TA CUN - 8974-(08-10-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8974-(08-10-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
1 4
RIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARC4 .'
SECCIOÑ CUARTA d C
T Santafé de Bogotá D.C.. Octubre ocho (8) de mil novecientos noventa y tres (1993).
Ref: Proceso No.— 8.974.— Impuestos Nacionales
Demandante: SOCIEDAD VARELA SANCHEZ Y CIA
LIMITADA.
Magistrado ponente: Dr.. JULIO E. CORREA R. = La sociedarJ VARELA SANCHEZ Y CIA. LIMITADA. por - conducto apoderado judicial present -.ó ante esta Corporación demanda acción cte nulidad y restablecimiento del derecho contra operación administrativas mediante la cual la Administración Impuestos Naci ona:Les de 8oqotá determinó el impuesto a cargo la actora por el aPio gravable do 1988. Los actos acusados son de en La de de
1. Liquidación Oficial de Corroc:ción r'itmtic a numero 239 del 25 de abri. 1 de 1991 , proferida, por la División de Liquidación de Ja m.inistrac:ión do impuestos Nac:ionales. Fersonas Juridicas de Sant.a'fó lo El n kso.Luc:ián r"(:mcr»c: :1.33 del. 2.1. de i'o la División CJe r?c:LtrSc)S 'Tributarios 1 do Impuestos Nacionales de Sari taf 1.1 é9 oq8ot , mediante la c:uai se re con s íd e r C:..¡. ó de 1992 proferida por de la Administración personas Jurídicas de
Sari taf 1.1 é9 oq8ot , mediante la c:uai se re con s íd e r C:..¡. ó de 1992 proferida por de la Administración personas Jurídicas de d e o i ci i ó un r e o u r so de Li ac::tor c:orcr eta 50 pretensión así A..— Que SE dec::ret.e 1. a no 1,.i.dad de la operación administrativa a través de la cual se modificó el impuesto sobre la renta y complementarias a carqo de VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA., correspondiente al aPa q ravab le de .1.988 • operac:ión compuesta por los siquian tos actos administrativos. W Liquidación oficial di corrección ar'i€móiica No. .39 rio 1 25 de a br i. 1 da 1991 prat: ti c:a'ia por la cJe Liquidación de la Administrac:in Esprac::ial. le .[ mpuestos Nat.iona les .....Personas Jur'í.d 1. c:ac; de Sant.a'fó do Eioqotó D.C. sob....o Ja doc:iar'ac::ión privada de r"er .....a del ao o ravab lo do 1 .:'p ( Anexc:' L)2.- Resolución No 133 del 21 de mayo do 1992 proferida por le División dr. Recursos Tributarios de la Administración Especial do Impuestos Nacionales de Personas Jurídicas de Santafé do Bogotá D.C. por J.c cual SE resolvió el recurso de reconsideración Presentado por el contribuyente contre le liquidación 2.39 del 25 de abril de 1991(Anexo Fi
Personas Jurídicas de Santafé do Bogotá D.C. por J.c cual SE resolvió el recurso de reconsideración Presentado por el contribuyente contre le liquidación 2.39 del 25 de abril de 1991(Anexo Fi B— Qur corno consecuencia do la declaración anterior SE restablezca los cIersc::i--os vulnerados e mi representada, para Jo cual solicito que:: 1.- Ee acepten como total do oostc:or y deduç:c:ioners renta liquida avab le y total de impuesto e cerco las uines indicadas, en los renglones 25, 30 y 39 de Irdoc J. srac.t ón privada del impuesto sobre le renta y complementarios de VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA correspondiente al ao 1998 '. por consiguiente o, 1; declaro en firme 2 - Como consecuencia de la declaración anterior, no hay lugar a le imposición de sanciones por error aritmético y si cobro do intereses moratorias", H e c h o Loe; narre El accionar te a partir del folio 7 del cuaderno Principal en ci cual explica que la Administraciáns mediante liquidación de corrección aritmética modificó el renglón total costos que en la declaración privada so habría incluido le ci fr do $5.164.724, y la redujo a coro por cuanto c:Ir' los parcial es de costos y deducciones so hablan declarado con W. Le actora interpuso oportunamente el recurso do reconsidcrr;tcjr argumentando que la vía utilizada por la Administración no ore le correcta, por cuanto se debió Practicar liquidación de revisión y no liquidación de corrección aritmética; arguye
Le actora interpuso oportunamente el recurso do reconsidcrr;tcjr argumentando que la vía utilizada por la Administración no ore le correcta, por cuanto se debió Practicar liquidación de revisión y no liquidación de corrección aritmética; arguye también que la actora oste. declarando :' liquidando el impuesto que debe pagar. sqerLa La División de Recursos lnibutanjc,. mediante Resolución 133 del 21 de mayo de 1992 confirmando la liquidación oficial en todas sus parte. Elector s?PLe 1&t corno vio 1 arIas con su respectivo ..onc-epto lar; siguientes normasArtículos Artículos Artículos 702, 7>3 1991. r Li.U1c:) 60, Ui , 82 dei Decreto 1643 do 1991 Articulo 10 de la Ley 43 do 1990 .3, y 5 do la Ley 58 do' 1887 2, 3, 34 y 35 del Decreto 01 de 1984 560, 599 590, 646, ¿9:3 • é85 • 688 691 697 698, 700 704. 707, 7i.1 ., 745, 746 774, 777 dei Decreto 1641 de Expediente No 8.974.- 974. Artículos •rticu1c:'s 2 16, 20 26, 28 do la Constitución Nacional de Artículos 2, 4, ¿, ::s. :34, 83, 85,95, 150, 228, 2:38, 363 Constitución Nacional de 1991 1886 cia ].a Ministerio Público El Ministerio FObI. ico no se pronunció Consideraciones de la Sala las partes y vencido el termino para
Constitución Nacional de 1991 1886 cia ].a Ministerio Público El Ministerio FObI. ico no se pronunció Consideraciones de la Sala las partes y vencido el termino para decidir sobre los puntos do controversia SE concretan al cIesc:onocjmcantpor parte de las agencias Gobierno la suma do $5.164.724; moneda corriente declarado por el Contribuyente en al renglón 25 total de c:c:stce.. deducciones. La. Administración en ci memorando explicativo expresa:: "La presente liquidación de corrección aritmética so practica do conformidad con lo establecido en los arts 560 L9E3 • 699 y 914 dl Estatuto Tributario, con base en la orden administrativa No 00005 del 23 de abril de 1990 que imparte instrucciones para la ejecución del programa de CORFECCJON AR 1 TMET ICA a las declaraciones tributarias do renta venta retención fuente timbre nacional, esto Despacho, procedo a correqir la declaración de renta identificada con el No, 01047080017 5-1 de fecha 14 de julio de 1989 presentada en el banco de 8c:nc::t CUcLkdSal Un i centro de Bogotá,correspondiente al período gravable de 1988 Surtido el traslado a alegar entra la Sala a q U O delExpediente No. 8.974.- L974 En En COfl5cLincja se corrigen los siguientes renglones:' RENGLON N CODIGO CONCEPTO V/PFIv)( V/CORRECCION 25 CI Total costas y $5.164.724 $ -0 deducciones
En En COfl5cLincja se corrigen los siguientes renglones:' RENGLON N CODIGO CONCEPTO V/PFIv)( V/CORRECCION 25 CI Total costas y $5.164.724 $ -0 deducciones .26 kJRenta Liquida $ 947.410 $6.172.134 30 RE Renta Líquida gr-a--- val-.)le 947,4.1.06.132.134 34 L LmptcD sobre la renta gravable 290 223 1.840.00(_y 36 LO 1 mpto, Nato de renta 290.223 .t .840 000 29 FU Total 1 mpto, a carqo 290, 223 1.840.00(::) 53 1 ata 1 SCOLIOn; --e:- 585.000 54 HA Total 1 se]. da a pegar 5.781 2.129.00(:) El accionan te arguye primero en relación con le violación del artículo 498 del Estatuto Tributar lo para analizar lo que debe entender-se porla naturaleza del error aritmético, que conlleve a una liquidación da corrección aritmética, que se da en aquellos Casas OsPecíficamente definidos por el articulo 47 del mismo Estatuto tributar-jo y que impliquen un resaltado erradoPosteriormente analiza lo que debe entenderse porerror cíe transcripción, para concluir analizando ci error cometido par le actora, y expresa "Consta en el certi. fi cedo original del contador, Ja.tme Enrique Manray Cebra, can tarjeta prnfesjor)a 1 do Contador Pública No. 251....T (nexo H) que la sociedad
actora, y expresa "Consta en el certi. fi cedo original del contador, Ja.tme Enrique Manray Cebra, can tarjeta prnfesjor)a 1 do Contador Pública No. 251....T (nexo H) que la sociedad VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA, causó y paqá porConcepto de intereses y gastos financieros la sume de UN MILLON VE: INT 1 CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO PESOS 01.924.724) MONEDA CORRIENTE y por concepto de otros costos'., deducciones le suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL. PESOS 03.240.000) MONEr)çL CORRIENTE, porlo tanto la suma a deducir es efectivamente de CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($5.164.724) MONEDA CORRIENTE o sea la que .se transcribid en cl renglón 25 de re liquidación privada y no la suma de 0---- • por la que la sustituyó 1C liquidación oficia j. Dicho rer'Liflca(:ICD declara que la información c:onsiOnade en los libros de contabilidad refleja razonablemente La situación financiera de le empresa y cuenta con su debido sopor-Le en compr-oL-).n tes internos V externosque identifica mediante los nmarnçr, del:::.>pdjflt0 No. 8.974.- 5 comprobante de diario, mprobant5 de egreso y factura. Dicho certit1cjres idéntica al que se presentó durante la VC gubernativa Calvo en cuanto se detallan los comprobantes internos externos. Se
comprobante de diario, mprobant5 de egreso y factura. Dicho certit1cjres idéntica al que se presentó durante la VC gubernativa Calvo en cuanto se detallan los comprobantes internos externos. Se acompa además copias autón ti c:as de comprobantes. 95091 Fueron esas cifras de la contabilidad las flLtO en efecto 50 utilizaron para elaborar Ja 1 iquidas-iá privada del tributo; y de 011as resulto el valor total de costos y deducciones que se
25 de di consignó en el renglón dicha 1 iquida.j50 in embargo, en el formulario oficial (ifl0>c C) por error de transcripción se ()íflitioron lasCifras parciales correspondientes a intereses y gastos financieros y e Otros co.;t,os Pero ello no afectó el ve:[or total do los castas y deducciones ( ren iór 25) y por Consiguiente tampoco él de las demás bases de la liquidación que 29). permitieron .determjn'-' ci impue,.tr) a cargo (renglón en la declaración de renta que nos ocupa lo que sucedió fue un t:Lpico orrardej-. sin embargo flu
el cual generá Un perjuicio a los intereses dl fisco puesto que no ocasionó un menor saldo a paqar o un meyc' r saldo a fa"Jc:)r. No obstt-t0 la Administración de Impuesto. Nacionales practicó una liquidación de corrección aritmética de la sociedad VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA., suponiendo que el error de transcripción cc,nstj tui e un error aritmético.
practicó una liquidación de corrección aritmética de la sociedad VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA., suponiendo que el error de transcripción cc,nstj tui e un error aritmético. l::erç Osto error de transcripción no encaja en ninguna do las circunsEci-icias constitutiva,d e error del E: aritrnót ro que soale taxet iVamej»yLe el Artículo /97
T, • pera lo cual baste pertj(:uar.'ier el análisis de le sentencia transcrita en el anterior. aparte Litoral A: Declaración correcta de los valores correspondientes a hachas impon 1. bies o basesgravables / valor resuI't'ar''Eo equivocado. En nuestra ceso • el error do transcripción condujo a una declaración incorrecta de unos renqic-)nec; do le secciáji d c:o•; Los y deducciones, pero no afecto la declaración correcta del total de castas y deducciones > tampoco ve. lores correspondientes a. de "hechos impon ib les" o Mases gravable, ,, cal error tampoco condujo a un resultado equivocado, de los que un menor valor a pagar o un Originan mayor saldo a favor.ExpedientE.? No. E3$74 Litoral D Aplicación de las tarifas que conduce a unvalor equivocado. La situación qua nos ocupl no correspnrj a 1 a aplicación de tarifas erradas, fi a la Inclusión de resultan te equivoc'çj0
Literal C: Ra1 ixaciór, da una Operación aritmét ica que resulte en un valor equivocado que ¡ , ,!¡que un menor va lor a paparo un mayor salda a favor.
resultan te equivoc'çj0
Literal C: Ra1 ixaciór, da una Operación aritmét ica que resulte en un valor equivocado que ¡ , ,!¡que un menor va lor a paparo un mayor salda a favor.
En nuestro ceso la transcripción oqu ivoracla no imp 1 icÓ ni un menor valor a. papar ni un mayor saldo favor. para Completar su incoherente actuación 1 corregiradministración decidió un error en contra del contribuyente (consign ar que dhió corno saldo Pagar la suma consignar como saldo a favor) p'ra lo cual no esta facultada por ninguna norma lapa 1" La Administracióncontesta [a demanda ea opuso a las p retensionesdel actor en escri to visible a csiqLtiart-- del expediente,, folio 104 '
se Considera: Dei ea tuc'I .io del expediente mo
despre n d e de SU claración actor un corneronte
pu -;o caro en lo renglones :i OrIk.?. nra c'1,ç y de ducciones, C anas 1.0 cual .'Ln cor'r» ac t , parc: corno declaro correr Lamer 1 La las bamo'.x g rnvn .t es, no hay error nr'i trnd ti par e 1. lo las pretensiones dela. star' dccd::en despache, . favorablemente. por cuanto prosperó el cargo da fondo, y no habrá aritmética ex i ste erro, ,
1:ri rde 1. evCn tar se le Sarlc:jón por erro,- art t:métjcrEi.rpod.Loi"10 No SS '4
ex i ste erro, ,
1:ri rde 1. evCn tar se le Sarlc:jón por erro,- art t:métjcrEi.rpod.Loi"10 No SS '4
SOCIEDAD VARELA SANCHEZ Y CIA LDA
NIT 860.059.017 Aío 1988 Renta Base Impuesto
:Lqr-E'.:::1 netos declarados Menos: oot.c; y cjodL' c.. OA. (Jfl'o Renta Liquido R enta er<i'ya::io Impuesto .i C..ic:4r:i Retenciones prac.ticadaii I'iijncri Anticipo rr::r el •o: 1..5 18E Mási Anticipo por el aPa 19E? Sanción per extemporaneidad Teta! saldo o i; 96:7.410 967 .41(1 En rndr . rij de [o expuesto, el Pribundl Administrativo rj C;Lrlc:!.i.rlrrilr c • Sección L:urt.o. • administrando justicia de la .:a cii: Columbia • por auto r idad .iaiod c:ie la Lay, F a 1 1 a: 1 ANULASE LA OPERAC ION ADMINISTRATIVA ir L.acradr por Liquidación UE1.c:ioi cio Corrección CIii:mdl:ic:a, No,. 2.15' dei 25 abril de 1991, pro fer ida por Lo División de Liquidación do Administración de .Lmpuer;tcu. N:.tc::nalor .....Foroonao JLí1c:ao
abril de 1991, pro fer ida por Lo División de Liquidación do Administración de .Lmpuer;tcu. N:.tc::nalor .....Foroonao JLí1c:ao Santa fé rio Eoc;aLd y por la Resoluci6n Nc:i 13%1 del 21 do Mayo .1952. • ornonaL:ia do la División de kecuiooa Tributarios de Administración do Impuestos Nacionales do Personas Jurid ... ras ..ntafó de Bogotá DC., operación pc .....iedicd el o cual jetorrn.Lndl: el im puesto do renta y complementarios a c argo de sociedad VARELA SANCHEZ Y CIA LTDA.., con Nit 860.059.017 :::or ¿:KO gravabIE de 1988 consecuencia y de c:.c:)rltcriii.l.fcio.d con la .1...o'.....cio:aa5r, 1 r;c::1.u.ic:Io en la parte motiva de este fallo fijase c:ornc: t.c;'tcaa cc ':::arCICD de dicha sociedad la suma do DOSCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS
VEINTITRES PESOS M/cte. 0290..223.00 M/cte)..
De confc: ir,na.dac: a lo liquidación anter ior fijase corno total. saldo o pagar la sumo do OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS M/CTE 0E3.710oo lote)Expediente No.. 9.. 8
No cc condene en castas como lo prevé o], articula w:7i del =digo Contencioso Administrativo por sea " te no aparecer¡ causadas Etc' conformidad con el numeral 8c:; ':ti:i articulo 392 del [:ed a.co de Procedimiento Civil.
=digo Contencioso Administrativo por sea " te no aparecer¡ causadas Etc' conformidad con el numeral 8c:; ':ti:i articulo 392 del [:ed a.co de Procedimiento Civil. En firmo este providencia y hechas las anotaciones. correspondientes archivo;;e el expedi=te previa de yO 1 UCiÓfl do los antecedentes administrativos e la oficina de orinen
COPIESE.. NOTIFIQUESE, COMUNIQUES Y CUMPLASE.
La presente orovidonL..'La reo c:or'cidereçje y aprobada E:;rgt.n (c::ta No. 44 dei 22 de Septiembre del ai'o en curan. Los Magistrados,