TA CUN - 91-27674-(23-02-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-27674-(23-02-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
PLANTA DE PERSONAL - ReestructUraci6fl /
SUPRESION DE CARGOS DE CARRERA /
DERECHO DE PREFERflICIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIbN SEGUNDA SUBSECCION AU tiff cj i:Jcqot D»C Z3 fC/3
1, 1 4e CUfldjnmar ca
Mag. Ponente: Dra. MARGARITA HERN6NDEZ DE ALBARRACIN
REFEIENÇ ZAS 9 De 199
E>tp No.. 91--27.674
Actor : NESTOR cL11LLERI'iO HERRERA
Dennddo NSUPERINTENDENCIA BANCARIA
Controveri NO it4coRPoRAcIiN PLANTA PERSONAL C1i.ificcióri AUTORIDADES NACIONALES NESTOR GUILLERMO HERRERA identi f con 1. C.0 No 79.¡216<b.978,por titrmedi.o d pc3derdo y en eercic:io de-, 1 acción de retb1ecirnjento de derecho., en ágoto 22/91. preentó demnd coatr i NaciÓn - per.in t.€ rc1+.r::a & ncri con t:cát .ión t:te 1 Elno incorporci ón cr, 1 PI anta de Fercir.i1 s. 1 ..91 dando .uçra Izi que 'e dcc icie co eista providenciá -JUICIO No. 27.674
ANTECEDENTES
A. LAS PRETENSIONES de la demanda sor. i&s V3iQLiE?flte
1. Que se declare Ja nulidad d la Resolución 1334 del
providenciá -JUICIO No. 27.674
ANTECEDENTES
A. LAS PRETENSIONES de la demanda sor. i&s V3iQLiE?flte
1. Que se declare Ja nulidad d la Resolución 1334 del .3 de abril de 1991 expedida por el señor Superintendente ncario por medio de la cual ro se incorporó al seíor NESTOR GUILLERMO HERRERA VERA en la nueva planta de persona1 en el cargo de Aucziiar Admínistrativo 512 'grado 0! u otro equivalente y de la decisión que dt cuenta ci Oficio 910232350 del 23 de abril de 1991, por el que le comunicar, que el cargo que verija descmpeando no 'fue incorporado a la planta de personal '' por lo tanto ha cesado en sus funciones. 2 y
2. Cue se ordene a la Nación SUPERIN1'ENDENCIA E4ANCARIA reintegrar al Seor HERRERA VERA al cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 qrado 07 o a otro equivalente o de superior categoría y remuneración.
3. Adem1s deberi reconocer y pagar íntegros los habere y sueldos causadas y dejados de percibir, Junto con las boificac.ones primas, subsidios y demás emolumentos hasta su reintegro y en adelante.
4. Para los efectos de las prestaciones sociales y de más derechos inherentes a la relación y a la ley, sus servicios se computaran desde su ingreso hasta cuando en definitiva y en forma legal se produzca su retiro del servicio sin solución de continuidad.
5. La Nación, SUPERINTENDENCIA BANCARIA, dará cumplí- miento al fallo respectivo de conformidad con el ter-'
en definitiva y en forma legal se produzca su retiro del servicio sin solución de continuidad.
5. La Nación, SUPERINTENDENCIA BANCARIA, dará cumplí- miento al fallo respectivo de conformidad con el ter-' mino establecido en e]. Articulo 176 del C.C.A»' (fi.
22k. LOS HECHOS se esbozaron así • El señor HERRERA VERA fue nombrado en período de prueba dentro de la Carrera Administrativa mediante Resolt.c.tón No.6596 del 15 de noviembre de 1985.JUICIO No. 27.674 3
4. Se le. incri.biÓ en ci escalafón de la Carrera Administrativa mediante Resolución del. D.A.S.C.. No. 6819 del .I.6 de diciembre de 1988 en el cargo de AUXILIAR ADMINISFATlVQ 5120 grado 07.
5. "
6. En ejercicio de las factjltmdcu otorgadas por Ja Ley 4n de 1990, el Presidente de la Repthlica, expidió el Decreto 1.033 dei J3 de abril de 1991, por el cual establec:ió la estructura interna de la SLJPERANCARIA, u
9. El Gobierno Nacion1 expidió el decreto 1034 de 1.991
"Por le cual se reQula el rñgimen de carrera administrativa para los empleados de la Superintendencia San crij"..
10. Dispuso el artículo 17 dei decreto 1034 de 1991
U Los funcionar.ioa que por supres.ón dci carg no sean incorporados a la planta de personal de la uper1nterdenc.ia Bancaria que se expida con posterior ¡dad a la vigencia del
U Los funcionar.ioa que por supres.ón dci carg no sean incorporados a la planta de personal de la uper1nterdenc.ia Bancaria que se expida con posterior ¡dad a la vigencia del presente decreto, cesarin en sus funciones y per(1'n los derechos de carrera administrativa".
12. En el Decreto 1054 de 1991 se establecieron dentro de la planta de personal 23 cargos de Auxiliar Adrtrativo 5120 grado 07.
13. Por medio de la Resolución 1.334 de abril 23 de 1991 proferda por el se-Mor Superintendente Jancario, se nombraron en la planta de personal 23 Auxifiares Administrativos 5120 nrado 07, dejando por fuera al seor NESTOR GUILLERMO HERRERA VERA. f1, 23).
LOS ACTOS ACUSADOS son la Res. No. 1334 de Abril 23/91, proferida por el Superintendente Bancario 'por medio de la cual se incorpora a 'inos funciona-- ríos de la. Entidad en la Planta de Personal y dejando por fuera al Actor) el Oficio No. 91023235--O de AbrilJUICIO No. 27.674 4 23/1. proferidc:' por €l Jefe de DiviiÓn de Recursos imno (n el cui u e J comunica al Actor LA t'O INCORPORACIÓW EN LA PLANtA DE PERSONAL DE LA ENTIDAD y con ecuenc:iél CESE EN SUS FUNCIONES) que e arr iiiaron validmentá í este proceso kfl. 2 a 21).
LAS NORMAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN.
Las normas violadas que iae consideran quebranttd-ts
con ecuenc:iél CESE EN SUS FUNCIONES) que e arr iiiaron validmentá í este proceso kfl. 2 a 21).
LAS NORMAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN.
Las normas violadas que iae consideran quebranttd-ts con la actuación admirtitrativa aori los de las di.poicione i.gui.E'nte De la Corsttución Nacional de 1991 (rt. 4., 12., 21 T.) Decreto 2400/196€3 (arta. 28 47 y 48) Decreto 1034/199.1 art. 17) Ley 45/1990 art. 91). (fl. 26). El concepto de la violación pi!rece eabozado continuación y ea visible del folio 26a 34 del libelo inicial, en donde formule cargo tale como ci de vio-- ladón normativa y propone 1 excepciÓn de inconstitucionalidad del art. 17 Decreto 1034/1991. LA CUANTÍA Y LA INSTANCIA. Se menciona que el Tribunal es competente para conocer del presente proceso, en única instancia. (fi. 36) EL E) f L F R 0 C E OJUICIO No 27.674 LA PARTE DEMANDADA es la NAC.idNSUPERINTENDENCIA FAtIC'lA vinculado e1 proceso mediante la notificación personal del admisorio al Representante legal, quien deqnO Apoderadom el cual contestó la demanda y aolicitó pruebas (fi 48
LOS TRASLADOS DE LEY -: e surtieron.
En el tprímero' LA PARTE DEMANDADA presentó su alegacionei donde después de analizar la situación planteada solicita"denegar laz súplicas de la demanda"
LOS TRASLADOS DE LEY -: e surtieron.
En el tprímero' LA PARTE DEMANDADA presentó su alegacionei donde después de analizar la situación planteada solicita"denegar laz súplicas de la demanda" f1. 109 ). LA PARTE ACTORA hito lo propio reiterando sus fundamentos y pretensiones. (11 1E3) En .1 "segundo" el MINISTERIO PUDLICO por intermedio de la Procuraduría E3ptima (7am) en la Judicial se remite al Concepto No. 1 dci. 11 de octubre de 1994, emitido por ese Despacho dentro el expediente Mo.9127.423 actor José Ori ando (3uataqu.lra Ramírez. anexa copias (fi. 1.75 hrra cumplido el trámite de ley sin que se observe causal alguna de nulidad procesal. la Sala procede al estudio de la controversia mediante las siguientesJUICIO No. 27.674 CONSIDERACIONES El orabjema Jurídico central en el ublite se la.rnita .in.icialmente a determinar SI LOS ACTOS ACUSADOS (NO INCORPÜRACIdN DEL ACTOR EN LA NUEVA PLANTA DE' PERSONAL DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA Y COMUNICACON DE. LA SITUACIdN) SE AJUSTA Ci NO A DERECHO teniendo en cuenta los cargo o causales de anulación que en su contra se proponen en la demanda y las pruebas viida y oportunamente arrimadas al procosc3. Ahora, en caso de prosperr la nulidad del acto aci..ado rresponde entrar a conocer de las de más pretensiones formuladas
contra se proponen en la demanda y las pruebas viida y oportunamente arrimadas al procosc3. Ahora, en caso de prosperr la nulidad del acto aci..ado rresponde entrar a conocer de las de más pretensiones formuladas a øQtkv.cir de la dec.Ón. - Para resolver se cider a.-) La situación fáctica "previa" del Actor. Be encuentra probado en el proceso que el Actor se vinculó a la Entidad Demandada el 2 de agosto de 1984; y para el momento de expedición de los actos LsadOs en 1991 estaba desempePando el cargo de AUXILIAR A)MIN1STRA1-IVO 12007. (fi. 119 H.V.). En cuanto al ESCALAFONAMIENTO EN CARRERA ADMINISTRATIVA GENERAL se tiene que por Res. No. 6819 de diciembre 16 de 1,988 fue inscrito en el cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 GRADO 07. .fi. 89 H. V.).JUICIO No. 27.674 7 El régimen Jurídico da Personal, del Actor. Terendo en cuenta que el Actor desempeó un empleo DE CARRERA ADMINISTRATIVA GENERAL. en la Superintendencia Bancaria se entiende que estuvo sometido a las r%or'mas atinentes Al, RGIt1EN DE PERSONAL GENERAL DE LA RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO O. L. 2400168 y D.R. 190/7:3 > poaterioretu Ahora, se observas que en 1991. se produjo la Reestructuración de la SUPERINTENDENCIA BANCARIA desde el punto de vista orgnico, funcional y ello aparejó la
D.R. 190/7:3 > poaterioretu Ahora, se observas que en 1991. se produjo la Reestructuración de la SUPERINTENDENCIA BANCARIA desde el punto de vista orgnico, funcional y ello aparejó la expedición de la Nueva Planta de Personal y la incorporación de personal a la misma también se tiene que en el Ucto Ley No.. 1034 de Abril 10/91, publicado en la misma fecha y que rice desde su publicación sequr su art. 55, se consagró el RÉGIMEN ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA para servidores públicos de dicha Institución, que es relevante.. Precisamente con ocasión de LA REESTRUCTURACION DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA se e>pidieron nuevas disposiciones, entre las cuales sobresalen a) La NUEVA PLANTA DE PERSONAL -Octo No. 104 de Abril 19/91que., entre otros, SUPRIMIÓ ALGUNOS CARGOS (anexo)..JUICIO No. 27.674 8 b t a Pesa Wo 334 de abr i .t 23/91 por medio de la cual se realizó la INCORPOPACII1t4 DE PERSONAL. A LOS CARGOS DE Li NUEVA PLANTA f ls . 3 A 21 c) en NUEVO R31MEN ESPECIAL DE CARRERA ADMIt'1lS1FT3VA de la Superintendencia Bancaria del Dcto Ley 1034.191 aparecer. reguladas las situ:wn que se pueden presentar para el caso de incorporación de personal inscrito en la C:ARP.ERA ADtIJNISTRAÍIVA 6ENERAL.4 que son aplicables.
1034.191 aparecer. reguladas las situ:wn que se pueden presentar para el caso de incorporación de personal inscrito en la C:ARP.ERA ADtIJNISTRAÍIVA 6ENERAL.4 que son aplicables. c.-) La impugnación de los actos acusados. Dos son las manifestaciones de la Admin1t.ra-- ción que fueron acusados en este proceso a saber 4 CøçnJçóp de kq3 npvedd de personj u Otio No. 91073Z 5-0 de ,ebr.l Fue dirigido por el Jefe de la División de ecursos Humanos al Actor del proceso y en él le dice : "Comunico a usted que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 104 del 19 de abril de 1.991 en virtud del cual se estableció una NUEVA PLANTA DE PERSONAL para la Superintendencia bancaria. " Por lo anterior y teniendo en cuenta que el cargo que venia desempeando NO FUE INCORPORADO A DICHA PLANTA DE PERSONAL, en concordancia con la Resoluciór, número 1334 de Abril 23 de 1.991 ME PERMITO INFORMARLE que de conformidad con el articulo 17 dei Decreto Ley 1034 de 1.991. USTED HA CESADO EN SUS FUNCIONES A PARTIR DE LA FECHA. lo En nombre de la E'rit.dad le expreso sinceros agradecimientos por lora servicios prestados durante su permanencia en el Organismo y le deseo óxitos en el desempeo de sus futuras actividades.JUICIO No. 27.674 q A prt.ir de la fecha dpor.e de diez 10)
durante su permanencia en el Organismo y le deseo óxitos en el desempeo de sus futuras actividades.JUICIO No. 27.674 q A prt.ir de la fecha dpor.e de diez 10) dia pr que si, lo desea, le sean practicado lee,ernneg mC-dicos reglamentarios. ' (fI. 2). La decisión inhibitoria frente a la pretensión artulatoria del OFICIO antes mencionado y tr'ancrito se impone en este caso por cuanto la manifetación citada NO COMPRENDE UN ACTO ADMINISTRATIVO, decir., no es una decisión administrativa con €l alcance pertinente por medio de la cual we resuelva la situación del empleado, sino que en este evento, tan solo tiene un OBJETIVO INFORMATIVO de una actuación administrativa previa. En efecto, la decisión previa a la que alude la COMUNICACIdN es la Res. No. 1334/91 por medio de la cual se hizo la INCORPORACIc3N DE PERSONAL A LA NUEVA PLANTA, sin tener en cuenta al antiguo einpleado, por conaiderar, que el CARGO OUE DESEMPEABA ANTERIORMENTE NO FUE INCORPORADO A DICHA PLANTA. ZgL Fs.jjo. 4 de abril 2S/9l deSt.perijjçJente rcrip oJcto de lngrirçión a Nuya elnt. ç Psonaj de Jjptdad.. El Actor en apoyo de la pretensión anutatoria del citado acto administrativo (Res. No. 1334 de Abril 23/91 expedido por el Superintendente Bancario, en el
elnt. ç Psonaj de Jjptdad.. El Actor en apoyo de la pretensión anutatoria del citado acto administrativo (Res. No. 1334 de Abril 23/91 expedido por el Superintendente Bancario, en el cual no lo incorporó en la Planta de Personal de la Superintendencia ancar.ia sePia que éste está incurso las cauale de anulación de violación normativa, falsa motivación y desviación de poder que enunció en el capítulo correspondiente del, libelo introductorio.JUICIO No. 27.674 10 Vir ios on io pr orunci am ento que de esta Corporacr encuentra la la sobre el tema aquí discutido. Por ser similar y aplicable aJ caso sub judice, se prohíja y transcribe el criterio plasmado en el estudio realizado en sentencia No. 27.386 del 2 de septiembre de 1994 :
Hl. DE LA VIOL.AClciN NORMATIVA Y DERECHOS.
U Al estudiar la acusado se encuentra que pal es la VIOLACI&4 DEL, a su incorporación en un niin:trativa DE LA NUEVA ruando ha sido suprimido impugnación del acto el argumento princiDERECHO PREFERENCIAL cargo de carrera adPLANTA DE PERSONAL el cargo de carrera GENERAL que eercia que había leg.timamente alcanzado el Actor con observancia del régimen GENERAL de carrera administrativa; sealó ademas que la ley de facultades no otorgó competencia a los funcionarios que expidieron los actos administrativos para desconocer derechos y garantías legalmente alcanzadas por Los empleados de carrera administrativa y que
men GENERAL de carrera administrativa; sealó ademas que la ley de facultades no otorgó competencia a los funcionarios que expidieron los actos administrativos para desconocer derechos y garantías legalmente alcanzadas por Los empleados de carrera administrativa y que por su puesto incurrieron en FALSA MOT 1 VAC 1 uN Y DESV1ACIN DE PODER al caer las autoridades administrativag en otensible violación de los ordenamientos legales de carrera administ r a ti va - ' - Para el anisis de los anteriores planteamientos es preciso determinar a Las Facultades Extraordinarias -- P u e '-s Pues bien, es importante mencionar inicialmente que la Ley 45 de 1990 de Dic. 18/90, par la cual se expidieron normas en materia de intermediación financiera, regulación de la actividad aseguradoras, concede unas facultades y dicta otras disposiciones, el Congreso de Colombia, de conformidad con el art. 76 numeral 12 de la Constitución Nacional de 1886 revistió de facultades al Presidente de la República para que dentro de los cuatro meses siguientes, contados a partir de la vigencia de la ley mencionada, modifique la estructura y determine las funciones de las dependencias internas de la SUPERINTENDENCIA BANCARIA, para acomodarlas a las nuevas responsabilidades que le fueron asignadas, determinando que en ejercicio de la facultad otorgada podra eliminar o fusionar dependencias, asignar, reasignar o suprimir funciones de las unida des internas y establecer un SiSTEMA ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA que implica amplia facultad en esta materia UJUICIO No. 27.674 11
cias, asignar, reasignar o suprimir funciones de las unida des internas y establecer un SiSTEMA ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA que implica amplia facultad en esta materia UJUICIO No. 27.674 11 b) La R tructuraciÓn de la Superin trder,ct rcaria y la Carrera. Admíritr tiva Especial.- El Presidente de la Repúblit:a en ejerctc.o de facultades traordinarias conferidas en el art.. 91 de la Ley 4 de :1.990 expidió el Decreto 1033 de 1991 de Abril 18/91, por el' cual se estableció la estructura y se determinaron las funciones de las dependencias internas de la Superintendencia Bancaria, en el art. 4o estableció específicamente la estructura orgánica de dicha Entidad y en el. art. 3o estableció las funciones de¡ Superintendente Sancario, en donde detereinó la competencia para nombrar, remover / cI.st.r.buir a los fur3cionarios de las Entidad, de conformidad a las disposiciones legales, con excepción de Los Superintendentes Delegados, además la de expedir los actos admir.strativos que le correspondan conforme Jo dispotie el Decreto 1.033, así como los req lrtos y manuales .inst.ruc:t.vos que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la Entidad; profirió también el Decreto Ley 1034 de Abril 18/91, por ci cual se regula el ré- gimen de CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL pare los empleados de la Superintendencia Bancaria.
Entidad; profirió también el Decreto Ley 1034 de Abril 18/91, por ci cual se regula el ré- gimen de CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL pare los empleados de la Superintendencia Bancaria.
U t: ) La Nueva Planta de Personal de la Entidad. Posteriormente, ci Presidente de la República epidió el Decreto 1054 de Abril 19 /91, en el cual estableció la PLANTA DE PERSONAL de la Superintendencia Bancaria y en su art. lo, ademas de otros específicos, estableció unos cargos que forman parte de la plpja119bAl, y sobre los cuales estipuló que "serán distribuidos me d.iante resolución por, el Superintendente bancario o su Delegado, conforme lo dispuesto en el artículo del presente decreto, de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio"; en el art.. 3o determinó que "el Superintendente Eanc:ario o su Delegado distríbuirá la planta de personal y ubicara a los funcionarios seon la estructura ornica de la Superintendencia Bancaria' " En la Planta global, antes mencionada, se observa el número de 22 cargos de Técnico /administrativo código 4065 grado 09, cuando existían 45 anteriormente, de conformidad con la planta de personal establecida en el Decreto 2042 de Oct. 27/87, concluyéndose que fueron suprimidos 23 de los cargos mencionadas dentro de Ja es tructura orqnica de la Superintendencia anc:ar la.. d La lncorporac:ión del personal a Ja
Nueva Planta. EJ. Superintendente Eancario,
das dentro de Ja es tructura orqnica de la Superintendencia anc:ar la.. d La lncorporac:ión del personal a Ja Nueva Planta. EJ. Superintendente Eancario, en uso de las fac:ul tades otorqaclas por la normatividad antes refer:i.da etpidíó la Resolución No. 133.3 en Abril $3/91 por medio de La cual incorpora a 22 funcionarios, sin in-JUICIO No. 27.674 12 cluir al tdeinandante, en los 22 empleos de Tcníco Administrativo código 5120 grado 09, tal COfhO se con'firm Con la copia d€ la ionada
Resol ución i333/'i ( fI. 60. El acto acusado contiene LAS MOTIVACIONES que ci Superintendente ncario le incluyó; sí, aparece en el encabeamier.to del acto r que se expi.dÓ en ejercicio de su fac.Utades lenales y en epeciai de la que le confiere el articulo 50. del Decreto Ley No IX,133 del 991 A contint.ación establece la INCOfPORACIN
DE UNOS FUNCIONARIOS DE LA ENTIDAD EN UNOS
EMPLEOS DE LA PLANTA DE PEPSONA1.. de dicho c)ranismoN con las iquientes motivacic)rIeS : u CONSIDERANDO 1.. Que mediante el Decreto Ley número 1033 del 1,8 de abril de 1991 iae dictaron normas sobre estructura y funciones de la
Superintendencia Eancar: ia;
2. Que como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Ley mencionado en el numeral anteror y en desarrollo del numeral
normas sobre estructura y funciones de la
Superintendencia Eancar: ia;
2. Que como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Ley mencionado en el numeral anteror y en desarrollo del numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional, se estableció mediante Decreto Ejecutivo una nueva planta de personal. para la Superintendencia Bancaria
'4
3. Que eE necesario incorporar algunos funcionarios a la nueva planta de personal de
la Superintendencia Barcari.a, RE3(JE_VE ARTiCULO UNICCh Incorporar a los funcionarío de la Super in tendencia Bancaria que a continuación se relacionan fl los siguientes empleos de la planta de personal de dicho organismo: " El caso e inado.. ti Ahora bien, de la lectura de la Res. No. 1333, antes transcrita en lo pertinente. se tiene que el funcionario, hoy Actor de este proceso NO APARECE INCORPORADO en ninguno de los empleos -allí m cioradosy fríer,fosa como AUXILIAR ADt1IF4ISTRATIVO 120 qrado 09 de la NUEVA PLANTA DE PERSONAL de donde se infiere que los presupuestos de derecho en que se fundamentó la Entidad Demandada para etpcdir el acttmpuanado. es la aplicación del Decreto 1033 de 1.991 por Lo que es preciso hacer el recuento de las normas que se tuvieron en cuenta para establecer la nuevaJUICIO No 27.674 j_3 pLnti de peroral dka la Su per - intenderteia 1.4 ancir ¡a rr a de i iut,ración ol amerite teniendo en cuenta que fueron mercionada
pLnti de peroral dka la Su per - intenderteia 1.4 ancir ¡a rr a de i iut,ración ol amerite teniendo en cuenta que fueron mercionada coma soporte legal de las pretensiones de la demanda n pero haciendo la observación de que esta Corporación ro tiene la facultad en este caso para hacer ci control de legalidad de los actos adminístrat3,vos QUE NO FUERON DEMANDADOS y par ende no puede establecer si hubo facultadei o no, o si el funcionario que loa expidió se excedió o no en su atribucion e. ti Entonces, se trata de establecer si el Superintendente Bancario al proferir el acto últ.mo mencionado, impugnado en este proceso, violó o no las normas que se traen corno quebrantadas y las relacionadas especialmente el DERECHO PREFERENCUL establecido en las disposiciones sobre carrera adrn.tnis-- trativa que invoca. 01 bajo el RGIMEN GENERAL DE CARRERA ADMINIS-TRATIVA, es decir, de los Decretos 2400/66 y su Reglamentario ci No. 1950/73 en principio, ya se ha dicho en otros casos -de manera generalrespecto de los derechos que esas c3.sposíc:xones consagran, lo si guierite ii El funcionario esc.alafonado en carrera administrativa cuyo cargo sea suprimido tiene DERECHO DE PREFERENCIA que consiste en que sea inc:orporado a la nueva planta de personal valga decir, que el nominador debe dar primaci.a al funcionario inscrito en la carrera administrativa sobre aquél que no lo está o frente a un posible nuevo funcionario.
que sea inc:orporado a la nueva planta de personal valga decir, que el nominador debe dar primaci.a al funcionario inscrito en la carrera administrativa sobre aquél que no lo está o frente a un posible nuevo funcionario. Para que la Administración ti, ansQreda, el derecho de preferencias tendrá queincorporar ue incorporar a la nueva planta de personal a personas ajenas a la Entidad, o a empleados o funcionarios no inscritos en carrera administrativa o en periodo de prueba, de donde se deduce que no existe derecho de preferencia frente a otros funcionarios de carrera etcalafc,nados en el mismo c:arQo, vale decir, que en esta circunstancia la Entidad Nominadora, si son suprimidos cargos equivalentes en la carrera, puede elegir libremente a cualquiera de sus funcionarios inscritos, en ci acta administrativo de reincorporación a la nueva planta de personal ' En un caso donde se aplique esa norma y principio., el interesado debe demostrar, de conformidad con la carga de la prueba, los siguientes aspectos para tipificar la violación de su derecho preferentes Lnscripctón en la Carrera Administrativa, la creación d un cargo equivalente en la nueva planta de personal al que se encontraba escalafonado y desempeñando en el momento delJUICIO No. 27.674 14 C.mifibj.#,j de la pl anta de perorial y que en dicho cr,qo E' hubier nombr..cio a un funcionario no incrto en la carrera administrativa o a un nuevo empleado para el desempeo del cargo equivalente al. que venía deempe4ando.
cho cr,qo E' hubier nombr..cio a un funcionario no incrto en la carrera administrativa o a un nuevo empleado para el desempeo del cargo equivalente al. que venía deempe4ando. " En ci ub-iie e denotrÓ la r.scri.pción del Actor en la Carrera Administrativa General en el cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO CíDiGO 5120 ORADO 09, Ahora la SUPRESIÓN DEL CARGO CON LA CONSECUENCIA DE SU NO INCORPORACIÓN A L..A NUEVA PLANTA GLOBAL DE PERSONAL aparece demostrada con la DISM1NU-- CIN de tos cargos, de icual nasrtenciatura al que desempePabá el Actor iD.. 1054/91 en la
NUEVA PLANTA u NO 1 NCORPORAC 1 tN en la Res.
No. 1334191. que se dictó con ese alcance, de acuerdo con la estructura oronica da í-- da en el Decreto 1033/91. Ahora bien, dentro de ta planta global, en cuanto al cargo de At.ts<iliar Admnitrati'io 5120-09 quedó comprendido dentro de la planta global y se establecieron 33 empleos, cuando de acuerda con el Decreto 2042/87v eistian 40 caraos con la misma denominación. Ai ma quedó establecido que en la Res 1334 de Abril 23/91, que incorporó alqunos ftincítinarj.ou a tos empleos de la planta de personal en la Superintendencia Bancara, no incluye al Actor dentro de esas 33 empleos correspondientes al cargo que venia ejerciendo hasta esa fecha, es decir a partir de ese momento cesó en las funciones para las cuales
personal en la Superintendencia Bancara, no incluye al Actor dentro de esas 33 empleos correspondientes al cargo que venia ejerciendo hasta esa fecha, es decir a partir de ese momento cesó en las funciones para las cuales había siclo designado aner'iormente en la Entidad, U El NUEVO RÉGIMEN ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE LA ENTIDAD. Per-o, al ser reestructurada la lnstituc.ónq consaqrada una Nueva Planta de Personal REGLADA UNA CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA e incorporada el persa nal a la Planta creada, es necesario determinar la situación jur-idica del personal que estaba INSCRITO EN LA CARRERA ADMJN:CSTRATIVA GENERAL y laboraba en la nstitución frente a la NUEVA NORNAf 1VIDAD ESF'ECIAL.. Especificamente es recesario precisar qué derechos tenía ese personal antigua inscrita en la Carrera Administrativa t3ener-al ante la NUEVA SITUACIÓN y er, el evento que no lo írcorpararan a la Nueva Planta de Personal. Este punto queda dilucidado 'claramente' en el mismo Dcto Le'j 1034 de 191 en las siguientes real as x Art. 17 De la cesación, de las fur,cioy de la pérdida de derechas de carrera administrativa.JUICIO No. 27.674 Los ít.rtri or,ario que por SUPRESIÓN DEL.. CARGO no sean incorporados a la Flanta de Personal de la Superintencienc Baicari.. que se EXPIDA CON POSTE1 viaenria del presente deLos ít.rtri or,ario que por SUPRESIÓN DEL.. CARGO no sean incorporados a la Flanta de Personal de la Superintencienc Baicari.. que se EXPIDA CON POSTE1 viaenria del presente decreto. CESARAN EN SUS FUNCIONES Y PERDER4N LOS DERECHOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA. Art. 10 De la inscripción automática a la Carrera Administrativa Especial de la Superiritdencia Eant-aria. Los funcionarios de la Superintendencia Bancaria que actualmente se encuentren inscritos en el escalafón de Carrera Administrativa GENERAL Y SEAN
INCORPORADOS A LA PLANTA DE PERSONAL que
se expida con posterioridad a la vigencia del presente decreto, QUEDARAN AUTOMATICAMENTE INSCRITOS EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL de la Superintendencia Bancaria. ti En el b-le.. de conformidad con las pruebas antes relacionadas y le normetividad transcrita se tiene que el Actor ye no estaba protegido por, el DERECHO PREFERENCIAL, que consagraba el RÉGIMEN GENERAL. DE CARRERA ADMINISTRATIVA - a cuyo amparo logró la inscripción que invocapor cuanto para el mo--' mento de su des vinculación ya estaba viqente un RÉGIMEN ESPECIAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA y en éste de manera clara dejó establecido que el ANTIGUO
PERSCJNAL INSCRITO EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA GENERAL. que no fuera incorporado a la NUEVA PLANTA DE PERSONAL QUEDABA CESANTE EN SUS
manera clara dejó establecido que el ANTIGUO
PERSCJNAL INSCRITO EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA GENERAL. que no fuera incorporado a la NUEVA PLANTA DE PERSONAL QUEDABA CESANTE EN SUS
FUNCIONES Y PERD(A LOS DERECHOS DE CARRERA, entendiéndose los que tenía anteriormente uno de los cuales era el DERECHO DE PREFERENCIA. Por lotarito.. el DERECHO PREFERENCIAL que consaciraba el RÉGIMEN GENERAL de Carrera Administrativa va no es aplicable al caso del Actor por existir NUEVA DISPOSICION que se aplica en la Eritidad y requis la situación, de manera ditererite. lo A'ms, el NUEVO RÉGIMEN consaqró PARA EL
PERSONAL DE LA ANTIGUA CARRERA ADMINISTRATIVA
QUE FUERA INCORPORADO A LA NUEVA PLANTA DE
PERSONAL EL DERECHO A LA INSCRIPC ION AUTOMTICA EN LA NUEVA CARRERA ADMINISTRATIVA ESPECIAL QUE CONSAGRO PARA LA ENTIDAD. ( como el Actor no fue incorporados NO PLJDc3 QUEDAR
i45CR 1 TU EN EL NUEVO RÉGIMEN DE CARRERA ESPEC iAL..
8 De otro lado, 1 a FACULTADES EX ERAORDINAPIAS para expedir NUEVO RÉGIMEN DE CARRERA no tienen que ser tan específic:as que la NUE---JUICIO Na. 27.674 16 VA lSFO1C olo pued conte,pl ar única clu 'mente lo que se expresa; 1a facul tades f un mette dterminan un am pilo campo para que ci Leci.slador extraorch.nario
VA lSFO1C olo pued conte,pl ar única clu 'mente lo que se expresa; 1a facul tades f un mette dterminan un am pilo campo para que ci Leci.slador extraorch.nario las desarrolle. El control de constitucionalidad detallado y preciso frente a uní& ley de Facultades y las disposiciones que se dicten en su d€ arrol lo en princlpio compete al Juez de la Constituclona1.idad i claro esta que los demás Jueces -que conocen de otras contrever-- sias-- en ocasiones por la vh DE: LA EXCEPCION DE INCØNST .1 TUCIONAL IDAD es posible que dejen de aplicar determinadas reglas por su abierta inconstituc:ional iclad pero en el caso de autos la sit.uacórs no es tan clara, ms cuando en un NUEVO RÉGIMEN pueden resultar modificadas tuaciones an ter a ores, sin que por ello a primera vista se pueda admitir por esa razón la inconstitucionalidad de la nueva disposición general, U (a Parte Actora en sus Alegatos de conci.uión insiste en los piantetmiento iniciales del libelo, en lo que respecta a la ilegalidad de los actoz administrativos exped