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TA CUN - 93-D-9140-(08-05-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 93-D-9140-(08-05-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

v a 412

INMUNIDAD DIPLOMÁTICA / RESPONSABILIDAD POR

IMPOSIBILIDAD DE ACCEDER A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

(E)

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMA,Apípi

/1

SECCION TERCERA 19 JUN. 1997 i:- ( Mq 1 1. r Fc:cn ::n t. DRA. FABIOLA OROZCO DE NI O

Expediente No 93—D-9140.

Drd3 1.' ELVIRA LUZARDO DE PARADA Y OTROS

1........i. • .. :ii i: A. 11ç'I:;is (:IfX<j. i: c: .k cl c.< : 3 ?'<i J. <:1+:' :<i ' r <J c< .cc ci «: : f é..1 cul 1. c} c:cfrid p< :r i. ......{c:1c: 8 6 d1 d:.q: L:cn:ic:4sc: j . 1. tí 1. <:i+c} ¿ .€' ?1 $(3:j t.< :i. :i. <:<:: Jc:1 ill i'1::' ;:. :(} 3 .....ii i 1,1 1::' 1...1 "., l..'.' f. : t. j.11 .....c::05 (it? ;}. '? :1. cu tci . per <:: J. eí rcs c1 c., 1 ¿ :1 ic} ¿ :'" :& c; a n ¿ Eis v::f:.' rs c: a .c:3. J.

<:: J. eí rcs c1 c., 1 ¿ :1 ic} ¿ :'" :& c; a n ¿ Eis v::f:.' rs c: a .c:3. J. }: cc:'}. 1 <:iv :i ç i c: c: :} ci «: c:!. ?c:c!. 1. « r : 1 «: . •, «•: ..3.

J. d cs ::d <:: :i3i(: > de c:Pr .. :4c çi t.cci. cc:; ci+::' : : :v ¶:: k. '1 dí p : I.J. dk c:: c:i c}<: u::r

<:ic' 1 iii )j i:i<•: 1. J. c:a (J(E::p }1<:: Esatados Unidos c}.: América ocurrido c}c: :'I día 5 de septiembre de 1.991, <ci la carrera 7a con calle Y? de Santafe ci+:•:' Bogotá,comoconsecuencia de : culpa del conductor de la Embajada,c: ci&' : Responsabi l idad :<::i i Esta=s Colombiano como Responsabilidad . por acto legislativo, :•:' «•:t }c:'r expedido, sancionado :' promulgado la Ley 6a de 1 1 cual aprobó la convención de Viena, +:n relaciones diplomáticas; l ey que estableció : inmunidad 3:1+::' jurisdicción diplomática. " 2 . Que como consecuencia ck' la prosperidad de 1

cual aprobó la convención de Viena, +:n relaciones diplomáticas; l ey que estableció : inmunidad 3:1+::' jurisdicción diplomática. " 2 . Que como consecuencia ck' la prosperidad de 1 declaración iS 1.: +:' r i. c: y , 1•.c•: ordene ai ESTADO COLAIIBIPew) , MINISTERIO X): RELACIONES EXTERIORES, >: LA1:;::::tt. :i:pagar a los demandantes lo c. 1 1 cn t.+ Ha.> Para los progenitores l.<::3+.. 3:i+:'lesionado, LUZARDO DE PARADA Y CARLOS JOSE PARADA t:;3rç: S el equiva len te t:c:' ::. Mil (2.000) cy c:cc:. de <:yc: fino para +:Li\ como perjuiciosh morales subjetivos,, ) Para cada uno 3:1+::' los hermanos cl+'l lesionado, c1 equivalente a Mil (1.000) gramos d+z' c:rc: f:i3::. c: €•:+ para LUI S EMILIO, MARIA SABRIELA, PATR ICIAy CLAUDIA ESCA1 'J 1 1 LUZARDO, como 1 morales subjetivos. He.) Para «.:'i. lesionado tn.l+L.i }::3( 1:s;:+i+ por <::<:r<::+}::.4:: dc:' perjuicios (3>(::cr+}.4?c;. subjetivos, <.x'}. equivalent e a 2.000 gramos de oro f ino.

por <::<:r<::+}::.4:: dc:' perjuicios (3>(::cr+}.4?c;. subjetivos, <.x'}. equivalent e a 2.000 gramos de oro f ino.

Por c: :4 t.c de Perjuicios }1t+Z'r.ic:1.+" ..., at.: 31c: ci+::' lucro :4'13> 1:c' :v da = e m ergent e, cIc presente ,.' futura, ,i. Médicos HospitalarioB, drogas demás la suma<1 $2.500.000.

1 Ordenar que las <c'>L.13:i4i:'. 4:i4:'<+3i}4. :ci33+> iri:•. pc:i44(:L:n+?4.., los intereses c: la <::o>'rc.:':c:Iá>> monetari a, sci::>+ la suma ci4c' los perjuicios materiales <:: consolidados, desde que se causó la +:y4:4i4::<.>> 114ç la soluci ón (•: p3çÇ:< por i::43l.4: cic tic31+. entidades demandadas- "4.> Ordenar <:>.>c:' e l fallo '•..€•:' cumpla 43I . del L.'43>i.i><: f:Lj3cI<:: en .....í<::3.1:l.<:3:. .126 y 122 c1c1 - O.. ( ' que las cantidades liquidas r3:'<::c:'n<::'<:::i 1:}+3c. en la sentencia favorahL 1? devengarán intereses

  • O.. ( ' que las cantidades liquidas r3:'<::c:'n<::'<:::i 1:}+3c. en la sentencia favorahL 1? devengarán intereses L:cnc:r1c!::. <::c:'rri.c:'nl:c:'c:.,, cic:'>i:yc> 4:1e l.oy. seis (6) primeros meses, contados desde 1.13.34? .1.3> cantidad sea e xigible; después <:1+? esta fecha dichas?1.4)) devengarán intereses ?3<:r r : ::' certifique la Superintendoncia Bancaria, hasta <t' su pago efectivo. l:1: !i.:::r€•? los cuales SUR peticiones son síntesis siguientesi

1. El c1<.? septiembre :1:.' 1.991 (sE3L.CI PARADA LOZANO y PEDRO 1.....1::}11c transportaban en •:'1 vehículo <:}<: placas t-i :( cl€:' sur

norte por la carrera 7a; cuando a la altura ç}7. la calle 77 fue atropellado :c:r un vehículo c}: El seWor que conducía diplomáticofueel responsable del accidente, as í 3 dejan tcç!E. constancias dejadas en el <::t(:i1.3E. y el informe dado por •1 Agentecic:' circulación, pk.3s nc:; hizo «l pare qk.u.? u.c:? encuentra en la intersección de :i. u: • : : «? 77 para +3 .r la Carrera causa del c: <:: id «n t sufrió :L a

hizo «l pare qk.u.? u.c:? encuentra en la intersección de :i. u: • : : «? 77 para +3 .r la Carrera causa del c: <:: id «n t sufrió :L a considerables «.'l seNor JUAN PABLO PARADA, :::crs.:i 1 14 en una cicatriz maseterina derecha, discretamente forma <i: :x localizada cada brazo c1:: '1 cms, la cual hiperpigmentada, deprimidal< Como secuela deformidad físic& corporal clu:' carácter permanente expresadapor la :: i. ca tr :& :' facial ya +i .1. los hechos referidos s<? adelantó investigación penal, radicada (•:•'fl el Juzgado 11 Penal Municipal de l:1<!: c}c:' E(<:t: <::c:n cfi. }1<::c 17 :702 L.ç.icc:'u. Personales, sindicado JOSE JESUS BALLESTEROS, proceso c:+:•o CI 43 c: se invoca cc:3c prueba ci c' esta acción,4l5 1-4 ssc 4<ss,, <s.u•ss será t raslad ada a et€ Corte Suprema c}€.:' Justicia, en marz o 1.993 1 proceso Jk: 24 en providen c ia que recha zó dem an da<:s 1. r la EMBAJADA »E LOS IIUMI DOS DE içEi: si dijo:,- - sijo ) En Al ti m as el Estado Colombiano otorga Si gar an tía j.j<s respo n der pa trimon ia lmente d e los daR o i.i.

IIUMI DOS DE içEi: si dijo:,- - sijo ) En Al ti m as el Estado Colombiano otorga Si gar an tía j.j<s respo n der pa trimon ia lmente d e los daR o i.i. antijurídi cos que sufran :l<ss. habitantes :s:s:.s:Lsi cuando resulten 1:(:sc3' «1 hecho impu tabl e ci€' haber concedido la in m uni dad jur is d ic cional correspondiente (art. 90. si3:s:i.<ss .c dcs' la S cuando resulte just iciab le en (•5?1 campo c}c las relaciones 1 x:s ac uerdo a lo dicho por la Corte Suprema do Justi cia , la responsabilidad (5i:l diplomático traslada al Estado Col ombiano )/ sc:scr E•?r:ics se estru c t ura la r esponsabi l id ad d e los entes d emandados, quo segón la constitución Políti ca <55 si csn.Ics 150 es lunción d(?1 Congr9so hacer las l eyes , al Presidente (sl'? :i Repábl i ca, art icu lo 1:9 san cionar y promulgar las mismas, que es to c am a , (.:. una ley do rela c ione !...-. ':' &•v su Las si <:s, ((5 15. cau sa das SftÇM PABLO PARADA LUZARDO han generado profu n da af licción, d<ss51.or frustración j. .ssj çs ç::; s (.s.sis.4.c.: 3s}cyl (.33}ss4(ss familia r ,

LUZARDO han generado profu n da af licción, d<ss51.or frustración j. .ssj çs ç::; s (.s.sis.4.c.: 3s}cyl (.33}ss4(ss familia r , 11 1. demanda i&.l€5' admi tida por aui5C5 de octubre 29 <sic 1.993 conte ntada o portuna ment e por 0 .i Nación Minis ter io <sl#s? Relaciones Ex teri o res qu ien 1;4? 35515s53O a l a prosperidad <sRss las pretensiones por (55<55.5i(51Ormr <s}m.mo n<ss h53)/ respons a bi lidad alguna }sÇ• O•} a cto legislativo l..o' 6/72 a probatoria <51+? la Co nven ción de V iena s obre rela ciones dipl omá ti cas, agrega(E:p No. 9I4K)> escrito :.;sy aunque }Ley en su articulo :1 establece una :icscJ J•z' jurisdicción I:s..r. {::.. .<?r diplomáticos, ésta ha sidoincorporada s: .3:4c:.r a nuestro derecho :c:4 tal debe cumplirse. Pero además los colombianos tienen los mismos I€ci::". y la misma inmunidad de jurisdicción en i.{s!s.

Estados i..lr: <i<:3y los otros países donde encuentra pactad= X.:•: otro lado no css presentar

responsabilidad dc.i. E!.t.(:ií::4 Colombiano ::4.u.y!ci. hasta ahora no se }.; demostrado la culpaci cs 1 conductor diplomático

pactad= X.:•: otro lado no css presentar responsabilidad dc.i. E!.t.(:ií::4 Colombiano ::4.u.y!ci. hasta ahora no se }.; demostrado la culpaci cs 1 conductor diplomático çj• que .:}&1.?i. c54 . (it 1c:4 <ic: sus miembros hallaparticipa=s } hechofalwntv..»-- Que en ente c:.5çy.s4 el vehículo cobijad!---< por una póliza de seguras quien en Altimas c1ci:.4?r.:1 responder por las cI ocasionados con el bien Propone c:c:41c:' excepción la ineptitud ci€• 1 demanda :c:' indebida acumu1 ct<s: :ió cics' pretensiones tc4ci 'r que !:' d"nanda una responsabilidad solidaria pc:. r .}.<s:L ti ocasionados s.csr agente diplomático -;,, responsabilidad cs4bj«:issiv.t p<s:.r «l acto 1€<:i:iul t.:i..'c mi r$ Cpus? SE hubiera formulado p forma principal ub;si <ii r :i . T 11J pruebas 1uIs?<::1u <s}:•?::r•::i.5us en su t.<::.i.c1.ts<.1.3si ls:4cs.r .:1ucssc cis julio 26 1.994- . ;s Las }...cic.. partes fueron citadas a audiencia <ssc<ss:i1.3cs<n, sin que pudiera :i.1+5s?'35.<' a ¿:s.5ts?c: por .i.c

Las }...cic.. partes fueron citadas a audiencia <ssc<ss:i1.3cs<n, sin que pudiera :i.1+5s?'35.<' a ¿:s.5ts?c: por .i.c ausenciad+s? la apoderado <s}+ss la Nación -Iiiusi tc:'rsi.c <sics 4/D417 (E:::. }k::, Rela c iones Ex teri or es. Ninguna las pa rtes hizo uso c}+x}. trasl ado para ¿ç1<.1iç3' V il. Este proceso recibió el t rámite legal correspond ie nte: ' no observándose us 1 de nulidad (t}.t(•tt invalide lo a ctuado 9 n consecuenc ia, s+:t pro cede .c:L€'r pr evias ic.:i zrs t.(?•.

CONSIDERACIONES Si: ' p re tendo s cI a p es t a demanda obten er :i decl a ratoria i+t' responsa bi lida d d:•:J. Estado Colo mbiano :c:r perjui c ios recibidoB ::c:r 1c:c!. demandante las lesiones sufridas por JUAN 1 ser atropel lado por un vehículo perten ecien te a1

Embajad a Ameri cana c: ti ik j::<::r uno :}€ sus tc;c'

1. Para acreditar los hechos d•:' la demanda Ee aportaronlas siguientes o o u 11 E NT lo 1. E: s ti - Cer tif i cado ex pedi do <. oti Mti.r:isti:rtic: itli:' Ft.ittti.<t:ni.:t':. Exteriores Ic:r•t•s doie consta que ,

ti - Cer tif i cado ex pedi do <. oti Mti.r:isti:rtic: itli:' Ft.ittti.<t:ni.:t':. Exteriores Ic:r•t•s doie consta que , JOSE DE J E S US «:'.tA re co no cido c:oç<:: ag regado auxi lia r di.:. la Embajada de los Estados Unidos de Norteamér ica d esde : 1 ?> :' t:<ttstt tal go z a <:::. principios de inmunidad. (FI . :i_(E.xp. No. 91')

}vç.,•ç• r del 25 - '% dirigido al seRor Director (çi <j(.. Protocolo, quien . su vez remite cci€' Tribunal por medio c}c'1 cual 1 : rsic:r 1 5 de septiembre de 1.991 i :t seRor :OSE: n: BALLESTEROS era miembro de la }: j d los Estados.. Unidos d' i4c:r k.:. jçj 1 « que poseía la licencia conducción }4<:: 1151 d+:' enero15 <:}c•: 1.991 y que, el vehículo Ch:r<::c1 ' t. .E 1 : :r 4WD modelo 1.986, blindad<.-< color habano <:s d+: propiedad c}: la embajada.(1.1. .1.9 la historia clínica ..ii-4 L..1J:;Is elaborada :<:' el Hospital Universitariode San Ignacio» (::Ç:,(:.... cic•:' iniciación (.)i::. 91 ingreso poraccidente :r cc::i.<:1•: t{.? automotor con tçna c:rnc:'c:4 facial c:cn

Universitariode San Ignacio» (::Ç:,(:.... cic•:' iniciación (.)i::. 91 ingreso poraccidente :r cc::i.<:1•: t{.? automotor con tçna c:rnc:'c:4 facial c:cn pérdida :I: conciencia.Suturan heridas en pár . mejilla ::i. (1:: c::

4. Comunicacióndirigida per ::'1 Hospital San Ignacio a

(? Tribunal para informar (:}3? L<::. <::<::ç..tc:::. de hospitalizacióny atención 1. paciente .i'} PABLO alcanzaron un valor de cancelado :c:r +::1 servicio médico de la Universidad i:: t:..

5. Certificado ci « Medicina Legal donde consta unaincapacidad médico legal <J? ?() (1 : definitiva con deformidad física (F}. 11/

C= 11

6. Copias del proceso penal i4c: 17.702 seguido <:: :c:3 1: r DE JESUS Xtçi...L..Eiii( cesaciónde procedimiento a favor del segundo de

rscbv ¿cic:c.1,1 No. 9:'> En su pa rt e per t inente a ci :i <::c: "Del testimonio <1 Agente de tránsito, }E•:cicF: FERMEY, queda claro el de que, la conducta impruden t e y negligen t e del agente conductor, BALLESTEROS, 3.a causa para que se originara el accidente, ello . : e desp ren de del estado en que quedo el vehícu l o del sindicado, su posición <1 ac ci den te,

del agente conductor, BALLESTEROS, 3.a causa para que se originara el accidente, ello . : e desp ren de del estado en que quedo el vehícu l o del sindicado, su posición <1 ac ci den te, las lesiones c}c3. sindicado, signa fi ::ande que la velocidad que desarrollaba debía ser muy alta,y ;ç lo anterior se tiene en cuenta, la forma imprudente y negligente en que decidió ha cy,r el cruce cic: :l.i carrera 7, al no cumplir con las ç(::crçs de tránsito le obligaban a i&<c'r el vc:' no una sino c}c:.a. '•'fa?::+:-s sin c}l.c• el ,hecho ç:}c pertenecer a una Embajada., lo autorizace para de las vías a su antojo, ::n<:l:: o :i. siquiera ll eva ba ca SI. ee de prevención o se hallase en cumplimiento de misión especiaM De lo anterior se puede c::cn ci u r que no se da el requisito para proferir medida alguna de aseguramiento ;:'n contra del sindicado, pero aa:a aparecen demostradas causai del articulo 36 ci e Si Código <.i•: Procedimiento Pena!para proferir en au favor cesa ción cic:' procedimiento. ( F St 175. CS3 C' 1 cidel 10 cic mayo de 1.996 dirigido a esta corporac ión por medio c1€: la cual CORECA (Agencia de Seguras) informa que el vehículo marca chevroletxi a : e r ao 1.986 de placas C.:X) 01 2.S cae

dirigido a esta corporac ión por medio c1€: la cual CORECA (Agencia de Seguras) informa que el vehículo marca chevroletxi a : e r ao 1.986 de placas C.:X) 01 2.S cae encontraba amparado contra los riesgos d,....- responsabilidad o rec..poncaab:i51.1cIad ci vil «: 'i.::c t''tU\ :i durante el periodo septiembre 30 10 :1. a septiembre 30 de 1.991 !.eciars póliza No., 201761 Seguros Caribe (FI :188v C.30

8. Registro civil de nacimiento de }:I'I uI....1: ELV IRA iS:;S:si..j'i}4'rFS i..ts:x>c ':: 119 a 192. C-30

9. Registro civil de nacimiento cic St.l"I Fçi1...(S5 ¿::..l:;./'t>'.. LUZARDO hijo Carlos José Parada -y Elvira }...0 do nacido c•:'Sl 1 de diciembre de 1971 (Fi )(::. }ic:,. 914= :1.0 Decisión ti :i i::cr rezor obispo ci Ct.{ 1. <.1 25 do septiembre de 19 69 , por medio de :i cual autoriza a los esposoa JESUS EMILIO ELVIRA LUZARDO Di '.':i r <i<tc.de lecho« mesa y habitación por tiempo indefinido. (FI.

11. Acta c}: ma trimonio c}ct Carlos Parada :' Elvira Luz ardo celebrado 27 <.i: octubre de 1970 3. 193 .:t

mesa y habitación por tiempo indefinido. (FI.

11. Acta c}: ma trimonio c}ct Carlos Parada :' Elvira Luz ardo celebrado 27 <.i: octubre de 1970 3. 193 .:t

"í E 11 r : }'i L. : ::;.ç CiiJ 11.. 11 1... :ç}.4) :1: manifiesta çi : ç {:}+: los hechos se trasladaba junto con su amigo ,ildi PABLO PARADA de casa de una amig a donde mataban es1 cii s ci conduc í a po r i. carreva ., cuando a la altura (tif? la calleusorpresivamente apareció un ::<rc: que me <ttitt't<' pasé c1 ç:rct'' <.:'i. vehículo era de la EmbajaWri Americana. i:t1. c: sufrió r:i ci graves in :t CECILIA MARGARITA HOYOS r)E: VARGAS conocen a 0 -1 demandante ELV:i 1... iiZF3)i) DE PARADA desde hace más de 20 azos, les consta c}.z. ti ene ' hij os de! pr im er 3 .t'r matrimonio, Luis Emilio, Maria Gabriela, Patricia:v Claudia, además tiene un hijo del segundo mat rimoni o que es Juan Pablo. i<t::i::c.. los hi jos viven juntos con 3. mamá :' Carlos }.c:c. Parada, quien tiene muy lt:'um relación <::c:.n l<::. hijos ci4t. Elvira. Todos los •rcç ffuy unidos y sufr ieron it:ctr las her idas k.O sufrió

mamá :' Carlos }.c:c. Parada, quien tiene muy lt:'um relación <::c:.n l<::. hijos ci4t. Elvira. Todos los •rcç ffuy unidos y sufr ieron it:ctr las her idas k.O sufrió 1I(t3s Pablo. (Fi '•i. a 51 .:t., 4 20 Interrogatorio do Parte tAH I(L..O i',1X)A42J LIMARDO quien los hechos de la misma i<:'ç que relaciona ion a demanda, agrega que por ca3.3c• icL accidente se at .. : un semestre «n carrera que destaba estudiando, ac tualmente sigue estudios .i odontología la Juveriana. i...<:s padres sufrieron Rc:hc: pus el accidente fue MAY grave >' la cara le }3.:ci: }::i v II f'I..}(' I::I:. •(i"t).• - 2.1. »E JESUS BALLESTEROS para el c} 1 a de los hechos se desempoRaba :c:ic agregado auxiliar ci a Embajada Americana,, el ci 1 a 5 de septiembre de 1.99:1 :1 conducía «}. 'i:L<::3lcc (:i'l. Blazer modelo SI..986 dc:' placas C » 0124 de propiedad de la citada esi1::ai a<.1 a las horas de a madrugada del i.cqnc: día, cuando subía por la Calló .7 para a8.-?:ar la Carrera. v<dr , sin hacer el PARE, ci.c:' estrelló contra a «l vehículo de placas 2170 ocupado P' JUAN PABLO

i.cqnc: día, cuando subía por la Calló .7 para a8.-?:ar la Carrera. v<dr , sin hacer el PARE, ci.c:' estrelló contra a «l vehículo de placas 2170 ocupado P' JUAN PABLO 2.4. del accidente :?c. t.c? resultó 'c lesionado en la cara,habiendo rc.01.1.adc <:rs una deformidad física permanente •' incapacidad de 20 días definitiva,. ii,}'4 E:ç.f(} 1 iÇi)Ç' Es hijo cid:' Carlos Parada :2' E.iv.3.ç i..3Á:ir(iO y hdflffflO de L.k.3ic. Emilio, María 6a br 1 el a Patricia y Claudia Escalante L w: ardo gastos .c' iic:lc:'rc3 por. :. l l r <s: €'d .i. c< .iss J. irs si a <s d 'r si

es «: : s}4sn c} ss s p c: .i <i' p3+:"' Si iii J. :i . cs sic5 n d€;s

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pon :i s u si +: r .t€•: 5? « 1 3'sitç•?3 <su<s ss

1. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. '1 :} el u +s•sn si u cs si psi o ro<ss si ss el •s•5' no

:í. .x3 a1

1 si . el ¿ -1ks 1 cs si ón Mi u si t.+: r :i ,. <: .i.cs -tc. i€s si •n i si ss<ss si ór.s els 1 i.issi€' ssfi.su.1cs: do'ss. l.s:cd i, q .;s' :i :.+s:l .ss1ss ssss 's si :s':' 1 cssi %s s<:sr s+s•:'1 }.ss.sslc$ c:sss:j. <:,jrf si im—s .i :t c: i d•s ./ .. 55'3 ct

:i 55<55 .5& cl 'q ¿.sp.l€ ¿ .1 ssv :i ;.is. :i u csks1 si cs sión ds•?1

:i 55<55 .5& cl 'q ¿.sp.l€ ¿ .1 ssv :i ;.is. :i u csks1 si cs sión ds•?1 hsuss€s'r jus.t.Ics.i.s ss'1 sut<ssc Is.jss :i ssk.<ss' : si ips :i cs<:i ssr u si csn du' Vsi €•sn ssn un rt.425 (:•::p., }k::, 9140)

1 I::1 agente diplomático gozara de inmunid ad de la jurisdicción penal :}t Estado receptor. Gozará también :}: inmunidad su jurisdiccióncivil i administrativa '.1

> una acción rea l sobre bienes : r :'b3. «•:. particulares i. rs «}. territorio del Estado receptor, a menos que el agente diplomático 3. <:: posea 1::cCr cuenta del estado acreditante para lo!- -- fines

cc. 1a ::' la misión1

) acción sucesoriala que el agente privadodiplomático figure, a título y no en nombre c}::'1 Estado acreditante, ::orc €:.: tc:r i.r lo administrador, hered ero legataria!

> De una aceción referente 1 qu 1 actividad '.'i profesional 0 comercial ejercida }:c:cr el agente diplomático <•:•:r :'I Estado receptor, fuera :}+: funciones oficiales1: <::1 ç3.

2. E.:L agente diplomático r<: esta obligado testificar

diplomático <•:•:r :'I Estado receptor, fuera :}+: funciones oficiales1: <::1 ç3.

2. E.:L agente diplomático r<: esta obligado testificar

3. El agente diplomático s::c pod rá objeto rh ninguna «sf?d : d cI? ejecución,3. «s los casal.... previstas en los :i:::i ) :J•: 1

(j(.? este articulo )/ con ta l de que nosufra menoscabo la inviolabilidad d .z su pe rsona de su

4. La inmunidad de jurisdicción :}4:: un agente diplomático •:r el }.t((3<:c receptor n<s:c le exime la '.cl3. :::: 3+3. Estado acreditante,, Como se puede ver a simple v ista la fina lidad de la norma no es otra c}..:.:' el de proteger a cada u1C) C}< los miembros <.i€ los Estados contratantes y evitar que

sean juzgados en un país t: al de su origen. protección Esta i ciudadano extranjero, en algunos casos, :<j+: llevar :: del <::1.1T:Lnc c:<:1<:sbi.o que hubiere recibido un do de En efecto, la regla c:ord d «:'n la Conven ción e Vi ena coloca :i. ciudadano c:o3.oinbi.¿no en 3. 11424 :t (::j: }'}c:., 914.)), imposibilidad ¿:+:: acudir ante BUS funcionarios judiciales c::.d €'l fin de proteger sur bienes :' derechos }::{:}c:s por un extranjera

11424 :t (::j: }'}c:., 914.)), imposibilidad ¿:+:: acudir ante BUS funcionarios judiciales c::.d €'l fin de proteger sur bienes :' derechos }::{:}c:s por un extranjera En (::i't.€i:;.8::4 (:IE 1ç Sala, la decisión del listado colombiano <:: promover y mantener las relacione!.--. internacionales }:'.i.%.ó a nuestros ni<:i<:nc'. d: acudir ante la justicia, derecho fundamental i : s':.:i •:' ''} artículo ::;' de :. Constitución Pol:. <:: :::: otro lado la Carta reconoce . + : derecho la igualdad, : : cual t.c4ic. . mismos derechass protección t:: igual de lwiautoridadoB. De tal suerte }8AE' •i<::. los ciudadanos colombianos los mismos derechos ante la ley, p&:8' ende c.'1 mismo <:f:'{::h() {if: acudir a la Justicia pedir protección c}::' los ' . los demandantes •f%•'3'<•s <:l+: tales derechos en «' precisa momento en cj€' Estado Colombiano aprobó una disposición permite los miembros 8:i€.' los estados que hacen parte de }.

Convención : li•:' Viene n8:: sean juzgados por los jueces do nuestro t.€r r: '.8::' : c: La actuación del Estado a t r de Bu ente Ministerio 1 de Relaciones E :: .?8':i. ha impedido quienes }'n recibido perjuicios graven 8:10 parte do IUl

La actuación del Estado a t r de Bu ente Ministerio 1 de Relaciones E :: .?8':i. ha impedido quienes }'n recibido perjuicios graven 8:10 parte do IUl funcionario diplomático irresponsable, :o acuda reclamar por «:'i resarcimiento de esos perjuicios. Ç'Oi las cosas si el perjudicado C(3' actuación¡ licita cic'l c00d8.kclo3' d4:•:' la Embajada Americana no puede acudir ante nuestros jueces, Ci obor el Estado salir a resarcir las perjuicios :n1do. j::i<:3' aquel, l83?'3. :k.83<:l8r' 3'Ci <'r8. 4:1. 8+1i44J88-C:tb:l.c' (1? :t ir:'<::}4:c. 3::.:i colocó a l::ir ciudadanos en imposibilidad42.5 kNo. 9:)) buscarfísica de justicia 1. Ahora bien del acervo probatorio se encuentra acreditado : el funcionario diplomático C <f culpai pretender atravezar una vía arteria --l¿ toma,,--- la precaución de hacer «1 PARE, razónque lo permite la Sala desvirtuar la preaunciAn de responsabilidad de las :I:. parte litigantes pues ambas desarrollaban actividades !..:i1€ una de pliasl< «?. conductor :I•z'}. vehículo oficial, ac: t.Á( 1 C:fp :1 i. (:nd<: las normas c}+::' tránsito +:< i A esta misma decisión llegó la Sala en

«?. conductor :I•z'}. vehículo oficial, ac: t.Á( 1 C:fp :1 i. (:nd<: las normas c}+::' tránsito +:< i A esta misma decisión llegó la Sala en sentencia dictada el 9 de febrerode 1995 dentro del Expediente No. X) f(: I Pero<::ic lo anterior r::c c•:'!. Abice para «i fallador, en aplicación c!c'l principio iura novit curia c}.? 1€:' permite buscar sin limitaciones e1 ámbito •3k:(i(<c aplicable A <::i.ch. caso, y en arras de :i justicia<::::c valor supremo c: como fin r ú11. c: c}cl encontrarsolución al conflicto, imputándole :t Estado la obligación cic: resarcir los porqueocasionados a los actores si bien no •?. responsable de los hechos, c.:. colocó a nacionales colombianos en la .i.i3:{;cii1.i.1ç(i Ci(? obtener justicia través c}•:•:' aun jueces naturales c}t<•? ic son los de la hNación de la cual hacen parte .' estructura normativa:<.:t:€•: cobijarlos en cc totalidad,, En efecto, el acceso la administraciónd' justicia kS derecho fundamental q.+:•? 4::c:v 1 tc:.ics los habitantes (.jE?1 territorio nacional (artículc5 229 <:}€. : Constitución Nacional> que correlativamente implica la (::'i.a(.14c:3cs del E:cI<:: d.' ejercer tal función públicacon desarrollo :<: la soberanía misma.1 en

229 <:}€. : Constitución Nacional> que correlativamente implica la (::'i.a(.14c:3cs del E:cI<:: d.' ejercer tal función públicacon desarrollo :<: la soberanía misma.1 en especialescasos, renuncia a su potestad en razón intereses !pc.?r:k<:v.?!. como pueden serlo las relaciones internacionales, debe asumir ante el perjudicado poi--- la poi- --la omisión, el resarcimiento del da= que la persona no puede obtener por wsedi.e. do los procedimientos aplicables 1 <::ctn e loe residentes en el territorio, Lo anterior es así en razón do la igualdad do las poreoniis ante la ley, principio consagrado sin limitaciones <n «•::i. articulo 13 <io la Constitución42k 15 (E:g1::, }4<:,. 9140) Nacional 0 segonel cuals "todas las personas ¶3:3 :L.i.:?3; ? 3.c3&.k.?. ante la ley, recibirán la misma protección trato autoridades :' gozarán de1 mismos derechos, libertades y oportunidades '.131 ninguna discriminación }:::r razones de sexo, 3:r;\ (:ri<(.?n nacional «o familiar, lengua, 3'•:}. i5n opinión:3 k.: <:: filosófica". •, i:.3. Bo hacen excepciones en virtud de tratados t.<ic_ : :t Estado 1e asumir las consecuencias n::::iv 3.2 Ahora, en cuantodaRo, encuentra evidente, lo mas natural quelas leaione!ii.

excepciones en virtud de tratados t.<ic_ : :t Estado 1e asumir las consecuencias n::::iv 3.2 Ahora, en cuantodaRo, encuentra evidente, lo mas natural quelas leaione!ii. causadas a un ser :u:ii4: causa aflicción y <{::.{::3 \ todos los miembros :•:1 grupo fa33:. :1:' 3.3 También .c•z' encuentra probado el nexo (::.3.,Vç :t. por cuanto i no se hubiera la actuación irregular 3i?i f1.n3::..c:r3,r:l.c: diplomático 3(:: , se habrían oca'.:i : c}<:: las lesiones ' por ende 3<:: se hubieredado el perjuicio los

Perjuicios: Materiales rjulcioNatria1s hace a esta clase :l€ perjuicios L Sala n<: los reconocerá por cuanto no hay prueba que +z:1 lesionado estuviere ejerciendo alguna actividad :}:' la cual tuviera ingresos,I::::r el contrario, 1.<? demostró 4:}k.33:: estaba estudiando., También se denegará la condena por gastos clínicos toda : que está probado c}3.3? el seguro médico <:}c la Universidad ' 4:r 1 rç ç canceló tales

Morales: lo 4,V7

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per tc:ridd cl' 1 éa 1 «')' FALLA PRIMERO.— Declárase administrativamente responsable 1 c3} i1 )E:Ek:: :?:Ei)) }:<E} :r 1 E+:•<::E. :E :}<•: « i t.e: 1fliç4 SEGUNDO - — :f(: (::c:q c: c : . a

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r eSY<:: ..e r ? E q <:::r t J. :E c}.€• .:1 :E(n c:c: c:.: .E a F:€: :ck E:E J. c: E TERCERO.- Deniganse E <:}'.- .p}. a c. <:}:•:

CUARTO_—

COPIESE, NOTIFIOUESE Y CUMPLASE.

HECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA I3IRALDO GOMEZ }:q J. •. E r aclo clf? E.+4

MYR 1AM GUERRERO DE ESCOBAR BENJMIN HERRERA BARBOSA

Magistrada Macj : . . t ¿ <:} <::

FABIOLA OROZCO DE NIÑO

MagistradjiÉse

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR

SECCION TERCERA • 7 JUL

Magistrada Macj : . . t ¿ <:} <::

FABIOLA OROZCO DE NIÑO

MagistradjiÉse

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR

SECCION TERCERA • 7 JUL

9.1 1V3 iw

INMUNIDAD DIPLOMATICA / SEGURO DE DAÑOS (E)

SALVAMENTO DE VOTO DEL DR.BENJAMIN HERRERA BARBOSA, A LA

SENTENCIA PROFERIDA EL OCHO (8) DE MAYO-'DE MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y SIETE (1997) DENTRO DEL PROCESO DE REPARACION DIRECTA No .9.140 DEMANDANTE: ELVIRA LUZARDO DE PARADA Y OTROS. o t ¡La mayoría de la Sala concluyó en responsabilidad del Estado en el presente caso, por el hecho de un funcionario de una embajada reconocida ante nuestro gobierno./ ¡La razón para hacerlo estriba en que el agente diplomático, por decisión del gobierno colombiano que aprobó laconvención de Viena goza de inmunidad dejando a la víctima del daño desprotegida . ¡ ¿Asi se dice que: "La decisión del Estado Colombiano ... privó a nuestros nacionales de acudir ante la Justicia / En fundamento de hecho que sirve de apoyo a la condena no es cierto pues el vehículo de propiedad de la embajada de los Estados Unidos y por tanto de aquel país, estaba amparado con un seguro de daños a terceros y en tal caso la inmunidad concedida al diplomático no traía como consecuencia la imposibilidad de acudir ante la justicia en contra de la Aseguradora que afianzaba./ a acción contra el Estado solo tiene lugar en aquellos casos

concedida al diplomático no traía como consecuencia la imposibilidad de acudir ante la justicia en contra de la Aseguradora que afianzaba./ a acción contra el Estado solo tiene lugar en aquellos casos en que en virtud de laconvención de Viena no hay posibilidad alguna de reclamar el valor del insuceso contra alguna persona pero en este caso particular donde existía un seguro de daños la compañía viene a ocupar el lugar del implicado. hasta por el valor garantizado por ella, y solo en el exceso, en caso que se probare habría lugar a reclamar contra elSalvamento voto Dr.Benjamín Herrera Barbosa.Exp.9.140 2 Estado. Si hubiese existido duda sobre la existencia de esta garantía, toda vez que el Seguro se prueba con la póliza habla lugar a decretar prueba de oficio en ese sentido y luego de ello, si tomar la decisión pertinente. Al hacerlo de la manera como se hizo, se dejo al Estado sin posibilidad de repetir contra la aseguradora pues ya transcurrió el tiempo para ello, por culpa del demandante. Atentamente, OJ

BENJAMIN HERRERA BARBOSA

Magistrado Santafé de Bogotá, D.C. mayo veintiséis (26) de mil novecientos noventa y siete (1997)

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