TA CUN - 9037-(30-10-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9037-(30-10-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
TRIBUNAL ADMINSTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
SANTAFE DE BOGOTA, D. C., ocho treinta (30) de Octubre de mil novecientos noventa y siete (1997).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXP. N°. 9037.- NULIDAD Y REST DEL DERECHO.
DEMANDANTE : JORGE HUMBERTO MESA MESA.
Por auto del 25 de Julio de 1997 se concedió a la parte demandante el término de cinco (5) días para que individualizara las pretensiones demandando también la Resolución que Resolvió el Recurso de Reposición y confirmó la demandada, como lo indica el artículo 138 del C. C. A., modificado por el Art. 24 del Decreto 2304 de 1989. Informa Secretaría que el término venció sin que haya sido presentado escrito alguno, evento contemplado en el Artículo 143 del C.C.A., modificado por el Art. 26° del Decreto 2304 de 1989, para rechazar la demanda, a lo cual se procederá.
POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDiNAMARCA,
SECCION PRIMERA,
RESUELVE:
Iz
1°.- RECHAZAR LA DEMANDA DE LA REFERENCIA.
2°.- ORDENAR LA DEVOLUCIÓN DE LOS ANEXOS SIN NECESIDAD DE
DESGLOSE.
Se reconoce al Dr. JAIME ANTONIO PAREDES TAMAYO, abogado en ejercicio, como apoderado de la parte demandante para los efectos de esta providencia.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
DESGLOSE.
Se reconoce al Dr. JAIME ANTONIO PAREDES TAMAYO, abogado en ejercicio, como apoderado de la parte demandante para los efectos de esta providencia.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 149.-