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TA CUN - 90-25723-(18-10-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 90-25723-(18-10-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

AC1 DE WE=ON. DE SANCI1 - Impugnaci&i / D!4ANDA Ineptitud sustantiva

TRIBUNAL ADIl INISTRAT 1 VO. DE CUNDINAMARCA SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCION TMA" DE coLoMIt Santafé de Bogotá, D.L.., 1 8 OCT. 1996 a 9

TribOa nnistaIP'! Jo Cundtnainarca Magistrada Ponentes MARGARITA HERNDEZ DE ALBARRACIN.

R E F E R E N C lAS

Expediente Actor Demand-ada Con troveria Clasificación No. 90-- 25..723

lECTOR SAMBONV RAtIfREZ

NACIÓN— POLICÍA NACIQNAL

$ SEPARACIÓN ABSOLUTA

: AUTORIDADES NACIONALES I-4ECTQRSAMQNY RAMfREZ, ider.ti?icedo con la C. C. Nø. 12 226 ¿S. por - intermedio de apoderade y en cjerriczo de l c:ciÓn de nulidad y restablecimiento del derecho, en Julio 5 de 1990 presentó demanda contra ,La NACICfrPOLICfA. t4ÁCI0NAL,. ç:ori ocasión de separación absoluta del cargo, dando lugar a la actual controvereiM que se decide en esta providencia.

ANTECEDENTES fl. L_ P 0 t\ NEXPEDIENTE No. 25.72

LAS PRETENSIONES de la demanda n la • 1.1 Que es nula la Resolución No. 234 expedida el J, :() de marzo de mil novecientos noventa (190) por el Otrector

LAS PRETENSIONES de la demanda n la • 1.1 Que es nula la Resolución No. 234 expedida el J, :() de marzo de mil novecientos noventa (190) por el Otrector General de la Policía. Nacitmali, mediante la cual "se fepar&en forma absoluta del Servicio Activo de la PlicLa Nacional" al Cabo Primero HECTOR SAMBONY RAMÍREZ. cc No. 12.226663 y canecuencialmente las articulas primero y segunda de la mima. ' 1.2 Que como consecuencio, de la anterior declaración LA NACL4 MLNIS1Ek!O DE bEFFNSA NACIONAL— POLICÍA NACIONALDIRECCIÓN GENERAL, dberA re.integrar, al Segar, HECTOR ES.AMBONY, RAt1fRL en el grado cor-reepondiei.te o en otro de supciríar categoría de acuerdo con suantigÜedad pr, tener lorequiito para cender,y pagar los sueldos, prtmae, atsidioe, vccones pretac.onei ociale a que tiene) der4ha como suboficial de la Polca Nacional en actividad y reconocer / pagar, loe demás emolumentos que hubiese dejado de','pe-r-cibiri., junto con loe frutos que hayan podido producirse desde el momento en que fue separado en forma absoluto del servicio ctivo hasta aquella en que sea efectivamente reintegrado a este. " 1-7, Gue para todo loe efecto legal y especíaImente los relacionados con el réçgnocimientci y pgo de prestaciones sociales no ha habido solución de, cortiruidad en Jos servicios prestadas a LA NACIN MINISTEk1U ni: DEFENSA NACIONAL POLICÍA

relacionados con el réçgnocimientci y pgo de prestaciones sociales no ha habido solución de, cortiruidad en Jos servicios prestadas a LA NACIN MINISTEk1U ni: DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL— DIRECCIáN GENERL por el 3ePor HECTOR SMBOÑY RAM! RE2 desde la fecha en que fue suspendido coma subolícial de l. Policía Nacional akediante mediante Resolución No 6772 del 26 dø septembre de 1989, di:tda por; la Drireccián3eneral de l Pal icia Nacional par ttrmino deeeenta 60) d{a4 y Resolución No 234 del seis (6) dei marzo de 1990, dictada por la misma Dirección y por medio de la cual lo separo en foma absoluta de la LntitULi.Ór hasta aquella en que 'Sea efectivamente reirtegrado al servicio. " 1.4 Que la NACIÓN-- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL— POi.XCfA NACIONALDIRECCINENERAL queda obligada a dAr cumplimiento a la sentencia dentro del término seSalado por el Artícula 176 dl C.C.A. y que reconocerá los intereses e os culs se refiere el artículo 177 del C.,C.A.# ibidom, inciso final, a partir del momento de la ejecutoria de la sentencias. (fi. 4) LOS HECHOS esboadov son los siguientesEXPEDIENTE No. 2.723 3 ..1 El 8eor HLZCTOF SAI1ONV RAMfEZ ingresó a la Escuela de subofícialeu de la Poltcía Nacional como alumno el diez 100 de mayo da 1982 y fue dado de alta mediante Orden Administrativa de Personal No. 1 11/02

subofícialeu de la Poltcía Nacional como alumno el diez 100 de mayo da 1982 y fue dado de alta mediante Orden Administrativa de Personal No. 1 11/02 3.2 Terminado el curso fue ascendido a Cabo Segundo en el ramo de vigilancia ~¡ante la Resolución No. 1105 del 2de marzo de 1983 publicada en la O.A.P. No.. 1054 del 18 dei mismo mes y &u. 3 3 Realizó 1 curso de acero a CWO PRIMERO en la Encuela de Suboficiales obte,tando ol puesto 44. .3.4 Fue destinado ala ciudad d Washirttong, Lictados Unido do Norteamérica a adelantar el curso de EXPLOSIVOS. Resolución No. 5791 del 9 de septiembre de 1986 O.A.P. No., 1-11 del 1$ de septiembre de 1986. .5 Fue asignado a realizar el curso de CAPACITAC!N DE UWLTAS. entre el 24 de agosto y el 19 de ieptiembre de 1987 en donde obtuvo el puesto 18. .ó En la Di eccicSn de Policía udici -DIJIN-- fue destinado al 8r-upo de Operaciones Especiales -GOES3.7 Realizó el curso para aácenso a SARGENTO SEGUNDO en la Escuela de Suboficiales entre el lo. de julio y el 21 de octubre de 1989 obteniendo el puesto 20. 3.8 A raíz' del magnicidio del Docto LUIS CARLOS 0ALN SARMIENTO es capturado el ' sujeto JOSE ORLANDO CH/EZ FAJARDO, quien en una de sus írijuradas hace referencia al demandante; lo que motivo

es capturado el ' sujeto JOSE ORLANDO CH/EZ FAJARDO, quien en una de sus írijuradas hace referencia al demandante; lo que motivo investigación disciplinaria de la int:itucjón. .9 Estos cargos al Cabo Primero HECTOR SAMDONY RAMÍREZ 1 vinculn a una investigación disciplinaria adelantada par el Comando de la Policía Metropolitana y en desarrollo de ella es allanado su apartamento en donde encontraron un kilo de dinamita gelatinosa cuatro mtros de macha lenta y cinco granadas de simulación empacadas en Una caja decartón.. 3 ló En desarrøll de la Investigación ' el demandante rinde n versión libre y espontánea ante el Jefe de,>La Unidad de Automotores de I SXJIN y en ella manifiesta que vive en el apartamento allanada cOri des hermanos y una cuada que entre todos pagan el arrendamiento, que tiene permiso del Comandante para vivir fuera del cuartel y niega conocer r arce) trafi can tes o tener amistades con personas dedicadas a esta actividad.EXPEDIENTE No. 25.723 4 3.11 Mediante Oficio No. (09) d,l 2 de octubre de 199, el Comandante de la Polica Metropolitana de 3nqot.á rinde un in gorme al uhdirector. Gral. de la PolicJa Nac:ional, indicando a varios miembros de es .a de estar ompremetdt en ii'idade delictivas y 5011clita el r 10 bramicnto de oficial iPvticjador, Entre loe a.rBplicacloe cita al demandante Cbo Pteero HECTOI

miembros de es .a de estar ompremetdt en ii'idade delictivas y 5011clita el r 10 bramicnto de oficial iPvticjador, Entre loe a.rBplicacloe cita al demandante Cbo Pteero HECTOI SAMI3ONV t.U1!REZ sin hacer proriur meiito alrjuno obre él 3.12 El Subdirector General. de 1 Poiíci ordena neI3.artte auto do fecha 2 de octubre de 1909 iniciar la inveetiqac ión y en el ii(ñO nombsla el funçionario.. invt.gadar. 3.13 Dentro de la inveet:'at:iór deç:: 1 éra el Capitán ANGIEL ZAPATA HINCAPIÉ deppaición abiertamente contradictoria y ial ta de veracidad. 3.14 También declara el Sargento Viceprimero JOSE DEL, CARMEN HERRERA ROJAS subalterna del. Capitn ZAPATA HXNCAFit quien ri.nd un testimonio caei calcado de su superior. 3.1 Mdiante Ofiçio No. 72/GPEJI790 dci 2U de eeptiernbro de 199 el Cabe Primero HECrOR SAMEONY RArIfREZ ee notificado por el Jefe de Personal f4l la Escuela de GuhofiiaLee $ONZÁLO JIMvNEZ DE QUESADA de la Reeolución Nç.. 4772 dirtda por el Director General de la PoLica Nacional con fecha 26 de septiembre de 1909 por medio de la cual lo %uependc dieciplinariamente a partir de 1 a miuma lecha por el término de eesnta (60) días. 711.16 Dentrn de la investigación diecipliraria, rinde teetimonio el

medio de la cual lo %uependc dieciplinariamente a partir de 1 a miuma lecha por el término de eesnta (60) días. 711.16 Dentrn de la investigación diecipliraria, rinde teetimonio el Mayor ALONSO ARANflO SALAZAR uficiai que para la época de la dtlipnc.a se desempeaha en el rai o dr SL1RDlKLCQR Df ( POLICIA JUDICIAL. E INVESTIGACIÓN -6JJIM y Con varine aoe de pertenecer a éue organismo. 3,17 En fCCh.4 ...7 de n oviembre de .199 .i Cabu Primero HECTUR SAMBONY RAt1fFdZ preonta el correspondiente alegato ante el Funcionario Invet iqadordostacando a e iera i.necruplusa coma l euieto CH4)EZ FAJARDO lo irtcul pá de ser miembro de una banda la inøtuncia de una prueba que e pueda considerar remo tal que reafirme el dicho del. sujeto CHWEZ FAJARDO y que WUcha menos e.ise ø se. ha demotrado o probado la relación ntre suj e toe al. 'seric: io de 1 narcot.r' af i can fe FJDRfGJEZ GACHA y l Cabo Primero SAMBONYRnMfRE 3.10 Terminado el ingtrutjvo del informativo admi.n Letrai. . realizado por el Funcionario nombrado por el Subd:ireç:tor General d el ofici.al ha. un i oaufen de losi hacho a e , mançM poniendo en boca de loe d :iaran Lee vereiora.a que no se ajuetan a la realidad.EXPEDIENTE No 25.723

d el ofici.al ha. un i oaufen de losi hacho a e , mançM poniendo en boca de loe d :iaran Lee vereiora.a que no se ajuetan a la realidad.EXPEDIENTE No 25.723 3.19 El fl ldor de pri.r intuc.i, dentro de los¡ re tadoi y coriderando al ..2O El aino 'fi lailor de irnt a ir tu.tr:i concluye 11 . k tr,.AvésS. de j 1 ,1u eria'

cak e: i or? t~ Oncoi'ttra dul que., lo ccunprometen en 1 afi hechom «notiq de iv ti ju.ión, C. ontituyéruioo en el emerito d' juicio que ici,ente para iclirit al r:le el retiro «de t Inttitór..." ::'.. 21 Y en la parte reç;c:'.l utiva ii ubdi rec:tor 6nr4i de 1 Policíi expresa Artículo 2o.. Ç30j ictr a la r)i,-ección General de 1 Folicí nacional la no prc.ór abUC31Uta , de la Institución al Cabo Primero HECTOP SAHIJONY RI4fREZ, identific:adu con la cédula de uddar1ía No 2.22663 de Pi tal ito (Huila), por aparecer r ponable de la Cotni.ión de faltas corisxti,tutívas de tala conducta, al tenor de lo dispuesto eñ el artículo 121, r.uierle 12, 15 y del Reglarnnto de dtri.plina ara la

Cotni.ión de faltas corisxti,tutívas de tala conducta, al tenor de lo dispuesto eñ el artículo 121, r.uierle 12, 15 y del Reglarnnto de dtri.plina ara la corui5terte en iercer actividde incoipatihle t:on las buenas c tumbre y el pri.,.bt, tiq J.o inti tuc .ionl c.onervar indebidamente exploivot y mantener amistad con peroa con iderada corno del iÁ i comprobars a través de l a ínveat.igaai6n relarione con l ujç3to 303E OF1ANDO C14VE2 FAJARDO, paticipe en el hoatc dio del Doctor ur LJJL ÇAUU ' N SARMIENTO . e1 atentado dinarni t€ro contra el diario E]. Epe:t..dor , quien le zirtbca de prtenecer la banda dirigida pur PERO FAEZ k a) inajarfi al ervit:Je del rrcotriank:e GONZALO RO1P. ftUE7, GAMA (a) El M.i cano y hallar -se en u reidnç.i, un ti) kilo de , di.nrn.ta ainniacL, cirro 5j qranad de imu 1 aciÓn y cuatr e (4) metru de mect 1 enta ti in razón J uli. 1 icada, aduffi4 de encon trar mente implicado ipn el at:ent.ad a efect.uare coritr las de la DIJIN, en el que se pretosidíA dar muerte al 3ecr Coronel EDUÇ;RIií) PLAEZ CARMONA,

mente implicado ipn el at:ent.ad a efect.uare coritr las de la DIJIN, en el que se pretosidíA dar muerte al 3ecr Coronel EDUÇ;RIií) PLAEZ CARMONA, Director 'de]. or aniçrio mencionado" 22 Ante .e (e fa]. lo el Cabo Primero.. HE mp AMON1 RAtIÍRE L repone la providehca y en uhidit: apela a la 3.23 El 1 al 1atkr de Sogunda Xntancia dentrc de loya resultados y cc)n3idardota dtaca II ( SS).EXPEDIENTE No. 25.723 3.24. La Direc:c:Lóa General de la ío 1 t ia NcicMia 1 con fecha (6) de rnaro de mil novecienL' noventa (190) expide la Resolución No. 2334 "Por i cual 'e para en forma abo1uta del servicio activo a un ubai1cia1 de la Fol icia Nacional U . , en su atLcuie Lo. reue1v "Separar confhaneís de maro do 1990 en forma abriluta dl 'do la Po1ic.a Nacional , a.L Cabo Primera SAt'lDQNY RifIEZ HEC;T'OR, cc. 12.22 .63 de Pital ito con base en l as dii. igenci di:ipl irar adel ntada y fa , lljkcla% en usa con tr., de cn forifiltiad con lo dimpuesto endel n del decreto 100 de 1989 n c:ç ordai c:an 1u ariculi: 122, 124 y 17' del Dt9creto 96 .25 Coma ha podido abservar en todo lo r rior -oís en tt

n del decreto 100 de 1989 n c:ç ordai c:an 1u ariculi: 122, 124 y 17' del Dt9creto 96 .25 Coma ha podido abservar en todo lo r rior -oís en tt trancr1to lo t: tgoti diciplinario i:iirent iiiputada ¿ ini cliente como ujeto activo do ello c.irn:r iben it Decten I(10 de 1909 1 DE DI3L1Pt.LN4 PARA L.A POLLC ÍA NiC k0NIL. en u Título 111 DE L4\S EALTA3 C0NitLT UTiVA DE MALA COMPIJC lA. CAP 1 TIJLO 1 DEFIt4XCiN iRT ICULO 120 i í,un,rr :iÓn . Srm f J. constitutivas de ma la cord':t. 2 U 26. 1 ( II ( 69). Y 6 EL ACTO ACIJSA[X3 @es La ReMtlutun No. 2334 del 6 de mrc' de 1990 dei. D,rctor ,norl de. la Pol icia Nacional, medi.anto la cual se epró en 1orma

¡Abuclutía del Servicio Activo de í" Po ic:ía Nacion:d" al Caba Primero HECTOR AMONV AMÍREZ.

LAS NORMAS Y EL CONCEPTO DE LA Y IOLAC IÓN.

Las norma que se crderan q.iebrr,tadat con la actwc.iÓn dminiç5trativa son las aiguj.eritet.:1h ta LnntituciÓn N:;iana1 Ley 7117; Código Ccntetcioc Administrativo; Decreto Ley

dminiç5trativa son las aiguj.eritet.:1h ta LnntituciÓn N:;iana1 Ley 7117; Código Ccntetcioc Administrativo; Decreto Ley 100/1.9€9 Decreto 96/ 1909 . (fi. 69) .EXPEDIENTE No 28..723 7 El concepto de lá violación prce thtzdo a . cøntinut -ííSrs y es víaible en tos folíos 70 a 7) rjoj Jjc LA CUANTÍA Y LA IÑSTANCIA. & menciona que el Tribunal L competente pir conocer de proceso en iAníca itanc por disposición del art. 11 • nneri1 6 dc1 DL. 222/1939 y el %1r -¡o del actor en tt momento de':uú tt.i ra .irvforinr á $300.000.00 y portmecía 1 Dir :rión t3erier1 de i Flalicía, Nacional. :on sede un Doçjot O .E. ( fi . 76)

B. D CA, S Q LA PARTt DEP$ANPADA L Nación Mii t.er iu D e f en %a POLLCfÇ% NACiONíM.. ir&rción 6inural vincuhda ¿t pro(:e3o medtn€e i no~Jfi Cación d1 »initaori.o al retario Genria1del MINDFEt4$A, quien ol cita 1

Con tes f,ó la dianii.a en 1. a que prop n la iec:up':ión de D-manda por 'FALÇÇ4 t)Lt'jT.t tCAC141 [L'½F<A Y Pf<EC 1 S DEL ('CT(t (cusr)o'.. (fIs

D-manda por 'FALÇÇ4 t)Lt'jT.t tCAC141 [L'½F<A Y Pf<EC 1 S DEL ('CT(t (cusr)o'.. (fIs LOS TRASLADOS DE LEY e turtierøn.

En el Primero la parte actora raifi y ritira ssus.EXPEDIENTE MG. 25.723 fundamentos y pretensiones de ente"-ta favorable; la parte dernardada, olic ta resolución inhibitoria por iueptituc sustantiva de la demanda. En el 9egundo 11 Ministerio Públco e remite a dích dçiin judicial. (Sección Segunda -'bt.cción "0" Syentencí, de Marzo catorce de mi) no\'ecientv noventa y seis.Hitrdc Ponente Doctor NEV(WDO A. REYES RODRft3UEz Prbce8o 912004; por la cual sedeclara probada al Excepción de Ineptitud utant3v de la Demand.) , VI. .1 ) hor., cumplido el tramite de ley sb in que e observe ct.alalguna de nul&dad 'proceiiial, la la procede a cttud lo la tbnt:rover3 dinte lías.iquiertte

CONS IDERAC IONES

LA EXCEPCIÓN PROPUESTA-.

Propone la parte demandada la de "Inepta Demanda por FALT DE IDCNTIrICCIN CLARA Y PRCI'3A DEL ACIO ACUSADO", 1 que tr despachada Seguide~te en ésta pruvi.deuciaEXPEDIENTE No. 25.723

EL. 1ÇTØ ACUSADQ..

DE IDCNTIrICCIN CLARA Y PRCI'3A DEL ACIO ACUSADO", 1 que tr despachada Seguide~te en ésta pruvi.deuciaEXPEDIENTE No. 25.723

EL. 1ÇTØ ACUSADQ..

Ew la eo1çzión N 2.34 deÍ 6 de marw de 1990, dei Oirertor General de la Pali.cAa t4ctona1 mediante la c'uL s e, se p~"kr6 e n forma ab s oluta de! Servício Act.'o de l,-#L a l Cabo Primero HCTOR SAMGONY RAtIfkEZ :y. que en r o t.t es apartes rn ímportanteu dice u CONEiDERANDC Que (le conformidad con lo dipueto Efl el Decreto 10 de 1989 se adelritÓ investigación di ycipl ,itl íIri.a per l Co mi si ó n de feLtaí cbntitutiva de ma1 tOnducta al Cabo Printero SAM W30NY RAMÍREZ HCTÜF a quien en providencia rovi den. .a de segunda intanc1a debidamente é Jacutoriada se le impwo la separacíón abgo1uta del servicio activo; Que de co formidad con lo d.ipueto en el artículo 95 del Deçreto 100 de 1989, en concordarcia con lo artiulo 122, 124, , 175 dci decreto 96 de 1989, el Director General de la Policía naLional. E-Stá autorizado para causar hovedade dentro del personal de Subofic: 1e3, RESUELVE i U ARTICULO 10 Separar - con Fecha ei de Marzo de

Director General de la Policía naLional. E-Stá autorizado para causar hovedade dentro del personal de Subofic: 1e3, RESUELVE i U ARTICULO 10 Separar - con Fecha ei de Marzo de I9/0 en forma absoluta del rvit:io activo de la Poli.- ci.a Nacional, la Cabo Primero 3Í41lONt RAti1EZ HECTOR, cc 1222663 de Pit:aiito, con be en lada diiiçeiiciu diwripliriari acielntada y falJ 1a5 en t---,u contra, de conformidad con lo di.pueeto en el articulo 95 del Decreto 100 de 1989 en concordancia ron lors artículoe 122, 124 y 3.75 del Decreto 96 de 1989. " ARTICULO 2o.. la prcente resolutión rige a partir de La fecha de su e xpedición". (t l 2j La Sala cQu.idera que la re aqt-G. impugnada, constituye e I acto de ejecución de la an:ióri d iicip maria que previamente St1fJONY RAM!REZ. fue 1mpueta «Al actor HECTOREXPEDIENTE No. 25..723 10 Cuando «tato ocurre y se reclama como conieuerc,.a el restblecimiento del derecho que comprende renteqro, pago de salar -¡os.,, etc, eV T:ibjArul debe abstenerno de entrar en el fondo del pleito, por , cuanto que el único acto acusado esta motivado en los actos que vancionarofl al empleado oficial, y es a la luz del aniisíi 4P eton últimos, lo que hace

entrar en el fondo del pleito, por , cuanto que el único acto acusado esta motivado en los actos que vancionarofl al empleado oficial, y es a la luz del aniisíi 4P eton últimos, lo que hace posible el control de las, actosancionatorioa y de aquel de, cumplimiento o ejecución. De otra lorma tb se concibe cómo pueda en primer trmino hacero un mamer, do lee' alid ad con determinaciones que no s.qn autónornas Mo t,uren vida propia, no tienen un especial conindo 3urdiro sequhdo cóuo pudiera lleyar a decrrtavse la riultdad de un acto de c,tejor.a, cuando ~éllos que lo nutrieron, que lo hic.Mrcn posible ncer leitiaflbente a 1 i vida iurdica, permtrcen incólinu La t;ituac:ión pl&ntoad, con evdencia rdcJnOc¡El lwk l a, crea s la llamad4 ineptitud Bustafltt%.Pa de la demandas Obrvose que 1 oa cargos plan t adoo ei J a demjnda apuitn a 1 o actos nc1or3 atar- ].a, quéllv en las cu1 o hizo un nrr va, y valor artr, de l pruebi, drdoct ion de la r ptbl d «.1 discipi tnaria En mrito delo .expuoto, el Tribunal Administrativo de Cundjnamarca. Sección Segunda, Subsección 11 A 11 , administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad do la. lr'y,EXPEDIENTE - No 25.723 11 rA.A

Cundjnamarca. Sección Segunda, Subsección 11 A 11 , administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad do la. lr'y,EXPEDIENTE - No 25.723 11 rA.A Declarar probada la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda propuesta por la parte opoaitora, conforme a lo aotanido en la motiva. COP ¡ESE Y NOT IF IQUESE YN D1LUtidO y prchd en qun Atta ttru '-' friú josa s€riv VICTORIA LOZANO WILLIAM GIRALDOGIRALDO Magistrado $agietrado

MARGARITA HERP4SNDEi DEALØARRACIN Mag íwtrada

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