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TA CUN - 89-D-5762-(05-09-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 89-D-5762-(05-09-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

¿

LESIONES PERSONALES (X)N ARMA DE WACICt OFICIAL

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIJN TERCERA 09 SET. 1996

Santaf•' de (1996). DRA. FABIOLA OROZCO DE NIO Rc.feren ci c Expediente No. 89—D-5762 :oerJ.t CARLOS JULIO LINARES Y OTRA L.C.E. c:gLcs tii.i u L. : IARE3 Md:T 1 }1ARl t}I.1P q:.r&'c. ctuan en rçc:qnbr+z. :' ers 'pesen ta<::ión de su hi .i o ,RI1AF4Dc1 U FES P por irsed lo 1 a i:.c:t.t L tad c:onfer :kc}a pc:r ¿-s ití c:.lc:( 86 del Cc<ilgo Con tenc:ioL:.<:c Adçç.:&rsi strativ<::.. preen tan cz<rari a an te esta Coy' pccra ci ón pa r.í queel t.e el tr.ini te 1 <q a 1 c:03-c";I::(c:(nd :uzr5 te se doc 1 are r+Yf:'onsa b:Le a 3. a MINISTERI O DE DEFENSA 4AcIoHAt..» q pr :Las le ones que sufrió el pr:itnerc: por parte del Aq+?n t+x' de la Pol 1 cia Nac::k onal Sr :i stóbal Rin cón c:on arma de dotación ofi ci al

parte del Aq+?n t+x' de la Pol 1 cia Nac::k onal Sr :i stóbal Rin cón c:on arma de dotación ofi ci al ecuen Cl 11,1 1 sol :i ci ta se haqan :i as .:19 ui en te. çlec:& aracionec. y ondenas " P:1 EF;:O 1 a Ministerio de N ac:ic.na1 ....

Haci r.iL es admi n: i. strati va<rsc'n te responsable de l ...lesiones pc.:criec.. u 'fr id <:j. por .3. se?c:.r Arrsando U. 1 n a res Pea e hec hc:s sucedidos la tarde del 6 <le noviembre c}e 1 _955 c:uandct +?l de pol :1. cia Sr' 1 stóba i R:irsc:órs Wez di sparó su arma de d:etación oil c: al sobre las p:ier'nas del sc'?ccr Armando LinareE.. F'eia <::aus.'irdc:.lo erid do qravoclad y s+: •:'rs 'n i•r•i €.n :i1r5po.:.i bi. :i :Lda(:} c}c' " E;Oux)O U30 cia de la 'tE:r:ior declaración la Nación Colaribiars .....Mini'..terio

:Lc:.rs1 Pc.,li <::í a « y paqarle a:L eer Armando U. 1 na r+:'s Pe?a represeni ado por sus pad res.. i.eqí tirics:. C'r:toc ul lo linares y Maria Emma

y paqarle a:L eer Armando U. 1 na r+:'s Pe?a represeni ado por sus pad res.. i.eqí tirics:. C'r:toc ul lo linares y Maria Emma Fe?a :I<:. .i<.ti4?ntes al<::rc's2 (E::x p. I1:: 5762) "a) Perjuicios materiales consistentes .z'n dineros que ha dejado de percibir ccirc' trabajador del campo desde c:'l día 6 de noviembre de 1.9P3 y hasta cuando .z'st:' talm.?nte recuperado de las lesiones según certificación que para .?:t efecto expedirá el Insti tuto ciii.', Medicina Legal. ' b )Todos 1cs valores o dineros que han invertido los paci res de Armando Linares F4a tanto en su c ración en cuan tía hasta la fecha de $760.000 distribuidas en ortopedia, mas ajes ,•fisic:ctc'rap.i a . yeso.. c) Los valores cancela dos por los padres cI.: A3iri?ncic Lin ares i:a o por la persona que W ... representa en la Ciudad de Boç;ot fs el sec:cr Pablo Elías Linares, así $150.000 en servicio ck' transporte puesto que la imposibilidad de movili zarla hasta el :.?ntr:: de curaciones era necesario flotar un taxi tic' servicio público para que en 35 oportunidades lo trasladase desde el barrio Buena Vista hasta donde debía hacerse :Las cura cion es a un promedio de $4.300 diarios de transporte trabajo que efectuaba el taxista s.e<or Juan Vargas en el ciudad do B::qct.

lo trasladase desde el barrio Buena Vista hasta donde debía hacerse :Las cura cion es a un promedio de $4.300 diarios de transporte trabajo que efectuaba el taxista s.e<or Juan Vargas en el ciudad do B::qct. (3astcn alimenticios causados en casa del !or Pablo Elías L..iaYos desde el 22 de noviembre de 1983 y hasta cuando €.:L s.eor A}iiÁi4D0 LINARES PE?A a un coso entre al irnentación alojamien to , lavado de ropa y cuidado en general de $5 000 oo diari os.. u r .,. Valor <Je 105. perjuicios (florales sufrido. por el seor ARMENDO LINARES PEZA, +n cuantí a o el equivalente en pesos ç<?lombiar3os de 700 gramos de oro, según el precio qué certifique el Banco de la República para la fecha de ejecutarla del respectivo fa 1 1 Uf El valor de los int€'.?ses corriente !....-. dentro de los primeros 6 meses de la ejecutoria de la respectiva providencia y moratorios luego de esta fecha, entendiéndose que dichos intereses so pagaran do conformidad con los a rtículos 176 y 177 del

C. C. A "q... L.:s valores a que sea condenada :}a

Hp(:::uJN coL..OMB:EAfIA Ministerio de Defensa Nacional Policía P4ac:ional -• (:Jeborr3 ajustarse a lo normado por el artículo 173 del c.,c ..A en cuanto al ajuste del valor así(E::p No..

Nacional Policía P4ac:ional -• (:Jeborr3 ajustarse a lo normado por el artículo 173 del c.,c ..A en cuanto al ajuste del valor así(E::p No.. c:oasi en forma expresa el lallo fallo :}o€:r;i ordenarla actualización de }.cs valores a pagar con la respectivasentencia, tcMInc}o como base el índice de precios al consu midor o ¿l por myc:r. 1 h. Nación C(::'1c:4iub. -Ministerio de Defensa Nacionalpagrt a favor izt dem an dante una indemniza ció n e q ui valente di s minución tanto en su capacidad vital o de vida como en la disminución c}+.' su capacidad :tri lo que so determinará t través de :& División de Medicina del Ministerio de Tra bajo y Seguridad Social.''

II. .cr+:: los ::tL.' peticiones 'c5rs «?fs 5.Lnt0si!:. 1o. i(.i+?rtoc. 1 El d :L ¿1 6 c}c' nov iembre de 1955 estabael soíc{r ARMANDO LINARES PEA . quien es sordomudo junto con su famili a en su casa de habitación ubicada en una vereda del Municipio do Gc:htl it cuando so hicieron presentes tres agentes de la policía y el Comandante cUz:L puesto de (3cha :i it •todccc. armados. 2. uniformados habían r+:ci i ftc información df? que Armando t..intrec•. había Unsultado la sezorita Dora Alba F+:•t Ramí reW , e l tqorrte

2. uniformados habían r+:ci i ftc información df? que Armando t..intrec•. había Unsultado la sezorita Dora Alba F+:•t Ramí reW , e l tqorrte Cristóbal Rincón MUROZ tomó por los J:frs3'os al inculpado y los sacó a r rastr ándolo y : I4.:.+?!:. de sentarlo, arrimado a t.tn€i mata de cafeto ie disparé con su carabina n oficial :v le causó unaherida en ambos tobillos, pues el disparo atravesó :L;s dos piernas, quedando " totalmente :& :'."

3. Los mis1n::'s agentes lo llevaran de inmediato a1 puesto d+:: salud, pero el médico no quiso recibirlo ante la gravedad de la herida, por lo •ltntc debió ser trasladado al Hospital de Oi::ht 1 it y después Hospital La Samaritana, donde permaneció porJ-14 Exp )'k: 762) más de dos. meses.

4. Para atender I: Armando, quien se encontraba sin familia en la c1udd debieron contratarse }çc:. servicios d+z' alimentación y alojamiento c1L seMor Pablo Elías Lira. donde permaneció hasta la fecha 4:e presentación de la 1:7 de octubre de 1989 y ¿ quien se :te pagaba un diario de $5000oo

5. El seNor Crintóbal Rincón MúRez per tenece la in...ti tuti cón Policía Nacional y se encontraba en servicio activo «i día +.'n q.E:' sucedieron los hechos. :E :r :f - La demanda fue admitida por auto de

la in...ti tuti cón Policía Nacional y se encontraba en servicio activo «i día +.'n q.E:' sucedieron los hechos. :E :r :f - La demanda fue admitida por auto de enero Je 1990 y la entidad no contestó la desanda pues se limitó a decir que se tuvieran como pruebas lal.-. pedidas por el demandante. 3V Las pruebas fueron decretadas en su totalidad por auto dejulio ;:L de .1()_

V. Las partes fueron citadas a audiencia de conciliación, sin que se llegare a nirsçptn acuerdo toda vez que la parte demandada no se hizo prosonte Vi. Hizo uso dç:L traslado para alegar el sc'?cr apoderado de la par.+:.' ac: era quien solicita se acceda a las pretensiones dO La demanda por cuanto so dieron los tres elementos d+1 a falla en la prestación del servicio y en consecuencia, se condene a la demandada a pagar, tanto por los perjuicios morales como materiales causados Vil. Este proceso recibió el trámite legal correspondiente y no observándose causal de nulidad que(Ex p '}o :76$ ) inval ide lo actuado, •z'n consecuencia, 5+? procede a r+z'soi'.e3' previas las E.1CJU1+Z'fl t4?.

CONSIDERACIONES : Se pretc.?nc:R? med iante esta obtener :t declaratoria de responsabilidad a cargo de la demandada por las lesiones sufridas por ARMANDO L INARES PENA, causadas :r un agente (}+? la Pol i cía Na cional quien disparó su i'ré de dotación (:f.ciJ1

declaratoria de responsabilidad a cargo de la demandada por las lesiones sufridas por ARMANDO L INARES PENA, causadas :r un agente (}+? la Pol i cía Na cional quien disparó su i'ré de dotación (:f.ciJ1 1 acreditar los hechos i€ la demanda se aportaron las siguient es pruebas: 1.1. Certificado médica ex pedido el :kS de agosto de 1959 donde consta CUP ARMANDO LINARES p. es c.rtc:c.:}c:c )' nc:c !.bf' ic'+::'r fl± escribi r. ( 11 ; ) 1Registro civil de nacimiento de Arffi;ndcc Linares nacido el :14 de octubre de :1962 hijo de CARLOS LINARES y MARIA E1A PEA_ ( fI 8 C.1). 1 Ofi cio di rigida a este Tribunal par porte de la Estación de Policía de Gachalá, donde consta que el agente Cristóbal Rincón MuZoz cr.k:c servi cios en ese municipio c:t 6 de noviembre de 1988. Qu+:'q sc'cjn la Minuta ci+? Guardia, cuatro agente!: -. sa l ieron a atender un llamado de Heri bertc:c PeRa, quien informó que +rnric:c Lina res había s a tacado c::ri una peinilla !.0 hija.=ando la policía fue ¿ conducir +?5t+x' me Zor qu ien se encontraba excitado 3/ armado c}ol ir(rca antes ,n+,c:i<::<ndiç se ¿vi ¿tnzó y a tacó al agente6 (1.`::p. 762)

+?5t+x' me Zor qu ien se encontraba excitado 3/ armado c}ol ir(rca antes ,n+,c:i<::<ndiç se ¿vi ¿tnzó y a tacó al agente6 (1.`::p. 762) Cristóbal Rincón 'ttei' ,, quien usó su arma de dotación para defenderse" (fi UY C 11. 1 +:.':c}:i:Io +.1 10 de julio d.: « por medio del cual 4:L Insti tuto de Medi cina Li:L concluyó en una incapacidad J+ini.a de ocho días y ir secuelas médico 14tLei. (fi.. 10:2' C. l). 1.5. F: j.L (:( :}c' primera instancia #rat.I:}o p or el Comandan te del Noveno Dis tri to donde resuelve exonerar cI& toda responsabilidad disciplina ri a a1

Agente Rincón NuMez Cri .t.c: 4b.i i Dentro del expediente «i testimonio de Dora Alba Ramirez quien manifiesta que fue agredida por Armando L.i nii res. el sordomudo, con una peinilla con seRas la amenazaba tü'tri Que le tocó irse ¿3. pueblo a :irfc:crrrie a los papás, mientras.13to 4?l "el (.do se quedó causando da%ms, trozando las matas en +:•l maizal". tarde d :i 6 información a la Policía quienes fueron junto con ella a la casa de Armando Linares, :1+'..c}+:' un montículocerca Hescuchó un disparo y después desde lejos vi cuando sacaron al mudo

quienes fueron junto con ella a la casa de Armando Linares, :1+'..c}+:' un montículocerca Hescuchó un disparo y después desde lejos vi cuando sacaron al mudo herido pero no se como sucedió" ( folio 29 cdncc .. 2 :D:;:fl ARTURO MEDINA manifiesta que :e días antes también fue agredido por .1 mismo Armando Linares, quien sufre enfermedad men tal. 1.6. ErI MONI OS I:::r medio de juez comisionado se recib ieron los siguientes declar a c io nes : GUILLERMO. GÁFZOM AL..VARADO Marra que el d :L r 6 de noviembre de 1988 llegó a la casa de Carlos I..iar+:.:'s y encontró al muchacho Armando c:aIcIc: •:'33 el(E::p No. 5262) suelo, estaba herido con un disparo que le hizo el Ag ente Rincón en un pie_ Le consta que el joven herido e. sordomudo, es hijo de Carlos Linares y Ma r ía Emma PoRa de Linares, trabaja ba coro jornalero ayudaba a los papás. El jornal para +?W:.iç época ?3'c?i (:(:fl4. de 300 diarios (fl. 48 C. 1).. :iA ENMA FEs - Estaba +ri la casa jun to con .0 hijo Armando, quien e. ç.o<jogrs.3do cuando llegaron vari os pol i c ía s, i se asustó y salió hacia una mata de café y "le dispararon un tiro en los pie. el

.0 hijo Armando, quien e. ç.o<jogrs.3do cuando llegaron vari os pol i c ía s, i se asustó y salió hacia una mata de café y "le dispararon un tiro en los pie. el izquierdo, en seguida él cayó ;. .z'l polic ía 3.O ¿:ç.tt.ó donde duró cccfrcc veinte días. dijo que era para asustar medi a

con ella a Vs r ró el Después lo llevaron grave .c: trasladaron pira al muchacho, consiguió una pie, el mi smo a gente hizo cc J (31ic:hil « pero cccççscc n.e9u:L Bogotá , a La Samaritana, .?qO lo sacaron )/ Lc llevaron donde don Pablo Lti Oirz.n. un amigo en X(::ct ,, quien tocó pagarlo $5.000 diarios para que le suministrara tccck:cn. los servicios; al1 i permaneció un ¿d'cc y tren. inen-en..,. Çsntes del accidente trabajaba como jornalero y ganaba :rc:' $1.000 diarios; ahora trabaja muy pccccc porque sigue rf go <.ie l os p.i. en. ( fi - 51 C. 1 F;:(;:CC FE:í' Vecino de la casa de Carlos r: enLinares, Linren4 escuchó un disparo y cuando llegó ?( la casa de Carlos vio a Ar ma ndo her ido junto a ursi:ç mata do café, OStcA el agente Rincón con no arma de dotación, :L herida fue e n el pie i zquierdo. Armando vivo con non.

Carlos vio a Ar ma ndo her ido junto a ursi:ç mata do café, OStcA el agente Rincón con no arma de dotación, :L herida fue e n el pie i zquierdo. Armando vivo con non. pptn. 4 I::cu+z-s es sordomudo. Trabajaba nonio jornalero (.fl ¿TULIO LINARES. }'lc:c estaba presente d3rsi.e ion. he:hon-. Mientras que no hijo, el tnu::hjch<:c herida, +:'n.tuvc:c en el Hospi tal La Samaritana donde vino € verlo como ocho veces y el viaja costaba $5.000.

Después I: llevó a la casaCI+? •}(.3.3 Pablo Elías L..k333•1...cU (E: 14:c_ áonde 1u+::, atendido c' .cJc: a todo, allí estuvo como iYs do trece meses. Armando se dedicaba a la agricultura, ia.:iak:a •..r la c:a.a4 d+.:' peón, 1+? pagaba tB50 (:tiari:.,.

H:CAIo}. PEZA. Dice que el 6 cI' rsccv:i obro do 1 93U pasaba por la casa do Carlos Linares y encontró a .ora Eçrma PoRa quien le comentó (u.U? la policía venía:c:r el muchacho Çsrrsa3dc: porque seguramente había tenido un problema con la vecina Doralba. i momento llegó un policía)'cuando o:L testigo salía vio cómo a UnOS veinte metros ,que " el policía soltó €:t tiro : el muchacha cayó, la dijo al policía qué puedok

llegó un policía)'cuando o:L testigo salía vio cómo a UnOS veinte metros ,que " el policía soltó €:t tiro : el muchacha cayó, la dijo al policía qué puedok dijo váyas^ Agrega quo el agente estaba como a tres +z't:rcE. del tr::o A3sarsdc:c lo ayuda a los papás +'n agricultura y también sale a ganar jornal.,(fl ói. c..i ) 2 Una v+:•':r evaluado todo «i material probatorio a la luz ti.' la sana crítica, la sala encuentra probadoslc:. siguientes h::hos 2.1. Que ARMANDO LINARES P. es hijo do €n1cc. Linares y María irsa PoRa. Utie +:?1.:. sordomudo y r: !:.abO leer ni escribir. 2.3. Que ft.4e herido con arma de dotación oficial causada por 01 agente do la policía Cri stobal Rincón Wnoz cuando éste so encontraba en misión del servicio, a raíz ch? la herida Armando estuvo recluido en el hospital la Samaritana y :L.+'qo debió ser9 (E:p 1'}o,. 5762Y trasladado a la d: un amigo +:'rs Bogotá :I:n:!€ Ç'fl3in ci. ó por un aRo mas c ir»nc"-:. 2.5. Trabaja •:•:'n agricultura ayudando tdY(.z' como •:w1r'ro y devengaba un salario diario de:' 2 Prtcc€'c}.? enseguidala Sala al análisis de la responsabilidad dol Estado, para ello i;o estudia 1

tdY(.z' como •:w1r'ro y devengaba un salario diario de:' 2 Prtcc€'c}.? enseguidala Sala al análisis de la responsabilidad dol Estado, para ello i;o estudia 1 presencia c}:' cada t.nc :J:.? los tres elementos ct?<::t3'i1e. (UO la integran, a) Una falla o falta en la prestación del servicio, :c:cr omisión, 'c'tTirdc: irregularidad, ineficiencia <: ausencia del b) El dado :}+:' un bien •;h.ir.{dI ::) n?:c::4 causal entre el Jic(: y la falla c:c falta :'n la prestación <i.:'l servicio. 2.1 En ::t.st.c hace al primer €kwntcr 1 Sala lo encuentra configurado. En ofoct:c. <lz'l j'.'O probatorio se deduce, la transgresión las obligaciones que deben cumplir las autoridadaes del don Corresponde a todos la proteccióni' los cI'::h'cs fundamentales los. y con mayor razón corresponde las autoridades proteger ;'hacer que se protejan •:•.t.::. do3ocho.. la CartaConstitucional así .lo exige. X):}n. las circunstancias +rs (}.t? se presentaron los ochos so ir<:n:i la policía pretender el objetivo para el cual fueron llamados, para el efecto debieron emplear los r.±.to.ios propios para obtener la rendición o la captura r del joven 1310 (E:: 762 ) realidad procosal, indudablemente s

pretender el objetivo para el cual fueron llamados, para el efecto debieron emplear los r.±.to.ios propios para obtener la rendición o la captura r del joven 1310 (E:: 762 ) realidad procosal, indudablemente s demuestra una talla :t servicio, pues tcr. (COfltO'. tenían pleno conocimiento io1 estado incapaz c:a:: i' i ç:oc.cna quo requerían, así ontc:incPs hirs debido tomar medidas d+: convicción .' rc do imposición, el carácter del po.c:rsa.jo perseguido así lo ameritaba.

La a.ws: ic}a por la Administración fue,, <:}o.de todo punto do vista irregular y excesiva , do haber .on:idc: más responsabilidad en .:I rsr+:'.:o :Iç 1 armas, seguramen te no i? hubiese presentado la lesión personal al joven Li nares. 4o se ve l a razón por 1 cual cuatro agentes de la policía, cui€'ne. han !;.idc 't.ria((:)!- para d i rimir situaci ones conflictivas do los (:1u(ia(la(. deciden '.Lvor con <:11 urs requerimiento ¿: un individuo, y menos aun ci+:•:' la condiciones do inferioridad cluc.? ten la i.0 interlocutor.

Es ,, no s.z' vislumbra alguna prudencia ors la conducta do lc:s uniformados ontratar do so meter al

si do ''rciac} hubo resistencia por parto do este por lo menos en un a forma más acorde con l.., desproporción eic'l rt+r i+' agentes ). con l a condición

si do ''rciac} hubo resistencia por parto do este por lo menos en un a forma más acorde con l.., desproporción eic'l rt+r i+' agentes ). con l a condición síquica cio la víctima.

Ik acepta la Sala : i,1, n!a cl:' uno <i L agen tes cuando dice en i..0 irsforwse que debió hacer uso <1+::' su carabi na an te el aL.a:i.•' de que fue objeto por parte del d i.scaj:aci tadc por cuanto las persona que conocieron direc tamen te :L Fs dice que «ii muchacho no portaba alguna arma y otro dice que el agente disparó ::c:scc i trO.. Bs+:'t.rO5 de la víctima, así las <:as no hay duda que la actitud do la policía fue altamente :}ospropccrc::iccna:}a y sin ninguna razón. 2.2 c-'n cuanto hace al çiac:c11 (E:p Hc:t,, 5762,1 encuentra evidente, la prueba demuestra Armando recibió una herida en :ioa to1:i1i.s y por lo •içnt: ésto lo produjo daRos d€:' toda :LrJE' tanto materiales e. dctrs<: morales.

2_3 También se encuentra probado +s'l 'x causal por cuanto al no se hubiera presentado el ex ces< ---< :n la actitud por parte :}+:' los agentes del c}+:'n no !d' habría c:cc:aE..i(:nad(: las heridasd? ARMANDO LINARES ).' çy. ende no se hubiere dado el perjuicio al demandante.

:n la actitud por parte :}+:' los agentes del c}+:'n no !d' habría c:cc:aE..i(:nad(: las heridasd? ARMANDO LINARES ).' çy. ende no se hubiere dado el perjuicio al demandante.

Perjuicios: Morales: La Sala condenará a esta clase che perjuicio! -.¡. atendiendo la jurisprudencia que en f orma reiterada ha venido sosteniendo •:.:'J. Honorable Consejo (ii? Estado, de presumir :- perjuicios ift's que reciben tanto la víctima como los familiares más cercanos (:4 a las :L(!.:i(::r?. causadas a un mi embro del grupo familiar, que aunque «?E. imposible remediar Ei dolor sufrido, si se intente por lo (rsc5sos repararlo económi camen te. :r consecuencia, se ordenará el pice del equivalente Ofl pesos de •ric::IEHTos (300> para la v íctima AR}i('} 1F)O LINARES P.

Materiales: En c:wnt.c:' hace a esta clase de perjuicios :Li Sala habrá de reconcerle por los •o días en que seçpu el dictamen médico :L€'ia:L :L víctima «•.t.u'..'o incapacitada. No así respecto de :to!. otros días que e dice, +?rt?C:.ió en Bogotá,por cuanto CO?scc primera medida, el dicho j: te df:. sus propios padres, percc. c no hay prueba :€ la incapacidad durante dicho tiempo.

Ento nces i.e ordenará cancelar el valor de

medida, el dicho j: te df:. sus propios padres, percc. c no hay prueba :€ la incapacidad durante dicho tiempo. Ento nces i.e ordenará cancelar el valor de 80 c:eO }iaic. esto es 63.,000.cc, por los 80 días,12 'k: 762 ) valor i d1ç.:i€qrsbro d.: 1933 s€ deberá i fecha do esta provader::aa 63()00 :rj:k(:o F1rJi (Agosto 1996,1 (Die. :3U)

inc1::+? IrsiclJi:L ,Ç»() 111,25 100 5 00 62 ji:::: 378,250 Esta suma se actual i z ará por el in teresado desarrollando esta misma fór:t « poro teni endo en c uenta que el :fldi.C.? Final será +?:L que certifique .i la j:ç:,Ç..5..( ci: ejecutoria do esta sentencia. L..J suma sin actualizar, devengará :iniorosos J.(CJt1E'H. i'i la í€ChJi do iji sentencia, 10 ct.ji1 arroja la suma :k'' $31.620. %o c1+o:'iiri la p.?t..:i(n por 1c:s cc5 quo relaciona el libelo cioaJindatorio por cuanto no ha:;' prueba suficiente respecto 4:10 los presuntos gastos que, según l a demanda, se pagaron a Pablo El las t..inaro'• por c:'1 sostenimiento durante la convalecencia do :'tz'. las únicas po8:.orsas que lo confir man son sui- --- propios pad res quienes, como representantes demandantes

según l a demanda, se pagaron a Pablo El las t..inaro'• por c:'1 sostenimiento durante la convalecencia do :'tz'. las únicas po8:.orsas que lo confir man son sui- --- propios pad res quienes, como representantes demandantes son los in teresados 00 la cc:ii?nJi I51 mismo no so dot.ortr:í nó con precisión cuánto tiempo permaneció en :i ciudad. Corolario de lo expuesto l a S ala declarará la c:..poridJid parcial de las pretensiones, absteniéndome do hacer condena 00 costas, i €€: la ti cici demandada estuvo representada por un profesional vinculado lab oralmente a ell a.»Esta sentencia rc: tendrá el grado de consulta toda vez que la condena no alcanza el mínimo legal autorizado acic:c para la procedencia de la segunda instancia, t::.ç:r ú: t.:irso no habrá condena en (:(:.taP. par :t:i! n c}+:?3. artículo 11 c}+::'l En nri te de :Lc: expuesto, e]. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION TERCERA, administrando justicia en ncn:'rf? de la República ca de Colombi a, y por autoridad de la :t.)/

FALLA : PRIMERO.- Declárase administrativamente responsable a la NACIQN MINISTERIO DE DEFENSA P01....CI A NACIONAl... por los hechos ocurr1dos en el Municipi o d+:' Gachalá, Cun:t :knara rc:a el cI .í a 6 de

responsable a la NACIQN MINISTERIO DE DEFENSA P01....CI A NACIONAl... por los hechos ocurr1dos en el Municipi o d+:' Gachalá, Cun:t :knara rc:a el cI .í a 6 de noviembre de 1988, en lca c:t.a1e; resultó herido el .eor Armando Linares Pena CCffiO consecuencia de disparo de a rma de dotación oficial SESIJI4DO. - (::c: consecuencia c}.: lo anterior, Be condena a la demandada al pago del equivalente I'•s ç:ieü.o. de TRESCIENTOS ( OO) gramos oro para ARMANDO ........FES P El valor del gramo de ore será el que certifique «i Banco de la República a la fecha de ejecutarla de esta sen tencia, Por perjuicios materiales la c.t:rsa de c:l.jr;:oc IENT33 NUEVE MIL c:tcl4oC i E:rros srs....tINTA ('i409 ..870..00) M/CTE. L.ri suma sin Intereses Be actualizará de conformidad con lo seRalado en la parte motiva de esta providencia»11 15 (E:g p Nc: 762 TERCERO.- Deniganse i. p3. :k c:ii d :i densanda.

CUARTO.— COPIESE, NOT1FIQtJESE Y C(JPIPLASE. ( 44:Io +7,rs 1 t

HECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA GIRALDO GbMEZ llagistriades

JIYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR BENIJAJIIN HERRERA BARBOSA

( 44:Io +7,rs 1 t HECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA GIRALDO GbMEZ llagistriades JIYRIAM GUERRERO DE ESCOBAR BENIJAJIIN HERRERA BARBOSA Miq: . -t rad a Mgi .trdcc

FABIOLA OROZCO DE NIO

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