff,ente responsable por los da7os causados a mi poderdante. - en su predio denominado E1 Pedregal , situado-en el cserio de Sabia del -rnjnicípio deSili'ania, ia's c,sistentes en los perjuicios ocasionados por la ampliaci6n o remodelación je la carretera nacional que de Bogotá conduce al Nuriicipio de Silvania. (Cuod. ) Que a título de indemnizacin por perjuicios materiales se condene a la Waci6n, representada por el Ministro de Obras Públicas y representante del Fondo Vial Nacional, a pagarle a la seiora Alicia Cifuentes de Pardo

Que a título de indemnizacin por perjuicios materiales se condene a la Waci6n, representada por el Ministro de Obras Públicas y representante del Fondo Vial Nacional, a pagarle a la seiora Alicia Cifuentes de Pardo la sui»a de dos millones de pesos (2 (>OO.00O.00) NcteExp:edl.nt. NO.5.412 ".3. Que a ttuIo de indeienjzacin' por perjuicios vorales se condene a '.J Naci4n, Represent'ada por el seor Ministro de Obras Pblic y reprezentanté del Fondo Vial Nacional a pagarle a la seora Alicia Cituentes de Pardo la suma equivalente a un mil gramos loro (i.OÓ) 1, 4. (&ae la cantidad t ¡ja da, corre;po»dzente a la i»demnizcin respectiva sea actualizada en los términos correspondiente; a la conversión ecalonada al yalor adquisitivo actuaL. ms Jos intere;e. de esta suma a la tasa comercial liquidada sobre el valor nominal de la cantidad en que se corene a paga a la Nacibn representada püI el sePor Ministro de Obras ptib y representante 0l Fondo pial WaczonaÍ, contme a la fecha de ésta petici'n y hasta uai s'e eritIque el pago "ue el tallo se.,cumplirá conforme • Jo e.tatuido en los avtxculos 176 91¿4,177 del C.C.A. la cantidad reconocida i n te reses devenqa r siguientes a su.: tér.mino. (folio comerciales durante los seis meses erecutoria , Roratc)rzos despu; de éste

i n te reses devenqa r siguientes a su.: tér.mino. (folio comerciales durante los seis meses erecutoria , Roratc)rzos despu; de éste 2 cuad.l) 8se de suspretensiçne firon1os hechos El Ministro de obras contrató ton ....1 sociedad Stirling International Ingeined Limited 1a construcción de un tramo de ,la vía 9agotá-iraor sector Chusacá Si.lvania bajo 01 No 224 da 1982 2 La demandante. s 'rpietarib de un'Ø red. id rr14 1amado El Pedregal N con wia etensión superftciaria 'de 3OÚ metros cuadrados y se halla comprendido derttro de los "Partiendo del punto numero tres siguientes linderos:Expediente N La demanda fue presettada el 24 de junio d 1989.aditida el de Julio 'de 198 (fl661 uad-1) (3)., al sur-oeste, en la concurrencia de pretil o pea mayor del cuarenta por ciento (407.), Carlos Rodríguez y el peticionario colinda as Sureste y Noreste, con Carlos Rodríguez de punto tres (3) al sei (6). en c,iento nueve metros (109 sigue el noreste, øn Misad Pachón Rozo, del seis (6) al ocho (8) en sesenta y dos (62) metros, frmando el costado noreste y sureste, con pretil o -pea mayor. del "cuarenta por ¿iento(40%).'del ocho (8) al tres (3) en ciento veinte metros -(120) metros, y encierra (fo,i.o 3 cuad 1)

pretil o -pea mayor. del "cuarenta por ¿iento(40%).'del ocho (8) al tres (3) en ciento veinte metros -(120) metros, y encierra (fo,i.o 3 cuad 1) La actora adquirió el inmueble por esctturali9de: '6 de junio de l98, de la Notar'a del Cirçulo de Ftisagasug registrada en la correspondiente oficina bajo l No.290OÓO.-3203 3 En desarrollo de la obra publica mencionada en el hecho primero se causaron daPos al inmueble mencionado en -el hecho seaundo. consistentes en: agrietamientos, deslizamientos,erociones, desaparición de linderos, de pérdida de la entrada, imposibilidad de explotar un alciibe.. El. 29 de septiembre, de-1989se notificó el demandado,'. quien la contestó, opon iénddse a las pretenione A los hechas se está lo que se pruebe. Propuso como excepciones la de inepta demanda por no citarse correctamente a la persona juríditR, demahdada "y pór no estimarse en forma razonada la cuantía. (flios 7-0 a 72 del cuaderno 1.)Exp.d'i.nte Ho.5.,412 realizada por el Tri&inal (fl)o 86 / 87 cU4d.2) 4 El 16 de enero de 190, se abrió el proceso a prueba. (flio 74 cuød.i) Se citó a las. par'tes para audiencia de conciliación en auto fecha abril 20 de 1995 (flio 171 CUad 1)

4 El 16 de enero de 190, se abrió el proceso a prueba. (flio 74 cuød.i) Se citó a las. par'tes para audiencia de conciliación en auto fecha abril 20 de 1995 (flio 171 CUad 1) Realizada la conciliación., el 25 de mayo de 1995 sin que el demandado se presentara se declaró precluida la etapa de conciliación (fijo 178 cuad.,1) En auto> de junio 5 de 1995 se ordenó traslado para que las partes alegaran de cnciusión. La demandante en su reclamciÓn.fina1pidese condene al demandado al paao de peruicios materiales y morales Dice que están debidamente probados los hechos fundamento de la acción, con los documentos 5obre el cortrato realizado por el Ministerio de (Iras Publcai para la amplación y remodel ación de la carretera riaiona1 cyt.te e 9cgotái cr,ducé sI municipio dé Silvania que obrái..a foliøs 2'.t&. 76 dei çuderno de La: ejecución de la 'íIbíl>^Cón as Lnspeccione's ,judicia,es y los tetiorjos dM los ingenieros.Lis Fernandol Sánchez (f 1 ios 79' 82.. 165 cuaderno de piubas., Con la ampliación y nodeiació dB laçaetera na'ional que de Chusacá conduce a S.i1variaeh el kilmetrø 8&OO, se le causaron a la demandante perjuicios de cacter ex'epcional / anormal, tal como se constató en la .npeccin, judicial Existe relación de".. causalidad., si. 1aóbra Øúlica no s

causaron a la demandante perjuicios de cacter ex'epcional / anormal, tal como se constató en la .npeccin, judicial Existe relación de".. causalidad., si. 1aóbra Øúlica no s hubiera efectuado '' pr consiguiente tampoco se hubrra puestoç Expediente Ho.5.412 en funcionamiento., ls perjuicios demaradadós., no se hubieran producido. Pues fue la actividad administrativa la causa eficiente en la producción del perju].c10 flios 184 a 186 cuadérno 1.) )-• El demandado guardó silenci'

Consideraciones

Hay iigra negar la excepción de inéptademanda, porque fue incoada Ún cofltra, de la Nación, representada por el Ministerio de Obras Públicas y éste últímo como representante del Fondo Vial Nacional. es accionó contra éste último, representado por el mismo Ministerio. Asimismo se observa., que en la demanda, se-estableció- en forma explícita,, ctta1 era la cuantía del proceso, dando asi cumplimiento al precepto del numeral 6a del articulo 137 dei Códioo Contencioso Administrativo. Se probaron los siguientes hechos: .1. La celebracióndel contráto,a que se. refiere el hecho 1 con copia autentica deldocumento que lo contiene, que apárece en el cuaderno 2. folios 2 y ss 2o. La propiedad del bien relacionado en el hecho das de la \demanda.. La actora trajo copia dé la. escritura pública que se menciona allí debidamente registrada y copia del folio deExpediente Ho.5.412 matricula inmobiliaria del mismo predio.. y según la cual ella

\demanda.. La actora trajo copia dé la. escritura pública que se menciona allí debidamente registrada y copia del folio deExpediente Ho.5.412 matricula inmobiliaria del mismo predio.. y según la cual ella adauir.ió el predio de Edelmira Vaca Naranjo según aparece a folios 191 y Ss. del cuaderno 1. 3o.. Que la finca a que se refiere el hecho anterior sufrió daos considerables.. Durante Ja inspección judicial practicada por el despacho que aparece a folio 85 del cuaderno 2 4o Los daFos que se refiere el hecho anterior fueron causados par e] desarrollo de la abra a que se refiere el hecho 1 Sobre la relación temporal entre uno y otro hecho se encuentra. El testimonio técnico del inqeniro Luis Fernando Sánchez dice: Daano; s. Ud. sabe que, como consecuencia de los traha.ios realizados se causa ro'» daos e» caso afirmativo de qué tipo a una finca de propiedad de Alicia Cifuentes llamada El Pedregal, ubicada en el stor a que Ud. ha hecho referencia. CONTESTO: se estaban haciendo, los trabajos de r.rain de la via supe que se presentaron dos Ør?L',1emaS 'en predios 'diferentes a! mencionado afectdose edificaciones los cuajes . fueron ,:uhsos e» sta, momento en cuánto al predio enciona.io s6io vine a saber en julio de éste aso. Lranio e ,me cit6 a u» peritazgo o 'visita al sitio ir,frmrnoque la propietaria de ese predio )ba dao poe efectos de la reparaci6n de la

Lranio e ,me cit6 a u» peritazgo o 'visita al sitio ir,frmrnoque la propietaria de ese predio )ba dao poe efectos de la reparaci6n de la (filo 8O cuad.1,)xpedíente Ho.5412 Y el dicho de LUIS AmedAretas dice - 'SLrvase decirnos céir#o y porqué conoce Ud. unos trabajos de rehabilitacin de 1& carretera Chusac Silvapia y m á s exrtai.ente en el Míactro TJS a 39.

CONTESTO: Yo 'conozco los trabajos de rehabilitacidn de la carretera Chusacá—Silvania porque' he 51d0 el interventor del esos trabajos desde el áXo. 82.

Preguntado: Cuando Ud,.;nos habla que se realizaron unos trabajos para detener un derrumbe en ese sitio recuerda en qué época se hicieron esos trabajos?.

CONTESTO: Allí se hicieron varias clases de trabajos entre septiembre de 1985 y abril de 1986 si (sic.) hicieron unas obras de drenaje en toda la zona de. movimiento la zona de movimiento es el área vecina 'a la carretera, para hacer estas obrase! Ministerio tuvo qde,comprar a varios propietarios; entre junio de 186 y enero de 11980 sehicieron ecavac.zo»es por TI Sido derechó de Ja vía decir que si ac-6 mate'rial de ahí , que estaba invadiendo la calzada. ese material se co.loc6 en un predio al otro lado de la vía, al lado izquierdo, el predio donde colocamos ese material de escavación previa au-torizaci6n del propietario, una autorización por escrito que el

ese material se co.loc6 en un predio al otro lado de la vía, al lado izquierdo, el predio donde colocamos ese material de escavación previa au-torizaci6n del propietario, una autorización por escrito que el propietario hizo al contratsta, es dp un seíor Fardo., entre julio 97 y octubre 87 set. hicie'ror mas scavacores por ¡a vía, -n el lado derecho entre noviMÍO 87 y mayo 88 se rea1zc la caretera en ese tramo y entrejunio .98 y septiembre 88m se paviment$ el tramo. Pregundo: Tiene ¿Id. conociflien-to - que co n de lo: diferentes trabajos de iete»i n de derrumbe re pavimentación de lá 'carretera entre - otro, se hubiese causadó datoa alguno o algunos de los predios aledaíos a esos trabajos? CONTESTO: Como leo —Expediente Ho..5.412 había dicho. Za corrijo el Ninisterio tuvo necesidad de comprar: Lo predios que efctii.amente estaban siendo afectados por la zona en movimiento, los predios que se vejan que estaban siendo afectado por la zona en mpViáipnto fueronl los que se coipr ron. PREGUNT4VÜ: Sírvase decir sí la compa:contratista o la compaia ir,tervertora tomaron algunas precauciones para que predios vecinos al derrumbe no sufrieran daios. CONTESTO: es imposible tomar medidas para Parar,i1 movzsiento de una zona de terreno considerablemente qrande,. lo único que hicimos de obras fue realzar ¿a carretera, nosotros estuvimos trabajando siempre en la zona del

medidas para Parar,i1 movzsiento de una zona de terreno considerablemente qrande,. lo único que hicimos de obras fue realzar ¿a carretera, nosotros estuvimos trabajando siempre en la zona del 1inzster0 cofl eso noi se perwdicaba ningún predio (toli 82-83 cuad.1) Esta relación temporal eve confirmada por el dícha d los peritos que -dicen Y 'Las causas principales de ¡os agrietamientos que se presentan en la finca El Pedregal. motivo del presenteexpercio. so entre otras las siguientes: a) Originada desde, zemoo atras cuando se inició la constru cci6n dé, . la arréter con lo., cual se produjo el desequilibrio de mazas que servia» de soporte o apoyo una aran maza de tierra que se i»iciaba e la parte rrrs alta de la tinca El Pedregal, cruzaba las fincas adquiridas (segun declaraciines) por el ¡'linisterio de Ohias Publicas y continuaba hasta la parte u interior izquierda de la referida rarretera. lo cual origino las primeras lisuras o agrietamientos qe ::pasaro inadvertidas por los propietarios de ¡as finca; que sufrían estos efecto ocasionando el deslizamiento continua de materiales e invadiendo la banca de laExpedient.14o4.5.412 q ei s ti.an ; 'V que:.conkí b4Ian l& ladera. en et ó o cønt€nciør tipo g4'4qMeSque pct m. á:i arrib4a vza t3gota)1. &l so,St1).'e?to de; efection bras de :. .1uer: hechas i

cønt€nciør tipo g4'4qMeSque pct m. á:i arrib4a vza t3gota)1. &l so,St1).'e?to de; efection bras de :. .1uer: hechas i cuadr?w 7.)

S. El valor ddichosda ej'. 1 950 OO de mrzo 10 s apartece 1ijado par los perito '95' véae ftL464 cuaderno 2 carretera en forma, pe rna,e n e» 'pesar del retiro de d i c ho s, rnateriaeh

(fIz 235. cuadl.) Y como este dictanñura, omplenentado .a olicitud del. Ministerio de Obras para o cual hubo necesidad de reemplazar a los primeros nombrados 110s segundi6s ratificaron el dicho asi "PREGUNTA a9rietalniento3 citada finca: "/ESPUE2-T.4: La si9ientes:- Posible cusa. o cauas d des ia eritos..d.e tierra3 los de la ¿áa.r, de lo aqrietaz.ietos la. "a) aduado manejo de aguas .taytóen la finca El. Pedreoal como 'en los terretos más c bajos,, coprendiqos entre dicha ti ca y la caretera Bot-ilL.an1a. ") Los trahais de asp1iacin y retifica.Ion de la carretera ue etectu4 eY Ni i te rfo de Otras (h: ;a'el tratisporfe) qúe fueron ej excavaciorig y re1emo prec2s.n?ent

carretera ue etectu4 eY Ni i te rfo de Otras (h: ;a'el tratisporfe) qúe fueron ej excavaciorig y re1emo prec2s.n?ent 1pié. d

lder.,de, a fzrca. Seq rowaz6n de ahuns i'e4inos para a,3pl1ar la banca de la vía fueráw graflde piedras Encontrando Que 6e akc:uerdcr a la eción ue la actividad del Mir1sterio. de lecho' probados 93r Pub1as yLa suma de lo Expediente No.5412 Tranport por intrmdio d us J.,contratistiars causó a la demandante un daopatrimonial estimbIe en $1.95Q.-000 de marzo de 1995 por la ejecución de la bbra publica consistente en la ampliación de la carretera Chusacá-Girrdof a ello' ha de stare ordenanr.do a la demandada pague dicho valor, actualizado a la fecha

$15oo ctual chade; e hoy y para ello utilizamos los indicas de precios al consumidor vigentes para el mes d marzo di 195 y en la fecha de esta sentencia..- septiembre de 199.5. t'.to poemos tornar los de e)cutoria de la rtnci.a orque4desconoceo, candQ ella tengafirmez. . Fá ..iiriice finebtjibrde indice inicial (rnarzoá Donde Indice inicial, se toma e'l. de maro de :195, lecha del úl1timo dict.men pericial donde se avaluo e a.nmueblé afectado 428.44

indice inicial (rnarzoá Donde Indice inicial, se toma e'l. de maro de :195, lecha del úl1timo dict.men pericial donde se avaluo e a.nmueblé afectado 428.44 Indice final esla. fecha de Ía'entecia. Se toiiará el . mdi :del mes d agosto porque e. d,éseptiembre atan no ha salido 45677 1.950000.00 x 477 428.44 O789 i.o El valor a pagaral demandante de l,.a parte de la finca aqrietd. / deslizada es la suma de dos millones setenta y con co mi 1 novecerto cu.rent un peso (2Óa 94t oa)11 Exp.d1ntallo.5.412 ;e-niegan los perjuicios Olorlee porque no ge deíÑetró l aflicción de loe proØíetarios En virtud de lo expuuto, laSección Tercera, dl Trit.unl Administrativo de €±undinamarca, en la de Decisión, adminietrando•jticia en nombre de la ReØblic de Colombia y por autoridad de la ley, F ALtA lo.- Negar la excepción propueeta 2o.- Declárase ninitiativamente responsable al Fondo Vi.l Nacional., hoy. Instituto Nacional de Vías, del periucio ínterial ocasionado ot Alicia Cifuentes de Pardo, en el predio denominado El Pedregal situalk cn la caserio de Subia del municipio do Silvania. ctn ocasión de los trabajos rL%al,i2,ado« para la ampliación de la cat-retera ncional que de ¡_~itá conduceal municipio de €;i.lvani.

Subia del municipio do Silvania. ctn ocasión de los trabajos rL%al,i2,ado« para la ampliación de la cat-retera ncional que de ¡_~itá conduceal municipio de €;i.lvani. 3o.- Cordraee rj Instituto Nacional de Vías a p&r a Alicia Cifuentes de Pardo, 1.a'eüma de 'ios millones setenta y ocho ,nil novecíentar= cuareiit •. tU) mil $I2{.5 ($2.078.941.00) mete.` 40.- La suma liquida a la fecha deeiecitoria de la sentencia, ganará intresa comrcialas corrientes dentro de los seis mesas siguientes. .' después de éste término j hasta su canlación. in reses comerciales inoratorioslo 12 Expediente Ho5.412 50..- t3eniéanse las demás súplicas .de la demanda.

COPXESE NOTIFIQUESE COMUNIQUESE Y CUMPLASE

(Aprobado en sesión de la fecha. Acta to.34

HECTOR ALVAREZ MELO MYRIAN GUERRERO DE ESCOBAR

Magistrado Magistrada

MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ BENJAMIN HERRERA BARBOSA

Magistrada Magistrado

FABIOLA OROZCO. DE NIO

Magistrada

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