TA CUN - 94-36813-(18-10-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 94-36813-(18-10-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
FACULTAD DISCRECIONAL
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA ATZIP
SUE-SECCION "B" S 1 • •.•. ..-.
Sentfé de Bogotá .O .0octubre dieciocho (181 de mil novecientos rHDventv seis í1996).
Meo. Ponente: Dr. CARLOS A PINZON BARRETO
Ref so No 94-36913. ACTOS MUNICIPALES
Demandante: ALFREDO EYCOSTA MONTILLA EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DE BOGOTA Controversia iruhsistericie El dnderte, actuando en nombre propio, en ejercicio de le Ación de Restablecimiento del Derecho consagrada en el artículo 55 del C,C previos los trámites de un Proceso Ordinario. solicita de esta Corporación se hagan las s:,iiuientee
DECLARACIONES ini,....ielfflerte manifestó el actor: ',Que se ordene e la Empresa de Energía de BoQot.i', el restablecimiento del Derécho del cero de profesior ..1. especializado 33083 del Deertiemento de Aduisiciór, Administraciónde lábuebles 012100 de la División Bienes Inmuebles 012150 dependiente de le Subrierencie dministrativa, es decir al reintero dei c¿'kr-gCJ anotado, o subsida.aria,nsnte e 1 a indemálización oe(:,.nieria a que haya it.tcer 1mgdiante t.o visible a Tniño 72 oro odió libelista corregir la d€rí,er,da instaurada, rosoectr:
indemálización oe(:,.nieria a que haya it.tcer 1mgdiante t.o visible a Tniño 72 oro odió libelista corregir la d€rí,er,da instaurada, rosoectr: de las p€t:i :c:es de IR siguiente manera: M - - Gue se ordeno la Nu i i. ciad do la so]. un ¡5n No 006004 del 8 do asto da 1994 expedida por el Gerente d e la Empresa do Energía do mediante la cual so ordó la insubristencia do mí ncmbr am ion te como Profesional Esecial ac10 :33()3:3 En el Departamento de Adquisición Adminístraciñn de inmuebles 012100 do la División do 8.ier? Ínrcb1 es:.. dependiente do la Guboerenci a Administrativa, 2 Gue en c::'Foc:uenr.ia de la declaratoria anterior so me reintegre al cargo que ocupaba. el en etrc:: igual o superior categoría, paoar, sueldos primai,subsidios, vacaciones dejadas do percibir, junto cor los emolumentos que hayan podido producirse desde la fecha í:is, mi desvinculación del servicio hasta la fecha en que so haga el reintegro correspondiente. Que. para todos los efectos legales y, erario 1 monto para br relacionados con el reconocimiento y pago de mis prestaciones legales y sociales, no ha habido solución de continuidad er los servicios prestados por 511 en la Empresa de Energía de EiOt.á desde la fOdiO en que fui declarado insubsistente de mi
reconocimiento y pago de mis prestaciones legales y sociales, no ha habido solución de continuidad er los servicios prestados por 511 en la Empresa de Energía de EiOt.á desde la fOdiO en que fui declarado insubsistente de mi nombramiento del cargo de F'rofesjona, 1. EsPecializadu hasta que so haga el reintegro. 4 Que la Eirioras de Enora La de Bogotá, queda obligada a dar cumplimiento a la sentencia dentre del tÉrminn se;'sbado en el artículo 17 del 17. C y a reconocer intereses que trata el articulo 177 ibdem a. partir del momento de la ejecutoria do la sentencia8'V•; Como Techoz i'.o dieron c::r:iAr a la Acción se relatan las siguientes: Fui flOiTbIOdO por el 6orerit.c' rio . Empresa de Energía do root - mediante Resolución 1221 del 11 de Agosto cft•: 19:: para ocupar el carac:. do Analita do Métodos .1., or la Sección Estudios Organizacionales del t)raart.an-ont.o do Análisis Administ.rati'/CD me posesione de dicho cargo el 23 do Agosto de ose ao presEntHdo todos las documenton de 3. A t r e'cs tio ni trayectoria pc" les diferantea cargas ocuaados en la Emora CJE? Frero 1 n do Eaoott en la cual tuvo varias ascensos y traslados. nunca tuve un solo llamado do atención verbal ni escrito. t.an000a -fui sancionado mor acto adírin i. strct.iyc:
Frero 1 n do Eaoott en la cual tuvo varias ascensos y traslados. nunca tuve un solo llamado do atención verbal ni escrito. t.an000a -fui sancionado mor acto adírin i. strct.iyc: ce la Empresa doEnerc,1 a do Bogotá ni cJe n.tnatn establos'. mienta del Estado. Mi hoja de vide expedida por la n:Lsma rij - . - .• esta limpia u € toda sanción en los cuatro aÇc,s cinco meses que estuvo vinculado a la Empresa de Energía de Bogotá. 4 3in mediar motivo alguno el Gerente Dr Gabriel Sánchez. do la Empresa do Energía do expidió la Resolución No 009084 del 8 do Agosto do 1990 por la cual, se me declara insubsistente del cargo que estaba ocupando en la Empresa de Energía de Bogotá. 5Se anota que a pesar do que la Resolución 00084 no está motivada. esta tiene motivo y surgió R raíz de varias entrevistas del Secretario General Dr Mario Trujillo, quien mo rncnrJó a llamar ' acuso de estar fe ial fi c::cnda los poderes QOO se otorgaban osra la rroosntac:j.ón do los ciomonciso que so hacían a nombre do la Empresa de Energía do Bogotá Hitsi nulidad i, !!cchc lo manifesté y fue denunciado anta i a ÇTe arcLa de la Empresa da Enra ia 'le i314t median te comunicación No .194711 del 11 de parc:: al n::. recibir reues .a oficio el No 19Ge13 coil faSU I.:ieínbre del ao en
ÇTe arcLa de la Empresa da Enra ia 'le i314t median te comunicación No .194711 del 11 de parc:: al n::. recibir reues .a oficio el No 19Ge13 coil faSU I.:ieínbre del ao en ::ifld( a] Pr atahieci miente riel Deret::hc-j fundamentado iaí Petición de que nc tenía fal tas. ni las habíá cometida ' que si su w 0 ha de algúl hecho doloso este dabl a ser investigado conforme e las normas :ioen aa d... esta entidad la ínira veeduría de la Empresa de Energía da Bogotál la se encargara de investigar las quejas cuntra las funcionarios de la Empresa de Energía de Bogotá y no ser condenado, declarando í,rub latente sin haber sida oicJo a vencido o declarado culpable dicho de otras manOcas ea violó el dab:Ldn proceso además si se tiene en cuanta el De Moría Troj 1. 110 estaba 'r::aroadc del caros de la Veeduría, de? Empresa de Energía da Bogotá, por la época de los hechos narrados. La Emoresa de Energía de Bogotá, contestó nos peticiones a través del 3uboerante. Administrativo Dr Víctor Alfredo Cárdenas con el oficio No 51717 del 30 da septiembre da 1994 diciendo que da acuerdo a la facultad discrecional que tiene al nominador da la Empresa de Energía de Eoriotó7 la declaratorio de insubsist.anc:ja puede darse en cualquier momento. sin motivar la providencia en aras de mejorar el servicio as decir el recibir esta corun ic:acián , se
nominador da la Empresa de Energía de Eoriotó7 la declaratorio de insubsist.anc:ja puede darse en cualquier momento. sin motivar la providencia en aras de mejorar el servicio as decir el recibir esta corun ic:acián , se la vía gubernativa, 7.- i..o anterior quiere dec:.ir que el servicio prestada por mi a la Empresa de Energía de Bogotá no era eficiente, situación que no fueHar7su su 3 neo a ho a 10 VLda FO ti.ac que p,, ( de fl Okfl tipo es decir ro pued9 « arzj1 Lar ci hoch:) de mo iovar el servicio, cuando mis iervicios funniorar io de la Empresa de Enera.:a de Bcv: L. siempre fueron buenos Y no mal,,,sol o tuve traslados v Otro lado es :.iar-, metj fu atar oua 3. a Eiira de Energía de Ecootá ci ser declarada ITMO Empresa 1 o: Lri al y Comercíal del Estado, mediante la La' 1124 do 1993. CEtatuto de E4o.. tá,todoz sus t.r he j :dora': sen trabajadores oficiales, a excepcián de los ¿le conf y mi caroo nc as
de Lnnfianza manojo.
Se ha abusado del Poder d.isc: :recj en al dci Gerente do la Empresa de Energía de Bogotá, a ana este poder debe ser medido de acuerda e las ercL-fjcs y no ser VialatarjJ dt?i derecha al trabaja pos tengo risa de 43 ac.a auo me hace difícil COnse(L.jr un nuevo emplee con las características que tenía
las ercL-fjcs y no ser VialatarjJ dt?i derecha al trabaja pos tengo risa de 43 ac.a auo me hace difícil COnse(L.jr un nuevo emplee con las características que tenía en la Empresa, pues mi Promedio mensual eran iras de un Millón de Pesos m ¡cte.. Siendo al básico de $604.000 MDE la prima r localización d s187600 Y estaba viviendo en casas del campamento que la Empresa 'Jo Enerode Ocantá tieneen la Población da tJbala, por lo anteriov considero,hubo un exceso do odar, abuso de poder, pues primero i Secretario General me manda e llamar para hacerme unas acusaciones y hacerme echar de le E:prc'ae recibir lo- - Ofl5jdeno OUa ifiO ha vioido el derecho a amenaza c::or, para la insubsistencia del cerco: que tenia en la Empresa do Energía do Bogotá,cuando mi hoja de vida no tiene ni un solo llamado do atención maa 001 dillanantw can o! .o que deve"gaLa 1 e la Emprsia da Ereria Lodo por un obL..c:s dialvuLionil dal c.:ts do la sisa Empresa, pu.:. r'c LLvc: ni tiene razón al euro ¿ ....: - toden debe zor graduado a las oi L.ur ... violar el derecho al trabajo de quien se dviweía en farra corcecta en so 11 Mis Junciones en 1 a Empresa de Energía de ti
¿ ....: - toden debe zor graduado a las oi L.ur ... violar el derecho al trabajo de quien se dviweía en farra corcecta en so 11 Mis Junciones en 1 a Empresa de Energía de ti eran - ...... .. -t... ..,. 1. ...., 1-.. ...: t SN tt .:...L. .LL. .i propiedad de lis Empresa do Energia di Lugatá m travú5 d. !O; PO5O>OO ediítar'i.:..s da per Luronoa ante el incora por ser prodioi gezti6n que llEve a cabalidad con presentación do mas de 22: procesos ante ci Inc ora , mas de &: procesos ante el Juzgado Civil Circuito da Eaohst1 L a anterior hizo en un corto plazo de menos, de das aZas que -sto 'o ilvionda i !rebajando en Uhal a
W. Con la declaratoria de mi insubsisterIL ja perdí el ders'ohu a la seguridad social con ci Instituto Colombiano de SOQUVOS Sociales, pues 1 cnseui.r un nuevo empleo si as que lo sur-ojeo tendré que ssoeer'me ¿, la nueva ley da sa-q.iri:ied social as cotioar mee amos, si llego a vi..:-jc:. :umpiir iiCS ociad pera nono ;rc:nar ms u.az perdí loo derechas que tenía en la Empresa do Seguridad Social cuando estaba cotizando a la Seguridad 9ocia1 del Estado". u' n ms .i.o1 aJas s.s oaL.n 1 ea siguiente=
en la Empresa do Seguridad Social cuando estaba cotizando a la Seguridad 9ocia1 del Estado". u' n ms .i.o1 aJas s.s oaL.n 1 ea siguiente= naLit..kcio'. Nacional o ticul os 2 3, ' 2. 29 8 122 12.:: .124 ,Código contencioso Administrativo artículos 36 y sa: !:uer'Ja 21 de 1987 ( i u de la Empéesa de Energía dE Eoeo ....1) Decreto 1421 do 1993 TEstatutoCONTESTACYON DE LA DEMANDA Le parir eesio"edg nu TID contestación e c:ende instrurada dentro del truinc fijado para ello. PRUEPAS V-1 Pon un folio 100 decretaron las pruebas e ordenó tener :mc, sales las documen la 1 e' in. compadoran aDn la demDndap no decretaron las pruebas solicitadas Usc el demandante quien actta 9n nombre propio, en el memorial do folio 90.. por cnto en la etapa formatorio del p -t.:e.solo 10 demandados '' los .i ji te y .r . en toe que ee ha" en constituido en parte, •:ttos dei vei'':.i..er" dei trnnire de fu a:i en lista, Pu2densolicitar iri práctica le pruebas! dispuso tener en et.tent.e Yo ter 1 fe ta ....tón del acto¡ - realizada ct.ov roel1;acIa en el escrito de Olio ALEGATOS DE CÍ)NCLUS 1 ON La apoderada de la entidad ec:c:ioriade descorrió
realizada ct.ov roel1;acIa en el escrito de Olio ALEGATOS DE CÍ)NCLUS 1 ON La apoderada de la entidad ec:c:ioriade descorrió el traslado para alegar, ec.&n el escrito de folio 128 La parte actora realizó le rni..eue ect.t.tei::íóri procesal, madianTe (: t:uiçE('t:e1 de !olio 115 Surtido el trámite correspondiente e la Instancia y no observándose cause lalguna de Nulidad que invalide lo actuado, la Tala prcuede a decidit. previas las sicjuient.es CONSIDERACIONES: El cc: tor ., actuando en nombre propio sol tel 1'.e que se declare la nulidad (Jo la resolución 00/.084 del 8 de agosto de 1994 expedida por el Gerente de le EmpreeeProceso No 94-36813 8 de Energia de Spot, mediante la cual se lE! declaró .i.risubs»tente CI nombramiento en ti cargo de Profesional Espial;.zado 33083 en el Departamento de Adquisición y Administ rcor de ÍLCb1Es .)i2100 de la División de Bienes Inmuebles, dependiente de la SLtbuerenci Ádrstrativt. Que en rcia de ia anteriornterior declaración declarac:Lóri y a titulo os restablecimiento del derecho se le reintegra al cavo que acup&bal o a otro igual o superior ceteoorie y se le peguen los sueldos primas! subsidios, vocaciones dejadas ue percibir, junto con los emolumentos que hayan pedido producirse desde la fecha de la desvinculación hasta el rein Leoro; que para todos los
superior ceteoorie y se le peguen los sueldos primas! subsidios, vocaciones dejadas ue percibir, junto con los emolumentos que hayan pedido producirse desde la fecha de la desvinculación hasta el rein Leoro; que para todos los efectos legales YM especialmente, para los rlac.íonados con el reconocimiento y pago de prestaciones legales y sociales, no ha habioo solución de continuidad Que se decumplimiento e cumplimiento a ..a sentencia dentro del término sealado en el articulo 17 del L.C.A. y a reconocer intereses que trata el rtíeulo 171, inidem, a partir del momento de la ejecutoria de la sentencia. ..'e a'ncuent1 a dentro del expediente prueba documental del acto acusadom es decir la Resolución No ()ou$4 del 8 de agosto de 14 (Folio 68'i Manifiesta Ci actor, que al momento de la emisión del acto 5uuO se r.Ló un ise causales de anulación de los actos administrativos cuino son La Viciacien Lurecta j' la luy . Dewv£ación de -'oUer. Loa cargos por Violación Directa de la ley y Desviación de Poder, los hace consistir el libelista en que si bien es cierto respecto oc un funcionario de libre numbrariienLe y remoción, puede ocurrir la insubsistencia de su iombramierite Qn cualu.ier momento, esta discrecional :Ldad no es Uoluta ni ilimitada debe realizarse dentro de 155 condiciones legales; que en el caso de autos • se abuso de la Tacultad al declararlo
de su iombramierite Qn cualu.ier momento, esta discrecional :Ldad no es Uoluta ni ilimitada debe realizarse dentro de 155 condiciones legales; que en el caso de autos • se abuso de la Tacultad al declararlo £lIsuL:i:.e pus se L Uc una des:iLLn....ón, sin que se hubiera demostrado ineptitud. inmoralidad o incompetencia; afirma igualmente que ci actor no había sido sancionado que hable desempeado eProceso No 94-36813 :abai idad sus futic:ioris c:ue aa esconocaó el derecho de defensa ya tiLta noe .1 1 eyL ¿taba ninguna investigación preliminar uucs se Lrató da eancierar lo d11L L:l a..•.í te sin el trámite da riaor, ea se confurfdl:i [a facultad disciplinaria de libre 'ombr aia Lo Duo •.: 1 Garante del anta accionado la dat.. 1 a.i L insubsistente atet te iO'/.LIQ r.)er Ufl apreciecidn precipitada a ierevlexlva a2.' ordenar PrCV iE?flt? una iii isj.jcLcióri Antes de hacer c:.uLruiar pronunciamiento sobro el fondo dril awnta il s LeaJ, la Sala daba dejar en 1 ro cjUe al últimD cargo Gasempriado por al actorfuc el deProfeuiQnal Eecia 1 ;iaadu 3308.:; en El . Departamento de Adquisición '' Administración de inmuebles C12100 de Ja Diisi5r de Bienes inmuebles dependiente de la
deProfeuiQnal Eecia 1 ;iaadu 3308.:; en El . Departamento de Adquisición '' Administración de inmuebles C12100 de Ja Diisi5r de Bienes inmuebles dependiente de la L..jJt.'t Chi. t Administrativa, inturpLJI CtUL por uLuitJ de la Resolucián No 113195 dEi' Cfla(O 13 da 1993 (TO1 10 2(3) se trata i-i lo ter La da un empluadu públicu de libre .:mb1 attru.an Lo y reifior: .a5ri lo cua 1 se comereba con el material praL.La.t.r .iieoo si Siendo el demandante, como auecLt comprobado, un empleado de Libra Nombramiento y Remoción, estaba sujeto a la bi i. dad de 4un in E.i;ta.tiaU Nominadora lo ,.ri.atV_: Ji. Lacio ,tdiehLi Konoluciun .4LiEi' Íti.j as necesaria íue Lavar que en rwquirierapara ello la ci. .1 tei .1.e nc. mac i. c:c Ja ici' e t'......t U= Cucar mejorar la Oras Lar= del Ser E cao hibi Desde luego, aa aun establecidu 1 imites a la facultad discrecional da resonar e la..a empleados de Urma t1 nra- ésta nu pueda buu ejercida de manera arbitrarle .i tal aahsc. ao esbozó O el OiVCO la declaratoria de insubsistoncaa que se produzca contra un empleado sujeto al régimen de libre nombramiento Y remoción.. no o-jada estar fundada en motivo
arbitrarle .i tal aahsc. ao esbozó O el OiVCO la declaratoria de insubsistoncaa que se produzca contra un empleado sujeto al régimen de libre nombramiento Y remoción.. no o-jada estar fundada en motivo diferente al Duen servieíu. 71,nhabida aUt La de Ja presunción de legalidad q"> ohr •),; o los Actos dnastrativos, es a quien persigue su nulidad sobre quien recae la carga de probar la existencia detroceo No 94-913 10 circunstancias que vicien de nulidad dichos actos.
Ubre dentro de.i exprU: &erte a folio e9 escrito dirigido al Mente de la Empreza de Energía de Santa de Bogotá 1) 0 la cual fue radicada €•1 11 de agosto de 1994. ot d an do &l aclui 4ie5:.. U0 haber :ido declarado :iriuL'ai -.ter'te ucire EF cc.rc.niento unas supuestas anumalmas cometidas por el Ucictor MAMO RUJ ILLO HEF44-r41EZ Secretario General jei citado oroenisrno quien lo había creado do manera ultrajante porque se habían presentado adulteración . Talsilicaciones en algunos de los poder!s otbrgaaua.
Le loa anteri... ea hechob, es que deduce ci accioiante que se debió iniciar la c:orr3oondienLe investigación disciplinaria En su contra, para que por msalo de le diligencia de descargos explicar las reacinolis de su rd anterior escrito se le dio resuesta e
accioiante que se debió iniciar la c:orr3oondienLe investigación disciplinaria En su contra, para que por msalo de le diligencia de descargos explicar las reacinolis de su rd anterior escrito se le dio resuesta e trayasde u 1 j.L±ci =107 do septiembre ::.o del 994 profe :.do por ci Subgerante Idministrativo del ente uiisanUedc un donde za, ;zan ." oi o que la declaración de .ubsstencia del acLur aa Tama de acuerdo con la facultad disciecona1 que tiene si nominador para retirar JA 5eo en cue1ccc.o L. ump.Leedo sin motivar la provaUcncmi la cual su tca en aras de mejorar el Su. Obberva la qua Ja' 1s hechos narradws a da Lee supuestas imputaciones realizadas en contra del ec:cior..rite no e>, is L. p.' ueae duntiu de! expediente salvo lo manlicadadu PUT al Mispu a,tur, además cue dichas eou 1 . dedea sa a .LL o ¡ a.'n conuLimiEnto cuando se haLo_a =winanciado la de al a. Lur i e. de i .suba i aten cía del La L,uei ac. ptosocam wi a Gw aooct.o de ¿l expediente prueba mediante le cual se estable- ' M-05de causalidad entre te ocurrencia do las sindicaciones de falsificación Y adulteración de poderes supuestamente realizadas por elProceso No 94-3E313 .11 secretario iu Ge eral en t:cnt.ru del actor Y la dec 1 ar atería te insubaisLancia u 1 ílíc, ni o senos la ierlita cunu
secretario iu Ge eral en t:cnt.ru del actor Y la dec 1 ar atería te insubaisLancia u 1 ílíc, ni o senos la ierlita cunu el Secretario General di en Le demandado ini luyó en la tite adoptó el Ge'rite General dci. referido Forzoso cc, concluir que la Eirese de Energía de Baniaté de ELí flC cc.Jeió riecea.c) iniciar en ccinLra dci. demaidaritu un pr uc..c: disciplinaria. pues éste no .a irc.Lu sido en Uli compectamiento que tipiticara LrI co ide cta c:cjr uti tuver te en W!" ti discielmaria 4o ordenó la Administración iniGian en contra ULi actor Ltlu ili 'sL.c:mc.i d..' irrácter disciplinario, por que ci mismo no hehiu despiecndo c:crducLa irregular que ameritara un c.:uestmerucrtLu de esta clase, en ...uneecuel icia • no ceta de atucrcic: la Sala con lo afirmado puu el libelista, uee ca de le reooi: mJad de dicho tr áui Lo, la que e¡ aL lor no i LLtr io cli cocipot t.amien tu sigunc c:iutj constituyera cauma 1 oc mala conducta. aLCaDn u/ as A de má o dio_:.pi Li tui .iL. , es una dado ci caso que dicha actuación .0 proceso de carácter de •aab . quu Ci it.mlu cc)nst,i.. tUve LatOLLWrittICaL ult totalmente =.icr ital u la líc:muc..ór de
.0 proceso de carácter de •aab . quu Ci it.mlu cc)nst,i.. tUve LatOLLWrittICaL ult totalmente =.icr ital u la líc:muc..ór de Li_LL1 cíicu... .L la i acu i Lau ome.u - Lmuria1 que tiene la Adml"isti"cidapara proueúer o ehuve r libursente a sus :.._o.;. :Oi J..i'; .nL.,ii LUIh LLIIL_u diversos El 1 tU prevalece ¡a itcc'idud c:IC probar la responsabilidud di CLip £ J.IiulOLt lii.: Un TOct cienarlo que upuos Lio t..0 h incurrido tu tu irregularidad y en la LtFu impera it i'iuJ de la jotacmóii de Liii buen seivicio i.Iti0O. os oc hubiera íuaejndu ira iu;co o.cación con cota,. L.. .tct .. Lm...Ha n (uI.LUrI momento, &; el unte nominado, declarar LtbsiStCfltE' Li 1 ....,..' tt._ .. ...L.. 1
ii,rrtta la facultad discrecional de remnriñn. si entn fuera así e.0 entrara e: el absurdo de pensar que todos Ica funcionarios que fuesen 0 se encuentren siendoProceso No 94-3613 12 investigados no aucir ,an d:.i a araa incubsistentesi dándulo el F .:C 1 u je la MICIOLIM de un proceso
funcionarios que fuesen 0 se encuentren siendoProceso No 94-3613 12 investigados no aucir ,an d:.i a araa incubsistentesi dándulo el F .:C 1 u je la MICIOLIM de un proceso u :i..sci. u 1 .nar iu un fuerc da =amovilidad. Como se dijo La .orou Lr¡rara de des Tacultades diversas. que £ u Adwinistración puede haces Liuci da ellas .inu .1 Lariaauc.:n 1 Gel ente de la EwpVw= da Erro..a estaba plenamente tacu1taJo para remorer libremente al actor. aomo efactuyamante lo tuçiondo a3i cuanta que se Mataba Ja un funcionario civa no pertenecía a la carrera
H. Lonesic de c.sicio e" fallo proferido el 21 ua marzo da 1991. Cen%ejera V'oñsnta Lara Clara Forero de Ca L ' o • -cpronunLió SeSpeLtM oc 10 misma nitUaCión de £ d. siguientE ¿ria cr a se hace necesario cii. 'fersnc:iar la facultad sancionatoría da la facultad da libre ' un Un Primera as una atribución reglada que debe atercerse ajustada en un todo a los marcos legales, 1 os cuales exigen el adelantamiento cia un nroc:,Pso disciplinario oravi.o nara que se haciiart las averiguaciones del caso, se ello ia,: luoar, se formu len canos al, empleadow que tendrá derecho a conocer ci expediente en el cual se LI,Jat.::liL•,a . _.. idocRuque / a solicitar
ello ia,: luoar, se formu len canos al, empleadow que tendrá derecho a conocer ci expediente en el cual se LI,Jat.::liL•,a . _.. idocRuque / a solicitar la n:ráct,i.c,a de O~bas ar;c:n,i.nadas a desvirtuar los hechos que se le imputar,. segunda Os una 'facultad discrecional que se concede con miras a oarantizar el buen servisip J= ja aJçu3traçcióu i cuyo ejercicio. oua desde luego daba adecuarse a los fines previatodi por el legislador y ser pruperai..un1 a las horhui ,:oio lo sirvan de ausa: rc' sicirsí.fica sanción para el empleado afectado Tr'atancic)re cia dos facultades diferentes por su finalidad y qor las eondi.cionas de su O ,,a •..LLJ.L. u Sala a c.LIcluar que la una no entorpece la otra ni la obstaculiza. •0 JO haberew iniciado un proceso disciplinario, al empleado inculpado. si as de libre u' s.. L. .moc::iórs no adquiere c:cnese aulo hecho usrantia de estabilidad y bien puede ser declarado insubsiat,enta, no para sancionarlonominadora estime cue su nermanencia en el cargo no favorece la acertada y eficiente encilaLiún del En consecuencia. se tiene OLIE a cesar cue en contra del actor es Isb€c establecido la necesidad de iniciar un crocezc, de orden disciplinario. dicha
cargo no favorece la acertada y eficiente encilaLiún del En consecuencia. se tiene OLIE a cesar cue en contra del actor es Isb€c establecido la necesidad de iniciar un crocezc, de orden disciplinario. dicha actuación t.mnoco enervaba la facultad discrecional ciue tiene el nominador de mover libremente a SLAC empleados. cuando las necesidades del servicio así lo exiaieran Debe orec:sar la Sala. si bien es cierto a nivel conettucionai se encuentra consagrado e.1 Derecho al Trabajo. e] cual pura de especial urotecciórz esto significa la oW iaacin ocr oarte del Estado de proteger el Derecho al Trabajo y no la exigencia de mantener a un funcionario en el caro cara el cual fue nombrado en forma indefinida. por idóneo que sea es oor ella que no comparte la Sala ci criterio excuesto ocr el actor cuando e>resa que tenía derecho a permanecer en el emol cci porque lo cieseqrio&ó a cabalidad y nunca había tenido un llamado dea tención al resoecto se considera que ningún funcionario cóhi .ico tiene ésta clase de derecho a continuar en el carcio asinnado .. puesto cjuc no se trata de un bien susceptible de aprooiar:í.ón ni aun cuando se haya c1esempeado disamcnte tal como lo afirma el libelista. Además que es obligación de todos loe emoicados oúbl icos desemoear sus funciones de una forma eficiente. leal ' cumplida. no existe r,or lo tanto, el deber por parte de la administración de r:.rem'Lar en forma al cuna va que se trata del cumnil ienrie estricto de las funciones asignadas por le Constitución u las leves.
cumplida. no existe r,or lo tanto, el deber por parte de la administración de r:.rem'Lar en forma al cuna va que se trata del cumnil ienrie estricto de las funciones asignadas por le Constitución u las leves. Esta Corporaci ón se identifica en cuanto a lo estudiado con la reiterada jurisprudencia de]. H. Concejo de Estado en cuanto a que la idoneidad del funcionario no desvirtúa la iccia]. idad del acto dc.ir,suhsistercia ooroue existen otras razones tendientes al buen servicio tales como reducción del gasto público, reorganización de la planta de personal concentración de funciones. Ce decir. que ci término necesidad del servicio os amplio yno 1 .-• « .. .. -. j.; .•I.tc:r? poder, qu9 ti't? acroditNrse ./ no aparece :.Io:)iç) er. .1 expediente que nn el Tt:ment.o de Expodírse el ¿tc tu demandado su bubi :r «:-1si. :-dc ~ motivos diferentes r;ur estar inn Actoi AdminintrativosprucíEtos de 1 pres...uica.Óri de-:- legalidad quc• coii e.p.ciedeqvirtuar al demandante. No basta • afirmar la existencia de un desvío ebuA: le poder. necesario establecer i?fl «1 Mncara H!:dtcuenta de la deficiencia nrobaiuri a ci'e impide !j 1 «.T.. la eaiitnncia de las uio 1 aicnes que acusa la parte d'íi «a;d ai te esta 'E.0 h--aec 1.. .er n o encuentra
impide !j 1 «.T.. la eaiitnncia de las uio 1 aicnes que acusa la parte d'íi «a;d ai te esta 'E.0 h--aec 1.. .er n o encuentra motivos a declaran i.. ¡legalidad del (c'L Piii,ri .istr t. pur 1" 'Lt'' '3 peticiones de la demanda: r mérito it. in unimputo. el Tribunal. Administratipo administrando cci3rt 'E{" .. L1L;.c;.1te t-ri nombre de 1E-:t República de 131b..;t y por autoridad de la Ley 1.... L
NEMaNTE LAT SUPLICAS T»: t ._DEMANOA.
En firme a'ati Dv:Lden c:: .'i.a archíveme el expediente. -,ano pub la cratar a reintagrese al acci onar;t.e ei, remaneble cJe Lo consignado para gastos del. COPSESE. 110í F:: 3: QuE:'E: kii Aprubado en _• la