🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 94-D-9611-(18-02-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 94-D-9611-(18-02-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNbINAF1ARC

'15ECCION TEfCERA

Santa'fé de Bogotá, D.C., dieciocho (18) de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1.994) Magistrada Ponentei Dra. María Elena Giraldo Gómez REFz Expediente 94-D--9611 DEMANDANTE ADRIANA DEL PILAR FORTOUL Ñio La demandante, en escrito visible a folio 1 dl cuaderno 1 del epediente otorgó poder al doctor JOSE AGUSTIN GOMEZ SARMIENTO, para que pre8erite demanda de Reparación Directa contra la Caja de Previsión de la Superintendencia Bancari.a. Para resolver, se

C O N 5 1 D E P

I. Dispone al articulo 67 del Código de Procedimiento Civil que, para que se reçonozca personería adietiva a un apoderado, es necesario que éste sea abogado titulado e inscrito y que haya aceptado el pddr, expresamente o mediante su ejercicio.

II. En el caso prente, el apoderado del actor acreditó, en el acto de . presentación perffional de la demanda au condición de abogado titulado e inscrito (fglio 10 del cuaderno 1, del expediente), aceptando el poder a 01 otorqado, con lo cual se entiende cumplido el requisito establecido por ItA nórma citada.

Por lo expuesto, se

R E 9 U E L. y E'o,

94-D91i Téngase tomo ody.dc d J.a parte actora al dpctor José- -lacultades que obran a folió:1 ái. cuadernoJ. dial expediente.

Consultar sobre este documento ...