TA CUN - 91-D-7003-(28-04-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-D-7003-(28-04-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
FALTA DE LEXITIMACION EN LA CAUSA POR PASIVA / FALLA EN EL
SERVICIO DE MPINTENIMLEN'IO DE RIOS
TRIBUNAL A:DNIIN 1 STRATIVC) LE CUNDI NAMARCí
'28 ABR.'199
SECCION TERCERA
Santa vede Bogotá., D.C. , abril siete (7 de mil novecientos novcn evc uat,y'c) ( 1.994) u tDOCTORA HYRIAN CUERRERO DEL ESCOBAR REF Proceso No . Pl-D-70013
ROTORES: LUIS LDUARDC) MORA QUIÑONES Y OTRA Adelantado el tramite procesal correspondiente, sin cuOSVO osuno) de nulidad que invalide lo actuado y sUrtiLtela. audiencia de conciliación judicial sin que se bub i.ee 1.1 e.gadc; a acuerdo a) guno se procede a decidir sobre e u .j etc' 1L'lO de la acL'rLárL 'de repa rac: tón cLirsc . consagrada en el artículo 86 de]. C.C. A. instauraron, pc'. LI u nccnbrn los sehc't'os Eduardo Mure Do Rores y Elsa R i--i el i -.j Melo » con la finalidad de obtener , la declaratoria de la !'os'duc: tu y Alcen sri liado de Bu u t: per Los hechos :ic cuan te aquél la y la consecueno ial condena a la srLciuu'L un: cián cie los perjuicios que se afirman irrogados.
,ANTBOEI)ETFLS
A. LA DEMANDA
Los sedares SDUARD(: MORA QUIÑONES y ELSA. RUEDA MELO
srLciuu'L un: cián cie los perjuicios que se afirman irrogados.
,ANTBOEI)ETFLS
A. LA DEMANDA Los sedares SDUARD(: MORA QUIÑONES y ELSA. RUEDA MELO fornoi en ente esta Corporación y contrala EMPRESA DE ACUILDI CTC' Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA las siguientes i:rete.s s iones IE 1ar'a' acru 1 ui rt.r'r e iva y euxte'cu :ontr'socueujnereru reuponsabie a La Empoces de AcueductL: V l.csn:c:uuIccue n5JrE u' 5
ÍIE Os: : cus cLur ncc. ion ce LS re.o'te :»uC 0'L kc 1,)1 u-) j;uutr .1 r:;.e...2 Proceso No. 91-D' 7003
EEGUNDA.- Declarar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá a pagar a cada uno de los demandantes. el equivalente en pesos de las siguientes cantidades de oro fino según su precio internacional certificado por el Banco de la República a la fecba de la ejecutcia de La sentencia de instancia: Para Luis Eduardo Mora Quiñones y Elsa Rueda Melo, mil ( 1 ) gramos para cada uno en su condición de padres de 1.5 Vi.;.:U15. TERCERA. La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotó por medio de los fUflOOflEti os e ju lunes corresponda La. uJ.a.u.ion de la sentencia, dictará dentro de los treinta
TERCERA. La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotó por medio de los fUflOOflEti os e ju lunes corresponda La. uJ.a.u.ion de la sentencia, dictará dentro de los treinta (3C dí:s niuientes a la comunicación de la misma, la rescluci.n correspondiente en la cual se adoptarán las medidas necasari 'a para su c:umpi. iteisrito y j:agará intereses comerciales dentro de loe seis (ó) meses siguientes a. su ejecutoria y rnorat,orl(....c1osp.tés Ce dicho término.
2. Como hechos de la demanda se aducen, en sintesis, los siguientes: a,- Eduardo Alexander Mora es hijo ,xtramatrimonial, debidamente reconocido • de Luis Eduardo Mora Quidones y Elsa
Rueda Ls 1. " 7
J. nido E ALexander vivia en Pca.' tó ba o F 1. ni i4U..Or) .ribEijtba :.riii enternera dci.. Hospi.ta..L Lorenoita VI llegas de cntoe. - SLt7 , oc agosto Ce 1 .9S9 Elsa Reclri Fa. LIC . a. las :.0 i . .1: y de.j ó recomendado a su pequedo hijo EL nido salió a 1...12 m. de casa. 1, 1`3 Pruevu Lj(j. 51 5 'í r Se o iu.ar .e.:S..'co].l con sus ojni ye.o. o nos entre Lb y 1.4 oboe' de edad. Se. dirigieron al. rector
'í r Se o iu.ar .e.:S..'co].l con sus ojni ye.o. o nos entre Lb y 1.4 oboe' de edad. Se. dirigieron al. rector alejado Se El. Sor L. I o y para llegar debían parar una zona Al aproximarse o lo laguna Juan Amarillo se detuvieron para seguir a Eduardo Alexander, quien c::)ncc ja un camina. Realizaron uia apueste e ver quién llegaba primero al campo dejuego. Eduardo I\J.exander sal. .i 6 primero por entre las t..1;Ur'.S y oad.1er'se: de animales que supuestamente hablan formado una capa. sólida encima de las aguas negras. Alcanzó a clan' Los primeros pasos peor al seguir el piso mee abrió y el OIT'ft tus' cemscu(ij do pci" el largo de lo suela laguna. Esm c':r sólida de desperdicios y basura se formó por falta de cipsioncin.- negligencia e. imprudencia de: le Enll:i'r'eeua, :eAcueducto y Alcantarillado de Bogotá que no tomó las medidas adecuadas de limpieza y mantenimiento r'hr lo laguna. El ciba alcanzó a gritar pidiendo auxilio pero sus salió::: o: pudieren ayudarlo aunque 'hicieron todo le posible. El Mar icor 1.5 ele asfixia. 1.- Son la intervención de Los bomberos, una unidad de: is belenes Civil y una draga de la Empresa de Acueducto y
salió::: o: pudieren ayudarlo aunque 'hicieron todo le posible. El Mar icor 1.5 ele asfixia. 1.- Son la intervención de Los bomberos, una unidad de: is belenes Civil y una draga de la Empresa de Acueducto y /l)c.'r:...ir'c1 i_.Sc. SO .Elogci,,S. 00 nc_ido. t"OO(':ot.sa' ''l vojmlvE_ir SOi_ niño lea subía quedado a'Ll:"OO.cS.: 0'fl _'• llanto. Fc rescate se 'hizo 1 re' 'ce o día. del accidente y el levanteminnLo lo efectuó el juzgalo 14 deInstruccién Criminal iel Permanente SBogotá. El tesindn de 1_O..............." Jua'r."i Amapilin era Jt.:pioi'aL'E e': nc h.L10 llenado dr' desechgs. entre ellos'b.ee'.uuas o'' '.\U_ii"er: le umiltítofes.. 'de nntebn la indiferencia SuP, la Emprera ir 1do a y A1.'Fj':nen' i.ilucc ha tor:i'i:' l:an'i el. pan! ::1mi':i.ia':t,':_i ;' -aun inkane_ la ''r 1 ~ La estar ,'; perfactas pon por M grMn HUM IT caL1.L: ......u pci' ser una parar clic ....r'.'L:rd pus Tiene dicho f'oi'_iia,''9 4 Proceso No. 9 1--L-7003 f. - La muerte del menor constituye una folia del
parar clic ....r'.'L:rd pus Tiene dicho f'oi'_iia,''9 4 Proceso No. 9 1--L-7003 f. - La muerte del menor constituye una folia del servio lo de acueducto y alcantarillado y es el ente público demandado el encargado de la vigilancia y mantenimiento de la menciona(a laguna. Si la laguna hubiere estado limpia, el nifio Alcaender Mora n hubiera tratado de ati:aveeiarla. Pero como cabro lla ce formá un falso rico, e 1--) 1 t o por neg 11 gen la de la co t idad dermaridada , el ihu Alexander Mora trató de pasarl:a, con fratales consecuencias. I.jO muerte del menor, ha causado grandes perjuicios mora; les Suc padres, era, a:Jemés , su único hijo3 -- OCcÍIO c-;uetento jurídico de lo demanda se rr!r:a; Los artículos 2. 18. 20 y 29 de laCarLa Política; 78, 85. 205 a 214 del C.C.A. ; 32, 411 numerales 3 y 9, 1.613, 1.614 y 1.515 del C.C. ; el Decreto Legislativc.3. :308 de 1.954 y el Acuerdo 105 de 1.955 de]. Concejo de Bogotá.
B. LA IMPtJGNACION
La par te demandada por conducto de apoderado debidamente constituido y reconocido como tal en el proceso fla. 7 a. 42 2. Prtncipal) , procedió a solicitar el decreto y
La par te demandada por conducto de apoderado debidamente constituido y reconocido como tal en el proceso fla. 7 a. 42 2. Prtncipal) , procedió a solicitar el decreto y práctica óe pruebes; a afirmar que a su representada no le :crrcspcndeoi mantenimiento , limpieza y vigilancia de la Laguna 3:an Amarillo,pues ésta es d€ propiedad privada. La L'rfl de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá para la época de lochechos no estaba en la obligación de pl-estar un servio io público ...nos par,,,iculares para el mantenimiento y vigilancia de unos predios, con una vegetación natural compuesta de bucttn, junco y :naj.biocu y además debidamente demarcada la zona :on alambre da pdo , dentro de un pantano o laguna nc r,ura 1 cocal. 1.11:1 La. Le [uucduc¿ql b Proceso No. 9 L)--7L)L13 Al:ant.ani liado de Bcgotd prn'entc 1 a coro truco lón dr un emi:alee en la citada laguna a ti.n de evitar inundaciones y hacer adecuar i ón h idrriu 1 icr& del rio Bogo t.€1 pa cc lo cnn 1 de berd adquirir el dominio de los terrenos que comprende la laguna a part ion Lares a quienes hasta ahora corresponde su preservacion. La colocación de una valla en la que figura el nombre de la Empresa es. una simple contribución de la demandada para. proteger a. los moradores del sector y la participación de una draga de la Empresa se hizo, igualmente,
preservacion. La colocación de una valla en la que figura el nombre de la Empresa es. una simple contribución de la demandada para. proteger a. los moradores del sector y la participación de una draga de la Empresa se hizo, igualmente, a t:.itulc de colaboración y a pedido de la Defensa Civil quien nc cuenta cori tal elemento LId .Lc.ita negar las pretensiones por no ser la demandara quien debe responder por, el hecho causante del daño (ile. a :: o. Pincipai. o. ICIA LEGATOS DE ÇONCLtJSTON a - La. oarte actora solicita acceder a sus pretensiones, insistiendo en que la labor' de mantenimiento de La alguna .IJuciri Amarillo corresponde a la Empresa de Acueducto y Alcanaarillado de Bogotá y afirmando que se encuentran debidamente acreditados los hechos de la demanda, para lo cual hace reiac:ion al material probatorio al legado al proceso ( fis 88 a 93 .1. Principal).
Lo par : letraiiciu da pr e sento a le gac ro u de b len probado ocr conducto cia persona que no acred i hó su condición dea. bo galo DElL tÍXNL EEJIf1. PUBLI CO E. 1 rencrProcura dor' J cia.l no higo usa da?¿q3 6 Proceso No. 91-D--7003 respect iV término ()NSiL)EFdICIONES 1 . - Para acreditar tanto la legitimación en la causa cOmo me Supue5t.of: fc icos de la demanda y do la eL sao o allegaron, en debida forma, los siguientes medios de pruebarueba:
1 . - Para acreditar tanto la legitimación en la causa cOmo me Supue5t.of: fc icos de la demanda y do la eL sao o allegaron, en debida forma, los siguientes medios de pruebarueba: (-1 ecia Regietn'o Civil de Nacimiento de ALe>r Mora Rueda , suscrita por' el padre de éste. sabor' Luir LinT du Mor a Cuit'ione y en que aparece registrada corno 1 Arr e Eleo Rueda Malo, documento éste cOn el que se acredite que los actores son los padree de la víctima de los 1 '1ncrtaI ) b-- Acta. de Registro Civil de Defunción de Eduardo PuLexanide.i Mora Rueda, en,, la gua figura como fecha del fallacimiento el 6 de agosto de 1.989, siendo la causa del mismo ae1xis fi. 12 C. Principal e.- Rotografi a del Diario E] Espectador en la que apaucce una val la que dice Le Ig unia Juan Amarillo . Cuidemos esLe dC'fl' L.LtHCO rol Locos r 7 .i mdc cercratc>. Aic1ciia. de Suba. Empresa de Arrueducto' (ti. 14 0. Princ pal ) y Acta de cia (-1 ujambre 7 de 1.. 989 en la que consta que se bic:iercn presentes un delegado de la Alcaldia Zonal d.c Suba, un de II a: do cia la Empreea de Ac ueduc ro de 5o: td. , doe Agentes aciE;cni. tcu i.l ART 81 yun funcjcyi del Instituto Nacional de.
un de II a: do cia la Empreea de Ac ueduc ro de 5o: td. , doe Agentes aciE;cni. tcu i.l ART 81 yun funcjcyi del Instituto Nacional de.
care ca c:.rrpruric t; incoe a '.elIa ocaseria. ii'ic;t al, tc. í:irTI -- bcdc, iii, 195 rie],945. 'te], uLTrajo de Logotd. L). E. t jccci cc riel Jcccadc, i 4 de Instrucción7 Proceso No, Criwinai en la que .crtret.a que el Acta de Levantamiento del cadáver de Eduardo Alexander Mora Rueda corresponde a la númere 1916 y que fue enviada al Juzgado 92 de Instrucción Criminal M. 52 C. No. 2';. fS Copia del expediente contentivo de las investigaciones adelantadas por la justicia penal. con mo t. iv c> cia la ;nuer be de Eduardo Alexander Mora Pueda (C. No 7:1 cia]. coril eje dCOL.E125r1 las siguientes piezas: 1.- Acta de levantamiento del Cadáver No. 1996 (fi. 56). 2.- Protocolo de necropsia No. :3560--8:9 en la que corista que la muerte se produjo por asfixia por sumersión (fis. 8:3 a 65). 3.- Auto de 1.4 de septiembre de 1.939, en el cual se resuelve abstenerse de iniciar investigación penal al encontrarse acreditado que en el hecho que originó la muerte del mene r no buba manas criminales pues éste cayó al tratar
resuelve abstenerse de iniciar investigación penal al encontrarse acreditado que en el hecho que originó la muerte del mene r no buba manas criminales pues éste cayó al tratar de atravesar un puente que carece cié las debidas seguridades como pasamanos. etc. ( fle. 69 y 70 g.- Declaración bajo juramento rendida por el Gerente ue ).r' Empresa de Acueducto y Alcantar i Liado de Bogotá7 en
la. anal man ';f ies ba que a dicha Empresa co corresponde el y la ripilancia de la iaUU.c Suan Amarilla. pues su Tahur o efe:: cuan el .o.at.cc'ierttc de Lagunas. embalses y rondas de ríne vomo e) Ji.nn !\rnar±i.Lo, ci f in do eier.or'ndnac las si' e. '.1) U e se :aban ):co:cr'vcer por las vuecr3cdes competentes; que l vallo sobre ir; preservari1n de la ¡acuna fue ir.sccjl "°; le diciembre de .1 . :389 ana la Empresa no ha atect:uadc cincuca labor dF i.lm';:.ieza ceo la J.ctccunr; ni CintOS ni después de). 6 agosto: «le 1.96)). pues su fnnci,lfl cro pree'l::c c' eL servicio deProceso No. 91-D-7003 acueducto y alcantarillado en el Distrito Capital y la laguna Juan Amarillo es un pantano natural dei que la Empresa no tiene titulo de dominio y ademe no requiere mantenimiento, salvo drenaje de la cuenca del río Juan Amarillo, lo que no ha
acueducto y alcantarillado en el Distrito Capital y la laguna Juan Amarillo es un pantano natural dei que la Empresa no tiene titulo de dominio y ademe no requiere mantenimiento, salvo drenaje de la cuenca del río Juan Amarillo, lo que no ha sido necesario: la Empresa presó una draga a solicitud de la Defensa divil del Barrio Tihabuyes, como un acto de solidarid:d ( fla. 77 y 76 0. No. 2) h. - Declaraciones testimoniales de las siguientes personas bECNIDAS 3[JANCHA VARGAS, quien expresa que se enteró del ac'cidente ocurrido por vivir en el mismo barrio del menor Alexander Nora, le i.nf'orrnaron que se había caído en el río LJ1J5I liman lo . Corno miembro de la Junta de Acción Comunal del Barrio Miramar colaboró en el rescate del cadáver, a lo largo ancho de. la parte que coge el no, como en 50 centímetros. estaba cubLerto de basura y pasto, posiblemente fue esa la causa del accidente; varios ni?ios, entre ellos el hijo del declarante, se habían ido ri. jugar footbaii en El Cortijo que es un si t o que queda atravesado el río: la laguna se encontraba encharcada pues había llovido: la laguna es el trayecto uci conduce hacia el río; no sabe que se haya hecho mantenimiento
alguno a la. laguna ni había en el lugar señal alguna de peligro: en la laguna se arrojaban desechos de construco on cara. así secarla en la vecindad del barrio; la Junta y la comunidad del Bainio Miramar en ocasiones han
alguna de peligro: en la laguna se arrojaban desechos de construco on cara. así secarla en la vecindad del barrio; la Junta y la comunidad del Bainio Miramar en ocasiones han destapado desde la boca. del caííc o n1,31DO de aguas negras haciendo una carij a por el trayecto de La laguna (fi -s, 79 a 83
0. No. 2).
LAN EL ALFONSO CHI 31 CA Bb ITRAGO. quien dice habar si do uno dei J os Ovene a que acctnpahabs al menor el di c de 1 accl ente. Au;starcr al que lic nra 1:nimenu a la cancha de tao thai.!. asaudc río; iiabia mugre y basura en al e9 Proceso No. Alexander pensó que el terreno era sólido y trato de pasar 1:or ahí y se tundió: los demás estabran sobre el pucrite; fueron a avisar a .J.a abuelita de uno de los cornpa?ieros y luego al CAl; no había ningún aviso de peligro; luego de la muerte de Alexander se colocó una valla diciendo que se avisara al CAl sobre rellenosde la laguna; el único de los compañeros que trató de pasar' por la laguna fue Alexander, los demás lo hicieron por , el puente, eso porque era más rápido llegar por la laguna (fin, 83 y 84 0. No,. 2 11. GILBERTO AlCIDES ROJAS VELASCO. quien afirma que en el borde del río hay desechos y mugre, no se ve agua, parece Un catni.nc trarLsrLa.ble, eso ocurre en la parte posterior del
GILBERTO AlCIDES ROJAS VELASCO. quien afirma que en el borde del río hay desechos y mugre, no se ve agua, parece Un catni.nc trarLsrLa.ble, eso ocurre en la parte posterior del puente, por allí pasó el menor Alexander, segun dijeron sus compafíer'oe de juego; como miembros de lá Junta de Acción Comunal oclaboró con el rescate del cadáver: la laguna ha sido un botadero de basura pues allí no se presta el servicio de aseo, n( -i hay rellenos sanitarios; la laguna Juan Amarillo está aproximadamente a 50 metros del Barrio Miramar, el río está más sdelcnte y cuando éste se desborda lo hacen hacia el }.arrio y caen las aguas a la laguna, las basuras de otros barrios vienen por el río y se aposentan en el puente donde se chcgci ci. niLo fls 85 a 88 0. Nc. 7). lleno Distribución depredice rector licachínJuan Ame r lic fi. 30 0 Principal) - IT Las pretensiones de le demande 1,1(7, eatdn llamadas e prosperar al encontrarse configurada la ausencia de leit.imsc ón en la causa en lo que respecta a la parte dernaridacia , o 'Legitimación cci la. cause. p:c pasiva. En efecto si bien La laguna Juan Aman 1 lo no es' de propiede ci de pr iva da y - por' tanto. su mantenimiento no corresponde al prop.ietari o de la m 1sma , como lo afirma lalo JPrc:':':ce Nc. 91D-'7(')03
propiede ci de pr iva da y - por' tanto. su mantenimiento no corresponde al prop.ietari o de la m 1sma , como lo afirma lalo JPrc:':':ce Nc. 91D-'7(')03 reec1rs. ocr cuanta r':' se treta d e. egues r'orripr'o-id idas dentro sFI i i ¡:l,- he taciad tal. y mci se '.ieprende con toda .1 e ded de 1½. qiju (bes e folio ded POIOCiP&J. , por nÍ (,ntrar.]_'e. se t rata de un bien de la Nación y de uso póbli «'o a términos' del a r t. í c u 1 677 del C.C. no es a la Emprosa de Acueducto y A lcr ntari.L lado de k3egct. a quien catre cnde la conservación, mantenim o ient y adecuación de la misma. pues de conformidad con el Acuerdo No. 1.05 de 1.955 a ésta corresponde la prestación del servicio pi:ihiico de acucunoto y alcantarillado en el área de Santa Fe de Bogotá, come tal en la zona geográfica en la cjue ocurrió el accidente le correspondería velar por el mantenimiento, limui ose y conservación de los respectivos canales colectores ' de desagüe de aguas negras, mas no de la laguna Juan Ainari L lo e del río del mismo nombre b ccnfierunidad con la Ley 3a . de 21 de enero de • • sed. li.:'rds por' la Ley 62 de 1.983 es a la Corporación
Ainari L lo e del río del mismo nombre b ccnfierunidad con la Ley 3a . de 21 de enero de • • sed. li.:'rds por' la Ley 62 de 1.983 es a la Corporación R:mr. bes] cri.e .1 Ho las cuon'::eis de lece rico Bcgctn' . Obsté y a qn en correspondían las :Labores ce mantenimiento y limpieza del río y de la laguna Juan Amarillo pues éstos se ha.]. [En ubicados en le cuenca. del río Bog,otó . En consecuencia, Ja fa L La en la preetación del servicio en que se afirma .hienr' 'íd le demandada no es predicable o imputable a ésta, e; aun OC te estatal. di st i oto como le e o la menc tonada Or'JDOi"oC i.ón i.eodo el-In así , se presenta en e ½. coso sub examine 'ce reo'; i e del cr'eoul:ucutt.o cestería 1 de ].egiT. ISiSO íd;: en la causa Ci o ir, ha'' es; cia dr :erLccridencie o te por.........iO Lre.'src e .10 oua 1 c:orr'eoerida s1ccir y oque] Ja frente a le. c.c ½ se aducen. No hay ii1e;t,c isaivo de let .rcet.....icr: y el s•u:½etc 1 J.se'c ic o reeoerecler per' ella, razón pa set que lES oreterisiones:LL) ML III . - Corno la parte demandada estuvo representada ror d isti tos apoderados laboralmente vinculados a ella como
1 J.se'c ic o reeoerecler per' ella, razón pa set que lES oreterisiones:LL) ML III . - Corno la parte demandada estuvo representada ror d isti tos apoderados laboralmente vinculados a ella como funcionarios públicos y como, de otra parte, no hubo practica do pr'uebai a su cargo que le generara gasto---, procesales no 1 iigr r a 000den3r En Costas aapa rte cc toro En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNII.:[ tAMAFCA • SECCION TERCERA, administraridc jus ti:: ja en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, L L A PRINEED. - Doc idrace probada la ausencia del presupuesto material de legitimación en la causa por pasiva. SEGUNDO.- Niéganse las pretensiones de la demanda. TEFLÇERE). - Abstiénecie de condenar en costas a la parte oct;cra. oOp i NT r ni rf'5: :' CUMPL/\ME Aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 11. HE:s:F lLJMREM ME tíog 1. stradc MASAN RIN. - -,1q9 12 Proceso No. 91--D---7003 MAS
NYIAN1 GUERRERO DE ESCOBAR BENJAtII N HERRERA BARBOSA Presidente Magistrado FABIOLA OF)Zco DE u i O CAMILO VARGAS AYALA
Magist.rada. Conjuez