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TA CUN - 8998-(03-12-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8998-(03-12-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993
  • - de -mil novc: .3. en to; c

MANDAMIENTO DE PAGO -: Excepciones

IF

TRIEctJNL

C.UNDIMAFCí SEtCION CUIRT 01 nt2e de Bogotá -O.C,, Dicibre tres. noventa y tres (¡9931. u, Magistrado Ponente Dr. JULIO E CORREA ÇESTSEPO

Ref Proceso No. 8.990JURLSDICCION COACTIVA DISTRITAL

Deñandnte: INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU" CONTRA "EBIS BOGOTA CEMENTERIO DEL SUR Procedente de la" t)i'i.iÓn Primera Di.stril:.L de t. .jc u :L...; .F isca.l es i:.e encuentra"- fltG?' CS11 OOr.pOr::c.ic3fl fc... proc. ..c.jecutivo que por v.La de jurisibiérión •ccctiva adelanta Hi inc: 'itto de Desarrollo Lfrbano iDJt' con ara W10 80600

CEMENTERIO , DEL' SÜR> por concepto de la Contribución Valurización en c:uantja de $756 852.OB q. paré' decidir sobre 4xcepc1ones ropuests.. - A n t e c e en t es 1.7 El 2 de jukíq de 19.5, la Dívlsiúa F'imera cft: G ec",uc.Lora Fiscales del 'TJ , libró mandamiento de pego por La via eJ ec.. ' :Lv:a en ccntra oe 14 ED LS' F3OGOT ,CEMEN TER 10 DEL KR, por la sum e

Fiscales del 'TJ , libró mandamiento de pego por La via eJ ec.. ' :Lv:a en ccntra oe 14 ED LS' F3OGOT ,CEMEN TER 10 DEL KR, por la sum e 5786.852.18 . 1 LO 2 . in fun.d -uneçito un ci Reccapcimionto Te Deuda a i. sca II. No. 3000:3972 del 14 de junio de 1985,en el cuai. el Cajero i3ener3l del £Di.i c:er't ifica c1ue la ínc.icnada. E.n1.r€c'a debe a dicho ' nstj.t.u.to por....oricepto de .i.a contribución c& vt.l.orización asignada mediante la :CJl.tC3,ófl Nc.. W650 dei LIe tini.o de 194 numeral 55013), la st..una ce $786.852,08. fc! ir., 1 por memorial radicad en la misma fa ron'tirió pocer a un r 1ifWiel di derecho i,l'olio u. - La eodcrad jedci1 de ' Empiezá de B2~cibs 1 t:" o EDI^ rc:r'esent.ó escrita ca excepciones el cuál fue -baoicacee .1 dra 24 de marzo, de .i.99 folio.. 1-? :.j. día 9 ciE' marzo de 192 ce riotif1cC qer.•;ona 1mn Le e 'mandamiento de pago e que le refiérq el numeral enteriy a.. r-epi esentete 1_aga.i de ia e3Éc:utada (folio 1) quienExpediente No. 8.998.-

'mandamiento de pago e que le refiérq el numeral enteriy a.. r-epi esentete 1_aga.i de ia e3Éc:utada (folio 1) quienExpediente No. 8.998.- 4La División Primera cia Ejecuciones Fiscales Tel IDIJ. por auto de fecha .. de mayo de 1992 talio ..0) •, resuelve rem.ti. esta Zarporación el expediente para que conozca de . dS excepciones propuestas, lo cual es cumplido por OTIC1O No.. 401-01375 del .31 os agosto de 1992 (folio 21) Surtido al tramite de rigor encontrándose ci negocio en estaco de dictar sentencia. La %ala, proceda a resnlver sobre las excepciones propuestas arvias las siguientes, CONJ 1 DERIG 1 ONES Fropome la apoer.da de la ejecutada las excepciones dei ii E;cerc..Óri Genérica - Ilegalidad: y 2) Carencia de causa.., cuales son fundamentadas de Ja siguiente manera hh 1cEXCEPClLN SEr4EFlCA -- :[L..E.(3AL.DAD El cc-. coactivo que nos ocupa por contrari.- .La cros:Lcicnes aludidas ::osterior-menta, e; =ir la imr.'os. lidad legal de la contribución de valorización cobije predios de la entidad poblicá electos de usos y servicios atolicos plazas, cementerios, etc. es vial. atoro de las normas superiores ccx;'a Acuerda / de 1987 del H. Concejo de Eogot, por io tanto 'o se puede cQmpelirse a la EDIS al DaQO de Lo nue aquí se persigue.

vial. atoro de las normas superiores ccx;'a Acuerda / de 1987 del H. Concejo de Eogot, por io tanto 'o se puede cQmpelirse a la EDIS al DaQO de Lo nue aquí se persigue. Por lo que sería contrario cualquier embarqb coñra el bien citado al rubro, conforme lo establece el articulo, 6.3 de la Constitución -oL.tca de la República ,de Ccldbia. 2oCARENCIA DE CAUSA Elr€ícLt1 50 del Acuerda 7 de 1987 pc" meciio del cual el A. Concejo de Bogotá D.E. adoptó el ESTATUTO DE JALORIZAL .ON se refiere a los inrnuebls •dest.inádos al' uso público para exceptuarios cia toda contribución de valorización Ca las que dicho e .Latuo ccoa.j cualquiera que sea. El inmueble ,del cual se trata por estar destinacL al uso público conforme el artículo 6.74. de]. C,C y concordantes así lo declaró Corte Supraç'a de Justicia en sentencia del 19 de junio de 1968 y otra:; varias sobi -e esterespecto -Expediente Nc. 8.998.- Para Resolver se Considera: proceso ejecutivo por via de jurisdicción coactiva es un oroc€:so especial regulado por el Código de Procedimiento Livii que en su articulo 509, se consagran en forma La>ativa 1a,= exc'iones ciue son viables en esta clase de procesos, cuando ci titulo es una providencia que conlleva ejecución., ent..merandJa de la siguiente torm 2 Cuando e...titulo ejecutivo zonsista en ur;3

exc'iones ciue son viables en esta clase de procesos, cuando ci titulo es una providencia que conlleva ejecución., ent..merandJa de la siguiente torm 2 Cuando e...titulo ejecutivo zonsista en ur;3 sentencia o un laudo ce condena., o en otra providencia que con 1 i evc ejecución. sólo podrán alegarse las excepciones d:. :iaqo compensación, c:onfus.. Ón r4vacir, . prescripción -i transaccinr,, siempre que se basen en heJ os post.r .. (espeL:ti 'a orjvicJiii.:i., la cie nulidad en l.cs c.:u%o1 cCn.tem n 1 ¿\rJ los numerales 1 y 9 del ¿ ....ti(io la prdida de la cosa debida. Cuando la ejocucn se adelante como lo cispone el :ncjso Jr.Lmen::' del articulo 3:.:.5, no podrán proponerse excepciorw Por lo tanto., para Saía las e;•::epu:Lores proue..tas c:Ie 1 lecj.i idad. y rarenci de causa son improcedentes, por It., encontrarse dentro de .iat excEc:.ione. Gu2 consagra .1 disposición transcrita .iiciona].mcnte se observa que de conformidad con el articui del'aismo estatuto. en Los procesos por VL?. de JLt.1Sd1C1C.Í. c:r ':iva nz juwden deba tirse. asuntos que dubiercn s:'r objeto de cs recursos cubernat.ivcs, por lo tanto es en aquella Via en la nual s2 han debido cuestionar la i iqal i.Jad y La carencia de

c:r ':iva nz juwden deba tirse. asuntos que dubiercn s:'r objeto de cs recursos cubernat.ivcs, por lo tanto es en aquella Via en la nual s2 han debido cuestionar la i iqal i.Jad y La carencia de causa Dars cobrar La contribución de valorización CULaua., sEii mérito de lo expuesi o el Tribunal . Admin sttvn da L.und3.namarc.., Sección Cuarta.

LL 1. '...P

1.- NIEGANSE LAS EXCEPCIONES DE CARENCIA DE CAUSA Y L1

GENERICA - ILEGALIDAD POR IMPROCEDENTES.Expediente No G.9982.1SIGA ADELANTE LA EJECUCION 3.- En firme la prEntE providencia, vuelva procEse a 1 oficina de origen, COPIES, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. presente providencia fue considerada y Eç.robad:;. segír Pita 54 del primorq (lo.) de ci i itr bre d 1 aSa en curso. Los Magistrados., ¡

JULIO E. CORREA RESTREPO MANUEL BERNAL AREVALO

JORGE E MARQUEZ FUENTES MARIA IP4ES ORTIZ BARBOSA

Aclara Voto

ALVARO E. VERA JAIME NELSON ZULUAGA RAMIREZ

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