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TA CUN - 8914-(30-07-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8914-(30-07-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

TIIBUNAL ÁDMLN TtÁTIVO DE CU1D1NAMÁRCA treinta (30) de julio de mil novecientos setenta y seis (1976). It

MAGL.ADO PC'..NTEx LR. ZAMIE SILVA AMIN

RIP.: Juicio tro.8914.

Impuestos Nacionales ctorsItSRNA, GUTIFRRZ A4N22Zi iefior HRNAN GUTIERiEZ ARA1GO 9 a trae de mandatario judicial legalmente conatitudo, solicita de esta Corporacl6n que mediante los trámites propios de un juicio especial de Impuestos, se revise la operación adminiatra tiva do liquidación del impuesto por la YlEencis fiscal de 1968 9 contenida en loe siguientes actos: Liquidaoi6n Oficial Nro. 7154 de mayo 19 de 1971 de la Administración de Impue3 tos Nacionales de Manizales; Resolución Nro. RT-000525 di 18 de mayo ce 1973 de la misma oficina y Reeo1uc6n Nro. R-06617 H de 14 de octubre de 1974 de la Dirección General de Impue tos Nacionales; y, que como consecuencia de dicha reviei6n ae declare fallado en su favor dicho recurso y se declare en firme la liquidación privada que presentó pro dicho año fiscal.2 J -8914 La demanda ae fundamenta en los siguientes }iECflS "lo) E]. día 20 de mayo de 1969 mí mandante preeent6 su dc1araci6n de renta y patrimonio corr.i pondiente al ato gravable de 1968 con la correspond. ente liquidación privada en la cual &e establece un impuesto de $ 225.229.00"

t6 su dc1araci6n de renta y patrimonio corr.i pondiente al ato gravable de 1968 con la correspond. ente liquidación privada en la cual &e establece un impuesto de $ 225.229.00" 1 20 E]. 19 de mayo ce 1971 la Administración de 1 puestos Nacionales da Manizlee practicó la T quidación of1c1l ni5m.rc 7154 en la cual as de dujo a cargo de Lí cliente un impuesto de $ 286.19 .. "3o) Mi mandante inerpueo recurso cia reclamación °z dinaria contra la liquidación oficial, el día 14 de agosto di 1971. "4o) La Administración de Impuestos Nacionales de Me nizalee negó las peticiones de la reclamación,' mediante Resolución numero RT000525 de mayo 18 di 197,". "So) Contra la anterior providencia intrpuao mi mall danta recurio de apelación el día 30 de mayo de 1973 ". '6o) La Dir.00i6n General de Impuestos Nacionales por medio de la Resolución R-06617-B de octubre 14 de 1974 confirmó la liquidación oficia]. 7154 de mayo 19 de 1971 practicada a cargo de Ienn Gutiérrez Arango por el año fiacal de 1968." "7o) La Resolución do la Direci6n General de Impuel tos Nacionales le fue notificada a mi mandante el día 29 de octubre de 1974 y quedó ejecutoriada el 14 de noviembre del mismo año." "70) 80) Entre el día de la reclamación contra la 1 quideción oficial y el día de la ejecutorio de la providencia de la Dirección General de Impues14 de noviembre del mismo año." "70) 80) Entre el día de la reclamación contra la 1 quideción oficial y el día de la ejecutorio de la providencia de la Dirección General de Impuestos Naciona1ee,tranacurieron tres años, tres meses y diez días." "90) ataba prescrito puea,el termino de que goza la Ádminieti aoidn para resolver las reclamicionee a loe impuestos sobre la renta,patrimonio y eapeci les." "lOo). Acepto el apoder que me confirió el 3e±or Re nn Gutiérrez .Arango." "110) Mi mandante tiene su domicilio en la ciudad de Bogotá." Como normas violadas por loo actos administrativos ac3 J - 8914 sados, se indican el art. 36 de la ley 63 de 167 y art.9o. de la Ley 85 de 1970. .l seflor cnte del Míníasterio Pbiico art su vista final, conuopta favorablemente a los pddimentos del libe-. lo,por cuanto la Admínistraci&n de Impuestos Naoionalee,dsjó precluir el ttrrnino que para deetar el rc'irso de reclama-. ci6n le fija la Ley. No encontrndose caua8], de nulidad que invalide lo actuado, se entra a decidir la litia, mediante las elguient sp 00141 ViL TiiIBULAL: Se cncuanra demostrado de autos, que la Resolución número R-06617 R de 14 de octubre de 1974,de la Dirección ae neral de Impueatoa 1aciona1ea, que agotó la vía gubernativa

Se cncuanra demostrado de autos, que la Resolución número R-06617 R de 14 de octubre de 1974,de la Dirección ae neral de Impueatoa 1aciona1ea, que agotó la vía gubernativa en el recurso de reclamci6n intcrpu&wto contra la liquideción oficial Nro. 7154 de 19 e mayo de 1971, por la vigencia fiscal do 1968 9 se notific6 personalmente al contribuyente el 29 de octubre de 1974 • Si se tiene en cuenta la fecha de presentaci6n del reclamo y aquella en que se ejecutorióJ8914 4 la providencia antes mencionado tresulta indudable el qusbrant siento de]. art. 9°. di la Ley 8 di 1970 9 máxime cuando .1 H. Consejo de Estado ha reiterado el criterio de que no puede co •iderarae fallado dentro del trino legal un recurso contra la liquidaci6n oficial, cuando la providencia del caso se ejecuto.. ría luego de vencido el plazo que tiene la Adminiatraci6n para resolver. Al declarar en consecuencia, que el recurso de ree]amaoi6n formulado por el contribuyente, debe entende ae fallado en su favor, hay necesidad d• una nueva liquidaci6n, en la cual se tendrá en cuenta lo alegado y pretendido por el actor en la va gubernativa, De consiguiente, la nueva liquidaci6n quedará ae;: R E N T A IkPUEQz La gravada en la ].iquidaci6n oficial Nro. 7154 de Mayo19 de 1971 $ 261.119.00 MEES Deducciones aquí reconocidas $ 56.466.93

R E N T A IkPUEQz La gravada en la ].iquidaci6n oficial Nro. 7154 de Mayo19 de 1971 $ 261.119.00 MEES Deducciones aquí reconocidas $ 56.466.93

JUNTA GRAVABLE AQUI ESTABLECIDA $ 904.652.07 $ 63.479.00 pasan5 - 8914 vienen $ 204.652,07 $ 63.479.00

ATiIMO$I0t )1 gravado en la )iquidsclSn oficial Nro.7154 de 19 de m yo de 1971 11.311.821.- !4LN OS Valores aquí aceptados a 266,619.56 PATRIMONIO GRAVABLÍ. A(UI ESTABiCIDO $ 11.045.201,44 $ 160.978.z Decreto 1594 de 1966 $ 18.20 1 670 $ 12.194.= 1% sobre $ 2340.643. a 23.406.

TOTAL A CARGO DEL COi'R1BUTLN 1 260.057.= ?A G98 2

Según coniprobante,certifitaci6u del Jefe de cuentas corrientes it la Admlniatraoi6n de Impuctoa de kanizlee,que obra en loe anti cadentes administrativos, el contribuyente por la vigencia gravable de 1968 efectuó p gea por 253 .24l.

SALDO A CAhGC DEL CON RXUYE $ 6.816.

Por las razones epuo6taa, el Tribunal Adin1nietrat Yo de Cundinaaarca, administrando justicia su nombre de la Rspdblica de Colombia y por autoridad de le Ley,

SALDO A CAhGC DEL CON RXUYE $ 6.816.

Por las razones epuo6taa, el Tribunal Adin1nietrat Yo de Cundinaaarca, administrando justicia su nombre de la Rspdblica de Colombia y por autoridad de le Ley, A L Aa PRIMi0,- Revfeeae la opersoidu administrativa d.6 - 8914 1iquici6n del impuesto sobre la renta y complementarlos por le vigencib fioal da 1968, contenida en loe actos que ea impu naron en este juicio a cargo del señor BR!AJ GUTILRREZ ARAGO, SEGUNDO..- Como consecuencia di la anttrior reviai6n , fíjame en la suma d• DOCINTOS SESENTA MIL CINCUTA Y I'TE Pi.OS ($ 260.057.00) moneda cornts, el valor de loe impuestos por la vigencia fiscal di 19689 a cargo del contribuyente HENAN GUTILRREZ AANGO, T1CRQ.— Como eegdn oosprobantee,el contribuyente, cancel6 por concepto de iapueetoe por la vigencia fiscal que ee revisa, la auta de I)OSCILNTOS CI!CUTA Y TRES MIL DOSCL•NTOS CUAIUrTÁ Y UN PL;SOS ($ 253.241.00) moneda corriente, adeude a la Adniniatrac16n de Impueutos Macionalea, la cantidad da 31.18 IL OCHOCIO DIEZ Y .J'I,I13 6.816.00) PSCS LOTE C6pieae,notUfqueee y odmplaee. Aprobado en seai6n de Junio 30 da 1976, eegdn acta No. 41.

ALVARO LLCOMPTB LUNA

C6pieae,notUfqueee y odmplaee. Aprobado en seai6n de Junio 30 da 1976, eegdn acta No. 41.

ALVARO LLCOMPTB LUNA

MIGUEL A?TONIO CARI)ilAS

ZÁMIR .ILVA AMIN

CLARA FORERO DE CASTRO

JAIMF., MOSSO& GU:Riz0

3U:AAJ -8914

ALBL T MORENO GOMEZ AQUILINO RODRIGEZ PELRAZA

MARCO 1I LI O C L LIS B,, Sr¡ o.

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