TA CUN - 8945-(15-10-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8945-(15-10-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
cD TR1FJJfi.4 c.J c.J
ADMINISTRATIVO VE
SECCJON C1J4!U EPU31iCÁ DE COLOMBt' C 1/NP ¡ fi fcLtoria Siantar di' , 19 12(:"& (1 noventa . trp (i93) . Trbunc /:lirVO i4e Crnrnrca de O(t&&, d íj
MAGISTRADO PO14fNTE. VR. MANUEL EERN4L 4REVALQ
RLF.: EPE
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L 1J74pA
IMPUESTOS
VIE,uE
SOCIEDAD
NACIONALES
ROSA DE VILLAM La SOCIEDAD R054 p V1LAHIL Y COMpAjA etiia,t dPdr,j e nulj.j d !J dejare Ja d1 que l a carq de J ¡ p u e 1 u d y pl n 1 pu r & a g as L ¡ e ¿ e 1 1 da r1 Nu. O'jj de de de J' d Ja dlueo de 2 í '73 del J aI, a de i r L ? ci •- E: pt:ia u íey:;a ie Cu0 reslatj ient dj Jr-j 'íta Ja pxa.ja a qu e 0 t3J -1ev Je1t - ¡apa,. Jdel jgil (J 9S e-. ) - 1 iu e)pune a;1 H f 'qJo de u
e 0 t3J -1ev Je1t - ¡apa,. Jdel jgil (J 9S e-. ) - 1 iu e)pune a;1 H f 'qJo de u >1 Patm flO de / 4 1 P ¡ a a d . •' y - u . u r 'J (i S t te rlo¿ u Vafra/-,/ 244.N. $94' - riq1ne. 183 de) d c toaj d e 3. .4duciekj() ¿a ea re! tc j , re 4) 1ss ' vj0y , p1d;4 J que ur 'iqu. C'rrec4 ArÍt4f2 /- eH I qie 4, R4,3 -- ¿J re el reng 152 e1 (raj, - la LIJ PUE ( íJ u ¿ 1íquíj47 iá $42 i9.S22 PtEtsjje-j, Q)(üjr I l 2 7 t a ¡ d • 7 3 • 82, - e pro 4 L;t ifIjj d l J i€1fldftfp por e'dç c:IL4JE,u Ql de pr 'etpe ch'] i I/j - itlo r,)tr '1 ¡ aj de ( de 4 •J e 1 3J el pat re';:4ry, 5. ¡trpeI() s PrC;:4. 1 ai,- a:t, te 00 •
¡ aj de ( de 4 •J e 1 3J el pat re';:4ry, 5. ¡trpeI() s PrC;:4. 1 ai,- a:t, te 00 • el 6 de,jj NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOL,4c ¡OHrn del dci /4 • ( 1/ Ve--,t dr-! :yj 1.982, 42 y 57 JjH -3:e. j 2 j7 • J dí. 1 Li '0iCtt) j€ tf2j0 d1 ij - .- f, et j -EXPEDIENTE No. 8945.- PARTÍ OPOSITORAS La Nación, Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos Nacjon.i.,, Contítuyó apodcrad, quien en escrito visibl, a fojíog 29 a 33 el cuaderno principal, Cofltt la d$»d., solicitando se denieguen las súplicas 4, la demanda, consigne, alegatos de COACJUfjfl •n escrito visible a folío, 56 y57. CONSIDERACI 1 SI Llgado al ocflto .4, dictar sentencia, observe flulid.d alguna que ÁnvaJ.j.i, lo procede a ello sin que se $e lniciaJ,.nt, alega l4socjedad actora, que los actos acusados so»alos, por cuanto la 1iquidacj,, de revj.j4 se, le notificó mas allá de] término de lo dos (2) anos, después cfe presentada ,su deciaracíáll
acusados so»alos, por cuanto la 1iquidacj,, de revj.j4 se, le notificó mas allá de] término de lo dos (2) anos, después cfe presentada ,su deciaracíáll tributaría, de cónforajd.4 a lo dispuesto en el artículo 25 de¡- Decreto 3803 de Jw982,1 invoca en consacue,,cja Ja causal de nulidad cont5pJadas en los artículos 57 ordI»&l 3o. de la Ley 52 de 1.977 y 730 del Estatuto Tr4butirio. Para la Sala, el cargo está se tiene en cuenta que Subjudjc,, transcurrÍey,,, con anos, contados a partir, de declaració,, tributria,, Ocur 1.987 y la flotifjdj4,, fevisi4, hocho ocurrida AdaInjstracján, coco el 4 de Virtud y sin cas COnsidQracfo la flUlíd.4 de los actos acus los artíc.2os 57 ordInal 30. 7.30 del Estatuto Tributarjo, Ad.inistr.có,, la liquidacj0,, del término legal de los do referencia el artículo 25 del con rilj4 a Ja cCcJa,.jo el 4 de cayo da 1.981 y si» aducida por la Oficina Guber, de afirmar que .1 Tributario, la faculte en notificado la liquidación de errad., para corregir el error oip.rar, Si n al caso de dos (2) ción de la de cayo de idació,, da por la 91.1 nos, preciso es aceptar dos, con fundamento e»
oip.rar, Si n al caso de dos (2) ción de la de cayo de idació,, da por la 91.1 nos, preciso es aceptar dos, con fundamento e» da la Ley 52 4. 1.977 y por haber notíf.jc.4o Ja 4. 'Vj3i» cá; allá 5 (2) anos a que hace Decreto 3003 de 1.982 1n tributaría presentada que sea razon válida la nacantal, en el sentido lo 567 del ritatuto el caso de hab,r rPVi$ió n a enualqtíe,i.p0 en ¿al ,llamado a pr en efecto e crecos más la presenta rida .1 4 de la ilqu Y aceptado marzo de 1.9£XPEVIEHIE No. 3945 C:o.o el príce ro de 10:; &aQ05 ha prospere'!, la Mia .e releve dvii estu.iio del restaiite moLvo de 1 70 expuefto, vi 1 Tribunal 41. ¡ n .i . t y a t i V o Cundinamarca, Seccin Cuarte, ad.initrando justiivi en no.bre de 1Repblíca de Colobza y por autordad de la Ley, A$ .1.- ANULASE EL ACTO ADMINISIRAIIVO que la deterín6 cargo 4. 1. SOCIEDAD ROSA DE VILLAN1L Y CIA. LII) con Hit 860.503266 el lapaesto 4e r.ttay patrí.on por el amo grávabla 4. 1986, consistente en
cargo 4. 1. SOCIEDAD ROSA DE VILLAN1L Y CIA. LII) con Hit 860.503266 el lapaesto 4e r.ttay patrí.on por el amo grávabla 4. 1986, consistente en Liquídací4n de Corrección Aritmética No. 000016 4.1 27 4e febrero di 1.9890 e.anada di la División de Líquidacíee di 1. Adáin&stracz4» de I.pu.sto Niionóles Personas Jurídicas de flogotá y la R.soluci4n No. 0073 dei 3 de abril de 1.92, aeanada de la Díviíó» Jurídica dé la Ad.i41stre16n Especml de i.pu.itos Nacionales 4.' Personas Jurídicas de santa fi de Rogoti. 2.- D1CLARAE en fin. la Ji presentada por Ja SOCIEDAD ROSA vi¿ correspondiente',] ¡apuesto de re» el no gravable de 1.986. udació» privada AHÍL. Y CIA.; LtDA. e y pstri.o»io por 3.1tJ.cutorÁada esta pros'idincii, aschiie.• .1 •xp.di.nte, previa devolución de lo; ent.ø'Jentes adínistratiios a le oficina de onu.».
COPIESE, N1JTIFIQUESE, COMÜHIGUE SE Y CUMPLASE.
La preseoto providencia fue dícui a y apri da en le Sa3'150 4.1 día 14 de octzbre de soy Acta No. 46.EXPEDIENTE ?(o. S94.5Los
La preseoto providencia fue dícui a y apri da en le Sa3'150 4.1 día 14 de octzbre de soy Acta No. 46.EXPEDIENTE ?(o. S94.5Los