TA CUN - 91-27475-(08-09-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-27475-(08-09-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION SEGUNDA SUP -SECC 1 ON "B,' FAULT2D DISCRECIONAL Santafé de Bdotá D.0 uptiernbre ocho de mil novecientos noventa y cinco.
Mg.. Ponerte; Dr. CARLOS A. PÍNZON BARRETO
P.f: Proeeo No. 91 27475. AUTORIDADES NALES
Demandante: ALFONSO VELANDIA HERNAÑDE.Z
CPNTRALORXA GENERAL DE LA REPUBL lEA Controveria Inubtitericia El actor, ormedio de apoderado, en ejercicio ci la Acción de Retablecirniento del Derecho consagrada en el artículo 8,5 delCC.A., previos los trámites de un Proceso Ordinariosolicita de esta Corporación se hagan las siotientes 1.- PARTÉ DECLARATIVA A.- Declárasela nulidad de la, resolución ni.tmro 00208 del 10 de marzo de 1991 por , la cual se declaró insubsistente a ALFONSO VELANDIA HERNANDEZ, del carga Secretario de Auditoría Reqxcwa1 Nivel Administrativo Grado 9 de :.i Auditoría Regional ante la Administración de Impuestos Nacionales de Girardot Curid. acto administraUvo suscrito por DrMANUEL FRANCISCO BECERRA 5., y }cIarILa del Socurro tlurgueito, Contralor Gen-eral y Secretaric. Lc..tl pt'amente.Procese No 91-27475 r:.- Declttrse no ha existido solución de c:ontiruidad rt ci ejercic.i' del cargo kidicado
Gen-eral y Secretaric. Lc..tl pt'amente.Procese No 91-27475 r:.- Declttrse no ha existido solución de c:ontiruidad rt ci ejercic.i' del cargo kidicado antes, por p.irte del demandante como empleado oficiai; que por lo tanto, el tiempo que dure cear.e a c::aui de la .r Ltbsistencia le será ter,idci en c:ucnta para todos lo efectos íuiiciico y Javorables, tales como alarioí. prctac.Lers, indemnizaciones, periio au>iios.. etc. 2 - 'TE COflDENATDRI : Como con cuenc:ia de las anteriores doc 1 araci one pdo c:orc.ieriar a la NACION CONTALORIA GENERAL DE LA REPUi3LICA al rcc:or,ocimiento y paUw de las siguientes obligaciones.
A.- Orderir el rf: 'intEçrb iiedíatto de la parte demandante al Mimo cargo que venia dn:mp€ridc' WI r 1 ai cçndíciones de modo tiempo. lugar o a uno Je superior o igual Ordenar el pago de salarios primas, hcificac.i.orie a interese a las cesantias, ciore p taciones Y demás adehaIa. a la a 5, i,9 naci'n bsic..&. desde el t.impc u.rdc) se produjo la irub tencia dl actor • ht cuando s a materialice el rcinteoro al mismo carao d emp&ado o a uno d€' superior o mejor cateo ía "El reconc:cimi.t€nto y p:.go de éstos alarios,
actor • ht cuando s a materialice el rcinteoro al mismo carao d emp&ado o a uno d€' superior o mejor cateo ía "El reconc:cimi.t€nto y p:.go de éstos alarios, pre.staciones bc -i fi:iones, auxilios, vcacionies. pri ina ir, ' deç.s adehais a la aeignciórt básica deijc-irá hacerse te¡ ,--ii,endo en cuenta los a..imnto obenido para el cargo que venía desempendc u e,1 anlogo" C Ordenar adic.i.onalmcnte a la parte demandado que paqu los intereses legales que correspondan a las sumas nn canceladas oportunamente y el valor de la corrección monetaria s, teniendo en cuenta para ellos lasProcio No 91-27475 c:stdístic:a s ciue al efe.t.r, elabore el Banco de la Repúbli ca B'nco P.:pular y Dpto Nacional de Estadística DAtE. T'.-- La Pirte d dad drá cu11Ip1imi€rtcs 1 fallo anterior dertro de lo previa -Lo por el rtJcL.t1c) 176 C.0 C . tomc heC.hOS que cii oron or i. gen 1 a presente Acción, -e rel atari 3 os si .ien tus.
Por rn: ho de 1 r€eo1ución 06594 de rtnvi.nbr 4 de i93 I i pcDderdante fut d:'riado Sec::retario de la Auditoria Regional, Nivel Administrativo Grado 9 ante la dministración de Irnpueetc's Nacionales de la ciudad de Girardot - Cund
d:'riado Sec::retario de la Auditoria Regional, Nivel Administrativo Grado 9 ante la dministración de Irnpueetc's Nacionales de la ciudad de Girardot - Cund 2.-- En Éfcto el 2C de novieçtbre del mirno e aso. ésto e pesionó del cargo., dquiriendo el estatus de erv.idcir público, según el acta e de p3esión a d j unt. 1 ahoró de manera ir.interru ir, pida t.'.bcDrd.i riada y responsable hasta. el 2de marzi:: de 1991.. 3..- El actor solo ue notificado de su i,bsistencia el çjj 22 de marzo de 1991, por 1 Audí ter Reo iona 1 s J. r 1 1 aboró hasta el 25 de marzodc.i 199. En tonsecuenLia laboró en ese carcoscyá,s aos, trc mees y 27 días.. La denandada Val ida del cstado de apacidad de ni pcderdard. e para ¿?l día de su irubsistencia, ap cv.:•cha la circunstancia .ep zt rarl? del servicic pb1 ico. .- Mi. poderdante cze dtstacó como el mejor servidor público en su cargo., conu cornpaero i. n 'a 1 u a b le .. cüiiO r:'erst:'r a rspor ab le generosa en el desempeño de sus labores, y así mismo por IÁ abigarrada defensa de los valor-en morales, étit:os, disciplinarios y legales.Proceso No 91-27475 4 0 ervó el ar.tor ernpre una conducta
mismo por IÁ abigarrada defensa de los valor-en morales, étit:os, disciplinarios y legales.Proceso No 91-27475 4 0 ervó el ar.tor ernpre una conducta transparente frente a l tJ cosa p'tblica, e nfundiÓ' entre Tus,ccmpaeoE y superior; la ncesi.dad de r atar la ns.;icritud y 1inpiea. la diliumcia y honestidad en el desarrollo d la Adminitrción Por su vigorc'so trabajo, por su rronsahii±dd am fue amonestado. Nunca se la llamó la atención Jmás f ue L..ziric.,.ionado o LpOn(3ido. Era. el Ejemplo del funcionario 'iimpre cumpl ierick r., u deberes legal es rrqlamentariç:.s y Dnvfr1CiOflalCs. 8Su lema fue siempre ul servicio ptthlico combinado con la eticidad (iC) y la reporiEabilidid. Por ello í-,-te encargado varias oce de la AiidJ.tor:' ,ix como auditor" encarcado; :Desarrl id el carao Cle revisor de documentos ante el Acueci'cto y Al t:anLari liado dO Crí i rarrJotSu apacidad para colaborar en el mane)o de la gestión fiscalizadora respaldada por una gran ex pariertc.ia périnitió que ejercí ese varios car dentro de la misma auditoría coneficacia y llegare a euplir en Ics, cytentós n cearioi a Auditor Ru.ical. 9.- El dem.rdnt vr ha sido condenado por orocew"penal o discipliraro algunc y su hoja
auditoría coneficacia y llegare a euplir en Ics, cytentós n cearioi a Auditor Ru.ical. 9.- El dem.rdnt vr ha sido condenado por orocew"penal o discipliraro algunc y su hoja Je vida es inIachb1e. 10. '- Fueron motivos di voros al. buen servicio púbi ¡co. revanchas pe , rsonalistas, intereses t)oliticcts jrcusable q y .álotoneria de burocracia . los determinantes de la demandante como lo rjrcarernos. Por lo que se diga, el servicio ptblico fue desviado para en lugar de primar los interese generales, en el acto acusado se.: relievaran.Proceso No 91-27475 5 1ø fines f?jíta. 11 Fueron motivosdeterrninarte de la inubsi5terici4a del zutor finos ísta. prt:LLr medides por falsa itivacón, des'iación de poder, fines,diversos al rvicio ipúblic5 los artífices de la paraéión del actor. Por ello me ha conferido —poder para dettndar en su El apoderado de la pacte actora procedíó a adicionar la demanda mediante ocrito de folio 41. solicitando el decreto de la prueba tinoniai C,mn •nc'rmasvioladas se cítan las siguientes: Ley .13 de 1337 Con ti LUCiÓn Nacional preámbulo, articules 11 41 42, 43 4; Ley 11 de 1994 artículos 12, 17 14 Decreto 482
Ley .13 de 1337 Con ti LUCiÓn Nacional preámbulo, articules 11 41 42, 43 4; Ley 11 de 1994 artículos 12, 17 14 Decreto 482 de 190' rticjo 13. 11, ::2 33 y 341 Código Sustantivo dei Tb.jo articules 1 al 6. CONTESTAC ION DE LA DEMANDA Fl ente arcinnaHo dio contestación a la demanda instaurada, durante el trminL fijado para el 1° mediante elcálto de fol.4n. 38 a 40. PRUEBAS Mediante auto que obra a.o fol 5.o 52 se decretaron lau pruebas ; se ordenú tener como tales las
documentales que se acompodarDn 'con la demanda se libraron los oficios de los numerales 1? 2 y 3, folio 11; se decretó la pruebi, testimonialp se dispuso librar oficio al Contralor para que rindiera informe escrito y bajo juramento, sobre las puntos indicados en los numerales de). 1 al. 10 folio 12.
ALEGATOS DE CONCLUS IONProceso No 91-27475
El apóderjo dE la parte accionada descorrió cl término para alear ediartte]a documental de ft,iio .t42. El (poderadc:s .. del actor pr-eentó un escrito para alegar oro por fuera del trmtra legal para ello. MINISTERIO PUBLICO Dentro de la oportunidad. . ea1ada por el art. 56 dei Decreto 261 cie1`191. ci MLr!itrio. Pbl ic:o emitió
para alegar oro por fuera del trmtra legal para ello. MINISTERIO PUBLICO Dentro de la oportunidad. . ea1ada por el art. 56 dei Decreto 261 cie1`191. ci MLr!itrio. Pbl ic:o emitió su concepto en, los, iQt. ntes térmios Al momento de r dcc: 1 ár-,ncioir u'bsist.ente, el artor era un emplede de 1 ihre nombramiento y remoción, por lo que existin. crecioriaii.dad por parte de la administraci n. para ' . eparar.lo del rvicjc dé acuerdo con el material probatorio r%b cImostró que el acto demandado -se hubiera e>pedtd:nor cücas diversas la leçaies. no :r'ohó qte tze debier a :a' poUt,ica; en cuanto a . la idoneidad del furr .iorrio la misma rió desvirtúa la prer.tincin de citras razçnes tendientes al mejor miento de.] servicio público. fj el . trn'it. .c:Qrrespondiente a la Instancia y no cerndo? álguna d Nulidad que invalide lo actuado la 9 a1 a pro ti: cd'. a ciecidi.r, previas CONSIfl..ERACtONE.S x El actor, rnr in.tormotl..u de. apoderado solicita que se declare la nulidad de la RsnIución No 002608 del 10 de marzo de 1991 -, expedida ror el Contralor General de la República por cual.se le d ará insubsistente el nombramientc en ci cara rrc+arr, de. Auditor Regional Nivel Admintitivo. Crdo 9 tl€ - Va Regional
la República por cual.se le d ará insubsistente el nombramientc en ci cara rrc+arr, de. Auditor Regional Nivel Admintitivo. Crdo 9 tl€ - Va Regional ante la Adfrt d ew Nacionales de Girardot. Como conecuencia ' de las . anteriores declaraciones y a titulo de restablecimiento del derecho solícita ' el ' reintegro al mismo cargo que veniat_ i'taron er4 'dee ap14ccióça al 4.- Prceu No 91-27475' iee?ndo o a tro de uper..-or Q igual tec3oria y se paguen los lios pr1uas bc'caciores. ¿uxi1íos, int - es a las cesantjL<assp ciore, prest4ciones .'i d dehI.s asiuríación básica,_ desde el tiempo cuando se ordu.jo 1i inLhsitenci4 del actLJH hasta cuando re r,tcr,hiice el retero, teniendo en cuenta .os aunntcb de aueldu. que ae paguen lob 1ntLres as.. corno 'el Valorc1e la Lorrección flonetári ' e Uclare la no solución d continuidd en la prestación de los
«vicios pr a odu 'lis 1ecto lQle y. c4in1CO5. Que- -se e tU4npli,4iento al -tild.-dentro de lo pristo por 1 articulo 171 C.0 t• ericuntr danc.tc del exped.erst prueba doLwnenta del at a.uacio, e dec.V la fleo.ución No 002608 de maro 113 de 11 folio 4
1 articulo 171 C.0 t• ericuntr danc.tc del exped.erst prueba doLwnenta del at a.uacio, e dec.V la fleo.ución No 002608 de maro 113 de 11 folio 4 tlediahte ul ecrito de ntetciót de i diúajida de propone el reprerttarte del ente aL1c,riada la Excepción de Inepta Demanda la cul fur.dmenta en uu en el LUf;Lptu e ' . ol.acióri sc menciona uná de disp Qne, sin indicar , claslat4,erIt4 en que C)í.5te Uir' L.tófl. az.í mismo se seala crmo violadas iü Lev I de 44 ', el Idreto 48 de 195 loscualesno se lL,' fui 1orrio, d 1 Cortral'orí General de la República. l dentro del ibeio cor.cpto de violación CuflS.L5 Lj) (h± r-qui sito, ahora upstainert no loanterior,- r:o hace derechos sustacia les considera' ' l Corporaiórt, que la drnnc iparete el cpite de doflde ri1est e '4ctr en que cabal cupiifl'iCflto on dicho nor mas que Lid¡ ce la demnd sint que los solicitadas serán estudiados tan solo dentro del rnarco ieotl cjtUj Lomo infringido. Ademas de lo epueto, el libelista no solo menciona como ú.nico cargo lA violación directa d la ley, ;sino que ademas expresa que se presento e> pedic.in ir eulai
Ademas de lo epueto, el libelista no solo menciona como ú.nico cargo lA violación directa d la ley, ;sino que ademas expresa que se presento e> pedic.in ir eulai flsa motivación y dViaciófl de poder las cuales deben entrarse a resolver, en consecuencia se deber - declararP roceso, No 91-274t no probado el óreuente medio evo.. el Rreeutnte de i parte actora. aue. al momento de la omigión de Reolución impugnada s e ircurrióer; las causales de anulacó de los acto% adminita'atjvos como wr la Violación Directa de la lev e Falsa Motivaci. E:<edjcjón ;IrrOOUlr y Deviaczión dt Poder. - En cuanto al orimer ro, es decir al de Violación directa de la ley, lo hace conistii - en la irrfracci.óri de normas dr carácter constituçicral laz cuales por cor4scIr -la r principios de orden aeneral y abetracto quc se hacen efecivrs y . reales medi4rite las W U que lo desarrcJ, 1 y ponen en prctica, no uede ircurrre en su violación sino a través de estai leyes. Si bien es a nivel constituconal sp encuentra cona;.irado el Derecho al Trhaio.. el ual yoia de.especial protección esto s3anific:a la uhlí4kciófl por, parte del Eado de prot egerel Derecho al Traa,o y no l 9ienci de mantener a un funcionr jo én carcio oara el cualfue rkonbrado enforma indefinida. nr idóneo
parte del Eado de prot egerel Derecho al Traa,o y no l 9ienci de mantener a un funcionr jo én carcio oara el cualfue rkonbrado enforma indefinida. nr idóneo que a que la lunL'on de la Adniirstt n no es la de sor empleadør Sino la de campl.i balidad el servicio público. • cintos dé Nacer ualouieró trb prónun sobre el fonda del asunto plantea do ,I. la Sla d en claro que e] último cargo d emread pdt el c iam i en to ebe dajar actor fue el de Secretaria do Auditoria Reotna1. Nivel Adnitrativ rado de 1a Auditoria Rçbrl ante la dministració1 de Impuos 4ctonalq para el cual fue nombrdo mediante reso1uci6rt N o, 06594 de noviembre 14 de 1.984 Fóo ¿ y doidamente p6ionado se trta por lo tanto de un empleado publxu~> , 1.~.de líbre r,qmbrma?ento y rornoción. que no se encontraba cobijada por , el rgimen del Carrera AdLri'1tra.t.Lva
ni `de ninoún otra fuero que le diera estatilidad y permanencia enel cargó . Por ende. se é ncuentra sstablcida la calidadNÓ 475 de Laiol oo rui.ilicu ck, Libre npmbrami.ito 'y Rmición que cubijaba al aLtor al mounto d Drdur l IeBoluc1ón ipu9nada por medio ¿e la cual se declaró ruLtriciaIbtu e derivi chal riaterial probatori-o
cubijaba al aLtor al mounto d Drdur l IeBoluc1ón ipu9nada por medio ¿e la cual se declaró ruLtriciaIbtu e derivi chal riaterial probatori-o Allegado al PI OLCU,. ir Lr.eiiaI worí, lo douii.erito que obran en el cuaderno Ñc £ y que moner. uy hoja de vida. Siendo el_ demandante, coffLo Qued,4comçrobaoo., un empleado de Libre Nombramiento y Remoción, estaba suJeto a l posiw.lidad de que la Eniidad Nominadora lo eparar del cargo mdianLe ResuiLií~.iórs que no ,era mtivr. '1 sir, cue fuera neari. para ¿lic la eXitenct de motivos diferentes a proc Irarmejorarl4a. prestación del Servicio Púhlic.u. Rpec.to al trgó. por Expedición Arregular, rnnfieta el lihelita que la admir;itrac.ión no observó 1a3 ritu idde
seral€&Jaii en lós decretos / leyes citada j. de i4 i Dereto42 de 1985i. en cuanto e re?iere al procidirniento disciplinario. Ectiva.rnie la normatividad citad, esto es, lEt.Lwv 13 de 19d4 v. %u uecrta Reqlamentario 412 de 1E3i ti a' de.<Ios cuales,-,se dispone lo teierqnte al réq.men dcilinario 'de los servidoréts de la. Rama Ejutivaen lu c$oiil, nu sof? ap3icblu8 a. ¡os func.i.onario de> la
dcilinario 'de los servidoréts de la. Rama Ejutivaen lu c$oiil, nu sof? ap3icblu8 a. ¡os func.i.onario de> la Con Lrlur..a 1eneri de Id Repubt.a1, a quiere io rçilamenta una normativi.dad especial. eisto es el Decreto 937 de.-'1976 4ue tituv el irner diacipliriairio, va QUC la Contraiot i.a. no peiterze al,la Erne cuLiva,es un ente fcalizador No obtnt lo anteriot • debe alarar la sala, que el actor. no incurrió, en comp tarniehto alguno 5uLeot1.bIE de er cn.tdeo ¿orno causal de malt conducta e ello que nu tiab. nece1acid de iniciar le ninuuna invetivacixri administrativa Len,su .jjrti aY si se hubiera, pteritado dxcht seaún reiterada 4r1iprudPnLia l a, librernnte a lo funcionarios y ja facultad anciDtadora.son dos acciones totalménte dífrente v'Launa irnpide u se.haa çzso de la otra.PrcLso 91-2747 10 Li CrUQ pur Desviación de Poder, lo hace tns±iir i f::rser.itar., del demandante en. que con la JlLori.a de inubsiten.ia del actor no hubo ffleI.&.erto del Borvi1c), va que éste'era un empleado idóneo que se empeo con i.eaitd, e'ticiencia y buena Londuca además que fl.i incurrió en v.oiatión al réciimen dciplinaii., ni
idóneo que se empeo con i.eaitd, e'ticiencia y buena Londuca además que fl.i incurrió en v.oiatión al réciimen dciplinaii., ni
le. -zanciuñó disciplinariamente. ihora bien en cuanto és.. lo planteado es de inanjfeitar. pr, la Sala. 4UC no compacte el criterio del Icli'ta cundo afirma que eactor por el hecho de haber dmpadc el j erc3.tQ de us funciones a ibalidad. con licinestidad, y probdad, tenía el derecho de DerinaLecer en bu cargo. ' qui i se aceptara lo anterior primáufido ti interés particular bre el interés púbi o.. y Ma l, ri remc)er3e n'i4gúii funciorigri, pues dentro de lasii, ob,I'ig,aciurieisde ¡es, mimo está la de cumplir. bien v fiirnente con %¿(s funcidr,es. de una manera hnesta, según lo ordénado por la Constitución y i.a leves. Lt3 toec que , 4 ,h PUF.. el actor demp&ó t d, paca.daç. e neidd su funciones, lo Ccifi y raili Ja4ti t 10? rIó un raLtor pari evitar su remoción EL debet oe tod lc funibnarios cump'ir bien y tlmer1te con L1-, ejer.icio de su carjo, según lo etablce l e 0 n a ti tu C i Gra Y l éa ley, por lo que el uric.iorrio que e sempee, esta eumpla.ettdo con sus debs y obligi..
etablce l e 0 n a ti tu C i Gra Y l éa ley, por lo que el uric.iorrio que e sempee, esta eumpla.ettdo con sus debs y obligi.. kta 5 identiTica en LL tnto a lo estudiado con : reiterada urisrudncía del H. Consejo de EstçcJjo er; cuito 0u e,14 idoheidad del funcionario no devrLua la lealxdad di acto de inubsistercia porque e it&n otras razones t.rdentsall, buen ervic.ko.. ta-le como oruanizaciun de la Planta de ..perohal. dei'tnciones.. erá decir, aue el, trmLnc necesidad., del•etviciø es amplio y no solaiinte se limita a furicioriario idóneos.. La investidura de empleado publico no es un.Proceso No 91-27475 11 dertc!io de '.::.r:ttr pLr:LrI.al uscpt.ble de ser adquirido por las personas, por lo tanto tampoco entra en el patrimonio de las miumaa, iin consecuencia en el sub- !¡te no SC infringió ningún de :cho adquirido, >'a que ta calidad nu as viable de apopia...ión Se ha expresado reiteradamente por asta corporación queun cuanto hace referencia a la ausencia de anotación t:ft: los motivos de la declaratoria de insubaisten:ia en. la hoja de vido del actor, dicho no es obligatorioy en el ccuo que es presente no hace parte del acto adminastrativo de irubsistencia por ende, su ausencia íiU afecta la 3 eual idad gel acto, no
insubaisten:ia en. la hoja de vido del actor, dicho no es obligatorioy en el ccuo que es presente no hace parte del acto adminastrativo de irubsistencia por ende, su ausencia íiU afecta la 3 eual idad gel acto, no se reQuiere del cui.tniiiento de d iLho requisito, pues la so preiume y se ertU.orrde que se fundamenta en la r:cidad del serv.ciu y coi esprde al actor desvirtuar la misma. E: no basta qLtt: SO manáfieste que existió DesviaGiün de Padeu, debe editarse enaiiente, a que la carga de la p LLba le corresponde al demandante quien tiene que dec.st ar realmanla que en el einento de la emisión del acto t;npLkuriado e;i.st.er c'n motivoa ocultos Y ajenos el buen lo re er.Uo este cargo no esta 11 amar a prabper ot Respecto al ci ço por Falsa Motivación iniif.esta el Aderadc •i actui que la declaratoria de insubristencio del niisíc no as debió a la neceuidad de bL&ert serico púbi cu. sin por razones de orden po1 iti c.o os .les sustenta e?.presando que: "La separaLión o iniubaistencio di acto iiioti'o en fines ucultos ciireç.tarente r-eioraUoa con asuntos personal iste, cue•;tione... pol :.tcas, lucha burocrática", fueron uo tivc's diversos ol buen servicio público, se trato de ievanchas pe Ltereses politi.Co
personal iste, cue•;tione... pol :.tcas, lucha burocrática", fueron uo tivc's diversos ol buen servicio público, se trato de ievanchas pe Ltereses politi.Co inexcusables, er' idi :' It.) LC)[. _Q LLI OL..iL Se allegaron al expediente las c$erlaraciones de los seores 3AIRO SERRANO GOMEZ (folio. 107), MARIO MORENO TOVAR (Folio 111), AMPARO LUNA DE COLLAZOS (folioProceso No 91-27475 12 112 GLORIA INES 6UW'N Rt1Ei:'J Uo1io 118) RUTH MERCY MOLINA DIZ rE:Do PPl.L.t FRFAN RUEl.O (Folio 122) JU(N M(NUEL GON.:ALEZ ,(Folio 12.), JOÑ8UiNNEFTLI LOZ(NC! flAFtIA .(Folic 127) LDGR RRADA (Fo1.h 19) L. nter.ore atic coinc.derb erl que ::i 'rnndEnt.e se d€ empe?ba t..on •.tricto cup1iniiento y c t ri'J,d
en el E, i ec..i cii: d E. au £á unLioneE, quo c:cndiicta
Pot él o rveda era m nhfLca. que tenía una buer; hoja cJe y í d jg perr lo que la razn de la ir.ubi'tr'cia furon .oti'eop1i L:ico, que además no inrridc, ninciuna Çii La, ni había sido
buer; hoja cJe y í d jg perr lo que la razn de la ir.ubi'tr'cia furon .oti'eop1i L:ico, que además no inrridc, ninciuna Çii La, ni había sido ncioriado dis:ipl ir rJ.at:'ry que - por ello les cauá oran zorpresa la iri1iiQ., repcto ccjridera la Sala .ue en cuanto hace re f e rencia a las razon pOlíti c a a de la ini;.i la terc.ia 'de! .nr)rwramLaÍItu del iLtur i probi l (:iemFic1antí di Hantra hciente tal. afirn . a través cJe 1 4nedi:r€ prcibtor w qu tiia a u a va que .tpcnrt.r 1 1.1C41tan a rían eitar :onjeturat Derson al es f1rtrido !4 LO 1GSfLLrOÍI pulí.ti sin en q't€ - cor ist.ierc3fl. por lo qua con lo rni.5í,c nci s d'irLú la . pro nt.Ón itnte respecto 1:4 1 crai idad del acto .i,rlpLkgnad:) an nte-t tal c:orno 1 Ctl' t3ie a1. la p'l 1 ,ii&diai,ite erito de fol Los , 1 . dc.Lrat.ur.Lide ir4baitencia del ncrdrm:i.eito del:tor so .real.i, en uo de la facultad d1cecjona 1 en et iD Lreto . 9:3; de 1976
ncrdrm:i.eito del:tor so .real.i, en uo de la facultad d1cecjona 1 en et iD Lreto . 9:3; de 1976 ¿tr+icUi&) 12L a dc i& . la ízu Lá a dicho func i.ortio para açe mc)i etto de Per crai que ntirie c:orif1u?ntC in aras de l tat.Ón de un bum rvicio otb1 i.c.o.. En Ci rr co i d€'ir úo 1 Lor la pEsuni:ión dc. 1{1 .idad que Lobija el acLo adaw13trat1vu acLtsado, . por Eeríde, deberán neça l de la demanda.4 Frcesb No' 9-2747 '• Fri t1r1tL; Jc 1 e,pu..to €el Triturl CcI uú inItrtí. yo deCndinrn4rc S::ión Segunda, c3r..rr ión B -en nombre dcZ., l rpubl d' Cr] nb or r tC de la 1 Primero.- DECLARASE no probada la Excepción de Inepta Démañda propuesta por 'el ente accionado, conforme lo manifestado en la parte motiva.
$equr,dp.- NIEGANSE' LAS PETICIONES DE LA
DEMANDA.
COPIEE, NOTIFIOUESE, COtIUNIQUESE Y CUMPLASE.
En firme esta providençi.. archvese el'e<pediente Así msino por Seçretaría reintegrse a la parte accionanteel remanente de lo onígnado para gastos del proceso. 1. Aprobado en Acta de la fecha
En firme esta providençi.. archvese el'e<pediente Así msino por Seçretaría reintegrse a la parte accionanteel remanente de lo onígnado para gastos del proceso. 1. Aprobado en Acta de la fecha