TA CUN - 91-D-7049-(21-07-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-D-7049-(21-07-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
CWnIACION JUDICIAL - Recursos (E) TRIBUNAL C-0tiTRW106P ADMINISTRATIVO DE ~Id SCCI6N TERCERA o' Santafé de Bogotá, D,C., veintiuno (21) Julio de mil novecientos noventa y ciiatro 'f1,.994)
MAGISTRADA PONENTE: DRA MÁÍA ELENA GIRMjb GÓMEZ
R.EF Expediente No 91-D-7049
DEMANDANTE JORGE yAmnio LEON ESCOBAR
El apoderado de Mrte de tÉ, en, áecrito visible a folios 158 a 160 del cuaderno 1 4.1 expediente, interpone recurso de apelación opntra la provideci de 23 de Junio de 1 994, por medio dé 1. cual es improbó la conciliación judicial 01 que llegaron las parte e, dentro dei. proceso de la referencia -foliOs 146 a 157 del cuatlerno 1-. Para décidir, se, • hacnláé áiguites QON Si DE RAC 1 0 $ E lí Correspondo S a la Sección Tercaa ooncede el recurso de apelación contra si auto 4e Sala que improbó la deoiMón i' parágraf•detartic1Jó 1p. 'del De.cretot71 de 1993 estableee que lae providenoia que ezrueben el acuerdo conciliatorio yprdenen la terminaoin del roceeo no son susceptibles de recuret algunos 7! 2 De 1° arterioz, ee deepende que el recurso interpuesto por eli. apoderado do le pabe. açto es procedente, teniendo en cuenta que la provideflcia en ouesti6niprueba el acuerdo
susceptibles de recuret algunos 7! 2 De 1° arterioz, ee deepende que el recurso interpuesto por eli. apoderado do le pabe. açto es procedente, teniendo en cuenta que la provideflcia en ouesti6niprueba el acuerdo conciliatorrio y por lo tanto, ro está oontemç4lada en la norma arriba tianeorita Be observa entonces que ée limita 5610 la presentación d rocureoe, nán4oloe, paat las providencias aprobetoriai de loe acuerdbecili&tors.NOTIFIQUESE Y COMPLASE ,(Aprobado en sesiónde' la fecha. Acta N
A14A ELENA GIRALDO GMEZ.
MAGISTRADA'
¿19L '':: 91D-7O4'9 De conformidad con lo solicitado por el apoderado judicial de la parte demandante, de acuerdo con lo estatuido en los artículos 155 último inolso, 11 inciso lo., 129 numeral lo y 132 numeral lOo de). C.0 A , y por lo expuesto, se RE, 5 U E 1 y E 1 Concédase en efecto SUSENSIVO y para-ante el CONSEJO DE ESTADO, el recurso de apelacion interpuesto contra la providencia de 23 de Junio de 1 994 (Folios 146 a 157 del cuaderno 1 del expediente) 2 Ejec)itoriado el presente auto, remitase el expediente al superior (Ç P C , articulo 364 numeral lo 3.