TA CUN - 9296-(04-11-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9296-(04-11-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
JUICIO EJECUTIVO - Excepciones
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDIN1ARCA
SECC ION CUARTA
San ta Fe de ugotá, D.C. Noviertbre cuatro (4) de mil r,ovec:.ientos noventa y tres (1993) C oLomelm
MAGISTRADA PONENTE: DRA. tIARIA INES ORTIZ BARBOSA
Acnr.lS: $"° e Cunainanlarca
REF EXPEDIENTE No. 7296
ACTOR: INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO 'IDU 4'
C/LAIRILLERA SAN 306E LIMITADA
aURISDIcCIQN COACTIVA DISTRITAL
SÉNTENC LA Procedente del Juzgado 2o.. Distrital de Ejecuciones FJ.scJes ha llegado a este Tribunal el presente proc:eso, para conocer de las excepciones propuestas contra el mandamiento de pago de 15 de octubre de 19l, librdc, a favor del lntituto de Desarrollo Urbano contra I LaUri.1 lera 3ari José Ltda. por la suma de $795.698.4. A folio 2 del expediente repo la certificación de deuda fiscal No. 910257 de de 1991 erÇ la cual consta la obligación cuyo cobro se ade).artta por jurisdicción coactiva s originada en la contribución de Plan Maestro 2002 asignada mediante 625 de septiembre 25 de 198 numeral 32996, obra que beneficia e]. inmueble sU:uado en la calle 51 Sur - No. 17-35 Int. 3 con cédula catastral No. 515.... 5At 1-' El ejecutado propone la excepción que (ncrn:Lna ' Ine<ií ten cía
Sur - No. 17-35 Int. 3 con cédula catastral No. 515.... 5At 1-' El ejecutado propone la excepción que (ncrn:Lna ' Ine<ií ten cía de Causa" la cual funda en que el inmueble beneficiado con la contribución que se cobra es ci situado en la calle 51 Sur 4 17- :35 Interior 3, descrito er, la certificación de deuda -fiscal y no corresponde a ninguno de los inmuebles de propiedad del ejecutado y agrega: "5.--- Para que nazca una obligación de pagar, se requiere que ésta se origine en causa cierta y corno ella no existe por no ser el inmueble de propiedad de LADRILLERA SAN JOSE LTDA., no origina a cargo de ella la obligación de pagar". (fi. 1 cuaderno # 2). Corno pruebas el excepcionante solícita: 0.- Oficiar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa. Fe do Bogotá, D.C. sobre la propiedad del inmueble relacionado; .-- Oficiar al Departamento de Catastro i)istrital constancia de inscripción o asignación de dirección al predio "CALLE 51 SUR NUMERO 1735 INTERIOR CEDULA CATASTRAL 515 5A-SECTOR CATASTRAL 014179903000000" Y DATOS JURfl)ICOS sobre ci mismo y demás pruebas conducentes". (fi. 2 cuaderno # 2). El IDU a través de apoderado descorre el traslado y en el escrito (fi. 31 a 33 c.p.) expresa que la excepción alegada no está incluida dentro de las sealadas en el artículo 509 del C.P.C. y afirma que el predio beneficiado con la obra es
escrito (fi. 31 a 33 c.p.) expresa que la excepción alegada no está incluida dentro de las sealadas en el artículo 509 del C.P.C. y afirma que el predio beneficiado con la obra es de la ejecutada según consta en el expediente y que en las excepciones la referencia es de c:tro predio. Corno pru..ba solicita se OTI.c.Le a las Notarías 4a y 6a. de Bogotá para solicitar las escrituraw que r'esePa y asi establecer la dirección del predio correspondiente ¿l folio de matricula inmobiliaria No. 0500402448 aportado al proceso. Al alegar deEXPEDIENTE No 9296 cern..! uin rel tera 1 impruceden:ia de 1 c>cepci.cr y refiere a la ecritura aortad pot i Notr la 6 C!i la c.i..ti .:on I:a AO el ed.io coy' e urid al. i'c1 Lo O4)2440 Prcticada, 1ti prueba la Sala eb -ti er -va que (l% E?feLt.0 t1 inmUeL)lu natricu 1 do baje €.i Net. oto• s-4o2 443 ( ç 1 - 1$ 19 cuacrno # 1) •s de pinpiedad de L.dri 1 Jera 3a do 5 L. LJa y se ertc:uen tra dentro de los r 1 a ciii los en J. a vmscri Nc 7.2.'6 de 1977 de la— Notaria 6a • di .L Ci rc.0 lo de &çjot se advierte e-pt ;aenij en la. página 6 (Jci do:urnento rotar ii
7.2.'6 de 1977 de la— Notaria 6a • di .L Ci rc.0 lo de &çjot se advierte e-pt ;aenij en la. página 6 (Jci do:urnento rotar ii fi 61 cuder no #l), situación que. flO ha desvi rt.k wde 1 a e.jec::utada, para que ií iurara dei ar sin viçencia e U ej c:uti yo por haber pl art t.eado imp :L i ci t:aften te en 1 a ec:.epcióri propues La una nulidad. Como expcón • "La 3:n isteni de no es proc.deft.& al eqr 1 a dentro dci proceso de c:obro de deudas t ia 1 es130 t cuanto así lo ci t spci te el artcu i 509 ( • ) del Cólqo de Procedinuento C1 -vil que a letra reza uA r t 09. EXCEPCIONES QUE PUEDEN PROPUNLRSE. 2Cuando el ti tule ej eccttiyo cns.it.a en una sen t cí a o un 1 audo de condena, o en otra. prov iclen cia que con 1 1 eve e ecuc:ión sólo pod al eyarse 1a expciiies de pago cc-fin pn5AciúI c.cwtfcçióri novaciÚi , reisión pt cstr L p citr, o trasacciór, sutnpre que e en osteriores a la respectiva providencia 1 a de nu 1 idad en los c.os que cintemp 1 an los numer'a es y 90 aol sr t.i ctilo.i. 40, y de
osteriores a la respectiva providencia 1 a de nu 1 idad en los c.os que cintemp 1 an los numer'a es y 90 aol sr t.i ctilo.i. 40, y de cCi sa Cuancín La ej ecucióii e ad 1ar te como lo dispcJnr? el inciso priro de3 rtíc:ulc; M, no r:edrán proponer excepc.tones prEXPEDIENTE No 9296 4
De la lectura de la d: poic.ión transcrita no se ercuen tu a la excepción propuesta en e]. sub-1 .ite ya que las ec.epciors pertinentes a este proceso 90 encuen trn taxativamente sFa ladas en ella y son las únicas que proceden.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativa de Cndinaçnarca Sección Cuarta administrando justicii en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la iey.
FA L L A
DECLARASE: NO PROBADA LA EXCEFO ION PROPUESTA
2. POR LO TANTO SIGA ADELANTE LA EJECUCION
EN FIRME ESTA PROVIDENCIA DEVUE:LvASE: EL EXPEDIENTE AL LUGAR DL:
0RISE:N.
CUPIESE, NOT1FI0tJESE:, Ci1LJMI0UESE Y CUMPLASE.
Discutida y aprobada en Sesión de la fecha Acta No. 49.
MARIA 1 NES ORTI Z BARBOSA MANUEL BERNAL AREVALC:j
JULIO E CÜRRE:A RESTREPO JORGE E. MAROJEZ P.
(Ausente)EXPEDIENTE No. 9296 5
MARIA 1 NES ORTI Z BARBOSA MANUEL BERNAL AREVALC:j
JULIO E CÜRRE:A RESTREPO JORGE E. MAROJEZ P.
(Ausente)EXPEDIENTE No. 9296 5