TA CUN - 91-d-7513-(17-04-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-d-7513-(17-04-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
1 tp
MORA EN EL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES / PERJUICIOSIndemnización
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR
SECCION TERCERA
Magistrada Ponente: DRA. MYRIA1 GUERRERO DE ESCOBAR
Ref—Proceso 91—D---7513
ACTOR ANGEL MARIA ORTIZ REPARACION DIRECTA J. c: :& . .}.
t <::.i.<:i 1 r• ••ç•hr•ç' 1 • 'and ç • :•r :'j rc; :. c: 1 c: :. rj c: c: J. ' c€ r€:'j::c. r r-i <:: : ¿:c d : rz:'c:: ••• : r ::3 •; i. ce:' 1 <.i:4. 1
J. .J cI?.t c;:i •.i. ::c::<- ç i(:i?lii :i : <::3 <:ic mí ::::. i J.
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ç c:c2Y Proceso '?l •...D.-. falta c: .i el 3ç; pago ç:s::'j de las prestaciones sociales reconocidas mediante .1. : Resolución Número lic> d<.: fecha 30 ch.» mayo d€•> 1991, es
falta c: .i el 3ç; pago ç:s::'j de las prestaciones sociales reconocidas mediante .1. : Resolución Número lic> d<.: fecha 30 ch.» mayo d€•> 1991, es decir, por negligencia de is(:3s. injustificada y retardo absoluto,: como la f.: .¿ de análisis, estudia : programación en el presupuesto para el pago de las deudas laborales, r 1.! d>:' los empleados c: funcionarioB h•» dicho Fondo Rotatorio, los trámites para estos asuntos. 11 ch-» la anterior declaración d responsabilidad, FONDO ROTATORIO )L.
LA : :t:i:;.r/ AEREA(..:(:L..c'x( 1 'h-"i , a pagar al seZor MARIA ORTIZ, los siguientesi PERJUICIOS 1 Por :1 valor cI» lo <:}.-:» cueste €'l pleito,:i > c. los honorarios de abogado para hacer valor suc.. derechos ro::c:.1 mc•>> -» fijados últimos tic:c. c' acuerdo ¿s 1 ¿: tarifa nac. :1. c>- c 1 de abogados ' .....paraestac: 1 c}c•> pleitos, cuota litis, así como +:. lucro cesante da= rc:c <iq por el no pago oportuno de las cantidades que corresponden como prestaciones cc>c::ç. 1u del actor, en la cuantía que resulte :t€> las >isi-€>s ç:s.s.» SE demuestren en el proceso > En pc-:.k de :,1ç.s constantedel actor, en la cuantía que resulte :t€> las >isi-€>s ç:s.s.» SE demuestren en el proceso > En pc-:.k de :,1ç.s constanteEn el lucro cesante rr.X' deberán incluir las intereses ci3-» capital representativo de las prestaciones socialec. s> me debian h:W'€r'v ::s<cIu un 1.lu3-3>pn al actor, decio desde el 7 ds-» abril de 1991, fecha un q u u cc-> causaron dichas prestaciones sociales. ' Si :5: hubiere, en el expediente, I::: csc'c. ss.sf : c:1 u, 1.: c•>'c-zc:a I.c:ç:•:':.: para la determinación matemática c}€ la que valen 015. lucra cesante y el da= emergente de las :. :. prestaciones sociales, no pagadas, :1 Tribunals por :i:c:. c}€:' equidad se servirá fijarlos «r el equivalente en pesos colombianos de l i. fecha ejecutarla de la sentencia c' CUATRO MIL (4.0001 q CMO FIMO para «1 actor dándole apl1 la ley1 de 1807 Y a la Nueva Constitución Na<:::1 1.
"PERJUICIOS "Condénese al FONDO ROTATORIO X)E. LA FUERZA AEREA COLOMBIANA a pagar a ;:i poderdante ANDEL MARTA ORTIZ!, con equivalente en pe%os, R la fechac:I:•: :•:3 t.::r :& correspondiente a la sentencia,la cantidadde UN i
COLOMBIANA a pagar a ;:i poderdante ANDEL MARTA ORTIZ!, con equivalente en pe%os, R la fechac:I:•: :•:3 t.::r :& correspondiente a la sentencia,la cantidadde UN i : 1 E•:L. ROTATORIO DE LA F dará cumplimiento a la sentenciaenlos términos i' los artículos 176, 177 y 170 cl:•:1 Código Contencioso Administrativ^, hechos t4::c :+:•: la demanda se aducen, síntesis, los siguientesi de febrero <.+: 1''31 prestar sus servicios c:c:us. celador, :cçs el carácter empleado püblicc, al Fondo Rotatorio la Fuerza Aérea Colombiana> fue declarado insubsistente p<::r Resolución No. 054 de 0 :}: abril <:i<:' 1991. ¿c:tcv presentó la documentacián exigida trámite d.: : expediente de prestaciones sociales y el ¿ik) ' 1991, pc:' Resolución No. 110, le fuerors reconocidaa las mencionadasprestaciones sociales., 1 momento de ser presentadala demandano lo hasido cancelado al actor el valor reconocido :ccr concepto k:' prestaciones sociales, demora que tipifica una lalla en la prestación del servicio perjuicios consistentes en la devaluación de la ¡l::€:(.j €. :'enc:1 deshonor (:.+:? causa «1 tener que acudir ayuda de terceras personas sostenimiento 1 de su familia. Además, ante la imposibilidad colocóle de cancelarvalor <i&i. arrendamiento, por la cual se entabló contra él acción judicial que
ayuda de terceras personas sostenimiento 1 de su familia. Además, ante la imposibilidad colocóle de cancelarvalor <i&i. arrendamiento, por la cual se entabló contra él acción judicial que proEpard, pues fue lanzado del inmueble que ocupaba ::::crcc arrendatario. : actor fue retirado :€ la Institución de invalidez como consecuencia de accidente sufrido en el servicio, sin c}Á€.: se le haya reconocido la pensión agravándose así su situación económica» 5.
fundamento jurídico c:(:: demanda invoca actor :L(::»•. artículos :}.c: :1.1 00 91 de :L. Carta Política, :<: 1c:»s práncipios sentados en éstap 36, 30 :' del Dec 2701 <: si fis. •. 9 E. Principal).
B. LA IMPIM3NACION.
La r demandada : n demanda extemporánea.
C.. LOS ALEGATOS DE CONCLUSION a.- La parte actora aduce que el actor oportunamente la documentación para e1 trámite d reconocimiento.. prestaciones sociales, tç:: así que el 30 de mayo, dentro r: c} 1 mes siguiente retiro, reconocidas, 1 pago hizo <: €' forma extemporánea, el 11 de noviembre:}•:' 1991, de presentadala demandapcausaron .: .'. :i c.:. ¿.s. d(-...?Proceso C?1 nrden material moral y :.€' halla }::(ic que contra el actor cursó un proceso ch.x lanzamiento, por no pago c3•:•:
nrden material moral y :.€' halla }::(ic que contra el actor cursó un proceso ch.x lanzamiento, por no pago c3•:•: los cánoneB <:ic:' arrendamiento, con lo que se le lesionó + su familia; 3. :::. i.c:i::e. en que se apoya 3. demanda se encuentran .n ci:•bid {3sIC? acreditados, razón para (:Ue las pretensionesllamadas a prc:c. (fls. :3.0 y 104 C. Principal). ) La parte demandada solicita negar las protensioneiii. de la 4:ri de conformidad d 1ci c:e ?1 altícula 6S del Decreta 2701 de 29 de diciembre de 19S3, las prestauiones sociales de .3.c:cci. empleados piblicoii.-, vinculados al Fondo Rotatorio de la Fuerza Colombiana,deben ser reconocidas y pagadas dentro ci :i.c:. 90 d:ç.ci. c:.3iu3p816.c::. al rc.:.t:irc:c :' ei.1<: c:c:c3 estricta sujeción a3. orden en que se vayan pr :c:.e I.ínc3 33 conforme a la c:cdi6n de pago No. 100821 el actor retiró el cheque «147 pago de las prestaciones sociales e 1. día 6 de noviembre de 1991 «!1 día 7 siguiente :i3:. t1u.uCdc la acción ¿:c3 t€:' dió orígen proceso; la causa d}4:71 lanzamiento d<.:.:'i. inmueble ocupado 3::c4::cr el actor SU
acción ¿:c3 t€:' dió orígen proceso; la causa d}4:71 lanzamiento d<.:.:'i. inmueble ocupado 3::c4::cr el actor SU familia r.%c.:' la falta c}c•: pago oportuna de los de arrendamiento pues en la diligencia de ves t.:i. t:k.kç';s éste adujo el pago oportuno; el Fondo reconoció «:'l valor cic la :3.rc::3:(.i.<ic.çci relativa permanente, segon 33.477 ci€•:3prOnCiO d<•: la Resolución He 1101 te::o::n se e:r4;:d :3 t. (330 c:7l actory su familia hubieran pecie4: ido penurias económicas por el no peccc oportuno de las p rec.t13 c: : en e3:: «:c:cc :1. 3. ec. ., pues se dern(::cBt.ro en el proceso que e:c p3. c:ct. be d3.•• tienda «3+:.:' la que derivaba el sustento «.3.00 e 102 C. Principal) EL CONCEPTO DEL MINISTERIO PUBLICO El seRor Procurador Judicial nc:c hizo usa ('3{..•3. respectivo término-205 t••Çc''f•< CONSIDERACIONES St L.(:cç. hechos descritas en «Llibelo <:l•.' demanda ubican la responsabilidad q u€•: SR pretende deducir a : administración dentro cJ st régimen de la falla servicio. Para que la responsabilidadde la Administración configure, bajo este régimen jurídica, necesario c5
la responsabilidad q u€•: SR pretende deducir a : administración dentro cJ st régimen de la falla servicio. Para que la responsabilidadde la Administración configure, bajo este régimen jurídica, necesario c5 ;€:' presenten t.c:(:(:!. cada .u3c: :}: los elementos estructurales C(? 5I•3 misma que, tanto la jurisprudencia (::<r5ct .Lç doctrina, han coincidido +:'s (:}c•::'t::':.11r, ak •• falla cc falta (?r3 la prestación d5}. servicio omisión, retarda. irregularidad, i n'f : u : €•:'rç c: 1 ausencia c'1 :ic-(ç<::c implique 1 (c3t de un biéri jurídicamente tu tçL :k.c CT Un nexo causal entre c:'St t:}.c la falla St prestación dç::t servicio c.3 que la Administración (::cb5tCd4 is st.— Para acreditar tanto la legitimación en la Causa (:o;:3 los supuestos fácticos df? la demanda de St defensa ¶:3e allegaron, 'n debida fCc los siguiente<.¡.-, medios d€ pruebai a.-- Resolución 14c: 110 c}c:- J> de mayo dc•: 1991, por c:1t5. se rf?c::cr:c:(.- ' ordena ci5t }:ctqc:c :If: las 3::cfu.t: :3 (::c(•3'.
sociales correspondientes al SeRor (w(4cy5L IIi rl .- C y t : 3: por 51 periodo comprendido entre el 6 de febrero u :t:t ' el 7 de abril d+' 1991 para un total dc f:t._ 10 ' 11 C. Principal No,7 Proceso 1:L i::c Indices de Precios certificados :c:r el DAME ( fis. 1 y . (y..
C.- Reunimetán Ñc: ç)•, c}€ 1::. abril de 1991 del Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea, ç:<:r :a cual se declara insubsistente €1 nombramiento del SeRor Angel María Ortíz ( fi 4 (.: F4c: :) Certificaciónla Pagaduría del I(:c}c: Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana, en la que consta CW, 1•?3. noviembre6 de d:• 1991, cheque Cuenta Corriente No. 01005445-0, se pagó el valor de las prestaciones sociales al aeKor Angel María C't? por valor d: 4 769.299.01 ( fIs. 10, 11 y 14
21. Orden <:<:: Pago No. 100821 de f de julio d 1991 éA favor de çW€j. María Ortiv, por 'tic:r de Vu un valor definitivo previo descuento ft:' cesantías :> préstamo,ç 01 (
16 C No. Y)
$999.232.11por ?.: 11 }:(::r anticipo fi., 12, 15 1.- t:.::f :i :: ç: 1 'u del Banco de la Repoblica:i
16 C No. Y)
$999.232.11por ?.: 11 }:(::r anticipo fi., 12, 15 1.- t:.::f :i :: ç: 1 'u del Banco de la Repoblica:i valor <:•:'l caic: c:'c:t 1 f1.. 13 C No. 2). Acta diligencia d(.? lanzamiento Angel María 3t.. ' Ana Helinda Cruz, .:tcs del inmueble k:c:i ::aic: c.'u la Callo la. r No. 2B-20 de Santa I!:. ¿j? 8s:cjcct.f. X)..%..., diligenciallevada a cabo•i 21 C•? julio de 1991s con fundamento «:'u haber incurrido los arrendatarios en mara en «1 ::4•qc:4 afirmación ¿? lacual éstos aducen haber €f.::: c}<:: c:}:::r tun amen te c:t pago :}' .}.os c:A3(::nes de arrendamiento ).' entregado tales valores a la persona autorizada por c•:'l hija :c' éste, c:c:mc: consta en los 3'€'(:::3. ho:. aportadosal proceso Y a que la instalación de una t:cfa tienda 00 el inmueble fue autorizada por elarrendador, razón para que no se haya presentado cambio de destinación de! inmueble ( f la. 17 a :I'' :. M< . cheque del Banco ganadero, por valor de $769.299.11 ç:i.r(:Ic. a favor :IE' Angel Haría 93 t.ç.. : •1''•• 2:1. y 22 c No. Y)
M< . cheque del Banco ganadero, por valor de $769.299.11 ç:i.r(:Ic. a favor :IE' Angel Haría 93 t.ç.. : •1''•• 2:1. y 22 c No. Y)
W. Expediente contentivo ('}. proceso de restitución inmueble ar3':ffi }c seguido en «.L Juzgado Promiscuo 1 1fr :3.:1 contra Anq+% María OrtizOtra 1.1. . ¿ 17.7
C. 4<: ?) :l€'i t:tl se destaca ellibelo d? demanda que .fundamenta «:'ç el no pago €1 «: los cánones de arrendamiento correspondientes ct t<::. meses ct' junio 3.3::Irbr•:' d€•:' 1990 y 3/.1 )j la contestación la demanda :'n la cual se afirma .t€- los cánones fueron pagados oportunamente :: ::c desprende <:1 ••:' los r:: c: :. 13: 13.: I::<:c:4 cfu3.. se anexan, recibidos por la hija arrendador,del çt .C3y1: ¿ c:: :cn de éste y queL arrendatarios ft.3€'rc:r3 autorizados por el arrendador ptr••; instalar tienda •.<:1<: .33diyc :1? 1987fIs. 58 a 61)g la sentencia c}' 10 c1: mayo d€' 1991 en la ¿:.i 1.(? deciara terminadoi contrato de arrendamiento, decreta la restitución(:k:1 inmueble ;' se reconoce el derecho3:14x' retención sob3'? los bienes cI 3.:? 1 arrendatario
1.(? deciara terminadoi contrato de arrendamiento, decreta la restitución(:k:1 inmueble ;' se reconoce el derecho3:14x' retención sob3'? los bienes cI 3.:? 1 arrendatario ) 11W. ., p -. j 4j1 «'1 material probatorio .1.1 €•?c 1 proceso ,. haciendo 3.4r análisis objetivo :' comparativo 3.? tales medios c: Cn y : c: 1:: :3. & llegar conclusión dentro (:1?:' :1.(: r:4::3b13.? ¶.ccbr3.? los 3.(•m3.?33t.c.':. 4:1e hecho 4:13.:? la demanda y ch.» la defensa ( artículo 1 2' C.. de ::' ,, c ) encuentra la Sala c: r<'d .1. 1. içd:: que el actor 3.?5:. 1 persona i. la cual lo .f:43.::,3.ç:..ç reconocidasla!¡¡. prestaciones sociales ::3,'4: pago tiird.1c? •fi3'3•t 3.'te haberse efectuadoj 4:13..33.' el nombramiento del actor, «•:'n el i::<::.3(j(: 1:;.Ç:c.i.:.3...j3• de Lt Fuerza Aérea, fue d:'(:1rAd4::cProceso 91-D-751 insubsistente por Resolución Da. O'• de 5 de abril d 1991p q&Ac' por Resolución No. 110 cR' 30 de ;tc de 1991 le fueran reconocidas y orc}cx'ncio +»1 pago ci+:.: las
insubsistente por Resolución Da. O'• de 5 de abril d 1991p q&Ac' por Resolución No. 110 cR' 30 de ;tc de 1991 le fueran reconocidas y orc}cx'ncio +»1 pago ci+:.: las prestaciones s3. ¿• i. c.. a éste; que el '. de julio de 199:1
.c:' impartió .OrdencIc: Pago I'ic 100021 favor del actor, por valor c:}x' 1i 769.299.01; que .:1 6 cie noviembre de 1991 i.u: cancelada al actor la suma antes indicada, ,< que con fundamento t.c:c C? c!i. no pago de los <:::crc.. de arrendamiento, u por parte :i::'1 actor, cI•::' los ic'ci.c:'s cft• junio a noviembre <:: 1990 :v c:rs el c:írs:4..c:: ci€• destinación ciE1 inmueble arrendado se presentó, «:'l 1 ç:}c: diciembre de 1990, demanda ci c ... t. i. lu c: 1 ár lc'.L inmueble arrc 5d al actor, «l cual culminó con sentencia cio declaro terminado e: contrato cIc• arrendamiento :v ordenó 1 t restitución del inmueble, 1 :L tuvo lugar 4:•:1 ?''i t:io julio do 1991, :c ;cx'.cc dentro dol cual el aportó reciben cic: :cü : c: :c:r mencionados MLas pretensiones de la (:lc•3c:l•t están llamadas prosperar t r c: a 1 usc•:' tc.:
aportó reciben cic: :cü : c: :c:r mencionados MLas pretensiones de la (:lc•3c:l•t están llamadas prosperar t r c: a 1 usc•:' tc.: :rs efecto, c..:i bien «i artículo 65 ciol Decreto t4t ::20 :L de ??) de diciembre do 130 invocado por la parte demandada,no ea aplicable i caso sub :i ud a :o por cuanto •i. término de 90 días qtk€f allí 1 K para el i::ccçc :}•:. las prestaciones sociales hace relación a los trabajadores of i. «:1. .1 c. de :.as Ers t. :. i Cç:ic. adscritas c: ''r::1};c. :1 Ministerio c:lc Defensa 'bçi.<:.1. )/ Ci. actor no tiene €l carácter trabajador oficial sino de empleado público, al no existir norma c:le precise el plazo c: cc.n bi..uc' cuenta J¿-.-( Adminitracián i ::n este evento lc:c:lc: Rotatorio <:lc: :i Fuerza A'.'i tc:tc::qr3b1 , para hacer efectivo c•:l ç:iIc: ch:' sumas originadas +::'u el reconocimiento c}c» socialesc.1c: los empleados públicos :>' • ante «u. vacío, buscardebe un término n< razonable . . i í ., el que«€? puede deducir del contenido del artículo lo. del el n10 Proceso ....x>... Decreto l'k:: .197 :l:' 1949 que consagra un plazo d 90 dias 'i que «i. Estado, acreedo> ,-
puede deducir del contenido del artículo lo. del el n10 Proceso ....x>... Decreto l'k:: .197 :l:' 1949 que consagra un plazo d 90 dias 'i que «i. Estado, acreedo> ,- sanciones, cancelo las obligaciones,solución adoptada F:<:r esta Sala cs casas clç: idénticas característica ,.¡¡. (Sentencias (:l(•:: 11 (jc? noviembre c}:' 1993, actor: José L. .1 le septiembre de 1991 actor: . ti t. e MuWozp 117 de noviembre k' 1991 actor: Armando Mccn t c:cy dç de agosto de 1995, actor M r <::ç:.1 :3 ço €leç.io Pardop 26 de septiembre de 1996, actor: I1fr :ç 1::..ç ç Castroy. 1 e l evento sub 1 : te entre la =cha q ue ce reconocieran las prestaciones .tc'c. 1 \'CStd çft actor 1 la fcc:Ia cl< cancelación, 3{::3i mas de 1<::. 90 días contemplados en la norma citada, tal reconoci mien to ocurrió c:i. .) de mayo :}c:' 1991 y el pago t.t..t'..'c .i.tc;r «:'.}. 6 de noviembre de 1991, razón para que entre c.:.tc:ls dos extremos hayan tr anscurrido Y días— Al c: vr & «IdI la Administración retardo e irregularidad r e sp ect o del término transcurrido en• rc: :t.a fech cic•1 reconocimiento cl' 1
días— Al c: vr & «IdI la Administración retardo e irregularidad r e sp ect o del término transcurrido en• rc: :t.a fech cic•1 reconocimiento cl' 1 sociales < i:: :1. ci :ts al actor y la fecha de pago, configura el primer e le mento de la responsabilidad la Administración, 1\ lalla en :rç prestación .:l?j. servicio. En cuanto al segundo elemento de la responsabilidad «le la 1 3 . c. . r <: :. {sr1 el , lo encuentra la sala acreditado en 1l.: 4:i3.c con cierne al perjuicio material consistente C3I la pérdida de valor <it? la 1 .irt i1:l::1.ç.d1 : d:'3i la causación c}c: ' intereses .' ' +::'. c'c. c..Lc3'c.: dicha suma, n: así «:rs Lç::I que respecta a los perjuicios moral es, que «:i. actor hace consistir en el cy (: c:3s .. «:r1 t.c:' «}e tener q1.3.: a cu dir « la ayuda econó m ica de terceras personas V crs c:'l. hecha «13.1 haber sido lanzado, junto «en r11 Proceso ;'i •• :•. familia, 1 inmueble 4•:r el que habitaba poi-- imposibilidad de cancelar r <.i' arrendamientoi, en razán a que al proceso 3çc: se aportóprueba 1 c.un sobre €i primera de los hechos mencionados y, :•: cuanto al segundo, si bien cierto c€.' contra el actor currút
en razán a que al proceso 3çc: se aportóprueba 1 c.un sobre €i primera de los hechos mencionados y, :•: cuanto al segundo, si bien cierto c€.' contra el actor currút proceso de restitución 4.i?}. :i3431.:'Lc}.:' que habitaba,ello tuvo lugar 4::c' 1€:' r : y a d c1 a la fecha «•:'3ç 4k(? produjo declaratoria de insubsistencia/ en <1J.&' se incurrió «•yn mora ?r «•:'l çcaci: 4}ç•, las respectivas prestaciones sociales, de manera dicho d ¿ guarda relacián de causalidad con «.l ho ho «1w::' oo imputa a }.s Administración «: título do falla ?3 la «}:•:'1 servicio,, En titula ci<:' perjuicio material5 por «3. valor de las costas o'.4:•. . 31c: habrá lugar a acceder a 1.i:,.1. pretenci6n,puesk' conformidad (::(::3 «.1. articulo 171 dc'3. '.,. C. .., ., la condena en costas 1::3'<:::•:.:'ch' para «}. litigante Particular vencido «'n o3. 1:n4:o incidente recurso, pero no para las Entidades Estatales,, En cuanto al tercer elemento «4:q tcc l o la responsabilidad, el no.::' Camial, lo encuentra la Salaigualmente establecido, pU€:. «. de no haber . :i «1 o por el retardo on C', cumplimiento de la obligación « cargo do la
no.::' Camial, lo encuentra la Salaigualmente establecido, pU€:. «. de no haber . :i «1 o por el retardo on C', cumplimiento de la obligación « cargo do la o]. valor :}€ lasprestacionesoc:j 3:'r reconocidas ,?(1 actor 3(::( 1I:3':cç sufrido pérdida de valor habría ,:4 }3' C:l3.tC.# 4:1c: los réditos correspondientes, Para «'3. cálculo «16:' la indemnización a 4:}w•:' se ha hecho relación se aplicará la siguiente fá y 3 Indico Final Indico 1a Valor Final 1.12 Proceso .:: ;::: Suma ¿ a c tualizar,, Indi c o Fi na 1 n C e rtifi cad o r:crr el )3:•:' sobra Precios¿.}. Consum i dor a l 5 de no viemb r e d ? 1991 f€e : efectuó el ::ci: Indi co Inicial: •1. +: DAME sobre Precios 1 Consumidor al ? do o ctubrede 1991 , 1 <e:ç q ue ¶ originó la mora en el 'P'j 304.56 299 .741 J(3:. :<:br<:: la suma ant es sela la da se re c on o ceráw; i nterés técn ico ç.ç.: <.: civil <:e:i. c3(.:t1 entre «.I. '? de octubre I' 199 1
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199 1
1 ? de novi e mbr e de 1991 , :::r c:a l a suma de )::•. val or final t 781.669 se : '-: ?'?9 suma que ya ful can celada .t :it oper a ción qu •:' c} ¿ como r es u ltado la suma de eL A su vez €1 interesado deberá efectuar :: : de estas sumas 1-, y 1. 3.597 entre l a fecha de Rsta sentenc ia / la de su ejecu tori a , pues no p u ed9 :: : frib una l sabor la fecha cI<. ejecutoria d<e: €r.e-t n i }:k.<:•:i€ contar c:<:cr los respectivos Indi ce r~. c}€.? Precios a l a ftaconformidad con l a s formuladas • rL momen to de p res entarse la deman d a trataría de un nc:tc:e.e.<::c c€' <:<-:s instancias , ord enará el grado de consu lta , <1 razón a que QL II L•:• Consejo de Estado , Secció n Tercera, ha venido sos teniendo que el lo p roce d e ten ie ndo en cuenta 1 cuan tía ic: la <:re'n ( providencias, entro otr a s , dc•: &i? noviembre de 1 9 94 y 20 de a bril de 1995 ) .13 Proceso anterior nobsta para que se interponga €:1 recurso :€: apelación c:i.ç ::c:r los interesadow :3 t.:: c<.' :c expuesto, EL íF::}:}.qj4AL ADMINISTRATIVO DE , :c.ic:ii TERCERA, administrando justicia
apelación c:i.ç ::c:r los interesadow :3 t.:: c<.' :c expuesto, EL íF::}:}.qj4AL ADMINISTRATIVO DE , :c.ic:ii TERCERA, administrando justicia en nombre de la Rep1blica r:c:cr autoridad <:€•' la Ley, A E. i. i.' PRIMERO-. Declárase j FONDO ROTATORIO J':: LA FUERZA AEREA i }.1Ç administrativamente responsable :c: y i.<::.. perjuicios materiales 1 seNor ORTIZ como consecuencia de la moraincurrió ,<:3t.1 en c1 ::cjc de las prestaciones sociales reconocidas i FONDO ROTATORIOLH:•:. LAr reconocer a pagar al MARIA ORTIZ, i de indemnización por perjuicios materiales, rt.i. d 1 .. 1 actualizará hasta la fcr c}€ ejecutoria dç•: esta sentencia conforme a lo indicado en la parte motiva cI' TERCERO-. Las sumas liquidadas devengarán : comerciales corrientes dentro ct.: los seis ) meses siguientes ejecutoria de esta sou t+::'r c: 1 : comerciales m4:: 3' ¿::4 y j c:". desde o 1 vencimiento de : término y hasta su cancelación., ci. ":`,ara el cumplimiento de este tallo d y aplicación los artículos176 y 177 <:•::. C.C.A. Niéganse las demás pretensiones 1:(.? la demanda,.-e : •' t::..(::(.::;( ': > : '(
aplicación los artículos176 y 177 <:•::. C.C.A. Niéganse las demás pretensiones 1:(.? la demanda,.-e : •' t::..(::(.::;( ': > : '( , ç.<:.: :i :4ç (:I< S f{:(:. •ç ÇC: 1.