TA CUN - 94-35994-(18-10-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 94-35994-(18-10-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
INDE4NIZACION POR StJPPESION DEL C1.R10 - ReliquidaCi6fl
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA TT.
SUBSECCION "8" 1
Srtfó de Bogotá octubre dieciocho (18) de mil novecientos noventa y seis (1996)
Mo Ponente: Dr. CARLOS A PINZON BARRETO
Re-f: Proceso No 94-35994 ACTOS NACIONALES
Demandante: LUIS EDUARDO ORTIZ
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Controversia: Rol iclLudac.ión Indemnización El demandante. por intermedio de Apoderada, en ci ercicio do la acción de Restablecimiento del Derecho orevistt en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo, previos los trámites de un proceso ordinario, solicita ¿ esta Coroorción, se hagan las siguientes.
DECLARACIONES PRIMERA.- Que la Resolución 5978 del lo do diciembre de 1993 es nula cor violatoria del Decreto 21 u u 1992. artículos 148 y .158 SEGLflV. c;kto se ordene al MINISTERIO DE TRANSPu . hacer la rol 1qLdCiIC1Ón y el correspondiente paco de lo debido según el artículo 148 del Decreto mencionado o se reconociendo los. cu.• ................. días de salario "básico" por, cada uno de los ¿PosPr -oco 3'o ?4-35994 2 servicios sut::siou:tentes al proporcionalmente por fracción de aio TERCERA.- Que se condene al MINISTERIO DE
salario "básico" por, cada uno de los ¿PosPr -oco 3'o ?4-35994 2 servicios sut::siou:tentes al proporcionalmente por fracción de aio TERCERA.- Que se condene al MINISTERIO DE TRANSPORTE o pagar o.i actor intereses sobre la suma adeudada eouivalen tas a le tasa de interés variable D.T.F. cue seRale el Banco de la República y ocr el tiempo comprendido entra el día oua el INTRA ordenó el n000 y el día en ase el Ministerio lo efectúe da acuerda con lo establecido en el articulo 158 ibídem, CUARTA - Que so sonden: :iaua 1 mentes la entidad. demandada a pagar al demandante la corrección monetaria o ouc haya lugar. Cc:rnn HECHOS oua dieron orinen a la presente acción. se relatan les sioui.en tas 1 - En desarrollo de la llamada modernización del Estado, el oc:'biarno resolviú suprimir varias entidades estatales entre los cuales se incluyó al INTRA.
2. El 30 da diciembre da 1992 al gobierne) expidió el Decreto 2171 por el cual se suer.icr.tó :1. INTRA y creó al MINISTERIO DE TRANSPORTEpara RANSPORTE para sustituirlo. 3.- El íD da septiembre de 1993 el ctob.icruo expidió si Decreto 1833 mediante ci cual se estableció al procedimiento nora la paulatina supresión de carpas en el mencionado INTRA. 4,- La Dirección General del INTRA en aplicación de Las normas da modernización
expidió si Decreto 1833 mediante ci cual se estableció al procedimiento nora la paulatina supresión de carpas en el mencionado INTRA. 4,- La Dirección General del INTRA en aplicación de Las normas da modernización expidió al j.c' de diciembre de 1993 la Resolución 5978. por la cual se liquidó y ordenó el poas de uno indemnización al actor por la supresión Ual cargo ase venia desempeandc como funcionario de carrera'.4 Froc€o Ic 94»3594 3 administrativa. Para en tor ces el demandante estbcurneLendo diecisiete (17) allos y un (1) mei de laborar en l' entidad. 5.- rn3,ers que en 1.a r:rovidEncLs cJe liquidación se desconoció orte de is indomnízacidi, el afectado irit,rOLsO recurso de re,sición contra la mism.a. en escrito radicado lo el No 28151 del 9 de diciembre de 1993, el cual aun no he sido resuelto" Mediante escrito visible e folio 13 del expediente procede la Representante del CCtOF •c edicioner' la rjeffiend. solicitando le nulidad del oficio No 102E1 del 24 de mayn de 1994 expedido oor le Subdirección de Recursos Humanos de]. Ministerio de Trenseorte Como normas vicel edes seirvocer' las siguientes: rcdioc Contenciosa Administrativo e,rt:Lcu.lOe E32 ç y' ss Derroto 2171 de 1992 artículos 'i.e y 158
CONTESTACION DE LA DEMANDA
rcdioc Contenciosa Administrativo e,rt:Lcu.lOe E32 ç y' ss Derroto 2171 de 1992 artículos 'i.e y 158 CONTESTACION DE LA DEMANDA El enl:o rcicrT'.do din contestación e 1.a demanda i,ncteijrede durante Pl término fi. edo pera ello, según documentel de fn'.i. os 47 a 44.. FR1WTPAS Mecl:ierfe auto ouo obre e folio 111 cc decretaron l as prulbas sc icit.edes y se ordenó tener corno tales las documentales que se e 11 coercen con la demande Por le parte accionada se dispuso librar Los oficios solicitados en ia contestación título 1. pqqugentos, literal aj y 3. Snsnecci tn Judicial ., literales a), b) ', c)j folios 43 y 44 este último con el fin de allegar la documental allí indicada.Prunasa 2;J 9-35?74 4 ALEGATOS DE CNCLUS Y ON 3 aocdeado de la acci riada descorrió el término nara Dienar md i ?nto la documental de folio 137. La (rdor.::da del actor real izó la misma actuación procesal ie^ escrito visible o folio 131. Surtido el trámitp eer'rE:rOrid.i.eflt'..E! a la inrt.aric:ia Y no observándose causal alguna do Nulidad que pueda invalidar lo actuado, la Sala procede a decidir orevias las siguientes. Ç O N 5 1 1) E R A C 1 0 N.E 5
inrt.aric:ia Y no observándose causal alguna do Nulidad que pueda invalidar lo actuado, la Sala procede a decidir orevias las siguientes. Ç O N 5 1 1) E R A C 1 0 N.E 5
El .a: tnr, por intermedir de Apoderada, solicita que se declare la n..1.idac! dr la F lución 5978 del lo de diciembre de 199 " del oficio 10201 dei 24 cid mayo de
1994. Cono consecuencia de la anterior declaración e a título de rostobid:1fr,OflL.l dorac:ho cae se ordene la rel iQL.daciórt « nono 'de lo debido seaúr el artículo 148 del Decreto 211 de 110 2. e sra rcc'aec'cindo 1 or. cuarenta '.' circ:n 45 días de básico por cada ao de servicio dea'. .......:1 primera ' peo!:eca1Ofl al. (ento por f rerci óo de ala .. se ::;o000 intereses, sobro la suma adeudada¡ eno : ..• 1 ea te::: a. 1 a. tuna - jeter de variable k:'. TF. ocie aiale el Pancc, República V por el tiempo comosonjido entre el dia que el INTRA ordenó el naco hasta annól en el -Pul 1 '.r han.:' efectivo por parte del Ministerio.. tal como lo disnea el articulo .135 i.bir!em, O.i çc:r'o .!.9 corrección monetaria Mediante e,. escrito .. do contestación de la demanda visible a. folio 42 del o.pedionte propone el
i.bir!em, O.i çc:r'o .!.9 corrección monetaria Mediante e,. escrito .. do contestación de la demanda visible a. folio 42 del o.pedionte propone el Apoderado del ente .ocei onodo las Etcar:cior,es de Caducidad por cuanto la acción contenciosa fue promovida fuera del término local oia Cci.ir.en el..rt...culo 13. del C.C.A. Altpt..Li debe precisar la Sala,,que elPrcceeo !Q 94—:994 último d€.:J.ns actos demandados.esto 10281 i través de cual se resolvió el fue expedido el 24 de mxr de 1994 demanda e instauró p]. 11 de julio de es el Oficio No recurso impetrado (Folio 14) y 1 1994 (Folio 9 del expedient.e\ es decir dentro del término legal para ellos que era de citrc (4) mee por lo que se deberá declarar no nroIx.d.: el irteclio e; cert.ivo DrOL:Ueeto en cuanto hace referencia a las ex repri oree ç$f: fmnrnrcrria de las Pretensiones en Contra del. Mini Fteriodc'mana.do Tnexistenc:ia de las obligaciones n Ilegitimidad Sustantiva del Ministerio demandado, las cuales se fundamentan en que la situación leal ningún h. ber y reglamentaria se oresentó con el intra y en aso nno 01 Ministerio de Transporte y que al no vinculación no entaríp nS 1.1 oado a cancelar lo pedido, cor cva la Corporación nue en el evento OFi que
y reglamentaria se oresentó con el intra y en aso nno 01 Ministerio de Transporte y que al no vinculación no entaríp nS 1.1 oado a cancelar lo pedido, cor cva la Corporación nue en el evento OFi que el Ministerio d1 Transporte no sea la, entidad encargada do responder por 1 as pretensiones incoadas 1 a consecuencia iurídca seria negar resoento del mismo las súplicas de la demanda no otra sir embarco se observa nue el oficio 10281 de rna'o 24 de! 994 (uno de los actos artados ) fue prrpr do .....or el 8UbC rec:ter do Recursos (E) del Mini f0r10 de Transporte., los artos Obra c1ertro dei exredi ente prueba documental de art 'e. -1oo e....tos son, a Resolución 5978 de diciembre lo de jQ93 Un1in 21 '1 dei: Oficio 102P1 de mayo 2.4 de 1994 (Fo1ir 14).. La .,jc)deraci clal, acr: i.rr.ante Manifiesta que con la expedición de los actos acsados, se incurrió en la rauca) de ar,u 1 ac...iár de lbs actos administrativos COIT,O es a. Vio) anión D:'rec-ta de la ley. El presente raras lo fundamenta la libelista en que se desconoció lo dispuesto en loe. artículos 148 y 158 del t)ecrptn 117 1 dr 1992 va que dicha normatividad seala en la primera :arte . de la indemnización la denominada básica es :.nuai a 45 cijas por cada ala de
del t)ecrptn 117 1 dr 1992 va que dicha normatividad seala en la primera :arte . de la indemnización la denominada básica es :.nuai a 45 cijas por cada ala de servicio después del primero y la otra adicional porquePrrro No -94 se agrega a la básica de 40 días de salario por cada ao de servicio. por lo tanto. la indemnización establecida para el caso ce de 85 dia.s de salario oov cada aPio de servicio y proporcionalmente por fracción ademas de los 45 días por el orimer aPio.. En canto al fondo del asunto planteado ce tiene, que, en ejercicio de las atribuciones consagradas en ci artículo Transitorio 30 de la Ccnsti tución Política. el Gobierno exoidió al Decreto 217:. del 30 de diciembre de. por el cual se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transporte como Ministerio de Transporte Y se suprime. fusionar, ' reestructuran entidades de la rama ci ecutiva del orden nac:Lona. 1" • en su articulo 119 cc procede a suorimir al :rrstit:.L't.c: Nacional de Transporte y Tránsito INTRA' . en consecuencia dicha entidad entra en etana de 1 iouidación Obra a folio 2 del eoedienta la Resolución No 5978 del lo de diciembre de 193 exed:ida por la Directora Lia....idadora, dcl ente deiriandado que constituye el acto acusado y tan donde se observa que el actor prestó SUS servicios a la entidad desde el 16 de octubre de 197 hasta el 15 de noviembre de 1993 .incj usi.vc ciuo el último
el acto acusado y tan donde se observa que el actor prestó SUS servicios a la entidad desde el 16 de octubre de 197 hasta el 15 de noviembre de 1993 .incj usi.vc ciuo el último cargo desempePiade nor éste fue el do Analista de Sistemas 4005-11 cargo CJUC fue suriímjdc mediar te ci Acuerdo 038 de agosto ¿ de 1991 artículo lo el cual fue anrohada. por Ci Decreto 183.3 del iS do SCL.tiefübre de 1993. así misçric aue mediante la resolución No 05459 del 10 de noviembre de 1991 • se desvinculó de la. Planta de Personal del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito al mencionado funcionario a nart.ir Como va so mencionó del 15 de noviembre de 1993. A través de la referida resolución se procedió a reconocer al actor una indemnización por la suma de $7.662.663.54, teniendo pr cuenta un salario base de $333.965.97 o un tiemno de servicios de 6150 días, una vez deducidas las licencias Y suspensiones. Por no estar da acuerdo con la. liquidación deFrccr-- un 94-4 La indemniwaciún realizada. i acç:.ionarit.e interr.o el '::L.a 9 de diciembre de 1993 en contra de la re'sc:iur;ióri acusada recurso de reposición. el cual fue resuelto través del oficio 10281 de mayo $4 do 1994 (Folio .14 pnr medro del ci.;.l se confirma la reec:.iuci.ór, impugnada.. La r!orm tiv.dad nortinente que reo 1 .. el caso
pnr medro del ci.;.l se confirma la reec:.iuci.ór, impugnada.. La r!orm tiv.dad nortinente que reo 1 .. el caso en estudio se encuentra consagrada oti ci Decreto 2.171 de 1992 c:uvos artículos 143 'i !4Q esta h 1 ecl orc:n las indemnizaciones tanto para los empleados públicas oc-c:a 1. ajorados. en carrera administrativa como oeca 1.05 ono se encontraran en período dE? ortteba De' acuerdo cc:'ri el arti cu 1 c.: 142 de' la legislación citada.so estableció aue a. 105 em'loados rúbI .1 cos en t::arrera administrativa a Quienes se los suprima ci carçic: , ceTie consecuencia de le supresión de l.--¡ entidad tendrán derecho a una indemnización cuyo monto será el siouiente "Artículo 142 De los Empleados Pi:tbl.i.eos Escalafonados y de los Trabajadores Oficiales.- Los yTiotedc)s ot.i:i,':::..:s En cr cera admiri3..strat:iva. , los trabal •at:l ros oficiales, a nuienes se les sLkorima el eaYQ0 C!fliC) consecuencia de la supresión. fusión reestructuración de entidades e nno es' refiere el oresei Le decrete', en desarrolla del Articulo Transitorio 20 de la Constitución Pol .ti e.a. tendrán derecho a le siguiente indemnización:
1. Cuarenta a cinco í45) ci as de' salario cuanduj si tcabei ador a empleado tuviere un tietr,00 do
Transitorio 20 de la Constitución Pol .ti e.a. tendrán derecho a le siguiente indemnización:
1. Cuarenta a cinco í45) ci as de' salario cuanduj si tcabei ador a empleado tuviere un tietr,00 do servicio continuo no mayor Jo un .1 ) eo 2 Si el trabajador o empleada tuviere mas Miun e' nr! ( .1) afo de' servicio continuo e menos de' cinco ( 5) • se le' pagarán onírico 15 días adicionales desalario sobre' los cuarenta y cinco 1451 ci íac has :i, coz ci al numeral 1 eec cada uno de' los aPeos de!rvJ.cmci suOsioue'nte's al primctro, y proporcionalmente por fracción'o esnicadr turs2re :i_nc.. 5) afÇos a más ce se'. í::k.C.' continuo y menos de diez (10), se le nar An veinte (20) días adicionaies de salarin sobre 1 ar cuarenta cine:, W5) días báqicus dq1 numeral 1 p0v cada uno de los .ane de servicio subsiguientes al crimern. Y Por fracción. ci..• Si ai t-baiacior c- •rcpl9r._1 :.:iuvu tija.:' íjos \os t::t tr,As de servicio continuo, e le tDaoatrfl cuarenta ( 4) 1 cijas; ada. ci or,a 1 ce de salario sobre los cuarenta o cinco 45) días b4raa. cts de! n na 1. 1. ocr carla 'tnO de cc allos cia servicio subsiguientes a]. primero,
salario sobre los cuarenta o cinco 45) días b4raa. cts de! n na 1. 1. ocr carla 'tnO de cc allos cia servicio subsiguientes a]. primero, O rotaca :.: i or 1 rnr içp t:nr fracción. _y•_ nuede,colesir de lo an tea :1 cc .' al encontrarse el actor asca 1 fnnadc:: dentro de la carrera administrativa se hizo acrecicir -n... :cacián 1-.t cual le fue debidamente liquidada y caí ce lada Al tener dEccl'ir el demandante 1 ¿A indemnización c:ctt.......acir ada en el atJ. col a 142 del. Decreto 2171 de 1992 ea del cara aclarar cine secn esta disnosición ID cuant;a da la indemnizacjñn será 0..t c:onsacarada en el numeral 4 d la mj%ma. es dec r"Si el traba j ccicr a ,:ar: 1 e.c.k: i: uy iee diez servicio continuo. se ¡e naciaran cuarenta W0) adicionales rTc oa1 ario cobre los ca.rer,ic, ' cinco 45) días h.EiCOs del numeral 1 cor cada uno de loa alos... servicio por fracción" i3ec:aui Ja r,orriia referida d~ pagar pagarF9 45 días de salario cior al ori nor ao do servicio e 40 días por cada ao subsiouient.e Ja da çnrir ór es clara a no pacmite ci'_,e dichas can : i ciados atar ea' me]. ab es es aleci que ro
salario cior al ori nor ao do servicio e 40 días por cada ao subsiouient.e Ja da çnrir ór es clara a no pacmite ci'_,e dichas can : i ciados atar ea' me]. ab es es aleci que ro StI 1 1 OLti da la .inriemn i. a ca. óri cc,çnc:: la nr la libelista cae decir 45 días por el primer ._. días por r5,ja ario subsiguiente.peosebm ._J ;.-f 4 19 quela indemnizacion linuídada al demandante oo encuadró dentro del portmet(O ia1 • va qde re le coro1ó 40 diez de salarlD oci r cada de servicio adiciOi al or mr.' o y 45 días por el primer oc , lo ciflO el artículO 149 del Decreto 2171 de 1992. hoc endo lo nperecido fftE?i1i.CO se tiene que multiplicanda los ..or labgraduE, a decir .17 aNus mes porlos 45 di os de 0 1orio por el primor ao y 4 dios por loe réstante5 Id OOr: '/ pripnradnnalCi i)C, 'Oófl de . 7 p obtiene como resultado la sumo pagada Por crin :epto de edemr.::oc..ón Si oc aceptara rior parta dE la Sala, 10 interpretación eec realiza lo Representante del rmorldafltC 1 nor'o en ón ,, re 1 í 1 absurdo de 1 'uidr 1rhlemCflt0 ir indemnizacióque re debe poaar, cOTfldO lo iccma o.:> le> clara al oeLabiCCCr
absurdo de 1 'uidr 1rhlemCflt0 ir indemnizacióque re debe poaar, cOTfldO lo iccma o.:> le> clara al oeLabiCCCr roto no esc !L 1 ol:1'0 tal como soque e. tJr onteríormr1e r >ri dci PUD Jr la rorrjr>jr rr,riLor1O quo :'jn: ol orti.'::ei ç 158 del Decreto 2171 de 1995 e debe renerlaE :rw 1 icas, ya que no dcmO4tró r'1 o:'r (..lee lo tndpTniTaci6n hut::iCSC sido nce1 do por ?u era del 1 '>i..flO de 1. os dos ne ero allí e s tab lecido. , En flÇri r:i o 1 rr dC S! 1 rt'..tE.r rl actor lo "rpón de legalidad de ..tus d2mandadosm Se deberá reor las coplicas de la c!nnndO y declarar no orohOdat5 las exceOciu nelr oropE5t0 tOjl1d0 00 CUCO ta el r esultadodel cro c:nrst.Etr en la parte resolutivo d e lo Presente OV1(fl o e En mérito do lo er neesto ci Tribunal Administrativo de CundlnofrIorre Sección Segunda, SubSección OBUadministrandn susticia en nombre de la RepAblica de Columbia y pr autoridad de la Ley'•- ç' -7774
j.c E PrimrO. DECL.PRANSE pc: probadas EycepciOnes Dro ue).c por 1 ente cionado conforme
RepAblica de Columbia y pr autoridad de la Ley'•- ç' -7774
j.c E PrimrO. DECL.PRANSE pc: probadas EycepciOnes Dro ue).c por 1 ente cionado conforme 1 , mr 1ptdC en JD porte mntiva c:}e esta prpvidorici NIEiNEE L9 crrE; tET. LADEMANDA' CflP 1 ESE NOT 1 FI cUESE. CCMUN 1 OI)ESE Y ÇUMPL.ÇISE En firme es ta crovidencia, archívese El expediente. Dor çretari rointecircEE a ia parte acciOnantl , 01 rofftrserto do lo consignado para gastos del oroceC.. Pt;o:;.dO en Acta de la fechaCARLOS oc.h f::pRLos . PINZON BÇFRETO MARTHA 5ETNcUR RUIZ
LDIS rAEE:L. VERGARA OU 1 NTrT'fl
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