TA CUN - 93-D-8523-(21-11-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 93-D-8523-(21-11-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
'114141sertetí,14 ODNTRATO DE OBRA PUBLICA - Mora en el pago / PERJUICIOS Indemnización
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMA
SECCION TERCERA
MAGISTRADA PONENTE: DOCTORA MARÍA DEL PILAR VELOZA PARRA
Santafé de Bogotá,• D.C.. veintiuno (21) de noviembre mil novecientos noventa y seis (199á).
Ref: Expediente NO. 93-D78523
Demandante: Consorcio Sociedad
Construcciones Sigma Ltda y Otro.
Demandado: Empresa de Acueducto
Alcantarillado de Bogotá. RsefflPobslIbiPLeilffij..P21Iralctual
1. El Tribunal decide en primera Instancia, la demanda presentada por el consorcio conformado por la Sociedad Construcciones Sigma Ltda., y el sel';or Jose Leonardo Ruiz Murcia, en ejercicio de la acción contractual, contra la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
II. PRETENSIONES: "lo. Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá debe pagar a la sociedad demanden te por - concepto de INTERESES MORATORIOS las siguientes sumas
de dinero: "m. $16'662.468.52 DIECISÉIS MILLONES. SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS., por retardo en el .pago del acta de reajuste #9.
$8.592.468.95 OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA
DOS MILCUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS. CON NOVENTA Y
de reajuste #9. $8.592.468.95 OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA DOS MILCUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS. CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS por retardo en el pago de la deblución de93-D-8523 la retención (5%)'de garantía. -"c. $719.600.00 SETECIENtbS 'DIECIOCHO Mi_ SEISCIENTOS PESOS Por retardo en el.' pago de la cuenta de corrección de actas #1,2,3,4,5 y 7 de reajuste. "d --. $5.747.147.96 CINCO MILLONESSETECIENTOS CUARENTA Y SIETE .NIL C4ENTO SETENTA V CUATRO PESOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS'.. por retardo en .el pago de la Cuenta de •corrección de ',,las actas #6 y 9 de reajuste.
11. /98'.9.570,64 ONCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL •OUINIENTQS SETENTA. PESOS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS pgrretardb eh 'e.:U . pago de la cuenta de corrección del' acta #9 de reajuste 2..• Que estas' sumas de :dinero las debe pagar la Empresa de; . :Acueducto 'y Al canta.ril lado de BOgota a la sociedad demandante 'a valores presentes es. decir corrigiendo :so 'valor hiStórico utilizar para tales efectos lr reglas• .H.Jlue se sk(elen .apVicar al respecto. La actualización se realizará el: día en el • cual la demandada pague efectivaMente las suMaS•menciOnadas, y se tomará como
lr reglas• .H.Jlue se sk(elen .apVicar al respecto. La actualización se realizará el: día en el • cual la demandada pague efectivaMente las suMaS•menciOnadas, y se tomará como tiemPo de' actualización el .cinprendido entre el día en el cual Ia'EMpreSa de Acueducto :Pago á, la demandante cada una de' las. obligaciones relacionadas en el hacho 449 de la demanda Y '14 día en el cual la empresa pague el valor de Ids "intereSes moratorios • -'sbIiritadoS en la petición anteriorl'. (fol. 2 a 3 c.1).,i
III. ANTECEDEWES: CdNSTRUCCIONES dIGMA..L.TDA, en asocio con jOSI. ,LEONAROO.RUIZ MURCIA, preViolDrocedimiento licitario, celebrO. toh •la Empresa • de: -Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, un contrato de obra pOblica que se Identificó ton el numero ,745 de, 'fecha 3 de junio de 19159. , - •12:.:,E4 cohtrato antes Menciohado tuvo por objeto la 'lidi'..t --. -- ó - ,. P,i-tíci J, de •la ,' estación. .•de bombeo, la cohst'cuccibb '.'del. tanque •de: Súcción, f las columnas y .. demás obras complementarías de c. -¡ue trataba la licitalón•:publica nacionaUAB -IV -34 -A. . , ., . . , . .
EL' precio inicialmente pactado fue • de
.. demás obras complementarías de c. -¡ue trataba la licitalón•:publica nacionaUAB -IV -34 -A. . , ., . . , . . EL' precio inicialmente pactado fue • de • $139.571.693, CIENTd TREINTA Y . OCHO MILLONES . ,QUINIENTOS SETENTA Y UN - MIL : SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES .PESOS..' '4o. En él contrato se -convino que la Empresa de AcueduttoOagaría las cUentas al contratista en un plao' ..Maximo de , sesenta . días 'siguientes a - la presentación.de ellas. "15o, convino, .tambien,• Ouela Empresa retendría . cinco por ciento (5%) del valor de cada una de,:l.as, cuentas de 'cobre presentadas con baseen las actas de obra... ejecutada 'y en lás actas de ajuste correspóndientes,' Suma ésta que se tendría . como93-D-8523 qarart..ia de ctmp.1 i.mrient.c:. '/ se devolvería al finalizar '' liquidarse el contrato. "6oi igualmente se cónvino qea' la Empresa le pagaria al contratista al terminar "' liquidarse el contrato los saldos ' :i.a retención da'! cinco por ciento '(%) de que se habló en ci numeral anterior, dentro de .1 os sesenta ( 60 Si días s:Lquri.cn tea a la fecha dci último o del único certificado de acepta:ión y eptrega final y recibo de le totalidad de las obras expedido por la etaprcse
dentro de .1 os sesenta ( 60 Si días s:Lquri.cn tea a la fecha dci último o del único certificado de acepta:ión y eptrega final y recibo de le totalidad de las obras expedido por la etaprcse El, cccntra jata presento' a la Empresa de Acus:ductoq en debida forma las cuentas de cobro do las actas y conceptos que a continuación so discriminan con sus respectivas cuantías y fechos de radicación C.(JENT'PI Acta tic-:' reaj usto, 449 De devolución de retención 51 Do corrección de actas 1990 4 1,2q3q4 y 7 do rsseaj usto' De corrección cja' actas 446 y 3 de reajuste De corrección d' acta 44 9 de reajuste VALOR. iR A J-) 1 ç'í' 1 C'4 $26000.345,42 4 junio 1990 26 junio 1990 $13,, 680 27 septiembre $7.418.899.39 7 dic:ierribre 1990 $21.058.964.82 4 abril 1991 La Empresa no pago las sumas de dinero antes mencionadas en o:1 tEr-mi3»ic pactado sino en las fechas que a continuación so determinad: FECHA DE PAGO Acta de reajuste 49 De devolución de retención ( 5 D' corrección de actas 44 19253,4,5 y 7 de reajusteDe corrección tic actas 44 6 y 8 de reajuste De corrección de acta 44 9 de reajuste .11 julio :1991 16 agosto 1991
reajusteDe corrección tic actas 44 6 y 8 de reajuste De corrección de acta 44 9 de reajuste .11 julio :1991 16 agosto 1991 24 diciembre 1990 26 marzo :1992 ::: abril 1992 El retardo en pagar hace que La Empresa do Acueducto debe pagarle al cc:ntratiateinterea,ec-. moratorios e la 'tase del dob:i e' dél corriente banc:ar'io desde el día en ci cual' ha debido pagar conforme el contrato hásta el día en el cual efectivamente pago "10. El contrato 745 se liolidó el día 30 de mayo de 1990por el acta finalisuscrita,porilas partes,.342 -D--G 523 "=. El detalle cuantitativo expresado antes mencionada fo el siguiente: en acta (
VALOR DEL CONTRATO ORIGINAL
vLo: DE OBRA EJECUTADA
VALOR REAJUSTES
VALOR COSTOS MAYOR PERMANENCIA
VALOR TOTAL DEL.. corrro $130.571 .683.00 $183.589.719.40 $ 9.3 750 $ 4.954.035.60 • cc c $282.399 • "12. l..a Empresa efectuó detenciones 15%) de garantía sobro las actas cio obra ejecutada y de reajuste por un valor total de $14119.951.16 "13 La Empresa domandkda recibió las obras del contrato a satisfacción, el día once ( 11 ) de febrero de 1990. :::cor acta que se suscribió entro las partes 4 La sociedad ha debido rec:ihir, por la mora de la empresa do acueducto en pagar las cuentas expresadas en los
contrato a satisfacción, el día once ( 11 ) de febrero de 1990. :::cor acta que se suscribió entro las partes 4 La sociedad ha debido rec:ihir, por la mora de la empresa do acueducto en pagar las cuentas expresadas en los hechos que anteceden • el val ccr de los intereses moratorios en las siguientes fechas y cuantías: (aplicando una tase de interés del 5.60% que por aquella é:cc:cca regia do acuerdo con los preceptos del articuW 834 del C de Co. y la certificación de la Superintendencia Bancaria): ,CUENTA OlAS EN NORA Acta de reaj os te 49
De devolución do retención c.c: :crrac::rión de actas 4 .• 7 da reejusLe VALOR 1 NT ERESES FECHA $14.662.468.52 11-07-91 $9.592.468.95 .16-08-91 $718.400.00 24-12-90 t:::::r-ç:c:i.(5r de 410 $5.747.174.86 26-03-92 actas 14 e y e da Teaiustw Corrección de. 305 $11.989.570.64 03-04-92 o<:te 19 reajuste .15.; Ccr:1 le ol:crose no ha pagado toclev.ie esos intereses moratorias, las sumes pertinentes antes mencioneJes. las deberá pegar corregidas el valor presente que ellas tengan el día en el cual efe'ctivamente las pague.
Su cálculo so hará tomando cc: cmc::c tiempo do actual 1 zaciórf el
mencioneJes. las deberá pegar corregidas el valor presente que ellas tengan el día en el cual efe'ctivamente las pague.
Su cálculo so hará tomando cc: cmc::c tiempo do actual 1 zaciórf el transcurrido entre el día en el cual ha debido pagar el valor del interés moratorio para cede obligación, conforme a lá fecha expresada en el hecho anterior, ', aquel día en el cual efectivamente pague. kl ( cJ, ...
1V. LA ADMISAN E IMPUGNACIÓN DE LA DEMANDA:
A. Ésta fue admitida por auto do 16 de febrero de 19939:3-D-8523
(fo1,70a 71 c.1) y además se ordenó notificar - al seRor José LeonardoRuiz Murcia, quien de conformidad con los hechos de la • demandatiene interés en las resultas de este juicio, en su condición de integrante del consorcio contratista.
B. Se notificó al demandado el 27 de mayo de 1993
(fol.73 c.1 el cual contestó la demanda extemporáneamente. El 11 tic consorte - fue emplazado, y compareció al proceso el 18 de agosto 4 , 1994. (fol.87 c.1) Dentro del término de fijación en lista no - se realizó actuación alguna.
V. LAS PRUEBAS: Fueron decretadas por auto de 25 de octubre de 1.994 (fol. 89 a 90 c.1).
VI. AUDIENCIA DE CONCILIACION: . Por auto • del 6 de octubre de 1995 se citó a las partes su , realización (fol. - 110 a 111 • c.;1).,•Tras un aplazamiento
VI. AUDIENCIA DE CONCILIACION: . Por auto • del 6 de octubre de 1995 se citó a las partes su , realización (fol. - 110 a 111 • c.;1).,•Tras un aplazamiento IleVada -a cabo, resultó fracasada (fol. 126 c.1).
VII. LOS ALEGATOS DE CONCLUSIÓN: Por autó . - de 30 de, agosto de 1996, se dio traslado a las partes y• al Procurador en lo Judicial, para que', allegaran sus memoriales definitivos (fol, 128 c.1).
Las partes 'hicieron uso de dicho 'termino, así: a. La ,Parte actora, Orientó sus alegatos a desvirtuar la excepción de caducidad propuesta por el demandado: sostuvo que el término de 2 aflos que concede la ley para intentar la acción, comienza a contarse a - partir del día en el cual - efectivamente ocurrió el pago de las -obligaciones. Reafirmó que el retardo en el pago de las obligaciones de, la entidad le causaron un detrimento patrimonial . que debe ser 'reparado. (fol.129 a. 130 G.1).93-D-8523 La parte _demandada, prdncipalmente solicita se desestimen laS -pretensiones de la demanda, argumentando que si bien el actor utilizo la acción correCta las pretensiones son equivocadas,,- en cuanto pretenden que "(—.) el fallador le imprima tratamiento a-la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá,: E.S.P. COMO. e un particular-, al exigirle el reconocimiento 'de lugro -cesante s .,,.-.daRo emergente, perjuicios
imprima tratamiento a-la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá,: E.S.P. COMO. e un particular-, al exigirle el reconocimiento 'de lugro -cesante s .,,.-.daRo emergente, perjuicios compensatóráS1 y ABoratorios subsidiariamente intereses a la - tasa comercial mas indemniz,aciones sobre estas_ cantidades (...)" Por otro: -lado sostiene que existe caducidad' de la acción, por Cuanto el ter -411in° comenzó a correr a partir del día '30 de mayo'de•'1990„ cuando se - firmó el acta de liquidación, lo -que implica . que venció en 1992, y la demanda fue impetrada el 27 de enero de 1993. A lo anterior agrega que el demandante firmó sin reparo alguno el acta de liqUidación renunciando así, a toda posibilidad : de i ante mpugnadón la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. (fol ..131_ a 139 c.1), COMO no se observa causal alguna' de_ .nulidad que pueda invalidar lo' 'actuado,- lospresupuestos procesales se hallan cumplidOS.a cabalidad y la legitimación en la causa, tanto por ,activa como por _Pasiva jlerofrecen reparo alguno, SE pasa a decidir' previas las siguientes, V I I -JC 9 .1.9 S I D El RACI .0 N ES =.. El Tribunal accederá parcialmente a las pretensiones formuladas por' el ' consorcio SOCIEDAD CONSTRUCCIONES SIGMA LTDA.Y JOSE.LEONARDO RUIZ MURCIA, .en contra de la -Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, asíl
formuladas por' el ' consorcio SOCIEDAD CONSTRUCCIONES SIGMA LTDA.Y JOSE.LEONARDO RUIZ MURCIA, .en contra de la -Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, asíl Se pretende con aquellas, se declare la responsabilidad contractual or - él incumplimiento del contratante por el retardo en el pago de las cuentas de cobro del contrato de obra publica No.745 del 3 de iLlfliD de 1988.
A. HECHOS PROBADOS: Que El 3 de junio de 1988, la Empresa de93--I)--852:3
Acueducto Alcantarillado de Bogotá y la Sociedad Construcciones Sigma Ltda celebraron el contrato de obra publica No 745 dei cual se destacan las siguientes cláusulas:
CL.AUSUL.A PRIMERA OBJETO: Ampliación de la estación de t::mbc-o construcción del tancwe de succión Las columnas y obras complementarias(
H CL.LJSL..A CUARTA NATURALEZA Y VALOR DEL.. CONTRATO El presente es un contrato administrativo de obra púbiic:a a precic:s unitarios fijos y sumas pioi::'a].es fijas, y por tanto OS riesgos que implique su ejecución serán enteramente a cargo del CONTRATISTA. ( ) Para efectos legales y fiscales. E?l valor estimado nc este contrato es la suma de
CIENTO TREINTA 'i OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS CON 00/100 (130.571.683.00) N/CTE (
1 CL.4USULA QUINTA FORMA DE PAGO La En-prI?sa pagara al
SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS CON 00/100 (130.571.683.00) N/CTE (
1 CL.4USULA QUINTA FORMA DE PAGO La En-prI?sa pagara al contratista La ejecución de las obras, objeto del presente contrato, como se estipula a continuación ( ) d Retenciones: La empresa retendrá e.1 cinco por ciento (5%) del valor de cada una de las cuentas de cobro presentadas con base en las actas de obra ejecutada y en las actas do reajuste correspondientes, como garantía adicional de cumplimiento. El valor de retención se reembolsara al contratista de acuerdo con Lo estipulado en la cláusula vigésima primera de este contrato, dentro de los sesenta (60) días siguientes al recibo a satisfacción de la totalidad de la obra siempre y cuando no exista reclamo alguno pendiente contra él o no se hubiese aplicado antes por la EMPRESA al papo de multas y /o sanciones, pastos o indemnizaciones a carpo del CONTRATISTA Es indispensable para la devolución do esta retención que el CONTRATISTA suscriba una constancia en la cual releva a la E:Mr-REs,s de todas las reclamaciones y demandas que puedan surgir o haber s urpido del contrato pus' será una declaración de pa y salvo en cuanto a las obligaciones impuestas por este Contrato a la EMPRESA Para la devolución de la retención deberá además haberse (:ors.tituic:ic) Ja Garantia de Estabilidad de que se trata en la Cláusula Décima da este contrato e). Plazas para los pagosX Los payos c.c las cuentas al contratista se harán dentro de un plazo máximo
Estabilidad de que se trata en la Cláusula Décima da este contrato e). Plazas para los pagosX Los payos c.c las cuentas al contratista se harán dentro de un plazo máximo de sesenta ( 60 ) días, siguientes a la fecha de su presentación debidamente aprc:banaa. por la empresa Y preparadas y acompaiadas con los Documentos nastabicc:3.dc:'s en el literal e de la Sección 1.04.13 del pliego de condiciones. ( ,, ) " CLAUSULA VIGÉSIMA FR1MERA PAGOS FINALES '" L su): oc óNi DEL CONTRATO La EMPRESA papará al CONTRATISTA los saldos y la retención dei cinco por ciento (5%) sobre las cuentas de cobro mensuales dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha del ultimo o dei Oni.cc::c certificado de aceptación y entrega final y recibo de la totalidad de, la obra ex pedido por la EMPRESA según lo establecido en la sección 1 .,04,2B del pliego de condiciones ) (fol. 12 a 2.6 c..1''e 93-D-8523 .• QUE' €i 11 de febrero de 1990, 'fue firmada el acta de recibo final de las c:bra. (:::c::r-responr.:EntE's al contrato 745 donde la Interventoria hace constar ique las obras han sido rs'cih:idas a satisfacción por la Empresa de Acueducto Aic:an.tarillado de Bogotá. (fol. 32 a 46 c.1). 3.'- Que el 30 de mayo de 1990, se firmó el acta de .1 ipuidación final de la> obras ejecutadas en desarrollo del
Aic: an.tarillado de Bogotá. (fol. 32 a 46 c.1). 3.'- Que el 30 de mayo de 1990, se firmó el acta de .1 ipuidación final de la> obras ejecutadas en desarrollo del contrato 745, donde ci contratista declara que no reclamara posteriormente contra ci contratante con motivo de la ejecución del contrato en cuestión. El valor de la contrato el finalizar asciende ala suma de 232.399.022.50. (f(Di .'47 a ¿. ci 4 de junio de 1990, la Sociedad Construcciones Sigma Ltda., presentó cuenta de cobro por cc:'nceptc:' de acta de reajuste de obra numero nueve (9) por valorde al.or de $26.100.345.42.,senúrç factura 018•-9. (fol .27 c..l ) .. Esta fue cancelada. ci. 16 de abril de 1991, según certificación expedida por la Dirección de Tesorería de lo Empresa de Acueducto y Alcantarillado., ( fol 110 w0).
5Que ci 26 de julio dé 1990, le Sociedad Construcciones. Sigma Ltda., presentó cuenta de c:obro por concepto de devolución de la retención de garantías de acuerdo con :Lc establecido en e1 contrato No. 745 por valor de 14,119,951.16., seqn factura 020-90 (fol. 28 c.¡). La cual fuecancelada ue cancelada el 14 de agosto de 1991, según certificación expedida por la Dirección de Tesorería de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado. (fol .1.10 c.41. 6.- Que la Sociedad Construcciones Siçrie Ltda.
cancelada el 14 de agosto de 1991, según certificación expedida por la Dirección de Tesorería de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado. (fol .1.10 c.41. 6.- Que la Sociedad Construcciones Siçrie Ltda. real i ó cuenta de cobra por concepto de acta de corrección de las actas de reajuste de abráT.No. uno ( i. ) dos (2), tres (3) cuatro (4), cinco ( 5) y siete 7) de acuerdo con el contrato .745 por valor de $13.595.680.05, según factura 019-90. (fol 29 c0). Secún Tiomunicación del 1 de agosto de 1996 de la Dirección de Tesoreria de la Untidad demandada no se encontró registra de la orden de pago de esta cuenta dentro de los archivos y del sistema 'finenc:jro. (fol. 109 c.4). 7.- Que el 7 de diciembre 1990, le Sociedad Construc`cionesSigma Ltd . presentó cuenta de cobro por9 93--.D--8523 concepto de:' acta de corrección de las actas de reajuste de obre No seis (6) ocho, (8) seún, el contratoNo745, por valor de $7.41.S.999.31. según factura 019-90 (fui. 0 c.1)1 La cual fue cancelada el 26 de diciembre de 1991, según certificación ça;:.pedjd por la Dirección dé Tesorería de la Empresa de Ac:ueduc:to y Alcantarillado. ( fol 110 c.4). 8.- Que el 4 de abril de 1991, le. Sociedad Corsstrcciones. Sijma Ltda., realizó cuenta de cobro por concepto
Ac:ueduc:to y Alcantarillado. ( fol 110 c.4). 8.- Que el 4 de abril de 1991, le. Sociedad Corsstrcciones. Sijma Ltda., realizó cuenta de cobro por concepto de acta de corrección del acta de reajuste nuevo (9) de acuerc:o con el contrato No. 745 por valor de $21,058.964.32, según factura 001-91 (fol. 31. c.1). Este fue cancelada el 30 de diciembre de 1991, según certificación expedida por la Dirección de T'erorerii de la Empresa de Acueducto . Alcantarillado, (fo:1..ii0 c4) Como !as pretensiones se decidirán en parte, favorablemente., se procederá el análisis de la caducidad de la acción y estudio de los extremos de la responsabilidad contractual por incumpl .imí.entri ; estos son el cumplimiento de la prestación contractual de pago a carcfo de]. contratistas su irregularidad o retraso, el perjuicio, y le relación o nexo causal entre ó5 t(::5 t Cad c:i. ç.:Ld L.a Sala respecto al alegato de la parte demandada sobre la ç:aducidd de la acción contractual porque la demanda fue presentada mas de dad aflos después de ejecutada el acta de liquidación del contrato (30 de mayo de 1990) • considera que el fenómeno de caducidad de la acción solo se operó en relación con el cobre de la corrección de actas 4$1 2, 3, 4 7 de reajuste, el cual según la demandada. se papá ci 24 de diciembre de 1990l por tanta la acción referida a esta pretensión debió
el cobre de la corrección de actas 4$1 2, 3, 4 7 de reajuste, el cual según la demandada. se papá ci 24 de diciembre de 1990l por tanta la acción referida a esta pretensión debió presentarse ci primer día hábil después de la vacancia judicial de enero de 1993i el cual no fue el 25 de enero de 19939 fecha de presentación de le demanda.. En relación con la caducidad de la acción de les demáso. 93-D---8523 pretensiones y sobre iiincumplimiento contractual, se reitere 3.o dicho por este Tribunal en' le providencie dei 7 de noviembre de 1996. expediente 93-D-8524Magistrada Pnente Dra. ebio1e Oro:'c::o de N:iJÇo: ( ) au.nque es por tcdos• seb:idc::' que el acta de liquidación es un simple ajus te de cuentas donde las partes confronten sus obligaciones y en últimas, determinen quién debe e quién. se observa que la entidad reconoció en dicha acta un::s valores "a cobrar por c:onceto de devolución y retención de garantías"",un valor por reajustes. y un valor por corrección de reajL'es y que con, posterioridad le -Fecha de suscripción Ci contratante comenzó e radicar las cuentes por los conceptos enctedcce.
E.rtccru: :'s le feche del acta de liquidación sólo sirve de límite pare contar el término de caducidad pare le radicación de les cuentas de cobro, pero para la caducidad de la ec:ción el término se empezaría e contar desde la feche de cancelación de
límite pare contar el término de caducidad pare le radicación de les cuentas de cobro, pero para la caducidad de la ec:ción el término se empezaría e contar desde la feche de cancelación de tales cuentas pues el perjuicio del contratista sólo podía presentarse después de recibido el papo en forme tardía Aunque en al líSelo dernandet.orio no se formuló la pretensión ua incumplimiento, j-ç Sala infiere de los hechos probados, que s':t pecc: tardío de las actas de cobro conlleve hechos de incumplimiento contractual y por lo tanto, haciendo uso del poder de interpretación, se resolverá sobre tal extremo" INC i cr Construcciones Sigma Ltda.). 2'i -I:1. :ir::JL :irn:iiEnr - .c e So arsteh3.cjeron los hechos,relativosl e que por una parte • el cccrt.retistEç c:ump 3. :ió con sus obligaciones contractuales Ido rj ecuc:ión del objeto del contrato, i por otro aspecto que la contratante no a cumpi 16 con su obligación de peno de las cuentas incluidas en el Acta do 1 :iquidec.ián dentro del plazo de sesenta (60) días . pac::tacio en el contrato (Dl ausul. e v:igesima ,primera del contrató). E:scs hec:hcs se. demostraron pol medio de documentos p6b1icos ír efecto c:o o el acta de liquidación se demuestra queel contratista cumplió a cabalidad. con las- çbi iqec:iones ei.te había adquirido en virtud del contrato, tanto es así que la cdmn.í.nistreción recibió
c:o o el acta de liquidación se demuestra queel contratista cumplió a cabalidad. con las- çbi iqec:iones ei.te había adquirido en virtud del contrato, tanto es así que la cdmn.í.nistreción recibió a satisfacción y canceló las cuentas de cobro presentadas, sin embargo lo hizo ex temperrie6monte constituyéndole aquí el incumplimiento., Se comprobó que la entidad démAndada canceló las cuentas de Cobro_ que 'reclama el 'actor, fuera' del plazo contractual de 60 ...días, según 'el ACTA cuadro. siguientál VALOR FECHA pRESENTACIáN FECHA GIRO • , 1.ReajUkte# 9, 26.100,345.42 4, júnio 1990 16 abril 1991 2.Devolución garantía 14.119«951'.16 26 julio 1990 14 agosto 1991 3.CorrecciOn de reajuste 21.05?.964-82 4 'abrij 1991 30'diciem 1991 4.Corretción actaS #6,8 . 7.418,899.39 Tdiriem,1990 26 diciem 1991 E 1 p r - 1.31. 3_ cic:11 •La Empresa d Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, al. ,momento en que se ditta esta-glentenciacumplió con -su obligación ,de pagar las 'cuentas dé cobro, pero - no lo hizo dentro dea - termino paCtado, lb 'cual. generó un perjuicio al Consorcio demandante - que'. no. ha ido resarcido
-su obligación ,de pagar las 'cuentas dé cobro, pero - no lo hizo dentro dea - termino paCtado, lb 'cual. generó un perjuicio al Consorcio demandante - que'. no. ha ido resarcido - 1 11-3 x c::› tic ¡III. it..4.4.5-194.3. :11 Si el 'incumplimiento de la obligación del .contratante no hubiera ,ocurrido, es Claro qué el da7.1b padecido por el contratísta 4 no se .hubiera ocasionado. d i 1cs, - p rLA: 3C.:: :iC.3i , 5.1 Actualización Pera liquidar la mora en el Pagos es ,necesario actua1i2ar la-smma 'cancelada fuera del plazo contractual, para 'lo cual se-utilizará la.-.fórmula matemática siguiente VI Ra•indiCe Finti Indice Inicial, VFr Valor' Flnal Ra='Suma a aCtUalilar Índice Finl ,El certi -ficado por él Banco de la -1República a la fecha ..en que. se efectúo el pago. Indice•Inicial= El certificado por el Banco de la. República a 3a ,12 93-D--3523 • fecha límite en que debió hacerse el pago, ésto es • 60 días después de presentada la respectiva cuenta. Reemplazando tenemos .como resultado: CUENTA VALOR NETO A PAGAR Acta de reajuste 9 $ 4.533.910.9.1. Devolución de la re $ 3.108.606.3 tersciccn de la qaran tía.
CUENTA VALOR NETO A PAGAR Acta de reajuste 9 $ 4.533.910.9.1. Devolución de la re $ 3.108.606.3 tersciccn de la qaran tía. Acta de corrección $ 1. 135.885.94 Corrección actas 4 6,8 967 386 TOTAL $ 745.789.49 5.2 Intereses Los intereses a cancelar serán los legales, en razón a que las partes cocont.rat.ntes no sea 1 arcin convencional s el cual se ha fijado en (Artículo 1617 del C.C.) En primer lugar¡ se reconocerá dicha interés sobre la suma que se negó desde el momento en que debía pagarse la respectiva cuenta de cc:brc. • hasta que se efectuó dicho pago veamos CliENT A PER Ot)O SUMA iNTERES Acta reaj uste9 03-09-90/16 04-91 26. 100 . 345.42 970 01933 Devolución re 22-10-90114-08-91 14.119.951.16 687.170.95 tención do q.r en tia.
Acta cc: rrección 03-07-91/30-12--91 2.1 058.964 82 621.239.46
Corrcc.ión actas 08-03-91126-12-91 7.418.399.39 356, 107. 17 6 y 8
TOTAL $ 2.634. 5:36, 91
En segundo lugar, so reconocerá un interés del áanual sobre la suma actuá1i:eda, desde que se efectúo el pego de cada523
6 y 8
TOTAL $ 2.634. 5:36, 91
En segundo lugar, so reconocerá un interés del áanual sobre la suma actuá1i:eda, desde que se efectúo el pego de cada523 cuenta de' c:oho-hata 1 a fecha de esta sentencia, 21 de noviembre de 1996, CUNTA Acta" rajute9 DE'voi uc:::..ón reten c:ión de girañtía. .Acta corrección Corrección actas foso 16--04-91!21-11»-96 -12-91/21-i.1-96
SUMA NTERES 4,533,91091122_:3E3,41 1.100.606.30 982.837.69 1. .135.885.94 333.382.52 26-2-9i/2.i--11-'96 967. 284.571.78
TOTAL 14 3.123.430.40
GRAN TOTAL $ 15. 5i3.756.08
En mérito d, lo expuestos el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIN TERCERA administrando Justicia en nombre de la República dé Colombia y por autoridad de la Ley, A L_ LL A PR1MERO.. Dcci çrsç la c:aduc:.icJd de 1a acción en rel ac.Lón con ci cobro de c:orrct1.ón de 1s ac:t.as 1, 2., 3, .4, 5, y 7 de rcaj uste de acuerdo con 1 o expuesto en la parte motiva jEPUNDOj-- Declárase que 11 EMPRESA DE ACtJDUC:::T'C3 Y
rcaj uste de acuerdo con 1 o expuesto en la parte motiva jEPUNDOj-- Declárase que 11 EMPRESA DE ACtJDUC:::T'C3 Y ALCANTARILLADO DE SANTAFE DE D000TA incumplió el contrato de obra pública # 741 de 1988. pomo conscc:ueric:ia tic la declaración anterior, condénase a la EMPREA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTArE DE BO3OTA c'anc:ei ar a. favor del consorcio conformado por la
Sociedad Costruc: ::4Oe Siqma Ltda y el seor José Leonardo Ruiz Murcia la sumas de NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA y CINCO MIL 8ETEC1ENTO$ OqHENTA Y NUEVE PESOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS (9,745, 789 49) . por crnreptn del a actualización de la suma cancelada tuera del plazo contractual OS MILLONES TERCERO.14 - 93—D---8523
SEISCIENTOS TREINTA y CUATRO MIL su u NI E:rnos TREINTA Y SEIS PESOS c:.UN NOVENTA Y UN CENTAVOS (2.634.536.9151 en consideración al interés sobre la suma que se pagó, desde el momento en que debía pagarse la respectiva cuenta de cobro,,asta que SE' efectuó dicho y "mas MILLONES ci :N'ro VE INT 1 TRES MIL CUAT'RoC; IENTOSTREINTA PESOS c::oN CUARENTA CENTAVOS (3.123.430.40), En consideración al iter del 6X anual sobre la suma actualizada, desde pUE' se efectúo el pago de rada cuenta de cebra hasta la
TREINTA PESOS c: :oN CUARENTA CENTAVOS (3.123.430.40), En consideración al iter del 6X anual sobre la suma actualizada, desde pUE' se efectúo el pago de rada cuenta de cebra hasta la fecha de esta sentencia 21 rjp noviembre de 1996.
La primera sume deberá ac: :tua iizar'sp q a la 'fecha de ejecutoria de este providencia y devengará .un interes del Anual desde el d.ia siguiente de este sentencie hasta l e 'fecha tic ejecutoria de la misma C1.JPRT2. -- A esta sentencia se le dará aplicación a it:: a 01 preceptuado por los articulas 177 y 178 del CC ,.A CÓPI ESE • NOT 1 F ÍCFSF Y c:ONSULTESE Si NO FUERE APELADO.
(Aprobado en sesión de 3.a fecha Acta No 45)
NYR 1AM GUERRERO DE ESCOBAR
Presidente F:c::ToR ALVAREZ MELO BNJ AMfN HERRERA OARBDE'A magistrado Magistrado FAB 1 OLA OROZ CO DE N=O MARIA -'DEL. PILAR VELOZ A PARRA
Nac4istrada Ma.itrada Ponente