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TA CUN - 93-32785-(03-07-1998)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 93-32785-(03-07-1998)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

TRIBUNAL wN DI1INISTRATIVO DE GUND

SECCION SEGUNDA - SUBSECCION "C FACULTAD DISCRECIONAL /INSUBSISTENCIA Santafé de Bogotá. D... . Julio Tres de mil novecientos noventa ocho (1.998j. Magistrado Ponente Dr. Taricio Cácers Toro • g 4.ç Z A 5 Expediente No. 93---327€35

Actor X GIRALDO LOPEZ.. JAIME

Demandado N-CONTRALORIA GENERAL DE LA NACIO14

Controversia : INSUF3SISTENCIA

Clasificación AUTORIDADES NACIONALES JAIME GIRALDO L4JF'EZ • identificado con la C.C. No. 2.859.319 rjor intermedio de aaciderado Y en ejercicio de la acción de nu i i dad o restablecimiento del derecho. en Sept.3/93 presentó demanda contra la MAC ION CONTRALOR lA GENERAL DFLA MAC 1014. Üci3.c':.n de la declaratoria de inub.itenci a del nombramiento, darido lugar a la actual corhtroveria nue se decide en esta nrovx dencia. ANTECEDENTES LAS PRETENSIONES de la demanda son las iciuieri tea: la.. Decretar la nulidad de la Resolución No 03534 de mayo 5 d.. 1993. con la cual el aeor Contralor General de W~blica declaró la 1rfub9_&i: Lersc ia del nombramiento de JAIME 01 AL DO LOPEZ del Largo de Profesional, orado 3 del orupc de 1 nven bí.c:c:iori de Cori tabi :f, dad Interna. Sartate do Eouota.

AL DO LOPEZ del Largo de Profesional, orado 3 del orupc de 1 nven bí.c:c:iori de Cori tabi :f, dad Interna. Sartate do Eouota. • Ordenar como restablecimiento del. derecho:TRU. A)M. CII Dit4(P1ARCA SECC ION . SUI3ECC ION 'C" FA& ¡4. El re:Lnteoro del actor Al YJ15fflO csroo o a otro de LUU 1 o3UØeric'r c: Leoor'i. ¿i El r,ao al ieinrd..rt, Y.-Por la 145c:Lán de Idos los

, nr inás - beni ti c:ic1or€s fdeffJ4s orestitcio nes adr-hal s rch1es en servicio con tos re a ius e LncreUsentos tJe i dC)5 de percibj. r desde 1 chs d 1 .. hasta el di e e fctu el re.iriteor oOec 1 arar 1 no so lucióit de conf, jr, .Ld.d en ci em oleo or todos los efectos iurdicosi ecriáricos del dc,andan te y en seecia 1 1 C)5 oret.a€ inria 1 es LOS HECHOS ::Ie 1 a dern..anda se esbozaron ai U Ei.tor JAIME t3I RAIDÜ LOPEZ al servicio de 1 a Coritra 1 t:.ra n e 1 de 1 a f.:enúbl 1 ca • el de reviernbre de 1937 corno uuer '1or de Audi t.t:)r-ia5 de 1 'LS lÓd, de Hac 1 e n d a

de 1937 corno uuer '1or de Audi t.t:)r-ia5 de 1 'LS lÓd, de Hac 1 e n d a Nariorta 1 , dur atItC todo el t iemoo en ouc' iri 1. (.5 la Contralo ria lo hi zó cOfl C .ic iercia • resnonsabi 1 idad '.' uen condec 1a • lo cual le la.I.OF l i fico vi i:mc: £ones y benas ca 1 i fi cac i Jneir, como la ef cc tu ad a cor su Jefe mmcd ia t o Doctor RAFAEL sç;Nc:HEZ TUr:1: lASO. ea r a el ner i i ercc.or i a 1 deI Banco de datos de 1 a entidad Con 1 a cotnurs icacior de su iris bsisteru:ia el dia do i u v1,1,cl de 1393. no se le hizo entreoa del acto administra tivo. y tuio oue nacar su e>ocdiciÓri la cuál se le entrecii ci 21 de i u lío.. conforme al sol lo de su auter-ticac.ión o. El empleo oue d crnoaba era do carreraAdmiristr..ti va • rcr

el.¡, r- órs eprea del art 7 cJe! Decreto Lor 937 de 197o ciue es el Estatuto de personal especi 'fico napa la Con tralor ja C3neral de 1 a RE-Publica corno nor 1,11 c Iasificacicm cid art. S de la Pesoluc ión Oroanica 8470 de 1980 estatuto do carrera de di.ctr en t:idad , nor imoerio del art. 125 do 1¿,,, reva CTonstit.0

art. S de la Pesoluc ión Oroanica 8470 de 1980 estatuto do carrera de di.ctr en t:idad , nor imoerio del art. 125 do 1¿,,, reva CTonstit.0 Ci!fl Pul 1 tic de 1491 • y su retiro conforme a esta solo orocedi nor 'rit,.i vac:ión en causa les, de c:a ti f cac:ión no sa .].sf toria en el cies rioeo del emoleci o nor -'iclación del rÓoimen d.icio1 irsa río.. o rord1ue otro col omLi ano inuresado cor coriccir so de mer.i tos le sustituyera • tu cual ro ocur rio3o. l... C:on ira ic:.ria no motivó el acto acitinistrativo cine se de anda en roraa a launa positiva c''-';oreaa y concrota de orden c:tt.i_ tuc::ícjria 1 o 1 ea 1 . c:oino era su obliciacióri ni tainpoco se infiero cine lo ha',a hecho en desarrollo del mandato constit.0 CiC)flai de eliminar el control orevio ni en drsarroi lo de la ¡no dornizaclón y redi.cción del aparato estatal por cuanto. no se en la resolución - ni el sccicnat.e pertenecía a la nomina de control urevio.. sino administrativoTF18. ADM. CI0I1)It4AMARCA 19ECC[014 2 SUESECCItM4 'C" EXF. No. 93 -32789 M FPG. No 3 5o L a Con tu a loria oor culpa orave • ue no ouede al eoar a u favor o mediante fraude a la • o por omisicr'i pre

EXF. No. 93 -32789 M FPG. No 3 5o L a Con tu a loria oor culpa orave • ue no ouede al eoar a u favor o mediante fraude a la • o por omisicr'i pre iar1cadora. no ha cumcd ido su deber de proveer mediante concurso los oleo de su deoendencia . y por consiuu ion te no puedeaducj r en el caso del actor su orooia cuba. O el mejoramiento del qervi C.. 1. CP • pues no puede probar este en su reer.p 1 ao que lo efc'ctuo sin i:oncurso con lo cual se confioura una violación a la corst 1

La esc.luc.Lón de insubslstersc: ia UE':L actor encubre una oculta e indebida sanción ' un abuso y desviación de poder • y del debido nrot:eso pues l¿¡ oesto decidió y tramitaron las Jefes de Sección de Contabilidad Interna Dra. LILI(NE S(LZAR y la Jefe do Ja División Dra. DIANA pEtB. por haborseles llamado la atención oor ciarte de la Auditoria Interna y del Sr, Contralor i liar. oor el retrazci riel oruo de inventarios en su ani isi. y si riatizacjón; por lo cual la Doctora DIANA HADDAD Jfe de la L)ivLsióri en reunión QUe efectuarán con el qrupc.. Cf) abri. i 1993 después de mal tratarlos verbalmente. les puso un ola;o nerentorio para ponerse al día porque "se acabó la ¡'iamadera de oallo" Yquienes no cumplieran los botarían, porque no iban a

abri. i 1993 después de mal tratarlos verbalmente. les puso un ola;o nerentorio para ponerse al día porque "se acabó la ¡'iamadera de oallo" Yquienes no cumplieran los botarían, porque no iban a t.r.slaiia r el problema para otra dependencia ante lo cual ci ciernan dante manifestó. que el problema do atrao de las inventarios era por el incumplimiento y carencias reoortadas por las oficinas de la entidad, lo cual recarQaba al aruoo con deberes de esas de pendencias y también había falta de oroanización 1 planeación del t.rabaio. la jefe de la división le increó "Usted es la oersona puto menos tiene derecho de hablar. porque se la pasa por fuera en comisión. y atericiase a las consecuencias". así este y quienes también discreparon fueron desoedidos a manera de proceso verbal de querra. sin apertura de disciplina rio, ni causa alciuna. con flagrante violación del debido procese el derecho de audiencia -v defensa. Las comisiones que indiana ron a la Jefes fueró ordenadas por el Seor Contralor niara que como Contador • obrara en calidad de perito en procesos a sol ic:i ti-id do Jueces de la Ieottb 1 i ca. A la salida tic 10s'fur4ciorsarios despedidos con el accionente law mencionadas solicitaron la desianación de 30 funciona ríos para efectuar el trabajo que despóticamente querían que hicieran .10 en 15 dias 7o. La ir;subsistencia del demandante no está uuiada, ni di riQida D( -.>r intereses aenerabes. sino a desarrollar y

ríos para efectuar el trabajo que despóticamente querían que hicieran .10 en 15 dias 7o. La ir;subsistencia del demandante no está uuiada, ni di riQida D( -.>r intereses aenerabes. sino a desarrollar y mantener Ja "trata de empicados" ., servidumbre al marcJer de la lev en la administración del oersonal de la Contraloría. So. La Contraloría no puede aducir en la insubsistericia del demandante uso de discrecionalidad øor cuanto la ley es peci'fica para la entidad sólo le otorga una facultades restrín oida a los NOMBRAMIENTOS ORDINARIOS cine ha querido ampliar usur nando atribuciones de otros óranos del poder publico y prorrooan do la Drovisior4alidad, mediante fraude a la lev.TRJfL ADM. CUt4DJHAMARCÉ1 - SECCION 2. SULSECCIOH EXP. No. 93'-32735 PAL3. No 4 'o Las declaraciones públicas y reiteradas del Contralor de uue lirn oía ria a la Contraloría retirando a los pica uoa e ineoto ir; r ceiudad dE? 1U1CO. eliminó de un taio el debi do oroceo y coloca al funcionario en la picota de cnt red. cho ' cecha sobre su idoneidad y orobidad atentando contra u dere :ho a a Vionrav buen nombre y en trabando ssubosi bi 1 idades de on trataciór; laboral 1'. La F ctición '35.4 de mayo 5,93, con 1a cual se retiró al dnar,dante del servi.cio viciada de nulidad U rl.. $ a 40 €:•>n. -

on trataciór; laboral 1'. La F ctición '35.4 de mayo 5,93, con 1a cual se retiró al dnar,dante del servi.cio viciada de nulidad U rl.. $ a 40 €:•>n. - LA CUANTIA Y LA INSTANCIA. 3e menciona nue la asia ncc5n mensual del demndar,te era de 73'i .oç,. sin. mer.cioriar la instancia del uroceso ( f 1 59 ep

E. DEL FFOCEEO: LA PARTE DEMANDADA es LA NPsC: 1 ON CONT PALOR lA GENE Ri-.L DE LA REfUDL ICA 1 a cual fu& y incu lada al proceso mcdi anto 1 a r,otí. ficacián non viso del adatisorio al f)elcoacio niel Fe ii er,tan

te legal ciuier dc ionó Aodcrado iiici.ai el cual cc.ntestó la ó9 a 7u LOS TRASLADOS DE LEY se wrt ron. Inicia1ment IA r:IP ÍE l'1ENTE rir.d 1. ci sus a leuatos donde sk.sten ta ouc la ac:tua ion de la amim r.. stracior. se a usta a derecho e ol 1 cita uue 5€-n cioneada las ort.risiones de la demanda k f 1,.-. 1:1 a 135 e' u) - t 1 PARTE ACTÇJRt nuardó si ier.cio. Por último. E:L HINISTEPIÍJ p:rL1J no. Ln.Lermod 1':.' de la Procuradur ia Lincenta e Uno 1 51 en lo Jud .i cta L sostiene OLIO no resarla su intereención ( f E 136 to.

no. Ln.Lermod 1':.' de la Procuradur ia Lincenta e Uno 1 51 en lo Jud .i cta L sostiene OLIO no resarla su intereención ( f E 136 to. .hora. Cumol ido el trámite de lee sin que se obser 'e causa 1 al uur.a tic nulidad ti roccsa1 la 5 la procede a! estudio de la controversia mediantEi las siuulentesrPIfL. AI)PL 0HDII4AMARCA - SECCIOt4 2. - 51iíSECCIO14 kC$I

EXP. No 93-3785 PAG. No. 5

CONSIDEl 1

RACIONES El orobiGifia ir4icq cqn1rajj en el sub-ilte se 1± init4,i en det.ertninar SI EL ACTO ACUSADO (DECLARATORIA DE INSURSIS TENCIA DE LA PARTE ACTORA) SE AJUSTA O NO A DERECHO teniendo en c:uenta los carooi o usales de anulación aue en su contra ae ro nonen ort la deíranda y las pruebas valida . opQrtunarnente aporta ds al oroceso. Ahora, en caso de prosperar la nulidad del acto acusado corresponde entrar a conocer de las demás pretensiones 1ormuladaa LA MOTIVACION DE LA DECISION..— f:.q resolver se c:onsidera a.) La Parte Actora y su régimen de personal. L Parte Actora en el sub-lite aparece que deserneaba 1 carao

de, PROFES 1 ONAL UNIVERSITARIO NIVEL PROFESIONAL GRADO 3 del Grupo de Inventarios de la Sección de Contabilidad Interna de

L Parte Actora en el sub-lite aparece que deserneaba 1 carao

de, PROFES 1 ONAL UNIVERSITARIO NIVEL PROFESIONAL GRADO 3 del Grupo de Inventarios de la Sección de Contabilidad Interna de ta de 3oota cuando se decretó la remoción de au caroo en acto motivación eoesa ciue se acusa er# nul idad 1 fi 2 ep En la CON RÑLOR JA GENERAL. DE LA REFIJBL 1 CA aue es un Or cinismo Nacional de Control • SUS SERVIDORES PUELICOS se encuen tran somet. idos 1 F:EG 1 MEN ADM INI STRAT 1 VO DE PERSONAL ESPEC .1 AL. de la Institución i .cjr Dcto L. 937/76 oue oo ser ESPECIAL se pl i ca con ore ferci 1 REGIME:N ADMINISTRATIVO GENERAL. Octo L. 240')/6G y Dc to k. 1950/73 : solo en alauncis casos es api ieMbie és te 1 t i b. La actuación acusada, las impugnaciones y demás posiciones de las Partes. EL ACTO ACUSADO es la Res. No. 03534 de Mvo 5/93TP IB, AL1. (TUND :U4AMÁFCA SECc: ION .. ;FsEcctoN EXF. No. W-12785 PAÍ3. t'k_ uroferida r.r el Contralor (n'r1 (10 la Republica, arrime. jalidamente a este oroceso 1TI,2 esp,j. En la demanda. en resumen. e reclama ara la nulidad del ac to acusado con i .uidaíjient.o las normas violadas que se consideran

jalidamente a este oroceso 1TI,2 esp,j. En la demanda. en resumen. e reclama ara la nulidad del ac to acusado con i .uidaíjient.o las normas violadas que se consideran uuebrantadas con la actuaciónadministrativa que son los artacu los de las •iii.oic.tce. ioures fil-? la C.-c.njbt_ Nal. (2.4. S. 0. .t'i. 1.. 21. 23, 2.. 29. 35. 9. 'ql. 121 a 125. 209. 269--1fl del b.L. 937176 nums.J.-.. 4 y '. .I. 3. .4, 37. 51 a Y-'. 6.3 já 55. ii. 122; . E47018: ii C.C.A. (..T. ... 35. M. 44. 41. 4. 76 nums. ¿ y 11. ::; w 24) ij. , , :iei saIftc!çJ d..:pl .)nar lo fi. 41 Y el concepto de la violación aparece f.?st)ad€, continuación ' e' visible dei Vol lo 4.1 al Se del libelo. e esgrimen Ina Larqns de walia motM, ción. t flIr al ç .1.l::Jr; d&- 1 .?i íarmas en ciue cJcb..a f!indr ie c - IM=Unal. eta. o, forma cuidadosa. .:tr cj,n --- detall.:-, da e uustHntmron Inu CARROS DE ANULACION Y LOS CONCEPTOS DE VIO LACION nue luego E-: analizaran 1_L. -ii asa.

da e uustHntmron Inu CARROS DE ANULACION Y LOS CONCEPTOS DE VIO LACION nue luego E-: analizaran 1_L. -ii asa. La Demandada manifiesta nue el ac:tc:. .1 írsuurinadc, se a 1 u tó a derecho dentro de lo regulado nor la. Corn&t it.'cior y la Le-; • unr lo nue un deben negar las u u i ca de la demanda. Precisa que e .1 HuminadDr r,u tiene la nial .toac-.-on de motivar los ¿actos dr: 1 rb;ubá . tE1::idi de rei -oria 1 sin estabilidad. de conformidad cc.'r el art. 1.4:1 del Dcto / OUR no se de ni la falsa motivación ni la desviaciónde n4)cR-:'r : que la Parte AcLora un c'-tba de estabilidad en el careo nur .- no eatar escaisfonado fl. 6' a 70 emp.i. El Ministerio Público considera nue este ::aso no b~ per aa su i ntr .'encióri f 1 . 136 ex • c.) La controversia de fondo. El CO sub-lita tiene relación cor, la lrnutlrlac.iOn enFi € PA . 2 UÍEC LTON C"

ExF. No. - 273% PAG. No. 7

IU 1.1 J:i ch.- un acto admin itrttio uni' ihd.io del cud fu cioc1 ar as do 3.nib..t€nte 1 nombt asmion to do 1 a F'arto isctnr a ort M.vo 05 de 19:?3 en 1 ; Contra lorja Gersora 1 do 1 Rooubi 1Ci.

do 3.nib..t€nte 1 nombt asmion to do 1 a F'arto isctnr a ort M.vo 05 de 19:?3 en 1 ; Contra lorja Gersora 1 do 1 Rooubi 1Ci. ri:cj1uc.:iórs do J caso a e r.rec.i is ai Ls c: 3. ae do er\ idore DUL -' la. ccs i u ru asisen i sir zd i Da i 1 a CtjEit. t tucion do 138e cora sus,rei ri'as s ti:•re 'ut-. 10% SER'/1 DORE FUEi. 1 CúS la Rasisa 4sdmin a.strti '.'. 00sauss ni Ve Les Nu:ic'na1 y Local - asi. c:1uso Con Lras 1 ' .0ecentrai ada • etat:an corrordcas oor e teadc:. rtub11 cot ' 'tr aba i a,dcpre u oi icia.1e s 1 c iuuri a s eAai ia.cac cines i.oca,alo s:i€: .so1 1CsL1OII r'tiic:tiva: el Iciis 1 adril o>oid ió dos c: 1 sos do NÜRMAC 1 ÜHES • a sabor LA GE NEPAL. nar a .1 H elin.rs L 1.r, t r, & c i í 1 LAS E3PECflLES para a J. nun inst. a. LLa.on oroi esiories, • nr . Miii Lares. Docentes • Corstra1or..a Genor1

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LLa.on oroi esiories, • nr . Miii Lares. Docentes • Corstra1or..a Genor1

de la Renubi a.ca ¿.-!te:.3.De otro lado, Ja laja árs con temo 16 di. ;ta.nt c1a a e do e í iioos: de ooriod. do 1 ibre nombra ris.iefl lo , remoción . de carrera • otc: Bajo el imperio doesta Consti t:ucin i sus reformas. en los sil Lursos t a.omrsos • se reestruc tur6 la CONTRALOR IPi GENERAL. DE LA RE FJBL.1 CÍA 'tmbi€.r3 se exoidíeron disoosiciones relativas al ESTA RiTO DE PERSONAL de la Institución en aslnunas campos como los re ns-rses S i t S aciona 1 . de carrera • remunoractona 1 • etc. t y • a . DL. 37 de .i97 s Frs cuanto a 1 a nasa ficácaÓn de orriuleos en la Enti dad, al 1 í se orevi Faron unos de 13 br -e noinbr' anterito y ro,roción, o' trs de carrera y a bonos do períodos sometidos a sus orop.ias nor f:Ç.tori.m€ suroa.ó la Nueva Constitución de 1991. La cual n su art. 12 fue cateoorica en con orar el nrircioio nue "Los Tstil0O5 en los oroanos y entidades del Estado sor, do carrera" dotortrsi rió cau r,c 1 o ors nor excepción los de elección popular 1 c'a ije Ji bre rsotrsbrami.ers to y rPino cíór, los do tras ha i adores of 1 c:i a

dotortrsi rió cau r,c 1 o ors nor excepción los de elección popular 1 c'a ije Ji bre rsotrsbrami.ers to y rPino cíór, los do tras ha i adores of 1 c:i a lea y icxa. dís uuo dotermirse 1 a leí,TRU. DM.. CUNDINAMARCA SECCJON 2a. SUBSECCIOt4 "C"

EXF. No. 9-'1- —32 —185 7= PAG.. No. 8

Y 1 Ley 27 de 1992 'Dc. 23'. que desarrolla louno p e c tos de l C RE( ADMINISTRATIV, con un aúiDIio icnce. en los na rorfo •3o y 4o elel art. 2o ci ispuc. 91 Los r .adores del Estado que ore' ten sus servicios en La Presidencia. de l a Repubi ic. Conqr'eo de la Re— publica y oor virtud de la 1 e • Ministerio de Defensa. Üraantac ión Electoral v del entidades / sectores con carreras especia les o sistemas específicos de administración de personal, continuaran rigindose por las normas vigentes para ellos consagradas en la Constitución y la ley. 1 Las di i c.ores de la presente Lc, serr iouamente aplicables a los funcionarios de la Contraloría General de la República y Procuraduría General de la Nación. r,ientras tas entidades adoptan sus respectivaF4 nornas de carrera ordenadas por 114 constitución Rol .i tica. Dt: esta triariera. la norø,ati'idad anterior iv.or. DL. 937/76, si

tas entidades adoptan sus respectivaF4 nornas de carrera ordenadas por 114 constitución Rol .i tica. Dt: esta triariera. la norø,ati'idad anterior iv.or. DL. 937/76, si uo viuer,te desous d'E suroinu.ento de la Nueva Crtitución de 1991 . en tar tc rto fuera abiertamente contraria a los su perjures, por lo oue en co de ob eción era imperioso u aria Ii. 515 cuidadoso. L LEY 106 DE 1993 (Dic. 30). put:licada en el D. Of. No. 411 de dic. 3O/'/.. y nue ecun su art. tl nne a nartir de su proinu iciac bo. derondl las dlsoo £L:ior,es c.ont rar ias en esoecial el r t. . 7o del D.L. 1713 de 1961r y 1 os Decretos teves Nos. 924 y 9:30 de .1.978. aiq e;pitiió des:iucs, Esta disosición t cest.ructura la ct.t1oria (r,eral de l Reuübl ica C.Oiflo también regla el sistema de persi)ra1 de La Entidad i su Carrera icimjr trativa Esc'e:i al En su art. 122 Sr? clasifican los emoleos de la Entidad ide carne r . de libre rio bramierito / r emc)ciÓn) por lo nue se erit.endo t.c.i taniente clsrooada la norma corresnondiente del E.1_. 937/76 n vir tud del pr ir ....i pio de la prohibición de l¿-í- tautc'i. ooia 1 eqa 1taniente clsrooada la norma corresnondiente del E.1_. 937/76 n vir tud del pr ir ....i pio de la prohibición de l¿-í- tautc'i. ooia 1 eqa 1necto c.le •sta norma rc:avó 1 a Sent:enci a C....514 de No • US de .1994 do la ,::- te Cors ti tuciona 1 nue dec 1 anó rtarcla imente ine>equibi e ci citado art.i Jo en cuanto ciit.emol aba algunos c:arno como de 1 i br e nombraiiij.ent.o / rea,ocior cuando 1 rente la Nueya Carta Po 1 i tice.son de carrera (v.gr. Jefe de Unidad. Director . Jefe de Uril dad Secaac.r 1 Jefe de División 8cciort .1 Protcsi.cr,al Ur,tvers ta rio orados 1 y 12 vConrdioriador . fo r tanto. ha io la vioorciari#. ÑJ)M. íjNDIHAPfcç i:ccioi L. - SlJiSEC[:lo•l i?

EP. IIo. 93 - 32785 = FA6. No. 9 de 1 Lev 106í93 lois rcc, del Ente U .tca 1 son de Carrer Hdff,L niLrati. 'a E€cia .1 • vc las excenc:r€ A.i. las coias • en c ada controversia es necesario determinar la

  1. J.brl ' ce reoimer a QUE 5€? sc)Iriete: ademas en el ever,to de " ncrativc de 1 a oertinente en 1,a reoul ación del caso d is cutido • se debe pr 1 a iorma

" ncrativc de 1 a oertinente en 1,a reoul ación del caso d is cutido • se debe pr 1 a iorma

de 11 enar Lo • cuando lo pErm. te 1 a 1e por la v.ia de la remisión. ar,a 1oc.a o tnteorac:.ióri. La situación de la Parte Actora en la Entidad; la compe tencia nominadora, el ejercicio de la facultad y el de bido proceso.

En el aiil: :-- 11. te aoarec.c oue la Parte Actora se vincu ló a la Entidad en 1987 --cuando va reoi.a el DL.. 7/76 y fte de'irn:u Ta&Itpct 1 via de 1 a in bsist.encia desu nc:mbrarniento en Ma-fc) 5 de 1993; oara esta última tec:ha aun no se expedia la Ley 1(í93 ocr lo ciue la si tr'ac.tán seou a sometida al roimer, de ersorsal an tpi ior Es L10Et.o one el empi en oue dese eaba la Parte tora Ersioç,a1 Urversitario Nivel Profesional (Trado 3 corresponde

a EMPLEO DE CARRERA conforme al art. 7o del DL.937/76 Et.atute de Persor,1 de la C otraloría General de la República-, norn.ativl dad aue no reu1 ta contraria al NUEVO REGI1EN CONSTITUCIONAL DE 1991 en la clasif:Lcacjon del caroo spPbalado. Pero, no esta demostrado que la Parte Actora hubiera inaresa do al servicio de la Entidad por LA V1A DE LA CARRERA ADMINISTRA

1991 en la clasif:Lcacjon del caroo spPbalado. Pero, no esta demostrado que la Parte Actora hubiera inaresa do al servicio de la Entidad por LA V1A DE LA CARRERA ADMINISTRA TIVA ESPECIAL DEL. ENTE FISCAL. (CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUDLI CÑ. tamooco uue Dosteriormente hubiera sido escalafonado ', al momento de su desvinculación no aparece que estuviera inscrito en la carrera administra tiva esoecial de la Entidad. con las conse cuenci Que de we derivare. Entonces. aunoue la Parte Actora des.mpeaba un cargo de carrera

en - Entidad al momeritc) de SU desvinculación del servicio en 1.99.. como no estaba inscrito en ella, no gozaba de la estabi lidad ou para 10 € calafonados ccnsaora la lev pertinente, porTRIB. ADPI. CIJNDIt4APIARCA SECCIOJ'4 2. SUESECCION "C" EP. No. 93--327G5 PAG.. No. It) lo Q'.0 no orcede la oruttcción oue ella tablece oara los ms c.rm tos de esta i,ar'era no pueden resultar, umci 1 adas las NORMAS conrIT tic IcJNALEs y LEGALES que amparan al nersonal de Carrera dela e 1a Entidad. si no so tiene la calidad Lara ser titular, de los de rechos consaorados en el réqimert Jurídico para ese personal. si.. el art. 125-4 de la Carta Política de 1991 -qUe detor mina las formas de retiro de los empleados de carrera por cal ifi :ac.ic.n

si.. el art. 125-4 de la Carta Política de 1991 -qUe detor mina las formas de retiro de los empleados de carrera por cal ifi :ac.ic.n

vio st.i slictoría.. violación del rGoimori dísc:ipi mano y La deins C:aUsalCs sealadas en la Constitución y la lv NO FUE 0E F<ESUL lAR VIOLADO dobidc:' a oue la Parte Actora no era empleado de carrera por er,de.. nc, se puedo ox ini r la observancia de for y nrocodimiento d retiro del servicio para empleados de ca rrera 1 ooi' c.l fmcacióri 4;ie servicios mnatifact.ori.a previstos wi la Constitucic.n vla le'. Se irecisa oue en alc3urios casos el en to ur id.ico Drev?e orrias Y prcodi.í.ientos; %Iffli 1 a re9 de retiro del servic:io para oitleados df? carrerav de libre flcirn t. q_, vde rcr.ociór • coiao puedo sor' la "deti tuc:món er, el dL Sfi.t Dl mn.r,i,o -o entra tr,dose de 1 INSUESI ÍENL lA dci nc.t br affi el r ec)iriion es di fer'erit.e par a el 105

La violac: ión del derecho al trabajo rio ouedc darse directa monte frente a la rionirsa constitucional -us ia1 yo casos exceociona lo.. o--)r lo nota previamente es necesario hacer la confrontación dei. arto acusado cori 1 as NORMAS LEGALES que desarrollan el man dato corustitucionai Por eso es necesario descender" al Ambito

lo.. o--)r lo nota previamente es necesario hacer la confrontación dei. arto acusado cori 1 as NORMAS LEGALES que desarrollan el man dato corustitucionai Por eso es necesario descender" al Ambito 1 oua 1 nue t i.cne re 1 ación con 1 a NORMA PROTECTORA DEL DERECHO AL

T}3AJO.

El Poder Nominador en la Contraloría General de la Repúbli ca es rc,1adov por c::oriouor,te su ejercicio debe cei.rso a lo establecido en la lev dados los fundamentos 1cticos

Ba'o ci 97/7 se establecieron TRES CLASES DE NOMBRAMIENTOS euun la clase de empleo: ordinario para c'erso nal de libro nombramiento y remociOn y para los de carrera en pe nodo de prueba y provisional: este ultimo con un rnaximo de tieffs po urevito n la le (arts. 3o y 4j . Ahora si el LeQtsladcr-.. ouo es el nue roou la la FIJNC ION PUBLICA, determina la t.ompora 1. irF<Il. AhM. 014)3:HAMCA - SECCIOI4 2. SiJ}3ECCJOt4 'íC' ExF t1o. 3' PAE .11 dad del nombramiento provisional no ouede ser de recibo la PI(? di ciór de normas "de inferior cateaoria a la lev" que al teren o el término eiaIado en la lev para esta clase de nom brarniertcj nor eso. si ja Administ.rac:jÓr. ocir ciemplo, irrau1ar nsente en actos adminIstrativos "altera" 1a temporal triad del r,om

el término eiaIado en la lev para esta clase de nom brarniertcj nor eso. si ja Administ.rac:jÓr. ocir ciemplo, irrau1ar nsente en actos adminIstrativos "altera" 1a temporal triad del r,om bram1er3 t orovisiona 1 el orirner bs.nef iciado es el coleado aue "continua" en servicio. sin que por esa situac ón se vea a1ect.a do "inoreso" a la Carrera Administrativa porque por el solo t.ioo de er'ic:io no so 11 k a la Carrera ni esa clase de ntibramento da el derecho automático a inurosar a ella. For, consiouient e • si eJ empleo es de carrera • solo puedo ser orovisto ocr UrJa de 1 as dos for-,n determinadas en la 1ev' sin nue el "c:al .ii'icat.ivo" erróneo oue sele pueda dar a un nombra. miento üueda al ter ar su real condición frente a la ley . Además el orno 1 eacln vir,c:u 1 ario a un CARGO DE CARRERA '_`51N LA OESERVANC 1 A DEI.. FR0CED 111 lENTO DE 1 NORESO O ASCENSO EN LA CARRERA no ooza de estabi 1 idad. pues su real vincu.lec:ión es por nnmbramicnto provi sional de alcance temporal • sin que la permis ibi 1 idad en su cori t riij :ic en el sery i c.jc our rsrcjma dci, t€rmíiio de iv le otoraus otra cal idad ri derechos que solo tiene el personal esc:a 1 afonado • e verdad que en ocasiones LA LEY, no otra ciase de

otra cal idad ri derechos que solo tiene el personal esc:a 1 afonado • e verdad que en ocasiones LA LEY, no otra ciase de actos iurdicos sin ese al canco. consagra INGRESOS EXCEPCIONALES A LA CARRERA, DE PERSONAL "EN SERVICIO" que desempeñan cargos de carrera sin escalalonamiento, por lo nue esta es una ous.iblo via de -&ureo a ja car rera de otra manera • e:e clase de üersona 1 en cic tor,dr i a uue tc'rse a CC)NCLJRSO bajo 1 as roo las oenera i nara i noresar a la Carrer a. si seinvoca laviol ación del reo i.i.en de carrera • ror no oermi sión de su .inureso a ella es no cesat-iu diterminar con orecisión 1 a, norma oert.x nerite y los hechos re levantes al careo bara nocic.r determinar Li real merite se di(5 la fal la ad;r.ir,istrativa El art. 123 del DL. 937/76 asicina la competencia nominado • en una de us ver....Lientes. la de reirsoci ón uor lavia de la .irsut)Eistenc.ia del nofftbrairo.ersf.o • al Contralor General cuando mar da: "La dccl araciór,

de i rubsi.st:ancia de un rombramient.c es do c:crnrat.en cia do 1 C:.on tr a 1 or" Ahora • oara que OTRA AUTORIDAD de 1 a

da: "La dccl araciór,

de i rubsi.st:ancia de un rombramient.c es do c:crnrat.en cia do 1 C:.on tr a 1 or" Ahora • oara que OTRA AUTORIDAD de 1 a t.ntidaci oueda e i ercer la en nombre de .1 Contralor, debo ci ordenaTR.[B. Çij)M. (U íf'IHPIRCA SECCION 2 SUBSÍCC.IOH "C" EXP. No. W32785 F'AG, No. 1 rnint.o iurídico preveer la transferencia de esa facultad va perla v..a de la adcr;Lnción o por la ci:ir de funciones. En el art. 121 del 937176 ;e regla el eerc.ico de la iriub i.tericia del nombramiento. cuando dice "En cualquier momento podrá declararse insubsistente un nombramiento ordinario, sin mo tivar la providencia, de acuerdo con la facultad discrecional que tiene el Contralor General de nombrar y remover libremente los &m P1adQS nue no ertwçan q_11 Carrera Administrativa. En los empleos de libre nombramiento y remoción la designación de una nueva persona implica la insubistencia del nombramiento de quien lo desempea " inui 1 a ley autorizó al Nominador doc: 1 arar la IN SUBSISTENCIA DEL NOMBRAMIENTO del ewol oadci que no pertenezca a 1 a Carrero Administrativa. vale decir. une ro esté escalayonado. lo cual nuodo darse aun c::on personal vinculado en empleo do carrura pero nue llegó a él sin el procedimiento de lev tai:irubisten

Carrero Administrativa. vale decir. une ro esté escalayonado. lo cual nuodo darse aun c::on personal vinculado en empleo do carrura pero nue llegó a él sin el procedimiento de lev tai:irubisten ia ou'.de ser e•nr esa o tácita como la preveo el art. .1.21 orecí cidO. Por c.oi.tuutn te, todas las personas uno caten en .tua ción similar se ercuntr 1 en igualdad de condiciones frente a la. 409 OU? reos' 1 a 4,e e-vr t. . vale decir . pueden ser removidas en la forma uno eJ 3 a oree asi - se da la igualdad frente a la ley. EL. DEBIDO PROCESO. La ley no previó un "procedimiento pre a deciar at.ori.- de ms tIjsjst€jwpc.ja dei nombramiento (j 0114 oloado J5ie no gorm ie estabilidad Lier lo ciue el Jt..:: no uuade ex¡ u i r i o • iiis cuindr, tiene el deber sic "con fros, tar la actuación ad isini dr al iiacwdiOa frente a la los y no a requerimientos une .s-ri sin a i u,te . ella. Do esta manera no puede resultar uuohr ar, t.adcs liii debido pr c.c€c: olio no coracira la ley. 1 monspor mandato legal. . dmrhç. .z.~ Puede si aspedido SIN MOTIVAR LA PROVIDENCIA. iw-ro i de todas oreraa s:' motiva i & h fundamentacián tiene oue aiusterse o 1 'r,ampritu a la realidad

SIN MOTIVAR LA PROVIDENCIA. iw-ro i de todas oreraa s:' motiva i & h fundamentacián tiene oue aiusterse o 1 'r,ampritu a la realidad c.r'nIL:. ha soetpnido la ..)ur isdi cc: ion : ahora. ...LsarfJc:l el Deta r.c.r alitt) ringriá"1 oua 1 Nü tiene motivación "empresa". esa zituación no mipnitien une c.t eco de ella. pues 1 ndu,Ja b .1 oísieri tu une cuando .1 a autoridad lo aunide cc oor un inot. m ,i o causa as¡ rin la coorese ( t::.,ic: 1 á otorua 1a protección de la =resunción de 1 coal .ii ii.. - €..Ut4D iiÁRc: sCCc iü uSEC.c iON E)ii 327E iti' .i ac:t.. aue

in C. 1Cg c. st i idur a mod ido n ar - : d'z .1 v.. c. 1. c§ u-1-1 ti 1 .ico 1 .tj trio .1 i l€. • ar LI c. tinción t,or. 1 a ch? 1 riijl d . o. ortciso dFsv irtu, tal rirunciór cr ed€ tr idic r or 1 X nor e nd el iectado con ci .u.to estima i la furdamentaciónu no expresada del acto esa contraria a la realidad y al derecho (falsa motivación). )..:.i•n pucd€ cinario

a ud . cia 1 oor eaa a 1 1 a • lo cual n or iínr 1 uo ar ube

realidad y al derecho (falsa motivación). )..:.i•n pucd€ cinario

a ud . cia 1 oor eaa a 1 1 a • lo cual n or iínr 1 uo ar ube p en el jy: ci 'deicuur ir J. a otvacicn o causa re 1 de 1a cisión adnui .it.rativ por 1 cciics probatorios ostbies - in •:tu iara el 1 ci bistE formol ar .imei ci con s ctura o dcdut:cic..nes par

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