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TA CUN - 9118-(29-10-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 9118-(29-10-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993

PRVALECIA DEL DERF.CO SUSTANCIAL /

CUANTIA - Daterninaci6n / LIÇCJIDACION OFICIAL - Foraas

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECC ION CUARTA

INt Santafé de Bogotá D.C... Octubre veintinueve (29) de mil novecientos noventa y tres (1993). kEPL'BIICA DE COLOMIJI Ref: Proceso No.— 9.118..— Impuestos NÑiles, ea Demandante: SOCIEDAD BINOMIO DE ORO LlMI1?DA OIOfl Magistrado ponente: Dr. JULIO E. CORREAR. cL Cu1•3:rca La sociedad BINOMIO DE ORO LIMITADA, por conduc:to de apoderado judicial ha presentado ante esta Corporación demanda en ej erci cío de la acción de nulidad y restabi ecimiento del derecho contra los actos administrativos mediante los cuales la Unidad ,Administrativa Especial cJe Impuestos Nacional es de Bopot determinaron al impuesto de renta y complementarios a carqo do la actora por el ao nravabie da 1988. Los actos acusados son: 1.-- L.quidación de Corrección Aritmética numero 001/2 del 22 de abril de 1991 proferida por la Unidad Especial de Impuestos Nacionales, personas juridicas de I3ociot. Resolución número 155 de 21 de mayo de 1992— proferida p,-- -)Fla or la División de Recursos de la Unidad Especial de Impuestos Nacionales Personas. JLtridjcas de Boqotá. El actor concreta sus pratons.i.ouee solicitando la nulidad de los

la or la División de Recursos de la Unidad Especial de Impuestos Nacionales Personas. JLtridjcas de Boqotá. El actor concreta sus pratons.i.ouee solicitando la nulidad de los actos acusados y como restablecimiento del derecho SOl .ic:ita que se declare que la sociedad no está obi toada a Pagar suma aiciuna por concepto de impuesto sobre ]. a ron t.a ni san r ..ón por corrección por el ao qravabio de 1988. H e c h o 5 1. Los narra el actor a folio 3 de la demanda y expresa Mi represen Lada en rump 1 im.ien tc: del arti co :1 c: Bo el 1. Decreto 38 d .1.988 y el art i. col o 4o del Dec::reto 290 de 1989, presentÓ s.- doc 1 arac:.án arual do iniac:s yNo. 9.1. el C1 / de jul io do l939 ej o 1 p t:rio (1 nÚrnr( 0 radicación 1 Banco SU lOIti dj0 Privada no se dotejml( 9012020042635 en

Por no est Obl Ó impuesto 22 del Est °°flfcrmidJ arj:EUi a jlo do o3 Tributario, coi,: o nP el. Personas Jurídi cas La (drnj0 do s O

corre cci ó n legales, c lara

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liquidación d ar.j Lrn cJi 22 de obrj de .1991 Co Numero, radica tÓr: Mi. mandan te haciendo us do los 1 oç 1 os presento el d c: ursos lón co n Reorj er .. Administr ac i ón . 21 J0 ju n i o que de 1991 en j .:c le o'p icó a [o. el D TNDM ID DE L TD es Ltfl0 Empresano con Ir i bu\ en de l 'flPuE'sto sobro ron t d conformidad con el ctl o 22 dei Eotoltta Tributario pçju tratarse do uno t.idOd Industrial Comercial del Estado Ordeni)eparj:amoi..t to .1 y Dlstrj tal do ANTIOQUIA Con 1 os socios que J acuerdo ...... un BENEFICENCIA DE formulario Y LrJTF DE razón por la :i el de i dCci ', (ir OSp0f(jjCflt.. r ci se mar-', Entidades

ardecir, que 1 casilla Cor responrie a e uit 1dadeC n cn tr-j huy -r1 t:e cuadrr Et&: Así ml smr) se r pl anteó que no hubo error ar 1 tmt co flOr- .lo art ic

e uit 1dadeC n cn tr-j huy -r1 t:e cuadrr Et&: Así ml smr) se r pl anteó que no hubo error ar 1 tmt co flOr- .lo art ic cir cunstancia s ir c:ut i:ariC;[r determinadasop el j1697 dl Esttt0 no haya Tributaijc1 El hecho d o uo haya 1 •1C1UdOrjç) ej. .impno;+.ç. a cargotJph o que l Empresa encuentra dentro d aquellas entidades LU oto; ImrJiesto sobro la re nta d acuerdocap no al ortjrj0 22 del Es tatuto Tributario, por ti Tiot.jS/0 era acreedora que SO

rnenct o que le determinara lifiPUesto del O l ap1jc0 10 la s anción por Correc c ió n La Administración . rrth(rLor.l,1 División descopO(jpfld( normas de :arç-t• r sustantivo, confirmó o actuado tando por i a Di. vio1 de Liquidación, el hecha de que c, o SOCiO5 Con l B enef icencia si bien tambien de oqui, lo otr es Cierto 0 d que es Ut1 S0c:lcdad f.. td. que en parte 5lqLfl se moric1pn otra E flatitral CO que lo Es critura tur Pública No. 6001 d Notaria .1 de floq t

que en parte 5lqLfl se moric1pn otra E flatitral CO que lo Es critura tur Pública No. 6001 d Notaria .1 de floq t Es t.tÍ-i escr itura d rofrríno de fecha 3 0do 1 P9 Postor3çjrmon te o J. PrOs0p 1:OcI(p a la declaració n, i 978 (rq d do julio o] .io de 1989,, upor1 açjpm' Jue 1 o Escrit ura 19:8 d dei l Notar a

.1 d Bç1o•1 ninguna parto menciona ) CO n tur COmc Empresa Industrial , Comercial del Estado, Qor lCir cunstanci^ o Cu01 1 debió prc. dichael E.xp(djçr1j0 No. 9. P,.ffiPps&cipnes Violadas El actor como violadas con su 'v0 concepto las Siguientes norma OsDOct

Articulo 22 d1 Estatuto Artículos 97 7O. 704 y 705 del Estatuto Tributario Artículo 29 do la Constitución nacional de 1991 Artículo 4o de]. DocreFc, 10 de 197 Articulo 6o dOiDcr0t0 10 de iQ 69 Articulo 259 del Decreto 1222 de 1986 jMinisterio Público E1 Ministerio Pública no se pronunció,, Consideraciones de la Sala Surtido el traslado a las partes y vEd do el términopara l a Lr entra a Sala a decidir sobro los puntos de controversia

jMinisterio Público E1 Ministerio Pública no se pronunció,, Consideraciones de la Sala Surtido el traslado a las partes y vEd do el términopara l a Lr entra a Sala a decidir sobro los puntos de controversia que so concreta a la nu 1 idacl de la liquidación do corrección 1 tmt ca así como la 5505i0n do corrección impuesta,, La La Administración do Impuestos Nacionales Personas jurídicas de o,:jL Unidad dad Lspc ial ñri tmti practicó liquidación do Corr-p cciun ca, y en el Memorado ep L i cativo "La Presente liquidación de corre,- ..Lón ari trriófj ca s practica de conformidad con lo establecido artículos 50 ¿91 ¿9,' fl • ¿98 ¿99 y 914 de] Estatuto Tributario con base en la orden Administrativa No. ':oos del 2.3 de abril de 1990, que imparto instrucciones para la e.jec:ucin del programa de LOpprCc ION RIF METic a.las de: ].aracjor.pc tributarias de ron La ventas,, ro Lefuen tetimhr Esto despacho procede a corroq1 r la declaración de rentaEsondieute N::. C 4 id entificada OC' jr) .j No, dr de 1. 635 d fecha i julio julio Presentada En e] banca Col patria, sucursal Torre Col patr i do oqot. cor respondiente al POriado gravable do 198$ En consocuenci, occorr i gen 1 cs al u irr.:g-i ter;: renglones:

sucursal Torre Col patr i do oqot. cor respondiente al POriado gravable do 198$ En consocuenci, occorr i gen 1 cs al u irr.:g-i ter;: renglones: Renglón Código Coi - co p i:o V y si. vado Y . ccj n FE: R.rt:o liquida 93 8.031.00) Gravabl e, .1 la 499 ririi:..a 000./ab] LE i.Ot..tc Lü do: renta 2$] 490 El] Total impuesta o cor - . ::ij. . 4C9 5 VE f1 c. inf:1 J oj Pci $4. pagarHA 0l:ai SOtEdo o Pagar36 5. 832, OOCY Se 1 slqLi:: en tro:; S0flCjç;jr Por cc:y ¡CCC ián ari. tmétl ca 21 30 de $281.409,00 0 valor mayor establecido G Pagar JCtOr(njnOd .i de coriformjd. Ofl lo Cfl El Ortjçtjo riel estatuto es ta El»- L c e- .l.riccrifc)-.ujid.d orn 1 aa ctu ac ión dc lo procedimiento Esor -Esar

Agencia LO] Por cuanto al ooa quo l o. 9dm - n -Ly; t o: os óo tndehCi0 va que lo h deE:jcj0 pro c:t oat - r 'qu -ir i:ii en tci 1 y ]• ui doc] ói da r ev i s i ón

tndehCi0 va que lo h deE:jcj0 pro c:t oat - r 'qu -ir i:ii en tci 1 y ]• ui doc] ói da r ev i s i ón otra parte, la TeoríaE mcderni v Derecho público ci ir otro ti po decirlo orn de sociedad denominados por. el sociedades entre Entidades r:o i cao que e i Decreto 130 ou C 0 1ci-- ) :a,. creación de rSil :rroritr-o n o] DUO uso 1.,'n, ouvc arE ..lo J.c: 4o, so crean por 1. a par -f1 ci paciór-ie x clusiva de Entidades Públicas con desarrollar d o], f i.ri r' tivip p industrial L C.inrarcj J las se industrial,,:: ç:ro;»a prr--'j-::-5 p» --o L: empresas Comerciales ij estado".El So. ib i de'm ~presa que can ar t.ic:uJo los es€ot(f(. de o, Sociedades a OLiO •c r -oj lOrer; los ar tículos an ter 1 oreotaEMPediente No. deberán Precisarse su Pertenencia las orrierar . nacional, decar Lamenta 1 , naturaleza y o Municipal segúnla ámbito de 1 os se rvj. sic:: > astj,jr. S2 i e enccjrn1ndaile pr000rc i ón de las y part paciOfle a in terlc:1ár 1 de su crece s

ámbito de 1 os se rvj. sic:: > astj,jr. S2 i e enccjrn1ndaile pr000rc i ón de las y part paciOfle a in terlc:1ár 1 de su crece s En cumplimien to de les Nor mas de ntinqLj Citadas a }eneV ren ia Público, y la Lotería ra d £oqot establecimiento c, :i Fr 1(ner del Orden Depertç 0 te] y Ernpre Industrie, y COMOrcial del Orden Di.etri;j corlE. t.L Luy ErOn la sociedad 1 NONIO la segunda,

DE ORO LTD se

.-EitL L. J Em Comoa l Establecerse, 01 .1. e sociedad demandante no cc cuj oto del Impuesto sobre J a renta, dada condición de Empresa Industrial y comercial .1 estado del Orden Dapar'taçn te 1 'y Di st 1 te 1del quedó dCfirdo le Administración Tributaria v.ioió el articula 97 del esLetrc1 Tributario por cuanto la causal consagrada cari ra! Numer al 2o,s que parece fue '1 que aplicó la Ci'i±SLna de Im p ue sto caso no se Presenta en ci cuesLonacJo dada la naturaleza do 1 rnoUc en te 1. a sociedad requiere Face tener can cuen ta esta causal SP oua ura api :Lc(ue le (subrayo) tef res oect i io ant que de s 1 liquidación r',j 1 suri a ci error, por anotar un valor diferente al que drah,i,ó

(subrayo) tef res oect i io ant que de s 1 liquidación r',j 1 suri a ci error, por anotar un valor diferente al que drah,i,ó resultar. El error mencionado debe en te flOE que l nder - sn las trfl ema,smç- articulo en su numer a l Cornc.i ci resultado d aplicar c:ua.tq epcc ras .Óri aritmética en forma vccady, implique un menor i.mpu :' nao s t a peqer por con c acato ele anticipos o retenciones rever saldo e su a Pagar" del clecj ar n te ca un favorpara compc»,cr o devolver.

Situación que no ea: , la Ja mi mandante sor que Si rl 1. e anotó en SU declaración de ingresos y retenciones cc el numeral «O renta liquida gravabl e () (Cerç,i) y en el 4, impuesta sobre le renta gravable O (Cero) , es Por que consideró que no estaba obligada por 1. re terse de una. e tributa r florase 1 aduar l:r 1 el del Estado cia] Orden Departamen tal y D.istrj ta 1 c;uc d ' l nec virtud de contribuyente '" del EstatutoEstatuto'Tributario no en.

Impues1»-..ç.:brn. le renta, En telcr', clrcunstenrja; debió dare]jç le cdmn•j- ....erj -r Tributar¡,,..., eir:.1 el DrC::çrdjmjento indicado en e l

En telcr', clrcunstenrja; debió dare]jç le cdmn•j- ....erj -r Tributar¡,,..., eir:.1 el DrC::çrdjmjento indicado en e l articulo 70 :" sr; del estatuto Tributario, pare fuer al impuesto por el sj ..nana de la liquidación dExpediente No 8.- c:) 1 ion por ro presentarse el decir

Sist ema empi ea: Jc el del err-or aritmético, Al no hacerlo, se Violaran los artículos 703 por no enviarse requerimiento CSpecj.j como requis i el

tu pI'ea lO a la l iquidación. FI. articula 704 uor - cus no se sea nt.i 1 .erorl imp (C tos en ti cipos ,, reten c :i.on ':sanciones; y artículo 705 como c:onsL(eI1cia de

el 1 a, art ter-io Al Practicarse la liquidación de corrección ar.i trrOtire ., sin base l.epai para utilizar este sistema, sepOn quedó demostrado, Je mi. so vi.oló el Derecha 'Jo defensa se tada consagrada en e] artículo '/ de 1 a Constitució n Polí tica. entonces vigente Le y el 9 de la CI N de 1991 va que si se hubiese procedimiento pera practicar

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la el revisión hLthhubiesetenido le i utilizado de oport(tnjd: de e xpli car ¿ten 1 LamCrite las unidad do crite r io ,

entre la Administración de Impuestos existentes DEL ORO LTD la SociedadSociedad 131Ní)MIL P1' La Adm inistración de Impuetatoc; .......... s Parte n actor, Proceso, contestó la demançj se opusoe la pretensionesde j. y propuso la excepción de inepta demanda. Para Resolver se Considera.. Entra la Sala primere, que todo e decidir sobre la E>e:epc1 ón de inepta demanda Planteada erar l r epresentante judicial d 1 a Nación la cual, furdr)cj(ar en una sentencia de Honorable Consejo cJ Estado empresa: "En Primer lugar propon go l, excepción consagrada en el numera l 7 del articulo 97 del Códino de Procedimiento Ci v.L .1. .lnopf5 demanda por cumplimiento dein f• falta Jo el requisj05. formales c'scri to

con tentde la demencia no J0 cumplimiento al No. O de Contenciosa l art:jcitlo 17 del Cój0 0 Administrativ o contribuventos que impone a 1 os el deber do m1n

estimar la cuantía ar: r la competencia.Expediente No. Q Esta exigencia o es Sim plemente un requisito formal

Administrativ o contribuventos que impone a 1 os el deber do m1n

estimar la cuantía ar: r la competencia.Expediente No. Q Esta exigencia o es Sim plemente un requisito formal la estimación de la cuantia Pues de ella depende Competencia ci funcional de las Jnec .ini. Lra t.iios oar fallar las "respondjert: accionesCOflt€1flr-jo Para la Sala, la excepción propuesta no esta prOsper-ar • a que la cuan tia so determina fácilmente 11 amada porel análisis a mayor impuesto discutido, Partidas que surgen nítidamente .idamen te de 1. de 1 os actos acusados, Aún más, nuestra a u tu al rOflstÍtLirirl en su articulo 228.Ono debe prevalecer u 1 derecho sustancial, por ella deben inhibitorias, evitarse las taj las por simples irregularidades forma3es En CCIflS0CLFnCLa la excupcj1 propIpta no esta llamada a En cuanto ol careo de fondo encuentra la Sala que el Estat uto :r i.bu1-» io tiene establecido Oficiales. tres 'formo: d 1 iauj dac::, cn r La ÍúUidOjáfl oficial de revisión, la cual seon lo IOY,m debe estar presejC0 oor un requerimiento especial,

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IOY,m debe estar presejC0 oor un requerimiento especial,

el procedimiento norma, común y Corrientepero modificar laLa ' 1 1Ou.dor oflp5. orjvarja excepcióni .1 iqu idas Lór, Oficial de corrección art tmóti c::a ano solo se da e Uno ja da en aquel :l.cs casas es tob 1 Ocidu:. oor e] artículo del Tributario es decir ecr OU el error en

aritmética esta conformado n,c: lSivn te Por equivocacionesel--¡ las cuatro fundamontales básicas, cuando aquellas 'f equivocaciones establezcan un menor a Pagar o un mayor saldoa favor. De lo contraria, si ia Ad ministración errpila vía de la liuuidaciónde corrección art 'Lmóti co c:uerIdç') se es tn discutiendo puntos de fondo refer-':.n Les a lo definición de si al declarante es sujeto PCS,IVCfl del tributo o flO esta Utilizando al debido orocc:;r» no La (;dm 1i ': fr ras 1 ón par' vencer en juicio 01 actory por ella las siipi ÍcO, dolo doI110r1dk prosperar. os tn llamadas a En cuanto o ].a sen ci óO por corrección en tmo'Lj ca habrá de levantarse oor cuanto he proSOOrOdç: el cargo do fondoSOCIEDAD BINOMIO DE ORO LTDA Nit. 860.0529.301 AFo 1988 flta Total impL(esto a car $ -o-- Renta $ 682.298,00(-)

Nit. 860.0529.301 AFo 1988 flta Total impL(esto a car $ -o-- Renta $ 682.298,00(-) Renta liquida •::ravaLj Menos: i ded.çjrp Total a.nr'p i .9?, 000 Liquida 938,031,00(-) Base impuesto Pagos: No Ea .c:rccJ a. •ra

Saldo : mor Pagar oaqar o asrsd:L tao 0

En mérito de 15 EÜL1C:;hn el r1bLri Curçj!ar4r. lfl1nhatrj0 de! án Cuarta, odma r;iaf.0 justicíá de la PEPILL 1. 1 LO de Colombia y por autoridad la la Ley, en nombre

F a a: Dor !.-DECLARASE LA NULIDAD DE LA OPERACION ADMINISTRATIVA :i.ntçirj., o Li .;• ica ión da Correcc[D Aritméti., Mo.

Abril de 1991 proferidapor 1 a UnidadUnidadEspecial do lrnpu )O12 do] 2? de rr .tca • E Personas Jurídicas de do Eioccat . 155 del7 y porla Reo luca ón Ñ1. Mayo de 1992 emnoda de Recursos do la Unidad Especial 1 a División Ja 1 de 1 mPu0stos Nacionales Personas 1ur dioa. do BOOL.) L , operación p(• moc!ic) da la cual se determinó ea! impuestn de . moje renta a oar.- de lo. seciedad BINOMIO DE ORO

1 de 1 mPu0stos Nacionales Personas 1ur dioa. do BOOL.) L , operación p(• moc!ic) da la cual se determinó ea! impuestn de . moje renta a oar.- de lo. seciedad BINOMIO DE ORO LIMITADA.,con Nit 860.066.878 Dar al ao gravable da 1988, En consecuencia -, de conformidad con la ] iquicEaL0 loo] uads en la parte motiva de acto fallo ii. 1 asc:a Como total a cargo la ura de CERO PESOS M/CTE ($ O Mcte) acv concepto de impuesto de renta del aNO L....avab lE do 19813 No se -nradI...)- en costas c0çc lo ornyL cal oc.... cu1 171 del 1Tdc c Contencioso dmi.nas.tiO.Ljsça por cuanto ro causadas de conformidad con cal numeral So. del articulo 392 del Código de Procedimiento Civil.E:XPÇd ¡en t No, 9, i En firmo esta nrovidenÇ hochs o ariotcinr1e :orrp-Jjc tos rchjvo? el ex pedent0 prevj d yo] uc:íón d o io i c" :¡cá.fla de or'iqon

COPIESE, NOTIFIOUESE COMUNIQUES Y CUMPLASE.

L prosort? prc)vjdeçj fu cor;jdoracj a " orobj eún fct Nc:. 47 del 21 do Octubr del en c:ur's:o. Los Magistrados.

JULIO E. CORREA R. JORGE E. MARDUEZ PUENTES

MARIA INES ORTIZ BARBOSA MANUEL BERNAL AREVALO

Los Magistrados.

JULIO E. CORREA R. JORGE E. MARDUEZ PUENTES

MARIA INES ORTIZ BARBOSA MANUEL BERNAL AREVALO

ALVARO E. VERA JAIMES NELSON ZULUAGA RAMIREZ

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