TA CUN - 91-D-7663-(14-03-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 91-D-7663-(14-03-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ACCION (DNTRACIUAL - Caducidad TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAM SECCION TERCERA Santafé de Bogotá, Ç::,,, marzo catorce (:1. '.i ) de mil 1. novecientos noventa c. 119960 Magistrada Ponenten DRA. FABIOLA OROZCO DE NIO
Referencia: Expediente No. 91—D-7663
Demandante: CARMEN ORTEBON GUT 1 tRREZ :i: ..... actuando i::c:ir medio ck•: apoderado judicial, c:ti demanda ante esta Corporación para kuc' previo el trámite legal (::(::y; «•?! rci : P€•: declaro la existencia del contrato de arrendamiento celebrado <::c:n 01 municipio de Fusagarugá, incumplimiento :xt:r parte « la entidad demandada. En consecuencias solicita hagan las siguientes declaraciones y ::c:k'r "lo. Qu O se declare t ct: 1. u c 3. mon 1. o existe un contrato administrativo de arrendamiento entre ro «e' 3. Municipio <j p Fusagasugá c:un ej 1 n t(ie r c:t.e :v la Sra. CARMEN oi;:riLi GUTIÉRREZ, mayor « identificada con :i.a c:: u:: ., 20064.20,.`, <tice' Bogotá, suscrito el dia 2 «lo julio «le 1985, el cual «e encuentra vigente. declaro :.ce' «e'.} Municipio de Fusagasugá ha incumplido el mencionado contrato c:c:4re' oc: <::o hechos :' afirmaciones
1985, el cual «e encuentra vigente. declaro :.ce' «e'.} Municipio de Fusagasugá ha incumplido el mencionado contrato c:c:4re' oc: <::o hechos :' afirmaciones }c:duc:tiC}oo por la administración municipal que se relacionan en loa hechos t}ct ct'olo demanda. «e' 0+t:' declaro c u e tt<:t3e'ct' Consecuencia del incumplimiento cio:L Municipio de nrov ceo.. en el contrato <tio(E::::., No. 7663) morales :vmateriales¿ la arrendataria Sra.. GUTIÉRREZ,CARMEN ORTEGON c:e. dallos morales y materiales estiman en la suma de VEINTE MILLONES X)i PESOS tc::i: ($20'000.000,00)p y el lucro cesante diario a partir del 4 de septiembre de 1989, se calcula en la suma de VEINTE MII PESOS :rE: ) diarios (esta . l¿:( !echa de cierro definitivo del establecimiento ::c44rI4c:i1 ) Que ordeno }. Municipio de Fusagasugá-Cundinamarca, simultaneamente la admisión (}4: la demanda. restablecer •1 derecho de usufructo asignado, para que sigan creciendo inusitadamente perjuicios a mi mandan te condene•:; costas :v costos (:}4.f: se causon con este ::I(:i(::(?3::.C3 al Municipio de :11 por los cuales se demanda 501 -5 en sintesis los siguienteaz
perjuicios a mi mandan te condene•:; costas :v costos (:}4.f: se causon con este ::I(:i(::(?3::.C3 al Municipio de :11 por los cuales se demanda 501 -5 en sintesis los siguienteaz a. El 2 :o julio dc:' 1985 u celebró contrato de arrendamiento :'n t r u1. municipio do Fusagasugá Carmen c:3tcr (::(::Iro :l local comercial par¿..-¡ funcionamiento c:h' cafetería. 13.. La cafetería funcionando desde hace :12 ¿:n4. cC3ç anterioridad al contrato antesrelacionado.
C. De (::k.k(:'3'c}(:3 a la cláusula octavo :}:1 contrato se ha prestado buen servicio al p'11 :. (::c
d. La Alcaldesa Municipal pidió la entrega :}1?1 local sin acudir ¿a Inc medios legalesExp.. i'IC;4,, ) e. M ed iante ofic io }ic:t 'ss :ic}. 1cs :ix• junics c}•: 1988la alc a ldía r•3q.k : r :i<: a 1.a demandante para .1 entrega c}c' l as inst a l a ciones, declarando terminad<:.¡ unilateralmento f.L contrato, sin observar 1c: 1:::ti es deci r :<.:cr acto ¿(:}ri: r : .. si''s f. Posterior mente se ex igió l i cenc i a funcionamie n to jç 1.a demandante, ci q nunca hab ían ps<1 i. cIcs solouncarne t } cc sanidad que ii. n.si. c:n :
funcionamie n to jç 1.a demandante, ci q nunca hab ían ps<1 i. cIcs solouncarne t } cc sanidad que ii. n.si. c:n : g. El ci+? septi embre de 1988 :sssr css <s:si c: }:s' 1667 se noti fi có a la demandan te <:&.&c cumplía :<5cF servicios i"}csc s.c:' ot or g ó li cenc i a poy ciU U te nía r3r'i.c:sic:4 sanitario, ya que .L<. <.(;':i(::(:'. <::'<r c}4: uso excl u siv o de los em p leados <:i<s: •irc MUNICIPAL.. si Med ian te Re s o lución del 1 de agost o <:1 1989 expedido por l a Inspecc ión Primera (510 Policía ordenó < el ce rr amien to ci of si n :i . si vcs .51 t4st.r1orr4o(st.r? la ¿sir4:i.n:i..4c::iÓrs isL:rt ordenado cerr ar,órdenes im partidas :}E:c<rsc. di frçc•:s c}c•:' julio de 1988, ci? 3 y 7 <sts r:4cr c:<d}. (.ssic?rr(rs. k. De lo s hechos anteriores evi den te el in cumpli m i ento del mun i cipio s::sn la c láusula segunda ci o :i. contra to d on de se permite el func iona miento d e i c a fe tería çssr medios legales. 1 11 cierre del esta b le c imi ent o 1
ci o :i. contra to d on de se permite el func iona miento d e i c a fe tería çssr medios legales. 1 11 cierre del esta b le c imi ent o 1 ¿<<s}çi.r<sic.is.ri;<<sssi<±rs (ru(:i.cssi.:i i45 causado graves perjui ciosx pi :c'::4ct(:.!.4t: J. r a c: : kj (.i J u : .i e :. c:::. 3C: X., i d(t ::k.k á, t4:I:i r.$ 4.5 cen-,c}€c: 1 tc:r ti a cR f }. 1. d t u r .d t t: : :i Ón i :r i ó d f ti t. J. 4t rry J 1 ''..' 4:: $::cl r 1 u fl ¿ 4(•'r-S es y aii 1,11 un i c: qu :i €fl c:.pt& .: : qunoa. hc hc:; y tsp ¿ç • 1 ¿.ç • Ç: (U(' :: cin r ¿ c: a t':r8 ¿:-i 43 .a. ¶a.
1i&t3. « 2!tI <::cj::: ti (:(I3(?. 1 .. CADUCIDAD DE LAS ACCIÓN per ::unc: +t1 31:ut}u1<:i 1 ' (t p t ti c't kt r c' ç} r J. ¿ ¿1 c'm.n {t} 3 1 ci. c )tt « 1 99 1
31:ut}u1<:i 1 ' (t p t ti c't kt r c' ç} r J. ¿ ¿1 c'm.n {t} 3 1 ci. c )tt « 1 99 1 2 FALTA DE JURISDICCIÓN,p1tr4t.c!.c' 1r. t (ic' un contrato do dorot:ho pr tiva<t}o on cl ¿wa.0 1 a do t:ac}U 4ttti(tla(tI 3 CONTRATO NO CUMPLIDO,, La a ron tI a r:i a l.orti na ct ti :n 4:101 c(ttf . rtc .. A4tI4t4(% r 4tt c:umui ti 6 <tt€t'n 1 di c.puot. tct' 033 1 ¿ (tt .1. u!aU 3. 3 ter ctter ¿ 33(3. 4? 4(ttI(flCt' 1. :i<:: Y4 1 n<::m. 1 1 ?C. Vti (ta3 3<t•,• On (3 iç•i a 333F ti t3 r ti ¿3 >' (tI4t' RENUNCIA A TODA CLASE DE INDEMNIZACIÓN. en 1 ¿3 <tt :1.UíU 1 .3 cua r• onun (tt ti ¿ itt 3....14:1 ¿3 (tI a ' t i • i u (tI 0Ufl ::z ¿3 (tt t 633 ¿3 J. q un a
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r• onun (tt ti ¿ itt 3....14:1 ¿3 (tI a ' t i • i u (tI 0Ufl ::z ¿3 (tt t 633 ¿3 J. q un a 5.. TERM 1 NAC ION DEL CONTRATO.. fl (ttti(flti(3'33 te (:10:1. tt'3'iti n cs (tiOti. (t43fl t3a lo •• -•tç•r• octido tt U ¿3 1 (3 u ti o r 4:: 4t:m tt r ttr ti ;o en . r «4 1 a i::INEPTITUD DE LA DEMANDA POR FALTA DE SUS PRESUPUESTOS PROCESALES» rc:c:tro c: i c}: •nd }çi1iI :i. pc:ir J.c el r-., 1 J. ti tci INSUFICIENCIA DE PODER, l... c: 1. rt c•x ::rrt.1 c:c:: ('s V L. fu!3cn <ic c t d ::.kii J. d «r q c:• nc J. r c: i }:: i J.i i c:'r 1.c: <1 €: i c: c:r, 1 . y ci & «: c} - :i: :i: i•t:::.ri cic'.}. ¿:çtii::; llurs c:i píc:
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c?i.c•:'r!(::'tç'. <::•:' i cc cc:n t::4 c}:' k y cc::n(::i.L(yc? :i?r : c:(:r ç:c: : ce .i•Ç:4 V. }ee e crf ci e: ¿: .... (:1 ç: cn :. c'. u;: :i. u::c1 ci ccc ci 1 c pi r tc ci merd n tc? pr tó 1 i . :ece. P CiE . ci cCc :cc:cc:c:c.c:c r»c:i Lc:iCc l::i lec.LSSxp }4c:, 7663) resolver, C O N S 1 D E R A C 1 0 N E 5 (•? pretendo (cl :. q ty! esta demanda obtener la declaratoria de existencia de un contrato de arrendamiento ).' }t(? además, so reconozca (I..k(! 1 arrendadora incumplió .:'SL mencionado contrato ., en consecuencia :C? condene al pago de los correspondiente¿....,
1. Para demostrar los hechos de demanda se aportaron las siguientes SL SL (:ls.: arrendamiento suncritc, entre •:'L municipio ' y Carmen Ortegón sobre un S}.::L ubicado en c.:SL Lc:'r:}r piso dz'SI Palacio Municipal :l:i? 1. venido funcionando una cafetería.;:1 local. deboría ser utilizado Mnica.y exclusivamente para SL prestación i..'SL servicio de cafetería"- En la clázula dice c:c' k? para e:''.
:l:i? 1. venido funcionando una cafetería.;:1 local. deboría ser utilizado Mnica.y exclusivamente para SL prestación i..'SL servicio de cafetería"- En la clázula dice c:c' k? para e:''. funcionamiento :} y: SI. establecimiento comercial requisito indispensable o r las normas legalesvigentes 1.ocL«.c. \i.cOfL.c•; en materia sanitaria y do policía". 3o acordó un ro cIc.: duración c}4? rL 2 mc:.es contados a partir :io.L S1.c:.. do ju....i.<:: (.ic 1985. Que cr1 (3k.ri:i.c::i.l:::ic podía dar por terminado el contrato or loma unilateral por motivos (e forzosa conveniencia ¿ .........5 :.iÇsSi.c3) L.c: <si o Si. contrato, previo aviso c:Ors 3.n término no menor de 30 días.Además, podrá £8) c:1.k.}.cli.c:'r tiempo terminar el7
1. Oficio 1'c: ft1 :i.c: junio c: c}c•: 1900, cl::.q.i.cic:t por la Alcaldesac:i::1 demandantes como requerimiento para la entrega c+. 1 instalaciones donde funciona.1. por motivos de fc: r cy conveniencia :v necesidades del servicio (111.3.Oficio 1}c; 'i de 1988 por medio do 1 cual el servicio c:.:: d Salud d o FuBagasugáj<
de fc: r cy conveniencia :v necesidades del servicio (111.3.Oficio 1}c; 'i de 1988 por medio do 1 cual el servicio c:.:: d Salud d o FuBagasugáj< comunica :i.a demandante q k.t O después de inspeccionar 1 ¿ cafeteria ubicada (€fl el Pl ¿j c: c: Municipal c:crprcbmc:;i. la necesidad de efectuar «:'n ella algunas obras reformas sanitarias, ::DqI: también la higiene y control de alimentos" : (11. :: c: 1 1.4. Oficio i'}<:;. 110 ci1 23 cic:' agosto de c?I. Servicio de Salud, para responder a la demandante que 1::t pueden expedir la licencia san: r: 1 cafeteria hasta tanto la alcaldía no (::O1..i1.<:ic existencia ci.: servicios tiric:c. para «t público 1 ' C.10 :1. Oficio hT. 16á7 del 6 dc:' septiembre c}:•! 1928 por medio del 1 tç 1 la alcaldesa de Fusagasugá iniorma a la demandante que los servicios sanitarios (:ic la Casa cic? Gobierno Municipal son de &3 de las personas que allílaboran ii C.1). :1. Carta del 28 <tic:' abril do 1909 vI ¿c por el Hompital San }fo1 .t:1€' cic:' Corrodinacióri TIcnica de &ti ¿ a la demandante, donde dice cjuc' rçc: ¿::rc:cic:' licencia :1 demandante porque rc: cumple requisitos (. 1 1 2' c.1Y.
TIcnica de &ti ¿ a la demandante, donde dice cjuc' rçc: ¿::rc:cic:' licencia :1 demandante porque rc: cumple requisitos (. 1 1 2' c.1Y. Resolución No. 012 de agosto 12 de 1989GUTIERREZ la suspensión cic:' la actividad que c::rc:t' ct:rs c?L local ubicado en .:SI Palacio Municipal. Sanciona c:<cI multa de $500, F:ccr no haber cumplido c}cc la licencia funcionamiento (f.. 4:1. <:: :1. ) I.S.Providencia 1. 26 de agosto ci' 1989 por la cual se niega ., « : recurso } c reposición de reposición interpuesto contra la resolución No. (f]. 43 c: :1. Copia c1c.I auto c}c febrero cic' 1991 por medio del cual el Tribunal 3upol' ti or do Cundinamarcci decidió revocar la providencia del Juez Civil del Circuito c:ií:' Fusagaaugá y en su defecto declaró ç:<:l::ccici la excepción cic f1.ta c:icc jurisdicción (fl c.11. 1.10. Informe bcijc:c juramento rendido por ol Alcalde Municipal de Fusagasugá, quien y eit:c:.0cc< q u ci' desde ccl. allo 1995 se había c:o1oby <t)O U3"S contrato de arrendamiento entro el municipio :v :1. • 'ç' r cc CARMEN tI5TECC:clI ctc .......:ERRE Z «ti. que se encuentra terminado desde 1983 Actualmente ;c::c existe ningún contrato (11arrendamiento entro el municipio :v :1. • 'ç' r cc CARMEN tI5TECC:clI ctc .......:ERRE Z «ti. que se encuentra terminado desde 1983 Actualmente ;c::c existe ningún contrato (11c.20 4:1... 1.11. Oficio cii:.:' la ici'ci(tt.ci'V si ci dcci Municipio . .uc .i dirigido .t este Tribunal donde informa ctc.cc-t:' 3fc:c le consta contrato alguno entro las partos del proceso que la demandante un ti 1 ci t cc r ci:). (;cct'n te ha consignado ctcn el Banco 1:::<.•,. .r 1. Hipotecario de esta ciudad la suma «lo $0.000 (nciuciiOci según dice ci 1. :1. tu lo de arrendamiento, enviando los comprobantes do t:cciqcttc por c:trc'i•tc<tt. certificado, «:i. i.U<t1ittÇ.cti€tc 3i(ttc lc( rcictti.itt.:ic1c:' los (:l:38itcrc::.ci." l33Áit.., n it? ci? encontró anotación de q u it:' 0.-i}4cs,. 7663) 1.12. Cof 1.¿: tcs • <si e : y Comandante de la Policía <:::. 4c''enc Distrito quien :i3fcs sobre w (ssi.s?vrcs' <:s1.t <si1 establecimiento Cafetería<:}<sl Palacio, ci :. ¿ <Ics' abril 1. <:}cr' 19891 administrada por
<:s1.t <si1 establecimiento Cafetería<:}<sl Palacio, ci :. ¿ <Ics' abril 1. <:}cr' 19891 administrada por c:;:1E•:cc}1 : t:z iI 40 c.20 1.13. Deci r<:ssi <i.ss' renta is. los 1<ssc; 1988 a 1991 :i.: la seRora ORTESON BUTIERREZ CARMEN.,
4. EXCEPCIONES Procede la Salacomo primera medida estudiar los medios exceptivos propuestos por 1. entidad territorial.
En cuanto he ¿< la falta de jurisdicción observa la Sala que esta fue denegada a.1 momento de resolver i. e petición de nulidad q u e obra en el cuaderno i'kss_ 3. Caducidad Dice la cie<rsn<sle<sle <:+s el <rs si cs're del establecimiento de produjo <sisle el 4 <rIo .ept i. o<dss4ro de 1909, ls:4cs4r lo tanto <:.Si ¿. <sie diciembre <:1<::' 1991, f+ssshe de presentación de la demanda,la acción contractual habla <:se<suc:sic: Sala ¿ssssç•s•s la <ss ¿ssc.s'rs4<s:sic3 propuesta, toda vez que <s}c? <ss<s:n1<ssy<,si<4ed <s:<sflu «l artículo :i.:ss <sIcSI. C.C.A. la 4<55C555(fl relativa a contratos <55<5iUÇ545r 4fl en <si<ss; e(s:4r
la 4<55C555(fl relativa a contratos <55<5iUÇ545r 4fl en <si<ss; e(s:4r de ocurridos los motivos de hecho o de derecho q e sirven cics' iun<sI 4s<on 1 ¿s: En el libelo <:i<s.in ci e i.c:r si cs4 re pretendo <sue10 (Exp. }ic:., incumplió c::i c:irçc}c:i contratom :' que se condono al ::&<c de los perjuicios,, Aunque ci confusa, :. pues relaciona varios <: <::3. cc(rzc4 causas del in 1 :. in: « 1: i demandante imputa como hecho V . C 8 i: 1. el que }. administración municipal la pidió la entregaci:?1 local. sin acudir ¿: los medios :i. contractualesU :u: material probatorio que obra «:'n «.:'l proceso se acredita que este hecho ocurrió en c1 lo ci junio de 1988, un mesn1 s de la terminación del plazo :c:cfi Entonces, partiendo do esta oc: h (:pA? al d :1 ' de la presentación de la demanda, '4 de diciembre oIrcc dl:: 1991, han pasado másc}c los autorizados por la ley como el máximo de tiempo ci n 1 rc: dl?1 ::}. podía incearse la ¿:::::i:r contractual.
Ante la prosperidad ic: una ic: !asexcepciones, «•:xc:c::c::1 ., 1 •: abstiene dR? analizar loa demásAnte la prosperidad ic: una ic: !asexcepciones, «•:xc:c::c::1 ., 1 •: abstiene dR? analizar loa demásPeroy en el evento que no hubiese operad(:.,, <....l fenómeno clix' la caducidad, las pretensiones tampoco tendrían viabilidadi. :1.idtc En Idf efecto, c1 contrato de arrendamiento fue pactado incialmente por un período de 12 ir•?i.O3. posteriormente sy c:' i r :'c tácitamente :}c:d ¿ os más.
Antes cic: .1 '':i:i.istc: cic .i? última en cumplimiento de las CIAUBulas contractuales, :t11 (Exp k:: t'M3) r el es,« .:' :i}. !:•: :L ::: :' río :k: c:c:cri L
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1. J. C: Í:.( ¿k 55:k : '1tk€ L 3tkj.Ç:?3 .t& ci}I 1:c;:irc:i. ::iç r v+:s t C1 ¿:ç &k(ri. ir:i €Çi t. c: d< () d :i c:<::rcJ «n '1 .q 3fC: d c:L :. cué..1 r el1 J. i: }.c:".. (:)kC?!tC }.4t- : (11 e..! I::4!..(•:: : } ic:E'v 3 c:k. tc; 1 t :& d d t : .c:'r .i. : 'ic
: (11 e..! I::4!..(•:: : } ic:E'v 3 c:k. tc; 1 t :& d d t : .c:'r .i. : 'ic c: i J. d 1. : «: 1.7! 1 TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION TERCERA,
ci «5:ny.: k 1 :€pb1 : : C}? :: 1. i D " tc:r i d 1 «a 1
FALLA:
fRIMERO. - Declárase J.¿-1 €X ::•-::::: Ór dc :t a SEGUNDO.- Denigane 1 : 1 a TERCERO.— Sin costas np T rczp MRT1Tfl11!F Y nitMPL AEHECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ v}t: :1. 'l éa q :. ••.
MVRIAM GUERRERO DE ESCOBAR BENJAMIN HERRERA BARBOSA
FABIOLA OROZCO DE NI10
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