TA CUN - 91-D-7316-(19-05-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-D-7316-(19-05-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
cc
TRIBLM4'AL.. ADPIINIBTRAtIvÓ
CIJNDINAI1AFCA —SECCION TERCERAN TEC E DE IN -T E n escrito .preertado ante estíl C rporaiÓn el 22 d julio de 1 99i, el actor, por intermedio de apoderado., mtic las siguientes pretensiones .r-osales
"4 PAR1E DECLARAn VA.
MACION COLóti8IANA-MINI5TERIO DE de Bogat, D Ç., mayo diecinueve (19) de mil novecientos, noventa y cuatro (1, 994›. Magistrado Pone te Dr HECTOR ALVAREZ MELO Ret -Epedxente 9I-D-716
Demandante : Yefer Eliós PiPÇa Fonseca., Surtido el trámite de ley sin que se observe causal de nulidad que itivalide lo actuado, se pasa a dictar sentencia en el proceso que., en ejercicit de la ación de reparación directa, inicie el seor VEFER ELIAS FIA FONSECA contra :la Nacin-Mjnisterio de Defensa Nacional-Miniser.io de; ustiiaConejc Nacional de Estu ti el fin de que s prbimc1n 4as declaraciones y c6ndena. a qi.e se 1efiere la demçla(<p.73ié.)
:CIANAPIONAL-1,1 NACIONAL-1,1 MINISTERIGr, PE If. I;CN'EJr NAC !J'fL DE ET ;rrr.G INíE'3 on rivilmnte rponsab]s de lo perJÁir.in qi.. durante todc.s i tmpc. la avi Dilt1 Estuvo
If. I;CN'EJr NAC !J'fL DE ET ;rrr.G INíE'3 on rivilmnte rponsab]s de lo perJÁir.in qi.. durante todc.s i tmpc. la avi Dilt1 Estuvo inmovilizada por )as autorioades arrih .rL:a:at elichet4-de satrícurakk 2525P no pudo. réllibar ninmuna aCTÍMA ,:'ç c:uanto mediante jcta delT 21 -de .aoto de 9.9 fue !NMPVILIZADA, por fmor s Policía Naricrw1 •, arbiorRrismr «:E? mdira fórmula de juijo o a Lividad.. o prndubdpámiántb julicial alguno, cn3ridc L:or éstij tuantiolta '.'d "n pl. o'.Jri material'. "R. íflNDENS. j..'-' Ç.ue como consecuenciá directa de .1 1 ,ar tft:,t i eL.t1.da ii eJ puito "' d. parta cfc rati'.a 1 d NACIC'1 CLO1EIi' .
PiNIsTE:FtCJ bE FENA-'POLICIA NtibN(LiEFU jc:', iS rIL,1tUjE C .CiO4L '
r3IJPEr0E'1'PSdéndanteiior VEFR ELIEi PI\ FONSECA. las ERflJICT.t)S rc'Lercióp d l avibrtta tLÓU ,d?ríÁ':, d io qastQ que de.téuun'e incurrió el.
ERflJICT.t)S rc'Lercióp d l avibrtta tLÓU ,d?ríÁ':, d io qastQ que de.téuun'e incurrió el. ç.ic,rtarite ,€7Fjr'EFgI EL1 rOÑE í.:'f 'LO :L prDa' ti'rO d. str proeo Vy que desde hra oli.rit iráspopucualú-nze, - su ' ir 'dan , ztLtL(.7.l L:t . endf'- lla o.rui rL del valor: , adquisitivo del : pw a 'cal&mhian, ,ectualizari6n dnrr'ia que .bu,r hcr d acuerdo a' '1c par.r; ir - Tien esth]eciddc pra l tecto r'L PHdMbrábkei Gr tic d Et.4d 9obr' la çt'fr rau1nte €rá reLQflÇ)CeradéMIO Do., ir'4 a qe hay luqar. " « cou4" rqnecutia ',dicta. d la" dec1wr c€uacIqw ,n ,elpp.r,to "\" dr La ,ate" , SIMAtratvtL" N(1itQ"CrJLfDM P. Ii"-
MINt'ERICi LE. J40TYG-CONEJ ' NACIQNL :D
3TLJCTtS . r'' emri FPN los 1 IViJS ents -.í- or d€' 1.000 1e nrb rç d cuérc'1o. a acm, Ici' t -&abl:ida é1'H. r;ns,io Ué'
FPN los 1 IViJS ents -.í- or d€' 1.000 1e nrb rç d cuérc'1o. a acm, Ici' t -&abl:ida é1'H. r;ns,io Ué' • Etdo para 'reste ,,tip4,b per'iui ci. Que' 054 1 FI. ',.t9rporcin te irva determinar SI fuere' dei. caso dé cuerdQ a o que .r(t3 prob.dQ, enjuéprop&çiánpagaran lás—.,-,5:0nopnas arriba olicitadas la diferents eht&çrades denandada pero,;',d to1 forma1 lÁs o la qe detPrmin esa H Corpor.ct8ndebarn curir el cnto por ientp (1007) de lDs \'alor salitadqs y que eulten probados detro fe ata. proceo " (folios y 6) • Coma fUe l pretentnes., narria la denianJa 1. .;"1.- I1ian.te .scritura ptbljca No.. 052q7 d.1 22 de .pLethbr - .....da.i.97 otorada en J Notaría Se.giÁnda del Círculo de oqot8, el VEFER El AS PIA• FOWSEDcdmprá-, l SePÇDr NICOLAS L,IAS LBOS AAD la aerve disting4ida con -las caracteríticas: • .Marcu1Ø. F4K-252R Marca. i CESSNA • ModoTU 20 . Serie ¿U O6O5728".. eFc,r YFER ELIA PIFA FCSECA, quin
caracteríticas: • .Marcu1Ø. F4K-252R Marca. i CESSNA • ModoTU 20 . Serie ¿U O6O5728".. eFc,r YFER ELIA PIFA FCSECA, quin es cDmerçiante de, 'hLculos' y tiene una .espcia1 .fi.çin l41 aeronves, hübo de ller.r tcdbs 105 requisitos que.,1. ley tiene preestaplcio pai - etscaas y inal.mnt el traspáso " la mt-ricu1a ..de7 bnv se .'cunplierony desde 16d.'hoviembre dei..987 la avionet figuró flómbre çIeI accinant.e.. A iÑi, durante aproximadamente cios aós laf seor VEF EIL VA 57, PIA FONSECA usufitt.óla ero'iave, utiltidol para ls necesjddes délu actividd omrcial. tinf dura4.e 'el -ci se reaIizarcn innumerablet vuelo ..ppr..ttdo el . paLs-....? nunca nila -. •,e I rQ aviw..ni • su .prpLetari tuviip ron" ni 'siqi.tiera up &Ejomc'eprbbléma-que lQ,S ligara al trf•ico.de s LIS tanris i-ohibidas.:. 4Intmpetivamne'.•Ld l dia' 21"d agctc de 1.989 'la.- aerno -junto •cÇ't.ras ,29 aparatos fuerQn 1nmovilizrc)s en e] .eropter.tp dG1áynaçal, oper&vo este WT, el
de 1.989 'la.- aerno -junto •cÇ't.ras ,29 aparatos fuerQn 1nmovilizrc)s en e] .eropter.tp dG1áynaçal, oper&vo este WT, el .que..vactuon el t1yor Pedro ;Parnírez rc&la (sic), ej Capitán Pedr AncfrUt ...rMo1ano Bonilla ótros oicia.les, cuandó se encc,ntaba. l netade prow?dd de or , 1.Pila ..... u n laa t er, LTDA. Dicha L.::tI j:ç: pL:r..?r las ¿oi.:jn II j c: JÓfl de!
Nacional W L tu pt: .. .1 en Con el objeto d€:.inmovil izar El ::•_tnu Onmediatamente anterior , los mencianadas jun ko con (,?.I. cp1ador Ui luiopartes firmaran un DE immovlu! Z AC IUK DE UNW SERMOVEZ ETICTUADA :ri EL AmB AR i:i. GU AYM ARAL AVIOPARTES c. E:3rdp LTD A.
UE. Cri)O El GUATIATAL. - / j .. juegQ Je "—que no un pueden m o viliza n, ni disporerde ha sta tanto n o lo o r de n e e l .J U . fl(: ;C y EL LJN.:..:.Y (j \..:.L, 1 tNAL..
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En •.t:?::+:o la £vIc'I'L9 de pruntadad do ! TET TA PITA T UNT=CA 'i r puelLa u 1TrA 1 MIT T E S ESPITIPLI IADC" , deroacho este que adel an tr~ las instructivos Jo rigor, otro .tras UVI,?. :u un u union a ta ''a h o ra a cc5onante en ente proee di lijan cio que tiO llevó ¿: c abo el ia dE? febrarz do 1.990 • oc UEPITO , e l pesar F..J....
Fnn E eca nc: a.tdjó o dicha despa cho en SU Lamb il iún. . . .. . ... 1 oa.. . .. :uc Iw si no como •- Ir 1. dEspe raLicu ..
SELIr el 3L.u...IOdCJ ................................................ 5 rjç:. 1.99C . i.uec ....." i.a: anál isis Dert.ieItc TM MERO: tnflpr - ;e de a brir.. ,t or 1.ñn en este .ucri !.? , p ues los hn(\:-.. que d .......:0; :..H.; '0 ....... sM constitutivos de delit o. En t :Lrrnoo (sic )
.L.._) arc h i vense 1 t3EGUNDÇJ: Entregar en forma definitiva, mimo consecuencia de 10 a n terior , la a v ioneta de marrícul a H''F, u su prupieTariu PEM YEFER ELI AS PIDA FtiNEA • la cual tan si
consecuencia de 10 a n terior , la a v ioneta de marrícul a H''F, u su prupieTariu PEM YEFER ELI AS PIDA FtiNEA • la cual tan si
u .. .ut .' . 1. ... c ua T M c í . Tribunal Superi en d e . Ma Fanal ::c:ca de 3- -k consulta y confirme este prove.ido" "-- Cm'c u; dc. ri g or , ci pi'oru.nc:itrnionto dictado por el Juzgado Cuarto: Especializado subió en consulte al '''1 bunol Superior de .7(Ex.p 7316) Eogotá, Sala Penal, y allá el negocio :le correspondió al Magistrado Marino Alberto Rodríguez, uPoz y, como es pro cesa lmeñte viable, la Fiscal 14 del TribunaÍ Superior, Dra. Elsa Maria' Calder'ónHerrera en pronunciamiento de marzo 31 de 1.990, conceptuó., fvorablemente, para que se confirmara el auto proferido por el 'Juzgado Especializado. "9 - El Tribunal 9uperior del Distrito Judicial,: Sala Penal. 'Qfl ponencia del Magistrado Marino A Fodrgue M, en providencia del 14 de junio de 1 9() coifMnó en todo lo dicho por el Juzgado Cuarto Especializado, expresando ,que, la retención de la aeronave 11 ysu dueo el seor VEFER' ELIAS PIA FONSECA 'no daba lugar (sic), tan siquiera, ala apertura de un sumario. Igualmente, se hiciQron en esa provIdencia algunas consideraciones no sólo de las
PIA FONSECA 'no daba lugar (sic), tan siquiera, ala apertura de un sumario. Igualmente, se hiciQron en esa provIdencia algunas consideraciones no sólo de las calidades rnorates del" accionate sino del acierto que,`- en el campo jurídico real:ó el Juzgado Cuarto Especializado "10 - A. las cosas, e. Juzgada Cuarto Especializado, despacho e-ste a cargo1 de la Dra. Vanira Salazar Varón, mediante oficio No. 910 de jünic 1 dLd, 1.990ordenó. la "entrega definitiva"- de la avioneta distinguida cory la matr.çu.la k-225P a SLk propietario y ahora accionante. sePor YEFER ELIAS FIA FONSECA, ésto en cumplimientode las dos providencias ya narradas en este 'proceso. "11.- Así mismo el ya referido Juzgado emitió el oficie No. 911 de junio 19 del 1.990, dirigido al sec.r Comandante del Comandode Policía, Guaymaral ratificando la orden emitida en el punto inmediatamente anterior., fotocopia auténtica de dicha comunicación se aporta a este proceso donde se vé el sello y la firma de la titular de—- e ese despache Dra Vanira .Sal azar Varón.-- "12.- El': Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Estupefacientes, en comunicación 09822 de junio 29 de 1.990 dirigida al seor Comandante de Policía de 13uaynaral, acatando la orden del Juzgado, solicita la colaboración del Mayor Jiménez para cumplir la orden judicial,
09822 de junio 29 de 1.990 dirigida al seor Comandante de Policía de 13uaynaral, acatando la orden del Juzgado, solicita la colaboración del Mayor Jiménez para cumplir la orden judicial, ¡a cual debe ser acatada en "estricto sentido" Se aporta a este1 peccesotoopialautintici i. .. .ón f irtda
qcir ál seRré Bert.n Faire.. o . .bis ctj. PDst.t•rid-mente ccn teca d jüi.o ci 1..90 mediante Acta OO1. Acta esta firmada por el Mayor Osr joaquin deatedjda Varún,, Cuien esCn - r de ix L Etación de Policía orla L)r.tor LUZ F'Q PELANiA LF<L, Juez 77 de inLruccion Fcxt .1 tl.i 1. ic.r 5 e~ J=E )1f MURUIA.. LANO,, Aduunitrado.r d pata Ltcjá 1 5OY YEFE. ILIAS FTFÇi FONSECA, quien rcib.i.' ia,aeroname.y pr, ]aseora MARGARITA PUENTES DE CHAVEZcui.n obró cono seçrétara d-hoc iaaeror;ve fue' 'ia1t 1actinnalth pn c ,a pór Li pti del ti.emp'i, se hhiar irrrgad.c al rír rina rL3u1Lj.u.,de u den mr itl / niui ál - Por.las,tircuntte pci la va nárrados Tlw
del ti.emp'i, se hhiar irrrgad.c al rír rina rL3u1Lj.u.,de u den mr itl / niui ál - Por.las,tircuntte pci la va nárrados Tlw r OiiáV p.rrrianeó inmuvilizada.dbsdw agos0 20bas ta juli n j, 1,9901 ",' (j, ,,, ,j 15 d-i; ti Ñipc Pdurante, ..e1 cual 'su prupiotario fue, pri'yado da su ut:Llize.iún e :t.;ainto nc pudoejercer sobra la ¿maye ninguna actividad dtipo comercla.l. Vi - ir.lmertr'e i bidé. octubré de,I.990 'n un delaloridnád6 accidentq, d1 ç]: dieron cuanta los ineu.1.c. hablados / rescritaoj i aerdnavE dE m-ktr ini a -i2.hP, 'l cc Ld t5 n las inmediariones de Ouaymaral, quedando totiri4nte destruida,. (folio'7 1 BC Como fundamentos de derecho' c,ta la demanda los artcuios Id., 2, _i., 10, 32,J9,0,.1 1 021de la CorttLitri V..ona1 J 1Be., nueva CrtaP6litica de 1 La demanda expresa las razors por las cuales considera que se viciaran Mles hDfflas -conja conducta de la adfflinitración y se lesionaron i'.' ,drehos d,1 actor 1111 los 14, a 19); el articúId 2o de la( Exp.731é)
que se viciaran Mles hDfflas -conja conducta de la adfflinitración y se lesionaron i'.' ,drehos d,1 actor 1111 los 14, a 19); el articúId 2o de la( Exp.731é) E]. auto adça.orio d la d€manda fu lyamente r3QtiTxcado a ].os "ores Ministros de Justicia y Defensa Nacional así., como al seor Director General de laPolicia Ncicna,l (fclios 94, 95 y 96). E1 sefor Director General de la Policía y el Ministro di Justicia cunfirieron poder prsíonales dl drechc la rprertac.tán j udcia,l admin istracxr% a) La apodraa d laPglxci Naiona1, dn€ro de la óortnidad legal, ee Lrnit a pedir l bráctica de pruebas (folios 116 y 117) b) l apodørado del Ministrii' de Justicia contestó oprtnment la dem rponi,óndose a la proiperidad d la pretEnEior1es y slxitand li prueba de los hchos. 'Como raz nes de la defensa aduce ue i iiimovilizaiÓn de la aeronave a que srefre la demanda seprOduio bajo responsailida de miembros de la Polia Nacional .quiene ordenar.on ponErla a dispoit.ión dI Consejo National > de Estpefacientei' percY sin..intervención directa, de éstec de funcionario alguno del Mi, is ter¡ oS de Justicia, por lo cua'1eí Copejo, en cumplimiento de normas legales. se,,limitó a destinar YW1 ronav
directa, de éstec de funcionario alguno del Mi, is ter¡ oS de Justicia, por lo cua'1eí Copejo, en cumplimiento de normas legales. se,,limitó a destinar YW1 ronav pnovisihalmene al seryicio del Mitistri de Defensa por medio de la esplución No. 155.) de 1.990 y, posteriormente, « On,, cumplimiento de lo dipusto por el Juez que .çoIoció del caso. oliitár .su ertrega a1actor, comb en ejecto sucadi eI-5 de julio de 1.99Ç por, todo lo- ¿u1 no xiten hechos ue se pudan.mpLLtr 1 rnriiordo Cc.nEeJc ø Just.ria
(folios L18 . lLi) , tn 1içcien d1 ¿ u c .Fnd. ticr -p: 1 .91- - çjact) cic.; paa i D.rretn 1.11 di I.9''. pt,r1 'atr.o ed t 1. !) 4 d .1 •394 , 2e). La cé 1 ?4, itu inn.tft6 1cDjq pr.á 'cpLJderad d 1' partE t'rii.tr3. d Lari) dicr no a'.;itt.ir1! r.I10 e or d anid'rr que aini.tkrttyLv... quc - 6 ciIE
n a 1 demara e . a €: tdc._ 1 . Lá, 4:t.J. Ón 'p LLçiiRpor 1.
n a 1 demara e . a €: tdc._ 1 . Lá, 4:t.J. Ón 'p LLçiiRpor 1.
&or ALuwlt4d 1 -r l .F'utlrr 210. a 212).' d jutu 994
dé J dic trald ia t;. j J. i'ur de 1, Mini%trio • Fubtico pal ¿ qt.u. prr- - iu 1c ri De tal r3r t& Ç,U II4 1 ¶ el 11n1tLr2 upqU#S2PflL1O ..•'•;• _fr• • •- 1 • •elenentos de li reosabxl¡dad y debe acceder a las súpI as de la demánda ( fd3. ioI 23 a 250) . >p 716) sostiene que la e<istencia dl Decreto 185e de 1.989 qué,p coraagra normas destinaaas a la lucha' , contra el narcotráfico, " '...no autoriza lgl y vidamente para atropellar drchos de los ciddana y sus bienes que de ninguna marier. están vinclados a actividades il.ca,tas.. "., cono suedióeri eJ. presente iaaa donde una aeronave de propiedaddel actor fue inmoviliza sin que exitíera e'emento lgunb di pruba que indicara que se había dehcado -o ,ac,t-ividadesi ilícita, par lo cual considera que se dieron en su totalidad los b) El apoderado del Minister±Q d u$ticia-onseib
indicara que se había dehcado -o ,ac,t-ividadesi ilícita, par lo cual considera que se dieron en su totalidad los b) El apoderado del Minister±Q d u$ticia-onseib Nacional de Estupfacr'tes manifista que esa entidad se limitó a acoptar lamedicias que estable?n 1i5S. Dc.retos de1 9i4, çti lb al otró conforpea - la ley ásignando laeronave auna entidad ofi.cial pero in prhcipar para nada en la orden de inmovilación de la misma, razón para que la entidad no tenga vinculación con posibles r3uicos drivado de lds hechos que narra la demanda Agrega qué los per)uic.c,s np 1eron demotrdos y las pretensiones, dbén ser enegadas(folios 231 a 234 La apoderada de1 ?íiniterxo de Ue'fena hace una relación de los hechos y de las pruebas apartadas para concluir que la actuación de la PcJ.ic+a Nacional -fue totalfent ePida a laley, por tanto, no e>stió flla en la prestación del servicio lo que da lugar a que se r1xegtn las pretensiones (folios 251 a 25)..CONSXDERACIONES DE LA SALA:
1. I Ljc1aríj')n 4p rspabil.dau de i Def en Na1t.ht1-Mi rt itriu O2 JuLic.jak Nac-.,iíjtial de Etup pur la , ilcl dL la D21 LC ttc dL,a nand que i la =e funda E?fl rkcne i pon hili&Jtc e
Etup pur la , ilcl dL la D21 LC ttc dL,a nand que i la =e funda E?fl rkcne i pon hili&Jtc e conoci do ccnt ai).a n la %ta d81 ser vi c io u, para cuya wtur.kclófl la toalivad uc 1 o elmnLcs jurruici 1n .ifiado rieceeat7j~uque e psenn La doctrina :y S:. a) Una iaila eh la prestciSn. por retardo, irregLtlaIidad ineiicaia. -omisi.Ón o asnçia del rnimo; b. Un daíNQ qe ccfigu lin de un bi.'ri juricLante •Ut1adu cj Un nc o tauul entre la ta'1l en la prestcicn del servicio , a qu la an1nL4a(Lr-está obl 4gada, y e l II.. Pra dernotrar -lohechs en 1 que, se z funda la demanda e aportaron al pros los siguientes medio de prueba:(Exp..7316) 1) Fotocopia auténtica de la escritura No 05297 del 22 de septiembre de 1 987, otorgada ante el Notario Segundo del Círct..Uo de Bogotá por medio de la cual Vefer 'Elías Fia Fcnseca le compra a Nicolás Elías Libos Sad La aeronave 'arca Cesna modelo TU 2066, con matrcula colombiana HP -2525P, la escritura fue registrada en la Oficina de Registro Aeronáutico el día 6 de noviembre de 1.987 (folios 32 a ) Fotocopi auténtica del",certi.?i.cadc de matrc -ula de
registrada en la Oficina de Registro Aeronáutico el día 6 de noviembre de 1.987 (folios 32 a ) Fotocopi auténtica del",certi.?i.cadc de matrc -ula de la aeronav H!!-2525P, e.pedido por el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil Figura como propietario el atór, (folio 36). 3) Fotocppia uténtiça del acta de imoyihi.ac:ión de aéronaves éfectuadaeriel Angar Aviopartes Cessna Ltda. el día 2,11,de agtode 1.989. Allí consta que se procedió a la inmovilización de treinta aeronaves que serán colocadas, a órdet%es del U.ONSEJO NACIQNAL DE ESTUPEFACIENTES para que s verifique su procQdencia y destino de conformidad con el artículo primero del Decreto 186 dei, 16, de agoso de 1.9891'. Dentro de ellas se encuentra laavieta de própiadad del actor. La mencionada acta se encuentra scrita por 'oficiales de la Policía Nacional (folios 37 a 4) Fcocopia autóntica ce la deLLaración rendida por, el actor ante el',,Juzgado tartb Especializado En ella explica la procedencie de la avioneta de su propiedad Como motivo de su adqtisición > di",que para ganarse unos pesos porque querx.a hacer curo de iloo y así se le facilitaba aprender Freguntado i. busçaba e>plot..ár la avioneta s dici 9,i. ci aru, por una parta en mi uQ n pr€stamuch6 srviço y por otra la ficón
se le facilitaba aprender Freguntado i. busçaba e>plot..ár la avioneta s dici 9,i. ci aru, por una parta en mi uQ n pr€stamuch6 srviço y por otra la ficón uu.á siempre tía s.do piloto y a través de ella adelantar mis estudios" Afirma tenr ingresos entre quinientos y seiscientos mil pesos mensuales y dice tener comoC)CUpriC:lóri ' CC)ffE 41). çiarte ?flV&1iCL(lC)". (fiólios 40 E')FotQLci' auténtica d'la` t provi ic.a prferida e -1 5 dG mr ne por r' Jttzqade fuirfr, rpi2rdc ab1nrJntdP -ibr 2tr inverçjcián n re1çLón cTr1 la 'r H -2 F p p1 n -dr -kndo Ew JvucÓr Ñ1i -i ir n quc LA avi no apar2ce compr'om Ld . t a 1 cjit4, i/ Al vid , .1 :tciunc,. • CtL'E!' 11 tI pres.Ur c.orifr que tuvi(ort rrrtut qit .zri cxd vt r d.trAEntc de 1cs
L. Lt t.1 t L a . C..OI o IJrGc..ed14n !en to
Io 'ible' jur.ctc.i e 'bt ere uu.ho de 1 r'ri L e ir;utc:. árs drI . t4). 2:.Jt) rc: 43Qfl el & tijur=u pn .b1
1 r'ri L e ir;utc:. árs drI . t4). 2:.Jt) rc: 43Qfl el & tijur=u pn .b1 44) ) Fj u nt c dL 1 Jrvtp!i del rhun1 Stp&r 1
j4 :p que • t . fC)! J.Q.1 4> 1' F 3CJ LtC.. C iT & tia ti i 19 d JU 1 It - cr C-3 1 pci.ttido a la d N d:t.i ..i Cmnd d€ la Poi1La 4fl,i&a çIji' árdr, Vasdeciacntque cjrint:n. 1. ijr d. rce At p cni 2fYit ci.:' 50 y - -O) FtriiIi.a ,uréntia if±cio - -8rivip e 1 29 de . 4Q9( 'r 'J ti - jci l' i1i j -. - - • '-•,-. tI ç 1 i i -,Zzá Gua'riraI o] -i L Uiipl1ffliUriLC. Je 1 eri&&ç ) O .'utc'r1tj.: c1e t,.ientrçp-de 1 a' - erDnave 11 retrUça a su prp1&arid, ç1iena e prduJD el(Exp..74) 5.dejulio de 1.990(fc,lic, 53)•. 10). Fotocppia auténtica del:i., •d
11 retrUça a su prp1&arid, ç1iena e prduJD el(Exp..74) 5.dejulio de 1.990(fc,lic, 53)•. 10). Fotocppia auténtica del:i., •d aernavegabili.ad d Va, avtcneca H4 -'2525F F iál4o hasta septiembre 28 de 1.989(fblio 11) Fotoçopia étca decert.frcsdoepeIzdo el 21 1c de may y e1 i4e agosto d 1. 99 folios 9 leí • : 12) Certificado No. 1828k4expedi.o por, el Departamento. dmini . trativo Aeronu..ica.Civil eLS ..de Eeptiembré en el cial conta qde ei1tib :pfopjtrjt d la aeronave HK7--2525P e el seo Yefer. Elias P.i Forrsa,ca folio 66) 1) boumentosen 16 fólo, que correspon?len a p1ans de vUe Øe la aeronave a que se ha vanjd iiacieno referer1ci de4e 1 d de 1..489 hasta el 26 4de dmbrede (fb1i. 67 : del • . • •.• • :.; 14) Fotocçx auténi4ca de O -TiCiD d1 6 de etimbre dq 1.989 Jefe de aTretieCon'&&L .' Aeropuerto d V1l.iaLenL1o.. en dondecpnta t record de 'urb all.i. reçji'itrado de la aviurtet HY-25'F eiitre ejuhiódi. misrnp' :a
Aeropuerto d V1l.iaLenL1o.. en dondecpnta t record de 'urb all.i. reçji'itrado de la aviurtet HY-25'F eiitre ejuhiódi. misrnp' :a ) DclJatiQrts 4 renalactof por los .efsta.ble.¿er 1 • 16) Dictamen pericial detinado•a lo qLIe:la aviontaiejó de pro ducirdirant 1 'tiernc cie .'u •retenjón, cçn cbc4men boj an>(ciE Uoligjw 180 .201). • deseptieiitr ce 1 ..59 purel Departamento Adrninistrativ& Í11e Ar eonáutica Civi] eii l' cual consta el trá4co efectuado porla avioneta H1(r2525P entre el e12 5 de mac d 1.989• Ci 171 H istu ri p lldq la au ranade H 02525 P enviadu, por , la Dañtiu.lde e l se en un :ra la mayoría. ac los doLu men ib u. ar dtJ3 / s e = Tirma la proçi Lid d1 LLr (fl 1 - 1: 111 cuna, ..) d,c..tnie, i tc.s aluznadal! CQ Laadu S i ,Judíciali en ía.;iúr •cn. .:L en que dieron el sentidu que., t1ç e ni dispoior de.- -las avi.sta puodn:moViiir y i"s., fi tr no !,u cr.d-e~p'á^éD Juzgado / ci
en que dieron el sentidu que., t1ç e ni dispoior de.- -las avi.sta puodn:moViiir y i"s., fi tr no !,u cr.d-e~p'á^éD Juzgado / ci Consejç Nciora1'de - €stupefac.ierte" (folios 158 a. 15?fl. l io 160• cdno.. 2 ap;rE::o que nc. hubc 18).Fotacuplbip utla ljca Jel.espedíenip ,que c:critzéne las diligentta s pedioin4re l tde ii t.au 't. pcii c.1 J1 C.ai' t Eápácipli zAQbl l lplee ilaiio q con .ta a€rontv HP -P. 225r T)j,tr t .a) Tniordu ruiidt i'' 2:ci acot. j 9Ç. •dirigida 1 jue z.19 Pedr o Ramarez Arcuí la,lje fg Jt. lt Dt'.ór ci. F.,.c3a 1.Lrma •inncv:Llzarn ont;iEe i11a', las dEpoidei4t:..as .:in tbEr e nc8dtradu lprmás O estupE'±zr\'s : , per de 25;i5 pri la CLa.1 ciad dl aDI Acta de•imovil izain dE, laE aeronay^ suscrit a la
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entro soplos i Mayor - por bf 1 dialis RWOrem Pti'ct. la,. intv uc,ciór4 a. .celador A11i apalees d) Auto d1 28 de •aotc poç mrdi de-1 l. él Ju:gado 58 de Iniartacción Ferial Militat ordena enviar las diligencias al TribunI d Orden Publico (folio 11 ) Cop.it icidiii9srtiade lo lly n.íontc, dOrtdE gllo15 (Ex 7:316) cdr. 2). e) Oficio 14o. 527 del 21 de agosto de 1.989 enviado por el Mayor Pedro., Ramirez Archil al Jue2 58 de -lntrucción Penal Militar, solicitando orden de allanáiento Dice ttualmente i 'Teniendo on cuenta que informaciones suministradas a este organismo y mediante actividades de inteligencia que indican que en los talleres AVIOPARTES s4bIcados. en inmediaciones del aeropuerto de Guaymaral, lugar frecuentado por personas que presumiblemente pueden estar vinculadas directa o indireciamente a actividades de narcotráfi,co y también en utilizaeión de objetos con el mistffi fin En aplicación del Decreto No 1,856 del 18 de agosto dé 1.989 solicito cdmedidamente al SePor. Juez se expida orden de á1an.amipnto y regístx-a para las verificaciones a que haya lugares (folio 1:62 cdno. 2). f) Auto del 21e agosto de 19$9, por cuyo medio el Juez 58 de tnstr,uccón Penal Militar, decreta el
las verificaciones a que haya lugares (folio 1:62 cdno. 2). f) Auto del 21e agosto de 19$9, por cuyo medio el Juez 58 de tnstr,uccón Penal Militar, decreta el allanamiento de los talleres de Aviopartes (folios 165 , 164cdno 2).. tl g) Oficio Na. 02140 del 25 d agosto de 1.989 dirigido por el Director dú la Policta Judicial aT Ministro de Justicia-Consejo Nacional de Estupefacientes, poniendo su disposición las aeronaves intnoviliadas' (folios 175 a 177 cdno 2). de febrero de1.990 que abre investigación preliminar' sobre ;la, 'aeronaves inmovilizadas. Hace énfasis en . qu9 las diligencias se circunscribieron " .al decomiso de un bien sin que se precise o determine el presunto punible cometido y mucho menos sus autores...". (folias 195 a 198 cdno. 2).M . Apreniados los anteriurEs medios de prueba dentr :~ las reglas rjn l a san a cr ipi ca un analisis ccad a de ellas Para lucuo cumpararlos enrra si 1, por 1 probaran pienamentE ¡Os s igu ieptas :r l o. UL actorForsEca es El propierariu de ¡a aeronave ue matrí cu l a ~ 2 5 15p, :
20. Que dánha aeronave fue inmov i li z a o , . ag ostoNa cional a Partir de! 29 de de 1.939, harto e.. ac tor en .1 . .. .L pa ra tormu j ar procesales en u cai ldad r:eE
ag ostoNa cional a Partir de! 29 de de 1.939, harto e.. ac tor en .1 . .. .L pa ra tormu j ar procesales en u cai ldad r:eE P ar juiniOs • y 1. .: N a cio n a l tiene la 1 e q .i.. 1. LnI.c.: J..)r i q ,1 atribuibles las pH ec es en Le -r .- .- . .- Íw Organismo iudicaban que ese jugac Hrar{"E - :.-, -- - pue d an uHtaí vinculadas a actividades de N aci onalauturiró 1 El Y. de .erTE le.) de 1 .98 9 ,prque raaba del decbmiw de un bien existiera precisin sobre el delit ccSmetido sbre sus, aútorés. 'OO. Que , el sisrn JUe, ;luego de practicar algunas pruebaentr de tales s !i decid¡ & en ptovidenca.a dQ. 5 da inar Ø 1 ? O .I absnet 'abrr' investigacián yordçr la cvolucrón da' ravlcneta a su propitario por nq ncorkrar e.een4t3 jiticio alquncqu.. :ud4:rAdai-. piÁ ) pqi'i4ad eistenc.ia de un delito al cul estvea vncu1da la ar-ona't y. por' el cbntrrI ice que se cat§ró con` b en corijeturas si w, 1 stento que N>an 4e los particulares afectados
ar-ona't y. por' el cbntrrI ice que se cat§ró con` b en corijeturas si w, 1 stento que N>an 4e los particulares afectados Lá, anterior providencia fue conf.rmda, por e T -i bunl .6. Que el resultado del allanamiéth fue totalmente negativo pLLeto que np se encontraron armas o estupefacents se raliaron capturas, Que a pesar de la -circunstancia anterior s ordenó la 1 inmovilización de 'treint.aeroavs que se encontraban en Ib1w t:alleres de "Aviopartes" entre ellas la avioneta HK-252F de prppiedad del actbr, para poner las a disposición ¿le l juez' competeP.te y ConSe.)o N.orial de Estupefaciente con fundamento, segun dice I i.nfprme rendi.dcr por el Jefe de la Divi,sión de lLci Judiçi.al eri, el artículo 1. del Decrete i86 d1 99 (folio 168 cdno t Que las aeronaves' fueren ihmovilidas in la exitenci.ade r zn alguna -onocida ue just .car,a al medd a. Que el ccimien dl ao rec1Qnado con la aviónta HK-2525P correpondió Juz Cuarto speiaac qun decidi.ó abrir indagc.ón preliminar18 (Ex p..7316) avicnIt1 Gntregada a u propletarlD, en el 5 de jullp de ,.990. aiLne .se -eseran ..ta: . :tructurVet de la la minigtra.r ow
avicnIt1 Gntregada a u propletarlD, en el 5 de jullp de ,.990. aiLne .se -eseran ..ta: . :tructurVet de la la minigtra.r ow 1 ••- - • a) L fal.la sur claramente las '.,4 oriddes a tra4çés I. • Divi5i6n • de PP.Iici Judic tLar pecJs • rn 'e1 sen "Aviopartes" en recL4e1ta tdn tontaS i r'e14cian • apreCar cQnducta •e 'la -- 1. .s evidemte, que B ido d 4ue ls ta4ires de• por t da , Policia uddial 'podi&y je ccpetfte para pr eistró d tales tale pero ant,iQ tnfructuoso e se • flcoptró &mMo a conisiÓh de icc debía sojiciLarunaorden a ct,i'car '1 11anam4efit6 jV tFID hizo: la.Uliqápcia tie+a ducir,.1a,('Exp. 7316) autores, como bien lo dice el Juez Cuarto Especializado l abrir la irtvetiatión preliminar que no tuvo otro sentido que determinar quien era el propietario de la avioneta inmovilizada para ordenar su devolución i( El obrar de la autoridades de Policía fue, eptonces completamente rbitrari.o a que 'n'o ewiste norma 'alguna de carctr legal que permita esta epecie de secuestro
avioneta inmovilizada para ordenar su devolución i( El obrar de la autoridades de Policía fue, eptonces completamente rbitrari.o a que 'n'o ewiste norma 'alguna de carctr legal que permita esta epecie de secuestro d bines de .os partiulares,.. sin que e<'stan hechos punibles que permtaii vincularlos la irvetigaciór1 respectiva E cierto que el articulo lo del Icrto 185 de L.,989 permita el decomiso u ocupación br ,las Fuerzas Mzlitar, la Ppli.ci.a Naciori1 y lo Organismos de 'Seguridad del Estado, de bienes pero partiendo del sLiputo de`..su utilizacióp " parata Misión del delito de narcttrfico y con e xcis í situación qe en el caso ei estudio rrn '%cs. preseilta, de donde se deduce a inaplicbitid de la norqa 4 W forma irregMar y ar bit raria a 'dispóner .utificación ¡Uguna y sin fórmula de uiio inmovilización de, la ayioneta de propiedad del Tal fallavinçulaal Ministerio de DefL-nsw'4,, más no al. Cørjo Nacional de Estupefacientes por cuartto esta t4tima entidad se limitó a destinar la aeronav que h4bia sido puesta a su disposición, un organismo estatal en cumplimientp dl mismo Decreto 1B5 que prevé tal situación destipación que según parece., no túvo efecto prque el bien permneió hasta 'su entrega a el mi sme3 taller a1anadoi Por, tañto 1a5 dec.siones que se toman en esta providencia CÓ1Q haráh referencia
túvo efecto prque el bien permneió hasta 'su entrega a el mi sme3 taller a1anadoi Por, tañto 1a5 dec.siones que se toman en esta providencia CÓ1Q haráh referencia a Aa Nación-Ministerio d Defensa Nacional-. e 'prødUio pr tar1to. Iiha fall an la prestain t er'L'icic a cgo de 1lxca Nc,onal quetan to, tanto.1 los elementos de la (Exp..7316) b) El daPo surge eh, forma nLtida.Es claro que la paralización de una aeronave por un tiempo prolongado ocasiona a su propietario y explotador un menoscabo patrimonial al no poder utilizarla para su beneficio. c) El nexo causal sé identifica fáciimnte.Sin la inmovilización arbitraria de la aeronave no se hubiera presentado el detrimento patrimonial que constituye el dao /Se configuran, por responsabilidad extracontractual de la administración-dministración Las autoridacis lobraron con extralmitación de sus funciones y con violación del .,art;culo 16 de la Constitución Nacional de 1 886 que corresponde al incido segundo del artículo segundo d la actual Carta Política. 1
V. L 0 8 P E Ji! 1 C O Si.
La demanda sol: iéita condena al pago de perjuicios morales y materiales.. a) La p-etensión .rel'acjonada con los perjuicios morales será denegada por cuanto la retención de un bien no es de aquellos hechos que pueda generar en quien lo padece el dolor y aflicción constitutivo del perjuicio moral Por otra parte, enel supuesto que tal lesinde índole
será denegada por cuanto la retención de un bien no es de aquellos hechos que pu