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TA CUN - 90-24531-(20-08-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 90-24531-(20-08-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

UNAL ADMINITPTIVO DE CUNDINAMARCA

SEcCION SE6uNA Ponete: Dr. CARLOS A. P.INnN BARFETO f Proco P4o 90-24531. AUTORIDADES $ALES.

Daandante: MANUEL RICARDO PEW2 PRECIADO ¡Entídada HIMAT ..-1 atrpor inter'm dio de apdrdo, eneri:ci de l Mcón de Rr tetiuento d1 Deco c aurd. en.eI art eI i'óq.go Contenoo Adí» istrtivo. pU\)I IO trámite de cÁn Fruceci Ordinr.o sn ,ltc.tt,i de etá r pora6 hagan I guinte dlrcicno ,- fuose . cteczlare, Nula 1 c.oRuni.cacióri Nu,i12.3 dI d.a iB do No'embr de I9t3 dtriçida . Ltro Aliono Cte1laroí Vera, er.ui del f'reCtor nerI d4~1 Himat » DR. Ent tque ndov41 UarL,..a que 1t C)1.titUd tn1CPcirnaerttO ..y piá9t d.t Quinquenlu a lbs, Hirnat, aord4on 1 ij'terpr'tción del rt.ru10 30del tdo 24 de 1972, er el entidó. pagar - agar por, pr,r. rada cinçó () Po c.ont&nuoa. un mes de bnfitactón por di.t de servicio, drit mee de quincé ahufa d eViCi, tr ee de bcrfación y ai uceexvarnerte;

c.ont&nuoa. un mes de bnfitactón por di.t de servicio, drit mee de quincé ahufa d eViCi, tr ee de bcrfación y ai uceexvarnerte; ÇJUa1Ineflt dec]are NUtA, la cuffiunlrae3ón 4672.9 dl d V11-8'1 de la Dirección General dl Fimt, mediante la ua1Proceso No $9-2451 (Oflf)rffló la decI.ión d3. 18 do Noviembre d 19E38 dclaró açjbtada la Vía 13uberritxva.. 3Que en virtud de 1 tler.isiones anteriores e Retab1ezca el ierechb t n.i mandante y en. consecuencia e Condene —al IN3TI1UTU COL3M13IANO OE H1DRÜLOGIA. MÍTEOROLOCIH Y AI)ELUAC ION DE 1 IIJFb a liquidar y pagar a mi mandarte la Boni.1itción (Oulr4QÜEt41O) conagrda. en el articulo 30 del Acuerdo 24 de 4.972 Pará estaliquidación sta liquidación y pag¿Y O.-además del tiempo de trabajo. Ouinqueñioe causad" a 'la fecha de la Reclamación elevada el día 21 de Of tübre de 19313; QuirLquenios. pagado y monto de lais pagos; Asignación, devengada al ~mento da cauire el Quinquenio, se tendrá en cuenta el tenor líteral del art. 30 citado, de nformidad con la s,iguiente tabla:

pagado y monto de lais pagos; Asignación, devengada al ~mento da cauire el Quinquenio, se tendrá en cuenta el tenor líteral del art. 30 citado, de nformidad con la s,iguiente tabla: A) Por diez (tO) aF!os de »:,L-rvicio,, tiene ,derectto a una borz'ifjcacióñ de do (2) meses de Salarin.; 13) Por quince (i.) ao de servicio, tt'ne derecho a urja b4tjificación de trae (3) mesc—ss de alari(:>; C..) Por veinte (20) aoe d servicio, tiene derecho a una bonificación dé cuatro (4) mesas de salario; D) Por veinticifcp (25) acs de servicio,,, tiene' derecho a t.na bonificación do cinco (5)' «ises 'do salario; E)' Por tre.nt (30,) aflos do servicio tiene derochó a una bonificación' de seis (b). meses de salario; 4).- Que el reconocimiento, liquidación y pago daen e en los términos pedido, se haya retractívanente .a mi mandar'ute si entrca la fecha de liquidación y pago del, ultimo quinquenio rac:onoc: ido, y el 21 de Octubre de 1988 no han transcurrido aae de tres ..). aos; te en virtud 'de este reconoci.iento y payo,,y ,a partir de la 'fecha de cauación del re (unquenio, se ordene al H.imat ltquidr y pagar mi nandn 4e, la repectiva Boni -ficación eh la cantidad que el tenor lit.ral, y•el' verdadero sentido del acuerdo 24 d 1972, etablecen, es

mi nandn 4e, la repectiva Boni -ficación eh la cantidad que el tenor lit.ral, y•el' verdadero sentido del acuerdo 24 d 1972, etablecen, es decir, en la forma 'como se eeó en la terc -a ptición desta demanda; - El ilimIt como mtidad demadada, dará cumpltmtefltu 'a 'la Se¡ter;c - a, en los términos--.del articulo `176 del C.Ç.Aitivn." Coo hechos que dieron origen a se relatan los sigUientes: UL preant

La Junta Directiva dl Servic'to roebano de Metenrt'loc{a e Hidrolocja (SCMII) en uso , de las facultades qie le confería .1 articulo 17 del tecr-eto 7Z55 de 19ó9., dtó e] dia 4 de eto de 1.972 t el Açuerdo 24, mediant e cua', entre actodtctdó en su Çapttul&. III, Articuló 30, que' - Por cada cinco () 3PO 1E ep'\iicos conttruxs en la Entidad—el rpledo tendrá deruh a una foniticac.Ór equxvalent a up (t) ines de sue1do,ltuidado de acuerda ct'n el sueldo básico que devengue eqel mto de c:ausarsel Lerecho. - - Este articulo !.O, ,Capítulo 1'!!, está comprendido dentro del Titulo Vn del ttaçio aupt do, y rmpr -ende lo relactonado con la' Prestaciones Scl de los 'funcwnr1os del SCIIH.

Este articulo !.O, ,Capítulo 1'!!, está comprendido dentro del Titulo Vn del ttaçio aupt do, y rmpr -ende lo relactonado con la' Prestaciones Scl de los 'funcwnr1os del SCIIH. r medio del DeLref o No.1' dei 26 d Enero de ,'t976, el Ser-v -to Colombiano de t1etQrol0ÇJta e t-4idrbljzi, e trans'íormc5 en Pi IWHTUW COU3MHIAO DE HIDROLG(31A, METEQROUX3IA 'r DELUíM'ItN DE T 1ERRA $3lP1(T'1Tierras -HTtIATProcóio No 2431 eetblcim1ento. PúblLa4 'Orden Nacional. adscr3.to al Itinterio de Agric.ultur. Al transfonare o l 9CMH ere aeual Himat. rtud de la orøstepdida al efctu, quedaron al servirtía de' nueva entidad,. todøs l funcaonarLos dP4 S(MH.. aA lota qtiei íDifi)Q deLrt L2 rta.Ct.liQ 16 aipre amen te refirió Fqual sucedió con las' prtaion suctale d€4 tLpo legal ye'tlega1 ue arnpr ban a ta l9,5 1unciç»iario, pues en virtud ck las norifial que las .creron, iquieron viçnte para los. funciortaríosda .Hivat,. ) Poste oruen1e el I4ma medint el Acuerdo, No. del LtJ de Julib 'de 1977 "Par el ttl p fj ix

que las .creron, iquieron viçnte para los. funciortaríosda .Hivat,. ) Poste oruen1e el I4ma medint el Acuerdo, No. del LtJ de Julib 'de 1977 "Par el ttl p fj ix el régimen da Prestaciones Siales par k el Tn,tituto Colombiano de H ro1oØa. Meteorologa y Adecuación de r", en su -Segundo./ torcer or idee ando,. nie,ç4onó ) "Oua de iqn rorma cJd los t3dL becroto 3140 de 16G; 6o. Decreto 7315 de 196. Be. y 1b d1 Decreto 1'2 de 1976, e n -urpor.ran ¡ la Planta d Psçnal del 14IMT 1uncicat cs que prestan su servicios fl el )epartamno Adinistr.tavo d'c Aøronáutic CivIl, n el Tnttuto di Desarrollo de rurc -Naturales Inible y eh l lr3stitut Colombiano la .Reforma aquil d)versos rí al por, lo cual nf luyç .en rogirnenÑ prestar ionts 44; [ 31 "Q eçesario unifiar-.y. enmare! iínen dP prestac.iortos 4LOc1alls para l tntituto Colcmbtano Hidrolcgía. : y Adtuaciór 6). - En 4o. del artfculo 4o.. cad,a cinco ) as Inst Ltto, se reconocerá y pagará una rsonificin equivalente . un mes de seldo o aj.arg.ou Para tal dé rcio. ttUO5aL

4o. del artfculo 4o.. cad,a cinco ) as Inst Ltto, se reconocerá y pagará una rsonificin equivalente . un mes de seldo o aj.arg.ou Para tal dé rcio. ttUO5aL o anter'Mr, ari 4.eL flurnrá expreó' "Utttnquflia. PoProceSO No 89-24531 5 efecto toffiará como base el sueldo o saLrío devengado al momento de causarse el deret-so.. 7). Mi mandante, al igual que in:hps funcionarios. del F4imat, que llevan a su servicio ms de diez 'Fos, solicii,ó por:escrito radicado por ol Abogado Cirio Alfonso Ca tel larios Vera en las 'dCperidencia del Instituto, el çiía 21 de ictubr de 1999 que le reconociera y pagara el Quinquenio reconcido por, el Acuerdo 24. de 1972 citado. en la 'fqrçna como su tenor' ii..tral lo templata,. es 'decir, por cinco anos de servício, un mes de .bO:ificación; por' diez, anos de servicios, dos mees de boni.ficaçión; por quioce ao s de servicios, tres meses de tor 1..tcaión poragov# tnte iR servicio, cuatro mesis de bontf.caóns por veiñticinco anos de servic.ios, cinco meses de bonificación; por' treinta ans de servicios, seis meses de bnificación, etc. aduciendo en, dicho escrito las i-aones legal&s que amparaban su petición;'

por veiñticinco anos de servic.ios, cinco meses de bonificación; por' treinta ans de servicios, seis meses de bnificación, etc. aduciendo en, dicho escrito las i-aones legal&s que amparaban su petición;' f-3) .- El Director General del Himat, por' mc•dio.del oficio 11..2Y del 18 de Noviembre de 1..988, cuya riul idad se imPtFa pusc sus. ra;ones, para ngr la solicitud elevada, y mantener" la; furma'de liquidar y pgr los quinquer .9)..- PU mandante ep forma individual, por medio de escrito radicado en las dependencias del Hiuiat., en 1.989, bajo el No.7649,, so3icitó el reconocimiento y pago del quinquenio en la 'forma prevista en el hecho' No.7fde esta demanda, y en subsidio pidió que se declarara por el rttdo Instituto, Agotada la Via Gubernativa; 10).. El F4imat.,' por medio del Oficio No.6729, cuya nulidad "se dornnda.. 'fechado 4 dia z lo. do ¿çostoJ9, y riotifi:'ado al suscrito abogado el.d{aNoviembre dW' t9U8. Vía Gubernt1va( declarando .1 trabaja ve.tnticinca (2) .Bonificacián de aUcesivamerbt.P. aos, tióne -dererho,.& una cinco, (5 mase d'ue'dc>,y

Pro so No 09-24531

24 de Agosto/89, dio repueta a ;la soliitui reierida en el numer 1 anLeror con1irmando en

cinco, (5 mase d'ue'dc>,y

Pro so No 09-24531

24 de Agosto/89, dio repueta a ;la soliitui reierida en el numer 1 anLeror con1irmando en todas sus partes 1.a dctsiÓn Cbntnida : el. escrito del 18 de .adem;, Agotad la • 11)..- Las normas de las art 3E' el aru iérdo 124 de • 1972 cor -concord'nte, el numeral 4b. riel artículo lu del aLucrdo son demasiada ciar aji en »U tenor ltterat, que no genera duda alguna Cn' su interpøtacíón, 1a.' cual no:puede s er otra que la qu deria de su testo Es dec ir, que por rada tinta (5) os de serviri.o continuas al Jel íunpnar,o tendrá derecho' una uiva lente un mes de sueldo La expresión "POR,­ ,CADA on La cual sc -trl~c4a el texto del. ttculo .pda M44LTIPLIt.A1 LUN DE NUMERU3, lo il now - lleva a crst1uir, en una sana jrerpret,acrt a si el furnionar.o al sai-irtç:io deI, 14i.mat tr abaja çinco (5) alloá rontinuo, tiene como Bonificación, i un (1) e de su.tda. Si trabaja diez (10) aos wntinuo, derecha a. una boni cacin de doi (2) meses de Aákwl0St trabai a quince (1) af los, ti énci, derecho a.

trabaja diez (10) aos wntinuo, derecha a. una boni cacin de doi (2) meses de Aákwl0St trabai a quince (1) af los, ti énci, derecho a. Bontficacrs de tres meØs ,:de ' d3, trabaja veinte '(20) aPÇos., tiene dererJ a jY3onif de cuatro (4) sees de 'uqldo 3t 1.21. - No puede ser otra la interprtción qube dar al articulo 3Q delicuerdv 24 da la del numeral 4.del a,tculo.o. del acuerdo 27/77. Y eLlsim1eete por ;ser necuents con lo r4'preado par el Articulo 27 d struCódgo Civil qne rezz" . Cuando 1 enttio de la Le no se desatenderá su enor 1:iterl,No unos derechos ç1jmentepara sut '1fUncionjari. El «Yílour ió¿a%íón , (eeptiembre d 19€37) 8130 ' qte-iAcuerdo se refiere ret.exto de 4uinsUlta u esprtj'.. Y otu último, wE. lo que' hacxerdq el -hmat. El stitqto olvida la claridad de la redacción de la norma que Cor~gró la Prestación, y 4 ,o enierr a en divga tozs t3ioó1icas. para conclur que el legislador de , aquel laépu&a, no quiso det1r,.&O que en realidad dice. de esta manera, desconocer especlíicarnénte a Quinquertios, no a decnios u

legislador de , aquel laépu&a, no quiso det1r,.&O que en realidad dice. de esta manera, desconocer especlíicarnénte a Quinquertios, no a decnios u otra denominación,, qte cumplidos ctncx3 (5) a7,0 ,a las servicios 'ntxnuos s le pan el vlui cpr res pondienti icindoaeen forma inmediata eL coriteo de un nuevo periodo qunqueu.i1; que de cumplirse en form& continu.,, dar el dirho para hacer exígible de urf nueo básico mensual, greaau10 que ' a rr1rtn hubiese sido otra, se habria regi tdoen forea clara y preL.Lsa,, indicandc xpr esamante lo que u1des ,interpretan. 14) Nótes de lo anter ior que a posar ,, ida sser 1. çlara la norma que, tonsagr la prstacin,: el Himtdesecha cste tanor 1íterL,y va a ¿orp11ar ,u aip3.r1t4, iu ntido -Adem, hace una ihtrpretac.iin gramatia1 palabr1 por - palbra, romptendocor, ello lo que dijo ei. 1-1 -al-dóJque 1 aLl .ri lo transcrito, de habla da la epréwiM POR, en forma aisiady le atribuyen a la misma "la causa o mof 1 o de un efecto', uar%do en ealidad ha dibxdo el Trttitutcrafertr -se en con)ursto . lÁ epreión POR CADA, la cual, no da lugar a ningunas 1 1 duda,

mof 1 o de un efecto', uar%do en ealidad ha dibxdo el Trttitutcrafertr -se en con)ursto . lÁ epreión POR CADA, la cual, no da lugar a ningunas 1 1 duda, sobre el verdide'o alnr de la norma, y que confjy -jnaría lo qtte Loa f c4onrios de~ timpi atrs, hn venido efltendindo.. Igual mteoProceso No 89-24541 (sic) en iú carta del 18 de noviembreí8El; El Himat, olvidó un principio elemental dtr intrpretación legal, que dice qte •"dondo el leg'tldor no dtbtingue no le e' dado al interprete diitinguir", y contra todo, u inplemerte por negar un derecho a ,ucionarío, distínguí .0 y dijo laque el acuerdo no ha dicho. 15). El Lagiiuior al&ncebir la pretacióri del. quiiqueni.o en la forma plasmada en el articulo ) del acuerdo 24,/2 (también en e). numeral 4 de). artículo lo del acuerdo 27177, no ho dtttnció alquna ni hizo aclaración, que p(--.n3t1eta aialar la interpretación d.l Himat. No ~de por, ello el Instituto, per se, aventurare en •interpretaciones y ditflcionew que %e alejan no solo del tenor literal dela norma, in' de su esptrttu 16) El hacho de que, el H!MT lu hayá ver-sido reconociendo así, no implica que haya interpretado correctarnenté la norma. No hay pir.itu de la, norma, pue siendo extremadamente clavo su

  1. El hacho de que, el H!MT lu hayá ver-sido reconociendo así, no implica que haya interpretado correctarnenté la norma. No hay pir.itu de la, norma, pue siendo extremadamente clavo su necesidad de ir 1 por mandato leçjal, tenor literal 0 ell debe bat.ar. El contenido de la norma, no dobla o triplica (sic) la bon3fa.cación. Lo que h la norma, y en epecia1 la expreión POR C[A CINCO AÑID34 mltap1i.cirla pues dicha epreiór;. 1 acá y en cualquier latitud, erp 'una e.preión multiplicdora. Distinto e, que el lntituto. en aras de preservar su presupuesto, no haya querido dar al articulo 30 en menciór, el áL,1 Can rz correcto, lo cual no es obice para que en esta e reconozca a mi mandante ,---on derecho a Laprestaci6n, :lo que la ley ha consagrado en Su LI) Existé era la contraloría General de laProceso P46 -431

Mí mandante, me h4 o rgacf l poder cor7reapóndiente, para intntar eit Como norma4 violadas se invócan lts xguid" :iguientei, CO P4 9 1 D ER A C 1 0 P4 E S Reptblira cinsagrada favor S'- la misma prestación que en; Pl. Hffit está ,' cpnsagrada en el acuerdo 2 4174 .. En auel1a ntidad e estableció por medio del decreto 099cel it de mayo de 1976, en .0 artículo 2 quiezaL JL os

cpnsagrada en el acuerdo 2 4174 .. En auel1a ntidad e estableció por medio del decreto 099cel it de mayo de 1976, en .0 artículo 2 quiezaL JL os funcioriarios de la Contralora' t3en e. laReptblica,r tendrán derecho al payo de , una oniçacxón especial de un (1) ms emunraç.ón POR CADA perodo de cuico (> anos c:um'pIído% al servicio de Uinst'.tuci&. Cdino "'Mn e apria dl articuló transcr.tc, al 11 aparece tLin i,t epres.nn JQi tAD, Palando que' ç.ada vez que el funcionario cump 5 de seririo a l IntLtuctón, tendr dereho.. a la bon.ticación especial. As. 1 0:54ie L norma lo ha etndidoy aplxcado.-i ertraI Al U, al - cumplir el funcionrio 14Vo- )ø pagan d ' ''" ' lepagn' 'Articulo .16 de .la Contitución Nctrl; artidxlo 17 de nuestra Constitución N zonal y ert,.culo 21 del Código Civil" .r•tido el trimxte correpord y no oerv -ándose caul alguna de nuIit1 ue pueda invalidar lo actuad, la la procede a dcidir, previas las • El actor, por intermedio de pdeda, si cita que ,se declare la nuHdad de 'Ia Cpmuncacxones No 1i?S deldel Instituto Ce'lombno de 1 Ç3 d por, el Diretr .anrl 4j.dro1cjqia, .ete&ologia

que ,se declare la nuHdad de 'Ia Cpmuncacxones No 1i?S deldel Instituto Ce'lombno de 1 Ç3 d por, el Diretr .anrl 4j.dro1cjqia, .ete&ologia Preó No 99 4-2451Adecuación de r.err. «HIMAT', la cual fue confirmada n agotamiento de l a oube,nattva por la Gouuniación No 6729 del 12 de Julio de 1.9B9, pr medio de la ual e confirma la eisión de Noviembre IB de 1.988, » hn:l.en1idQ :de la. ntrpretac4 :que s e e <dibe, dar a articu lo 3) deL 24 dP 1.972 ,.- Como cone uent a de le hterar deL1aracón a 1.i4tulo de Restblrcuniento del dtIØ Olic3tai que me condene a la entidad demandada a l.qudar y cat al ac..torb la bon.tiación (Qutrsqucnio) conarad4 en el art. del Acuerdo 24 de 1.972, nipudci en çueñia además 1 tiempo trabajado aEignaciórb l nomentc de dovengd a diez (10) Pbf de serVtcio c tiene derecho una bontficatiór. igual a do meses de alrio; por qutrce'$s) ao ervic10 am tiene drc.hc un á` de 3 mee de a1ario y x uc.eatment Fd igualmente a. cocniertto y po d eta pretación e haija retratmen1 FtnaImontolicita. que e de cumplimzei tto

de 3 mee de a1ario y x uc.eatment Fd igualmente a. cocniertto y po d eta pretación e haija retratmen1 FtnaImontolicita. que e de cumplimzei tto a,- la een ten cia en 10 térffl3.flo del art, 176 del C C la Veçha d aueree ci quinquenio y deberá liquidar do uer.10 a la igiiente tabla por a 1 nación, la rb louiquenioa caiadoa Úe al proceao puede tablacere que el imput.e, demanda e encuentra vinculado eV .23 de ilio de 1990 cuand a1 motef1tOdepreEefltar3ala: a la ent,dad denandad dVde tomó poaión p.-tp a dmempear el cargo dé,,Pral eional piIç.1liza1O Códgo 3010 .Grado 09, nombrado por la Resolución W. 212 del 19 de julio d 99O olj.ó Cuad .2.). ri. primer lugar debe e4iarLtdemauda ), se reimn loa presupu pueda entrar a decidir arexa 'con el fj.n de etab1ecer si atoe proceaa 1 necesarios para que'se el fondo dI l orpøraCión entrar aun to. El apoderado Judicial de la par te actora dentro pr&e,c7 solicita que e declare nula la C unicai6n No 3 dci 18 de Noviembre de 1 C9 Dirigida Ciro AltonacProceo No99-2451 11 Castel•nos Vera, aboyado de parte actora, obrando y

3 dci 18 de Noviembre de 1 C9 Dirigida Ciro AltonacProceo No99-2451 11 Castel•nos Vera, aboyado de parte actora, obrando y actuando a rtornLre y representación de más de 20 funcionarios del HIMMT y emanada del t.recto,- General del HLmat Dr. ráque Sandoval barcia en la Cual se negó la solicitud de reconoci.au.ento y pago del quinquenio, acorde con la i.r,terpretacin del artculci 30 d€1 Acuerdo 24 dy 1.972. Considera La Corporación, que sobre la . L)unicac1ón antes t.orm€zntc menctonada obro el fenómeno de la - CADUCIDAD Se toma como puntos re ier rt iale para determirar el término de la nisma, la fecha de la riotifiaciÓn de la Coiuni ¿:ación Cdrtt) 1Y y. Noviembre acuda (23 de Noviembre de , i988.,FoUo41.del fecha en qu. • la demanda fue prest2ntad (24 de-e idir, que entre las de de 189 folio 38 uad1), e doe l. fechs existe un intervalo de casi doc -e (12) mees, que excede el término que, para el efectc contempla el artiCU1O 136 el CSC.A, el cual eTI, de cuatro '4) íneseis, los cuales ee cuentan Jesde J.i comurtcación, noLtfcac-ión, b1tc-riór o e.)eLuc3.Ón del acto hasta el mismo f1.a del cuarto mes iquten1e, es decir, que la dearda ante la uVidicr do

e.)eLuc3.Ón del acto hasta el mismo f1.a del cuarto mes iquten1e, es decir, que la dearda ante la uVidicr do lo Contencioso AdrninitraLivd, solicitando la nulidad de esta cumunicacióri debx& preerita se rieiitrc de los cuatro ( 4) meses siguientes, eso e, con ante oriJid al 2.5 de Har o de 1.989. Hecha la precisión anter.or entra la Sala a decidir obre nl fondo d las demás peticiones del libelo demardtorio El punto central de la litis es determinar: cual e La correcta, interpretación del articulo 30 del Acuerdo 24 de 1 972, si la que realiza r^ la Institucióji demándáda o por el contrario la que plantea el ..apoderado judicial del demandan te.

El articulo dc: l cual se dbat su :iu ter . pretaciór4 os el eiguientet 111-or cada cinto 410u de ser vicic continuos enPro casa No 89-2455L. .a enda, el. empleado tendrá de1echo bof.rac -iór equivalente w1) is deUida, liquidado de acuerdo con el ue1do báio que . el momento de causar te el deetho La interpretación que .i€ la ",Parte actora es 1-aaigLtlteritelf . hecho el. "11). Las nçtrrnat de los ris 30 del cuerio 24 d 1.9/2 cnn eu concordant( tl Numeral 4o del articula Jo.. del—acuerdo 7!7I frønscritas.. son derniacIo claras en su ienor l.itøs'aL que no

1.9/2 cnn eu concordant( tl Numeral 4o del articula Jo.. del—acuerdo 7!7I frønscritas.. son derniacIo claras en su ienor l.itøs'aL que no genra duda alguna en interprtatzión.. a cul no puede et otra, que la que Ye, der de su texto. Es deci-r, que pQf Lada cinco ( aos de ser cxo LontinuoS el Irtituto el fuonau tendrá devetho a una bonjrtación equivalente 3 Ufl Me5 de sueldo. la epre'ior "POFt CADA, con la cuZ se tnjcia l exto d1 rt.culdyinditá MIJL TIPLICACION DF NU1RO, 1 cual no 11-eva concluir -, en un %aI)a inter,pretacián de la noria, que si el funcionari 31 i6ervicio del Hiat trabaja cinco acs confiuqs, tiene derCtiø, como bonirtLaciór. a un (1) mes de sueldo Si trabaM díez 10) akos caçbtinuós, tiene dtrecht.t a una bon'ficación dp dos (2) teses de'

sueldo.'S i ' trabaja quince (15) a7-.os tiene derecho a unbonicación de tres Á-e ees de ysueldo Si tr baja venta (0) iene d€recho a una bonificación de cuatro 4) mesede sueldo as, s e-st, ente'. (foliO 44e L't3d No 1) La - interpretación que en repetidc oca oes ha Instituto Colombiano de 8tdroloía, MeteoroiÁa )i

as, s e-st, ente'. (foliO 44e L't3d No 1) La - interpretación que en repetidc oca oes ha Instituto Colombiano de 8tdroloía, MeteoroiÁa )i Adecuación d s tierra "HlMAT".. es 1k miguiente: U Veamos kle Ofl &gs d ,». los ar -gu ntb idos en cuentií por el,. Instituto para la interpretación del refifdo Articuhi 40. CimienZaProceso No 89-2453I así la dipusicióru "Eor çad çjnço (5) aos continuos en la entidad el ::.pleado tendrá derecho a una bonificación equivalnt _jij . mes de ueido 1 .. ( he subrayado) Lo primero que importa destacares el uo de ls presiore numéricas; en o'fecto la Junta Directiva de enioncs, a la sazón leqjlado (1ic del Acuerdo s se refirió de sñaner eMcluiva y e,x:luyente a las cifrs "5 arIov&de servicio" y "un mes de sueldo" peto nada. dijo de períodos continuos 10 15 o más aos de sarvício, ni utenos aún de dos sueldos o tres eldos, et.c. Cán lo anterior quiero significar que si lairitención de aquel cuerpo colegiado. fúcra thr etabl erido la prestación tal coío ahora se solicita, simplemente asi lo ub.i.era dicho y entonces la redacción del artLculoseria otra.'. "La circursstan'cia dhab€rse hecho referoncio de modó )awqulvoco a los dLSS ex'ty-emc)% de la

asi lo ub.i.era dicho y entonces la redacción del artLculoseria otra.'. "La circursstan'cia dhab€rse hecho referoncio de modó )awqulvoco a los dLSS ex'ty-emc)% de la reación ' por cada cir.co afos urs sueldo - deja por fuera toda pOsblLdad de aludir a tiempos mayores de servicio y de boiiacones ualfflerit superiores. En real ¡dad la norma en momento alguno sucjicte multiplicación de perodos de 4servtci.o / ende de los 'lores de la prestaiórr. Al contrario de lo que usted interprtM conidera el HI. que "la pr tposit i8n "por ` tal 1 como sta ubicada en la noim, denota es la " caua o úsotivo d» un efedto; de consiguiente si queremos epl r la sintaxis del articuló que nos ocupa tendríamos que afirmar. Pøt' el, ift<^.)t&vpb, o causa de haber, cumplido un trabajador, anos de srvicio continuo, a la entidad,,tndra derecho a recibir - una boni í ciC1OU equivalente a'ur ,'sueIdo 'lo cual es bien di'frento a decir que "con '5. a ÍN os. de servi cio e1984 19139 EjtQ es, ere proporci4n y oportuniclád esteblettdas $ 60.679,69 149.151.97 Proceso No 89-24531 fr

14 derecho á un suldo de .honi f itacíónp 10 acis dan derecho a, dos sueldoø (folio 4 dél Cuad. t4c.'iJ

149.151.97 Proceso No 89-24531 fr

14 derecho á un suldo de .honi f itacíónp 10 acis dan derecho a, dos sueldoø (folio 4 dél Cuad. t4c.'iJ de bonificaçión etc." A' ccniaideráción de la E371a .1 seúnda interpretación, es la-acertada. Li rtLculo 30dei Acuerdo 24' de 1 972 s claro al decir "por cada cincó (5) o de servicio continuo en la entidad el empleado tendrá derecho a una bonificación e quivalepta a un (1) mes de ,,sueldo..." '. e decir, se ncc e..tta trabaJar 5 aPios Lontnuos para lograr la bur'eif.cación sin tmportar si lo que se lleva trba,ado sorveinte un veinte o treinta Si admitiérrnos 1a tei' contraria.' tendr.arnbs q(-q " 'C3 aceptar que si un trabajador labora 10 seguidos tiene derecho al doble cJe la bure ic4ectn, lo ,cUal nos 11evaria a admitir algo que ró esta contemplado; en la norma,, f -~,,cediendoFiási en la función interpretativa que nos aste y a la vez, estarj.amos condenando al HIMAT pagar lo que ya El trabajador que logra lu &Po' dcoietinurdad la Institución tiene derecho a un mes do sa1rio de bonificación, pero no por haber trabajado 10 aFc çerit.inuus sinÇ porque en los ultimo ' aros de se ttemp, cvinplió al recuisito e xgtdos p orEl artículo 30 24 de

bonificación, pero no por haber trabajado 10 aFc çerit.inuus sinÇ porque en los ultimo ' aros de se ttemp, cvinplió al recuisito e xgtdos p orEl artículo 30 24 de 1. 9.72En este orden de ideas podemos decir que admitir lo coritrartq reos Uevar.a pagarle al trbiadLir , lo que j se 14, pago. En el e'ped rete, obra a folio 14 certicaci& tpd'ida. por Jefe División Admtnistraaz Personal.. en dririe se informa el valor y la fecha de los cinqúenius queProcá No 89-24 por el Acuertio 24 de 1. 97, que quebrantado )? cuyo alcarcw fqe e enti.dad den ndad. y con1irad or acciona rt i4era tampn te: del-in id. por la esta tiporacit 11 I-Iabíd'& cuent, di 1á anteriore la negar dem .preternuone cie la ¿emnda. ,-T~A R1co: . DE IIORELLI iiza BARRETO SEGUNDO.- Nigare Cc,lombi y por autoridad de liey, CA1UC1tAD vpe o COP 1 ESE, CotiuN 1 QUESE, NOT 1 F IPUESE Y CUPIPLASE Aprobdo en el acta No. de la fcha drnan Oá - 1. RIMERO.- Decltee s-itnra prterióri de la demanda ¡ioti de ta pr0ViiC3 Pçr lo antetormehte expuetq

drnan Oá - 1. RIMERO.- Decltee s-itnra prterióri de la demanda ¡ioti de ta pr0ViiC3 Pçr lo antetormehte expuetq Admiríftrtivø de Cundinamarca, Sóri segunda AdnYini.iitt ando 3ut.ciai nombra di 3 $ubecc.ión

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