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TA CUN - 94-36872-(21-03-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 94-36872-(21-03-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

IZdatoría 4R, , tg? ' Frfbtnz1 Ádminisfrajiyó de Cundinamarca 3 t MR,1997 4 INStJBSISTE'NCIA - lrtaci6n hoja de vida / DESVIACIQN DE IODER - Prueba

¶'RTRTJNÁT, AnxTWrsrRATTv) DF CWDTMAKARCA

SECCTO• ØGUND SU18ECCTOWA--- 7!PUBLICA DE COLOMBIA ,íiAcirRADA 1lT: ISA. WWWTA W1% DF LPMPCTN .TtflCTO No. 94..6872

N.",: UJ7 DNTA SiflZ 8A

DT$'lfl'O CAPA.-A. IZ SALIJD WWWF2iA: T DA!.TA SANCWZ r $4FZ en ee'c1c10 ie c16r de r'1. tcted y

1ab eI ento del der,cPo, por mec!to de nw,derado otftudo, derr al STRTT(' ¿APTW_ARTA DF SMUT a efecto de cnr Me hagan 180 13t1eret, DECLARACI ONF 110 . kfle la Pesoiuct6n No. 971, expedida por el Cciero de Santnfé de Bogotft, D.C. & 1 de Roto de 1994. "2o. se, ordene a de flogotit, D.C., rense'ta&t nor e) doctor JaliM Ctro, o nor cu1er viga sus veces: a. re1ntegrr n la dc'ctora biz 4MUR 3kwei irbez l cargo oue era o a otro do Igual o peror r'tegorh;

nor e) doctor JaliM Ctro, o nor cu1er viga sus veces: a. re1ntegrr n la dc'ctora biz 4MUR 3kwei irbez l cargo oue era o a otro do Igual o peror r'tegorh; h. Conei4r'e los sueldos, prws+ -Pciorows swtales, oltrtoa, h&,ere' y dotx'1 ore' cauadoe y dejos de per-thIr entre 01 (![a del rtro y el dF s reintegro:.Tujcjo 9-S72 2 . P'igar1e 109 dos r,teri&ea (1xro ce~te y Wlo emerge,-te), loa interesea crrtente y los de rr.or: lat eoatae y Rgencia en derecho; el, reajuet ioetario, !1fOTI!P ren los fdicea de vr1ac16n de preclrw al cridor. Soprrta el pet1ttr er los siguientes, HVCI1flø:

10. Mi doctore Tji Tita She7., se vneu16 5 le del Netrito (ap1tni de &ntaf de &go$. meciite relación legal y reglerteria, aue flO (t?'thUtl. "?o. u vinculación cnmen26 nl 13 de abril de 193, ctw'ck fue rrada p&ra servir f>I carpo de Profeeicnel kiversit&rio de la -Secretarf a Clenttfico-Técnioo

de la Secretarla de Salur de Srtef, D.C. "a. FI dín 3 de febrero de 14. ~larte Reeoluci6n expedida por la Secvetare de Salud, fe etirnialoneda

de la Secretarla de Salur de Srtef, D.C. "a. FI dín 3 de febrero de 14. ~larte Reeoluci6n expedida por la Secvetare de Salud, fe etirnialoneda pare desen el cergo de & )Ireotora de la Otietne de At~tén a peremas, de Oichp Secretar!a.

040. Dentro de las firiones de aate cargo eatá la de la intervetor1i de loe contratos que celabre Secretario de Salud del flrto, co ejecutor y AWWWM ieei del !ondo Financiero !ietritei de Hoeitalee PÓbl Icos y Privat,e de Sentafé de Iogot, Distrito (pf tal. "S,, D1.cIoe contratos alowzan cifras ri Jioneria;, y en ellos se conrometen rentea reeuros fiscales de la txaid&. "&. ~lente de la eeponeei'i]idad que etrta el cargo de cm >YW inencl6r enterioniente y de la Dundsda esperanza ue tiene la Cruidad en el e1eo racional y eficiente de loe recureos destin a cubrir la necejdedes del derecho ftindnental de le Salud, se cfl6 a la tarea de .structurar, tknica y cientiticente, la 1.rttezventorf a de loe ccitratos, con la cilbntic1ón de cinco () ftwcIcxrios expertos en ese trea.Juicio 94-Z6$72 "7v. Enero, <ni labor no ue tkIl, ie tre6 con eertnq obstMiloe en el nDef'So de la rn1e.

de cinco () ftwcIcxrios expertos en ese trea.Juicio 94-Z6$72 "7v. Enero, <ni labor no ue tkIl, ie tre6 con eertnq obstMiloe en el nDef'So de la rn1e. "&). t'ert ro de lar rores ( obierw la interv,tort están las xe se refieren a: a. r los det1rIBtario de loe ivictc rean reraonas reetdente en .'l T'imtrIto (p1tl de BogotA; b. loa pacient,e cWen ser ~Itl~ por 1os trdi.coe ~ritos a Ie Senretarta de u; o. ~ loe pacientes. antes de ser remitidos, debe evaivaraeles ci ntcanente; - d. tue loe nacientes, igirte, deten ser claslficsdoe socio econ(nicente; e. citw los VkwpItale deber torralar 1 as pectivas cientas de cabro, i^ vez hayan prestado el servicio los paclertee, soportdn con ss romisi~r , de Cm la etenci4w 4w. les hiitesen p'eatedo, con le lIsta de loe medicent que les hieeen nnirIrtrado, etc. ". (rsecuente con las preripcionea y nortas cue se hahan de'errninadoVer» llevar a cabo lo interrentorÇe, fi'e inflexible en exigir el cwiplirniento de enuéllap. 'lOo. Ntura1merte, en este eiero no wtr6 el apoyo w deMa por parte de sus enperiors lrediatoe, pues stoe ro hallaron plauihle su neat1va pero oprcar

'lOo. Ntura1merte, en este eiero no wtr6 el apoyo w deMa por parte de sus enperiors lrediatoe, pues stoe ro hallaron plauihle su neat1va pero oprcar cuentas fon1 adae por entiies hospitalarias e no otrvl ierer cbil.mer.te lo establecido por le Interventorie R qL, cargo. 0110 Tejos de ibIr & reSÇISidO de mm superiores, con verdadera extrW~ In Resolución proferida por la S&retaria de Salud, mediante le cual le csncelhi la Omíp4¿0 y se la volvÇa a) cargo cus intcialmrte había ccrena& a servir. "120. Not1fica& del cese de le se le ordenó entregar trned1atiente la oficina al doctor Fado NarUnei. "120. Para cu1 ir la orden 1npirt1de por el Jefe deJuicio 94-6P72 4 Pere,a1 de la 5ec ir! e $ÇUUCI, en elertido de entreRr el careo venia de&^Pre~ y relntegrnrae a aua l~resnciaiea, tuvo aue padecer ur vdadero vinr1e. "?h efecto: a. iril C,3 alfrente, e1 doctor fine., SE' r4E'6 P,itenderla. b. Posteriornente, le daba citas iue no etr, ue rnedier, rmamo vf1 Idi para el lo. o. Arte eetea ci standes, y er vista de el doctor )artine viaj6 a ftntlqp de (d1e, artC.16 ente

etr, ue rnedier, rmamo vf1 Idi para el lo. o. Arte eetea ci standes, y er vista de el doctor )artine viaj6 a ftntlqp de (d1e, artC.16 ente el doctor Jedre Ayendcfo, cuter , lo r.enz6 en mkr, fncLte,mler.trea dore 1a ewencla del prireno. El doctor ftvandaflo le on~ real izar un taller, fliera de Isa ofioira de la SerreteríA. d. M1ents re,lize)e el taller, f,uvo epe dejer su eecritcrto y 1os der,k. doct rentom y nsere corp oue nia ctvvliendo la irtervertorTa, y para sorpresa suya, h&16 que faltaban aluocdocznentos. e. Preocupada por esa s1tti16n, pero pr1nci&'erte por el hecIo de oue no ea le recibla l oficina, se vió precIsada tnforrle de ases el wtarc1ae Y hctoe al se&r Secretario de Salud. t. Fiete flnc1crio le eijo: ' di. Ir&itoe, le reci!'. g. Loa cija? minutos de ciue !t lara el eefor Secretario, se volvierwi una ler espera. Y por ello, tuvo rie, en soclo de doe personas cro testigos, hacer un inventario ile loe documentos da la Oficina y radicr)o en la Secretarf e. . Co tuenc1a del atrel lo traó)tto a cue se le venia scrw,tientio, iso e. cone,cirntenIo de la Pert"onenia

en la Secretarf e. . Co tuenc1a del atrel lo traó)tto a cue se le venia scrw,tientio, iso e. cone,cirntenIo de la Pert"onenia

1egsda. para la V1gtlanc1 A&)Inietrntlw loe de nm trato itenioments. 0 13. Pl 24 de ve del ^ en cur' sal t6 si dlsfrutar de lea vacaciones 0 oua tenla dereebo.Tuicjo 94-3R72 5 / "140. FInal! zendo s'.' oerodo de deaco vicnel, se preeent.6 el dís 11 de julio mite su snnertor lmedisto, el doctor ~lo K'tInn. tate torar10 le menifest6, pal abres rnts ihra menos: cue no tenle fxc1ones; no tenlo escritorio; ce debtaedarae en la Sa1n de eera de si Deepacho. "1o. Maltratada en nu dignidad perscral por & doctor Martínez, envio uno nota al sefor Secretario de Salud a cerca de la sltuact6n a ve la estaba scntiendo dicho funcicrerlo. Am no ha recibido respuesta. 1,160. Pbla trde del dla 11 de julio, el doctor Martínez la envio a bacer ia @valuscl6r en los 8il del 2~ T~11to y 3w ~ de la 'apItl de la flep&lics. 017o. Para efectuar el trabajo 'te d!6 un trynj.no peretono; no le feci]1t6 irnplwientoe o (itiles pare hacerlo, iMI> oicins, y toco escritorio.

flep&lics. 017o. Para efectuar el trabajo 'te d!6 un trynj.no peretono; no le feci]1t6 irnplwientoe o (itiles pare hacerlo, iMI> oicins, y toco escritorio. la oficina le fue dade p en entgue tara, y su escritorio al. naa,jero. '115o. Cuando se vinculó a la Secretaría de Salud dci T)lstrtto, venta prestando ue servicios ca profesora en la Escuela (oiab1ana de Medicina. "19o. De cate hee tuvo pleno conocimiento e]. doctor Alonso Olarte, &-.Secretario Cient1f1co.-Tcn1co de 'te 5ecretar1a de Salud del l)istnito C!tel de Santaf de 1,20. El hecho LEterlor se cor-rohor's cort la carta que la deirnandante le enviare e dicho ftctorario el die 13 de abril de 1993, ea decir, en la fecha en ~ mb 16 su trabajo al servicio del Distrito, y en la cual, se debe el visto bueno para que continuara con mis t1vidadea en ).a Escuela Colcitiana de Medicina. '?io. Segura de estar actuando dentro del rco legal, y teniendo la aprobación de su superior irvdisto, ccntinu6 prestando loe servicios en la Escuela Co1osbia de Medicina. '22o. El doctor ?iO Ibrt!nez forul6 cueja ante le T'erscrtcr! Delegada para la Vigilancia Administrativa.Juicio 94-36872 6

2. La doctrientaci& en 1 cual fxidmint6 le cuejá el eeIor actor I(srttret ente la Pe>ev4a pare u2. La doctrientaci& en 1 cual fxidmint6 le cuejá el eeIor actor I(srttret ente la Pe>ev4a pare usiria por presunta vioiaci&i a lee rm~ l.l.s que roiben e los func10r10s iIliooe deeasç,efar la cátedra por endina dGl tope iz permiten lee normas pertinentes, fue ~flL~ por la mise tiversida1. "2k>. Fn escrito, recibido en la Alcaldía PWor el 28 de JUlio, del presente dio, mi podsrtWte hizo un recuento ente Alcalde ecerca del trstasiento que venia recibiendo, y, en ejercicio del derecho de oettcn, le sollett6 a dicho funetaierio, que le orde'era al t-5eoreterio de Salud Dtstrital que el le diera oficina, escritorio y dsna 1lesen4oa para realizar !ui flricionee. t215o. El lo. de agosto de este ¿lo tIebl6 dar explicacicree ente le P.rsonerla Tiade para la Vtgilci ke1n1etrative e cerca de loe cargos que eta la formlera por queje de mi merior Irmedieto, doctor Plbio "27o. D1a mi prepar i n acadjmi.ca, mm cicia>ee pereonales y el cabal cuiçlisientc de mm deberes; mi idcnaid, mi TSOneeb1IdØd, y prcbidad, WlrM& a perescer en el cargo. "280. Sin en.r2o, la ntn1strscin Dietrital no lo ltagó asi, efecto, •1 12 de egoeto ft dec1ar1a inmis1stente

a perescer en el cargo. "280. Sin en.r2o, la ntn1strscin Dietrital no lo ltagó asi, efecto, •1 12 de egoeto ft dec1ar1a inmis1stente el pr.mtito routant que se hebia hecho cano Profestonal Especializado, C8dio 361(5O. "PL Le deeietn edm~ por le Adeinistrscin del Distrito Cçitei no <tele -lió razones del buen servicio, sino a motivos de orden Twmseate personal. "3(. La remocib de mi poder>te le he ocrporto serias perjuicios mioos y morales. A su repsrsciEin es mseins le presente seci&i" (fis. 3 a 7 hechos de la deauda, sin haber sido edicion%1s y corregida). Ad1cion6 le dem~ y agrega loe siguientes "lo, El Distrito no dej6 conetencia en la hoja de vida de la dndete e, ceros del hecho del retiro y de mm omises.

1029. Taoóo se pidt6 ,i Depatmmito da la Pst6n P(ibtca el in?ome de entecedentee adainistrativos deJuicio 94-38872 7 "3o. fl rieiplazo de ml poderdate no retr1a los requisitos consagrados en lea normm nsc'ionp1es Y Dlstrits1es, An lo flL reecta e )aa cixbdlctcnea inlnimes. "4o. Ya ¡xernts ft, vlctliiia de una 11ecb1e pareecuei(r, que cuWn6 con la rcici6n de nu esr.

"4o. Ya ¡xernts ft, vlctliiia de una 11ecb1e pareecuei(r, que cuWn6 con la rcici6n de nu esr. ft5. Las cpejse y cargos que la p.rsorierfa le fonsil6 salieron lrurs1atentee, y por ello se la &so1vi6. "6o, Sin esbargo, posterioniente se le fbrulsron cargos di Untos por perba de la Per.onsria. !eta investinestAcureo. (11. 18). IA8 VIM~ Y #!O IZ LA VI(IXI: rortltui& Política articulen 1, 2, 3 9 4 9 lA, 2. 25, 29, 53, y 125. Decreto Extrrdinaro 1421 de 1993 art. 38 ntera1 $o. Decreto Ley 2400 de 1968, arte. 25, 26 y 81. Decreto Rsglesentarto 1950 de 1973 1, art. M. Decreto T)istrit.al 991 de 1974 arte. 162 a 194. Ñnwsrdo 10 de 1971. flseoluol& flistrttl No. 870 de 4 de rw1enbTe de 1973 (fi. 8 y 138). Expone el concepto de la vi&acin da fis. 8 al 109 138 y 139. Fue ~t l-da la dnds por auto del 9 de ario de MS (fi.. 20). Se mdeiti6 su s4flet6n medite pr4dencis del 20 de oct,re de 1995 (fi. 142), Se decretaron pn~ por auto

Fue ~t l-da la dnds por auto del 9 de ario de MS (fi.. 20). Se mdeiti6 su s4flet6n medite pr4dencis del 20 de oct,re de 1995 (fi. 142), Se decretaron pn~ por auto del 22 de marvo de 1996 (fi. 150). Seordrn6el traslados las puteo y al Winisterio PlIco mediante pnwtdencia del 2 de septis,re de 1996 (11. 320).Juicio 94-36872 8 Cada una de las p.rte presentó qu reieetti,o alegato de ccrncluejn (fis. 324 y 328), y la ee9ors Procuradora Mpttma en lo judicial rlrdi6 cuepto dasfavorable a las pretensiones de la demenda. (fi. 321). Rituada la tnstia en el presente proce, y al ro observaras emunal aigi,e de nulidad que Invalide lo actuado, procede La Sala e proferir sentenci, previas lea siguientes,

CO NS 1 D ERA C 1 0$ ES:

T. Prete el d~dmite en ejeroicio de 1 mect& de nulidad y tsPiecivi,iento del derecho, se declare la nultc! de la 14esolucin T. 971 dei 12 de agosto de 1994, m~da por el Alcalde Mayor de Santafl, de Rogot&, por aedlo de la cual se decltir6 ineiteiatente , nouwtanto del caro de Profesional

EecielIaado - Código 381O 9i.t-Secret8rf a Cient1f1coJT&cnIosDtrecc1& S1.etesa Dip.trital de Saluri. A titulo de rest1ec1miento del derecho,, ptds las eedidas piles del niseo, tales ccmo el reintegro al cargo cXupedo, si pago dø todos los sueldos, prisas y eeolueentce dejados de pereibir entre le feche del retiro y art lo ate ese reintegrado, ei c pide asen ajuatade$ si valor. Ad~ pide el pego de loe duioe materiales, do asetgentá y,-lucro cesante.Tulcio 94-36872 9 II Eleva .1 Me ocntr loe Actm Nemt loe eigtdatas care: A) VIolad6r de loe art!culoe !S, 26 del Dec~ Fxtrawdlrierio 24O de 1YI y a Decreto egliitar10 iR&) de 197. Soeti ene el derm~te en efnteais qm se violanw las non~ citadas, porW.P no se dej6 cnnst&'cla en la Px&i8 de vida sóbre el retiro del sctor, nl ee pidió al ÍLpartnento Ñkn1nlstrat1vo de la Fxc0n P(ibllca el informe corepondiente a la pereca cue se n~r6 en su r~ azo. 8 , 9 y 1). rcbre el pArticui.r, deetmea lo Sale que hm etdc reiterada la jurinen1.a del e?alar

queel no ni pedir 1nfrne q Ccjo de Eatado y esta corporwib , en

rcbre el pArticui.r, deetmea lo Sale que hm etdc reiterada la jurinen1.a del e?alar

queel no ni pedir 1nfrne q Ccjo de Eatado y esta corporwib , en dejar co"Um1n en la hola de vida del Petor, al. T)eperterto Ad1nistretivo de la Fum16r P(iMtr sobre e) r ln,er.te, w rei el toe rnernne a) acto acusado, me no afertar su legalidad. y qtx» en nlngu' m.nto r,eden rcductr a a u anulaci&, dado que de nir.gura vera lo vic1er, porip'e e1,)emente el acto ae expide tndep'w11ente eigenclss legales sea)adaa. particular se ha rel'erido e] H. Coreejo de Estado en sentencias (C1'O "" 5 del 7 de diciere de 1992, Con-Juicio 94-36e72 11 Pare prar este cargo pidió el dmnendmote 4 testiios, loe taIee se decretaron y ordenaru practicar, y sólo se rudo recepolonar el de FABIO WIRFINEZ (fI. 161 a 16$), quien mmoitestó no conocer . . . "loe antecedentes por loe cue.ies fue declarada insieiettite". Respecto de la conducta de la ftnionaria destaca que tuvo problemas con varios ltemoa... (fi. 162). Los dem&s testigos no ccrecier. !, sefals concretanente, ni demuestra el dedente cu&lee son los motivos "ocultos" a ce se debi6 el retiro.

tuvo problemas con varios ltemoa... (fi. 162). Los dem&s testigos no ccrecier. !, sefals concretanente, ni demuestra el dedente cu&lee son los motivos "ocultos" a ce se debi6 el retiro. re lo aportado al expediente no surge prueba algixia directa, o indirecta ce demuestre lo se1alado por el actor, lo cual se queda en sus dichos. Reepecto de la afir,aaci6n de que la intsistencia constituyó una destituti6n, y que tus perseguida por las autoridades Distritalea (fi. 130 9 destaca la Sala en este caso no se obsers que el acto de inisistenoia haya sido prubjcto de facultad diferente a 1 discrecional, la cual en todo caso no ruede ser enervada por la iniclaci6n de m lrwestigetivo dhcipltriario. Se debe despachar adveramnente el cargo en esttxUo.Juicio 36872 12 En mérito de lo exputo, el Tribunal Administrativo de Cu -tdlnaMroa, Secci6n Segunda, Sub8eCci6i A, adeinletrativo de Cundinemarca, Becci6n Segunda, Subseoclón A, aóin1etrando justicia en nc,bre de le Reoóblica de Clczia y por autoridad de la ley, FALtA: '1AR las skIlee2 de la denda.

CCIESE Y MYIJE5E

PAMRITA HFHV~1 IZ ALRAM AM JOBE }14WY VIC!1IA lLAN

WXILIM GXIVIL1O GIRALLJO

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