TA CUN - 94-33910-(28-01-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 94-33910-(28-01-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
ACCION DE TUTELA -Carácter residual ¡MECANISMO DE DEFENSA JUDICIAL
\ L • 1 . •-' TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA y
SECCION SEGUNDA - SUBSECCION "A"
CJ Santafé de Bogotá, D.C., veintiocho (28) de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994)
Magistrada Ponente: Dra. MARTHA BETANCUR RUIZ.
ACCiON DE TUTELA
Expediente: Nro. 94-33910
Actor:
MIGUEL JACINTO MEZA CASTILLO
MIGUEL JACINTO MEZA CASTILLO identificado c:u i i.:édJa de k.,ik.(adar.-,.a No. W265.991 de Bogotá,por intermedio apoderado judicial interpuso Acción de Tutela contra La DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, el pasado 24 de enero del presente amo ante ta ¶3ec:rearia de este T....:!.I:)ltnaJ Ja eoat w. decide en esta providencia. c::i,a A N T E C E D E N T E 5 lo. P E T 1 C 1 0 N E 6 solicitud de tutela se contrae a lo H ig uiente (t€):t.i.(). 1Expediente No. 94-33910 2 "PRIMERA:.- Para que se declare nulo y se revoque en todas sus partes el fallo de segunda instancia de fecha diez y seis de diciembre de mil novecientos noventa y dos, el cual dió origen al decreto 1914 del 12 de marzo de 19931 expedidos por el seor Director General de la
todas sus partes el fallo de segunda instancia de fecha diez y seis de diciembre de mil novecientos noventa y dos, el cual dió origen al decreto 1914 del 12 de marzo de 19931 expedidos por el seor Director General de la Policía Nacional, y por medio del cual se separó en forma absoluta de la Policía.
SEGUNDA: - Para que, como consecuencia de la declaración anterior, se ordene mi reintegro, con efectividad a la fecha de la separación al grado que ocupaba, con reconocimiento de la Policía Nacional, Ministerio de Defensa -Estado, de todos los sueldos, primas, bonificaciones, vacaciones dejadas de disfrutar y cesantías que se causen, aumentos de salario, y demás emolumentos dejados de percibir como los gastos de salud de mí esposa y mis hijos, junto con los que hayan podido causarse desde la fecha que fui separado del servicio, hasta aquella en que sea efectivamente reintegrado a este..
TERCERA.- Para que, para todos los efectos legales y, especialmente, para el reconocimiento y pago de mis prestaciones sociales, se declare que no ha habido solución de continuidad en el servicio prestado por el tutelado, desde la fecha en que fui separado del servicio, hasta aquella en que sea reintegrado al servicio. CUARTA.- Para que la orden impartida por el Honorable Tribunal sea de inmediato cumplimiento." 2o FUNDAMENTOS DE HECHO E 1 ac r:.i onan Le sr por ta su ped i.men tu en 1 os hedos que se encuentran a fol i.os 4 a 9, que se t:rans cr i. ben a con Linuac: .ión el
E 1 ac r:.i onan Le sr por ta su ped i.men tu en 1 os hedos que se encuentran a fol i.os 4 a 9, que se t:rans cr i. ben a con Linuac: .ión el 1 - El s&c:r Di. rectc:r- (3ener.1 de 1 F-o 1 :1,: .ia Nac .iona 1 para separarme de J. a los 3:i. tu ci ón me a tr i buyó ha. bei f rinqido el ar L. c:ul o 121 iiumer'a i 37 i i€ 1 amen de di-sci.pl------is vigente es decir por haber acum'.il adu trr:a c::urr'ec,.tivos discípJ:riar'.u::s (3 r1 arrest.o svsru ::i el t€ rmi,. ro: cJe un a'r'o . i. i ti. rad u meci 1 ar 1 a Reso 1 u'.:... F'k:. :%27 de fec::ha junio 1.4 19 13 F Di.rec:c:. án 3eriera1 do la Fc i.Lc:j.a Nacional que dispuso adm ni sir al: .ivarr,on te mi separac ii .at.:a ni oLa del.Expediente No.. 94-33910 En las investigaciones de es.a naturaleza tal como lo seRala alguna jurisprudencia del Tribunal Contencioso Administrativa por cierto acu.:iosos en des:n t.r síar t:::'.:unriar la debida actuación en los procesos han consignado que la investigación tiene como f mal :rdad establecer si esos correctivos fueron impuestos de conformidad con los procedimientos establecidos. Si.
t:::'.:unriar la debida actuación en los procesos han consignado que la investigación tiene como f mal :rdad establecer si esos correctivos fueron impuestos de conformidad con los procedimientos establecidos. Si. quien los impuso tiene o nó competencia, si son proporcionales a la gravedad do la falta. Determinar quien los impuso determinar los móviles o motivos que se tuvieron como argumentos para imponerlos y evaluar el dau causado a la Institución, en los aspectos de moral o prestigio institucional, o los particulares por su puesto Este tipo do procesos tal como lo manda la u:larts Fundamental en su artículo 29 'EL. DEBIDO PROCESO SE APLICARA A IC)f)A CLASE DF: ACTUACIONES JUD lE .1. ALES Y ADMINISTRATIVASSseguneste postulado a que tamb .1.00 debo ru...i, st..i.r la idea do rebatir de. controvertir 1a prueba el proceso es la sintesis dlI..alr:ti';1a de la actividad de las partes encaminada a velar por los jo te oses que represen Lan el proceso no puede entenderse c:cimc un monólogo del, juzgador sino un diálogo abierto entre quienes intervienen es una contienda entro quienes luchan armados do razón 1 uchan por el predominio de lo que creen es la VERDAD PR(ICEEAL.. . por este motivo so lo ha denominado al proceso COifio de 131 LATERAL. 1 DAD O DE CONTROVERSIA, O DE E ARACTER DIAL..EET lEO En los informativos o procesos queso me adelantaron se violaran todos los principios más elementales '! ç
proceso COifio de 131 LATERAL. 1 DAD O DE CONTROVERSIA, O DE E ARACTER DIAL..EET lEO En los informativos o procesos queso me adelantaron se violaran todos los principios más elementales '! ç Derecho, allí no se tuvo en cuenta las pruebas que,'o utilicé, € i dinero que realmente debía que no era una gran cantidad y que la pagué a la duea do la casa., e o esta investigación tal como la alegué en el recurso do apelación solo existe una declaración ci lier ene (sic) a la rendida por la quejosa la de la seFiora BLANCA EE3TEL1,A DE SALAMANCA, quien además desvirtuó la acusación respecto de un supuesto escándalo público y de maltratos a mi familia pero a pesar de habersucedido aber surociido todo esta en el proceso el, f sil sdcr dijo sin escrúpulos que EL PUDO CONSTATAR (7) que res Idi a en la casa de la quejosa y que los hechos enunciados por os La. eran evidentes con la sola rat it iclación do la querella, además en la diligencia do notificación del correctivo impuesto no se me hizo sabor que ca mí me aletía ej. derecho de interponer recursos a pesar de que a Lodo el personal objeto de investigación disciplinaria, 50 005 hsl:.i art inculcado el conocimiento que si por a 1 qón motivo rer 1 sma ....ismos el correctivo impuesto se nos pondría uno mayor para calmar" os la fiebre como so pregonaba para nosotros los que c-.......sLtamc.s recien salidos do escuela.Expediente No 4-33910 4 De otra parte me pregunto que tiene que ver lapondría uno mayor para calmar" os la fiebre como so pregonaba para nosotros los que c-.......sLtamc.s recien salidos do escuela.Expediente No 4-33910 4 De otra parte me pregunto que tiene que ver laInstitución a Iristitucián con conducta familiar ellos c::uando uno esta mal no le ayudan a. solucionar los problemas sino por el contrarío lo ayudan es a fregar con estos comportamientos acaso la nueva Constitución Nacional en su artic:uio 15 concordante con el art.. 85 y numeral €3 del artículo 150 no ha instituida el derecha a la INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR COMO TAND lEN AL F3IJEN NOMBRE? etc motivo por el cual la Policía Nacional difundió a través de una circular la 081. del 2.1 de septiembre de 1992 a todos sus miembros en el país la figura .iursid:Lca del HABEAS PATA en la cual sc::' instruyó a los integran tea que la in Limi.da.d ;/ el. habeas 'Jata • puede hacer valer ante el Estado ante los parti. c:u laica?
A es te r especto y o C: .r"c: que (ut S escandaloso ea el caso de algunos funcionarios públicos de nuestra ..os tsi (:uc .i ón es el que a diario cometen ron el llamado pec::u do por 05€: acerca do Ja itt.......:.ac::córi diaria de los ..eh:c:t....los o st. t: ja 1 es con los cua les satisfacen o ecca...ci ades personales y que la justicia pena 1 militar las investiga y declaran ~Ar los procedimientos u se
o st. t: ja 1 es con los cua les satisfacen o ecca...ci ades personales y que la justicia pena 1 militar las investiga y declaran ~Ar los procedimientos u se :t.nhsij.stersi de abrir :uv';ticjac:ióc -i formal, tducicri'.:Ii:' hechor:: que no voy a debatir. 2.- Para referirme al correctivo de ocho tE díab de arresto severo por hechos sucedidas el día 040991, pesar de reconocer que en realidad ci correctivo se adecua a. las circunstancias de tiempo, modo y lugarcomo uçar como oc:.urr :cerun y aceopt:.ar, desde luego, esa sartc::i.óru quiero decir se apl i có el MAX 1 MO correctivo cIij analizar con detenimiento las causas FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO por las cuales lesioné al ccsimpsíeri::. AG. NAVAS NAVARRO SERCU JO , no ubaer var tdosc: los F r ni ti establecidos al surk:.i.rce aoiimont:.e en dos (2) días y cisc: si no a rse la investigación en eso corto tiempo ruando el reglamento de di.aci.pl iris cii su articulo .i establece ( 7 ) días calendario para su perfeccionamiento si. miramos otras investigaciones duran hasta dossAus rei::upiis;idc:: pruebas e decir su erc:.ierr -ri los términos. ls.. las 1:0555 C dcsc::oncstcs.i.A E SR F)€5'YiH 3.5
rei::upiis;idc:: pruebas e decir su erc:.ierr -ri los términos. ls.. las 1:0555 C dcsc::oncstcs.i.A E SR F)€5'YiH 3.5 jurisprudencia ro.:. tersi: :;v:s ha sostenido que al liC., respetar tisiS términos, que 5crl do orccj€n públ ico ;€ viola ci debido pr uceso y Hl Derecho de Defensa, se debe actuar en razón del rcsirtn1nc, tanto para el investigador que debe actuar Oit razón del término tanto para el.investigador que debe practicar las pruebas ruino para el inculpado para aportarlas y ej ercer SSí su defensa. NINGUNA AUTORIDAD E rif. PL RECORTAR )R 1 AF1 EL TERMINO.
3. Para hablar cjel correctivo impuesta ci 0212191, por iís)n fici';,s autc:eclst.cjoc; el 121191, con un (1) cista deExpediente No. 94-33910 arresta severo quiero certificar que me encontraba al servicio dei escuadrón de carabineros de los servicios especiales bajo el mando del teniente PARDO PARDO OMAR quien era nuestro o c:omandan te y por le tanto, deL:íe adelantar y fallar mi comportamiento y no el comandante operativo tal. como lo establece e] recj 1 cicrtc disciplinario al tenor del, articulo 130. COMPETENCIA. es competente para conocer e imponer el correctivo, el superior jerárquico policial con aibkÁc,Lones
disciplinario al tenor del, articulo 130. COMPETENCIA. es competente para conocer e imponer el correctivo, el superior jerárquico policial con aibkÁc,Lones disciplinarias bcj o cuyas ordenes se encuentre el infractor.'' De otra parte hubo violación el principio de la Contradicción al haberse dado plena cred.i.bii.i.dad al .'tn'fc.rrfte suscrito por el ER BERNAL HERNANDE7. JOSE cJe quien srPa ]. é que por cai.'.sc de haber sido sancionado Len un cija de arresto severo obran te a. folio No 20 de 1a investigación que se me adelantó para despedirme por, haber permitido que a mi se me disparar(sic) ci. fusil que portaba y lesionara a 1 c:empaer'o , quedó con le espini fc por esta causa y se aseveró que se iba a desquitar por ese correctivo que se le impuso situación que denuncié oportunamente en mi diligencia de descargos ci consignar haber" sido vi c:tima de per'scc'i ciño por el suboficial citado cuando en cierta ocasión me hizo prestar un cuarto turno completo cci e]. sector denominado MPILECON . solicité se allegara a le investigación la respectiva en eta c: ión hecha en el de minutea de guardia, deec:onoc:.Lencioac ci resultado de ella, máxime '.:uaridn cité remo testigo de ello ci TE. FARDO FARDO OMAR come t..amb,i.cu al Ef P.RAYO cicLe] J.c que se omitid dándosele plena credibilidad a Xc
ella, máxime '.:uaridn cité remo testigo de ello ci TE. FARDO FARDO OMAR come t..amb,i.cu al Ef P.RAYO cicLe] J.c que se omitid dándosele plena credibilidad a Xc e'f:'.r'mac,iç5ri dr.1 suboficial a pesar que hice hincapié les rerepu: iona ra su versión acerca de lo acontecido.
En este írilsmt: :) orden nc ideas se omitió ci', le investigación que tiic separa de la ins ti t'.,ti:',,i. ño el haber consignado en ella o haberse tenido un cuenta las felicitaciones de que 'fu.3. objeto como t:erib:nén losnumerosos tos numerc.eos positivos que di y apeccar (sic) de no obrar' cci mi hoja de vida no por negligencia mi a sino por que quienes catan encargados de esta no los rol oren tal como es su deber argumentando qt.ic se olvidan y que uno debe recordarles para que le (sic) los pasen de les ordenes del día a la hoja de 'vida, por tanto estaban en La obligación de calificarlos y constatarlos. De igual forma no ce tuvo en cuenta la calificación ,: cer 1', ,i. 'fi c::cc: 1 ño que di 6 de mi comportamiento como pc 1 i. ci. a 1 seMor í b ( ACERES ROPERO ERO it )F ALBERTO. R Tu Honorables magistrados la verdad real., cc; que en ci adelantamiento del proceso disciplinario no es m;ic; qt,ic; la suma u adición de antecedentes de los ce:orr'ee:t.'i'.,'oe y
Honorables magistrados la verdad real., cc; que en ci adelantamiento del proceso disciplinario no es m;ic; qt,ic; la suma u adición de antecedentes de los ce:orr'ee:t.'i'.,'oe y mal impuestos l:oa t:a 1 cumc:' 1,0 anoté anteriormente e ce;<c:epe:ión tic uno de ellos c:c:iuie lo desci' ibi un cd.Expediente No. 94-33910 .5 acápite anterior,investigarnc'i es limitarse a contar sanciones Y anexar antecedentEs, porque si asi ?era '1 mismo legislador habr ia prev ~o i en el caen del numermI 37 i1 articulo 12., el j~ r:' ci€• personal debe e.taLtcrr'
'>a planilla a listado, ordenará sacar l' o to:op i. a de los volantes de los correctivos, formará Un paquete > luego lo pasará al cc)lrr)dar) le para que profiera fallo ajo tanta formalidad. El fallo carece de Ct,t..dj,Ç' r"9Ç'fl.•>:çj) ponderado, impar'c:ial y ecuánime. parece más l::.i." a un acta de inspección al a hoja de vida 'y las fotocopias que se allegaron con fundamento en la parte considerativa resolutiva del proveic;lci del 150672 en el cual se ordenó e allegara al proceso la totalidad de antecedentes., disciplinarios de los correctivos impuestos. POE' eso es que c'ie observa a lo largo del fallo: ( folio tal obran antecedentes del c:Or're):::tivO impuesto el cita tal ..., a
disciplinarios de los correctivos impuestos. POE' eso es que c'ie observa a lo largo del fallo: ( folio tal obran antecedentes del c:Or're):::tivO impuesto el cita tal ..., a folio tal ... e], c:orrei:'F:,i,'vç) impuesto el d,'i,a tal y as¡ sucesivamente..... 4DvL:c: r'e(:cnut::er que la administración 'i:;sse r•:3 deber de ej ercer potestad disciplinaria para mantener« la disciplina, e 1 nivel moral de 10% emp 1 ado. y aaeLp.ir'ar la e'ti.'..:aci.a de lea servicios que presta el Estado a los part.i c:ular'ea pero debo hacerlo cedido a la t-,' no PUEDE DF 1H F' Hl LA CONSTITUCION Ni LA . 5.- De r>t.rs parte c.ii,cr'ci colocar r:rs conocimiento que despues cl' isir:'rmcprac '.:).i:.dci(:> los cas cor r:o i':.I :crsn 'ira sai sise ot.orcÓ mediante acta mrs:i .1 a No 137I: ':icl, 100893, por .._u'i.a s'di,:,I"írl,5 de la. capacidad 1.abet''sI. del 32.50 .'c:r c'..i'r'>'Lc, c,c'>rs las secuelas, que pacleacci y lo que no me Permite tra bajar n i conseguir trabajo, ada nd'a pasi earc: 'so desgasbP en la columna vertebral de lo cual. l Dr. RICARDO RCDRIFIIIE7 9 me expidió la siguiente
que no me Permite tra bajar n i conseguir trabajo, ada nd'a pasi earc: 'so desgasbP en la columna vertebral de lo cual. l Dr. RICARDO RCDRIFIIIE7 9 me expidió la siguiente certificación " EX COLUMNA CORACOLUMPAR . CONSERVAC ION EN LA ALTURA DE CUERPOS ESPACIOS. LEVE E.SCOL 10518 CE VER"r 1 CE: DER. SE EV IDENCIA 1) .1, SMI MJ( 1 fiN DEL ESPACIO ENTRE 81 RELACIONADO A PROCESO DE. DISCOPATIA - ESE NIVEL. NO SE EVIDENCIA LISIO NI L.I81'ESIS. 6.- El derecha al trabajo y el ejercer una profesión son garantías constitucionales qs.ua no se pueden desconocer en una investigación como la presente más i~ , HONORABLES MAGISTRADOS, que por esta investigación so me trasladó a 1 Departamento de Fe iii: i a Bogotá,como unk especie de sanción económica si su tiene en cuenta la serie do gastos que cirsmar'ida un trasteo y la uonsabida adap 1-. ac iáu's al medio respecto de m:i. familia. 'Y aquí sime s ASO ha dejado en un ambiente desconocido para ial. s' los míos, k53rnç)arado y ai.ss trabajo. Quiero '4-?.)I''ets Magistrados feltic::i.tas al Estado por conducto de Lis t.or:iass para que la Institución a la cual p'-' Leneci y deseo volver si mi Dios y Ustedes lo permiten, sela asls;pcsr eExpediente No. 94-33910
Magistrados feltic: :i.tas al Estado por conducto de Lis t.or:iass para que la Institución a la cual p'-' Leneci y deseo volver si mi Dios y Ustedes lo permiten, sela asls;pcsr eExpediente No. 94-33910 en '..tn E:n te Jonde a 1 os stiha :i. t roes se 1 es re Ç.CUc. ca la ci iqn.idad umana, se val oren como ersonas ya que en mi. s t: i. empes se t.ei 1 a sen tda una equ .i cad a les is que: ara mantener
la ci i.sc.t pl. i.na e:? 1 :1 co a-?c1 J. c) (7.-v l—. 1 a an ción El superior no forma. , no c)ien ta ri i. i.n t1r/e c:reia quc' La furu::jón del superior era la de .juzur
sic: y riada. .s • es deber ineludible? del super:lor preveo .i r las .in fr aci.cinei: y so lo como un ú 1 tí mo rec:ur so debe acu.d ir a los correct 1 vos ar ti cu 1 o 2%
del reo 1 amento de disciplina. estos preceptos en mi inves t igac: .ión tampoco se c:ump 1 icron En termo como es toy me botaron a la calle con m.i. ESPOSA Y MIS CUATRO HI30S por esta razón ruego a ustedes s&ores tiagis tracios se tenga en cuenta lo prec:eptuado en los artículos 619 di C.C. A y 142 del Reglamento de Disciplina y se revoquen
por esta razón ruego a ustedes s&ores tiagis tracios se tenga en cuenta lo prec:eptuado en los artículos 619 di C.C. A y 142 del Reglamento de Disciplina y se revoquen los correctivos impuestos 3o. DERECHO FUNDAMENTAL VULNERADO E: 1 actor en estas ci :i.i.i ci c:r c::i as persigue 1 a [u [el a de los s igu ion tos derechos tonel inon tal es "l. - De acuerdo con :i. que es tab 1 ece:: la Cc:nst. i turión Nac:i.anai artíc:u 1 c' 2 5 > e]. traba.j o es un dorech o de la espec:i.a:I. protección del est.acic::' toda per sor,a -agrei el precepto c:ons U. t.uciona]. tiene derecho a un trabajo en rond 1 clones dignas y Justas 2.- Por otra parte el (Titulo II. capitulo 1"j el derecho al trabajo lo doc! arara el pre4c:eptc: c::onst.i tuciona 1 como fundaciionta 1 por ex presa col. oración dentro dei artí rol. ado 1 o ceta 1 signi. f ira q'.io pertenece a la persona y a las aut.ririda :iC.'.? s pób 11 cat sol u es compete respetar 1 o y defenderlo 3.- En un mal en l:eird id o u a ra cJe por a r 3. a F:Úli.i::..a Nac:iona]. babia que !:ot.ar a quien ial lara so mc:
3.- En un mal en l:eird id o u a ra cJe por a r 3. a F:Úli.i::..a Nac:iona]. babia que !:ot.ar a quien ial lara so mc: ha buscado cermi c::hiv u O?? pla+.:ur jo C: (A110 si be. t.5ndorue a m:L forera a mej orar 1 a 1 ns ti. t:u i: i, ón o 1. a p:ls.i. c, 1 ón de gol. enes la di riqen Los fa]. los ..njustns a nadie benefician scIn se c:rean rosen t.i.m ion 3::ctay tal des t.:or [en te ma rc:andcise atr rç; la ar Lii t:rari.rçlad de c enes Ja dirigen 4.- Flor erableis t1aqi.st:racÇc. rio cixil:e ra:'. Ot? aiec.Iora. Fiara. tnni 3: non tirri de.:isión iii j os isa e pr ivó a mi. queii e, clorerhci 'ia'vrnicJ1r k..( ti precario salar lo goce abon a hace falta para uecbs:c'al:ir c.:'aii mis c:iatiti 4) Lujes fui. sOrc)r a raspc;a . y ms at tn r::oandt.:' es La s h .i. y lee! ac:ióri a 1.e>; pnes::eeptes c:et c ...i t:e.tricuna tos por hateen 50
y lee! ac:ióri a 1.e>; pnes::eeptes c:et c ...i t:e.tricuna tos por hateen 50 fetndament.adc:t 1a decisión en un ne.tutera f F c:.t1cu 1.21Expediente No. 94-33910 8 del dec:reto J.C:)/89 el t.ta 1. roh. h,a ex p tanen te 1 a Cnn ti tuci ó
40. PRUEBAS ç:c)r, la res n te pet, i. c:: i. ón ci e tu tel a r.if ner on a 1. 1 en 1. o i q.t i. e> les do &:un xn tos tie prueba i.u>fc:r-fT>t:L'!ç) rii>ci :>i.i. rl a c3 czi :cic:J •ri :ci>ir-t ci>l. ¿cc':c:icr>r>t-. :::ç 1 ir::i.a. L 2.- Dn'::umen tos v.r ioa que :IFd 1 c:an el c:lci m.iei lo de re;<o 3.- Cor í ce pto Ju.r L J. EC ed ido por el J e fe •,1'.r í ¿J c. de la Fo li.c:ía Nac:iona 1 de fecha 19 de açosto de i.992
Después de ordenar t a nc>t::.L f :. c':ac:,ic5n ct::'rr'es:;'c,nci ien te de la prosee te acción al. Fn. rec:tnr de 1a Fn 1 ir: ia Nacinna 1 ( fui in 7 ) 1. a
prosee te acción al. Fn. rec:tnr de 1a Fn 1 ir: ia Nacinna 1 ( fui in 7 ) 1. a cLia 1 se lleve) a cabo ( ir:) 1 ir:> 1,5), dentro dol te'r ff1 no 1 3.,j ario pc.r 1 a C orn.: ti. tució ny la í.o'j , os ta Sala de Decisión doc ide la p': nl:e ac:clón can hase en las s:inuh.en :os CONSIDERACIONES: lo. Como ini cio de esta doc:.is.ión la Sal parto de la seal. .i.ación del objeto principal. dei inicio do la (c':1ón de Tutola proscrito en 1 os arti col. os 06de 1a Consti. tur:ión Po 1 i ti c::a y en elExpediente No. 94-33910 9 ari:ícu].o .1 del eçret.r) 2591 de 1 991 como el mecan i.arno que ti ene toda porona par reclamar - ante 1 oa j uecea la prc:t. ec:c.ión cJe a cier'ec:hos'f un neo 'La 1 es de orden con a ti. 'Luci, una 1 C:Ltandu en cuan tr'e que "eso 1 tan v 1 nrradc:a o ame'?razacic'e: por' 1 a are: i.Cn u por' a O(fl J 5 iir' de c:',&a :s, , id ad púb 1. J. ca otra )ekr't.e 1 ecae:iór 05 Lah.torida er al,
O(fl J 5 iir' de c:',&a :s, , id ad púb 1. J. ca otra )ekr't.e 1 ecae:iór 05 Lah.torida er al, art. 1 ru Jo o e i r)eCr-c Lu2 9 t. cJe 1 991. , en lundo 4€ esc.r.. ¡:)(,.k 1, la improcedencIa d€:!, ejercicio da di c.: l. ML:c'ón cuando ex ata, 'a tr o med 1 o cJe çJc ion as j ui 1 e: i. a. 1 a me nos'. que se? ej ur a c':oíc mec:ar lamo tr'ans 1 t.or i u y para evitar por u ir.: loa Á. r r"omed 2o Con estas dos premi sas arte r:ior'e's y oc observan cia cJe 1 as normas non c Juriad as para roso 1 ve rs e t'. 1 ono en c:uon t.a en pr 1 mer'c cm mo que 1 a prason te a c; "::ión no se i o ter' puso romo meran Jamo trarisi. tor.io 1,1 .1. Lamporo para ev 'i. tar" un peri uJ. C,JCj .i,rr"emod labio, En soqundn 1 ttq ar en citen 1 r a. es la. 3a. :1 a de Dec:, 1 J. ón pa.r»a. o 1 c::asc' de os Lud ja.? qtic? la pretoria un buscada por J. n t.ormod J.o do la acción de tutei a. ea iurar ni apuesto ampai"'o de los doe ac::hrs
o 1 c::asc' de os Lud ja.? qtic? la pretoria un buscada por J. n t.ormod J.o do la acción de tutei a. ea iurar ni apuesto ampai"'o de los doe ac::hrs TLtIidsO talas que dice lo 'fuuroii vie1a.ds con 1. )::'a.a3,cn de la, txxpecLe c.iári del 'fallo do se a onda . natanc.ia de i echa iJ. de di c:i.embr"e da 1992 dat ido oc' ;iqen al bec::i''o Lo No » 191 11 do mar ;o 12 de por pa rt.o dr?i Dj,r'erc::ión f3ener'aJ de la Ful iría Nacional. que cli. apuso su separar: lón abso 1 u ta del se rv It',: lo a c:: ti. va de:? esa. nt :edad , para qite so d.tsponqa su rol o tcqr'ej se ordeno el paqo c:Je los as J. ar",i.sydemáa prosLaci unos dei actas do devengar d oc ante el ti. ampc. que ha per'meri oc: :1. do ro t. .1. rado del sor' 3o. F'tes b.i oit do c::ejn 'f c'r (Ti .1 eiac:( cctr'l noot:; 1, cci urui n iíli i. en 1 un a ai'i t.i.dad pci h 1,i.ca.i J. 1 '1 ti C' t 'a en i. 1 eqa 11. d a 'i a 1Expediente No. 94-33910 .1.0
un a ai'i t.i.dad pci h 1,i.ca.i J. 1 '1 ti C' t 'a en i. 1 eqa 11. d a 'i a 1Expediente No. 94-33910 .1.0 retirar de 1. srvi.c:j.c:, a un e ¡vi p 1 eaçlo í:4uh 1 i. c: o • sLo e d e irmed .i.. amen te y dentro del t.r -mino de aUuc:Lçjj prosi::r tito en el art i c:u lo 1 6 del CÓC1 .i.nc cori ten c: i oso ódm ini trat 1 vn ( 4 res contados. a partir de 1. a notificación o : urc .ón del ac:Ln adiü in 1. st.ra E. ivo ) , cuc a. ti r :i,sdicci.ón co nt ercí cao administrativa para incoar la nu11 d su do su dosviru:.til a iói do 1 servicio púbi ico y solicitar el rein Loçr o y paçjo do los orno 1 unen tuis
dejados, de percibir ciesd o el momori tto de su soparaci. ón hasta cuando se efectúe el roin tecjro Lo anterior es Lo que so donomina acción de nulidad y restablecimiento del derecho de c:arcter laboral es ....upu lada en el arti CU lo 85 del Cóci i.go Ccin ten loso tdmin Ls Lra Li.vç) Para e1 c:aso do estudio si. miramos con d .enimion t.o las J:)oti.c.i.ones de esta acción ej FA j. de tute la • se obser\'a cue
Para e1 c:aso do estudio si. miramos con d .enimion t.o las J:)oti.c.i.ones de esta acción ej FA j. de tute la • se obser\'a cue consti tuyo pro c.i sarnon te las pro tens 1 FI 9 que puedo ion teris' r 1 a accj.ór, púb i i. ca de nc 1 idad y ros.ab 1 e'::i.miento del derochu: men ç::ionada anteriormente L..a ac:c:ión do tute 1. a es viable cuando no so cuteti ita con otro mocan isíno legal , para el caso en concreto el actor C:Cin tú con c:I.i cho mociio judicial ordinario corno fue la acción de nul idad y r-estabieci.mient:o del derecho que debió haber ej ercido dentro de la oportunidad brindada por la ley y 9 to le) hi. :c:: puart:ii ó la oportunidad procesal y 1 eqa l para que Ja . ur Lsd J. c:ci6 con tenciosc::' admin ini.st.rat:iva lo resol v.ter a sobr e 1 as pro t.ens iones
que pro tondo acceder por triod Lo cJe es La acc: i.ói por lo que hace que la ac:;c.ión .i.rnpet r ac:Is en esta oror 1 '.niJsI sea a Etudas 1 ti u:es i fflprOcCClk:N Si. bien ea u: luir to q te .).. E o para el pr ese t o di. apuso de mecanismos j cdi. cia les de prutecc ...On ordinaria par a laExpediente No.. 94-33910 11
Si. bien ea u: luir to q te .).. E o para el pr ese t o di. apuso de mecanismos j cdi. cia les de prutecc ...On ordinaria par a laExpediente No.. 94-33910 11 del en cJe 1 cier e :hoi; del :: . F • :rc':; 1 c:. r; r e,t t. 3 / Lths 3d J. a r ;ç:1 de i. mu de fu Le 1. ci e be rec.:.h. .1::i.cH' i.ritr1.k cJ€,j andi en c:iarr3 se el
en est.t c::ksc', tA t a c• tpi irtar la a cç:1.c)r1 t.ui:.ç=.:. éa ¿3fl I?5¡vi EÍ1 ci. ortaci d ra canseq ni. p e t. I. iones a ty ck en ni.:arienc:i a,tr,ar i.c::' Irit.eIt:arJc) supi.attar t..Uia c1En:::islç5l uk i:ic:.:ca.J el
11 cí de un J (A e PIdidiij.st.raiivo Una ' ,~ e ueii.Zad0 e]. crL.rei 1 jal idad de 1 cus acLc's admsLn istr ¿it ivos qi.ie se rieLu:Lerori ac::usar ce tie Ii. clan] uper tun amen te y :pus de haber se cump 1 . j. do e t .i tea 1 d: prc,ceciuti.enlc> c:Iet.ernc.iri.>dci para Le ¿:Eci ón ej
tie Ii. clan] uper tun amen te y :pus de haber se cump 1 . j. do e t .i tea 1 d: prc,ceciuti.enlc> c:Iet.ernc.iri.>dci para Le ¿:Eci ón ej S queri .3.cntch 1 ¿::i,it L&: .iri iii-'::'.:ri . L k nc:3 le.Lcr ser :.i ii:
4a ;3ífl_ tcc:tri j.riC) , i ] n;L.t.d.ici :Je ntc'r 3'rt cir' .L:-; hnÇ:t,(:i y H traen e ii anas cl amparar derechos fi.tncl íient. ¿i les 5ir 3iLartlo , ¿3.(€?ttanc.tc) r qraç;:;n d cJin.:'.ts:ii5ri J.cicrzors,itri ien tos de 1 pe 1: i. c.. j. onar J. ci se observa que el fund amen tu pr in c.. j. pal de 1 ;a vi c> 1 ación de si derechos en• basa en que 1 a Di.rec;c:ión de 1 a Po 11 cia al reti. rar lo no observó las prescr:L pc::iones de 1 es normas especial es en materia de emp 1 eadus de e ss a entidad en esci.a 1 el reo 1 amen tu de disciplina d ibas norm men L . i unadas son el lcer c: ter espec: .1 a 1 en vi el se estab 3. ecen derechos deberes oh 1 icjai:iories y unos proceci imien tos
norm men L . i unadas son el lcer c: ter espec: .1 a 1 en vi el se estab 3. ecen derechos deberes oh 1 icjai:iories y unos proceci imien tos par ti c:u lares
alfil i. c:ab 1 es al person al que 1 ahora al se tv cio che 1 a Pi> 1 .i. c: j. a. que de acuerdo con lo esLi. pu 1 ado en ci a l ,-- -U. J. CU Jo 2u de). Decr e t o cJe 1.992 le acc:i.óri de tutele no puede ser ut:.i. 1i;acJa para ha cer r es pe Lar derechos qtte só lo Li, erien rango J ege 1 , u i. para hacer r:.timpi ir 1 eyee decr eLos,, rr:g .1 atiter,t.cs o c:;1kaiqtii 're .,tr a &JIma de v a ul g ci iiferic>r ....... f:)jc i j- > t con c:: 1 uén cí:5 ti, ...ainb i ér 1 a no vi a hi. 1 id ad de 1 a tu te 1 a JUILen 1 arIa para es te caso que se in Len La ha cer respetar untes ci J. 1;s pos J. ci et es leqa 1es de carác::ter especial par a una en LidadExpediente No. 94-33910 1.2 4o. Por tt i timo es, de ariotar por esta de Decisión que a esr de que i presente acc::Lón det,utci en este caso no fue impe iradt corno rnocn ismo tr tnsi. Lor io o para cvi Lar un
que a esr de que i presente acc::Lón det,utci en este caso no fue impe iradt corno rnocn ismo tr tnsi. Lor io o para cvi Lar un per -.j ur'.c:io i. rremed i.ab J.c considera que no puede accederse a las pci. :t. (:ic)neS buscadas porque 1 .i. orto mu ori c;uor tr 1 a proa cr si ps i. ñn cJe 1. De;:t oto de 1992 en su arti ce lcr' 1 11. tora 1 h ) que estab 1 ore c: 1. aramon te que ci. por J u :1 rio no tiene el. c.arc:tcr do i rromoci si. ab le (ssUandC:) e). .i.fl Ç? rcsacie puod a 5€) lc:i lar a 1 a autor .i.i:lad judicial c:ompe tente que se ci st. sp(:)nqa el ros lab 1 cc:: .i.mi en t del do roe he !iiedi.anto la ordrn deit.inLccitu o p't:in.:ióit a un ei:1e: c:arçct ranqc: c> c:c)r(isL(:J.ór t,çit k r/t25 ci 1a .iC.L1tit l IC' 5o Do 1 c' art ter ce rmor tse o tos• t O 50 cc:rt e l, u' o cte 1 art.: ion an le cii. 5 pt.tso jo fflO€:5ft 15(T)O j Ud si ci. a 1 t tea u te que le
art.: ion an le cii. 5 pt.tso jo fflO€:5ft 15(T)O j Ud si ci. a 1 t tea u te que le credo la 1 e y que or c:aso de ce f r .1. r un por j 'ti c::i. o esto no ir tone ci c:arc ter de 1. rremcd i.ab lo ,, por .1 o que no ç::re:ede 1 a acción de tu tel a .in trerpuosira de conformidad a 1. os a Li cre 1 es 5Cj y del Dec:roto 2391 do 1991. y los iti. culos Jo 1. ile e al. h ) y 2o del Doc;: re tse O da 1.992.,
Ft ttrr.t't: cJc i tcsr:11,kt?;I;;c, , 1 a c.tisc:e;i.r, irt i€ i. r'C..C.1Çit, ec;trtd'. ili?1 1ribt.trial (dí1.n.i.st;rai..i ': do 1'',tnd.itittart:ra R E 8 U E 1. y E lo. NEGAR J. a sol J. ci. t.ud de Lutre 1. a forme 1 ada por MIGUEL JACINTO MEZA CASTILLO icien ti ii. t:adu con ccJu 1 a de ci,uda (ja nia No 79 25 .991 de Dogtrá por improcedente cJe ac::uerdc;i a las ra;onea e;<:o tas enExpediente No 94-33910 la partemot:va d l.a prov ,i.dn :i. a
improcedente cJe ac::uerdc;i a las ra;onea e;<:o tas enExpediente No 94-33910 la partemot:va d l.a prov ,i.dn :i. a 2o NOTIFICAR n [a mirna ferJia 1" preen:e drc.i.' (5b al ACCIONANTE al. DIRECTOR GENERAL, DE LA POLICIA NACI