TA CUN - 8991-(15-05-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8991-(15-05-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
ACCION DE TUTELA -Rechazo
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION PR 1 PERA
SEintafé de Bogotá D.C., mayo quince (15) de mil novecientos noventa y siete (1997).. Expediente No. A.T. 8991
Demandante: LUIS FELIPE VELASQUEZ SARCIA
ACCION DE TUTELA Magistrado Ponente.. Dr. ERNESTO REY CANTOR El sePor LUIS FELIPE VELASQUEZ SARCIA, de conformidad con el articulo 86 de la Carta Política presenta acción de tutela en este Tribunal. Argumenta el peticionario que se le están violando su derecho fundamental constitucional al debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política. Como quiera que el accionante no aduce en el escrita con claridad cuál es el funcionario competente que le vulnera su presunto derecho constitucional citado, se le ordenó que en el término de tres (3) días aclarara tal situación, deExp.. No. A.T. 8991. conformidad con la preceptuado en el artículo 17 del decreto 2591 de 1991. Se le ordenó comunicar esta decisión al peticionario en la forma más expedita. A folio .13 del expediente, se le notificó personalmente el día 6 de mayo de los corrientes, la decisión de fecha mayo 2 del ego en curso (fi. 12), sin que el interesado hiciera manifestación alguna al respecto, lo cual es reiterado por la secretaría en su informe de fecha 14 de mayo del presente (fi. 14). En consecuencia de lo anteriormente expuesto la Sala rechazará de plano la presente solicitud de tutela formulada
manifestación alguna al respecto, lo cual es reiterado por la secretaría en su informe de fecha 14 de mayo del presente (fi. 14). En consecuencia de lo anteriormente expuesto la Sala rechazará de plano la presente solicitud de tutela formulada por el sePor LUIS FELIPE VELASQUEZ GARCIA, de conformidad con lo preceptuado en e]. artículo 17 dei decreto 2591 de 1991. Por lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera,
RESUELVE
1. Rechazar de plano la solicitud de tutela formulada por el seor LUIS FELIPE VELASQUEZ BARCIA, de conformidad con lo expuesto en esta providencia.
2. Comuníquesele personalmente esta decisión al peticionario, remitiéndole copia de la presente providencia.
En firme esta providencia, archívese el expediente.Exp.. No. A.T. 8870 Discutido y aprobado en Sesión de la fecha. Acta No.
COP 1 ESE, COMIJN 1 QUESE Y CUMPLASE.
DARlO QLJIONES PINILLA BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
Magistrado. Magistrada.
OLGA INES NAVARRETE BARRERO ERNESTO REY CANTOR
Magistrada. Magistrado.
HERIBERTO REYES VARGAS
Magistrado.