TA CUN - 94-36201-(14-12-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 94-36201-(14-12-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
u — LdLura.LeZajuria1ca / DOTACION DE UNIFORMES — Compensación
MUS ti'40 SECC ION SEGUNDA — SUE3ECION fl fl T .! r. i\ '. 1 fl
TRIBUN AL. 1i/5 j. 4 f'Jf 1 VtJ ¡J%.
Santa -fé de Bogotá D..C.. cator -c:E. (14) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995). 18 1)'r• 1995 REFERENCIAS Ma g i s tr a do P o n e nte: ALVARO LEON OBANDO M0\-CAYO Expediente Actor - - n r n L ut r 1BA R BOSA CAS TRO 4rj Demandada MINEDUCAC ION Egatado E: trámite d?l acunto sin q-...u:' se mhperv ~,~ da n.1..dao que ..4.ve1i€ lo sintuado , e Tribunal .1c:Yie dicrar s e ntencia , nc c::fi..5 vn.:o - la manuna sir-, laq a spe ctos funda mentales C.ç_1 4.:.. vtr1tl .i erc..n en 1 ¿rt.;r= . ce - DEMANDIA - - '. -. ..- ?- '\r-. 1 3rS - rSfl 1 .' nr. nrn C AS TRO , rflnfl 1. .. 4 ... 4 riHr .i 4 i -- - . . ...... .-t j.... ds a45er4c2L:. legalmente zonstát,i záu, en ejarcicio do ,rp: + . .
ds a45er4c2L:. legalmente zonstát,i záu, en ejarcicio do ,rp: + . . -, .-.--..::.r--.-r32 en s i -. c: u 1 35 un! ................. o.r, %?tL 1 L pr esentado (-'1. Q.L3 79 de j u lio visible p olics 11 Se.1 ic.i.t.a cue esta Gurpo la c3cn me1 sOntencia reiue lv a co -e la s :-saL4le - tos
PRETENSIONES --: s..- Declarar que :;çEró el FÓ'ar.: erc: Administrativa en rE'laci.on cr: la r ec la m ación enr9pr es en tación dra-' la demandante ante 1 a 1.n.--
E..ucac: ión Kariona l )ct.4.,ri4 }iF.A P ACHUN DE VI...... MZ::
el día 50 d€ 3J..4.l&sore da .,99.3 por nabDr 4.. .43:rL--% O e l tÉ rm inz.. i.r.visto desde La fecha d. rec ibido i.-; ............. . parte d ja
Admin i st ración , sI 4 que £•. a se hubiere PrDnuncia dú . C Sd.3 .:Cü O 2')-4f430 la pedido Tal cas i.. 34 para gra s o c, ar 4:4 y de l 1151 y el Códicc Con tPn4:: :isc N4.i{. 4Et
D e cli rar la r.3J.dac :-F- (-ids'4r'L2(ativo 2.4:11 riOPROCESO No. 94-36201
D e cli rar la r.3J.dac :-F- (-ids'4r'L2(ativo 2.4:11 riOPROCESO No. 94-36201 ].a nejariva le la Aciinistración, a crununciar s' cr cr.cre .c cencedi&ndo o r?c'.andc. la ppiacua To'aia :c•r tscr.t.j rr nbre y representaci6n ce NARIA LUIRECIA E€;A CA íERCE,.. -. Declarar nue el demandante }?RA LIJCREC;IA FAFt1S tiene derecha al íac de tres 13) dotaciones per aRa serde € ,je 1990 hasta la prwsentacinr ne la acminna. Declarar que la v.a Gubernativa d.: rc:.a.c ielff;'3te agotada.
TETICIOh ESTRICTAMÉVEI;slDA€14 )E LAS (NTER.RRE.
Si el escrito dei Ministerio de Educación t4aci.: ai sin 0mero dt? feta tr,+zro 5 de I99 ioc por la »c:.ctoi. SCLEDAO DUQUE D CADENA, Directora General !dRinistrativa. corsstit:e una ?espuet; que pueda cursi dorarse en acto rini st at:tvú en fca esticaainte u-s.td.rja de :as peticiones antiriares, SE' declare la nu3idad de dicha acto. CONDENAS PRIMERA.— Ordenar a La Mación, Ministerio cJC;i.iófl 'C';fl l el p ago inmediato : efectivo de las cotciores tes (3) por aii a
SE' declare la nu3idad de dicha acto. CONDENAS PRIMERA.— Ordenar a La Mación, Ministerio cJC;i.iófl 'C';fl l el p ago inmediato : efectivo de las cotciores tes (3) por aii a CU.: tiene deeco '- CiCIA £ARBO: CAiTRD coma €n:::'. il Ministerio oc Eiacór Nacional •;. qie no hm sick: zr:elacas uurante ii?O. 1991 . 1992 y 993. SEGUNDA. — SE condene a .a I:ciórit:t.rao dc. pagar - .- demandante . Lr BARROSA CA J L CS intereses corrientes w r;orat.o"-:tc,s cau: has0 :uan.fz se efc.c.ti'e el palo. Que sobre las nas ue se preern se liquiden ;.c= ajuste de valoç.. ternerco '::oao base el indice de pe :aos consumidor certificado por e DANE durante el tipo tr:s.;rr:do un 3.a vigencia de la deuda.. UARTA.- La sentencia ai€darite la cual se pone fin a este pr oceso será cumplida dentro de los estrictos términos a c.te se reTiere c:I artículo 176 del 1.2. HECHOS Lo 'ecros prí ;e fui'ia la demanda se exponen Rsi Mi mandante ingresé :' ;a continuado :;l servicio ei Mirf stro de Educaciár: Nacional zumn func'.onarxc idminisirat ivz.. Previa e o':thrniento y ç?os.sn según Acto Administrativo Ac.jur,t, La euca..i& fue racionalizada par la le? 43 de 1970
Mirf stro de Educaciár: Nacional zumn func'.onarxc idminisirat ivz..
Previa e o':thrniento y ç?os.sn según Acto Administrativo Ac.jur,t, La euca..i& fue racionalizada par la le? 43 de 1970 3.- Mi mandante na oeverao mensualmente renos de des mínimos legales vigentes durarrc -' les alas 1990 1991 j9a ' según consta en la :eriiic acaÓr de uueldcssPROCESO No. 94-36201 4..-- Hasta la fecha il nancante ni ha relibid2 e> •ca legal las dciL;res que esi:e la Ley 70 de! 19 de zi ierre de 93 ::u1 ordena el suministra cama cuatro 4) nesej, El tersa un par..e zapatos y_t: ) vsticic di :hor. El Minisistio se Educaciún kacianas weaiinte rEsolucicn 1396: dyl 10 de octubre de 1990 adnpte el prccedimipntn para:l suministra ce .•est±d.: .ie labor y calzada pera los empleades il Ministerio de Eccac:iór, 4ac.ver.i estableciendc.. en E'! :iSoO el valor aproximado por caca cotaciór. as 1 Pa secretarias.. Mecanógrafas,Recepcirnistasi tlicerf:iç.tas, Ayudante de Oficina,
Bibliotecarios,Ec6nocas, 32uducporei, y Pagadores lii. Para e'leac}os que habiten en clima cálido 01.1 j•:ap.3 ri unifore consistente en blusas lalcia o un
Bibliotecarios,Ec6nocas, 32uducporei, y Pagadores lii. Para e'leac}os que habiten en clima cálido 01.1 j•:ap.3 ri unifore consistente en blusas lalcia o un vestidD eierizc: / Ufl par de ¿apato.. E:r cue.rc cuyo valor no exceda de veintiocho (28) saario; nLrios ujaflas le:ales vigentes. 1.1.2.. HOMBRES: Un t.rifore que consteoe camisa. TariL1n y un pa:- de zapatas d.' cue:', cuy.: valcs no exceda ce veintiocho (2.) salaries minimos diariuE legales vigentes. 1.2. Para einpieacic.s que hae:;.ten en dina 'tio 1.2.1. iiUJEES; ün uniforme consisto en Us trajo cilo sastre completo, blusa y un par de zapatos in cuer':, iot.in cuyo valor total p.e exceda de CL? 'nt; 'i larios !:j:O5 dicF lecjales .:igenta. 1.2.2 HMERE3 Un uniforme que ......ctst& OT: UT traje t:nple'o. caaisa, cc;rüatz y un par zapatos en cuero, cuyo valor t1l ro exceda de cin:ueta y tres (5D) salaries eírzínos diarios legal ?s vigentes po r dolaciór;..
2. Para ascadures. auxiliareE de servicios q:er.iot ojwrar.Lcs, au.'.iiiares, t-C;iCO5 y dibujantes. 2..1. 3J$,'uniforme consistente la una camiii, un
2. Para ascadures. auxiliareE de servicios q:er.iot ojwrar.Lcs, au.'.iiiares, t-C;iCO5 y dibujantes. 2..1. 3J$,'uniforme consistente la una camiii, un pantaión. una blusa de trabajo y an par ¿e zapatos en cuerr O en caucho dependiendo del acir cuyo valor no exceda de veiriti.r.ho (23) sa arios niioo' diarios legales vigentes. 2.2. Un urifc"ge cite sons c .LC ?r; blusa, id.c To una blusa ae trabajo un par de zapatos en cuero c. en cauc c. deper.ec}c tic! taba:;u .sr.ac.i fi c.:. o acc.r! cLyO valor no exceda ce vintocco (2.) salarios eir;ic!s uj'iC. a1es vigentes.
1. Auxiliares u ayudantes Je carfteniniei, Z, auxiLiarms O ayudantes de aio;.cn, carpinteros, 3rcinercs., Opera U.d1V€s de t'cuicc's y auxiliares .r P rj'. C5 pene. ¿dcc Un uniforme qee consiste en un overoiu.r: pata..ói chaquea, una calta, un por tic botas O zapatos Y n par dI.- guantes si la.: necesidades dEi oficio jO f:Cfl indispgnsanlel ropa de trabajo según el traiajc C5CC.± que. deseinpea el empleado. El valepor dotación de V?E5.0 y calzado no pncrá exceder de veirst:ioco (20 salarios
indispgnsanlel ropa de trabajo según el traiajc C5CC.± que. deseinpea el empleado. El valepor dotación de V?E5.0 y calzado no pncrá exceder de veirst:ioco (20 salarios :iiq,o, ciar zos legales vjcs&k&. 1.- Aj poderdante a través de .a Ainciacián Sindical que le:; representa ha.elevado'iererte peticiones ant9 el i.n3steris de Educación Macinr:asoli c itando la sirefla de 2as dotaciones cda cu.atro (4'meses desde 1989 y hasta la fecha no ha obtenido favorable .s ja isisndPROCESO No. 94-36201 7.. ii a ncau tiEne derecho a ttl:fldO CQff,Cs base SU sueino y realiza. .tc.iór :.ida cuatro vfl E.oúr la tábla qur' a r.or.irii.aió E1 valor aproximado de cada c}cación teniendo €n ctt resolución 1331 dt:1 10 de c5ccuLr! de 190 sería 21 siguiensei ic 990: Sa1a:]r. Rirs.iøo legal diario 15 saiari<. car:i.s $ 2615c'c 28 1 38.. 29&..o 48 540qO 53 1! :5 Ao 199: :ja:.arj; minina legal diario $1 ..Ji4.r..o 18 salarics csar.c's $ 3. .032.;c )7t.3o 1992: Sa1i0c sii,c legai diario salaria:; 11 4,00
18 salarics csar.c's $ 3. .032.;c )7t.3o 1992: Sa1i0c sii,c legai diario salaria:; 11 4,00 9a.0c' minima legal (11C 12.718.25 salarTos .iaric,r•. . 43.892.J. " 130..3800cs /6..05,00 143.961,25 8..- di :andante lanera E'T: climafric Auxiliar se ev'it'- Generales 5030 salaries diarios ;:tr racasr así. desempeland9sil c.tt.' d 1 crrrespandiéniola 29
AZn .j(} SAL013
MISMO )IAkiú
1710 $1.36/.50 1991 1.721.es
192 2.173..c.: 193 2.716.25 0 SA..A".3 /R P3R
• DlFR1LS DOTACION
28 39).oc 4E:.272. .ir, 60.38'..ao 76.55.cc F4CJ S.j, < POR A1;íO ñ.O 9.- El 30 cic d:iibrE: d:1993 frsi poderar5t€- Heve nuevamente Putición ente el Ministerio ce Educación a tr;':és d apejerado a qulf se i: in0re6 mediante comunizacidr ci 5 de enira de 1994, farffiacia por 1t =tara S0LEf'.t) PUJE DE CIDEbA Directora General Administrativa que se está pfeetuando el trni.c adiinlstrat2bo respectivo. depondienda de • -Spfl1biiiti:i
Directora General Administrativa que se está pfeetuando el trni.c adiinlstrat2bo respectivo. depondienda de • -Spfl1biiiti:i p'esupues-s:a.:.. -- Pcar eç:s r1c-.: acjd.. ante esa honorable carDoraciún ;:;'a que EP haga juiticia y La Nación ............ :arrai ., 1c oturque a mi rederdante .-'l derecho a recibir, s dotaciones atraracas o el equivalente en dinero con el ipec: t.vo alustL .cJ opso ,- pila dç. irIrSe!a 1.3.. FUNDAMENTOS DE DERECHO Cmnsidrva rte dard.Itc:: q1.E la expedividr,PROCESO No. 94-34201 i == administrativc :.ru::ad&: se v:.il ci; las síguien=, su.ff:i.: C:r:titt..:i:..n cai . articulas 13. 23 y 53 Leg 70,dr.., 98 c..o Lorcncioc Administrativo arcl=ulos 6, 31 40 :e:r-tn Reglamentarlo 1978 de j585 Roiuç:jón 1inj9trat.i L-E!I ae 1?9( CONTESTÇC ION DE LA DEMANDA La pRrte demandada dEqtrn cui término legal CtE?. taCjCip a la cE'mna en legal forma mediante ;cr it:. vi ji a falsos a 37.. ALEGATOS DE CONCLUS ION La parte úrrancarte o€ntro ;i? crminc; i?qa:. pEFfltC)
a falsos a 37.. ALEGATOS DE CONCLUS ION La parte úrrancarte o€ntro ;i? crminc; i?qa:. pEFfltC) 1to ç.e c:orIcI4ic3n, mediante escrito Visibía a Wilas 52 m 34.. La entidad accijnada qurdó £ili:flCiC.
5. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL 5.1.. EXCEPCIONE .Sea lo primero r€:.porcer a la eccc±ór re LoLuc.cd propuesta pr la partet:krrfancaca (icJlio 361.
Al respecte, ia Sala crva El ;ficio di feena 5 de enero de 191 bis a foiicj $L; Uel exuediente, '€'n cuanto se riEr: a la petición df? . . dotaciones de losdoç 99C y ss, siwndo exactos, ro cef:;.re da. meneia or&z!c ia dichadetición. En oc.ras,o1a:rsconstituye una respuesta vaga y ambigua sobre :.ar:. dgtacioneE ç:.larPROCESO No. 94-36201 nora o ::LEce terrE como iri acto administrativo r.rp±arnE'r1..E. dicho. Prueba de ello, además, es que la anministr&cidn ¿::cic.ada a:. :ontE&tar la demanda, drspues ciii scltanar que en €1 o±cic.: E.'fl comentario !rro leest4 r:car;d el1e-'cho z cotación, sino que se ,está condicionando su pago a ici... trámitw .. eg i e•f5
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cotación, sino que se ,está condicionando su pago a ici... trámitw .. eg i e•f5
oac;c)" ¡Min 34 subraya bala
q1~ el derecha de dotaciones pretendioc) con la uemanda 'f:i:L: ASA las cosas, el silercio ad:ist.rt ivcs cor ect.a. rc.tsivcs alegado ocr Lparte actora tiene pinc; fundamento.. ncra bien, la petición en sede adoirroistrat:Lva fue :o i• diciembre de 1993 ( folio :25) El silencio administrativo f•n c.otentario en c:onsericuor:c:.la d:.t 30 -je mayo ce 194 lartículo 40 ce:t c.c: -1 pi::c: para. ;:crtar la demanda vencía W dL-r 31 de .Ui1C de 1994. La demance., por su parte, fue ruicacia e; la retar: de esta Sección .:'i d.a 29 de julio de 1994 (folio 20 vto) . Es decir, dentro del tÉrmina legal. La excepción de caducidad de ia acción la prospera. Frede, entci::es., escisión de mérito respecto :.e Las or etsr iones oc la demanda. 4.2. PETICIONES Recapitulando, la parte actora impeta la anulación del "Acta Administrativo implícito en la negativa de OR Administración, a pronunciarse en forma concreta., cr.:ed.ierido o negando la petición" de la demandante 'n el sentido de solicitarla .cclicitar la cotación de vestuario desde el ac. de 1990. A titulo de retabiecimicflto del derecbo solicita cue
negando la petición" de la demandante 'n el sentido de solicitarla .cclicitar la cotación de vestuario desde el ac. de 1990. A titulo de retabiecimicflto del derecbo solicita cue esta Corporación nrcne al Ministqerio de Educación el pago d;:- Ías tres ictaciones de vestuario en la suma de cimeroPROCESO No. 94-36201 equivalente & dicha dotación, con el rute monetario crfor:ne l,r; varciÓr del ind.i:e de precies al ccrit.mick;r. En orden a obtener los anteriores coetdos., 't& parte .:: tora afirma que el acto administrativo acusado quebranre y quebranta las siguientes flOri?iS Consttuc.ión Naci ora1 , art .cuIc 13, 23 y 5:; I...e ' oc 1982;digo Crntenciosu Adwinistrati articulas y 40; Decreto Reglamentario 1978 de 19 solución Ministr.al 13361 de I99), en tanto n:: le ha SUiLfl1!StrdO la cta':ón oevestu.r:.c a la demandante, tenienac el deber legal d' h.:cr, Para resolver la Sala rac En sentencia de facan 19 :Je mayo de 199 5,dictada d~ra del proceso Nº 27528. actor: MIGUEL ANGEL PAIFO PELAí, con ponencia deJ. suscrita magistrado, esta Eubecc:n Asia: "Entrando a. fundadel, 1 tic:w., la Saia, por las razones q uE p&s.a a puntualizar¡' encuentra ou.? pretensiones de la demanda no están llamades prosperar.
"Entrando a. fundadel, 1 tic:w., la Saia, por las razones q uE p&s.a a puntualizar¡' encuentra ou.? pretensiones de la demanda no están llamades prosperar. 1} La parte demandante ro le da a las dotaciones reclamadas el .:-ár 4 er de satarin, n:. de
En c.: ;;biu si lasaiic:.a de dereuho ac1quir.Cc: título de et..ouLc: e.... irccenta.vu ecsórn:.co ot!e i as nor mas que se ocupan de uno isalarini y c= .t presta.iori scc:ial no son aplicables al conflicto. E más, no es cal :.aso entrar a es..........ar 1 as para ¿if in ir! o 2) La enirega d9 c:tS dotaciones rl anda.. i oe reglamentada por primera vez en 'ta entidau ac::ind . segun lo indica ia parte actora, mediante la Resolución NÇ 0907 del 4 no lic, de 197 Cfo1io 175). 3) De cuyo tenor litoral se desprendo, sin lugar a dudase que las dichas dotaciones fueron establecidas en la misma entidad a titulo do elementos duvnlurivus Lic trabajo. Esto es, de bienes muebles L:cçrJundientes a SU pi' 3.r.; patrimceim. 4) De suerte que la entrega que de ol lc.S hacia la administración a sus Tsurvidares ía cuie;es te.an a !-tc.:±Li r 3. c.s ) no implicaba transier.: les a Éstos la propiedad sobre las mlsie;os., PO el
administración a sus Tsurvidares ía cuie;es te.an a !-tc.:±Li r 3. c.s ) no implicaba transier.: les a Éstos la propiedad sobre las mlsie;os., PO el una .... e agotara su obiplu, ro iffport.nJo el est.acic en el que se encontraran, ten Lan cue ser devueitaa a 1 administración para efectos da in',erita. :os •fj5.PROCESO No. 94-36201 5) Fr:a de 1c ciho en los üuntc 3) y 4) quE., anrsceden, es ue tanto la Resblucián Nº 00 de 19 cornu ii.s que 1a reemplazaron pwstariormente, enre las CU125 tiene 5:ç; imor -t.arc.ta la Reso...LciÓn 0=66 d' 198. ncr aparecer E.ijd; ec:.'r la ck' .'rinte :orr fuente del derecro reclamado, se fundan or la Circula: NQ 39:7 c.ej. 30 de marzo de 1962. por la c1 la Contraloría General de la República instruye a la administración 3c3bE el cumplimiento de :US dE?.rs en cuanto tiene nue ver con la elabcra:::.ón de irvEt.arirs de bienes inmuebles y sisufb1 s de la Nac:ic5n Aquí crv.re I::reisar qUE' tanto la Circular recitad:. Tomn 1 Sc.1ur..ón Orgánica NQ 4 ck' la Cgntraloria General ie la República se , refieren bienes de Nación y no al patrimonio propio de '--• d: -tra:.izadas,. Lo que a primera vista nescarta su
General ie la República se , refieren bienes de Nación y no al patrimonio propio de '--• d: -tra:.izadas,. Lo que a primera vista nescarta su apiicacián a las dotaciones demandas y pc ende l .Lmpe:tinen::ia de su citación como fundamento de reglamentación de su entrega a los servidores del Fca:Uc Rc,t....ori:, ci& Aduanas que te nían derecho a recbirl.s. mo tagb.?.tn prccede subrayar la 2iJert..nenc±.. de .L. citaci& dr-. ...rtículc 41 jt] flr-e !, Ley 104 p 1973 en 3a dicha reei.ac.iÓr pues, las dotaLior:es a que nos venimos refiriendo no fueron establecidas a titulo de salario en &sr3ec.ie.. No c.bs.irt.e 2c aterior, lo sotunzdc oc' SUMI Corporación en los punzas 3) y 4) :•s qlers::ertte como quiera que la administración les da 1 lassusodichas as sisc dichas dotacacnes el carácter de el enen los dCvOiUtiVQs ce traba o. Es así =ómc ':m el prqrafo dei articulc. 3Ç de la Resolución 0507 cci 4 tic jul:.o ie 1977 lio 13 y SE) s., 3e€- %OS VtiOO5,, ;.apato. con fuiel elementos devolutivos y se darán de baja definitiva y mdiant.e orden de entreqa,=crru6pondiente a los neis meses. Y L..ómo en la Resolución M2 0I16 de 19Sl ifalic .4
devolutivos y se darán de baja definitiva y mdiant.e orden de entreqa,=crru6pondiente a los neis meses. Y L..ómo en la Resolución M2 0I16 de 19Sl ifalic .4 :isp(:r: "Las prendas UC...!-' traza -:'sta providencia, :rs.cJeran elementos de trabajo¡articulo 52) y "el empleado que no use las prendas de trabajo o haqa uso indebido de el las. será sancionado con la pérdioa de i: dotación por el siuiente semestre ar Lic:u.o ¿3 (subraya la Sala) Fc;do 10 cual uugiere, de SUYO., suministro dE? Elfl,IY;tOÇ, de trabajo con carácter devolutivo 'i por consiuiee., propiedad de tales elementos en cabeza de la ert ;.bad a z i orç ad.. 6) çiabiendose superado el período para el cual cL.an cuirinitrarse :Las dotaciones materia de la litis, y nbienc.}:.: desaparecido la relación lanera! entre partes actora / demar:d;?,da perece apenas obvia que su t;t.E'ce r.arCCe de objete. (hora bien sin per..;uico de in antedicho i a franca Tr.-- simPle ± 1utrac.jcn si 3a parte demand.nue sufrid isic:úrt pi..o.zio por la no dotar:ón opc rtna de los eapunta a c'ie se establece la ley, que ha Maborada Vesticas •4C. lanor E»- do entOCC?S que la texeoioaía os. ja no'na
establece la ley, que ha Maborada Vesticas •4C. lanor E»- do entOCC?S que la texeoioaía os. ja no'na :.U1fl2.fliStrE' C.Ot la pe -icd c.:id;d otee' inciuyen..;e la p'on..a regiamentacion el Ministerio, las :is .;c.icners. er zapatos ..:umci manera de cc.laborern íntima del empleado Micial de 1
manera que sea el. Estado el (;:C asuma estos castos t.c' otra parte. Faci I Lr;dc:le a ese ?5;rxO :.çdo er:or;c:,mi.a '::or ¿: 1 t_ 1. r personal
PROCESO No. 94-36201
CvO] UtvOS en comentario, :La .anrni:ac.6r; a que clin nría dudo luar no poor.ia decretar-se nor no ser materia del presentE juici..c.. ', en sentencia de fecha 20 de octubre ce 1995, dictada ocntrc del proceso Nii 36155, actor dOlSE: A. P)RAZP S9l.)V definid uu conflicto simia! al sub-Me, te precisóz ..Entrando en materia ' no. :orrformid.J rcn :.o; soportas legains oue se aducen para reclamar 1 o beneficios ecrjntmç:c; a que se refiere la ley 70 ue 198E la Sala fL..j er,c::us'nt.-a que la norma tr:damersti tUE , las rige ofrezca la opor}..unidad nc solo oc
beneficios ecrjntmç:c; a que se refiere la ley 70 ue 198E la Sala fL..j er,c::us'nt.-a que la norma tr:damersti tUE , las rige ofrezca la opor}..unidad nc solo oc esas OCt LlCsr?5 9n fcrmá aur:uhitcJa (sic) Lcmo sic.. ne (sic) que ellas puedan ser objeto de cnmponsación en diperoy ç.or el cartrariol e.. deber :ffspuoat.o a la aAministraci8n es dar las dota.cio:ea para CÇJn 011= i :.r las a=tividades . bura1er. que la requieran de acue.-dr:c - 1as pautas nec se sea: ¿o en ci artícul= I del decreto 17 de 1989, roci;rs'ntar1c, de la ley.
Fen si hay un ciencnto def: nco - de la .ir;pcibi idad ie reclamar en forma compensada ascs oens ficios lo constituye la advertencia que hace la ley en nuanto . que la pr-es tac:i.Ór; O .I.no es salasic. ......e cc'mutar c:eno factor del mismo en nlnQuji ceso". 5aú; esta preceptiva, es d:..:o'ic:iur 1.- El deber de cnr...ler la pre'tac.Ór r E sapafwcc en c..ia una de las teclas en L;UC. t;& de crCedrEB pues está restinadu a realizar las labores en ci t;tr siguiente. 2..-- 3i ocf es salario y no se computa para ningún efecto ccrncs tal, nc hay posibilidad de reclamación p.Jsterior
está restinadu a realizar las labores en ci t;tr siguiente. 2..-- 3i ocf es salario y no se computa para ningún efecto ccrncs tal, nc hay posibilidad de reclamación p.Jsterior ± en fwrma acumulada o .i c:c..'mpensada a coro se Br; la dersancja, 3.- Cuando la le,' determina que: tales beneficimi nc tienen el a]:ance de sa:-•-..o, es necesario ir:trnetar la expresión er su 1::»ra mas amplia para ccnsiaeearOL nc lo es tampoco con La naturaleza de salario en especie. Y si nu es salarim en espe=101 se da La imposibilitad da oocertraducir a un costo especific: el Etr? -Fic..tc c:ntcJi.m€ç1 sed; CJt.€€' UD quiera su en aireen, tf.. ¿tiC se valore de "anera como factor .:.a:-a otras prestaciones económicas. re:c o: :Lmi en toPRCJCESO No. 94-36201 . 10 oficial con.:: iones de S e9urioad e h il ianz laboral R up laP arRat icPr un ff>:zrno noalble de intggridaci personal para UP cabal deu:inpe:: de suE libures. Esas sr as Tinalid a des de la Iy, el posoco ccimelsa:c)'-lo ce se busca en la demanda nc pudría darse por ser contrr c a ssos fines ... 11 Providencias que, tomadas en su conjunto, bastan .t 1 para definir unto en forma desf ¿vorcE 1 pretensiones de la dernand?.
darse por ser contrr c a ssos fines ... 11 Providencias que, tomadas en su conjunto, bastan .t 1 para definir unto en forma desf ¿vorcE 1 pretensiones de la dernand?. Convendra agregar, como se primera de :as senLencias aquí transcritas i CiUe si el no ET;;..flistrO de las dcitac:c)n&-fs causó algún perjuicio a la actora, esta na dCDidD demandar la indemnización de tal perjuicio, Fero resulta que é:tC no ES objeto de demanda Por m -.ner no pr.c:de un 'pr run':ialr1ient.c., Ce ind a: respecto. 1 En mérito de lo eyDuesto, al TRIBUNAL ADMINISTRATIVO n:
EClON SEGUNDA SUSECCION ' aómirstranu; justicia en ncm.re de la Re~111a de Columbia y por autbrida.i la Lev F AL L A PRIMERO.— Decirase no probada Ja excericr - c caducíd.,d d ..acción propuesta por la parte demandada.
SEGUNDO.— Dec.:l.trase que operó iec:i administrativo en cn la reclamación fmuia'a por actora a la entidad demandada el día 30 de dic.:jeçbrE: CiC agg3.PROCESO No. 94-3201 11 TERCERO. - Nié.. n;e l a s súplicas d CUPIESE., COMUNIOL}ESE., NOTIFIQUESE Y CUMPLASE APrcbado 'n sesión d' }.a fecha mediante Act a