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TA CUN - 94-D-10160-(10-10-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 94-D-10160-(10-10-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

FALLA DEL SERVICIO - Prueba

4 F TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR SECCION TERCERA iz 15(11 ", df:? mil • :i • (1.996) I.s:k ri+:r i FABIOLA OROZCO DE NIÑO frnc::i E>pedi.ente No. 94—D--10160 D<rnd rs t' ALBERTO CHAPARRO CHAPARRO :f PI..EE:;r (::I•4'c) (:}Ag:) c: tu id ç: por (;sf(Ji(:: ¿::cf?eicc .:%: •&: i.1 . frs d.x. :k fs<::u1 td ::c'fc:'rid :cor «1 ¿rtí c:ulo 56 d']. (:.'<5di9c., Adirsí rs :k rYç -t:¡ vc €'+q t €nirui t. 't C4:r pc' c: 1 órs cors tg'a :t r:i i trac:iór (?!;frs tada 'rs la x:n: ScMkEX>A»ES q ..a C.f? trmi tz. :L.:'ci,;L '.o aars 1':•. ç.i. ul r,tew dcl aairsc; y i s1 sbi ar:: a ., ....... ::I•4vJ) c::Jo :i. :L cs. irsc:a1+'. )' ¿rfat+?r:a1f?!. per que í.; ctt:.i ete de 1 a Su per :i rs tenden c a a ( hoy t.a ...unciónestá en c:abez4s do

que í.; ctt:.i ete de 1 a Su per :i rs tenden c a a ( hoy t.a ...unciónestá en c:abez4s do 1 a .ccci dadei > t:4 :' • la 2 29: dfi irsiyo 6 do .1. ..981 la <::u al ue ad+?1 ar tadiç ( la :& rs :ervn ci di :i rr:)onK:.ablemEnte en ietriíren to del único pat.r :L rsc:rs a fx:(:r'sdrs:& ::o i:'1 a :: t.or ,, r:::r :a r t€ Psq€:'n to e.peci. al :I:r.ti tutcc de Crédi i.ç t:'rr:k t:'i al c:crsc::' ci . :J+. 1c-, ar ten '}ac:iórs ::cc1 ci irsb:iars S1tfz'r:i3s t d «.'rs::.i aSociedades, r al actor Perjuicios cic. isc:'i'a1es que viene sufriendo qk.P equivalen a suma que resulte, en pesos colombianos, de la liquidación siguiente cantidad i:s' ::ro puro, certificaciónqiw' € pi da elBan R'b1 :& ca a la fecha de ejecutor i a sentencia: Quncientc oro (500). "C.- Condénase al Et.ck::4 Colombiano a pagar al URRor t..BEi(J (H3Ç CJ4A}çRF':U ln. perjuicios tat+ce'r:ia1+?s equivalentes a

) SESENTA Y SEIS MILLONES x: PESOS MONEDA

al URRor t..BEi(J (H3Ç CJ4A}çRF':U ln. perjuicios tat+ce'r:ia1+?s equivalentes a ) SESENTA Y SEIS MILLONES x: PESOS MONEDA L.E6L. ($66.000.000,00> por concepto de 66 :Iot+?s cc'najenadc:s por el Agente especial.

Eiiei tut: i:Ie Crédito Territorial, a precios irr:i.or:io:. :' con base cr proffse.a. de '..'+'nta i(:}al. incumplidas por parte :}e los ç:':n.i tce'r tec. c:ct(rIc}<::'(d.c_. De ea,:+::'ac::i.s el actor r: recibió por parte i€,:L Insti tuto de Crédito te Terr:itcrial alguna. , suma b> SETENTA Y 3:E:íE: M:u..L014E3 »: I::Sc:is ?IcIExA LEGAL (77 .00() 000_O0) por ¿::circ:epto de 72' lotos cp.ie fueron invadidos por la falta c}o diligencia del Instituto de c:rodi •to Territorial, quien rsc:' adelantó las medidas cc:'ncervator:ias ten d ientes a iirsoecli r i.ie la propiedad del actor fuer a invadida y cp.u.' en la actualidad resulta imposible su 4::u pera ce :i en por el problema social y de c:J+.:'n :ib1 1 ci::' que generaría y por el riesgo que corre la vida cJE'l actor c.i pretendiera reivindicar +n un sector :(ro Ciudad Bolívar,

4::u pera ce :i en por el problema social y de c:J+.:'n :ib1 1 ci::' que generaría y por el riesgo que corre la vida cJE'l actor c.i pretendiera reivindicar +n un sector :(ro Ciudad Bolívar, <:p.e c.c encuentra habitado por ind:iv:L kic:c. en su mayoría desmovilázados m.lie-:' grupos alzados in "dCondánase al Estado ¿u dar cumplimiento ¿u la sentencia (.3we ccc' dicte a instancia cli:' esta dentro del término seRalado +n el artículo 176 del CódigoContencioso administrativo, y a reconocer y pagar interesen ?n «:L :ac.o de que se den :Lc çx;.ictcc. i:}.:'1 incis o final c14?l r ti :t el. L.di:!iU_ b de 1,71 de »-.¡ de :i :i hcc':hcccc. en los cuales basan(E:j: '}::c 10:6)) petición con E?T8 síntesis los siguientes: - Por Resolucion 4c: 2293 .i+:' 6 de r)/c:t 1.981 la SuperintendenciaBancaria tomó posesión de negocios, y haberes del ALJ(EFFU CHAPARRO (t.J::J:;Io por .z1 incumplimiento del artículo c1c 12 de la 1..+?). 66 de 1 b. La intervención +rnec:i 6 hasta el 15 de se p tiembre de 1.992 y durante ese lapso de tiempo el Instituto :}e Cr+:?di . Territorial enajenó 66 lotes por

1..+?). 66 de 1 b. La intervención +rnec:i 6 hasta el 15 de se p tiembre de 1.992 y durante ese lapso de tiempo el Instituto :}e Cr+:?di . Territorial enajenó 66 lotes por un iror valor, ( 5_OOO (X) _cc:u) cada uno, que nunca fueron entregados al demandante. Esta actuación produjo desmedro en •:'L patrimonio de TtC}i+Z'l CU En al r+et u e::i c:n 'k:. 04217 d.1 15 de septiembre de 1.992 por media de la cua l se levantó 1 ; interven ci ón de la Superintendoncia de See: 1 ed d+::'c. reconoció l a rtç de 66 l<::t.e. de la totalidad de 143 y Ion otros 77 fueron invadidos. Dentro de los funda men tos de ier/:hcu 1 demandada ex pone qte durante el período de 1 intervención .?:t Instituto de (i'1t.c: Territorial convirtió «:'n :' los bienes del demandante y If:' impuse arbitrariamente una cpi ti'.. diminutio má xima, :c4'.te que rsc: 1+:.:' permitió el acceso al proceso que se adelantaba". Las normasconstitu cio nal es han d.ch::u especial protección a :La ç:'p.ix'dd pr:i.4chi y ! H.ó10 permiten su extinción por utilidad pública •n :i3.x'3'6. sociall cualquier otra c:iL.u: que atento contra ella d:.kce ser

extinción por utilidad pública •n :i3.x'3'6. sociall cualquier otra c:iL.u: que atento contra ella d:.kce ser reprobada, eJn<:}o origen .t una declaratoria de responsabilidad contra el ente que trasgrede t1 norma."4 (::p 44: :10160) E:ç. irregular Instituto de c::redi tc: intervención más allá proceder d<.? inmed iato origen a la intervención su dueRo. a conducta asumida por el Territorial al p:c1<:ncr :t ' 11 a''. pues ha debido enmendar las Cati.as qk.(c' dieron luego devolver 1c:<ç bienes t:i Se dió uno falla +?T el servicio por defectuosa prestación por parte:. de la entidad por Megligen cia :;' desidia" ::r''a}os por Uí Administración Pública que causó un perjuicio de magnitudes negativas para el acto,

111. La demanda fue admitida por auto do octubre 19 de 1. 994 5 la cual fue contentada oportunamente por la apoderada de la SUPERINTENDENCIA E: SUCIEDADES, La entidad demandada no opuso a la prosperidad do las pretensi ones , di ce ser cierto l¿-, existencia d+: las resolu ciones pero los otros Ci3) afirmaciones subjetivas del apoderado; dice no ser cierto el hecI'c:' de la venta :e los Antes por un valor de 11; 000 000 oo +:'. todas las ventas se hici eron porprecios or :c::ic:n. distintos.

cierto el hecI'c:' de la venta :e los Antes por un valor de 11; 000 000 oo +:'. todas las ventas se hici eron porprecios or :c::ic:n. distintos. }..a actuación dz':& Instituto de c::réI 1 Territorial estuvo ajustada a >c•:'ch:: de c(:83'f:(u:LdacI con +x'l artículo ?o del )r.»ft 26:10/79 por «l cual se autoriza a la separación (jo la administración de los bienes., por el término que dure la :>tervención Propuso la excepción de caducidad por haberse notifi cado la demanda después de ¿:}on a?os de 1a de>..intervoncjón que se procluj., el 15 de septiembre do 1.992, La!;. pruebas fueron decretadas «•:'n su totalidad5 (E:'p Ik::. :}O:L(>) r:ccr auto <i(, AGOSTO 17 DEL 995 Las partes fueron citadas a audiencia de conci liación r.ir €' 1 .t.i r ánimo Ccincj. 1 tOr:Lc alegando la demandada caducidad ci.:' la acción. lo iv Este pc:::.'.o recibió .:t trámite legal lo correspondiente )i r:: (::t:''..rsdc:'+p causal ci.' nulidad :i' invalide lo uc:t.ucic: en consecuencia, se procede ¿ resolver previ as las siguientes CONSIDERACIONES: :i. 4? :'.t+'ru:4.? (.'fl +?V!.t+? proceso que !.E'

invalide lo uc:t.ucic: en consecuencia, se procede ¿ resolver previ as las siguientes CONSIDERACIONES: :i. 4? :'.t+'ru:4.? (.'fl +?V!.t+? proceso que !.E' declaro r'::mub1c' a la 'f1c:i(c Superintendencia Bancaria le condene al pago ck' los perju i cios que, 1 según .,L actor, le fueran ocasionados <::c:íso consecuencia ci? las lallas administrativas en que incurrió 3. entidad por l a neg ligencia >' dc: :id 1 u que se pre.?n turon durante •x1 desarroll o ci+» la intervención qu+? ¶:e hizo u 3.c:. biz'n.z'. >' hu\h+?'n i.:L demandante. 7 '+:..ç:lc:d+? €1 estudio :}+' la ex cepción do caducidad pc:apuo.tui por la &p.'r in t ndon c:i u la que habrá ci+.:' negarse +x'n razón :.€:' la demanda se presentó an te ésta Corporación , dentro del :4rodc:l legal ¿k.t.miuck: :•ru :L1 acción instaurada. La jurisprudencia nacion a l hu venido reconociendo l a fecha do prese n t ación y ro la f echa do !.0 n otificación 1 para dar por 3.ntO'utrspadc:l ol t'rrj.i.ro do caducidad4 1 1 6 No. :):Ld)) - Para acreditar los hechos i:' la demanda .e I?tp<:(rtarccn las aliguientes prt.3et:t.

6 No. :):Ld)) - Para acreditar los hechos i:' la demanda .e I?tp<:(rtarccn las aliguientes prt.3et:t. :1 Resolución I44:: 2293 del 6 d+:' mayo de 1.981por medio del cual la SuperintendenciaBancaria t4:ffse posesión ce 1c;. 3+?(:Jc(:!i. k:c:ere!. y haberes c:'1 Ser Alberto CIstpa3'r:: (pa3'3': designa ¡1 Instituto cie Crédito Territorial en su condición df? Agente Especial del Superintendente Bancario. El funda mento para declarar la tc:qrçç d+:' posesión fue debido a ct.tf? el 3or Chaparro rro " ven ido an unciando ).'desarrollando la actividad enajenación de inírsieb1€r. ieí.tird.,:. ¿i v.\'i+zri ( ) n el lleno de los requ isi tos exigidos pc:r 1 artículos 3 y 5 de..' la Ley 66168 , ( ) t1 como 5€' comprueba con las promesas de venta celebradas con los

ee (. ) 3.' enuncian '.t3'iOS nc:(nb3e. ( f 1 1 3.2 Resolución }do 04217 d+?1 15 de septiembre de 1.992 por ffedi<:: d€' la c:1 la Superintendenciade Sociedades levan la intervención de los negocios, bienes y haberes del Se$'or Alberto tIp3EO Chaparro..

En uno de ama apartes dice:

" Ue del informe radicado en est a

Sociedades levan la intervención de los negocios, bienes y haberes del Se$'or Alberto tIp3EO Chaparro..

En uno de ama apartes dice:

" Ue del informe radicado en est a Superintendencia el H de junio d 1.992, por el Director de :La 1:ccna:L Especial para urbanizaciones intervenidas del :1:iuRBE en su calidad de agente especial L

infiero que las causales susceptabi.?!. de fUOr'C)fl suabsanadas ya que de los 143 predios que conforman la urbanización se celebró promesa de venta de 66 de los mismos, de los cuales han escri turado 40 y están pendientes (:}4x' legalizar 26 los demás pred ica s€'qrs informe fueron invadimos; 1¿- -t contabilidad se encuentra a diciembre 31 de 1.991 legalizó ante e. '}. X)epart.trserf.o Administrativo de Planeación Di st.ri. tal el desarrollo, el cual cuenta co n 1s servicios públicos de acueducto, energía y parte del a:L c:an tar:k 11 adc: " (El 5 CO:2. (Eq::' Nc. 10160) 3.. 3 Acta e +.ntYeÇI c1i: negocios, ba€'n'?t. ah+'r&s al or Alberto Chaparro. Chaparro del 13 de octubre de 1.992 ( FI 10 c> 3.4 Certificado de libertad No 000449: ck:ce consta la adquisición del demandante en +:..1 1.964 y una venta parcial realizada por éste, +z'rs 1.98:1

octubre de 1.992 ( FI 10 c> 3.4 Certificado de libertad No 000449: ck:ce consta la adquisición del demandante en +:..1 1.964 y una venta parcial realizada por éste, +z'rs 1.98:1 E:k registro de eit:arcc por intervención y luego, nueve ventas parciales realizadas con posterioridad a :t :t'::&ón ( Fl :&i c::2)_ 3.5 I;.cl n ci :'n No 1639 del 30 4j€' marzo de 1.981 f:4c3' :i ::ualia Superintendoncia Bancaria :unptt.o una multa al demandante por pretormitir lo dispuesta por :t::s artículos 3 y 5 de la Ley 66./68 ( FL1., 3.6 Acta de toma de ço.et.:&on de neqc:: :ic::i bienes .' ha4r4X's ch?1 Wor Alberto Chaparro Chaparro :I:vcia a c:ab(::4 el 9 de julio de 1.981 y se declaró el embargo y secuestro del hi.ers denominado Urbanización Naciones Unidas, Sector Chaparro" de prc:p:z'<:Iad del intervenido.. (?l 19 C2) 3.7 Escritura Publica ca Nc 10549 diez la Matarla 27 del Circulo de Bogotá c:on tentiva de un poder general otorgado a Luis Ti bocha Reyes por el demandante ' para que ejecuta toda clase de actos y contratos con funciones administrativas y 4:}:.p::.:k-t.:vas particularmente y para que haga el saneamiento respecto de la Urban 1 za c:ico Naceione. Unidas, Sector Chaparro . de

que ejecuta toda clase de actos y contratos con funciones administrativas y 4:}:.p::.:k-t.:vas particularmente y para que haga el saneamiento respecto de la Urban 1 za c:ico Naceione. Unidas, Sector Chaparro . de propiedad del pce-dante ( - - ) ' ( FI 14 C.2). 4 l. (Kto por Resolución No 1639 del 30 d< .-.«-- marzo rzc: de 1 - 93i la Super 1 n tend€'n ci a Bancaria decretó unab .1 8 (E:'p. }4n.. :10160) multa & ::rq4:: :}'1 SoNor AlbertoChaparro Por' :inc:itp}. ln.ento de lo dispuesto «n los artículos 3 y •i de la Ley 4.2.-Que por medio de Resolución }4c:i 2293 del 6 de r.'o de 1.981 la Superintendencia Bancaria tcir,ó posesión de 1cs bienes, neqr:t::ios y hberes de propiedad de Alberto Chaparro Chaparr= 4-3- (e la causa d+- la intervención se debió la negativadel citado soNor, ¿ cumplir con 1oi. requisitos indicados art 3 y % :z' la l..:'j.' t:'ti4 vez que se dedicaba, '.in autorización,a la actividad d•;:' enjc:'rs ci n de inmuebles destinados la vivienda. '14.4. Que por :cj.tc:j,n No 04217 de septiembre 1 de 1.992 seordenó la desintervención decretada y se procedió de inmediato a la entrega de los biene.. al intervenid= los bienes intervenidos fuerc:rs puestos bic: el cuidado la administración dl

septiembre 1 de 1.992 seordenó la desintervención decretada y se procedió de inmediato a la entrega de los biene.. al intervenid= los bienes intervenidos fuerc:rs puestos bic: el cuidado la administración dl Instituto :e Crédito Territorial, en su condición de agente «:'..}:ci :1uc:' durante la intervención 1 instituto d:' Crédito Territorial hizo enajenaciones parciales dç:1. predio.

5. Corresponde ahora a la sala averiguar ai ;f: <.içn c: rsc:4 1cii. elementos integrados (i(.? la responsabilidad, ente es, la presencia c}€' un hecho f1 rs te de la administración, un daRa jurídicamente tu t.:'l cJc: y un nexo casual entre eEvt+2. y19 (:p 1016O En +i presente c:aL.c: encuentra la Sala que los hechos que .<z' indilgan a la adr:i r 1 rsc encuentranEn electo, según la demanda la entidad incurrió €nfal la d.4 servico por defectuosa prestación del !:r':ic toda :u+' actúo :::n Megligencia )/ desidia" durante todo c1 pc'r.í(:(c: <Ic' l a in t+Z'rvc'f3C:.1ór3 ii ç+ur del cargo que se le indilga a l& a d m in istración, la sala encuentra que t€• 3C fue probado, +t<: <:::. rs<::' se probó que:' la in vasión t1+: lotes €' hubiera dad:: por falta de atención y cuidad<: -<

a d m in istración, la sala encuentra que t€• 3C fue probado, +t<: <:::. rs<::' se probó que:' la in vasión t1+: lotes €' hubiera dad:: por falta de atención y cuidad<: -< de a : rs t:''ir a .z'n t+z' no se <.4ró qu.:.:' los lotes en ajenados lo fueran por o'rsc:rprecio, tampoco <' pr o bó que la actuación del INURBE hu Ii '•.: causado r:4+?r.: u 1 ci o. al demandante, en últimas no se probó que durante la :krst<:'r',::aór oficial existió negligencia desid ia porparte c:'r parte del a (i(nin 1 ración Pero .:s que, el demandante n<::( tuvo interés ¿Uqn<::' «'rs el desarrolla d: las hasta el punto de no consignar ar la !.una de qats para la elaboración del di c:t ien peric:ial ratón por la cual se dio por c}eE:k t ida la prueba. Así las cosas, :.+:, :iirspcn4.? para la sala denegar las pretensiones hT .e condonará en (::o!..tat. por cuanto la entidad f.tr' representada judicialmente por apoderado vinculado 1 ab<::cr 1m..n tc' En uór:k te c}r' lo expuesto «1 Tribunal Administrativa de Cundinamarca, Sección Tercera,10 (E:p 'Ic( 1010)

vinculado 1 ab<::cr 1m..n tc' En uór:k te c}r' lo expuesto «1 Tribunal Administrativa de Cundinamarca, Sección Tercera,10 (E:p 'Ic( 1010) :i t.çn<:Icl. k c:i oí ncsrstr. d' : 111 F;,' V.... 1.4 t.":k i c: a c}€ Ce, ::rt;1 ¿A y :icr ¿.tc:ridiitd d€ 1 ¿t FALLA PRIMERO: Declárase ic ptd la +x d (::icIuc:1cI ia (.i SEGUNDO: Denztganse 1 pv€ •:' m».. de? 1 •rirsd t TERCERO: S:Lrs flC ¿rE/(::/r

COPIESE Y NOTIFIQLJESE.

(Piç:cbcdo er s:t ., (t( ) HECTOR ALVAREZ MELO MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ P3 esid'rs t' P res.i d'n t?4 :11 (E::p_ }'k:: }160)

P1VRIAM GUERRERO DE ESCOBAR BENJAMIN HERRERA BARBOSA

Magistrad¿i< Magistrades FABIOLA OROZCO DE NIÑO M3 1 tt.t r1d

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