TA CUN - 93-33747-(15-12-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 93-33747-(15-12-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
SECCION SEGUNDA - SUBSECCION"!I' 1.. oría Tr.J )ni4Ø de Cuimarc. DERECHO DE PETICION - Violación
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
Santa F de Bogotá D.C., 15 de Diciembre de 1993
REFERENCIAS i ACCION DE TUTELA
Magistrado Pnentes ALVARO LEON OSANDO MONCAYO Expediente ; 93-33747 Actor z LILIA GOMEZ QUINTERO Demandada u MINISTERIO DE EDUCACION /' ro cede e) 7 r 1 !.0 y., a a tute) e £ ;'?'::ada oo la. seioru LILiA GOHEZ QUINTERO... c.e»t re e 1
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL—OFICINA SECCIONAL DE
ESCALAFON DOCENTE ANTE SANTAFE DE BOGOTA D.C.
I. ANTECEDENTES I »te ti cudo e .1 deeeda; t ¡ 1 •:1 t . la Úf ci i Sci o»ei de Escal e6 lce »tc u»te SantarJo 10 te el dza 11 de novievbre de 1992, su CSCC»S() é_ ,y, el qra'io 1.3 del eSCeld?ó» 'oce»te, de acue rIJO CO» ¡OS requi:. 1 tos que upo le dÁc:ha entidad. S» eherçjo, a la feche s .r,o he r'e'.ibido res pue ta al qu »a e ¡e Ñ ¡
II. PRETENSIONES Cn base e» los hechos vies.:i 1 us e» el azápi
res pue ta al qu »a e ¡e Ñ ¡
II. PRETENSIONES Cn base e» los hechos vies.:i 1 us e» el azápi a»t r .zo r p de que se le proteja el derecho • cc'rsaq redo Cfi el erLiculo 2.3 de la Carta Politice, orrie»e»do e J.c e»tiJad O»ede que tCSU& 1 .' ••
III. FUNDAMENTOS DE DERECHOPROCESO No. 93-33747
IV. DERECHOS VULNERADOS e indica como tal el contenido en el art .ícul o 0 23 del Estatuto Superior, encuentra quebrantado por precepto que el demandante la falta de respuesta a su solicitud de znocripci6n en el grado 13 ¿fol E:aiatin Docente.
V. CONSIDERACIONES Ante la Omisión injustificada Jo la d(/z»i1.itya(í-» en •1 set.ido de no resolver .la peticián de 2 demandante, ;fl:• la perentoriedad del artículo 23 de la Carta Política, es cuanto que las peticiones h.cha:. por 01 administrado debo?: obtener pronta resJUç4nq no cabe la mo ,o duda ¿?ZI Tribunal r41w la pa~ demandada le ha vulnerad¡-.-, fiaq vtee nt e al demandante el derecho de petición. Por tanto, ha s:ie tu re librando orden correspondiente.
E.1 anterior aserto, obviamente, encuentra » to, ademas, en el hecho de que ci plazo leqa ¡ con contaba .1 a vencLiJo.. ¡Artículo si:? Jo establecido e» el según el cual "si el
E.1 anterior aserto, obviamente, encuentra » to, ademas, en el hecho de que ci plazo leqa ¡ con contaba .1 a vencLiJo.. ¡Artículo si:? Jo establecido e» el según el cual "si el correspondiente, se a resolver su q u e para resolver, se halla más que s' demás co»corcJ?Les del C.. '1.. e» articulo 20 del Decreto Ley 291 de 1991, informano fuere rendido de» ro del p ciertos los hechos 50 salvo que ci juez ost i:me t~rán po r de plano, necesaria otra averiguación previa", En mérito de ¡o expue.to . e! TRIBUNAL JWI'f ¿NI STP.17ivO 1:.3L: CUNDIN/I/fIRC,q, SECE ¿UN SE6L/ND/itiU5ECCJ OH "C" aJ . t ra ndo justicia 1i?e de ¡a Rep= (a de Colombia y por autoridad de la ley.. FALLA
12. Tutélase el derecho de petici.n con relacii»PROCESO No. 93-33747 22. 1 i.c,esd,r.ia ) MINISTERIO DE ED1JC4CION
NACIONAL OFICINA SECCJONAL DE ESCILAFON DOCENTE ANTE SANTAFE
DE BOGOTA D.C. d¿.?berá, lé.treten d ;o1 .iLu'J ie v' uo' j fi c;':'i de e:tt pr.'ider.cii (art ¡rulo .:i del Dei. rtu di.. 1291 3
uo' j fi c;':'i de e:tt pr.'ider.cii (art ¡rulo .:i del Dei. rtu di.. 1291 3 .32. Hof . fi'q .e l..i, re..(.'ne por teleq., :or torme 10 rIi':u1 ..O delOecr.: o 9.1. :J j•'j , .5 del ireo .306 :k1992. 4k). 5.i e: e fi 1 lo fi0 'tt5.' .! ¿ /• . corté.? Cot .i ti.s:i. .1 ei el el rt ¡cts] ú .31 de.! De c re t o Ley 25'i 4e e'e vit u 3