TA CUN - 9127549-(03-05-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9127549-(03-05-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
TR 1 LUUAL ADMINISTRATIVO DE CUNL( t1\RCA
SECC ION SE6IJNDA SIJEISECC ION a « í 1 cf' 3ctEt b' de F3root 1) C. mv tres ci€' m.1 sio%:ien t - os novent:.. y Ptsnerite ir. CARLOS ñ. PINZON EFFETO Ref Proco Ni -.) 91-2749. ACTOS NACIONALES D&ndri te NÑNCY MAF lA F3AR}30911 tiRE4AtU) FONDO ROtATORIO DE AD1JNAS or'Lrover:k. Dott:ione, La tientaridiante.por .tn terined io do Apcierado en ej erc:.lcio de1. itc:i.ors de Retbl imierto del Eorecho orevista en el rtí.u10 135 del Códioo (:orter - t asao (,dnini. ss trtivo pr ev;.o. lci t rrni te ti..-, un roceo o d i. na r i sol ¡c¡ ta et a orpor (.3.ór e I4n iouintDECLARAC IONES F'RIMERAGIUO S doc1r'e 1 riul id del ffleinorndo nCmoro 0002 de abrIl ie de 1991. dictdc' oor el eor D.rector Generi de Adunas. en sí u condición de Dirtor . General del Fondo Rottor.to de Aduri oor medio del cu1 o tomó decisión de no irLt_ Y1969 neqndc, la solicitud p>or 1
Adunas. en sí u condición de Dirtor . General del Fondo Rottor.to de Aduri oor medio del cu1 o tomó decisión de no irLt_ Y1969 neqndc, la solicitud p>or 1 den nd.n teProçe,c, No 91--2749 2 3E3UNDA. Qu or decirac.tán,irse ndeno al Fondo Rott.orio de Aduanas tmtn Lt.rar - a la Catorce (14 VQ%t¡do!stre de paio Ctorc (14 Pares de zanatoi y Veintiuna (21) blusaa de seda. SU1Q SUSTjJjJflj• Que de ruItar de difícil c nplim oto la oh.tiçción de oue trata 1a P1 anterior ; c:ondrne al furcIc, Rotatorio de Aduanas a oauar a l demandante it suma oue rsitlta cort undamento en La cotización anea y 'eo0n el iou?nte detallo por , prenda a precios de ao!to de 1990z 1 VOt1CIO aatre de oao $52 990 14 = $740 600 1 Par , de zapatos 8.500 14 11.000 1 I31u de geda 13.900 21 -r o t a l 1 $ :1 151 500
En r: u€nci ota preten iórs e crcreta en que el Fondo Rotatorio de Adirat debe er conde ado a a 1 actora la uma de UN MILLON CIENTO CINCUE:NTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($I131.500) MONEDA CORR t ENTE.
que el Fondo Rotatorio de Adirat debe er conde ado a a 1 actora la uma de UN MILLON CIENTO CINCUE:NTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($I131.500) MONEDA CORR t ENTE. TERCERA. Que Se condene .i Fondo Rotatorio de Aduanas en caso de auto e acceda a 1 a 0r4?ten%aón Seuunda Sut.itutiva en lutar de la Se c) t..k n d a a paua i. D la den,andart te el reaj03t.e monetario o ituai.izacjón monetaria entre Auoto de 1 ..990 (fecha in que síle ;ol .cit.ó La coti zac:tón de 4a dota n ' 1 a fecha de ejecutoria del fai10 co a la vríaciÓn del índice d precic al conurnidor entre la do ,s cue t i :kquo el DANE y nue la demandante acrrJ1 tar al mon,entc, de f o r mu la r la cuenta de cobro reeect'J.va. con suJeción al art;. co lo 170 del Codiao Contencioso Admin itrativo.Proceso No 91-2749 CUARTA.. (ue lan »kkrn.:s que s e reronozcri deyerc.rin informe al artic.uio 177 del Códinc Contenciosa Adminitrativo. entre la eje .turia del fal lo 7 La de pcio fectivcj.. í(Jfl'fl,A..Que el Fondo Rotat:orio de ius debe clumo11 vel il lo en el t. ti, rrnino do 30 dias
eje .turia del fal lo 7 La de pcio fectivcj.. í(Jfl'fl,A..Que el Fondo Rotat:orio de ius debe clumo11 vel il lo en el t. ti, rrnino do 30 dias contados desde la comunicación del rnirno (art. .176 iJeJ C5dicio nt,encioo Admi,nit.rativo. Coma HECHOS que dieron o í çen a la preent.o .ciór e teiatan los iou:ienteç 1 acrionart te oretó ius rvic tos al Fondo f:)t()rj de €i 22 de Ju 1 jo de 19 11-3 9 Vecha, óta en uue fue ircroorada a 1 a planta de Personal do la t)irecr.icr. Genora). de Atina 2.- de andante ven.a sir viendo corno empleada del Fondo Rotatorio de Aduanas :: an ttgs (lo1.99¿>. e 1.9E6. corno e comprabar( ron el c:oi do tinQo de ervici que hahr do onv , el Fondo Rotatorio al Tribunal : El Fondo Rotatorio de Aduanas es un Et.tec:irniento Público del orden nacional croado oor Decreto 1,166 de 1963 y poE4 ter iormerIte aiuitdo era su etructura a lo d iso.teto en los decretosía iOO vT13O de 1968 Por virtud del Decreto 2649 de D,i.ciernbre 2% de j );: ondo Rotatorio. aunque ronservó su carácter de Et.ablecimiento Pbl ira del orden
Por virtud del Decreto 2649 de D,i.ciernbre 2% de j );: ondo Rotatorio. aunque ronservó su carácter de Et.ablecimiento Pbl ira del orden nacional.. fue 'rturalizadcí hasta el punto de ser , c:onvert.' do en, una dependencia de la )irección Genoral de Aduars Los art. culo 3 dci Úecret,ci en monci.n exorosan DECRETO NUMERO 2649 (2.2 1 de Di ci embr'c de 1908 Por el cual se det.rrninan las estructura y funciones de la Dirección 3orieral de Aduarias y del Fondo Rotatorio de Aduanas. ARTICULO 53. El Fondo í:utatorto de Aduanas e un Etablecirni€entcs Ptbl iro del orden nacional COCI Personor ia Jur d ira.. autonomia adrni.nitraUva , patrinsonio indepeod iente. adscrito al Ministerio de Hactonda y Crédito PCbi 1ro' ARTICULO 60.- El representante legal del Fondo Rotatorio de será ci O:troc:tor GeneralProceso No 91---27349 4 de A&an • uuier funciones de Jefe del Or mar, ismo en los casos que e ., y tendrá las jç uier a funciorg+s gLevzr L rnrentación lecial del Fondo e firmar todos los actos contrtos • documentos nerios
para el desarrollo de lasfunciorse4 e ietmi.nan en el rre ente retos b.. l\Iombrat'v constituir apoderacJo iud.cia les o trudicia1u cuando tividades del
nerios
para el desarrollo de lasfunciorse4 e ietmi.nan en el rre ente retos b.. l\Iombrat'v constituir apoderacJo iud.cia les o trudicia1u cuando tividades del Forido lo requierar." "ARTICULO 61.. La Direc.c iór. Gener al de Adwi. a través de sus deendenci.as tendrá la administración del Fondo Rotatorio de Aduanas".
4. El For.dc' Rotatorio de Adunas estableció ciar virtud de ) a Reolu.::iÓn 907 de Ju 1 jo 4 de 1975. d i ctada por su Grnte el derehci de los dlemr 1 eadoi a vestuario EStC derecho extralegal.. lue recc'r,ecido ampi lado i adecuado a rwvas citeqorLa d empldes por Roiuc:iones números 0772 de Junio 15 de 1979 1.072 de 3ulio 19/70: 0693 de Mayo 30/79 0394 de Mar 20 18/0001001 de Junio 27/80# 00.1.5 de enero 22/31 e 01166 de oto 4 de 1901v E:pod idas todas por el Director del Fondo Rotator jo de Aduanas 'oLa resolución oii& de Acicisto 4/€31 dictada -como se sabe oor el Director del Fondo Rotatorio de Aduanas actualmente vigente, dispuso en su articu).o 10 e 2o 'RE3OLUCION 01166 (4 Aqosto 1 931 Por medio de la cual se derooa la Resolución 00i5. de enero :22 de 1981. para un.i ficar e actualizar la
'RE3OLUCION 01166 (4 Aqosto 1 931 Por medio de la cual se derooa la Resolución 00i5. de enero :22 de 1981. para un.i ficar e actualizar la reo 1 amen taçión existente sobre suministro de vestuario oara el ppronai de la Entidad Ci Di rector General del Fondo Rotatoria de Aduanas • en uso d us fac:ui tadei legales e
CONSIDaRND0
RESUELVE ARTICULO FRE: Ro fÇQjQVESTUARIO El siquiente oersonal del Fondo Rotator.3.o de Ñduan% a nivel central i reaional ter,drA derecho a vetuario en la calidad. cart.dad clase, alo..te mas .deL ente so indica a Chofer Mecn 1 co b1 auxiliar Administrativo c Celadores d Operario calificado e) Secretarias (os f) Secretarias (os) o) eeudantes de Oficina
Cdluo L P9 Si 20-09 e 1 1. 020 '06 6000-07--08 09 5140-10 5040 -31-1.3 y 17 7,1 1515-07 ARTICULO SEGtJMDO .. LLçJ_sL, El personal citado en el artículo anterior. tor.dr1 derecho al suministro de vestuario uue se irdi ca a continuaciónProceso No 91-27349 5 .irt1UiL.. Do: i2 ' dt . do s 2J pares de zapato, de ( 2) d: (2) coi'bata para el persona maEcrul itio e 11 b1ua cariiír4eria ç para el
' dt . do s 2J pares de zapato, de ( 2) d: (2) coi'bata para el persona maEcrul itio e 11 b1ua cariiír4eria ç para el p&c?nai femenino en re ir, ul azo de 1a corbat.a,
cada () b 1aL Eto ie dividen en tr € 3', crupc>. de acuerdo ¿. la labor que realicen. ai - 0 1 ne ade hn ft'ciei c$' Reviore Meu' 1 ero, 'atinador y Ccti :adorei Do ( 2) vestido dos 2 i paree de zapatos (2) camisas s..d(,yik 12. rba ta para :t ena 1 mac:ul mo o una 1 ) b1ua cam er m ara el personal femenino en reemplazo de 1 a corbat.a. cada seis (6'i i3rup11jj Quien? ejercen funciones de Au.i.l±ar de (1macn Técnico d? Archivo. de Arte s Gráficas o Tipoqrafa vint -.i..tlmcJC,15 a la 6ci,n de rubi iccirin. Das (2) vett.tdo dw (2) carúsisam, do. (2) vil ua. do 12i pares de zapatos do (2) corbta para el personal masc?il inc o una (1 b1ua camisera
már, para e): personal femenino, er reemplaxo de las corbatas, ¿rada seis (6) meses LU1L.. ) L a rid 1 r s t ati ve que-, ac?arl
b1ua camisera
már, para e): personal femenino, er reemplaxo de las corbatas, ¿rada seis (6) meses LU1L.. ) L a rid 1 r s t ati ve que-, ac?arl funciones de Aseadoran (do!.., 1,11,- C-5) 2 () blusas c ftieras. t.re 3 delant.a1e ./ dr (2) pares de . pato. cai se a ¿ ifl. c QPrp JJ.j içL. L)os (2) veiti do des $ camisaa , des 2) blusas do.s (2) pares de zapatos y dos (2) corbatas para ci Per scni mascul mo o uns 1. blusa cam 1sera ns para el persona]. fenHff' en reempi ao de las. ?.:rbata (:ada seis (1S', eses ci, S; re Dos (2) vsttdos des (2 ':iis des (2) pares de zapatos y dos (2) corbatas para el personal ?nascul inc o una ( 1. ) blusa carrtisera. mas,, para e personal femeriir en retr.oiazo de las corbatas. cada seis (6) meses iPor medio de las resoluciones números 020&$ de Noviembre 25 de 1937 y 269e de Diciembre de 1.907. dictacJas por el Dir€c:tor del Fondo Rettorio de Aduanas se ordenó la. apertura de la licitación y se adjudicó la licitación. respect ivamen te para el suu n i istre de la dotación Correspondiente ¡-Al ao de 198!, 7,- demandante formuló con fecha 13 de marzo de 1991 una netición al Director General de
la licitación y se adjudicó la licitación. respect ivamen te para el suu n i istre de la dotación Correspondiente ¡-Al ao de 198!, 7,- demandante formuló con fecha 13 de marzo de 1991 una netición al Director General de Aduanas. en su calidad de10.9 Potatio d& çtnas. el sqiniAL ro la dotación de vestuario correspondiente a los años de 1906, 1937 190 y 1989.Proceso No 91-2749 La oeticián concreto fue u 0 004 00q00 0 •0 4 0 estarnos solici tando a Usted se irva d iooner lo ccrducente a íijj ce uqe se non InaiqÁ,tro lo a J8 L9G7.IYQ y 139 conformo la Feolución número 01166 do Aqottc 4 do 196t ectun el siguiente detalle: ftSQI4Ei. 1jÇULJJJQ c u.. POR )ENESTRE Do (21 vestido eioa (2) pares de zapato; dos (2) CAMISAS Y DOS (2) iQNaLEliuiiQ A_ÇPA t5Jk! Do? VOStidOS.. doi (2) par dezapatos; tres blusas EL2_flJSLQ Catorce (14) Vestidos Catorce 114i pares a patos ( 14 ) c:aiaa y catorce (14) corbat Catorce t141 atidea catorce (14) pares de za patos; veintiuna 121 b 1 aa O..- El entonces Jefe de F'oraorsai del fondo
catorce (14) corbat Catorce t141 atidea catorce (14) pares de za patos; veintiuna 121 b 1 aa O..- El entonces Jefe de F'oraorsai del fondo Rotatorio de A.nas certificó acerca de personas con derecho a dotación por dc.s aKoa de 1996 y 1987. 9..-•- Por virtud del acto admintrativo contenida en el Memorando número 0002 de Abrí). 13 de 1991 çt.ujdo Q~ dircjor (iener4j jl fondo Rottor.o de idria, negó la petición formulada por la demandante.. decisión tonada con la expreón textual con que termina el referido Memorando que dices.. Quenal la Id ~ ja po ctde Ly.ir j reçonoímniCpto y gqMlalplep de dtacic d vti.mro orlos jÇc da 196.. 19€2 1980 1 ut4 " El aubraado es rno.. lo. - Tengo poder para demandar". Como r'iornia% violados se invocan las siguíentea: Constitución Nacional. artículos t6.. 20, 30 SI 51 9 58.. 192 y 193; Código Contencioso Adírintrat.vo articulos 2, 64, 66, 82. 83 y 84 F1ecí.tución No. 0116 do Agouto 4 de 1981. dictada por el seor Director del Fondo Rotiorío de Aduan Ley 153 de 11387 articulo 12; Decreto 2400 de 1969 artículo 7..Proco No 91-27549 7
dictada por el seor Director del Fondo Rotiorío de Aduan Ley 153 de 11387 articulo 12; Decreto 2400 de 1969 artículo 7..Proco No 91-27549 7 CONTES1ACION DE LA DEMANDA El ente acr. i.ondo dio c:nte t.aciÓr a la dand int rada ooun doenta1 de fol io 34 a 96. dentro del término leçial para el lo PRUEBAS Ilediante auto OtAL= obrín a folio 129 e ciecr'etrori
las prueba ol i. ci tada y o ordenó tner como t a 1 in S 1 aüs documenta 1, al. leoada al eped ¡en te Sae diuio 1 ihrr el of 1 cje scálicitado en los inedio d orueba de la ima nireral 7, folio 1513. Por la Da rte •ac:cl or'ada e ordenó i.brar los ofício de los nedio de rueba de la centetaçiÓn numerales 2 y 3 olio 9. ALEGATOS DE CONCLUSTON La anoclerada. del ente accionado decorró el trrnino ar'a ]. egar mediante la d :umnl:a 1 de fol lo 22. El Çoder ado de la c:'art.€i ctora nuardo i lenc;io durante eta etapa oroc:eal. 9urtido el trtrnite c: ey rr€ tponcIier;tc irtanc.iav no obter/ndo4e :a1 alçIk.uia de Nulidad que c,ueda nial idar lo actuado la Sal a procede a, decidí r previas la %,
irtanc.iav no obter/ndo4e :a1 alçIk.uia de Nulidad que c,ueda nial idar lo actuado la Sal a procede a, decidí r previas la %, Ç 0 N ELL 1) j F< A Ç LO N E Q; La actora ror intermedio de Apodrado olicita que se declare la nulidad riel memcrardo número 0002 de abri1 .19 de 1995. prof crido pcir el Director eneral de Aduana por medio cIc:t eu 1 rc nQó el reconocimiento y ¶&umtriitro de dotación por - los ZtAP1091 1 b 198 71. 1989 1909 Que orno nbPen tfr J anterior declaración "y a título de retab1ecimiento del de echo te ordene .Eurnirlitrr Catc:irc:e 14 Vetídc atrc u de uao Catorce ( 14) Pares de zapatofi yProceso No 91-27549 8 Veintiuna (21; blua de da o el pago de la suma tlue reu Ita con fu damento en la cotización anexa que en caso de oue 5 e acceda a la ore ten iÓn "S faounda Sti iut.iv " e pague el a i mcrse tía r Y o ct:ual iacióri monetaria entre Ago sto de 1.990 i techa en oue we o1 : ci tç la cotiat:iór, de la dotat..tór y la fecha de eiecut.oria del talio.. conforue a la variación del índice de preciow al corumidor entre la< do-, 'fechai.. que
oue we o1 : ci tç la cotiat:iór, de la dotat..tór y la fecha de eiecut.oria del talio.. conforue a la variación del índice de preciow al corumidor entre la< do-, 'fechai.. que certí f iqUe el DAME uue t as IsumilYSque se reconcr?can devenouen in tere. Cue se de cumpi i inien'io al "fa 11 o en el termino de 30 días oritado desde la comunicación del i%mo, según el art.jc:ulc, 176 riel C. Emite dentro del e>oed.ient.e urueba document 1 C101 acto acusado eztc, es i•:i iemoratndc, No 31O2 de abr i 1 18 de 1991, (FIio 9j. M.ní1 .iet,a la A oder'ada del ente accic'ado.. en el ecrito de contestación de la demanda visible a folio 4. que pr000ne las Ececiore de Improcedencia de la Acción.. Precr;Lociórt e Inexiteni:ia del Derecho aleuad. Referente a líaE>cepción de: Improcedencia de la Acción. afirma la reoreentante de la entidad demandada ciue el mcto impuonaclo e urs acto de carácter ener"a1 dirí9ido a todos 1ot funcionarías y que tiene el rnimn alcance y cateqor a de la ReoIucióri 1.166 del 4 dee de da 1981. que el alcance de la norma no es individual en el sentido que con él se creer modificiuen e ext:inoan derechos de carácter particu1ar, por lo tanto.. la acciói', a .irsiciare
de da 1981. que el alcance de la norma no es individual en el sentido que con él se creer modificiuen e ext:inoan derechos de carácter particu1ar, por lo tanto.. la acciói', a .irsiciare
'ws la de Nulidad e%t:abiecida en el articulo 84 del C.C.A. pero a ue si lo ciue F.C, busca el cumelamiento de un deber omitido por la admini .tr'ación. ha debido incoarie la Acción de F<eoaración Directa. C:UflPI imiento Lon ciar' . la sala, que el acto adinitrativo demandado iii es de caricter' particular y concreto, pu la admirs in, tración con Ja. final i d a d de preciar el alcance de la Resolución NÇ Ol..Li de aaoto 4 198.1. re ca ulve en forma de1avorablo la octición que la actorade que que como un Decreto Proceso No 91-27549 le formulara el día 13 de marzo de 1991 o1 jo 2). En ccnseL:uenc)a. la Ziti--,c,».ióri incoada taj era la orocedente. Cnecuente con lo anterior. lo dicho por la arte demandada en cuantoa 1 a acción de reparación directa y caducidad de ia carece de fundainentoResvecto a li t cepcón de Precripc.tón de 1 oblici:ior.e e i xistencia du.1 Der ho, por corr'e%onder al fondo del asunto el ;n tado,. serán reuei taçj ¡.-Al momento de entrar a decidir tohre las pret.en.one incuadas.
oblici:ior.e e i xistencia du.1 Der ho, por corr'e%onder al fondo del asunto el ;n tado,. serán reuei taçj ¡.-Al momento de entrar a decidir tohre las pret.en.one incuadas. manifiesta el 1ibe1it oue al memento de oroferire el acto ¿.&.ado e incurrió en la causal de anulación de lou actos administrativas corno e 5 a Violación Directa de la. Lev.
El oreente c: :aruca iundament.a en el des conocimier,to de erincipios de orden constitucional los cual e no 'ae pude predicar su violación en forma directa sino a travée de las leves que loro en practica. afirma i3 mo, que el vetuario cue ahora se le n leqa a la actora ha ven ido siendo reconocido .stracn por la admin i ts tración accionada a 5erv11 l. j res desde .1975 como ffl e incentivo económi co e decir como un derecho adquirido: oue la ley 3á de 1969 :t osi patrones el deberde suminj.trarle Lí vestuario a iu trabaJadure, lo que implica un derecho recíproco nara éutos, de recibir el dicho vestuario: además., que el artículo 4.1. del Decreto Lev 1042 de 1978 corssaoró el vestuario como una formas de remuneración en especie. circunst.ançia hace ui, indic:ut.tble derecho de los empleados y ley 70 de 1908 califica el suministro del vestic:Io derecho; QUC de acuerdo con el artículo °Q j]
formas de remuneración en especie. circunst.ançia hace ui, indic:ut.tble derecho de los empleados y ley 70 de 1908 califica el suministro del vestic:Io derecho; QUC de acuerdo con el artículo °Q j] L.ev 2400 de 1963 los servidores púbi ic:c:;s t:enen derecho a estimo los económi ros, en conecuecia el iaumin itro de vestuario.. como estimulo económico aue, es, constituye ui-a derecho z así. mismo. ocie la resolución Ng C).1166 de 1981. que es la fuente de]. derecho reclamado, no ha sido susendida ni anulada por esta iurisdlcción, de maneraProceso No 91-27549 quee prurne lel r prte de 1 ent:idad d m idadat que J.ca no tienen cm?tenca nara alDi icar laxcpcióri de 1. eel a11dad. por Lo tanto no pu€inap1.icar :ta Resolución pritada N9 01164 d 1901. De acuerdo con el mRterlai probatorio aJ. leciaJo al expediente. e cilnente cQn la contancia eedida por el Jefe do la £iyiión de Personal vi.ible a folio 1,53 . ge tiene oue la accionante 1 aboró 1 servício del ente deiviandado desde el 13 de acio1.o de 19E1 hasta ci 29 de junio de .1989. y el último carto ocsr ella deemeado fue el de Técnico en 1noren Público Públicc -.>ss XI 2613. A través de la documental de niaro 13 de 1991.
de junio de .1989. y el último carto ocsr ella deemeado fue el de Técnico en 1noren Público Públicc -.>ss XI 2613. A través de la documental de niaro 13 de 1991. Fo1x 2 reclan,a la accionanto ante el Director General de Aduanai. % e Sum¡ti itre la dotación de vetuar ,n correponcIíeriteg a 10 aiÇo.. de ,- 1966. 1907 1988 y conformo a lo diwueto en la Roolución No 01146 de aco3to 4 de 1981.
La menc: .ionada Reçjoluc1ón No 3.166 do agosto 4 de 1.981 (FoLio 12 por medio de la cual e unifica y actuai ixa la reo 1amntac:ión c.:.tir'e çumini.t.ro de vetuar .ic ira el personal del ente demanejado, en su narte motiva conicJera "cue la Cor,tralor.i,a Gerierd de la Fepúbiica mediante circular No 297 (sic del 39) de marzo do 1962. Capitulo XXXVI dipc,rte que para la entrega do vetuario al Deríonal tic eleadc, que torua derecho cJe acuerdo con 1 ai normam laieg viuentei al repect.o. el auperior de la Enticii. debrt d.í.ctar una di pos . ción indicando cuaba emoleado tienen derecho a vetuar j. e) la cantidad id ae de prendas que 3e uminíatren en cada 'i.i(encia el tiecspo de duración-ta épcca do ent.reoa. .
indicando cuaba emoleado tienen derecho a vetuar j. e) la cantidad id ae de prendas que 3e uminíatren en cada 'i.i(encia el tiecspo de duración-ta épcca do ent.reoa. . Es decir, ouo una do laía razonen para que el Oirector del oroanigmo expidiera la reaclución .1.166 de anoto 4 de V781. fue la circular 397 de marzo 3() de 1962 de la Contráloría General de lo. visible a ol io 196 del exnediente. la cual al oatudiare por parte do la Sala no encueritt a nue ella a au v(.. ,,z funde en unaProceso No 91-2754 ±1 norma generadora de esos beneficios laborales en ningún momento crea o favor de los empleados €?I derecho adquirido o percibir el vestuario es más bien uno norma fiscalizadora para regular lc:: relacionado con el egreso de bienes por ose concepto. Eso circular 397 de marzo 30 de 1962.lo que boro P. fijar los pautas que deben seguirse codo que se presenten "Bajas de vestuarios nora empleados trabajador~ tal cono lo ordeno el titulo XXXVI por tanto es una manero de regular el opreso de bienes , las condiciones para entrapar uno nuevo dotación formalidades que deben tenerse en cuento poro lograr una buena fiscalización de los bienes da las entidades públicas. ::_ poder solicitar lo occiononte las dotaciones que reclama. afirma que tiene un derecho adquirido a título de estimulo o incentivo económico. Faro lo mismo Resolución No 1166 de agosto 4 de 1981. r3ua constituye el fundamento de las dotaciones aquí
dotaciones que reclama. afirma que tiene un derecho adquirido a título de estimulo o incentivo económico. Faro lo mismo Resolución No 1166 de agosto 4 de 1981. r3ua constituye el fundamento de las dotaciones aquí reclamadas en su articulo 5, ordena que 'Los prendas do que trato esta providencia, se consideran elementos de trabajo y serán entregados oportunamente dentro de los períodos provistos en esto Resolución coo mesas), a su vez, el artículo ¿ de la mencionada disposición expreso "El empleado que no use los orondos do trabajo o haga uso indebido de elias., será sancionada con la nardída de Lo dotación ocir el siguiente semestre" (L.O nec....:í.i.i,st oc.. de la Salaki De lo anterior se deduce que el suministro de :s elementos de trabajo se hace con carácter devolutivo '1 por consiguiente, los mismos son de propiedad de lo entidad demandada :::.or lo tanto, habiendo orecluidc el término dentro del cual debían suministrarse los dotaciones objeto da la presente y habiendo desaparecido la relación laboral entre los nortes actora y demandada es evidenteol i ci tud deiado de pedí meo to do que e ELunir it -;,,ir teniendo en cuenta lo a man ifet.ado. esa r compense tainooco es del caso acceder a tal en dinero vel '•ieatuarie Proceso No 91 27549 QLIO la solicitud crece de objeto. Dentro del ente deijndacJo e reauló por , primera voz acerca eje 1a dot iones a nue habia lugar. mediante
en dinero vel '•ieatuarie Proceso No 91 27549 QLIO la solicitud crece de objeto. Dentro del ente deijndacJo e reauló por , primera voz acerca eje 1a dot iones a nue habia lugar. mediante la Re.,soliación N2 (Y907 dci 4 de lul lo do 1.975 ( fol lo 109) en donde e etab1cc.ió igualmente, que fueron concedidab a titulo de eienientoi devoiut:i.vo ¡Jietraba o. Por ende, 1 a ontreo a de 1 a a dot.aciore en n inun momento impi icaha traristerencia de 'La a ompieadc>a r Va CJUO Ics no t.ia Ja prc edad de lo açjonado. tan ole) podían usarlas y una VO?. 'e terffiinara tal uo ,a sa por el deterioro nrmai o cwitpl linlento del término nara eJ cual había sido asigriadas, ra :Lmoor t.ando el ot.acio en 1 que e encontrar an ten i.an que er dtvuolta a la adr,initr:i.ón E)arl efec:to rat de inventar io y control fical No obstante cniaorar la reno 1. u.clór 1.166 de aaot.o 4 de 1981 ] maO ifostación 000 c:nst.t tuve ia1 ario en especIe el ve3tuario que la adminIstración suministre a los funcionarios como parte do refr ibución del orv.i cío debo a 1 arar la Sala.. que par a que pueda cansiderare el vestuario como salario en epec te
a los funcionarios como parte do refr ibución del orv.i cío debo a 1 arar la Sala.. que par a que pueda cansiderare el vestuario como salario en epec te lo ordenado en el )eçreto 1042 de 1»78 articulo 41 stie requería, que el umi,'iitro e realizara como parte de la r?tribuclón ordinaria del servicio, que exIstiera una valor -ación exprea en el ac:to de nombramiento del -funcionario y que dicha vaoaciór no excediera del diez por ciento ( 10', do la cuantía del sueldo bsico, ituaciór uue no evidencio dentro del sub--judice. Ahora bien, en cuanto hace referencia a la que las dotacionea no cortituver salar-lo en epec.e ori tan so1#elemento; de trabajo sumi.n trado para que el empleado desarrolle mas cfi cten temen te su trabajo, además que de acuerdo con re:' ter 'ada Jurisprudencia. existe prohibición expresa do compensar en dinero elProceso tk, 9I-2749 15Lur,in Ltro tie las dot..Mr. .osie • :3cr o la fi lt)to f.ta del aun .nitra de e ora que ean util $atiaa en el servicio por , lo Clue no e ort:tiente entreoar 1. ai a uui€ne Va Se han retirado del mi s mo ymucho menos cornpenarlai en dinero. 3tj 1 anen te 1 a Cx ped i, ci ón de 1 a Lev 70 de :1988 que recjul. a. lo re 1 acionado cora el aurnln iai:ro del
cornpenarlai en dinero. 3tj 1 anen te 1 a Cx ped i, ci ón de 1 a Lev 70 de :1988 que recjul. a. lo re 1 acionado cora el aurnln iai:ro del vestuarioa i del ieç:tor oficial • ae vino a reoulr corno ohi £()ator io lo relacionado 'on el sumiriístro de las dotaciones 'i se ordenó ex preamen t que esta Dretaciórt no ae conideraría
como al arto ni fact.or (l no iabere de%virtudo por oarte de la accionante la preuncióri de legalidad cjue cobija el acto admiriatrativo dernandado e deberán rseqar laii i Clp 11 a de lai demanda tal como coriatará en la parte eiolutiva de la presente providencia aí rnimo. se deberán declarar no robadat las exc:epcionti , de Prescrípc:in e 1 ne< iatencia de]. Derecho teniendo en cuenta e .t ret.i 1 tado del proceso. O br a iolic 2i del oxpecJinte ocritc' mediante el cual se otorqa poder a la Doctora GLORIA ELENA MAR IN BOTERO para que rnreerte a la entidad demandada. Unidad Admin i3trattva Epe cíal D.trección de 1mpuet.o y Aduanas Nacicna1e por lo que y.e le reconac:erá perauner ia tal como ctrtar en la Parte r.olutiva de la presente providerci En rn€rito de lo expuesto. el Tribunal Adrn.in iatrativo de ctndinarnarca ecciór 3eounda Sub
reconac:erá perauner ia tal como ctrtar en la Parte r.olutiva de la presente providerci En rn€rito de lo expuesto. el Tribunal Adrn.in iatrativo de ctndinarnarca ecciór 3eounda Sub Sección "Es". ad ir, r,itrar,do 1uticia en nombre de la Reuúbli ca de cc.1 ornbiav por autoridad de la Lev, A L L A j DECLARANSE no probadas las Ecepcionea de Improcedencia de la Acción incoadaPr3c€o No 91-27349 Frta'cr iptión e I n e.itn. i dl »erc t.n 9ún 1') ffs an i f e 9 L a d erl la ijar t ¡Bu Li. va d e Li, pr €fl te prtvider::ia Seuund.. NIEGANSE LAS SUFt 1C4Í3 DE LA DEMANDA Tercqr. RELONOCESE a la Doctora GLORIA ELENA MARIN BOTERO, corno apoderada de la Unidad Admint:rat.iva Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, conforme los términos del poder visible a folio 215 COP i ESE NOT E i G#LIESE COMUN t flUESE y curiFt1l. En firme esta providencia, archivee el epedier;te. Así mimo por Secretaría reinE ures a la parte acc tunante el remanente de lo consignado par ,¿:k tos del proceso. Aprobado en A1a de la c.c.ha