TA CUN - 91D7489-(22-02-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 91D7489-(22-02-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ADJUDICACION EN AUDIENCIA PUBLICA / PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA (E) \c 4 , ',• r i uNÑL.
ADMINISTRATIVO DE CUND i NAMARA. - '- sEccióN TERCERA
7 '2. 3antaf é de Eouot D.0 veintidós (221 de febrero de rnl nc'vecientos noventa " seis 1996). M6ISTRADA PONENTE DOCTORA MAV C. ELENA GIRALDO GÓMEZ REF E>wed;iente No. 91-D-748' Demariciante Sociedad Pan tc:n ca 6 .. Demandado SENA
1. Se dictará sentencia sobre Ls pretensiones procesales foruiadas
por la Sociedad Pantécnica S.A. La demanda .fue presentada ante est.a corr-oración el d.ia 23 de octubre de 1991 -vase folio 7 vuelto del cuaderno 1-..
11. PRETENSIONES se Uecrte l. nulidad y el restablecimiento del derecho de mi representado. de las resoluciones No'. 1742. 1744. 1745 174 1748, 1749. 175O 1751., i753 1756. 1759. 1761 1762, 1.7b3. todas de 1991. proferidas por el 5ubd,irec.tor Administrativo y Financiero del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-. a travs de 1a cual se evaluaron las dstjntas nr puestas y se adjudicaror) las i lcitaciones Nos. 004-DG/91 OO5-DG/91 : 006-D6/91 .
evaluaron las dstjntas nr puestas y se adjudicaror) las i lcitaciones Nos. 004-DG/91 OO5-DG/91 : 006-D6/91 . DB/91. OO9OG/91. 010-06/91; 01 1---D6/91 ; 012-1)0/91 01333191. (... "El r t.abiecimier'it-,o del derecho para mi representado consiste en que se vuelvan a evaluar las propuestas y se vuelvan a adjudicar dentro de los proponentes tas 13 citaciones Nos. (X4 -DGí 91; 005-D6./i ; 0Q-DG/91 DG/Ql ; 009-DG/91 ; 010-06/91. 01.1-1)0/91 012-06/91 01.3-suntenuis en 1
Pámandtntel Sociedad t: .r, tcn :i c: Dema ndmdqi 3r vi cid Nacional de •ij i L)GS1 (Ve folio C 1
II ¡ ANTECEDENTES , .
El Gervicio Nacional de Aprendizaje,SENA mediante resoluciones 020 U22, p23, 81 • 825 327 S20, 829 y 930 de 1991 de su Direcció n G enera l , ordenó la apertur a y convnc:ó 1 .1 ci. tjone publícail Para oínps de maquinaria i' equipos »
"Di chas l i citaci¿nes fueron numeradas 004.-CtG/91 ; 005 M3/91; 006••Uo/91 007-D6191; 009•D9,91 0l0DG/91 0 11 -136191; 01200191; '2. El SENA elaboro los pl iegos de corii cicne rallar las rezpectivas 1 :ic:. lci4Dnet. -. Di¿hos Dichos li ci taciones tenían cornn tt 1 1í te Para la presentación de propuestas, los 27 y 28 de junio, 3, 4, 5, E >' 9 de julio. eeiv4amonty "4 Mi representada, la sociedad PNTCt4I C( Presentó propuestas en sobres cerrados para participar en las 11 ci tac::iones púbi 1 cas Nos. 004 06/91 005•D(3/9j. ooa 1íu/1 ; 00 DG/91 09 flf/9J 010-DO/91 ; 011-D5/91; 012-P6/91 ; (:'J, t./Ç'i "5.- Fster' - Drffirite el cia Ii dc julio de 1991 Mien tras se eict.aba el trámite d• evaluacjór, de las distintos propuestas, mi repreaentada PN1 kN1Á j.á. m ihec .1 a te COÍfl?jI .1 c . c,: 1 j 1 5 /e u 1 i o de 1991
ihec .1 a te COÍfl?jI .1 c . c,: 1 j 1 5 /e u 1 i o de 1991 entregada a la Contraloría General de la Repúhi 1 ca con ciJpaa entregada a la auditoria general rt' Contra 1(Dria ante mi SENA, con fundamente en el articulo - de la conatitución Política ún 1 FUJJ, .ica de Colombia, sol ici. tó qu0 ii •c:.- tr- ;tc ' la auditoria general del SENA,ordenaran que el acto de adjudicación de las 1 icitaci o nes Nos 004 D891 005DG/91 004-00/91; 007-D8/91; 0091)0/91; 010-00/91 011-DO/91; 012-D6/91; 01' -DG/91 tuviera lugar en audiencia a pObi 1
Wanterior p Li. c: , ón .a es un derecho constitucional aa p oponen tei;, no fue tenida en cuenta pucto que se realizaron las adjudícj)es por la en Lidad licitante a trav's del subdirector Administrativo 'y Financiero, secn resoluciones 1742, 1744, 1745, 1746, 1 43 1749, 17u, 1751, 1 1750 1759w 171 17 62 , 1 76 3 0 tod4 dr' 1991.0
Sentencia en el proceso 91--D7489
Demandante: Sociedad Pantécni.ca
Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje "SEN"
Sentencia en el proceso 91--D7489
Demandante: Sociedad Pantécni.ca Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje "SEN" "7 El artículo 273 de la Nueva Constitución Nacional se encuentra vigente desde ci día de su promulgación, al tenor del articulo 300 de la misma lo cual ocurrió el día 4 de julio de 1991. "0 El artículo 273 de la Nueva Constitución Nacional no supedita ni difiere en manera alguna la vigencia de dicho artículo como si lo hiciera con varios '9 Por ci contrario el derecho que se rosaura en el articulo 273 es desarrollo del derecho fundamental previsto en el artículo 23 de la nueva Constitución que reza: ( 00 El articulo 23 de conformidad con el articulo 85 de la nueva Constitución es de aplicación inmediata y por ende no requiere requisitos ni trámites especiales ante la Contraloría General de la República o en el ámbito de las licitaciones. "11. Para poner en práctica ci derecho consagrado en el articulo 273 de la C.N. el único requisito exigido es presentar una solicitud ante la.
Contraloría General de la República o ante cualquier otra entidad de control fiscal competente ante la entidad que convocó la licitación "MLa Constitución en ci artículo 273 facultó al legislador pare limitar o reducir los casos que se debe efectuar la audiencia pública y sea lar la manera en que debe efectuarse la evaluación "13. No existiendo hasta la fecha de solicitud ley alguna, ni habiéndose definido por la propia constitución la aplicación del articulo 273, ha debido utilizarse necesariamente ci mecanismo de audiencia pública de que trata el artículo citado.
"13. No existiendo hasta la fecha de solicitud ley alguna, ni habiéndose definido por la propia constitución la aplicación del articulo 273, ha debido utilizarse necesariamente ci mecanismo de audiencia pública de que trata el artículo citado. (Véanse folios 3 y 4. C.1)
IV. DISPOSICIONES VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN: A. es al articulo 273 de la Constitución Nacional de 1991. Çaa i las resoluciones acusadas fueron expedidas contraviniendo en forma eprcsa dicha norma por cuanto ella"prevé una protección para los participantes en la licitación y ron el cual se buscó garantizar la imparcialidad y objetividad en la contratación con el estado4
Demandante: Sociedad F'j Demandado: Servicio Nacional de (pn'fj ..•j colombiano, fue violada al ¿: habÉrmeje dado itnientn a peear de haberse hecho oportuna y formalmente la solicitud por parte de øi representado, en carta dirigida a la perora competente, es decir, a la Contraloría General de la República y la Audítaria General ante el TEMA. E.l no acatamiento de la norma constitucional, trajo como consecuencia una adjudicación c'jo critorios fueron de~nocidos « bien r'r'atb1 e"
V. ADMISON L 1HP1JOP1AC16N DE LA DEt1AND1:
A. Previo ¿. su ¿rniiri esta Sección, por auto del 21 de noviembre de 191 dispuso la remision, por comp. t .....ci a a .t a sección primera del Tribunal rsta en providencia del 3 de marzo
A. Previo ¿. su ¿rniiri esta Sección, por auto del 21 de noviembre de 191 dispuso la remision, por comp. t .....ci a a .t a sección primera del Tribunal rsta en providencia del 3 de marzo de 1992 consideró asimismo zu inccnpotercin y por lo cual ordenó el traslado del expediente a la Salé Piera, para que dirimiera el contlirtu. Éste: resolvió el 5 de mair del mimo y definiendo que era aeunto do este Sección B.Por auto del 5 de junio de 19924 se expusieron efectos formales; rreQído., en providencia del 13 de agosto de 1992 se dispuso ra;t adnç.tsin ...."toi io a 159 C. .t En !m Aisma prt.viiencia SE n.igci la suspensión provisional; e ç.iee'.d:!,Ó ademas la nutilicación per3c,né;d a ic reprc.en t-n Les legales de las sociedades adjudicat':..
C.La notificación al, demandado se logró ci cha 13 de noviembre de 1992 ( fol io 1708 . 1) ; el m'.smo dia sr not.i.t.tcó al reprcent.ant.e legal de la sociedad L;1EN' FEC LÍLA el 26 de agosto de 1993 al representante legal de la sociedad SUNILQUIPOS L.VLA (folio 132 C. 1 ci 3 de junio de 19934 al de FERREI FRí CIDEMA B.A.(folio 1:34 .1), y al de ItlOrOM 3.i 'foLto 1914
L.VLA (folio 132 C. 1 ci 3 de junio de 19934 al de FERREI FRí CIDEMA B.A.(folio 1:34 .1), y al de ItlOrOM 3.i 'foLto 1914 C.¡). Fca' ultimo se nof..ji ic.c al . dia 4 de junio de 1994 ¿31 representante 1eg..i oe AROTEUCULOMBIANA S.A. D.Contestaron ci 1 ibeic demandatc::rie. Ferreter..a CIDEMA B.A. (folios 193 a .i./.' C 1 ) 9U11EGU1Pf3S LTDA. (folios a 211. E.!) y el SENA (folios 215 a 219, C.1) as¡:3-29 Sentencia en ci proceso 91 -D-74F39
Demandante Sociedad Pantéc: n 1 ca Demandado Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA'' En cuento a los hechos, acepte unos en forme total y otros parcialmente; negó los restantes., Considera que quien debiera ser demandada en este proceso serie la Contraloría. General de la República y no el SENA" por cuanto el destinatario de la solicitud pare le adjudicación en audiencia pública era el Contralor General y por ser él quien se encuentra facultado legalmente para ordenar la celebración de audiencia pública en esos casos Asíl solicita "fallar este proceso mediante sentencie desfavorablE? a las pretensiones do te demanda" por cuanto 'no puede pensarse, ni admitirse. llegado el caso, que le actuación o no de un orqenismo, pudiere conllevar la responsabilidad de otro' Acepta unos hechos y niega los demás por no sertales, sino consideraciones leqales
admitirse. llegado el caso, que le actuación o no de un orqenismo, pudiere conllevar la responsabilidad de otro' Acepta unos hechos y niega los demás por no sertales, sino consideraciones leqales puntos de derecho o Interpretaciones subjetivas Corno razones de defensa, afirma que "el simple echo de que el precepto constitucional supedite el ejercicio de lo consagrado constitucionalmente a la expedición de una ley la que aún no existe) conlleva a que la norma constitucionalno-es puez te expedición de une norma puede tardar, como en efecto ha ocurrido • varios días meses o aPios" (el subrayado es del texto) Por tal razón estima que no puede hablarse de violación flagrante de). art. 273 de la C N. , en la medida en que no había reglamentación de aquél, para el momento de los hechos. pr_ c:trc:: lado, y en igual sentido que 3. a contestación de Cidema S. A., estima que la responsabilidad os ajena e la riemaridade • en virtud e que la ' e''entue i ob 1 iqar:: icn que establece el articulo :273 no está radicada en cabeza del SENA y menos en los participantes de los diferentes procesos licitatoros" Por último, formule a titulo de EXCEPCIÓN, le deel Sentencia en el proceso 91-0»7489
Demandante:
Sociedad Pantécnca Demandado; Servicio Nacional de Aprendizaje"SENA" nstcncia del concepto de la violación que se predica, porlas razones va 3Qpa: Acepta unos hechos; se atiene a lo que se pruebe respecto de otros y niega los restantes por ser
nstcncia del concepto de la violación que se predica, porlas razones va 3Qpa: Acepta unos hechos; se atiene a lo que se pruebe respecto de otros y niega los restantes por ser pt.tntos de estricto derecho. Sostiene que corno el art. 273 condiciona los casos en que se aplicará ci mecanismo de audiencia pública. la manera r:oto se e'ivarn las propuestas v Las condiciones bajo las cuales se celebrará l.s audiencia. a lo que sePaie la ley, sólo cuando ósta desarrolle el precepto mencionado puede adquirir verdadera operatividad practica. De tal forma, considera que no hubo y iol aci5n porque ades "la ley no sólo se transgrede por no aplicarse. sino por aplicarse cuando no hay luqar a ello, corno en ci caso exia.ido por e actor en fcma externr3orarea y que de cumplirse por el SENA si hubiera viciado de ilegal su actuación".
VI.PRUEBAS: Mediante auto de 8 de aosto de 1994 se decretaron las solicitadas (véanse folios 233 a 235, C.13.
VII.LOS ALEGATOS DE CONCLUSIÓN: Lic acuerdo con lo estipulado en el articulo 210 dei C.C.A. en armenia con ci inciso 20. del articulo 56 dei decreto ley 2.51 de 1991 mediante auto de 1, 1. de diciembre de 1995, se ordenó dar traslado a la partes y al Agente del Ministerio PCtblico,. para que al leQaran al proceso respectivamente, los alegatos finales y el concepto de fondo.-foiio 285 del cuaderno En tiempo trajeron sus escritos finales, Sumequipos Ltda.
PCtblico,. para que al leQaran al proceso respectivamente, los alegatos finales y el concepto de fondo.-foiio 285 del cuaderno En tiempo trajeron sus escritos finales, Sumequipos Ltda. to1ics 256 a 288, C.i). el SENA Holl:os 259 a 263, C.1) 'y la actora tfciio 2,64 y 265. C.1)entenci en el pr :eso 91-0-7489 Dernndn tez Sociedad Pntcni c Demandado: servicio Nacional de Aorendizje 'ENA" J pEQ{r _ Reíter a los términos de la demrd en pecal, el rerent.e a la aplicación dlastic:u10 273 por haber sido sol ícit1do a la mutoridad cornetente trv del derecho de petición conorado constitucionalmente como fundamental. Jí Pfiií,.: Hizo un recuento de las pretensiones procesales y de los antecedentes de éstasz realizó también un análisis del recaudo de las pruebas, para concluir con el mismo enfoque dado en la contestación de La demanda. Recab rtetizadamen te lo dicho su contestación Como no se observa causal alguna de nulidad que pueda invalidar lo actuado, los presupuestos procesales se hallan cumplidos a cabalidad, y la legitimación en la causa, tanto por activa como por pasiva, no ofrecen reparo alguno, se procede a decidir, previas las siguientes
X CøI4IDERACIO14Es
Corresponde a la Sección Tercera del Tribunal AdministratIvo de (:.undn ama rca. pronnctarse sobre las prteris mr,es procesa les formuladas por la sociedad PANTCNICA
X CøI4IDERACIO14Es
Corresponde a la Sección Tercera del Tribunal AdministratIvo de (:.undn ama rca. pronnctarse sobre las prteris mr,es procesa les formuladas por la sociedad PANTCNICA S.A en contra del SENA.
-U Ir 24 $e busca principalmente, la nol:idad de las resoluciones NoN. 1742, 1744, 1745, 1746,1 1748, 1749, 1750.. 1751, 1753.. 1758, .17.$, 171, 172 y 1.73 todas de 1991. proferidas por elSentencia en el proceso 91-0-7489 Demndanten Sociedad Pantécnica C)emridado Servicio Nacional de Aprendizaje 'SENA" Subdirector Adminitrat.ivo y Financiero del SERVICIO NACIONAL., DE APRENDIZAJE -SENA--. a traveás de las cuales se evaluaron la distintas propiesta •i se adjudicaron las licitaciones Nos. 004-06/91; 005-06/91; 006-06/91; 007-DG/91 009-06/91 010-- D6/i 01 1-D6/i; Oi2-D6/l. " 013-013/91. Consecuencial'nte Sr9 rueoa el restabiecaminto rJç.1 derechoi "( ..que se vuelvan a evaluar las propuestas y se vuelvan a adjudicar dentro de los proponentes, las licitaciones Nos. 004-06/91; 005-06/91 a 006-06/91; 007-06/91; 009-06/91; 010--
vuelvan a adjudicar dentro de los proponentes, las licitaciones Nos. 004-06/91; 005-06/91 a 006-06/91; 007-06/91; 009-06/91; 010-- 06/9.1; 011-013i91; 012-06191; 0.13-06/91."
A. HECHOS PROBADOS 1.-que en recibo de Caja No. 08800 del 4 de junio de 1991 de la Tesoreria del SENA., consta que Pantcnica S.A. canceló la suma de Li 300..' )00.o por concepto de pliegos para las I-teitaciones publicas de la Dirección General. Nos. 04 a de 1991. (Documento publico en -fotocopia autenticada. FoIío5 96 ? 97 C.1 2.- que se representación legal de 8 de julio de 1991 ( Doc.umen tt: pi:tb 1 i. co en
C. II expidió certificado de e>istencia y la sociedad Ferreterias C.idema 9.4.. el por la csara de Comercio de E4000t. fotocopia autenticada. Folios 67 a 69 3.-que se expidió certificado de e>istencia , representación legal de la sociedad lmocom S.A.. ci 8 de julio de 1991 por la c4tnara de Comercio de E(oqotj. U)ocumento público en totocopia autenticada. Folios 70 a 72. C.1 4.-que se expidió Certificado de existencia y representación 1eal de la sociedad Pantécnica S..A., el 9 de octubre de 1991 por la Cmara de Comercio de 6oqnt. (Documento
4.-que se expidió Certificado de existencia y representación 1eal de la sociedad Pantécnica S..A., el 9 de octubre de 1991 por la Cmara de Comercio de 6oqnt. (Documento publico en fotocopia autenticada. Folios 52 a 54. C.1 .- que se expidió certificado de existencia y3el Sentencia en el proceso 91-0-7439 Demandantes Sociedad Pantécnica Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA" representación legal de la sociedad Arotec Colombiana S.A.. el 17 de octubre de 1991 por la Cámara de Comercio de Bogotá. (Documento público. Folios 5' a. 57. C.1 .- que de expidió certificado de existencia y representación legal de la sociedad Sumequpos Ltda. el 17 de octubre de 1991 por la Cámara de Comercio de F4oqot. (Documento público. Folios. 58 a 42. C.1 7 - que se expidió certificado de existencia '1 representación legal de la sociedad Cienvtec Ltda., el 17 de octubre de 1991 por la Cámara de Comercio de 8000tá (Doc:umentc. público. Folios 43 a 48. C.1 EJ.- que por Comunicación 3ER-667 del 15 de Julio de 1991. la sociedad Pantcnica S.A. solícita a la Controlaré General de la República ordenar la celebración de audiencias
pública para la adjudicación de las. ¡¡citaciones mencionadas. (Documento privado en fotocopia autenticada. Folio 12, C.1 .- que por Resolución No. 1742 del 20 de septiembre
pública para la adjudicación de las. ¡¡citaciones mencionadas. (Documento privado en fotocopia autenticada. Folio 12, C.1 .- que por Resolución No. 1742 del 20 de septiembre de 1991, expedida por el Subdirector Administrativo y Financierodel SENA, se adjudicó la licitación para compraventa, a CIENYTEC LTDA. ,, según Licitación Pública No. 012-06191. Constancia de ejecutoria del 25 de septiembre de 1991 (Documento público en copia simple. Folios 25 a 28 vuelto. C.1.) i&.- que por Resolución No. 1744 del 20 de septiembre de 1991, expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA. se adjudicó la licítción para compraventa, a AROTEC COLOMBIANA S.A.,, según Licitación Pública No. 010-D8/91. Constancia de ejecutoria del 24 de septiembre de 1991. Documento público en copia simple. Folios 27 a 28 vuelto,, C.1) 11.- que por Resolución No. 174 del 20 de septiembre de 1991, expedida por el Subdirector Administrativo '1 Financiero del SENA, se adjudicó la licitación para compraventa, a IMOCOM S.A. según Licitación Pública No. 010-08/91. Constancia de10 Sentencia en el proceso 91-0-7489 Demandantez Sociedad Pantecnica Demandado Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA'' ejecutoria del 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple. Folios 29 y 30, C.1 12.- que por Resolución No. 1746 del 20 de septiembre
Demandado Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA'' ejecutoria del 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple. Folios 29 y 30, C.1 12.- que por Resolución No. 1746 del 20 de septiembre de 1990 expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA., se adjudicó la licitación para compraventa, a FERRETERÍAS CIDEMA S.A. según Licitación Pública No. 004-06/91. Constancia de ejecutoria dei 24 de septiembre de 1991. Documento público en copii4 simple. Folios 31 a 32 vuelto., C.1) 11..- que por Resolución No. 1748 del 20 de septiembre de 1991. expedida par el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA. se adjudicó licitación para compraventa, a AROTEC COLOMBIANA S.A..., según Licitación Pública No. 009-0691. Constancia de ejecutarla del 24 de septiembre de 1991. (Documento publico en copia simple. Folios 150 a 151 vuelta, 14,- que por Resolución No.. 1749 del 20 de septiembre de 1991, expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA. se adjudicó la licitación para compraventa, a IMOCON S.A. segun Licitación Pública N. 007-06/91. Constancia de ejecutoria del 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple. Folios 33 a 34 vuelto, C1 15.-que por Resolución No. 1750 del 20 de septiembre de 1991 expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero
copia simple. Folios 33 a 34 vuelto, C1 15.-que por Resolución No. 1750 del 20 de septiembre de 1991 expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA, se adjudicó licitación para compraventa.a IMOCOM S.A.. segun Licitación Pública No. 006-06/1. Constancia de ejecutoria del 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple. Folios 35 a 36 vuelto., C.i) 16.-que por Resolución No. 1751 del 20 de septiembre de 1991, expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del SENA, se adjudicó la licitación para compraventa, a 1MOCOfI S.A.. segun Licitación Pública No. 009-06/91, Constancia de ejecutaría dei 24 de septiembre de 1991, (Documento público en copia simple. Folios 39 a 40 vuelto, C.11 ; 4 11 Sentencia en el procea 91-D-7489 Demandan te Sociedad Pantécnica Demandado Servicio Nacional de prendizaie "SENA" 17.- que por Resolución No. 1753 del 20 de eptiembrt de 1991. expedida por el Subdirector Administrativo y Financiero de] SENA. se adjudicó la licitación ,para compraventa a StJMEitJ1POS LTDA., según Licitación Pública No. 012-DG/91. Constancia de ejecutoria del 25, de septiembre de 1991. Doctmento público en copia simple. Folios 37 a 38 vuelto, C.l) i..- que por Resolución No. 1758 del 20 de septiembre
Constancia de ejecutoria del 25, de septiembre de 1991. Doctmento público en copia simple. Folios 37 a 38 vuelto, C.l) i..- que por Resolución No. 1758 del 20 de septiembre de 1'91. epedida por el Subdirector Administrativo y Financiero del 9FI111. se adjudicó la licitaciÓn para compraventa, a IMOCOM ;sent'It4 Licit.ac..ón Pública No. 005-DG/91. Constancia de ejori d& 24 de septiembre de 1991. (Documento público en cop aimpe. Folios 4.1 a 42 vuelto, C.1) que por, Resolución No.1759 del 20 de septiembre d. 1991, i--pedida por el Subdirector Administrativo y Financiero de] SENA, e adjudicó la licitación para compraventa, a IMOCOM S.A. seqIus I.J.citación Pública No.. 004-D6/91. Constancia de ojecuori dei 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple Folios 43 a 44 vuelto, C.1) N 4 que por Resolución No. 1761 del 20 de septiembre de 1991. epe1tda por el subdirector Administrativo y Financiero • del SENi.. se íodiudicó la licitación para compraventa., a IMOCON S,A., t ícitación Pública No.. 011-06191. Constancia de ejecutort del 24 de septiembre de 1991. (Documento público en copia simple. Folios 45 a 46 vuelto. C 1) qtío por Resolución No. 1762 del 20 de septiembre • • O de 19914 pedída por el Subdirector Administrativo y Financiero
copia simple. Folios 45 a 46 vuelto. C 1) qtío por Resolución No. 1762 del 20 de septiembre • • O de 19914 pedída por el Subdirector Administrativo y Financiero del SEHA, se adjudicó la licitación para compraventa a AROTEC COLOiBlAtWs S.A. según Licitación Pública No. 011-06/91. Constancie de ejecutoria del o24 de septiembre. de 1991. Documeuto público en copia simple. Folios 47 a 49, C.1 ( 22.- que por Resolución No. 1763 del 20 de septiembre de 1991. e'pedida por el ubdirect.or Administrativo y Financiero del SENA. se adjudicó la licitación para compraventa a IMOCOMSentencia en €i proceso 91-0-7489 0end.nte Eociedd P.nticn.ic 0ernrddo Servc.to Nacional de Aprendiaje "SENA) • ecun Lic. e :i ón No. O13DG/c?1 con trici a de e.lit-yct-qt(-.:Yy-j.i?i del 24 de eptiernbre de 1991 - ( Docutento púbi ico en copia .irnpie EOli.OE.. 50 e 5Á • C. J 23. uue con Oficio No, 411 10413 del 26 de septiembre de 1991 • ci comunicó i reoreent.ante .leci de L cciedd dE'ndnte • se ¿djudcron lii licitaciones Nos.. 1.759. 1752 i74S de 199 1 ., (Documento publico en fotoc:opie
dE'ndnte • se ¿djudcron lii licitaciones Nos.. 1.759. 1752 i74S de 199 1 ., (Documento publico en fotoc:opie a utent1c..d Fol jo 11 • C . 1 24 - one con Oficio No. 4.11 10414 dci 26 de septiembre de 1991 • 1 SENA al r cpreentntc 1. eq 1 de 1 ociedd dein.knd ....e.a Qune e .djudicror las iic.itciones Nos. 1,71 de 1991, t Doci.ment.o público en 1otoco1 utenti.cidi. Eolio 15. C. 25.- que con Oficio No. 411 10419 del 26 de septiembre de 1991. el SENA comunicó al represcnt,ntç' ie01 de ia ociedd demnd.nte. ¿ qne c dudiron 1 u c tc.iore Nos.. 1751 74 iJ 1991. Documento pntil i.có en fotocopie autentic.ada. Folio 1. C-1) 2que con Oficio No. 41i......1 del 26 de septiembre de 1991., el SENA comunicó 1 rcpreserstnte icqai de I.t uociedad dcmndnt.e. a quientes 951 e adjudicó lig, 1 icttción No. 173 de .1991. , Documento pub 1 .ico en otocopi. utent.i cada. Folio 17 L,1 2/.t.1 u con Oficio Nr) 411 10422 del 26 de septiembre de 1991, ci SENA comunicó al ieqi de la Sociedad
L,1 2/.t.1 u con Oficio Nr) 411 10422 del 26 de septiembre de 1991, ci SENA comunicó al ieqi de la Sociedad dnJrit • ¿u se adjudicó 1 i.i ci tc:iÓri No. 1.749 de ..91 (Docusuent,o
publico en fotocop.i ¿utenticdc Folio 18. C .1. 28.- que con Oficio No. 411 10423 dci 26 de septiembre de 1991. ci SENA comunicó al represeritnte Ieq.1 de i. Sociedad demandante. I. ¿udjudíccin de la No. 1750 de 1991 otro c:.ert.nte. Doc'..imento pu 1 co en fot,ocopi. utenticd. Fc' 1 o 19 c. 1.13 Sentencia en el proceso 1-0-7409 Demandantez Sociedad Pantcr,ica Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje 'SENA 29.-que con Oficio No, 411 10494 de¡ 27 de septiembre de 1991. el SENA comunicó al representante legal de la sociedad demandante la adjudicación de las licitaciones Nos. I=l 1754 1742 de 1991 a otros o-ertantes.¡Documento público en fotocopia autenticada. Folio 20, C.1) 30.-que con Oficio No. 411 10496 del 27 de septiembre de 1991. ci SENA comunica al representante legal de la sociedad demandante, la adjudicación de las licitaciones Nos. 1744w 1760 y 1745 de 1991 a otros ofertantes. (Documento público en fotocopia autenticada. Folio 21. C.i.)
demandante, la adjudicación de las licitaciones Nos. 1744w 1760 y 1745 de 1991 a otros ofertantes. (Documento público en fotocopia autenticada. Folio 21. C.i.) 31.-que con Oficio No. 411 1042 del 27 de septiembre de 1991, el SENA comunicó al representante legal de la sociedad demandante, la adjudicación de la licitación No. 1758 de 1991 a otros ofertantes. (Documento público en fotocopia autenticada.. Folio 22, C.1) 32..- uuc se otorqaror. Pólizas presentadas por la sociedad actora • con sus propuestas. las cuales fueron devueltas con los oficios arriba enlistados. (Documentos privados en fotocopias autenticadas. Folios 80 a 95. 31.- que con Oficio No. 7481 del 16 de diciembre de 1994 la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República. remite a petición de este Tribunal.. el oficio dirigido al Gobernador del Departamento del Meta por el sr. Presidente de la República con fecha 2 de julio de 1992 sobre selección de Directores Regionales del orden nacional de conformidad con el artículo 305 numeral 13 de la C.N.. En él se deja en claro que lles requisito indispensable para ejercer dicha potestad constitucional, el que exista reglamentación legal. Y ello resulta necesario, ontre otras varias razones. porque debe r-ecjularse el régimen administrativo, el periodo para hacer la esç.onenc.ja, o la competencia de Los gobernadores para hacerla 1 .... (Documento público. Folio 1 a 5 del C..0 34..- que con Oficio No. 12-43610 del 23 de noviembre14
esç.onenc.ja, o la competencia de Los gobernadores para hacerla 1 .... (Documento público. Folio 1 a 5 del C..0 34..- que con Oficio No. 12-43610 del 23 de noviembre14 Sentencia en ci proceso 91-D--7489
Demandante: Sociedad Fantécr, i ca Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje"SENA'' de 1193 ci SENA remitió a este Trihunai., los antecedentes administrativos que dieron lugar a la expedición de las resoluciones acusadas, los cuales contienen los resumenes de c:aiificaciorie técnicas de las propuest:as, actas, estudios. valuaciones e informes referentes a aquéllas. (Documentos públicos en fotocopias simples. Folios 6 a último del cuaderno 2 que con Oficio No.. 2-6692 de]. 25 de noviembre de 1994, ci SENA allegó al proc:eso, a solicitud del Tribunal • los pliegos de las licitaciones mencionadas y las resoluciones por las cuales se ordenó la apertura de las mismas.. (Documentos públicos en fotocopias autenticadas. Cuaderno 3) Ec LO EXCE:FCIONDO: Sumequipos Ltda. uno de los contradictores necesarios del demandante, propuso a titulo de excepción, la inE.>istcnc1ia de ordenamiento juricil co quebrantado.
Lo propuesto a criterio de¡ Tribunal no constituye medio enervante. solo es mera defensa; ec', que no agrega hecho nuevo al proceso; simplemente niega el derecho controvertido. La defensa será motivo de análisis, al decidir las pretensiones.
C. LS 3ÚPLXCAB PROCEBALEB La impuunatoria de nulidad de actos administrativos de
nuevo al proceso; simplemente niega el derecho controvertido. La defensa será motivo de análisis, al decidir las pretensiones.
C. LS 3ÚPLXCAB PROCEBALEB La impuunatoria de nulidad de actos administrativos de adjudicación de licitación. proferidos por el Sena, tiene su causa según la demanda • en que fueron expedidos • sin que se hubiese realizado la audiencia pública de adjudicación que consagra la Constitución Nacional de 1991.15 entoncia en el proceio 91-15-7489
Sociedad F'aritécri ca Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje"SENA'' 1..- El principio de legalidad que se dice quebrantado: a. El articulo 273 de la C.N. ro:; "A Lolicitud de cualquiera do lo bropcçrte,, el Contralor General de la República y autoridades de control fiacal competentes, / odcnrn oue el acto de adjudicación de una 1 jc.itción tenga lugar en audiencia pública 1 "Loe ca s os en que se aplique el /rsrnc3 de audiencim puhi . ca la manera comoe r4ctar, la evaluación de 1a propueat y / ,pndillones bajo las cuales e realizará aquella, rn laRatadas por la lev.". 1 b Para el Tribunal, ci cargo de anulación no "prosperidad. / 1 En La Con3titt.ción Nacional, regló en parte la indcó quien debia ser el promotor de la solicitud: ci i/uiera de los proponentes. SeÇaló ante que autoridad debia la petición frente al Contralor General do la
La Con3titt.ción Nacional, regló en parte la indcó quien debia ser el promotor de la solicitud: ci i/uiera de los proponentes. SeÇaló ante que autoridad debia la petición frente al Contralor General do la R ica o demáz autoridades do control fiscal competentes. Ulprisj que la autoridad adminiit.rativa ordenará la audnci: 00b1 i co l/ para efectoe do :ta adjudicación de la licitación../ Poro resulta que la Constitución Política no 01 absiutci la materia. Por ello en el inciso 2o. del artiui latir i6 a la ley otros aspectos, como son: loscasos en que se / atique el mecanismo de audiencim pública, la manera como ola evaluación de la