TA CUN - 93-D-9277-(26-10-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 93-D-9277-(26-10-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
OJN'IRNLO DE PRESTACION DE SERVICIOS - Plazo / (XTRA1O DE
PRESTACION DE SERVICIOS - Pago / PERJUICIOS - Cuantifica- .-clon 1 ... . ......
L.LA}r.....
I Se dictará sentencia r1.: el dia i de. octubre de 1993oio 9 del cuadernoiI FRETENSlONEg .........- ............. ..I .... .:. . iK ; ............ . í3 e ..:i - . .............................................................:5 rndntE Glori3 Caldas de Estebr Denddo E.pres. de Energi Eléctrica de Bogotá 4. cu•. ..cL1...i:. 1 sis.,s'.r fp .5... c f:o .1i5 e lee e es erie csess . . u.:. .,... •.. .• :s . . .. -..5.., .. . .. . .5 .. . .5
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T . tZ 1 e .- . . -. •( 51 s. tse. ese. -.-- . - te: ii.4E5 es::nc:: ::c:s!c:ssercas1 bE' cesc? 1rS..:.s:Se e,: c'sr'.e ec:ç;';cs sic! ci sLç:) cÇn4S si. 'Ec:rEss's te les: pccj is.tcse:.ss ee::s' sse s:er:l ¿s 5
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II ANTECEDENTES
lES 1. .s E sSe Ene- -es ic, i éct.s-'-s.s-. •:::te le s:ssss5-ss-It - "4a Li Li . ' j'. 2 '' 4- ' •. L
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ri 1 4- :•. • 44 4- ..........• ,. • •• 4 :-) o .........-•.' U, • ., 1: Li Li '',flt' Li • j 4- ......' ..: ':rc::3_Lr SL c:. ci Demandante Gloria Caldas de Esteban DEt!andado: Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá a c.:€v.- . .ca1..cL•_..:r rl r 1OCc3E. :31.. uE:qc:f.::i •:..:: c:: 1 1 al. c: cia ¿ç:fas .1t.Er;Lcci. r-1 :.H:.:.nci iEt:3 ciuL aatI ru . .J. rurrrc par.. a ci ici con Lt.:i.Z Ci :5• L::ic::i::l cnt... a U: 'la abci.'3 ci :cac:'Iac.a un c:Z J.'cc sn'.a:cc3nadc cict circhc. E::' :raIcma 'cci.
J. ci. c?'caci3u,ci. " 1 ::c5
Sentencia en el expediente 93-D-.277 Demandante, Gloria Caldas de Esteban Demandado« Empresa de Energía Eléctrica de Sógatá colectiva de trabajo, tomó un rumbo inesperado y que se venció la etapa de arreglo directo y que estoy consultando a la oficina jurídica las alternativas legales para ajustar el contrato a las nuevas circunstancias laborales de la Empresa ( ... )', de lo cual
la etapa de arreglo directo y que estoy consultando a la oficina jurídica las alternativas legales para ajustar el contrato a las nuevas circunstancias laborales de la Empresa ( ... )', de lo cual le informaría oportunamente, ordenándole igualmente el que no se imprimieran ejemplares de folletos, asaltando de esta manera la confíanza y la buena fe de la ccntratista, en el cumplimiento del contrato y en su allanamiento a cumplirlo. L El plazo para la ejecución de las obligaciones era de tres meses. 108 que empezaron a contarse a partir de la orden de iniciación que le dio la empresa al contratista en oficio 430296 de 20 de septiembre por tanto el plazo de ejecución terminó el 27 de diciembre de 1991, Li. Después de ese fecha la administración no h liquidado el contrato4 ni tampoco lo ha ajustado a las nuevas condiciones de la empresa, como rr() prometió el contratante informar a la contratista y el 10 de diciembre de 1991, el subqereuite administrativo faltando apenas unos días para que vencterj-,i el plazo del contrato y transcurridos dos meses de ejpcucón del mismo, sorpresivamente resuelve mediante oficio No. 1073 informarle a la contratista que el contrato quedó perfe': cionado el . de octubre de 1991, contrariando lo estat'le..ido en el mismo contrato el cual no exigía aprobación de la íiliza de cumplimiento según lo estipulado por el articulo 482 L-1 Códiqo Fiscal (Acuerdo 6 de 1985) y apenas reconociendo en i.rma proporcional el tiempo laborado entre esa fecha y el 15 de octubre (fecha en que terminó la etapa de arreqio directo con
482 L-1 Códiqo Fiscal (Acuerdo 6 de 1985) y apenas reconociendo en i.rma proporcional el tiempo laborado entre esa fecha y el 15 de octubre (fecha en que terminó la etapa de arreqio directo con la convención colectiva de trabajo). Es decir que para él, dicho contrato apenas tuvo un pl ao de doce días, COifiO si. los con trat no fueran ay para la5 1a5 par-tea,que deber: celebrar y ec!.re de buena fe y que obligan no sólo a lo pactado sino a tod t oue corresponde a la naturaleza de los mismos, según la ley, la costumbre o la equidad natural (art. 871 C.C.) y que E'5€r hechc imprevisible y ajeno a la voluntad de la contratista, comoDemandante: Gloria Cldae. de Esteban
Demandado: Empresa de Enerqia Eléctrica de Bogotá
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO: :oço .iey f: : B 1 J 4 E 1 MPUG 'C 1 OÑ DE L D E MAjD r ............ .• .... 7.1 •. i.. .... .:C: .... .:3J. • • • •-. • .• ..................... .on iE i .o..........•:,.LOtY:Deman 43 ante t Gloria Caldts de Esteoan Uemardado Empresa de Energia Llectr.ioa de bogota
VI LAS PRUEBAS in v11 LOS ALEGATOS DE OONCLUlON: o d coi. e-o :2Demandante: Gloria Laidas de Esteban
Derntndado: Empresa de Enerp.a Ei ES ctrica de Bogotá
in v11 LOS ALEGATOS DE OONCLUlON: o d coi. e-o :2Demandante: Gloria Laidas de Esteban Derntndado: Empresa de Enerp.a Ei ES ctrica de Bogotá :;•. y alegando hecho nuevo no enunciado la contestación de la demanda, - Como no se observa causal de nuiload que pueda invaidar lo actL4ado. IDE presupuestos procesales se hallan cumplidos a cabalidad, ' la legitimación en la causa, tanto por activa como por oasiva no otrecen reparo aiguno se procede a decidir previas las siguientes
VITI.. CONSIDEACiONES
principalmente .1 ccnseciiencial.Dernandante Gloria Caldas de Esteban Demandado Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá .ura hir:ói..c:•. HECHOS PROBDOS 1" L ccc.:ft 4 cc septiembre de i_.991, oL:r!ac::o i ç::LactY nr 1 dr rrst:::i..ón cd: de 20 de septiembre de 1991 L_ t El valor de este contrato está amparado con las disponabilidades resupuestales Nos 1117 de la subgerenc.zr
comercial 3'OOOOOOoo) y 2272 de la Asesoría jiridica .:.::: ..:....- ... .L •:.•.: .L : ::::... ::. ¿kk.. ,.:..L ...?.... : . .....: ::c::.....siqwatTida ap LZ . 2qTJo ao C:T QUtWTflJ /( T66T aP 3Áqwda ap
: . .....: ::c::.....siqwatTida ap LZ . 2qTJo ao C:T QUtWTflJ /( T66T aP 3Áqwda ap u. . •.0 ;. ..•. . ._L...) ... -•u.i uu .:: . . T-1 ap qwaic1aS ap . ajwaadas ap (,7 ap 6T ap aSa.OW3 OPPUJ ap SPTJ aT.C9 auapUiaÇJTratapr la en el punaciente PT-a -1. 177
D emandante: Gloria Caldas oc Esteban Demandado: Empresa de Energa Eléctrica de Bogotá • e 1991 j oraGILO i. . que se recnnuidara dirigida ~~k
e-,. Dala celebrar :1. septiembre de 1991
Psabajo M1,— i nternar por .1 umur.c.3c:ió recibida el 11 de octubre de 1991 c ri. 10, de la zantrátiste 1 la W hizn entrega T~Ma ! mas prolesl~-: unn lis el OITÉ su decencia se ha Sia. Sejúr conste En S. la UPPoclacíón y los - dD a forme tos E333 ICEn 8Derrarte loria Caldas de Es tetar rrdado Empresa de Energia Eléctrica de Boqotá 2 de octubre de ii > r2ciE1oo CI L+ partir de la fecha de parfe-ccioniento del mismo5 Ci cual ocurrió si dia 2) ce septiembre
rrdado Empresa de Energia Eléctrica de Boqotá 2 de octubre de ii > r2ciE1oo CI L+ partir de la fecha de parfe-ccioniento del mismo5 Ci cual ocurrió si dia 2) ce septiembre .4 c4etItac::!do f&ter,: de trxtçaque en los numerales 1 2 y 3 dei 0fici0 5 2 numeral 40 =S ) oficina.Demandante Gloria Caldas de Esteban Demardaóo
Empresa de Energía Eléctrica de Botá J urloL ca las alternativas legales para ajustar ci conrraco a las nuevas circunstancias iaborIes de la empresa, lo cual le estaré informando oportunamente .. . :.r.: biva.. 26 óe noviembre de .1991 E'!
- . - . Y : U- - - -. . i -:. z •- J. -- '1l..:EJj i t
Li::(Lr2Er.Li; E;l... C1l 5u1.E-1ll:.L113
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Lii- ,.. EiLi.E E •' .1. . t.EEl2O .Lili'_i .2 E 21 1: E. 122-22 o.c(:cp:l.E. •ii.ii:1fl 12-E lE! LOE 1 2 :212-1. Lk2l:.lc Li de 9 dEdicie.bre do1991. LE 1:::.rLir2.2-c:E::15r
lE! LOE 1 2 :212-1. Lk2l:.lc Li de 9 dEdicie.bre do1991. LE 1:::.rLir2.2-c:E::15r E&-'rl':'-'22.i2'•"mr::2'2Li::.E, ''onLi'1o.Demandante: Gloria aidas -de Esteban Demandaoo; Empresa de Enerqia El'ctrica de -Bogotá 4. -' 4UB J1D .1 1 se autorizará el pago aquel los qastos en que haya incurrido la contratista tajes como producción e impresión de artes finales diseos de piezas y logos i la parte de la asesoria en forma proporcional al tiempo laborado entre el de octubre fecha d erfeccionarniento del contrato y ci d en que se suspendieron las negociaciones Despuds de ese día ci ortatj.sta ro ha prestado ningún ser' 1O Je asesora C rmprra de Energía Eléctrica de Bogotá :.:: ::.j1€E :si15 c:c::rd i .:i ..rOcft:E J OC diciembre de 1991 so ....msoss::.irn nws....Lc: ivs:s: cos:j'
...................................................c.o is 7 de enero de 992 recibida el 9 cc éstos LS e:•::: .... :.. SE Sn Ec m::........1::15 E3ntenci4 en el expediente 9-D--.277,, Deøaidante:øloria Celdas deE%teban° Demandado Empresa d Energía Eléctrica d8oqGté
E3ntenci4 en el expediente 9-D--.277,, Deøaidante:øloria Celdas deE%teban° Demandado Empresa d Energía Eléctrica d8oqGté habia ainuncido en tér,nir,osimtláresen el Ñá. 4620 del 21 de octubre de 1991. que la viqencia del contrata terminó el 20 de diciembre de 1991, sin variación de lo térmirus inicialmente pactado y sin que se hubiese emitido el anunciado concepto jurídico. (Documento, privado aportado por el demandante, folio 10 del cuaderr,o 1) 16,- Que e probaran tas de inter-s de la Superbancaria (Documento público folio 4 a ó del cuaderno 2) 17.-Que se probó el índice de precios y pérdida del poder adquisitivo del Banco de la República (Documento público. folio 7 del cuaderno 2) 0.. LA EXCEPCXOi4 POR CAD(JCXDADs No tiene prosperidad alguna. El demandado cree que para verificar él hecho de la caducidad basta contar desde el momento de la celebración del contrato. 20 de septiembre de 1991, hasta el día en que se presentó la demanda s 14 de octubre del ao 1993, para establecer que corrieron más de lo afos a que refiere la ley (Art. 136 del El Tribunal no es partícipe de ese criterio. El inciso óo. de aquella disposición rezan "Las relativas a contratos caducaran en los do'! (2) afos de ocurridos los motivos de hecho o de derecho que Le sirven de fundamento". La causa administrativa afirmada, que provocó la
óo. de aquella disposición rezan "Las relativas a contratos caducaran en los do'! (2) afos de ocurridos los motivos de hecho o de derecho que Le sirven de fundamento". La causa administrativa afirmada, que provocó la demanda, estriba en que la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá no cumplió el contrato de prestación de servicios,Demandnte. Giori aldaE de EsteDan Deanóado Empresa de Enerqia Eléctrica de Bogotá E E LÇS P'R E -U i—= N S 10 N E 13 PROCESALE3 20 de septiembre do 991Dem.andante Gloria Caldas de Esteban Demandado; Empresa de Enerqia Eléctrica de Bogotá -e tuvo como fecha de conteo del plazo contractual, lo que supone su orden de Iniciación, el di 20 de septlemore de 1991.. Qe septiembre de 1991 de octubre CJE! iombro Ç] "la autorización para ceiebrar el contrato, ie fue revocada de -L.I::.som.Jre
OEO: •.= . :)T .•:i• ::j.; T..::.. .... 1 .;. :. . ...i OUiS - w TP a_4qrriJo ap 9UWTr ' T 6 6 T ap aqwatdaa ap 9 :.;. ap T9T3 Eau ap adu OD1UWçi UG1S ap 0TEi aauEEu eu -Demandante Gloria Caldas de Esteoan Demandado Empresa de Energía Eléctrica de boot. 24 de cctubre de 191 oicina juridca lasa iternativas leqejes cara
UG1S ap 0TEi aauEEu eu -Demandante Gloria Caldas de Esteoan Demandado Empresa de Energía Eléctrica de boot. 24 de cctubre de 191 oicina juridca lasa iternativas leqejes cara ci contrato -a las nuevas circunstancias laborales de 1-a de lo cual le estaré informando osortunamente.Demandante: Gloria Caldal5 de Ftban D~andados Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá Frde q'e pr' el d ÍL 15 de octubre había terminado la convención colectiva, como i lo certificó 1 L jrninitración cori .quel la comtrn.ic.ación dirigida 1 contratita, deja entrever un animo de »ocli fi'; ci.r los pto r rçtrtuale que etabn produciendo de'd el 2(' de weptemhre d 1991 1 i tien.enteró a la contrat.tta de ese deseo de aJu%taminto del contrato a la nueva« circuntancias labarsls de la eapreea j. Uo ,.e io4ró en un convenio .&rciatkv d I.i dr ni ración contrtante tampoco ésta en defecto de s h) ?!'O iTiOdi f ic'cin uní Itera 1 . l xintrato entonces, .prmaneió Inalterable. La nera ír,fnrsni&cjón d1 óntrtant.e la ntrtii de conu1tar, 9 rod,tç Pr) Suspruntión del contrato Frtrmente en no a hcD pactó sobre i.a
nera ír,fnrsni&cjón d1 óntrtant.e la ntrtii de conu1tar, 9 rod,tç Pr) Suspruntión del contrato Frtrmente en no a hcD pactó sobre i.a it.4 1 t41.od d' 1 riffl ni t,r'aci ón de uspeflder t4 pi zo; tampQco 10 j,dinfl Laa partes como lo recinlba la norma 10c31 di.trít.J bl'- l sunto Fi articulo 26 del Acuerdo e, de 1.985 del Concejo
de ccin9.agraba Por de fuerza mayor o caso fortuito se cuerdo entre las partes, susprider la e',cón d1 contrato meeitante la suscripción de un V." 1,, a/ide /riste el evento, sin que para los efectos dei . estintivo compute e 1 tiempo de la tYper c:omunicac:iór, de la admini.traciÓr ro poda tene #rt obi icior,e.. fecto iqunn en la usperón del plazo, de lasdensE7cpa en ya espediantE '...:.:/ Demandarte Gloria Caldas de Esteban Demandado Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá :L::Lt:i 11 de octubre de 1991 E' dio 5 de los mismos , sólo 5. aque l. 5:- Gloria Caldas, s::ç:çr'.c:.ç Ló: '...fl l a Sonquirar con uns de SIU H capen dencios a las nu ev a s exinencias jabormie~:~ •-•- Qe de s 55 55.
Gloria Caldas, s::ç:çr'.c:.ç Ló: '...fl l a Sonquirar con uns de SIU H capen dencios a las nu ev a s exinencias jabormie~:~ •-•- Qe de s 55 55. La vs.-sr,:-Ei 26 de d-s. c3E:r e de ¡ 991 , j die 9 mediante No 351073,, el s•s'..::s:E:r»st,' 5ffI 5 55s.L5Eti. -..5D E
:j?.Ls a s;.si.:i.:s :.:.-si.sj-s., nuntra di ciendo ssu coodulta cEr.rs infbrmándn le que e l ' ' q uedado suinri z a-l a - l paga ye aquillos y eszcel en - hu bie ra L E'ds..:c.:sJ:'r: sss,, impresion , i sedas Caa5V Unos 5..'ss' -H,-rss:1a asesqr la for me s:'.js.r'S..... -s:.s:-.al ' '- ' s"-r-ss"'5s:-:S'::5:'.T55ss'' 5555515':: can t ra os to la eso es•; s::ss - ' 11 porq ue In puede. ser . :5:'. reglas de la buena :5 mir an 1 '. -sss do conductas SS' s:r's.orer s5k.,E cim entan 'U 5555 par de de ella, que tcon, Suade Es e l 555';":
:5:'. reglas de la buena :5 mir an 1 '. -sss do conductas SS' s:r's.orer s5k.,E cim entan 'U 5555 par de de ella, que tcon, Suade Es e l 555';": ps.s5s.::1rs sjss:.s's.' .i:s:t,;ts' .1-rs s:- le peccire -Dandante: 6ioria C.1da de Esteban Deandado Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá 3. • x 3.: :. .. . UJ de diciembre de i9i,;Tandarte Gloria Caldas de Esteban ternandado Empresa oe Energía Eléctrica de Bdotá El pE?rj (A3 4--L3c y i rxc ¿O43U i ir fJp1imirItc d 1.E EEB .:'i•3.. p - d1fi', o 3,,,o..r:c ,:,e.ri'o' . so .0.20 Of da rino:.a rl 1--' ç:h'o. :or' -aijsjo1oo ., •:. :: 1.1. T::iF'
D.. L..A CUAt'TiFICACiOH DE 103
F-ERJUiCIfl rt-fornat_ 'os de 1a negocioiónDemendante GiDria C1da de Esteben Dem.daoo Emr -ese deEnergi Eidtrc de B000tá IEl dar -,o emergente: lE Eolic:. • 4 .4 .-. •.• •• •.iE .:)í.:... tU lEE.
IEl dar -,o emergente: lE Eolic:. • 4 .4 .-. •.• •• •.iE .:)í.:... tU lEE. (: .•• U. • . .Demandantei iiia Caldas de Esteban Demandado: Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá e Te su averiguado 2 El lucro cesante:
por menio anual. :v 1
2 Tesú9 el su da Maispra ez dra en Que se Dista este sentencs, el 2.. el se dicta lentencia, 2a se obtiene S- -amas W Valor entantraoo en ¡os libEraies a El total del perjuicio sufrido por la señora G lo ria Caldas ce EstEo2n para el da en cue se dicta esta sentencia.
E COSTAS
- ..............
En mérito de lo expuesto,. el TRIBUNAL ADMINISTRPÍ ÍVO DE CUNDIAMARCA SECCION TERCERA, administrando;efldEfltE í31ori L-albas de Etebn Der riado: Epres e Eñeria Eiéct Eotá ustcia en norr.bre de j.c República de CoIonia cr autc:ridd de Lc iey 1
EMPRESA DE ENE-Et: ELÉCTRICA DE BOGOTA.,
GLORIA CALDAS DE ESTEBAN
EMPRESA DE .ENER6A LÉCTRCA DE BOGOT GLORIA CALDAS DE ESTEBAN p íic ç;r..t:e . .u.::rc L. .., '. . '•::::r............. '' ::.:r" .1 :": E....................
GLORIA CALDAS DE ESTEBAN p íic ç;r..t:e . .u.::rc L. .., '. . '•::::r............. '' ::.:r" .1 :": E.................... .:2n k-:•E E.E -. ór de 2 'reci;:. '-ct. "-:: . 1.11 u 2 Demandante -.Gloría Caldas de Esteban Demandado: Empresa de Ener-.ja Eléctrica de Bgot jV::.; 1iE.RO ;ti A! EF:EfA !uE: u.ç3
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PRESIDENTE
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